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INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE
            Aprobado Según Resolución No. 255 de Enero 31 de 2.007
                   Calle 28 No. 29-41 - Teléfono 2722857
                                   Palmira


                   RESOLUCIÓN NÚMERO 011-010 - 2009

Por la cual se reglamenta el Sistema Institucional de Evaluación de los
Estudiantes de Preescolar y de Evaluación y promoción de los estudiantes de
Educación Básica y Media de la Institución Educativa San Vicente de Palmira.

                          EL CONSEJO DIRECTIVO,

 En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en los artículos
144 y 145 de la Ley 115 de 1994 y en los artículos 8° y 11° del Decreto 1290
de 2009.

                              CONSIDERANDO:

Que el Artículo 67 de la Constitución Nacional, consagra “La Educación como
un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social;
con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los
demás bienes y valores de la cultura. El Estado, la sociedad y la familia son
responsables de la educación…”. También la norma constitucional nos dice
que la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos,
a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo la recreación, para el
mejoramiento cultural, científico, tecnológico.
Así mismo el Estado ejerce la inspección y vigilancia de la educación con el fin
de velar por la calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor
formación moral, intelectual y física de los educandos.
Que el Artículo 5 de la Ley 115 de 1994 consagra en los fines de la educación,
que las instituciones educativas están obligadas a desarrollar a través del
currículo general, dentro de su proyecto educativo institucional.
Que el Artículo 80 de la Ley 115 de 1994 estipula que el Ministerio de
Educación Nacional establecerá un Sistema Nacional de la Evaluación de la
educación, con el fin de velar por la calidad por el cumplimiento de los fines de
la educación, y por la formación moral, intelectual y física de los educandos.
Diseñará y aplicará criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la
educación que se imparte, los logros de los alumnos, la eficacia de los métodos
pedagógicos, la organización administrativa y física de las instituciones y la
eficiencia de la prestación del servicio.
Que el Artículo 77 de la Ley 115 plantea que las instituciones educativas gozan
de autonomía escolar, dentro de los límites fijados por la misma y el Proyecto
Educativo Institucional.
Que el Decreto 2247 de 1997, establece normas relativas a la prestación del
servicio educativo del nivel de preescolar.
Que el Artículo 46 de la Ley 115 y el Decreto 366 de 2009, estipulan que en el
marco de la educación inclusiva, la educación para personas con limitaciones
físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades
intelectuales excepcionales, son parte integrante del servicio educativo.
Que el Artículo 8º y 11° del Decreto 1290 de 2009 p lantea que cada
establecimiento educativo, debe definir, socializar, adoptar y divulgar el sistema
institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el
Consejo Académico, y posteriormente, aprobarlo en sesión en el Consejo
Directivo, incorporarlo al proyecto educativo institucional.


 Que en la definición de las características específicas de este sistema de
evaluación, se contó con la participación activa de la comunidad educativa de
la institución educativa San Vicente de la ciudad de Palmira (Directivos,
Profesores, Estudiantes y Padres de Familia), organizados en reuniones,
encuentros y escenarios apropiados para la participación en cada estamento
de la comunidad.

Que, logrando en su definición altos niveles de consenso y un mayor
compromiso con la calidad de la Educación Institucional.
 Que por lo anterior se hace necesario establecer las características
específicas de la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes,
aplicables a los niveles de educación preescolar, básica y media en la
Institución.

                                 RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer y aprobar los componentes del Sistema Institucional
de Evaluación de los Estudiantes, que se enuncia a continuación:

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES


1. Definición:
La Institución Educativa San Vicente que optó por la excelencia académica
define en el P.E.I la evaluación en el ámbito institucional, como el proceso
permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de las estudiantes.

2. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes:

   Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y
   estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
   Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos
   educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
   Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas
   para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños
   superiores en su proceso formativo.
   Determinar la promoción de estudiantes.
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de
   mejoramiento institucional.
   Establecer estrategias que permitan a las estudiantes asumir con éxito las
   evaluaciones nacionales e internacionales.
   Garantizar la formación para alcanzar desempeños eficientes en los
   ámbitos: académico, personal, laboral.


3. Definición del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes
   (SIEE)

El Sistema de evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes en los
niveles de educación básica y media, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 4º del Decreto 1290 de abril 16 de 2009, contiene:

      Los criterios de evaluación y promoción.
      La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la
      escala nacional.
      Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los
      estudiantes.
      Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños
      de los estudiantes durante el año escolar.
      Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
      Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones
      pedagógicas pendientes de los estudiantes.
      Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del
      establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos
      estipulados en el sistema institucional de evaluación.
      La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
      La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros,
      comprensibles y den información integral del avance en la formación.
      Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución
      de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación
      y promoción.
      Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la
      construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

