Este documento describe los diferentes tipos de tributos que existen, incluyendo impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los impuestos se definen por hechos que muestran la capacidad contributiva y no implican una contraprestación del estado. Las tasas se generan por servicios individualizados prestados por el estado. Las contribuciones especiales se originan por beneficios de obras públicas cuyos fondos se destinan a esas obras.
2. TRIBUTOS "OBLIGACIÓN PECUNIARIA, que deben cumplir los contribuyentes sujetos a una disposición legal, por un hecho económico realizado sin que medie una contraprestación recíproca por parte del ESTADO perfectamente identificado con la partida tributaria obligada".
4. LOS IMPUESTOS Los impuestos son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la Administración publica En ocasiones, se definen como aquellos que no implican contraprestación. En los impuestos, el hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del contribuyente. Son los más importantes por el porcentaje que suponen del total de la recaudación pública.
6. EJEMPLOS DE IMPUESTOS QUE SE PAGAN -Impuesto sobre la renta -Impuesto al valor agregado -De aduanas
7. TASAS Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado al contribuyente. No es tasa la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado.
8. CONTRIBUCION ESPECIAL Contribución especial es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o las actividades que constituyan el presupuesto de la obligación.
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11. LA CONTRIBUCION DE SEGURIDAD SOCIAL: la prestación a cargo de patronos y trabajadores integrantes de los grupos beneficiados, destinada a la financiación del servicio de salud y previsión.
12. OBLIGACION TRIBUTARIA La obligación tributaria es el vínculo jurídico de derecho público, que establece el Estado en el ejercicio del poder de imponer, exigible coactivamente de quienes se encuentran sometidos a su soberanía, cuando respecto de ellos se verifica el hecho previsto por la ley y que le da origen.
13. SUJETOS DE LA OBLIGACION JURIDICA TRIBUTARIA -SUJETO ACTIVO -SUJETO PASIVO
14. SUJETO ACTIVO Sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado, ente público acreedor del tributo.
15. SUJETO PASIVO Se considera sujeto pasivo, al obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o en calidad de responsable.