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¿QUÉ ES UN TRIBUTO?
(Art.1° Código Tributario)
 Obligación que tenemos la
personas (Deudor)
 De realizar una prestación
pecuniaria (Pago)
 A favor del Estado (Acreedor)
 Establecido por ley (
Principio de Legalidad)
 Exigible coactivamente ante su
eventual incumplimiento (
Procedimiento Coactivo)
 FIORELLA SAMHAN
SISTEMA TRIBUTARIO NACIONALSISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
CÓDIGO TRIBUTARIO TRIBUTOS
SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
GOB. CENTRAL GOB. LOCALES OTROS FINES
- Impuesto a la Renta *
- IGV *
- ISC *
- Aport. ESSALUD *
- Aport. ONP *
- D° Arancelarios
- Tasas de Prestación
de Servicios Públicos
- Imp. Predial
- Imp. A la Alcabala
- Imp. A los Juegos
- Imp. Al Patrimonio
Vehicular
- Contribución
al SENATI
- Contribución
al SENCICO
* Tributos administrados por SUNAT
 FIORELLA SAMHAN
ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA
RENTA
BASE LEGAL
Art. 1-5A LIR
Elemento subjetivo o
personal
ELEMENTOS DEL
IMPUESTO A LA
RENTA
LEY DEL IR
Elemento temporal:
Elemento objetivo o
material
Rentas
gravadas
(Teorías )
Aspecto espacial o base
jurisdiccional
Renta de Fuente Peruana,
Renta de Fuentes
Extranjera,
Domiciliados, y No
Domiciliados
Art. 6-13 LIR
Tasa
6.25%, 15%, 21%, 30%,
4.1%, 4.99%, 1%, 10%
Art. 52A-56
LIR
 FIORELLA SAMHAN
MATERIA IMPONIBLEMATERIA IMPONIBLE
• La renta es la expresión de la capacidad
contributiva de un sujeto
IMPUESTO A LA RENTA
PERSONAS NATURALES
RIQUEZA
RENTA
PATRIMONIO
CONSUMO
 FIORELLA SAMHAN
Mapa Conceptual
RENTA Ganancias o beneficios generados
por actividades económicas
Renta Gravada
Renta Producto
Flujo de Riqueza
Incremento más
consumo patrimonial
Cedular o analítico
 Global o sintético
 Mixto
Tomando en consideración:
a) CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS:
 Rentas de Fuente Peruana o Extranjera
b) CRITERIOS DE VINCULACIÓN
 Condición de domicilio (domiciliado o
no domiciliado)
Sistemas de Imposición de Renta:
 FIORELLA SAMHAN
Todo lo que en la esfera patrimonial de un sujeto produceTodo lo que en la esfera patrimonial de un sujeto produce
satisfacciones o enriquecimientos.satisfacciones o enriquecimientos.
Este concepto debe trasladarse a definiciones legalesEste concepto debe trasladarse a definiciones legales
susceptibles de ser aplicadas por la Administración.susceptibles de ser aplicadas por la Administración.
¿QUÉ ES RENTA?
Concepto de RentaConcepto de Renta
 FIORELLA SAMHAN
¿Qué es renta?¿Qué es renta?
Es sinónimo de ganancia, beneficio, utilidad, etc., es
decir todo aquello que genere:
a) Beneficio
b) Enriquecimiento
Para quiénes lo perciben
 FIORELLA SAMHAN
Concepto de RentaConcepto de Renta
Abarca el enriquecimiento después de realizar consumos.Abarca el enriquecimiento después de realizar consumos.
Se traduce en incremento de riqueza, aumento de bienesSe traduce en incremento de riqueza, aumento de bienes
y servicios que una persona tiene a su disposición. Su valory servicios que una persona tiene a su disposición. Su valor
constituye una renta.constituye una renta.
CONCEPTO ECONÓMICO DE RENTA
Se incluye la renta imputada, atribuida al individuo por el hechoSe incluye la renta imputada, atribuida al individuo por el hecho
de haber disfrutado el bien.de haber disfrutado el bien.