3.1 Criterios de evaluación y promoción

La Institución educativa San Vicente, que optó por la excelencia académica,
define los criterios de evaluación integral en el proyecto educativo institucional
como el procedimiento de evaluación del desarrollo y rendimiento de las
estudiantes en el Plan de Estudios, de conformidad con el Decreto 1290.
Los procedimientos de evaluación integral de San Vicente, se establecen en
correspondencia con las finalidades del Proyecto Educativo, de tal manera que
la evaluación sea promotora de la realización personal de las estudiantes y sea
medio para lograr que los ideales y la filosofía de la educación que se proponen
en él, se realicen cabalmente. Por lo tanto se establece que:
1. Sea continua, integral, cuantitativa, cualitativa y descriptiva.
2. Tenga finalidades como la de verificar los avances en la construcción de
    conocimientos, valores, actitudes y habilidades.
3. Favorezca el desarrollo de competencias.
4. Identifique características y dificultades individuales de aprendizaje.
5. Permita formular estrategias para superar las dificultades a través de planes
    de mejoramiento.
6. Permita comparar las competencias logradas versus competencias
    esperadas.
7. Existan condiciones de participación activa del estudiante en el logro de los
    aprendizajes.
8. Facilite la aplicación y profundización de los aprendizajes adquiridos.
9. Se utilicen diferentes estrategias de trabajo, para evidenciar el nivel de
    desempeño alcanzado.
10. Estimule la creatividad y el desarrollo autónomo ,respetando las diferencias
    individuales.
11. Estimule el desarrollo de comportamientos proactivos.
12. Desarrolle el sentido de responsabilidad, frente al proceso de aprendizaje.
13. Contribuya al desarrollo del pensamiento crítico y fomente el espíritu de
    investigación.
14. Apoye el crecimiento personal y la manifestación de valores humanos y
    sociales.
15. Asuma el error como base para nuevos aprendizajes.
16. Permita evidenciar el cumplimiento de los indicadores.
17. Permita fortalecer la reflexión para el mejoramiento del entorno.
18. Permita verificar el nivel de desarrollo de las competencias laborales
    generales y específicas.
19. El comportamiento y las actitudes de las estudiantes se evalúen durante
    cada periodo académico con los parámetros e indicadores que se dan a
    conocer a los estudiantes y a los padres de familia.
20. Permita hacer seguimiento periódico de los avances del desempeño
    escolar.
21. Permita la movilidad en el Sistema Educativo Nacional.
22. Permita definir la promoción o reprobación escolar.

3.2 Escala de valoración y equivalencia

La evaluación del rendimiento escolar es el procedimiento de evaluación de los
logros del estudiante, entendidos como el conjunto de juicios sobre el avance
en los aprendizajes académico y convivencia del proceso educativo y
pedagógico. La evaluación será continua, integral, cuantitativa, cualitativa y
descriptiva, la que se expresará en informes de carácter numérico, cualitativo y
descriptivo.

Los datos cuantitativos y numéricos. Para efectos de establecer límites
precisos y evidentes del proceso de desempeño de los estudiantes, la
institución acuerda establecer unos rangos numéricos de 1 a 5, los cuales
estarán a la vez y simultáneamente articulados con la homologación nacional
de acuerdo al decreto 1290, y una formulación descriptiva de los desempeños
estipulados en los planes de área.
Homologación cualitativa nacional. Para los efectos de transferencia de los
estudiantes a otras instituciones de Colombia, la valoración dentro de cada
área de conocimiento se expresa en los términos de desempeño: Bajo, Básico,
Alto y Superior.

Teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y
lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo
establecido en el Proyecto Educativo Institucional, se establecen los rangos y
criterios de valoración.

Desempeño Bajo. Valoración de 1.0 a 3.4. Cuando se cumple, en la
asignatura menos del 70% de los requerimientos para los desempeños
propuestos. Significa que el estudiante no cumple con el estándar, que en su
estructura cognitiva no ha construido conceptos esenciales, o no los
comprende y por eso no transfiere saberes en actuaciones y en la solución
de problemas.

Desempeño Básico: Valoración de 3.5 a 3.9. Cuando se cumple, en la
asignatura entre el 70% y el 79% de los requerimientos para los desempeños
propuestos. Significa que el estudiante cumple con el estándar, que en su
estructura cognitiva construyó conceptos esenciales, que los comprende y por
eso puede transferir esos saberes en actuaciones y en la solución de
problemas.

Desempeños Alto: Valoración de 4.0 a 4.6. Cuando se cumple en la
asignatura entre el 80% y el 93% de los requerimientos para los desempeños
propuestos.

Desempeño Superior. Valoración de 4.7 a 5.0. Cuando se cumple, en la
asignatura entre el 94% y el 100% de los requerimientos para los desempeños
propuestos. Significa que el estudiante supero los estándares académicos, que
en su estructura cognitiva trasciende la construcción de conceptos ya que a
través de la reflexión acción asume actitudes críticas, cooperativas, auto
reflexivas, dinámicas y conscientes de su proceso de desarrollo.
La calificación aprobatoria será a partir de 3.5 que corresponde al 70%. La
equivalencia conceptual es la siguiente:
                                          Escala             Niveles de
  Escala numérica        Porcentaje
                                          nacional           desempeño
                         De 94 a 100%                        Explicación de uso, o
  De 4.7 a 5.0                            Superior
                                                             dar cuenta de…
  De 4.0 a 4.6           De 80 a 93%      Alto               Uso Comprensivo
                                                             Reconocimiento y
  De 3.5 a 3.9           De 70 a 79%      Básico
                                                             distinción de códigos
                                                             Desempeño con
  De 1.0 a 3.4           Hasta 69%        Bajo
                                                             dificultad
Las valoraciones se realizan con números enteros y una cifra decimal.

