Fusión Emvarias - EPM | Sesión 19 de marzo de 2013 | Presentación Alcaldía de Medellín
1. PROYECTO DE ACUERDO 107 DE 2017
POR EL CUAL SE AUTORIZA LA
TRANSFORMACION DE EMVARIAS Y SE
ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES
2. ESCISIÓN PASIVO PENSIONAL EMVARIAS
Calculo actuarial a diciembre de 2011, los pensionados eran 1.721 de los cuales
1.194 se transfieren a APEV y 527 continúan en EMVARIAS
OBLIGACIONES PENSIONALES (CALCULO ACTUARIAL A DIC DE 2011)
CALCULO ACTUARIAL EMVARIAS APEV
PENSIONES JUBILADOS 291,627,537,014 82,804,203,853 208,823,333,161
BONOS B PERSONAL JUBILADO 32,349,144,834 12,900,231,853 19,448,912,982
BONOS A ACTIVOS 281,840,893 281,840,893 0
BONOS B ACTIVOS 4,271,096,600 4,271,096,600 0
BONOS B RETIRADOS 75,192,174,798 75,192,174,798 0
TOTAL OBLIGACIONES PENSIONALES 403,721,794,140 175,449,547,997 228,272,246,143
PROPORCIONALIDAD 43.46% 56.54%
EMVARIAS, transfirió a APEV obligaciones pensionales por valor de $228.272 millones, que
equivalen al 56.54% de las obligaciones pensionales totales proyectadas en el cálculo
actuarial.
3. DETALLE DE LOS ACTIVOS QUE RESPALDAN EL PASIVO
PENSIONAL TRANSFERIDO AL APEV
ACTIVOS FIJOS
BIENES INMUEBLES APEV (AVALUOS AÑO 2012)
ACTIVOS CORRIENTES
DESCRIPCIÓN VALOR
Feria de Ganados 83,381,878,050
PATRIMONIO AUTONOMO 42,354,688,800 Matadero 33,389,271,250
CAJA 40,522,119,000 Galpón 20 - Mayorista 13,862,920,000
TOTAL ACTIVOS CORRIENTES 82,876,807,800
Diagnosticentro 8,123,219,000
Los Colores 9,048,495,700
TOTAL 147,805,784,000
4. CALCULO ACTUARIAL EMVARIAS
A DIC -12
• Son susceptibles de transferir al APEV $95.406 Millones.
• El patrimonio autónomo en garantía de Emvarias tiene un saldo de $49.984 Millones.
• Numero total de pensionados y beneficiarios 527.
• Pago promedio mensual por mesadas $ 612 Millones.
5. OBLIGACIONES CONMUTABLES
• Segunda etapa escisión, proceso de incorporación pensiones y bonos
ciertos e indiscutibles por transferir a APEV.
• Firma de consentimientos por parte de pensionados.
• Actualización caculo actuarial.
• Capacidad financiera de APEV para recibir pensionados restantes.
• Firma de convenio APEV –EMVARIAS (Temas operativos)
• Transferencia de activos y registro de escrituras.
7. EJERCICIO DE TRASLADO
NUEVOS CONSENTIMIENTOS A FEBRERO DE 2.013
A continuación se efectúa ejercicio con los 46 nuevos consentimientos otorgados
Por los pensionados a febrero de 2013.
NOTAS:
• Se supone la transferencia en junio de 2013.
• Las mesadas pensionales crecen un 3,5% anual.
8. 1A- EXPLICACIÓN PARÁGRAFO ARTÍCULO PRIMERO: EXPRESIÓN
«PODRÁ» Y NO «DEBERÁ»:
La expresión: «El Municipio de Medellín podrá transferir estos bienes al
establecimiento público APEV, creado mediante el Decreto 1516 de 2008, para el
cumplimiento del objeto descrito en su artículo tercero» obedece a que si bien, el
Acuerdo 15 y el Decreto 1516 de 2008 habían autorizado la transferencia en
bloque de muchos activos no operacionales de los que se contemplan en este
acuerdo, esta transferencia estaba sujeta al cumplimiento de los requisitos legales
necesarios.
Los bienes se fueron transfiriendo en la medida en que se iban cumpliendo los
requisitos legales, por eso no se transfirieron todos y ahora deben transferirse al
Municipio quien podrá – si se cumplen los requisitos legales necesarios -
transferirlos al APEV.
