SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 11
Downloaden Sie, um offline zu lesen
LESIONES.
LESIONES.
Noción legal.- Se comprende por lesión, no solamente las heridas,
escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda
alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo
humano, si esos efectos son producidos por una causa externa. (Art. 288 CPF).
Al que cause a otro un daño o alteración en su salud. (Art. 130 CPDF)
Sujetos.- Los Sujetos del delito son las personas en las que recae directamente la
consecuencia de la acción delictiva. Son indeterminados, cuando la ley no
requiere una característica específica para que exista el delito y determinados,
cuando se requiere de un señalamiento específico para poder cometer o ser
sancionado por la conducta.
Sujeto Activo del Delito. Es la persona individual que realiza la conducta
considerada como delito.
Solamente una persona física puede cometer delitos, aún en los casos de
asociación criminal, las penas recaen sólo en sus integrantes.
El Sujeto Pasivo del Delito es el titular del interés jurídico lesionado o puesto en
peligro. Se le llama también victima u ofendido y es quien reciente el delito o la
lesión jurídica.
Los sujetos pasivos del delito pueden ser: Persona física, moral, la sociedad y el
estado.
Objetos.- El objeto material es la persona a la que se lesiona, por lo que se puede
afirmar que el objeto material se identifica con el sujeto pasivo del delito.
Jurídico.- La integridad corporal de una persona entendida desde su sentido
más amplio, ANATOMICA Y FUNCIONAL. (Es decir: SU SALUD).
Conducta.- En orden a la conducta, el delito de lesiones puede clasificarse como
un delito de:
Acción. Cuando la conducta se expresa mediante movimientos corporales
constitutivos de una actividad o de un hacer
Omisión (comisión por omisión). Cuando la propia conducta se exterioriza por un
no hacer, inactividad;
Unisubsistente o plurisubsistente. Podrá ser realizada por uno o varios actos.
Ausencia de conducta.
De acuerdo con la doctrina se señalan estas dos posiciones:
Ausencia de conducta en los casos de vis absoluta (fuerza física irresistible),
fuerza mayor y los movimientos reflejos, el sueño, la embriaguez del sueño,
sonambulismo, hipnosis, y narcótico, como otras hipótesis, son consideradas por
algunos, como causas de inimputabilidad.
Formas y medios de ejecución.- Cualquiera que resulte idóneo – la ley no
señala ni precisa – pueden ser: físicos, químicos, vegetales, aprovechando las
fuerzas de la naturaleza, etc.
Tipicidad y Antijuricidad.-
Tipicidad: la conducta debe encuadrar en el tipo penal. Debe satisfacerse todos
los elementos del tipo.
Atipicidad: cuando la conducta no encuadre al tipo ejemplo el resultado es muerte
entonces no existirá lesión o cuando la alteración de la salud no se produzca por
causa externa.
Antijuridicidad: la ley tutela el bien jurídico de la integridad corporal y si alguien lo
afecta o transgrede actúa de forma antijurídica.
Causas de justificación: en todos los casos de causas justificativas se pueden
presentar. Estado de necesidad, legítima defensa, etc.
Clases de lesiones y Punibilidad.- De acuerdo al artículo 130, se clasifican:
I. Se deroga; No ponen en peligro la vida del ofendido y tardan en sanar menos de
15 días, heridas, contusiones, dislocaciones, escoriaciones, desmayo, mareos,
náuseas, etc. suelen ser heridas levísimas.
II. De seis meses a dos años de prisión, cuando tarden en sanar más de quince
días y menos de sesenta; Según la salud del pasivo algunas fracturas,
quemaduras, trastornos orgánicos se consideran leves.
III. De dos a tres años seis meses de prisión, si tardan en sanar más de sesenta
días; fracturas de columna, de cráneo, quemaduras de segundo y tercer grado,
trastornos orgánicos que impidan en desenvolvimiento diario.
IV. De dos a cinco años de prisión, cuando dejen cicatriz permanentemente
notable en la cara; Concepto de CARA: Parte anterior de la cabeza, desde la raíz
del cabello en la frente, hasta la punta de la barba y desde el borde del pabellón
de una oreja, hasta la otra.
Cicatriz: Huella, marca o señal que permanece en la zona afectada del tejido
orgánico después de sanar la herida, afecta la personalidad, Permanencia
indeleble y visible a simple vista (se considera aproximadamente a 5 metros.
V. De tres a cinco años de prisión, cuando disminuyan alguna facultad o el normal
funcionamiento de un órgano o de un miembro; perturbe para siempre la vista, o
disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanentemente una mano, un
brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las
facultades mentales
VI. De tres a ocho años de prisión, si producen la pérdida de cualquier función
orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad, o causen una
enfermedad incurable o una deformidad incorregible; Enfermedad segura o
probablemente incurable. La inutilización completa o la pérdida de un ojo, de un
brazo, de una mano, de una pierna o de un pie, o de cualquier otro órgano.
Incapacidad permanente para trabajar, enajenación mental, la pérdida de la vista o
del habla o de las funciones sexuales
VII. De tres a ocho años de prisión, cuando pongan en peligro la vida; Funciones
vitales: · Respiratoria, Cerebral, Cardiorrespiratorias.
ARTÍCULO 131. A quien cause lesiones a un ascendiente o descendiente
consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario,
persona con la que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, adoptante
o adoptado o persona integrante de una sociedad de convivencia, se le aumentara
en una mitad la pena que corresponda según las lesiones inferidas.
ARTÍCULO 132. Cuando las lesiones se infieran con crueldad o frecuencia a un
menor de edad o a un incapaz, sujetos a la patria potestad, tutela, custodia del
agente o a una persona mayor de sesenta años, la pena se incrementará con dos
terceras partes de la sanción prevista.
En todos los casos, a juicio del juez, se decretará la suspensión o pérdida de los
derechos que tenga el agente en relación con el sujeto pasivo, por un tiempo igual
al de la pena de prisión que se imponga.
ARTÍCULO 133. Al que infiera a otro lesiones en riña, se le impondrá la mitad de
las penas que correspondan por las lesiones causadas, si se tratare del
provocador, y la tercera parte si se trata del provocado.
ARTÍCULO 134. Cuando las lesiones sean calificadas, la pena correspondiente a
las lesiones simples se incrementará en dos terceras partes.
ARTÍCULO 135. Se perseguirán por querella las lesiones simples que no pongan
en peligro la vida y tarden en sanar menos de quince días, así como las lesiones
culposas, cualquiera que sea su naturaleza, salvo que sean con motivo de tránsito
de vehículos, en los siguientes casos:
I. Que el conductor hubiese realizado la acción u omisión en estado de ebriedad,
bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o de cualquier otra sustancia que
produzca efectos similares;
II. Que el conductor haya abandonado a la víctima.
Culpabilidad.- El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien
con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los
reglamentos, órdenes o disciplinas ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la
salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales cometerá lesiones
culposas o intencionales.
Fundamento legal.- Código Penal para el D.F., libro segundo parte especial,
Título primero delitos contra la vida, la integridad corporal, la dignidad y el acceso
a una vida libre de violencia.
Capítulo II lesiones, Del artículo 130 al 135 del Código Penal para el D.F.
Capítulo III reglas comunes para los delitos de homicidio y lesiones, Del artículo
136 al 141 del Código Penal para el D.F.
Código penal Federal, titulo decimonoveno, Delitos Contra la Vida y la Integridad
Corporal, capítulo I Lesiones, Del articulo 288 al 301, 303 fracciones I y III, 304,
305, capitulo III, Reglas comunes para lesiones y homicidio, Del articulo 312 al 322
Concepto.- lesiones consiste en causar una o varias heridas a una persona de
forma que se altere su integridad corporal, su salud física o incluso su salud
mental. Es de los delitos más comunes, pues protege uno de los bienes jurídicos
más reconocidos, la integridad corporal de las personas.
Lesiones
288 CPF " bajo el nombre de lesión se comprenden no solamente las heridas,
escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda
alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo
humano, si esos efectos son producidos por una causa externa
HERIDA: afectación producida en la carne o el cuerpo vivo y puede tratarse de
una llaga, un corte, etc.; originados por una contusión, traumatismo, instrumento
cortante, punzante o contundente.
ESCORIACION: el resultado o la consecuencia de erosionar, gastar o arrancar la
piel, por el efecto de ciertas sustancias como ácidos, agua, aceite, etc.
FRACTURA: es la ruptura de un hueso, normalmente la causan los golpes,
accidentes deportivos, caídas de gran altura, etc.
DISLOCACION: es la separación de su lugar del hueso, pero este no se rompe
sino solo se separa del lugar donde debe estar.
QUEMADURA: es el efecto causado por el fuego o sustancias corrosivas en el
tejido orgánico.
CONTUSION: es una magulladura que ocasionan los instrumentos contundentes
(golpes), como un arma blanca, un martillo, etc.
Muchas gracias y excelente noche.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

MEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGALMEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGALyinorkis
 
Lesiones usmp
Lesiones usmpLesiones usmp
Lesiones usmpcunyas
 
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...Luis Riquelme
 
Medicina legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)
Medicina  legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)Medicina  legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)
Medicina legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)Willson19710
 
Lesionología diapositivas Emily
Lesionología diapositivas EmilyLesionología diapositivas Emily
Lesionología diapositivas EmilyEmily Suárez
 
Lesiones
LesionesLesiones
Lesionesadrip13
 
Tema 3. Lesiones. Generalidades.
Tema 3. Lesiones. Generalidades.Tema 3. Lesiones. Generalidades.
Tema 3. Lesiones. Generalidades.daniela bettiol
 
Marco juridico nacional e internacional
Marco juridico nacional e internacionalMarco juridico nacional e internacional
Marco juridico nacional e internacionalOswaldo A. Garibay
 
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera en
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera enPresentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera en
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera enalmycas
 
Presentacion medicina legal (1)
Presentacion medicina legal (1)Presentacion medicina legal (1)
Presentacion medicina legal (1)Eusibel Orellana
 
Incidente y accidente
Incidente y accidenteIncidente y accidente
Incidente y accidentedacaandi
 

Was ist angesagt? (14)

MEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGALMEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGAL
 
Lesiones usmp
Lesiones usmpLesiones usmp
Lesiones usmp
 
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN SALUD OCUPACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO PENAL...
 
Medicina legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)
Medicina  legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)Medicina  legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)
Medicina legal tema 3, 4, 5 y 7 saia a (willson gutierrez)
 
Lesionología diapositivas Emily
Lesionología diapositivas EmilyLesionología diapositivas Emily
Lesionología diapositivas Emily
 
Lesiones
LesionesLesiones
Lesiones
 
Tema 3. Lesiones. Generalidades.
Tema 3. Lesiones. Generalidades.Tema 3. Lesiones. Generalidades.
Tema 3. Lesiones. Generalidades.
 
Peritaje Odontológico y Auditoría Odontológica
Peritaje Odontológico y Auditoría OdontológicaPeritaje Odontológico y Auditoría Odontológica
Peritaje Odontológico y Auditoría Odontológica
 
Lesiones
LesionesLesiones
Lesiones
 
Marco juridico nacional e internacional
Marco juridico nacional e internacionalMarco juridico nacional e internacional
Marco juridico nacional e internacional
 
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera en
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera enPresentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera en
Presentacion responsabilidad y culpabilidad penal de la enfermera en
 
Presentacion medicina legal (1)
Presentacion medicina legal (1)Presentacion medicina legal (1)
Presentacion medicina legal (1)
 
Incidente y accidente
Incidente y accidenteIncidente y accidente
Incidente y accidente
 