Promoción y reprobación:
     Para la promoción de la estudiante al grado inmediatamente siguiente,
     se considera conjuntamente su asistencia y desempeño académico.
La estudiante que deje de asistir al 20% de las clases en una asignatura,
      sin justificar perderá automáticamente ésta. Si se justifica la inasistencia,
      debe realizarse acorde al manual de convivencia y presentando los
      soportes necesarios.
      La nota definitiva de una asignatura, la obtendrá de la sumatoria de los
      porcentajes aplicados a cada periodo así: Primer Periodo 20%, Segundo
      Periodo 20%, Tercer Periodo 30%, Cuarto Periodo 30%.
      Teniendo en cuenta el desempeño académico registrado al concluir el
      año académico, la estudiante debe alcanzar una valoración mínima de
      3.5 en cada asignatura para ser promovida.
      Si al finalizar el año lectivo, la estudiante pierde una asignatura con
      valoración no inferior a 2.5, pero el promedio general de todas sus
      asignaturas es de 3.7 o más, la estudiante será promovida sin requerir
      actividades para superar sus debilidades de aprendizaje. Para tal efecto,
      la valoración de esa asignatura, será de desempeño básico (3.5).
      Presentan actividades para superar debilidades de aprendizaje las
      estudiantes que presenten las siguientes situaciones:
              Pérdida de una sola asignatura, con valoración inferior a 2.5
              Pérdida de una asignatura y un promedio general inferior a 3.7
              Pérdida de dos asignaturas
      Las actividades para superar debilidades de aprendizaje, serán
      realizadas con diversas estrategias, conservando la misma proporción
      de porcentajes asignados a los diferentes aspectos valorativos definidos
      por el comité del área correspondiente.
      Para el año escolar 2009-2010 y sólo por este año, teniendo en cuenta
      que es uno de los años de transición para el calendario A, las
      actividades para superar debilidades de aprendizaje, se presentan dos
      semana después de finalizar las semanas lectivas.
      Luego de presentar las actividades de superación, la estudiante debe
      aprobar la asignatura o asignaturas aplazadas con una valoración
      mínima de 3.5 para ser promovida al grado siguiente. En caso contrario
      será reprobada.
      La estudiante será reprobada también, en caso de no alcanzar una
      valoración igual o superior a 3.5 en tres o más asignaturas.
      La ceremonia de graduación es un estímulo al buen desempeño
      académico y de convivencia por lo tanto solo pueden participar de ella
      las estudiantes que terminan su año en condición de aprobado.

3.3 Estrategias de valoración integral

La evaluación se hace por comparación permanente entre el estado formativo y
cognoscitivo de las estudiantes, teniendo en cuenta el perfil (dimensiones) y
formación integral definidos en el proyecto educativo institucional (Plan
curricular).
Los aspectos a tener en cuenta para la valoración integral en cada asignatura
son: Cognitivo, actitudinal, procedimental y socio-afectivo. Cada comité de
área, define los porcentajes asignados a cada aspecto anterior.
Esta evaluación, tiene por objeto comparar el estado de desarrollo de las
dimensiones del estudiante, con los indicadores de desempeño propuestos en
los Planes de Área y podrán utilizarse además de los específicos de cada
área los siguientes:
      Pruebas prácticas, orales y escritas; trabajos, exposiciones, informes,
      monografías, proyectos,
      Talleres, que permitan identificar los niveles de análisis, síntesis,
      comprensión, discernimiento, crítica y en general de adquisición,
      apropiación de conceptos y de desarrollo de competencias.
      Apreciaciones cualitativas documentadas, que son valoraciones y
      juicios, resultado de la observación, descripción, diálogo, entrevista
      abierta u otras formas de evaluar desempeños de las estudiantes; en las
      cuales podrán participar, mediante etapas de auto evaluación.

Las actividades de producción, individual o colectiva deben ser originales y en
ningún momento puede ser copia de textos, otros trabajos o internet.

3.4 Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de
   los estudiantes durante el año escolar.

Cada docente se encarga de hacer de la evaluación un proceso continuo, con
retroalimentación constante a estudiantes y acudientes. Cuando la situación lo
amerite, se concertan las entrevistas necesarias y se deja constancia.

El docente establece para cada asignatura, el cronograma de exámenes
escritos y los registra en el formato PGA-03-R14. La asistencia de las
estudiantes a estas actividades es de carácter obligatorio. La inasistencia a
éstas, debe ser justificada en coordinación, de acuerdo con lo establecido en el
manual de convivencia. El docente debe tener en cuenta esta justificación, en
el proceso de evaluación de la estudiante. La estudiante que no pueda justificar
de manera adecuada la ausencia tendrá la valoración minina establecida en la
escala (1.0)

3.5 Procesos de autoevaluación

El docente debe fijar desde el inicio del año escolar, de acuerdo con la filosofía
y el sistema evaluativo de la institución, mediante diagnóstico, los criterios que
permitan al estudiante reconocer sus habilidades y sus limitaciones, para que
pueda asumir con responsabilidad los procesos de autoevaluación
encaminados especialmente a aprender del error, lo cual se debe evidenciar en
el mejoramiento continuo.

La autoevaluación así orientada hace parte de la valoración integral de cada
asignatura, pero en ningún caso será su único componente.

