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Declaracion Pública
1. Universidad Católica del Norte
Facultad de Medicina
Consejo de Estudiantes – CEFAMED UCN
En la Universidad Católica del Norte, sede Coquimbo, a 19 de noviembre del 2009:
Considerando:
• Que la salud es un derecho tanto moral como constitucional para todos los chilenos,
y que por ello ésta debe ser brindada por los profesionales más capacitados, para
obtener como resultado una atención óptima y la recuperación de los pacientes;
• Que el Ministerio de Salud ha normado el acceso de los centros formadores a los
campos clínicos de la Red Asistencial mediante la promulgación de la Norma
General Administrativa N°18, sobre asignación y uso de los campos de formación
profesional y técnica en el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) y
normas de protección para sus funcionarios, académicos, estudiantes y usuarios,
promulgada en 2007 y con obligatoriedad de aplicación desde septiembre de 2008;
• Que dicha norma exige que las universidades estén acreditadas ante la Comisión
Nacional de Acreditación (CNA) para optar al uso de campos clínicos
pertenecientes a la Red de un determinado Servicio de Salud, mediante la firma de
Convenios Docentes Asistenciales entre ambas partes;
• Que la carrera de Medicina nació en 2003 frente a las necesidades de salud de la
población regional, fue aprobada por la Comisión de Autorregulación concordada
del CRUCH, y en el desarrollo de su proyecto intervino el Servicio de Salud
Coquimbo, realizando estudios para garantizar la factibilidad técnica de la
implementación de la carrera;
• Que el Servicio de Salud Coquimbo firmó con la Universidad Católica del Norte
(acreditada por la CNA hasta diciembre de 2010) un Convenio Docente Asistencial
en 2002, que se extiende hasta 2012 y permite el uso de campos clínicos
pertenecientes a la Red regional;
• Que la Universidad Pedro de Valdivia, sede La Serena (institución no acreditada por
la CNA, representada por su Rector, Sr. Ángel Maulén) firmó con el Servicio de
Salud Coquimbo (representado por su Director, Sr. Ernesto Jorquera) un Convenio
Docente Asistencial en enero de 2009, contraviniendo de forma flagrante las
disposiciones emanadas de la Norma Nº18;
• Que la Universidad Pedro de Valdivia ofrece al Servicio de Salud Coquimbo, a
modo de compensación por la firma de dicho Convenio, una serie de descuentos y
formas de pago en centros dependientes de ella, a saber: instituto de inglés Wall
Street Institute, Preuniversitario Pedro de Valdivia y Universidad Pedro de
Valdivia, que serán utilizables por los funcionarios, sus hijos y cónyuges;
• Que el Servicio de Salud Coquimbo puso como cupo máximo de acceso a campos
clínicos de la Red regional a 5 estudiantes por nivel en las carreras de Nutrición,
2. Kinesiología y Enfermería, obligando a la Universidad Católica del Norte a aceptar
la condición para evitar la pérdida de dichos campos.
Los estudiantes de la Facultad de Medicina de la Universidad Católica del Norte, sede
Coquimbo, declaramos públicamente que:
• El Servicio de Salud Coquimbo tiene por obligación velar por la calidad de la salud
que reciben los habitantes de la región donde se encuentra, valiéndose para ello de
las leyes y normativas que el Estado promulga con dicho fin.
• El Director del Servicio de Salud Coquimbo, Sr. Ernesto Jorquera, está
desconociendo de manera manifiesta una norma emanada desde un organismo de
Estado como es el Ministerio de Salud, poniendo en entredicho el orden jurídico
nacional y, como consecuencia más grave, entregando la salud de la población
regional a una institución que no cumple con los estándares mínimos de calidad
exigidos por la CNA.
• La evidente irregularidad legal del Convenio Docente Asistencial firmado entre el
Servicio de Salud Coquimbo y la Universidad Pedro de Valdivia vicia de nulidad
todo acuerdo entre ambas partes, por lo que deberán estar imposibilitados de tener
acceso a los campos clínicos pertenecientes a la Red Asistencial regional, en pos de
la seguridad de los pacientes y del cumplimiento de la normativa vigente.
• Dado que el Servicio de Salud Coquimbo acordó con anterioridad el acceso de las
carreras de Enfermería, Nutrición y Kinesiología, no puede limitar de manera tan
drástica los cupos disponibles, siendo que con esta medida impedirá el justo acceso
a campos clínicos a una gran proporción de estudiantes por nivel.
• La Autoridad Nacional de Salud (representada por el Ministro de la cartera, Sr.
Álvaro Erazo) deberá tomar conocimiento de esta irregularidad y manifestarse de
manera enérgica para implementar soluciones rápidas y efectivas.
• No descansaremos hasta lograr la regularización de la situación expuesta en este
comunicado, pues la visión de salud pública que nos imprime nuestro centro
formador nos mueve a velar por el bienestar y la salud de los pacientes a nuestro
cargo, y la responsabilidad que implica estar acreditados por el país para ser
profesionales de la salud nos obliga a actuar con la rectitud y seriedad que debemos
tener para con nuestros pacientes y la nación.
CEFAMED - UCN
Centro de Estudiantes Facultad de Medicina UCN
Atentamente,
Rubén Quezada
Representante CEFAMED-UCN