MATERIAL PRA ÉTICA
MATERIAL PRA ÉTICA MATERIAL PRA ÉTICA
MATERIAL PRA ÉTICA
 

Andere mochten auch

Resumen el arte de la guerra
Resumen el arte de la guerraResumen el arte de la guerra
Resumen el arte de la guerraMarlon Caluña
 
Retension en la fuente
Retension en la fuenteRetension en la fuente
Retension en la fuenteAuramw
 
Poliedros y cuerpos redondos
Poliedros y cuerpos redondosPoliedros y cuerpos redondos
Poliedros y cuerpos redondosmireiaflor
 
Administración básica1
Administración básica1Administración básica1
Administración básica1NURYZAPATA
 
Retension en la fuente
Retension en la fuenteRetension en la fuente
Retension en la fuenteAuramw
 
Aníbal gaviria
Aníbal gaviriaAníbal gaviria
Aníbal gaviriajosel27
 
Contrato de trabajo
Contrato de trabajoContrato de trabajo
Contrato de trabajoAuramw
 
[카피라이팅] 3차 과제
[카피라이팅] 3차 과제[카피라이팅] 3차 과제
[카피라이팅] 3차 과제석현 장
 
[카피라이팅] 1차 과제
[카피라이팅] 1차 과제[카피라이팅] 1차 과제
[카피라이팅] 1차 과제석현 장
 
Nomina
NominaNomina
NominaAuramw
 
Presentación Ley Nacional del Sudoeste
Presentación Ley Nacional del SudoestePresentación Ley Nacional del Sudoeste
Presentación Ley Nacional del Sudoestemoyanopm
 
Presentacion iva 2010
Presentacion iva 2010Presentacion iva 2010
Presentacion iva 2010Auramw
 

Andere mochten auch (20)

Resumen el arte de la guerra
Resumen el arte de la guerraResumen el arte de la guerra
Resumen el arte de la guerra
 
Retension en la fuente
Retension en la fuenteRetension en la fuente
Retension en la fuente
 
Dia
DiaDia
Dia
 
Creación y edición
Creación y ediciónCreación y edición
Creación y edición
 
Poliedros y cuerpos redondos
Poliedros y cuerpos redondosPoliedros y cuerpos redondos
Poliedros y cuerpos redondos
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Administración básica1
Administración básica1Administración básica1
Administración básica1
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Retension en la fuente
Retension en la fuenteRetension en la fuente
Retension en la fuente
 
Aníbal gaviria
Aníbal gaviriaAníbal gaviria
Aníbal gaviria
 
Cmap tools
Cmap toolsCmap tools
Cmap tools
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Contrato de trabajo
Contrato de trabajoContrato de trabajo
Contrato de trabajo
 
[카피라이팅] 3차 과제
[카피라이팅] 3차 과제[카피라이팅] 3차 과제
[카피라이팅] 3차 과제
 
Traballo inma!
Traballo inma!Traballo inma!
Traballo inma!
 
[카피라이팅] 1차 과제
[카피라이팅] 1차 과제[카피라이팅] 1차 과제
[카피라이팅] 1차 과제
 
Nomina
NominaNomina
Nomina
 
Presentación Ley Nacional del Sudoeste
Presentación Ley Nacional del SudoestePresentación Ley Nacional del Sudoeste
Presentación Ley Nacional del Sudoeste
 
Presentacion iva 2010
Presentacion iva 2010Presentacion iva 2010
Presentacion iva 2010
 
Ima 2010
Ima 2010Ima 2010
Ima 2010
 

Ähnlich wie LESIONES 40C

Ähnlich wie LESIONES 40C (20)

Tscjur tema 3.1 complementaria
Tscjur tema 3.1 complementariaTscjur tema 3.1 complementaria
Tscjur tema 3.1 complementaria
 
Lesionologia I USS 2023-I.ppt
Lesionologia I  USS 2023-I.pptLesionologia I  USS 2023-I.ppt
Lesionologia I USS 2023-I.ppt
 