3.6 Estrategias de apoyo para situaciones pedagógicas pendientes

Necesidades educativas especiales: En los primeros años de escolaridad,
cuando un docente por observación documentada detecta dificultades de
aprendizaje o capacidades excepcionales, debe informar a los acudientes y a
coordinación sobre dicha situación para que sea solicitada la valoración
profesional pertinente que permita orientar el proceso de acompañamiento de
acuerdo con los protocolos establecidos por la Secretaria de Educación
Municipal para dichos casos.

Ingresos tardíos y traslados: Toda estudiante que solicita ingreso debe
cumplir con los requisitos exigidos por la secretaría de la institución. Debe
presentar certificado de valoración con la equivalencia a la escala nacional, de
los periodos cursados, así como de los años anteriores. En el caso de
estudiantes que por situaciones especiales no tengan valoraciones de periodos
anteriores, estas son determinadas por el docente de cada asignatura a través
de diversas estrategias de nivelación y evaluación durante el primer periodo
que curse en la institución.

Cuando la estudiante solicite un traslado, las valoraciones se traducen a la
escala nacional.

Promoción anticipada: Al finalizar el primer periodo del año escolar, el
Consejo Académico, previo consentimiento y solicitud escrita de los padres de
familia o acudientes, recomendará ante el Consejo Directivo, la promoción
anticipada al grado siguiente de la estudiante que demuestre un rendimiento
superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las
competencias básicas, en todas las asignaturas, correspondientes al grado que
cursa.

Graduación anticipada: Las estudiantes de grado undécimo que al finalizar el
tercer periodo académico tengan un desempeño superior en todas las
asignaturas, que hayan presentado la Prueba de Estado y demuestren haber
sido admitidas a una carrera de pregrado, por una universidad pública o
privada debidamente registrada ante el ICFES, pueden solicitar al Consejo
Académico la Graduación anticipada. Dicha solicitud debe presentarse por
escrito, firmada por la estudiante y su acudiente. Una vez analizada la
situación, el Consejo académico remitirá su concepto al Consejo Directivo para
que, previa comprobación del cumplimiento de los demás requisitos para
graduación, sea denegada o aceptada.

Paquetes educativos: La institución ha creado los paquetes educativos, como
apoyo a la estudiante que por prescripción médica o en situación de alto riesgo
certificado no puede asistir regularmente a clases por un tiempo determinado,
que no exceda el mínimo previsto para reprobación. Estos paquetes son
conjuntos de materiales a través de los cuales se desarrollan los ejes temáticos
fundamentales de todas las asignaturas.
Los paquetes educativos serán diseñados, asignados, controlados y evaluados
por cada docente con la supervisión del Consejo Académico.

Banco de talleres: Al inicio de cada periodo cada comité de área entregara a
coordinación, al menos dos talleres por grado y por asignatura, para que sean
aplicados en situaciones especiales.

Programa de promoción para estudiantes con el año escolar reprobado:
Los comités de área preparan programas específicos de recuperación para
estudiantes reprobadas que soliciten promoción al grado siguiente durante la
primera semana del año escolar. Estas estudiantes deben matricularse en el
grado que reprobaron, cumplir los programas de recuperación, sin faltar a
ninguna de las actividades propuestas y presentar desempeño superior en
todas las asignaturas en el primer período.


3.7 Cumplimiento del SIEE

La Institución Educativa San Vicente direcciona sus procesos curriculares a
partir del horizonte institucional, el modelo pedagógico y la normatividad
pertinente de manera que se garantiza el cumplimiento del SIEE
Por otra parte en el Sistema de Gestión de Calidad de la institución educativa
en el proceso académico se han establecido los procedimientos con los
respectivos registros de control y seguimiento.
El Docente vigila su propio proceso, busca equilibrio permanente entre su
trabajo académico y de convivencia.

El Director de grupo, contribuye al seguimiento académico y de convivencia en
el grupo bajo su dirección.

Los Jefes de Área, fortalecen el trabajo en equipo y contribuyen al seguimiento
de los procesos operativos académicos y de convivencia en su área, para que
sean continuos, permanentes y sistemáticos a través de todo el recorrido,
desde el preescolar hasta el grado undécimo.

Los Coordinadores contribuyen a la orientación general de todos los procesos.

El Rector garantiza el seguimiento y evaluación desde los ámbitos
administrativos y organizativos, en coordinación y articulación como trabajo de
equipo de todos.

3.8 Estructura y periodicidad de Informes a padres de familia

El año escolar se divide en 4 periodos cuya duración será definida por el
consejo académico al inicio de cada año lectivo de acuerdo con la resolución
de calendario académico emitida por la Secretaria de Educación Municipal. En
las dos primeras semanas de cada periodo se entrega a los acudientes el
informe correspondiente al periodo inmediatamente anterior. Con el cuarto
informe se incluye la valoración definitiva en la escala adoptada por la
institución y su conversión a la escala nacional. Si la estudiante aprueba todas
las asignaturas, en el último informe aparecerá la anotación de aprobado, si
requiere presentar actividades para superar debilidades de aprendizaje
aparecerá la anotación de aplazado, si termina en situación de reprobación
debe decir réprobo.
3.9 Reclamaciones sobre evaluación

Toda reclamación respecto a las valoraciones en primera instancia se trata con
el mismo docente de la asignatura, si persiste la inconformidad se dirige la
reclamación, por escrito firmada por el estudiante y su acudiente, al
coordinador y en ultima instancia ante el consejo académico.
3.10 Mecanismos de participación

Para construir o modificar el SIEE se presenta la propuesta que es discutida al
interior de los comités de área, se socializa con el consejo estudiantil, pasa al
Consejo Académico ampliado con el Consejo de Padres y finalmente se dirige
al Consejo Directivo para su aprobación y divulgación. Estas modificaciones
solo son posibles antes de iniciación del año escolar.