También las ganancias de capital, los aumentos del valorTambién las ganancias de capital, los aumentos del valor
de un bien de capital.de un bien de capital.
Imposición dirigida a los enriquecimientos producidosImposición dirigida a los enriquecimientos producidos
únicamente por el aumento del valor de estos bienes, no por elúnicamente por el aumento del valor de estos bienes, no por el
hecho de producir rentas o ingresos.hecho de producir rentas o ingresos.
 FIORELLA SAMHAN
1. Global o Sintético: Debe gravar la totalidad de rentas
obtenidas por los contribuyentes, sin importar su procedencia
o destino.
2. Personal: Debe tener en cuenta la situación personal del
sujeto.
3. Progresivo: Debe gravar con tasas progresivas que incidan
con mayor carga a medida que sea mayor la renta.
Ventajas
• No trasladable: Afecta directa y definitivamente a aquel sobre
el que la ley lo hace recaer.
• Contemplar la Equidad: Principio de capacidad contributiva
horizontal y vertical.
• Efecto estabilizador: Tasa progresiva. Mayor ingreso, mayor
incidencia
Características generales
del Impuesto a la Renta Ideal
 FIORELLA SAMHAN
En el Perú hasta el 2008
En el caso de los sujetos domiciliados en el país, tendía a ser global y
progresivo (salvo régimen de rentas de tercera categoría y el régimen
de dividendos en los que la tasa era proporcional), pero no personal.
En el Perú desde el 2009
En el caso de los sujetos domiciliados en el país, es cedular con tasa
proporcional (únicas cedulas que se acumulan y se gravan con tasa
progresiva: rentas de trabajo y rentas de fuente extranjera de
personas naturales domiciliadas).
En ambos casos, el caso de sujetos no domiciliados en el país,
no es progresivo ni personal (normalmente no lo es)
 FIORELLA SAMHAN
Características generales
del Impuesto a la Renta Ideal
2. Global, Sintético o Germánico
1. Cedular, Analítico o Inglés
3. Mixto
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA
RENTA
 FIORELLA SAMHAN
1. Cedular, Analítico o Inglés:
Se estructuran en base a establecer un gravamen en relación a cada
fuente de renta. Se tiene un gravamen para las rentas cuya
fuente es el trabajo, otra para las que provienen del capital y
otra aplicable a la conjunción de ambos factores.
Ejemplo: Sistema que entro en vigencia en Perú a partir del
2009
Considerar:
 Se denomina cédula a cada fuente gravada: por ejemplo las
rentas del trabajo.
 No hay compensación entre los resultados positivos de una
cédula y los negativos de otra.
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
 FIORELLA SAMHAN
2. Global, Sintético o Germánico:
Un impuesto de este tipo supone establecer el gravamen del
Impuesto sobre la totalidad de las rentas.
El impuesto atiende la totalidad de la capacidad contributiva del
sujeto, abarca la globalidad de sus ingresos.
Considerar:
 No interesa el origen o fuente de la renta.
 Se realiza una síntesis final de las rentas y se suman en su
totalidad.
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
 FIORELLA SAMHAN
3. Mixto:
Sistema que contiene elementos cedulares y globales en
proporciones variadas.
Es posible que un sistema sin perder su globalidad, obligue
agrupar distintas rentas en “categorías” para simplificar el
cálculo, sin que implique tratamiento diferencial de la renta
en función de su origen.
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
 FIORELLA SAMHAN
En el Perú hasta el 2008:
SISTEMA MIXTO
Sujetos domiciliados:
 RFP de 1ª, 2ª, 4ª, y 5ª
Categorías + RFE no
empresarial
 RFP de 3ª Categoría +
RFE empresarial
 Dividendos o distrib. de
utilidades
Sujetos no domiciliados:
 RFP discriminadas por
actividad
Impuesto global con
tasa progresiva
Impuesto cedular
Impuesto cedular
Impuestos cedulares
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
 FIORELLA SAMHAN
RENTA DE PERSONAS NATURALES
CONTRIBUYENTES
• PERSONAS NATURALES
• SOCIEDADES CONYUGALES
• SUCESIÓN INDIVISA
CATEGORÍAS
PRIMERA SEGUNDA QUINTACUARTA
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 1C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 2C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 4C
RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
RENTA NETA 5C
CRITERIOS DE IMPUTACIÓN
DEVENGADO PERCIBIDO
(+) (+) (+) (+)
RENTA NETA DE FUENTE PERUANA
OBLIGACIONESFORMALES
OBLIGAC.SUSTANCIALESMapa conceptual hasta el 2008Mapa conceptual hasta el 2008
 FIORELLA SAMHAN
RENTA BRUTA
(R.B.)
