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Capítulo I de la
Sección I – Capítulo II/III/IV
de la Ley 1563 de 2012
Sobre el Arbitraje Nacional
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Consideraciones Procedimentales
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Caso de Designación por las Partes:
Si las partes han designado los árbitros, pero no consta su aceptación,
el director del centro de arbitraje los citará por el medio que considere
más expedito y eficaz, para que se pronuncien en el término de cinco
(5) días. El silencio se entenderá como declinación.
Fase de Inicio
Consideraciones Procedimentales
Alvaro Hernán Mejia Mejia
Caso de No Designación por las Partes:
Si las partes no han designado los árbitros debiendo hacerlo, o
delegaron la designación, el director del centro de arbitraje requerirá
por el medio que considere más expedito y eficaz a las partes o al
delegado, según el caso, para que en el término de cinco (5) días
hagan la designación.
Fase de Inicio
Consideraciones Procedimentales
Alvaro Hernán Mejia Mejia
Caso de Delegación por las Partes al Centro de Arbitraje:
Si las partes delegaron al centro de arbitraje la designación de todos o
alguno o varios de los árbitros, aquella se hará por sorteo dentro de
los cinco (5) días siguientes a la solicitud de cualquiera de ellas.
Fase de Inicio
Consideraciones Procedimentales
Alvaro Hernán Mejia Mejia
Delegación por Defecto:
En defecto de la designación por las partes o por el delegado, el juez
civil del circuito, a solicitud de cualquiera de las partes, designará de
plano, por sorteo, principales y suplentes, de la lista de árbitros del
centro en donde se haya radicado la demanda, al cual informará de su
actuación.
Fase de Inicio
Consideraciones Procedimentales
Alvaro Hernán Mejia Mejia
CasosdeReemplazo
Reemplazo Post
Instalación
Aplica Clases
Designación
Reemplazo Pre
Instalación
Aplica Facultad
Convencional
Fase de Inicio
Consideraciones Procedimentales
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Reemplazo Post Instalación:
De la misma forma se procederá siempre que sea necesario designar
un reemplazo.
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Las partes, de común acuerdo, podrán reemplazar, total o
parcialmente, a los árbitros con anterioridad a la instalación del
tribunal.
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Alvaro Hernán Mejia Mejia
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o sus apoderados.
Alvaro Hernán Mejia Mejia
Por los Árbitros y
Secretarios
Coincidencia
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Si dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la
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razones para su reemplazo o el árbitro acepte expresamente
ser relevado. Cuando se tratare de árbitro único o de la mayoría
o de todos, decidirá el juez civil del circuito del lugar en donde
funcione el tribunal de arbitraje. Cuando se trate de secretario,
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Alvaro Hernán Mejia Mejia
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Si durante el curso del proceso se llegare a
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Alvaro Hernán Mejia Mejia
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partes dudas sobre su imparcialidad e
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Alvaro Hernán Mejia Mejia
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Ley 1563 2012 capitulo ii

  • 1. Análisis del Capítulo I de la Sección I – Capítulo II/III/IV de la Ley 1563 de 2012 Sobre el Arbitraje Nacional Alvaro Hernán Mejia Mejia
  • 2. Trámite del Proceso Alvaro Hernán Mejia Mejia Fases Inicio Desarrollo Conclusión
  • 3. Consideraciones Procedimentales Consideraciones Procedimentales Iniciación Desde la Presentación de la Demanda Hasta Antes de la Contestación de la Demanda Desarrollo Desde la Contestación de la Demanda Hasta la Primera Audiencia de Trámite Terminación Desde las Audiencias de Trámite y Pruebas Hasta la Audiencia de Alegatos y Laudo Alvaro Hernán Mejia Mejia
  • 4. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Contextuales Alvaro Hernán Mejia Mejia
  • 5. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Consideraciones Procedimentales Iniciación del Proceso Arbitral Integración del Tribunal Arbitral Instalación del Tribunal Arbitral Traslado de la Demanda Alvaro Hernán Mejia Mejia
  • 6. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia IniciacióndelProcesoArbitral Demanda Cuerpo Requisitos Art. 89 CGP Anexar Pacto Arbitral Destinatario Acuerdo SI CENTRO DE ARBITRAJE ACORDADO NO DOMICILIO DEMANDADO DEMANDADO SINGULAR DEMANDADO PLURAL Centro de Arbitraje COMPETENCIA CASO DE NO COMPENTENCIA REMISION AL COMPETENTE CASO CONFLICTO DE COMPETENCIA RESUELVE MJ CASO DE INEXISTENCIA CENTRO MÁS CERCANO CASO DE ENTIDAD PUBLICA DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO REQUISITO PARA CONTINUACIÓN
  • 7. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia INTEGRACIÓNDEL TRIBUNAL CASOS DE DESIGNACIÓN CASOS DE REEMPLAZO
  • 8. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia CASOSDE DESIGNACIÓN DESIGNACIÓN POR LAS PARTES NO DESIGNACION POR LAS PARTES DESIGNACION DELEGADA DESIGNACIÓN POR DEFECTO (JUEZ)
  • 9. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Caso de Designación por las Partes: Si las partes han designado los árbitros, pero no consta su aceptación, el director del centro de arbitraje los citará por el medio que considere más expedito y eficaz, para que se pronuncien en el término de cinco (5) días. El silencio se entenderá como declinación.