ARTÍCULO 2°. Dar aplicación al nuevo sistema de evaluación escolar a partir
del año lectivo 2009-2010, en los niveles de educación preescolar, básica y
media en la Institución educativa San Vicente.
ARTICULO 3° Los procedimientos y acciones definidos en el nuevo sistema
               .
de evaluación escolar son de obligatorio cumplimiento.
ARTICULO 4º.Incorporar el Sistema Institucional de Evaluación en el Proyecto
Educativo Institucional y divulgarlo a la comunidad Educativa


Dada en Palmira, el 10 de noviembre de 2009.


NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE




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Resolución de consejo directivo

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE Aprobado Según Resolución No. 255 de Enero 31 de 2.007 Calle 28 No. 29-41 - Teléfono 2722857 Palmira RESOLUCIÓN NÚMERO 011-010 - 2009 Por la cual se reglamenta el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes de Preescolar y de Evaluación y promoción de los estudiantes de Educación Básica y Media de la Institución Educativa San Vicente de Palmira. EL CONSEJO DIRECTIVO, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en los artículos 144 y 145 de la Ley 115 de 1994 y en los artículos 8° y 11° del Decreto 1290 de 2009. CONSIDERANDO: Que el Artículo 67 de la Constitución Nacional, consagra “La Educación como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación…”. También la norma constitucional nos dice que la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico. Así mismo el Estado ejerce la inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos. Que el Artículo 5 de la Ley 115 de 1994 consagra en los fines de la educación, que las instituciones educativas están obligadas a desarrollar a través del currículo general, dentro de su proyecto educativo institucional. Que el Artículo 80 de la Ley 115 de 1994 estipula que el Ministerio de Educación Nacional establecerá un Sistema Nacional de la Evaluación de la educación, con el fin de velar por la calidad por el cumplimiento de los fines de la educación, y por la formación moral, intelectual y física de los educandos. Diseñará y aplicará criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la educación que se imparte, los logros de los alumnos, la eficacia de los métodos pedagógicos, la organización administrativa y física de las instituciones y la eficiencia de la prestación del servicio. Que el Artículo 77 de la Ley 115 plantea que las instituciones educativas gozan de autonomía escolar, dentro de los límites fijados por la misma y el Proyecto Educativo Institucional. Que el Decreto 2247 de 1997, establece normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel de preescolar.
  • 2. Que el Artículo 46 de la Ley 115 y el Decreto 366 de 2009, estipulan que en el marco de la educación inclusiva, la educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, son parte integrante del servicio educativo. Que el Artículo 8º y 11° del Decreto 1290 de 2009 p lantea que cada establecimiento educativo, debe definir, socializar, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico, y posteriormente, aprobarlo en sesión en el Consejo Directivo, incorporarlo al proyecto educativo institucional. Que en la definición de las características específicas de este sistema de evaluación, se contó con la participación activa de la comunidad educativa de la institución educativa San Vicente de la ciudad de Palmira (Directivos, Profesores, Estudiantes y Padres de Familia), organizados en reuniones, encuentros y escenarios apropiados para la participación en cada estamento de la comunidad. Que, logrando en su definición altos niveles de consenso y un mayor compromiso con la calidad de la Educación Institucional. Que por lo anterior se hace necesario establecer las características específicas de la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes, aplicables a los niveles de educación preescolar, básica y media en la Institución. RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Establecer y aprobar los componentes del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes, que se enuncia a continuación: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES 1. Definición: La Institución Educativa San Vicente que optó por la excelencia académica define en el P.E.I la evaluación en el ámbito institucional, como el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de las estudiantes. 2. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes: Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. Determinar la promoción de estudiantes.
  • 3. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. Establecer estrategias que permitan a las estudiantes asumir con éxito las evaluaciones nacionales e internacionales. Garantizar la formación para alcanzar desempeños eficientes en los ámbitos: académico, personal, laboral. 3. Definición del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) El Sistema de evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes en los niveles de educación básica y media, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto 1290 de abril 16 de 2009, contiene: Los criterios de evaluación y promoción. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 3.1 Criterios de evaluación y promoción La Institución educativa San Vicente, que optó por la excelencia académica, define los criterios de evaluación integral en el proyecto educativo institucional como el procedimiento de evaluación del desarrollo y rendimiento de las estudiantes en el Plan de Estudios, de conformidad con el Decreto 1290. Los procedimientos de evaluación integral de San Vicente, se establecen en correspondencia con las finalidades del Proyecto Educativo, de tal manera que la evaluación sea promotora de la realización personal de las estudiantes y sea medio para lograr que los ideales y la filosofía de la educación que se proponen en él, se realicen cabalmente. Por lo tanto se establece que: 1. Sea continua, integral, cuantitativa, cualitativa y descriptiva.
