4. El Sistema General de Riesgos
Profesionales.
Es el conjunto de entidades públicas y
privadas, normas y procedimientos,
destinados a prevenir, proteger y
atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los
accidentes que puedan ocurrirles con
ocasión o como consecuencias del
trabajo que desarrollan.
La afiliación de los trabajadores dependientes es
obligatoria para todos los empleadores.
Son Riesgos Profesionales el accidente que se
produce como consecuencia directa del trabajo
o labor desempeñada, y la enfermedad que haya
sido catalogada como profesional por el
Gobierno Nacional.
5. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Prestaciones q tiene derecho el trabajador.
a. Subsidio por incapacidad temporal
b. Indemnización por incapacidad permanente parcial
c. Pensión de Invalidez
d. Pensión de sobrevivientes
e. Auxilio funerario.
todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como
consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el
trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar , y que haya sido
determinada como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional.
Accidente de trabajo
Enfermedad profesional
6. AFILIACION Y COTIZACIONES
AL SG- RL
Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante
contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos.
Cooperativas y pre cooperativas de trabajo.
Los jubilados o pensionados.
Los estudiantes de todo los nivel académicos tanto publicas y privadas.
Los trabajadores independiente que catalogadas por el ministerio de trabajo.
COTIZACIONES:
El monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7%, de la
base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador.
7. CLASE I RIESGO MÍNIMO
CLASE II RIESGO BAJO
CLASE III RIESGO BAJO
CLASE IV RIESGO ALTO
CLASE V RIESGO MÁXIMO
Tabla de clase de riesgos
8. prestaciones
Por incapacidad
Servicio de prevención
Monto de las prestaciones por incapacidad
Tabla de evolución de incapacidad
Calificación de invalides
Monto de pensión de invalidez
9. Pensión de sobreviviente
Muerte del afiliado o del pensionado por riesgos perfecciónales
El monto de las pensiones de los sobreviviente en la SST.
La devolución de saldos e indemnización sustitutiva.
10. Promoción y prevención de Riesgo Laboral
Responsable.
• Establecer y ejecutar en forma permanente el programa
de SST
• Deberán llevar una estadísticas de los accidentes y
enfermedades laborales.
• Comité paritario, se renueva cada 2 años.
Creación y funciones de la dirección
técnica de Riesgos Profesionales.
Empresas de alto riesgo
11. FONDO DE RIESGOS PROFESIONALES
Créase el Fondo de Riesgos Profesionales como una cuenta especial de
la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, cuyos recursos serán administrados en fiducia.
OBJETO DEL FONDO
• El fondo de Riesgos Profesionales tiene por objeto adelantar estudios,
campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en todo el
territorio nacional.
12. FONDO DE RIESGOS PROFESIONALES
Créase el Fondo de Riesgos Profesionales como una cuenta especial de la
Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, cuyos recursos serán administrados en fiducia.
OBJETO DEL FONDO
• El fondo de Riesgos Profesionales tiene por objeto adelantar estudios,
campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en todo el
territorio nacional.