DEDUCCIONES RENTA NETA
(R.N.)
Primera Categoría (-) 20% de la R.B. R.N. de
1era.
Renta Neta
Global o Renta
Neta
de Fuente
Peruana
(No incluye
3C, ni
dividendos, ni
cualquier
forma de
distribución
de utilidades)
+ Incrementos
Patrimoniales
Segunda categoría (-) 10% de la R.B. R.N. de
2da.
Cuarta
Categoría
(-) 20% de
R.B.
(-) 7 UIT R.N. de
4ta. y 5ta.
Quinta
Categoría
Renta Neta Global (Art. 35 LIR)Renta Neta Global (Art. 35 LIR)
Hasta 24 UIT
 FIORELLA SAMHAN
En el Perú desde el 2009:
SISTEMA CEDULAR
Sujetos domiciliados:
 RFP de 1ª, y 2ª
Categorías
 RFP de 4ª, y 5ª
Categorías + RFE no
empresarial
 RFP de 3ª Categoría +
RFE empresarial
 Dividendos o distrib. de
utilidades
Sujetos no domiciliados:
 RFP discriminadas
por actividad
Impuesto cedular
Impuesto cedular con
tasa progresiva
Impuesto cedular
Impuesto cedular
Impuestos cedulares
SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
 FIORELLA SAMHAN
Renta Neta (Art. 35, 36, 45 y 46 LIR)
Regímenes Renta Bruta
(RB)
Deducciones Renta Neta (RN) IR
Rentas del
capital
Primera
Categoría
- 20% RB RN del Capital 6.25% RN
O
5% RB
(Tasa ef.)
Segunda
Categoría
Rentas del
trabajo
Cuarta
Categoría
- 20% RB -7 UIT Renta
Neta del
Trabajo
Renta Neta
del Trabajo
+
Renta Neta
de Fuente
Extranjera
15% Hasta
27 UIT;
21% Entre
37 y 54
UIT; y 30%
Exceso
54UIT
Quinta
Categoría
Renta Neta
Fuente
Extranjera
NE
Renta
Neta
Fuente
Ext.
NE
Dividendos Dividendos RB=RN 4.1% RN
Hasta 24 UIT
TEORIAS QUE DEFINEN EL CONCEPTO DE
RENTA
 Teoría de la renta
producto o Teoría de la
fuente
 Teoría del flujo de
riqueza
 Teoría de consumo más
incremento patrimonial
 FIORELLA SAMHAN
1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO
Elementos del concepto de “Renta-
Producto”:
• Debe ser un Producto.
• Debe provenir de una fuente productora durable.
• La renta debe ser periódica.
• La renta debe ser puesta en explotación.
• Realización y separación de la renta
• La renta debe ser neta.
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
 FIORELLA SAMHAN
FUENTES CLÁSICAS:
CAPITAL TRABAJO
EMPRESA
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO
 FIORELLA SAMHAN
Art. 1. Inc. a) de la Ley del Impuesto a la Renta
“ El Impuesto a la Renta grava:
a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo
y de la aplicación conjunta de ambos factores,
entendiéndose como tales aquellas que provengan
de una fuente durable y susceptible de generar
ingresos periódicos”.
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO
Total de flujo de riqueza que desde los terceros
fluye hacia el contribuyente.
Comprende la teoría Renta Producto, más los
siguientes ingresos:
a.- Las ganancias de capital realizadas.
b.- Los ingresos por actividades accidentales.
c.- Los ingresos eventuales.
d.- Los ingresos a título gratuito.