- Lesiones .pdf
- Lesiones .pdf- Lesiones .pdf
- Lesiones .pdf
 
Delitos[1]
Delitos[1]Delitos[1]
Delitos[1]
 
Unidad 5 (1).pptx
Unidad 5 (1).pptxUnidad 5 (1).pptx
Unidad 5 (1).pptx
 
Lesionologia medicina legal
Lesionologia medicina legalLesionologia medicina legal
Lesionologia medicina legal
 
LESIONOLOGIA EN LA ODONTOLOGIA LEGAL PPT
LESIONOLOGIA EN LA ODONTOLOGIA LEGAL PPTLESIONOLOGIA EN LA ODONTOLOGIA LEGAL PPT
LESIONOLOGIA EN LA ODONTOLOGIA LEGAL PPT
 
Power point. ml
Power point. mlPower point. ml
Power point. ml
 
Derechopenalduarteadorno
DerechopenalduarteadornoDerechopenalduarteadorno
Derechopenalduarteadorno
 
Lesiones
LesionesLesiones
Lesiones
 
Presentación de trauma
Presentación de traumaPresentación de trauma
Presentación de trauma
 
Delitos contra la vida
Delitos contra la vidaDelitos contra la vida
Delitos contra la vida
 
Cuadro Comparativo Tipo de Lesiones
Cuadro Comparativo Tipo de LesionesCuadro Comparativo Tipo de Lesiones
Cuadro Comparativo Tipo de Lesiones
 
DERECHO PENAL ESPECIAL
DERECHO PENAL ESPECIALDERECHO PENAL ESPECIAL
DERECHO PENAL ESPECIAL
 
Derecho penal jurisprudencia dimitri
Derecho penal jurisprudencia dimitriDerecho penal jurisprudencia dimitri
Derecho penal jurisprudencia dimitri
 
La lesionologia1_IAFJSR
La lesionologia1_IAFJSRLa lesionologia1_IAFJSR
La lesionologia1_IAFJSR
 
MEDICINA LEGAL: Lesionología
MEDICINA LEGAL: LesionologíaMEDICINA LEGAL: Lesionología
MEDICINA LEGAL: Lesionología
 
Lesiones.pdf
Lesiones.pdfLesiones.pdf
Lesiones.pdf
 
Elaboración de certificados de integridad física.pptx
Elaboración de certificados de integridad física.pptxElaboración de certificados de integridad física.pptx
Elaboración de certificados de integridad física.pptx
 
TAREA3 DE DERECHO PENAL ESPECIAL1.docx
TAREA3 DE DERECHO PENAL ESPECIAL1.docxTAREA3 DE DERECHO PENAL ESPECIAL1.docx
TAREA3 DE DERECHO PENAL ESPECIAL1.docx
 

Kürzlich hochgeladen

"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"
"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL""JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"
"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"litaroxselyperezmont
 
REGISTRO DE SUCESION INTESTADA PERU.pptx
REGISTRO  DE SUCESION INTESTADA PERU.pptxREGISTRO  DE SUCESION INTESTADA PERU.pptx
REGISTRO DE SUCESION INTESTADA PERU.pptxelainewynnie
 
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptx
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptxMódulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptx
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptxMiguelAngelCifuentes10
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxarelyavila70
 
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOMAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOgledymar2016
 
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldía
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldíaSala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldía
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldíaivanasofiatorres2
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxnormacherreram
 
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADOAPLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADOmarceloaleman2001
 
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...genesismarialyortiz
 
2.b PA 2. Ev. prod. de párrafos 2024- 10A (1) (1).docx
2.b PA 2. Ev.  prod. de párrafos  2024- 10A (1) (1).docx2.b PA 2. Ev.  prod. de párrafos  2024- 10A (1) (1).docx
2.b PA 2. Ev. prod. de párrafos 2024- 10A (1) (1).docxOrlandoApazagomez1
 