  • 4. 2. Tenga finalidades como la de verificar los avances en la construcción de conocimientos, valores, actitudes y habilidades. 3. Favorezca el desarrollo de competencias. 4. Identifique características y dificultades individuales de aprendizaje. 5. Permita formular estrategias para superar las dificultades a través de planes de mejoramiento. 6. Permita comparar las competencias logradas versus competencias esperadas. 7. Existan condiciones de participación activa del estudiante en el logro de los aprendizajes. 8. Facilite la aplicación y profundización de los aprendizajes adquiridos. 9. Se utilicen diferentes estrategias de trabajo, para evidenciar el nivel de desempeño alcanzado. 10. Estimule la creatividad y el desarrollo autónomo ,respetando las diferencias individuales. 11. Estimule el desarrollo de comportamientos proactivos. 12. Desarrolle el sentido de responsabilidad, frente al proceso de aprendizaje. 13. Contribuya al desarrollo del pensamiento crítico y fomente el espíritu de investigación. 14. Apoye el crecimiento personal y la manifestación de valores humanos y sociales. 15. Asuma el error como base para nuevos aprendizajes. 16. Permita evidenciar el cumplimiento de los indicadores. 17. Permita fortalecer la reflexión para el mejoramiento del entorno. 18. Permita verificar el nivel de desarrollo de las competencias laborales generales y específicas. 19. El comportamiento y las actitudes de las estudiantes se evalúen durante cada periodo académico con los parámetros e indicadores que se dan a conocer a los estudiantes y a los padres de familia. 20. Permita hacer seguimiento periódico de los avances del desempeño escolar. 21. Permita la movilidad en el Sistema Educativo Nacional. 22. Permita definir la promoción o reprobación escolar. 3.2 Escala de valoración y equivalencia La evaluación del rendimiento escolar es el procedimiento de evaluación de los logros del estudiante, entendidos como el conjunto de juicios sobre el avance en los aprendizajes académico y convivencia del proceso educativo y pedagógico. La evaluación será continua, integral, cuantitativa, cualitativa y descriptiva, la que se expresará en informes de carácter numérico, cualitativo y descriptivo. Los datos cuantitativos y numéricos. Para efectos de establecer límites precisos y evidentes del proceso de desempeño de los estudiantes, la institución acuerda establecer unos rangos numéricos de 1 a 5, los cuales estarán a la vez y simultáneamente articulados con la homologación nacional de acuerdo al decreto 1290, y una formulación descriptiva de los desempeños estipulados en los planes de área.
  • 5. Homologación cualitativa nacional. Para los efectos de transferencia de los estudiantes a otras instituciones de Colombia, la valoración dentro de cada área de conocimiento se expresa en los términos de desempeño: Bajo, Básico, Alto y Superior. Teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional, se establecen los rangos y criterios de valoración. Desempeño Bajo. Valoración de 1.0 a 3.4. Cuando se cumple, en la asignatura menos del 70% de los requerimientos para los desempeños propuestos. Significa que el estudiante no cumple con el estándar, que en su estructura cognitiva no ha construido conceptos esenciales, o no los comprende y por eso no transfiere saberes en actuaciones y en la solución de problemas. Desempeño Básico: Valoración de 3.5 a 3.9. Cuando se cumple, en la asignatura entre el 70% y el 79% de los requerimientos para los desempeños propuestos. Significa que el estudiante cumple con el estándar, que en su estructura cognitiva construyó conceptos esenciales, que los comprende y por eso puede transferir esos saberes en actuaciones y en la solución de problemas. Desempeños Alto: Valoración de 4.0 a 4.6. Cuando se cumple en la asignatura entre el 80% y el 93% de los requerimientos para los desempeños propuestos. Desempeño Superior. Valoración de 4.7 a 5.0. Cuando se cumple, en la asignatura entre el 94% y el 100% de los requerimientos para los desempeños propuestos. Significa que el estudiante supero los estándares académicos, que en su estructura cognitiva trasciende la construcción de conceptos ya que a través de la reflexión acción asume actitudes críticas, cooperativas, auto reflexivas, dinámicas y conscientes de su proceso de desarrollo. La calificación aprobatoria será a partir de 3.5 que corresponde al 70%. La equivalencia conceptual es la siguiente: Escala Niveles de Escala numérica Porcentaje nacional desempeño De 94 a 100% Explicación de uso, o De 4.7 a 5.0 Superior dar cuenta de… De 4.0 a 4.6 De 80 a 93% Alto Uso Comprensivo Reconocimiento y De 3.5 a 3.9 De 70 a 79% Básico distinción de códigos Desempeño con De 1.0 a 3.4 Hasta 69% Bajo dificultad Las valoraciones se realizan con números enteros y una cifra decimal. Promoción y reprobación: Para la promoción de la estudiante al grado inmediatamente siguiente, se considera conjuntamente su asistencia y desempeño académico.