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
El Impuesto a la Renta grava:
a) Ganancias de Capital (Art. 1.Inc.b)
Son ingresos que provienen de la enajenación
de bienes de capital; es decir aquellos que no
están destinados a ser comercializados en el
ámbito de un negocio o empresa.
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
I) Caso de bienes inmuebles:
- Gravados siempre que la adquisición y
enajenación se produzca a partir del 01.01.2004
(Renta de 2da. Categoría)
- No están gravados los ingresos provenientes de
la enajenación de la casa habitación.
• Ganancias de Capital (Art. 1.Inc.b.)
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b)
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b)
II) Caso de bienes muebles:
- Los ingresos provenientes de su enajenación no
constituyen ganancia de capital
- Sólo están gravados los ingresos provenientes de
la enajenación de acciones y otros valores
mobiliarios.
 FIORELLA SAMHAN
Comprende a las anteriores teorías (Renta-producto
y Flujo de Riqueza), además de:
a) Variación patrimonial: cambios del valor
b) Los consumos: rentas imputadas, rentas de goce
o disfrute (rentas psíquicas)
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS
CONSUMO
• Se busca gravar el total de enriquecimientos que percibe
una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su
origen o duración.
• Renta = consumo + cambios en el valor del patrimonio, en
un
periodo.
• Renta = (Patrimonio ejercicio 2 – Patrimonio ejercicio 1) +
consumos del ejercicio
• Considerar:
• Variaciones patrimoniales
• Consumos de bienes y servicios  FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS
CONSUMO
El Impuesto a la Renta grava:
Rentas imputadas (Art. 1.Inc.d)
Rentas imputadas (Art. 1. Inc.d)
“Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o
disfrute, establecidas por esta Ley”.
- Renta Ficta de predios (Art. 23.d)
- Renta Ficta de bienes muebles (Art. 23.b) por
cesión gratuita o a precio no determinado.
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS
CONSUMO
Rentas presuntas (Art. 23.a y b, Art. 26)
- Renta presunta de predios arrendados (Art. 23.a);
- Renta presunta de bienes muebles cedidos (Art.
23.b)
- Intereses presuntos. (Art. 26)
 FIORELLA SAMHAN
IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS
CONSUMO
Teorías en la Imposición sobre la Renta:
Cuadro sinóptico
Renta Producto:
Consumo más
Incremento patrimonial:
- Renta Producto:
- Ganancias de capital realizadas
- Ingresos por actividades accidentales
- Ingresos de naturaleza eventual
- Ingresos a titulo gratuito
- Uso de bienes adquiridos en periodos
anteriores.
- Consumo de bienes y servicios de
propia producción.
- Variaciones patrimoniales
Flujo de Riqueza:
 FIORELLA SAMHAN
CONSUMO MAS
INCREMENTO
PATRIMONIAL
FLUJO DE RIQUEZA
RENTA PRODUCTO
Teorías en la Imposición sobre la
Renta: Gráfico
 FIORELLA SAMHAN
SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 DEFINICIÓN DE RENTA:
 FIORELLA SAMHAN
La Ley del Impuesto a la Renta (Art. 1º, 2º y 3º)
define las ganancias y beneficios que
constituyen RENTA
- Rentas que se obtengan por el capital, el trabajo o la
aplicación de ambos factores (provengan de una fuente
durable y susceptible de generar ingresos periódicos.
- Ciertas ganancias y beneficios aun cuando no provengan de
una actividad habitual
- Otros ingresos
SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 TEORÍAS DE RENTA APLICABLES A
LA LEGISLACIÓN PERUANA:
 FIORELLA SAMHAN
La legislación peruana recoge la Teoría de la Renta Productola Teoría de la Renta Producto
ya que indica que debe provenir de una fuente durable ydebe provenir de una fuente durable y
susceptible de generar ingresos periódicossusceptible de generar ingresos periódicos (Art. 1º inc. a de
la Ley )
ExcepcionalmenteExcepcionalmente se acoge la Teoría del Flujo de Riqueza
(Art. 1º inc. a), art. 2º inc. a) y b) así como el art. 3º) y la
Teoría del Incremento Patrimonial mas consumo (art. 2º inc.
