1. ACUERDO No. CA 002
8 de Junio de 2010
(Acta No. 002 de Junio 8 de 2010)
“Por medio del cual se propone la modificación al Sistema Institucional de Evaluación
Estudiantil - SIEES”
EL CONSEJO ACADÉMICO DEL COLEGIO COOPERATIVO NUEVO
MUZÚ, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y EN
ESPECIAL DE LAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 33º DEL
ACUERDO INSTITUCIONAL 003 DE 2009, Y
CONSIDERANDO
Que se hace necesario ajustar algunos aspectos del Sistema Institucional de
Evaluación Estudiantil – SIEES (Acuerdo 003 de 2009)
Que el Consejo Académico una vez realizado el proceso de estudio, revisión y ajustes
internos, ha aprobado algunas modificaciones al SIEES, las cuales deben ser
presentadas para su adopción y aprobación al Consejo Directivo.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º. Proponer al h. Consejo Directivo la adición de un artículo al
Acuerdo 003 de 2009, el cual quedará así:
ARTÍCULO 17 A: Del porcentaje máximo de reprobación. Al finalizar
el año escolar, los Comités de Evaluación y Promoción garantizarán la
promoción mínima del 90% del total de los estudiantes matriculados.
Parágrafo Primero: El Coordinador Académico o quien haga sus veces,
deberá verificar al finalizar cada periodo, que no se supere el 20% de
reprobación por asignatura en cada curso.
Parágrafo Segundo: El Coordinador Académico o quien haga sus veces,
deberá verificar al finalizar el año escolar, que no se supere el 20% de
reprobación por área en cada grado.
ARTÍCULO 2º. Proponer al h. Consejo Directivo la modificación del artículo 21
del Acuerdo 003 de 2009, el cual quedará así:
ARTÍCULO 21. De la prueba de habilitación. El estudiante que
repruebe una o más áreas básicas o específicas debe presentar una
prueba de habilitación que como mínimo sea equivalente al contenido
del examen final en la semana 20 de cada semestre. La nota
aprobatoria mínima para esta prueba es de 3.5 (Tres punto Cinco)
2. Continuación del Acuerdo No. CA 002 de 2010
El estudiante que no se presente a la prueba de habilitación sin causa
justificada tendrá como nota definitiva la obtenida al final del semestre
o periodo, según corresponda.
La justificación de esta ausencia será presentada a la coordinación
académica al siguiente día hábil de la prueba, quien la valorará y de
acuerdo a la justificación, autorizará la presentación de ésta.
El estudiante que haya tenido un ausentismo igual o superior al 20%,
sin justificación, a las actividades de la asignatura, no tiene derecho a
presentar habilitación y la nota final será la obtenida del acumulado al
100%.
ARTÍCULO 3º. Proponer al h. Consejo Directivo la adición de un artículo al
Acuerdo 003 de 2009, el cual quedará así:
ARTÍCULO 21 A. Del Plan de Mejoramiento Estudiantil - PME. El
estudiante que repruebe una o más asignaturas debe presentar las
actividades del Plan de Mejoramiento que establezca el docente, en la
fecha que establezca la Coordinación Académica. En todo caso, las
actividades del PME deberán ser entregadas a más tardar en la semana
5 de cada periodo lectivo.
Parágrafo: El PME es de carácter obligatorio. La presentación y
sustentación del PME será tenido en cuenta por el docente, para efectos
de evaluación, en el siguiente periodo lectivo. El Coordinador Académico
diseñará un instrumento de seguimiento para los PME.
ARTÍCULO 4º. Proponer al h. Consejo Directivo la adición de un numeral al
artículo 26 del Acuerdo 003 de 2009, el cual quedará así:
6. El Comité de Evaluación y Promoción se reunirá ordinariamente una
vez durante cada periodo lectivo, donde se analizarán los resultados del
proceso de evaluación del periodo y se adoptaran medidas para mejorar
los desempeños de los estudiantes.
ARTÍCULO 5º. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su expedición.
Dado en Bogotá, D.C.; a los ocho (8) días del mes de Junio de dos mil diez (2010).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
El Presidente del Consejo (e)
JULIÁN ANDRÉS COLORADO CALDERÓN
Coordinador Académico
JEISSON ANDRÉS PABÓN ORTIZ VIVIAN CAROLINA CUBILLOS PRIETO
Jefe Área Científica Jefe Área de Expresión
3. Continuación del Acuerdo No. CA 002 de 2010
JUAN CARLOS LAVERDE CARDOZO LIBARDO VALBUENA CARREÑO
Jefe Área de Formación y Orientación Jefe Área de Tecnología e Informática
SANDRA LILIANA DIAZ GONZALEZ
Jefe Área de Comunicación
CÚMPLASE,
JORGE ALCIBÍADES GASCA CASTIBLANCO
Rector
Presidente del Consejo Directivo
Notas de Vigencia
1. El presente Acuerdo fue ratificado por el h. Consejo Directivo mediante Acuerdo No. 003
de 2010 en Acta No. 002 del 11 de junio de 2010.