1. Cuestionario de Derecho
1¿Qué es naturaleza y de qué manera influye en el
comportamiento humano? Menciona 5 conductas que estén
determinadas por el mundo de la naturaleza.
R-
3-Que diferencias hay entre las leyes de la naturaleza y las normas
sociales.
Se llama Ley de la naturaleza a los fenómenos naturales que se
repiten constantemente dadas ciertas condiciones necesarias.
Siempre que se tire una piedra al aire, esta caerá nuevamente a la
tierra y las Normas sociales- son un amplio grupo de normas
socialmente reconocidas, como la moda, la tradición, los usos y
costumbres, etc. Su incumplimiento no implica una sanción
institucionalizada, aunque sí algún tipo de recriminación o reproche
social.
4-Que es la moral, que son los valores y de qué manera influyen en
la cultura.
La moral son las reglas o normas por las que se rige la conducta o el
comportamiento de un ser humano en relación a la sociedad, a sí
mismo o a todo lo que lo rodea, los valores son atribuidos al objeto
por un individuo o un grupo social, modificando -a partir de esa
2. atribución- su comportamiento y actitudes hacia el objeto en
cuestión. El valor es una cualidad que confiere a las cosas, hechos o
personas una estimación, ya sea positiva o negativa.
Ambos influyen en la cultura de un grupo social ya que con estos
dos conceptos se puede tener una estabilidad social.
5-¿Cómo se encuentran constituidos el mundo del ser y el mundo
del deber ser? Menciona 5 circunstancias de tu persona o entorno
en que se aprecie el ser y el deber ser.
Mundo del ser-su objetivo es dar a conocer los fenómenos de la
naturaleza, es enunciativo como la física, química, ley de la
gravitación universal y de la conservación de la energía. Y el mundo
del deber ser pretende regular la conducta del hombre en sociedad
ordenándole una determinada forma de comportarse, tiene un
carácter ordenativo y como ejemplos está el derecho, la ética,
ciencias políticas, cultura , la moral entre otras.
6-¿Qué es sociedad, como se originó el derecho y a que se le llama
organización social?
Sociedad es un término que describe a un grupo de individuos
marcados por una cultura en común, un cierto folclore y criterios
compartidos que condicionan sus costumbres y estilo de vida y que
se relacionan entre sí en el marco de una comunidad.
El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la
condición social del ser humano.
3. En toda comunidad surgen conflictos, y las normas que conforman
el Derecho tienen el objetivo de solucionarlos, por lo cual desde las
más primitivas sociedades humanas se requirió de ellas, para
establecer jerarquías, división de funciones, regulación de la vida
sexual, resolución de disputas por bienes, etcétera.
Una organización social o institución social es un grupo de personas
que interactúan entre sí, en virtud de que mantienen determinadas
relaciones sociales con el fin de obtener ciertos objetivos. También
puede definirse en un sentido más estrecho como cualquier
institución en una sociedad que trabaja para socializar a los grupos
o gente que pertenece a ellos.
7-¿En qué consiste la normatividad y el control social? Menciona 5
formas de control social.
Normatividad
Es una serie de reglas de conducta (Normas) cuya finalidad es un
mejor desarrollo de la sociedad, impone el deber ser del hombre y
evita complicaciones entre los ciudadanos.
Control social
El control social es el conjunto de prácticas, actitudes y valores
destinados a mantener el orden establecido en las sociedades
Entre los medios de control social están las normas sociales, las
instituciones, la religión, las leyes, las jerarquías, los medios de
represión, la indoctrinación (los medios de comunicación y la
propaganda).
4. 8-Que son y qué diferencias hay entre Regla, Norma y ley, y que
tipos de normas existen
Ley- Es una norma dictada por el congreso de un estado las cuales
tienen una consecuencia si estas se llegan a romper. (Leyes
penales, civiles, mercantiles, etc.)
Norma- Es una pauta de comportamiento general. (Moral, ética,
buenas costumbres, modales, etc.)
Regla- Es una pauta de comportamiento aplicada en un entorno en
específico. (Reglas de un hospital, escuela, parque, de tu propia
casa, etc.)
Tipos de normas
Normas sociales: estas normas son dictadas a partir de una serie de
costumbres, tradiciones, y modas que prevalecen en una sociedad
en particular y frente a la cual los sujetos deben responder con su
cumplimiento.
Normas religiosas: estas normas devienen de Dios, quien las
destina a todos los seres humanos, quienes deben responder ante
él con su cumplimiento. A pesar de esto, su cumplimiento se espera
por parte de la comunidad de los creyentes. En caso de que no
cumplan con las normas divinas, el individuo será castigado con la
conciencia del pecado.
Normas morales: estas normas, a diferencia de las anteriores, no
son dictadas por nadie más que por el propio individuo, es por esto
que están destinadas a sí mismo y responden a la propia
5. conciencia. Las normas morales, en caso de no ser obedecidas por
el individuo, este será castigado con su propio remordimiento.
