2. Estado es un concepto político que se refiere a
una forma de organización social,
económica, política soberana y coercitiva,
formada por un conjunto de instituciones no
voluntarias, que tiene el poder de regular la
vida nacional en un territorio determinado,
específica que se le ha asignado,
independientemente de su régimen, sin
tomar en cuenta su forma de gobierno, tiene
que realizar funciones.
3. FUNCIONES DEL ESTADO:
Promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y
deberes consagrados en la Constitución
Facilitar la participación de todos en las
decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de
la Nación
Defender la independencia nacional, mantener
la integridad territorial y asegurar la convivencia
pacífica y la vigencia de un orden justo
4. GARANTÍAS JURISDICCIONALES
Las garantías jurisdiccionales tienen como
finalidad la protección eficaz e inmediata de
los derechos reconocidos en la Constitución
y en los instrumentos internacionales de
derechos humanos, la declaración de la
violación de uno o varios derechos, así como
la reparación integral de los daños
causados.
6. CONSTITUCION CATEGORIAS CONCEPTUALES
Es un cuerpo de normas jurídicas
fundamentales que contienen los derechos
esenciales de las personas y que determinan
la organización del Estado. Constituye la
base del ordenamiento jurídico de un país.
La Constitución Política de un país es de
suma importancia para la existencia del
mismo.
7. EL SENTIDO MATERIAL Y EL SENTIDO FORMAL DE
LAS CONSTITUCIONES
SENTIDO MATERIAL Está constituida por los
preceptos que regulan la creación de normas
jurídicas generales y, especialmente, la creación
de leyes. Implica, el contenido de una
Constitución.
SENTIDO FORMAL. Es un conjunto de normas
jurídicas que sólo pueden ser modificadas
mediante la observancia de prescripciones
especiales, cuyo objeto es dificultar la
modificación de tales normas. La Constitución en
sentido formal es el documento legal supremo.
8. SENTIDO MATERIAL Y EL ESTADO
Los elementos formales del Estado de Derecho
se han desarrollado y ampliado por parte de
elementos materiales del Estado, en particular
mediante la adopción de normas que protegen
los derechos fundamentales.
La dignidad humana
La dignidad humana debe ser respetada y
protegida.
Igualdad ante la ley
Todos los seres humanos son iguales ante la ley.
9. SENTIDO FORMAL DE LAS CONSTITUCIONES Y EL
ESTADO
El cual lo denominan "como un texto escrito
que contiene las normas fundamentales del
Estado, las relaciones del Estado y la
sociedad, el régimen de derechos y deberes
de la persona". ¿Cuáles son los aspectos
formales de una Constitución? División de
poderes, Derechos Fundamentales, Reforma
Constitucional, Tribunal Constitucional,
División Territorial, Soberanía.
10. Normas dogmáticas. Son presupuestos
normativos que se expresan en un con- junto
de derechos y garantías ya sean individuales
o colectivas. . b. Contenido Orgánico Son
aquellas que regulan la estructura jurídico
político de un Estado, determinando la forma
de Gobierno y la organización de los
Órganos de Poder.
12. LÍMITES DEL PODER CONSTITUYENTE
Los límites del poder constituyente se acotan en
función de la naturaleza taxonómica de los
mismos atendiendo así a su clasificación en
función de si son poder constituyente originario
o derivado.
En este sentido muchas constituciones contienen
una declaración de soberanía que pretende
concretar desde el derecho político quien en el
verdadero titular del poder constituyente
originario.
13. FUNCIÓN DEL ESTADO
La función ejecutiva está
delegada al Presidente de la
República y a su Vicepresidente,
si es que se produce la ausencia,
destitución o renuncia del titular
La función
legislativa
corresponde a la
Asamblea Nacional,
unicameral y que se
integrará por
asambleístas
Función judicial
establecidos en la
constitución) a la Corte
Nacional de Justicia y
el Tribunal
Constitucional y Cortes
Provinciales
La Función de
Transparencia y
Control Social
promoverá e impulsará
el control de las
entidades y
organismos del sector
público, y de las
personas naturales o
jurídicas