c)
Rentas por Explotación
de una Fuente
BASE LEGAL: Inc. a) de
primer y segundo
párrafo Art. 1 LIR
FUENTE
Capital
Trabajo
Aplicación conjunta de ambos
factores
Regalías
Enajenación de terrenos
urbanos o lotizados e inmuebles
Resultados de la venta, cambio o
disposición habitual de bienes FIORELLA SAMHAN
EXONERACIONES E INAFECTACIONES
 CONCEPTOS
INAFECTACIÓN:
 SUJETOS
 INGRESOS
EXONERACIÓN
 FIORELLA SAMHAN
Ámbito de aplicación del impuesto
HIPÓTESIS DE INCIDENCIA TRIBUTARIA
EXONERACIÓN
INAFECTACIÓN
INFECTACIONES YINFECTACIONES Y
EXONERACIONESEXONERACIONES
 FIORELLA SAMHAN
INAFECTACIÓN
Situación jurídica por la
que determinados
sujetos u operaciones se
encuentran fuera de la
hipótesis de incidencia
tributaria
EXONERACIÓN
Situación jurídica por la
que se libera de la
obligación de pagar el
tributo, pese a que se
realiza el hecho
generador de la
obligación tributaria
 FIORELLA SAMHAN
INFECTACIONES YINFECTACIONES Y
EXONERACIONESEXONERACIONES
DE SUJETOS
(SUBJETIVA)
- Sector público nacional
- Fundaciones
- Entidades de auxilio mutuo
- Comunidades campesinas y nativas.
DE INGRESOS
(OBJETIVA)
- Indemnizaciones laborales
- Indemnizaciones por causa de muerte
o incapacidad
- CTS, rentas vitalicias y pensiones que se
originen en el trabajo personal
- Subsidios por incapacidad temporal,
maternidad y lactancia.
INAFECTACIONES (Art. 18 LIR)INAFECTACIONES (Art. 18 LIR)
 FIORELLA SAMHAN
• Las exoneraciones se confieren expresamente y se encuentran
taxativamente señaladas en la LIR
• Son de carácter temporal
• Actualmente las exoneraciones contempladas rigen hasta el
31.12.2013
• Eximen del cumplimiento de la obligación sustancial: pago
• Debe cumplirse con las obligaciones formales
EXONERACIONES (Art. 19 LIR)EXONERACIONES (Art. 19 LIR)
 FIORELLA SAMHAN
SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 CRITERIOS DE VINCULACIÓN
APLICABLES:
 FIORELLA SAMHAN
 CRITERIOS SUBJETIVOS
 CRITERIOS OBJETIVOS
CRITERIOS DE
VINCULACIÓN
SUBJETIVO
PERSONA
NATURAL
DOMICILIO
NACIONALIDAD
PERSONA
JURÍDICA
OBJETIVO
RESIDENCIA
CIUDADANIA
LUGAR DE
CONSTITUCIÓN
SEDE DE
DIRECCIÓN EFECTIVA
UBICACIÓN
TERRITORIAL
DE LA FUENTE
BASE JURISDICCIONAL
 FIORELLA SAMHAN
CRITERIOS PARA DETERMINAR
EL DOMICILIO
 DOMICILIADO:
 FIORELLA SAMHAN
• Peruanos con domicilio en el país.
• Extranjeros que permanezcan en el país mas de 183 días calendario durante un periodo
cualquiera de 12 meses.
• Funcionarios públicos en el extranjero siempre que sean designados por el Sector Público
Nacional y hayan sido domiciliados antes de asumir el cargo.
• Las personas jurídicas constituidas en el país.
• Sucesiones Indivisas, se extiende la condición del causante.
CRITERIOS PARA DETERMINAR
EL DOMICILIO
 NO DOMICILIADO:
 FIORELLA SAMHAN
• Personas naturales que permanezcan fuera del país 183 días o más en forma continua.
• Personas naturales que salen del país con contrato de trabajo mayor a un año o visa de residente en
otro país. (pierden automáticamente la condición de domiciliado).