Normas jurídicas: estas leyes son formuladas por el poder
legislativo y son dirigidas para todos los individuos de una
comunidad política en particular, de quienes se espera su
cumplimiento. El individuo debe responder, en caso de su
incumplimiento, ante un tribunal y será castigado con aquello que
dictamine la ley.
9-Explica en que consiste cada una de las características de la
norma jurídica (exterioridad, bilateralidad, heteronomía,
coercibilidad)
BILATERALIDAD: se entiende que una norma es bilateral cuando el
momento que impone deberes concede facultades, es decir; se
establece una correlatividad entre los deberes y las facultades;
siempre habrá frente a un sujeto obligado otro facultado.
HETERONOMÍA: se entiende por heteronomía que las normas son
creadas por una instancia o por un ente disímil del individuo al que
se encuentran detenidas y que éstas le son impuestas aún en
contra de su voluntad, una circunstancia por la que caracteriza el
derecho, ya que las normas de éste sistema son creadas por los
órganos del Estado o por la sociedad en el derecho
consuetudinario.
COERCIBILIDAD: sobre la coercibilidad encontramos algo curioso en
nuestro sistema normativo jurídico, pues a cada disposición
corresponde una sanción, pero no todas las disposiciones son
coercibles, entendiéndose como sanción el daño o mal que
6. sobrevive por el incumplimiento de una norma y ésta sanción
puede ser externa o interna, de acuerdo al ordenamiento que se
esté aplicando (derecho religioso, moral o convencionalismos
sociales).
EXTERIORIDAD: el carácter exterior de la norma, radica en que
exclusivamente se hace la educación externa de la conducta del
individuo con el deber estatuido en la norma, prescindiendo de la
intención o convivencia del individuo.
INTERIORIDAD: cuando una persona da limosna “para quedar bien”
no cumple con el mandato moral, el cumplimiento de la norma
para que realmente sea efectivo debe ser efectuado con pleno
consentimiento del sujeto puesto que la realización de una
conducta sólo para que la sociedad afirme de que actuamos
correctamente
10-Explica en que consiste cada uno de los elementos de la ley
(obligatoriedad, Generalidad y abstracción)
General: que sea para todas las personas que reúnan las
condiciones previstas por ella.
Abstracta: la ley está hecha para aplicarse en un número
indeterminado de casos, para todos aquellos que caen en los
supuestos establecidos por las normas.
Impersonal: La ley está creada para aplicarse a un número
indeterminado de personas y no a alguna en específico.
Obligatoria: La ley debe cumplirse aún en contra de la voluntad de
las personas.
7. 11-Enuncia y explica el concepto jurídico del derecho.
El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta
humana en sociedad inspirada en postulados de justicia y certeza
jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado.
En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de
normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los
conflictos entre los individuos.
12¿Cuáles son los alcances, finalidad, utilidad y limitación del
derecho?
Utilidad- El derecho viene a crear toda una serie de ordenamientos
y principios que nos permiten convivir con nuestros semejantes de
manera armoniosa y pacífica.
La finalidad del derecho es velar por el bienestar de todos aquellos
que forman parte de una sociedad, y de igual forma, remediar o
resarcir las posibles disputas que surjan en el ente colectivo.
Alcances- son los desarrollos científico jurídicos que los magistrados
y altos doctrinantes le aplican al sentido de la constitución. Por ello
se le llama alcance, esto es, hasta donde se llega con la
interpretación constitucional.
Limitación- Las limitaciones son aquellas restricciones establecidas
por los poderes públicos para el ejercicio de los Derechos Humanos
que en ningún caso deben suponer rebasar la especificación del
contenido de los mismos en función de sus límites estructurales.
8. 13-¿Qué y cuáles son los conceptos jurídicos fundamentales? Los
conceptos jurídicos fundamentales, en el derecho se nos aparecen
como los elementos que se encuentran en la estructura y en
contenido de toda norma jurídica y en cuya ausencia no se
entendería un orden jurídico determinado históricamente.
Naturaleza formal- Son de naturaleza formal aquellos que
constituyen elementos de la estructura lógica de la norma, como
son los conceptos de supuesto jurídico y consecuencias de derecho:
de relación, de Derecho subjetivo, de deber jurídico y de sanción.
Naturaleza real- Y como conceptos jurídicos reales, se denomina a
aquellos elementos igualmente esenciales que constituyen el
contenido permanente de la propia norma jurídica, como son;
persona, sociedad, autoridad, coerción, fines jurídicos y deber de
justicia. Ya que el derecho es una disciplina social, algunos de sus
conceptos tienen origen en la realidad social, sin embargo es
importante indicar que existen un cierto grado de abstracción.
14-¿Qué es el objeto material y el objeto formal en el derecho?
El objeto material es lo que estudia, y el objeto formal el aspecto
que estudia.
Por ejemplo, en el caso de la ética, su objeto material son los actos
humanos y el formal es la dirección de los actos humanos.
15-¿Qué son y cómo se clasifican los bienes?
