LANZAMIENTO, NUEVOS SET DE COCINA, PETROLEUM, VINTAGE, CARAMEL Y LAVANDA
3 normatividad para moluscos
1. Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Actualización de la
Reglamentación para la
Importación y Movilización de los
moluscos bivalvos.
2. Objetivo de la presentación.
Marco
Regulatorio
Antecedentes
3. Antecedentes de la acuacultura global
Aproximadamente 55.7 millones de Ton
Producción Incrementó
Acuícola promedio anual
Global 7.5%.
Peces, Crustáceos,
moluscos y anfibios para
Aprox. 59.9 consumo humano.
millones de Ton
Valor estimado
total de 119
Billones de dólares
Departamento de Acuacultura y Pesquerías de la
FAO Roma 2012
4. Producción Acuícola a nivel mundial
Peces de Agua dulce 56.4%; 33.7 millones de Ton.
Moluscos 23.6%; 14.2 millones de Ton.
Crustáceos 9.6%; 5.7 millones de Ton.
Peces diadromos 6.0%; 3.6 millones de Ton.
Peces Marinos 3.1%, 1.8 millones de Ton.
Otros animales acuáticos 1.4%; 814,300 Ton.
Departamento de Acuacultura y Pesquerías de la
FAO Roma 2012
5. Impacto socio-económico.
Producción
Procesamiento
primaria
Actividades Empaque
Manufactura de
Ventas y
equipos y
distribución
maquinaria
Pesquerías y
Acuacultura
Construcción y
infraestructura
mantenimiento
Investigación
Administración
Departamento de Acuacultura y Pesquerías de la
FAO Roma 2012
6. Volúmenes de producción de moluscos por
Entidad
4%
3% BAJA CALIFORNIA NORTE
3%
6%
BAJA CALIFORNIA SUR
Peso (Ton)
8% VERACRUZ
79, 393.7
41%
SONORA
TABASCO
16% Valor (Pesos)
SINALOA $528, 416, 725
NAYARIT
19%
Otros
Fuente: Anuario estadístico de pesca del 2010
7. Zonas de cultivo de Moluscos aprobadas por
COFEPRIS (Julio 2012)
Rincón de Ballenas
Bahía San Quintín San Felipe- Puertecitos ENTIDAD PRODUCTORES
BAJA CALIFORNIA 32
Bahía Salina
Laguna Manuela BAJA CALIFORNIA SUR 39
Laguna Guerrero Negro
SONORA 8
Rincón de los Ruiz Estero Santa Cruz
TAMAULIPAS 3
Estero El Coyote Canal Yavaros
CAMPECHE 1
La Bocana
Bahía Ballenas
Estero el Cedrón Laguna Morales
Laguna Brasil
Bahía Magdalena
Complejo Lagunar
Pam-Atasta
Fuente: www.cofepris.gob.mx
8. Estados con programas de trabajo de
Sanidad para moluscos.
Unidades de producción en el 2011.
*Programas de Trabajo de los CSA
Entidad Unidades de producción
Baja California 30
Baja California Sur 22
Campeche 0
Nayarit 7
Sinaloa 95
Sonora 31
Tabasco 24
Total 209
9. Principales especies moluscos que se
cultivan en México.
Ostión del Golfo Crassostrea virginica
Ostión del Pacifico Crassostrea gigas
Ostión Kumamoto Crassostrea gigas var. Sikamea
Ostión de Placer Crasssotrea corteziensis
Mejillón del Mediterráneo Mytilus edulis
Almeja blanca Chine spp.
Almeja Mano de León Nodipecten subnodosus
Almeja Manila Tapes philippinarum
Callo de Hacha Atrina maura
Abulón Haliotis spp.
Almeja de sifón Penopea globosa
10. Inversión en el 2012 en Sanidad Acuícola
en los moluscos
PECES CRUSTÁCEOS MOLUSCOS
ENTIDAD TOTAL
TOTAL TOTAL TOTAL ($) %
Baja California 278,565 600,000 1,200,000 58 2,078,565
Baja California Sur 0 1,279,309 1,331,526 51 2,610,835
Sonora 1,115,786 11,071,181 1,084,064 8 13,271,031
Sinaloa 901,875 12,162,709 300,000 2 13,364,584
Nayarit 503,500 2,858,619 693,500 17 4,055,619
Tabasco 889,289 914,678 736,760 29 2,540,727
Veracruz 1,251,855 408,213 1,061,356 39 2,721,424
TOTAL 4,940,870 29,294,709 6,407,206 40,642,785
11. Marco Regulatorio
Ley General de Pesca y Acuacultura
Sustentables
NOM-010-PESC-1993
NOM-011-PESC-1993
ACUERDO que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya
importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través del
Servicio nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
ACUERDO por el que se establece el módulo de requisitos en materia de
sanidad para la importación de especies acuáticas, sus productos y
subproductos, así como los productos biológicos, químicos, farmacéuticos o
alimenticios para el uso o consumo de dichas especies.
