13. A la vida.
A la integridad personal -física, psíquica y moral.
A la libertad personal.
A peticionar ante las autoridades.
A la libertad de expresión.
A la protección de la libertad de conciencia y de religión.
A reunirse libremente y a asociarse.
A la identidad y la nacionalidad.
A la propiedad privada.
A circular y a residir en el territorio de un Estado.
A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente e imparcial y a la doble
instancia judicial.
A la presunción de inocencia.
A la defensa.
A no ser discriminado.
A trabajar.
A la salud.
A la cultura.
A la protección y asistencia familiar.
A la asistencia de niños y adolescentes.
A recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto.
A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
A un medio ambiente sano y equilibrado.
A la autodeterminación de los pueblos.
A la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información adecuada y veraz en
relación al consumo y uso de bienes y servicios
A vivir en paz.
Al desarrollo humano económico y social sostenible.
El catálogo completo de derechos humanos puede encontrarse en la Constitución Nacional y en los
instrumentos jurídicos internacionales sobre derechos humanos vigentes en la República Argentina.
14. Se define a ciudadanía como: condición social de un miembro nativo o naturalizado
de una ciudad o Estado.
Constitucionalmente la ciudadanía es la aptitud, para ser titular de deberes y
derechos jurídicos y políticos, por ser el titulo común (ciudadana-ciudadana), que
tenemos todas las personas.
Podemos definir ciudadanía como un status jurídico y político mediante el cual el
ciudadano adquiere unos derechos como individuo (civiles, políticos, sociales) y
unos deberes (impuestos, tradicionalmente servicio militar, fidelidad...) respecto a
una colectividad política, además de la facultad de actuar en la vida colectiva de un
Estado. Esta facultad surge del principio democrático de soberanía popular.
El ciudadano (de España, Reino Unido, Francia, Estados Unidos...) dispone de una
serie de derechos, reconocidos en sus constituciones, pero además tiene
obligaciones con respecto a la colectividad (fiscales, militares...). En un estado
democrático, el ciudadano se ve obligado a cumplir con esas obligaciones ya que
son aprobadas por los representantes que él ha elegido utilizando uno de sus
principales derechos políticos como ciudadano, el de sufragio.
La condición de la ciudadanía está restringida a las personas que tienen esa
condición. Las personas que habitan en un territorio del que no son ciudadanos
están excluidas de los derechos y los deberes que comporta la condición de
ciudadano. Cada estado tiene unas normas que regulan la manera por la cual un
individuo adquiere la nacionalidad de ese estado, es decir, la condición de
ciudadano.