• Las personas naturales no domiciliadas podrán ser consideradas domiciliadas si permanecen 6
meses y estén inscritos en el RUC.
• La condición de domiciliado o no se considera al 01 de enero de cada año.
 DERECHO TRIBUTARIO II
 IMPUESTO A LA RENTA
 UNIVERSIDAD PARTICULAR DE SAN MARTIN DE PORRES
• FIORELLA SAMHAN

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Renta introduccion

  • 1. ¿QUÉ ES UN TRIBUTO? (Art.1° Código Tributario)  Obligación que tenemos la personas (Deudor)  De realizar una prestación pecuniaria (Pago)  A favor del Estado (Acreedor)  Establecido por ley ( Principio de Legalidad)  Exigible coactivamente ante su eventual incumplimiento ( Procedimiento Coactivo)  FIORELLA SAMHAN
  • 2. SISTEMA TRIBUTARIO NACIONALSISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL CÓDIGO TRIBUTARIO TRIBUTOS SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL GOB. CENTRAL GOB. LOCALES OTROS FINES - Impuesto a la Renta * - IGV * - ISC * - Aport. ESSALUD * - Aport. ONP * - D° Arancelarios - Tasas de Prestación de Servicios Públicos - Imp. Predial - Imp. A la Alcabala - Imp. A los Juegos - Imp. Al Patrimonio Vehicular - Contribución al SENATI - Contribución al SENCICO * Tributos administrados por SUNAT  FIORELLA SAMHAN
  • 3. ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA BASE LEGAL Art. 1-5A LIR Elemento subjetivo o personal ELEMENTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA LEY DEL IR Elemento temporal: Elemento objetivo o material Rentas gravadas (Teorías ) Aspecto espacial o base jurisdiccional Renta de Fuente Peruana, Renta de Fuentes Extranjera, Domiciliados, y No Domiciliados Art. 6-13 LIR Tasa 6.25%, 15%, 21%, 30%, 4.1%, 4.99%, 1%, 10% Art. 52A-56 LIR  FIORELLA SAMHAN
  • 4. MATERIA IMPONIBLEMATERIA IMPONIBLE • La renta es la expresión de la capacidad contributiva de un sujeto IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES RIQUEZA RENTA PATRIMONIO CONSUMO  FIORELLA SAMHAN
  • 5. Mapa Conceptual RENTA Ganancias o beneficios generados por actividades económicas Renta Gravada Renta Producto Flujo de Riqueza Incremento más consumo patrimonial Cedular o analítico  Global o sintético  Mixto Tomando en consideración: a) CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS:  Rentas de Fuente Peruana o Extranjera b) CRITERIOS DE VINCULACIÓN  Condición de domicilio (domiciliado o no domiciliado) Sistemas de Imposición de Renta:  FIORELLA SAMHAN
  • 6. Todo lo que en la esfera patrimonial de un sujeto produceTodo lo que en la esfera patrimonial de un sujeto produce satisfacciones o enriquecimientos.satisfacciones o enriquecimientos. Este concepto debe trasladarse a definiciones legalesEste concepto debe trasladarse a definiciones legales susceptibles de ser aplicadas por la Administración.susceptibles de ser aplicadas por la Administración. ¿QUÉ ES RENTA? Concepto de RentaConcepto de Renta  FIORELLA SAMHAN
  • 7. ¿Qué es renta?¿Qué es renta? Es sinónimo de ganancia, beneficio, utilidad, etc., es decir todo aquello que genere: a) Beneficio b) Enriquecimiento Para quiénes lo perciben  FIORELLA SAMHAN Concepto de RentaConcepto de Renta
  • 8. Abarca el enriquecimiento después de realizar consumos.Abarca el enriquecimiento después de realizar consumos. Se traduce en incremento de riqueza, aumento de bienesSe traduce en incremento de riqueza, aumento de bienes y servicios que una persona tiene a su disposición. Su valory servicios que una persona tiene a su disposición. Su valor constituye una renta.constituye una renta. CONCEPTO ECONÓMICO DE RENTA Se incluye la renta imputada, atribuida al individuo por el hechoSe incluye la renta imputada, atribuida al individuo por el hecho de haber disfrutado el bien.de haber disfrutado el bien. También las ganancias de capital, los aumentos del valorTambién las ganancias de capital, los aumentos del valor de un bien de capital.de un bien de capital. Imposición dirigida a los enriquecimientos producidosImposición dirigida a los enriquecimientos producidos únicamente por el aumento del valor de estos bienes, no por elúnicamente por el aumento del valor de estos bienes, no por el hecho de producir rentas o ingresos.hecho de producir rentas o ingresos.  FIORELLA SAMHAN