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...freymatayeand
 
Presentacion Anette Estefany Ibarra Aguilar
Presentacion Anette Estefany Ibarra AguilarPresentacion Anette Estefany Ibarra Aguilar
Presentacion Anette Estefany Ibarra Aguilaranetteibarra3
 
La Guerra de Reforma México Historria de
La Guerra de Reforma México Historria deLa Guerra de Reforma México Historria de
La Guerra de Reforma México Historria dedgesg
 
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)RobinRomero16
 
herramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxherramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxcindysimo2
 
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonoma
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonomaderecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonoma
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonomaPabloSeamana
 
presentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuelapresentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en VenezuelaAndreaAlcal9
 
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR""PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"GreciaYurasiWillissR
 
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.estebangonzalezlopez2
 
Presentación visual Slideshare Informática III
Presentación visual Slideshare Informática IIIPresentación visual Slideshare Informática III
Presentación visual Slideshare Informática IIIaryannaoree
 

Kürzlich hochgeladen (20)

"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"
"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL""JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"
"JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO LABORAL"
 
REGISTRO DE SUCESION INTESTADA PERU.pptx
REGISTRO  DE SUCESION INTESTADA PERU.pptxREGISTRO  DE SUCESION INTESTADA PERU.pptx
REGISTRO DE SUCESION INTESTADA PERU.pptx
 
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptx
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptxMódulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptx
Módulo 1 presentación de escuela de pilotos.pptx
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
 
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINOMAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
MAPA CONCEPTUAL PENAL // GLEDYMAR LADINO
 
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldía
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldíaSala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldía
Sala Constitucional, magistrados se declaran en rebeldía
 
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptxHerramientas tecnológicas para los abogados.pptx
Herramientas tecnológicas para los abogados.pptx
 
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADOAPLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
 
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...
GenesisOrtiz-DI.pptx.Aplicación de la ley contra delitos informáticos en el S...
 
2.b PA 2. Ev. prod. de párrafos 2024- 10A (1) (1).docx
2.b PA 2. Ev.  prod. de párrafos  2024- 10A (1) (1).docx2.b PA 2. Ev.  prod. de párrafos  2024- 10A (1) (1).docx
2.b PA 2. Ev. prod. de párrafos 2024- 10A (1) (1).docx
 
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
Delitos Informáticos. Aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informátic...
 
Presentacion Anette Estefany Ibarra Aguilar
Presentacion Anette Estefany Ibarra AguilarPresentacion Anette Estefany Ibarra Aguilar
Presentacion Anette Estefany Ibarra Aguilar
 
La Guerra de Reforma México Historria de
La Guerra de Reforma México Historria deLa Guerra de Reforma México Historria de
La Guerra de Reforma México Historria de
 
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)
presentacion de la tabla II (de los juicios y los delitos)
 
herramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptxherramientas tecnologicas p abogadospptx
herramientas tecnologicas p abogadospptx
 
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonoma
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonomaderecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonoma
derecho procesal medidas prejudiciales, universidad autonoma
 
presentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuelapresentacion delitos informaticos en Venezuela
presentacion delitos informaticos en Venezuela
 
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR""PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"
"PROCESO CONSTITUCIONAL - ACCION POPULAR"
 
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA ABOGADOS.
 
Presentación visual Slideshare Informática III
Presentación visual Slideshare Informática IIIPresentación visual Slideshare Informática III
Presentación visual Slideshare Informática III
 