  • 10. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Caso de No Designación por las Partes: Si las partes no han designado los árbitros debiendo hacerlo, o delegaron la designación, el director del centro de arbitraje requerirá por el medio que considere más expedito y eficaz a las partes o al delegado, según el caso, para que en el término de cinco (5) días hagan la designación.
  • 11. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Caso de Delegación por las Partes al Centro de Arbitraje: Si las partes delegaron al centro de arbitraje la designación de todos o alguno o varios de los árbitros, aquella se hará por sorteo dentro de los cinco (5) días siguientes a la solicitud de cualquiera de ellas.
  • 12. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Delegación por Defecto: En defecto de la designación por las partes o por el delegado, el juez civil del circuito, a solicitud de cualquiera de las partes, designará de plano, por sorteo, principales y suplentes, de la lista de árbitros del centro en donde se haya radicado la demanda, al cual informará de su actuación.
  • 13. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia CasosdeReemplazo Reemplazo Post Instalación Aplica Clases Designación Reemplazo Pre Instalación Aplica Facultad Convencional
  • 14. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Reemplazo Post Instalación: De la misma forma se procederá siempre que sea necesario designar un reemplazo.
  • 15. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Reemplazo Pre Instalación: Las partes, de común acuerdo, podrán reemplazar, total o parcialmente, a los árbitros con anterioridad a la instalación del tribunal.
  • 16. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Momentos inmediatamente anteriores a la instalación referidos al Centro de Conciliación Momentos inmediatamente posteriores a la instalación referidos al Tribunal de Arbitramento Alvaro Hernán Mejia Mejia Instalación Prerrequisitos Fijación e Instalación Condición Previa Inasistencia Entrega de Expediente Elección y Designación de Cargos Admisión de la Demanda Poder Traslado de la Demanda
  • 17. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Prerrequisitos Aceptación de Designación Por todos los Árbitros Si fuere el caso: cumplidos los trámites de: Recusación Reemplazo
  • 18. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Fijación e Instalación Condición Previa Centro Arbitraje fije fecha y hora Inasistencia Sin excusa justificada Reemplazo Con excusa justificada Asiste nueva Audiencia No Asiste Nueva Audiencia Reemplazo Entrega Expediente La entrega la hace el C.A. Elección y Designación Se elige Presidente Se designa Secretario Aceptación 5 días siguientes Posesión Agotado tramite I/R
  • 19. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia Admisión Decidir Admisión sin decidir Competencia Conforme reglas CGP Pacto Arbitral Rechazo de Plano Regla General No Prueba Pacto Arbitral Regla Exceptiva Demandante invoque existencia Instauración Nueva Demanda Dentro de 20 días hábiles Conservación Efectos de Presentación Demanda
  • 20. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia El poder para representar a una cualquiera de las partes en la audiencia de instalación incluye además de las facultades legales que se le otorgan, la facultad para notificarse de todas las determinaciones que adopte el tribunal en la misma, sin que se pueda pactar lo contrario. Poder Necesariamente incluye la facultad para notificarse de todas las determinaciones
  • 21. Fase de Inicio Consideraciones Procedimentales Alvaro Hernán Mejia Mejia De la demanda se corre traslado por veinte (20) días. Traslado Demanda Veinte (20) días
  • 22. Fase de Inicio Consideraciones Contextuales Alvaro Hernán Mejia Mejia ConsideracionesContextuales Amparo de Pobreza Deber de Información Impedimentos y Recusaciones Control Disciplinario
  • 23. Fase de Inicio Consideraciones Contextuales Alvaro Hernán Mejia Mejia AmparodePobreza Concesión Conforme CGP Designación de Apoderado Con designación p.p. del Interesado Sin designación p.p. del Interesado Listado Árbitros C.A. Aleatoria Costas Exoneración del Amparado Contraparte exonerada de la exoneración del Amparado
  • 24. Fase de Inicio Consideraciones Contextuales Alvaro Hernán Mejia Mejia DeberdeInformación Con Tribunal sin instalar Con Tribunal instalado El (D.I.) está orientado a determinar si existen incompatibilidades o conflicto de intereses respecto a los árbitros del Tribunal y su Secretario y las partes.