  • 9. 1. Global o Sintético: Debe gravar la totalidad de rentas obtenidas por los contribuyentes, sin importar su procedencia o destino. 2. Personal: Debe tener en cuenta la situación personal del sujeto. 3. Progresivo: Debe gravar con tasas progresivas que incidan con mayor carga a medida que sea mayor la renta. Ventajas • No trasladable: Afecta directa y definitivamente a aquel sobre el que la ley lo hace recaer. • Contemplar la Equidad: Principio de capacidad contributiva horizontal y vertical. • Efecto estabilizador: Tasa progresiva. Mayor ingreso, mayor incidencia Características generales del Impuesto a la Renta Ideal  FIORELLA SAMHAN
  • 10. En el Perú hasta el 2008 En el caso de los sujetos domiciliados en el país, tendía a ser global y progresivo (salvo régimen de rentas de tercera categoría y el régimen de dividendos en los que la tasa era proporcional), pero no personal. En el Perú desde el 2009 En el caso de los sujetos domiciliados en el país, es cedular con tasa proporcional (únicas cedulas que se acumulan y se gravan con tasa progresiva: rentas de trabajo y rentas de fuente extranjera de personas naturales domiciliadas). En ambos casos, el caso de sujetos no domiciliados en el país, no es progresivo ni personal (normalmente no lo es)  FIORELLA SAMHAN Características generales del Impuesto a la Renta Ideal
  • 11. 2. Global, Sintético o Germánico 1. Cedular, Analítico o Inglés 3. Mixto SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 12. 1. Cedular, Analítico o Inglés: Se estructuran en base a establecer un gravamen en relación a cada fuente de renta. Se tiene un gravamen para las rentas cuya fuente es el trabajo, otra para las que provienen del capital y otra aplicable a la conjunción de ambos factores. Ejemplo: Sistema que entro en vigencia en Perú a partir del 2009 Considerar:  Se denomina cédula a cada fuente gravada: por ejemplo las rentas del trabajo.  No hay compensación entre los resultados positivos de una cédula y los negativos de otra. SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 13. 2. Global, Sintético o Germánico: Un impuesto de este tipo supone establecer el gravamen del Impuesto sobre la totalidad de las rentas. El impuesto atiende la totalidad de la capacidad contributiva del sujeto, abarca la globalidad de sus ingresos. Considerar:  No interesa el origen o fuente de la renta.  Se realiza una síntesis final de las rentas y se suman en su totalidad. SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 14. 3. Mixto: Sistema que contiene elementos cedulares y globales en proporciones variadas. Es posible que un sistema sin perder su globalidad, obligue agrupar distintas rentas en “categorías” para simplificar el cálculo, sin que implique tratamiento diferencial de la renta en función de su origen. SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 15. En el Perú hasta el 2008: SISTEMA MIXTO Sujetos domiciliados:  RFP de 1ª, 2ª, 4ª, y 5ª Categorías + RFE no empresarial  RFP de 3ª Categoría + RFE empresarial  Dividendos o distrib. de utilidades Sujetos no domiciliados:  RFP discriminadas por actividad Impuesto global con tasa progresiva Impuesto cedular Impuesto