LESIONES 40C

  • 2. LESIONES. Noción legal.- Se comprende por lesión, no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa. (Art. 288 CPF). Al que cause a otro un daño o alteración en su salud. (Art. 130 CPDF) Sujetos.- Los Sujetos del delito son las personas en las que recae directamente la consecuencia de la acción delictiva. Son indeterminados, cuando la ley no requiere una característica específica para que exista el delito y determinados, cuando se requiere de un señalamiento específico para poder cometer o ser sancionado por la conducta. Sujeto Activo del Delito. Es la persona individual que realiza la conducta considerada como delito. Solamente una persona física puede cometer delitos, aún en los casos de asociación criminal, las penas recaen sólo en sus integrantes. El Sujeto Pasivo del Delito es el titular del interés jurídico lesionado o puesto en peligro. Se le llama también victima u ofendido y es quien reciente el delito o la lesión jurídica. Los sujetos pasivos del delito pueden ser: Persona física, moral, la sociedad y el estado.
  • 3. Objetos.- El objeto material es la persona a la que se lesiona, por lo que se puede afirmar que el objeto material se identifica con el sujeto pasivo del delito. Jurídico.- La integridad corporal de una persona entendida desde su sentido más amplio, ANATOMICA Y FUNCIONAL. (Es decir: SU SALUD). Conducta.- En orden a la conducta, el delito de lesiones puede clasificarse como un delito de: Acción. Cuando la conducta se expresa mediante movimientos corporales constitutivos de una actividad o de un hacer Omisión (comisión por omisión). Cuando la propia conducta se exterioriza por un no hacer, inactividad; Unisubsistente o plurisubsistente. Podrá ser realizada por uno o varios actos. Ausencia de conducta. De acuerdo con la doctrina se señalan estas dos posiciones: Ausencia de conducta en los casos de vis absoluta (fuerza física irresistible), fuerza mayor y los movimientos reflejos, el sueño, la embriaguez del sueño, sonambulismo, hipnosis, y narcótico, como otras hipótesis, son consideradas por algunos, como causas de inimputabilidad.
  • 4. Formas y medios de ejecución.- Cualquiera que resulte idóneo – la ley no señala ni precisa – pueden ser: físicos, químicos, vegetales, aprovechando las fuerzas de la naturaleza, etc. Tipicidad y Antijuricidad.- Tipicidad: la conducta debe encuadrar en el tipo penal. Debe satisfacerse todos los elementos del tipo. Atipicidad: cuando la conducta no encuadre al tipo ejemplo el resultado es muerte entonces no existirá lesión o cuando la alteración de la salud no se produzca por causa externa. Antijuridicidad: la ley tutela el bien jurídico de la integridad corporal y si alguien lo afecta o transgrede actúa de forma antijurídica. Causas de justificación: en todos los casos de causas justificativas se pueden presentar. Estado de necesidad, legítima defensa, etc.
  • 5. Clases de lesiones y Punibilidad.- De acuerdo al artículo 130, se clasifican: I. Se deroga; No ponen en peligro la vida del ofendido y tardan en sanar menos de 15 días, heridas, contusiones, dislocaciones, escoriaciones, desmayo, mareos, náuseas, etc. suelen ser heridas levísimas. II. De seis meses a dos años de prisión, cuando tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta; Según la salud del pasivo algunas fracturas, quemaduras, trastornos orgánicos se consideran leves. III. De dos a tres años seis meses de prisión, si tardan en sanar más de sesenta días; fracturas de columna, de cráneo, quemaduras de segundo y tercer grado, trastornos orgánicos que impidan en desenvolvimiento diario. IV. De dos a cinco años de prisión, cuando dejen cicatriz permanentemente notable en la cara; Concepto de CARA: Parte anterior de la cabeza, desde la raíz del cabello en la frente, hasta la punta de la barba y desde el borde del pabellón de una oreja, hasta la otra. Cicatriz: Huella, marca o señal que permanece en la zona afectada del tejido orgánico después de sanar la herida, afecta la personalidad, Permanencia indeleble y visible a simple vista (se considera aproximadamente a 5 metros.