  • 6. La estudiante que deje de asistir al 20% de las clases en una asignatura, sin justificar perderá automáticamente ésta. Si se justifica la inasistencia, debe realizarse acorde al manual de convivencia y presentando los soportes necesarios. La nota definitiva de una asignatura, la obtendrá de la sumatoria de los porcentajes aplicados a cada periodo así: Primer Periodo 20%, Segundo Periodo 20%, Tercer Periodo 30%, Cuarto Periodo 30%. Teniendo en cuenta el desempeño académico registrado al concluir el año académico, la estudiante debe alcanzar una valoración mínima de 3.5 en cada asignatura para ser promovida. Si al finalizar el año lectivo, la estudiante pierde una asignatura con valoración no inferior a 2.5, pero el promedio general de todas sus asignaturas es de 3.7 o más, la estudiante será promovida sin requerir actividades para superar sus debilidades de aprendizaje. Para tal efecto, la valoración de esa asignatura, será de desempeño básico (3.5). Presentan actividades para superar debilidades de aprendizaje las estudiantes que presenten las siguientes situaciones: Pérdida de una sola asignatura, con valoración inferior a 2.5 Pérdida de una asignatura y un promedio general inferior a 3.7 Pérdida de dos asignaturas Las actividades para superar debilidades de aprendizaje, serán realizadas con diversas estrategias, conservando la misma proporción de porcentajes asignados a los diferentes aspectos valorativos definidos por el comité del área correspondiente. Para el año escolar 2009-2010 y sólo por este año, teniendo en cuenta que es uno de los años de transición para el calendario A, las actividades para superar debilidades de aprendizaje, se presentan dos semana después de finalizar las semanas lectivas. Luego de presentar las actividades de superación, la estudiante debe aprobar la asignatura o asignaturas aplazadas con una valoración mínima de 3.5 para ser promovida al grado siguiente. En caso contrario será reprobada. La estudiante será reprobada también, en caso de no alcanzar una valoración igual o superior a 3.5 en tres o más asignaturas. La ceremonia de graduación es un estímulo al buen desempeño académico y de convivencia por lo tanto solo pueden participar de ella las estudiantes que terminan su año en condición de aprobado. 3.3 Estrategias de valoración integral La evaluación se hace por comparación permanente entre el estado formativo y cognoscitivo de las estudiantes, teniendo en cuenta el perfil (dimensiones) y formación integral definidos en el proyecto educativo institucional (Plan curricular). Los aspectos a tener en cuenta para la valoración integral en cada asignatura son: Cognitivo, actitudinal, procedimental y socio-afectivo. Cada comité de área, define los porcentajes asignados a cada aspecto anterior. Esta evaluación, tiene por objeto comparar el estado de desarrollo de las dimensiones del estudiante, con los indicadores de desempeño propuestos en
  • 7. los Planes de Área y podrán utilizarse además de los específicos de cada área los siguientes: Pruebas prácticas, orales y escritas; trabajos, exposiciones, informes, monografías, proyectos, Talleres, que permitan identificar los niveles de análisis, síntesis, comprensión, discernimiento, crítica y en general de adquisición, apropiación de conceptos y de desarrollo de competencias. Apreciaciones cualitativas documentadas, que son valoraciones y juicios, resultado de la observación, descripción, diálogo, entrevista abierta u otras formas de evaluar desempeños de las estudiantes; en las cuales podrán participar, mediante etapas de auto evaluación. Las actividades de producción, individual o colectiva deben ser originales y en ningún momento puede ser copia de textos, otros trabajos o internet. 3.4 Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. Cada docente se encarga de hacer de la evaluación un proceso continuo, con retroalimentación constante a estudiantes y acudientes. Cuando la situación lo amerite, se concertan las entrevistas necesarias y se deja constancia. El docente establece para cada asignatura, el cronograma de exámenes escritos y los registra en el formato PGA-03-R14. La asistencia de las estudiantes a estas actividades es de carácter obligatorio. La inasistencia a éstas, debe ser justificada en coordinación, de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia. El docente debe tener en cuenta esta justificación, en el proceso de evaluación de la estudiante. La estudiante que no pueda justificar de manera adecuada la ausencia tendrá la valoración minina establecida en la escala (1.0) 3.5 Procesos de autoevaluación El docente debe fijar desde el inicio del año escolar, de acuerdo con la filosofía y el sistema evaluativo de la institución, mediante diagnóstico, los criterios que permitan al estudiante reconocer sus habilidades y sus limitaciones, para que pueda asumir con responsabilidad los procesos de autoevaluación encaminados especialmente a aprender del error, lo cual se debe evidenciar en el mejoramiento continuo. La autoevaluación así orientada hace parte de la valoración integral de cada asignatura, pero en ningún caso será su único componente. 3.6 Estrategias de apoyo para situaciones pedagógicas pendientes Necesidades educativas especiales: En los primeros años de escolaridad, cuando un docente por observación documentada detecta dificultades de aprendizaje o capacidades excepcionales, debe informar a los acudientes y a coordinación sobre dicha situación para que sea solicitada la valoración profesional pertinente que permita orientar el proceso de acompañamiento de