12. Marco Regulatorio
Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
• La Secretaría, ejercerá sus atribuciones y facultades en materia de sanidad de especies
acuícola a través del SENASICA.
Artículo 103.
• Requerirán de Certificado de Sanidad Acuícola, de manera previa a su realización las
siguientes actividades:
• I.- La importación y exportación y tránsito internacional de especies acuáticas, sus
Artículo 105. productos y subproductos……..;
• También requerirán de Certificado de Sanidad Acuícola:
• I.- Las instalaciones en las que se realicen actividades acuícolas.
Artículo 106.
13. Marco Regulatorio
Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
• Por razones sanitarias y de protección de la salud pública, el SENASICA podrá proponer a la
Secretaría la prohibición de la importación de especies acuáticas
Artículo 112
• La Secretaría, mediante Acuerdos, determinará los requisitos y medidas sanitarias que
deberán cumplirse para movilizar a zonas libres o en vigilancia, organismos acuícolas
Artículo vivos, sus productos……
113.
• Quedan prohibidas la importación o exportación, temporal o definitiva y el tránsito
internacional de organismos acuícolas, sus derivados, alimentos, deshechos y despojos,
cuando sean originarios o procedan de zonas o países que no han sido reconocidos como
Articulo 114 libres de enfermedades emergentes o endémica
14. Requisitos para importación.
Presentar
Física
documentación para
Moral inspección.
Acreditar la
Punto de
personalidad
ingreso OISA.
jurídica.
“Módulo de Consulta y
Requisitos de Sanidad
Reporte del ejercicio total
Acuícola para la
o parcial de la importación
Importación”
ante la DSAyP.
Obtener HRSA Utilización del
CSA
15. Requisitos para exportación.
Declaración de cooperación
para moluscos bivalvos frescos
Presentar y congelados exportados de
Física México a EE.UU
documentación en la (Entró en vigor en junio del
Moral 2012, vigencia de 5 años)
OISA .
Acreditar la
Punto de
personalidad
salida.
jurídica.
•Escrito libre Reporte del ejercicio total
•Cumplir con los o parcial de la utilización
requerimientos del país de del certificado ante la
destino. DSAyP.
•Pago de derechos.
Utilización del
Solicitud de
CSA
CSA
16. Requisitos para movilización.
Presentar
Física
documentación para
Moral inspección.
Acreditar la
Punto de
personalidad
ingreso.
jurídica.
•Escrito libre
• Resultados de las pruebas
de diagnóstico o
constatación. Reporte del ejercicio total
•Pago de derechos. o parcial de la importación
ante la DSAyP.
Solicitud de
CSA Utilización del
CSA
17. Instrumentos legales para la gestión de NOM’s.
Relativos a la
elaboración de las
LEY FEDERAL SOBRE NOM’s
METROLOGÍA Y
NORMALIZACIÓN Art. 3 Frac. X, Art. 38
Frac. II, Art. 41, Art. 43,
Art. 44, Art. 45.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf
NOM’s
Foro de discusión para
REGLAS DE OPERACIÓN E los Anteproyectos de
INTEGRACIÓN DEL COMITÉ
CONSULTIVO NACIONAL DE NOM’s que emiten las
NORMALIZACIÓN DE dependencias.
PROTECCIÓN ZOOSANITARIA
(CONAPROZ) Art. 40, Art. 41, Art.
42, Art. 43, Art. 46.
19. Certificados de Sanidad Acuícola emitidos.
Exportación
AÑO PRODUCTO CANTIDAD TON
2011 Pulpa Mejillón 1
Mytilus galloprovincialis
2011 Pulpa Mejillón 5
M. galloprovincialis
2011 Pulpa Mejillón 10
M. galloprovincialis
2011 Pulpa Mejillón 1.8
M. galloprovincialis
2012 Pulpa Mejillón 10
M. galloprovincialis
20. Transversalidad de la sanidad de especies
acuáticas en la cadena económica y productiva .
Importación, Obtención
Exportación y de semilla y
larvas
Movilización.
Comercialización
Alimento
SANIDAD
Capacidad y
certeza
diagnóstica
Establecimiento Instalaciones
en operación. de cultivo.
21. ESPÍRITU DEL MARCO
REGULATORIO
Proteger estatus sanitario para favorecer las
actividades comerciales, basado en un
sustento técnico y científico.
22. MVZ Mauricio Flores Villasuso
Director de Sanidad Acuícola y Pesquera
Tel: 59051000 ext. 1076
mauricio.flores@senasica.gob.mx