  • 6. V. De tres a cinco años de prisión, cuando disminuyan alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro; perturbe para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanentemente una mano, un brazo, una pierna, o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las facultades mentales VI. De tres a ocho años de prisión, si producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad, o causen una enfermedad incurable o una deformidad incorregible; Enfermedad segura o probablemente incurable. La inutilización completa o la pérdida de un ojo, de un brazo, de una mano, de una pierna o de un pie, o de cualquier otro órgano. Incapacidad permanente para trabajar, enajenación mental, la pérdida de la vista o del habla o de las funciones sexuales VII. De tres a ocho años de prisión, cuando pongan en peligro la vida; Funciones vitales: · Respiratoria, Cerebral, Cardiorrespiratorias.
  • 7. ARTÍCULO 131. A quien cause lesiones a un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, persona con la que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, adoptante o adoptado o persona integrante de una sociedad de convivencia, se le aumentara en una mitad la pena que corresponda según las lesiones inferidas. ARTÍCULO 132. Cuando las lesiones se infieran con crueldad o frecuencia a un menor de edad o a un incapaz, sujetos a la patria potestad, tutela, custodia del agente o a una persona mayor de sesenta años, la pena se incrementará con dos terceras partes de la sanción prevista. En todos los casos, a juicio del juez, se decretará la suspensión o pérdida de los derechos que tenga el agente en relación con el sujeto pasivo, por un tiempo igual al de la pena de prisión que se imponga. ARTÍCULO 133. Al que infiera a otro lesiones en riña, se le impondrá la mitad de las penas que correspondan por las lesiones causadas, si se tratare del provocador, y la tercera parte si se trata del provocado.
  • 8. ARTÍCULO 134. Cuando las lesiones sean calificadas, la pena correspondiente a las lesiones simples se incrementará en dos terceras partes. ARTÍCULO 135. Se perseguirán por querella las lesiones simples que no pongan en peligro la vida y tarden en sanar menos de quince días, así como las lesiones culposas, cualquiera que sea su naturaleza, salvo que sean con motivo de tránsito de vehículos, en los siguientes casos: I. Que el conductor hubiese realizado la acción u omisión en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o de cualquier otra sustancia que produzca efectos similares; II. Que el conductor haya abandonado a la víctima.
  • 9. Culpabilidad.- El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disciplinas ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales cometerá lesiones culposas o intencionales. Fundamento legal.- Código Penal para el D.F., libro segundo parte especial, Título primero delitos contra la vida, la integridad corporal, la dignidad y el acceso a una vida libre de violencia. Capítulo II lesiones, Del artículo 130 al 135 del Código Penal para el D.F. Capítulo III reglas comunes para los delitos de homicidio y lesiones, Del artículo 136 al 141 del Código Penal para el D.F. Código penal Federal, titulo decimonoveno, Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal, capítulo I Lesiones, Del articulo 288 al 301, 303 fracciones I y III, 304, 305, capitulo III, Reglas comunes para lesiones y homicidio, Del articulo 312 al 322 Concepto.- lesiones consiste en causar una o varias heridas a una persona de forma que se altere su integridad corporal, su salud física o incluso su salud mental. Es de los delitos más comunes, pues protege uno de los bienes jurídicos más reconocidos, la integridad corporal de las personas.
  • 10. Lesiones 288 CPF " bajo el nombre de lesión se comprenden no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa HERIDA: afectación producida en la carne o el cuerpo vivo y puede tratarse de una llaga, un corte, etc.; originados por una contusión, traumatismo, instrumento cortante, punzante o contundente. ESCORIACION: el resultado o la consecuencia de erosionar, gastar o arrancar la piel, por el efecto de ciertas sustancias como ácidos, agua, aceite, etc. FRACTURA: es la ruptura de un hueso, normalmente la causan los golpes, accidentes deportivos, caídas de gran altura, etc. DISLOCACION: es la separación de su lugar del hueso, pero este no se rompe sino solo se separa del lugar donde debe estar. QUEMADURA: es el efecto causado por el fuego o sustancias corrosivas en el tejido orgánico. CONTUSION: es una magulladura que ocasionan los instrumentos contundentes (golpes), como un arma blanca, un martillo, etc.
  • 11. Muchas gracias y excelente noche.