El concepto teórico se refiere a cualquier cosa, tangible o
intangible, quesea útil para el hombre y le satisfaga alguna
necesidad individual o colectiva o que contribuya al bienestar de los
9. individuos.
16¿Qué son sujeto y persona en el derecho?
Persona- 1º Persona es todo ente susceptible de tener derechos o
deberes jurídicos; 2º Persona es todo ente susceptible de figurar
como término subjetivo en una relación jurídica; y 3º Persona es
todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo –pretensor u
obligado—en una relación jurídica.
Sujeto- se entiende por sujeto de derecho aquel que actualmente
tiene un derecho o deber, el concepto de persona es más amplio
porque comprende también a quien puede llegar a tener un
10. derecho o un deber, aunque actualmente no lo tenga. Pero tomada
la expresión, ¨sujeto de derecho¨ en abstracto, o sea, sin referirla a
ningún derecho o deber concreto, viene a ser sinónimo de persona.
17-Explicar cada uno de los atributos de la persona
Los atributos de la personalidad, en Derecho, son aquellas
propiedades o características de identidad propias de las personas
físicas o jurídicas en tanto que titulares de derechos.
Patrimonio- Toda persona posee patrimonio, incluso cuando no
posee bienes, de acuerdo al principio de unidad patrimonial, se
tiene un solo patrimonio. Así el patrimonio es una noción
intelectual e intangible. Como la universidad jurídica, cuando una
persona muere, su patrimonio pasa a sus herederos. También es
posible decir que una persona no posee bienes pero tiene
patrimonio.
Nombre- El nombre es una palabra que se da a las personas para
hacerlos conocer y distinguirlo de los otros. En el artículo 3 del
decreto 1260 de 1970 se le otorga el derecho a todas las personas a
tener un nombre y un apellido.
Domicilio: En las personas físicas se refiere al lugar de permanencia
del individuo, En las personas jurídicas al lugar físico donde tiene su
domicilio fiscal.
Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con uno
o varios Estados determinados.
18¿Qué diferencia hay entre hechos y actos jurídicos? Explicar los
elementos de existencia y de validez de los actos jurídicos.
11. Hechos Jurídicos: Acciones con consecuencias jurídicas.
Se denomina hecho jurídico en sentido amplio a un acontecimiento
que tiene trascendencia en el ámbito del derecho, es decir, se
modifican ciertos estados jurídicos iniciales desde el punto de vista
legal.
Ejemplos de hechos jurídicos:
La muerte
La promulgación de una Ley.
El Nacimiento de una persona.
Una declaración de guerra
Un acto jurídico constituye una acción que se lleva a cabo de
manera consciente y de forma voluntaria con el propósito de
establecer vínculos jurídicos entre varias personas para crear,
modificar o extinguir determinados derechos.
Diferencia:
Un hecho jurídico constituye un acontecimiento natural que se
caracteriza por no necesitar la intervención de la voluntad para
apreciar consecuencias de derecho, mientras que un acto jurídico,
necesita de la aprobación; es decir, debe reunir ciertas condiciones
para poder obligar al cumplimiento de los derechos por las partes
que lo llevan a cabo.
12. Elementos esenciales.-Son aquellos de tal manera imprescindibles
que si no aparecen en el acto, éste no puede llegar si quiera a
conformarse. También son llamados elementos de existencia
Consentimiento· Objeto física y jurídicamente posible· solemnidad
Elementos de validez.-
Son ciertas características que deben llenar los elementos del acto
para que éste produzca efectos. Elementos esenciales del Acto
Jurídico: Capacidad· Voluntad exenta de vicios, Error. Dolo y mala
fe. Miedo: + Violencia física o moral + Miedo reverencial
19¿Qué son el supuesto jurídico y la sanción en la norma? ¿Qué es
la coacción?
Supuesto jurídico- El supuesto normativo puede consistir en uno o
varios hechos, actos o situaciones jurídicas contenidas en la norma
de cuya realidad depende el desencadenamiento de las
consecuencias de derecho. El enunciado establecido en toda norma
jurídica.
Sanción en la norma-las sanciones pueden ser pecuniarias a través
de multas establecidas a razón de unidades tributarias, o montos
dinerarios preestablecidos, también pueden en algunos casos
dependiendo de la regulación de cada país, adicionar trabajo
comunitario. Existen también sanciones privativas de libertad, en
caso de delitos graves.
13. 20¿Qué es el derecho subjetivo?
El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas
inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra
causa admisible en derecho. Un poder reconocido por el
Ordenamiento Jurídico a la persona para que, dentro de su ámbito
de libertad actúe de la manera que estima más conveniente a fin de
satisfacer sus necesidades e intereses junto a una correspondiente
protección o tutela en su defensa, aunque siempre delimitado por
el interés general de la sociedad. Es la facultad reconocida a la
persona por la ley que le permite efectuar determinados actos, un
poder otorgado a las personas por las normas jurídicas para la
satisfacción de intereses que merecen la tutela del Derecho.