9. 2A- ARTÍCULO SEGUNDO: DISMINUCIÓN DEL TÉRMINO PARA EJERCER
FACULTADES PRO TEMPORE
Se reducirá el término de autorización para la transformación de doce (12) a seis
(6) meses, teniendo en cuenta que se trata del ejercicio de una facultad pro
tempore que y de acuerdo al texto de las sentencias del Consejo de Estado, debe
ser de seis (6) meses no prorrogables.
2B- ARTÍCULO SEGUNDO: INCLUSION DE UN PARAGRAFO DONDE SE
INCLUYAN LAS GARANTIAS LABORALES Y CONVENCIONALES.
«PARÁGRAFO. De conformidad con las normas legales vigentes, los derechos
laborales y convencionales de los trabajadores continuarán siendo asumidos, sin
interrupción, por la Empresa Oficial de Servicios Públicos Domiciliarios del orden
municipal»
10. 3 – AUTORIZACIÓN PARA QUE EL MUNICIPIO VENDA SUS ACCIONES A EMPRESAS
PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP- QUEDA IGUAL
ARTÍCULO TERCERO. Autorizar al Alcalde del Municipio de Medellín para que el municipio
participe como accionista en la Empresa Oficial de Servicios Públicos Domiciliarios del
orden municipal, con una participación no inferior al noventa y nueve por ciento (99%) de
las acciones a suscribir. Esta autorización faculta al Alcalde Municipal para ejercer las
acciones y los derechos inherentes a todos los actos que la ley y los estatutos permiten a
los socios, entre otros, los señalados en el artículo 379 del Código de Comercio; en todo
caso, esta facultad no se extiende para mutar la naturaleza oficial y el orden municipal de la
empresa.
¿Cómo se materializa la compra de acciones entre EPM y el Municipio de Medellín?
Mediante la celebración de un contrato interadministrativo de compraventa de acciones de
conformidad con el literal c) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.
11. 4- PROCESO DE SELECCIÓN DE SOCIOS Y SUSTENTO JURÍDICO
RESOLUCIÓN CRA 151 DE 2001 REGULACIÓN INTEGRAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE
ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO
El proceso de selección de socios que debe agotarse es el de licitación pública. El sustento
jurídico para ello es lo dispuesto en los artículos 1.3.5.6 y el literal e) del artículo 1.3.5.3 de
la Resolución CRA 151 de 2001 (esta última adicionada por la Resolución CRA 264 de 2003)
y el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. El procedimiento de licitación pública
se encuentra regulado en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, reglamentado por el Decreto
734 de 2012. En particular debe tenerse presente que el pliego de condiciones que regule
el procedimiento de selección de socios debe consagrar los requisitos de participación y de
evaluación para su escogencia y que las entidades que pueden participar son las
descentralizadas municipales con naturaleza jurídica de establecimiento público o de
empresa industrial y comercial del Estado.
12. 5- AUTORIZAR AL ALCALDE PARA REALIZAR LOS MOVIMIENTOS PRESUPUESTALES
NECESARIOS PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ACUERDO
Se sugiere retirar este artículo del proyecto de acuerdo debido a que en el Numeral
18 del artículo 3° del Acuerdo 65 de 2012, por medio del cual se aprueba el
presupuesto para la vigencia fiscal 2013, se le dieron facultades al Alcalde para
realizar traslados presupuestales.
Es importante aclarar que cuando al Municipio ingrese el dinero, fruto de la venta
de las acciones, estos recursos se consideran ingresos de capital y su destinación
debe ser previamente aprobada por el Concejo.
13. DESTINACION DE LOS BIENES INMUEBLES Y ACCIONES QUE RECIBE EL MUNICIPIO
DE MEDELLIN POR PARTE DE EMPRESAS VARIAS
BIENES INMUEBLES: Los recibe la Secretaría de Servicios Administrativos quien
conformará una comisión de verificación del estado actual de cada uno de los
inmuebles y los costos que representan para el Municipio su mantenimiento.
ACCIONES: Las recibe la Secretaría de Hacienda quien procederá con el análisis de
sus rendimientos financieros para definir la mejor opción de negocios.