  • 8. acuerdo con los protocolos establecidos por la Secretaria de Educación Municipal para dichos casos. Ingresos tardíos y traslados: Toda estudiante que solicita ingreso debe cumplir con los requisitos exigidos por la secretaría de la institución. Debe presentar certificado de valoración con la equivalencia a la escala nacional, de los periodos cursados, así como de los años anteriores. En el caso de estudiantes que por situaciones especiales no tengan valoraciones de periodos anteriores, estas son determinadas por el docente de cada asignatura a través de diversas estrategias de nivelación y evaluación durante el primer periodo que curse en la institución. Cuando la estudiante solicite un traslado, las valoraciones se traducen a la escala nacional. Promoción anticipada: Al finalizar el primer periodo del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento y solicitud escrita de los padres de familia o acudientes, recomendará ante el Consejo Directivo, la promoción anticipada al grado siguiente de la estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas, en todas las asignaturas, correspondientes al grado que cursa. Graduación anticipada: Las estudiantes de grado undécimo que al finalizar el tercer periodo académico tengan un desempeño superior en todas las asignaturas, que hayan presentado la Prueba de Estado y demuestren haber sido admitidas a una carrera de pregrado, por una universidad pública o privada debidamente registrada ante el ICFES, pueden solicitar al Consejo Académico la Graduación anticipada. Dicha solicitud debe presentarse por escrito, firmada por la estudiante y su acudiente. Una vez analizada la situación, el Consejo académico remitirá su concepto al Consejo Directivo para que, previa comprobación del cumplimiento de los demás requisitos para graduación, sea denegada o aceptada. Paquetes educativos: La institución ha creado los paquetes educativos, como apoyo a la estudiante que por prescripción médica o en situación de alto riesgo certificado no puede asistir regularmente a clases por un tiempo determinado, que no exceda el mínimo previsto para reprobación. Estos paquetes son conjuntos de materiales a través de los cuales se desarrollan los ejes temáticos fundamentales de todas las asignaturas. Los paquetes educativos serán diseñados, asignados, controlados y evaluados por cada docente con la supervisión del Consejo Académico. Banco de talleres: Al inicio de cada periodo cada comité de área entregara a coordinación, al menos dos talleres por grado y por asignatura, para que sean aplicados en situaciones especiales. Programa de promoción para estudiantes con el año escolar reprobado: Los comités de área preparan programas específicos de recuperación para estudiantes reprobadas que soliciten promoción al grado siguiente durante la
  • 9. primera semana del año escolar. Estas estudiantes deben matricularse en el grado que reprobaron, cumplir los programas de recuperación, sin faltar a ninguna de las actividades propuestas y presentar desempeño superior en todas las asignaturas en el primer período. 3.7 Cumplimiento del SIEE La Institución Educativa San Vicente direcciona sus procesos curriculares a partir del horizonte institucional, el modelo pedagógico y la normatividad pertinente de manera que se garantiza el cumplimiento del SIEE Por otra parte en el Sistema de Gestión de Calidad de la institución educativa en el proceso académico se han establecido los procedimientos con los respectivos registros de control y seguimiento. El Docente vigila su propio proceso, busca equilibrio permanente entre su trabajo académico y de convivencia. El Director de grupo, contribuye al seguimiento académico y de convivencia en el grupo bajo su dirección. Los Jefes de Área, fortalecen el trabajo en equipo y contribuyen al seguimiento de los procesos operativos académicos y de convivencia en su área, para que sean continuos, permanentes y sistemáticos a través de todo el recorrido, desde el preescolar hasta el grado undécimo. Los Coordinadores contribuyen a la orientación general de todos los procesos. El Rector garantiza el seguimiento y evaluación desde los ámbitos administrativos y organizativos, en coordinación y articulación como trabajo de equipo de todos. 3.8 Estructura y periodicidad de Informes a padres de familia El año escolar se divide en 4 periodos cuya duración será definida por el consejo académico al inicio de cada año lectivo de acuerdo con la resolución de calendario académico emitida por la Secretaria de Educación Municipal. En las dos primeras semanas de cada periodo se entrega a los acudientes el informe correspondiente al periodo inmediatamente anterior. Con el cuarto informe se incluye la valoración definitiva en la escala adoptada por la institución y su conversión a la escala nacional. Si la estudiante aprueba todas las asignaturas, en el último informe aparecerá la anotación de aprobado, si requiere presentar actividades para superar debilidades de aprendizaje aparecerá la anotación de aplazado, si termina en situación de reprobación debe decir réprobo. 3.9 Reclamaciones sobre evaluación Toda reclamación respecto a las valoraciones en primera instancia se trata con el mismo docente de la asignatura, si persiste la inconformidad se dirige la reclamación, por escrito firmada por el estudiante y su acudiente, al coordinador y en ultima instancia ante el consejo académico.
  • 10. 3.10 Mecanismos de participación Para construir o modificar el SIEE se presenta la propuesta que es discutida al interior de los comités de área, se socializa con el consejo estudiantil, pasa al Consejo Académico ampliado con el Consejo de Padres y finalmente se dirige al Consejo Directivo para su aprobación y divulgación. Estas modificaciones solo son posibles antes de iniciación del año escolar. ARTÍCULO 2°. Dar aplicación al nuevo sistema de evaluación escolar a partir del año lectivo 2009-2010, en los niveles de educación preescolar, básica y media en la Institución educativa San Vicente. ARTICULO 3° Los procedimientos y acciones definidos en el nuevo sistema . de evaluación escolar son de obligatorio cumplimiento. ARTICULO 4º.Incorporar el Sistema Institucional de Evaluación en el Proyecto Educativo Institucional y divulgarlo a la comunidad Educativa Dada en Palmira, el 10 de noviembre de 2009. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Copia archivo físico firmado.