  • 25. Fase de Inicio Consideraciones Contextuales Alvaro Hernán Mejia Mejia ConTribunalsininstalar Por los Árbitros y Secretarios Por las Partes
  • 26. Deber de Información Coincidencia Directa e Indirecta La persona a quien se comunique su nombramiento como árbitro o como secretario deberá informar, al aceptar, si coincide o ha coincidido con alguna de las partes o sus apoderados en otros procesos arbitrales o judiciales, trámites administrativos o cualquier otro asunto profesional en los que él o algún miembro de la oficina de abogados a la que pertenezca o haya pertenecido, intervenga o haya intervenido como árbitro, apoderado, consultor, asesor, secretario o auxiliar de la justicia en el curso de los dos (2) últimos años. Igualmente deberá indicar cualquier relación de carácter familiar o personal que sostenga con las partes o sus apoderados. Alvaro Hernán Mejia Mejia Por los Árbitros y Secretarios Coincidencia Directa Indirecta
  • 27. Dudas Justificadas sobre Imparcialidad o Independencia del Arbitro. Si dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la comunicación de aceptación, alguna de las partes manifestare por escrito dudas justificadas acerca de la imparcialidad o independencia del árbitro y su deseo de relevar al árbitro con fundamento en la información suministrada por éste, se procederá a su reemplazo en la forma prevista para tal efecto, siempre y cuando los demás árbitros consideren justificada las razones para su reemplazo o el árbitro acepte expresamente ser relevado. Cuando se tratare de árbitro único o de la mayoría o de todos, decidirá el juez civil del circuito del lugar en donde funcione el tribunal de arbitraje. Cuando se trate de secretario, decidirán los árbitros. Alvaro Hernán Mejia Mejia Dudas Justificadas Árbitros Secretario
  • 28. Omisión de Información Si durante el curso del proceso se llegare a establecer que el árbitro o el secretario no revelaron información que debieron suministrar al momento de aceptar el nombramiento, por ese solo hecho quedarán impedidos, y así deberán declararlo, so pena de ser recusados. Alvaro Hernán Mejia Mejia Omisión de Información Sobreviene impedimento Sobreviene Recusación
  • 29. Información Circunstancia Sobreviniente En todo caso, a lo largo del proceso, los árbitros y los secretarios deberán revelar sin demora cualquiera circunstancia sobrevenida, que pudiere generar en las partes dudas sobre su imparcialidad e independencia. Si cualquiera de estas considera que tal circunstancia afecta la imparcialidad o independencia del árbitro, los demás árbitros decidirán sobre su separación o continuidad, y si no hubiere acuerdo entre aquellos, o se tratare de árbitro único o de la mayoría o de todos, decidirá el juez civil del circuito del lugar en donde funcione el tribunal de arbitraje. Alvaro Hernán Mejia Mejia Circunstancia Sobreviniente Partes Árbitros Juez Civil del Circuito
  • 31. Impedimentos y Recusaciones Los Árbitros y los Secretarios Están impedidos y son recusables Código General del Proceso Por las mismas causales previstas para los jueces Código Disciplinario Único Inhabilidades Prohibiciones Conflicto de Intereses Estatuto Arbitral Incumplimiento del D.I. Alvaro Hernán Mejia Mejia En los arbitrajes en que sea parte el Estado o alguna de sus entidades, se aplicarán además de lo previsto en el inciso anterior las causales de impedimento y recusación previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • 32. Impedimentos y Recusaciones Alvaro Hernán Mejia Mejia Recusabilidad Árbitros nombrados por juez o terceros Circunstancias Actuales 5 días siguientes a la comunicación de aceptación a las partes Circunstancias Sobrevenidas 5 días a la fecha en que l parte tuvo conocimiento de los hechos Árbitros nombrados por acuerdo entre las partes Solo por Circunstancias Sobrevenidas 5 días a la fecha en que l parte tuvo conocimiento de los hechos
  • 33. Impedimentos y Recusaciones Alvaro Hernán Mejia Mejia Análisis Impedimentos Árbitros Magistrados Recusaciones Árbitros Magistrados
  • 34. Impedimentos y Recusaciones Alvaro Hernán Mejia Mejia Árbitro que se declare impedido Cesará inmediatamente en sus funciones Cesación Funciones Lo comunicará a quien o quienes lo designaron Comunicación a Designadores Con la finalidad de que procedan a reemplazarlo Reemplazo
  • 35. Impedimentos y Recusaciones Alvaro Hernán Mejia Mejia La providencia que decide la recusación no será susceptible de ningún recurso. Si el árbitro hubiese sido designado por el juez civil del circuito, en caso de impedimento o aceptación de la recusación, se remitirán a éste, sin necesidad de reparto, las piezas procesales pertinentes con el fin de que proceda a la designación del árbitro Arbitro recusado 5 días Aceptación Expresa Cesación Inmediata de Funciones Tácita Comunicación a Designador para reemplazo Rechazo Si fuere uno solo de varios Los demás resuelven de plano Si fueren todos o el único Decide el Juez Civil del Circuito Del mismo lugar del Tribunal Se envía la actuación a reparto en 5 dias
  • 36. Impedimentos y Recusaciones Alvaro Hernán Mejia Mejia Los magistrados que conozcan de los recursos extraordinarios de anulación o revisión estarán impedidos y serán recusables conforme a las reglas generales del Código de Procedimiento Civil y, además, cuando respecto de ellos se configure alguna causal frente a quienes hubieran intervenido como árbitros, secretario o auxiliares de la justicia en el proceso arbitral.
  • 37. Control Disciplinario En los términos de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, el control disciplinario de los árbitros, los secretarios y los auxiliares de los tribunales arbitrales, se regirá por las normas disciplinarias de los servidores judiciales y auxiliares de la justicia. Alvaro Hernán Mejia Mejia