cedular Impuestos cedulares SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 16. RENTA DE PERSONAS NATURALES CONTRIBUYENTES • PERSONAS NATURALES • SOCIEDADES CONYUGALES • SUCESIÓN INDIVISA CATEGORÍAS PRIMERA SEGUNDA QUINTACUARTA RENTA BRUTA DEDUCCIONES RENTA NETA 1C RENTA BRUTA DEDUCCIONES RENTA NETA 2C RENTA BRUTA DEDUCCIONES RENTA NETA 4C RENTA BRUTA DEDUCCIONES RENTA NETA 5C CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DEVENGADO PERCIBIDO (+) (+) (+) (+) RENTA NETA DE FUENTE PERUANA OBLIGACIONESFORMALES OBLIGAC.SUSTANCIALESMapa conceptual hasta el 2008Mapa conceptual hasta el 2008  FIORELLA SAMHAN
  • 17. RENTA BRUTA (R.B.) DEDUCCIONES RENTA NETA (R.N.) Primera Categoría (-) 20% de la R.B. R.N. de 1era. Renta Neta Global o Renta Neta de Fuente Peruana (No incluye 3C, ni dividendos, ni cualquier forma de distribución de utilidades) + Incrementos Patrimoniales Segunda categoría (-) 10% de la R.B. R.N. de 2da. Cuarta Categoría (-) 20% de R.B. (-) 7 UIT R.N. de 4ta. y 5ta. Quinta Categoría Renta Neta Global (Art. 35 LIR)Renta Neta Global (Art. 35 LIR) Hasta 24 UIT  FIORELLA SAMHAN
  • 18. En el Perú desde el 2009: SISTEMA CEDULAR Sujetos domiciliados:  RFP de 1ª, y 2ª Categorías  RFP de 4ª, y 5ª Categorías + RFE no empresarial  RFP de 3ª Categoría + RFE empresarial  Dividendos o distrib. de utilidades Sujetos no domiciliados:  RFP discriminadas por actividad Impuesto cedular Impuesto cedular con tasa progresiva Impuesto cedular Impuesto cedular Impuestos cedulares SISTEMAS DE IMPOSICIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 19. Renta Neta (Art. 35, 36, 45 y 46 LIR) Regímenes Renta Bruta (RB) Deducciones Renta Neta (RN) IR Rentas del capital Primera Categoría - 20% RB RN del Capital 6.25% RN O 5% RB (Tasa ef.) Segunda Categoría Rentas del trabajo Cuarta Categoría - 20% RB -7 UIT Renta Neta del Trabajo Renta Neta del Trabajo + Renta Neta de Fuente Extranjera 15% Hasta 27 UIT; 21% Entre 37 y 54 UIT; y 30% Exceso 54UIT Quinta Categoría Renta Neta Fuente Extranjera NE Renta Neta Fuente Ext. NE Dividendos Dividendos RB=RN 4.1% RN Hasta 24 UIT
  • 20. TEORIAS QUE DEFINEN EL CONCEPTO DE RENTA  Teoría de la renta producto o Teoría de la fuente  Teoría del flujo de riqueza  Teoría de consumo más incremento patrimonial  FIORELLA SAMHAN
  • 21. 1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO Elementos del concepto de “Renta- Producto”: • Debe ser un Producto. • Debe provenir de una fuente productora durable. • La renta debe ser periódica. • La renta debe ser puesta en explotación. • Realización y separación de la renta • La renta debe ser neta. IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA  FIORELLA SAMHAN
  • 22. FUENTES CLÁSICAS: CAPITAL TRABAJO EMPRESA IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO  FIORELLA SAMHAN
  • 23. Art. 1. Inc. a) de la Ley del Impuesto a la Renta “ El Impuesto a la Renta grava: a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos”.  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 1.- TEORÍA RENTA PRODUCTO
  • 24. Total de flujo de riqueza que desde los terceros fluye hacia el contribuyente. Comprende la teoría Renta Producto, más los siguientes ingresos: a.- Las ganancias de capital realizadas. b.- Los ingresos por actividades accidentales. c.- Los ingresos eventuales. d.- Los ingresos a título gratuito.  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
  • 25. El Impuesto a la Renta grava: a) Ganancias de Capital (Art. 1.Inc.b) Son ingresos que provienen de la enajenación de bienes de capital; es decir aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un negocio o empresa.  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA
  • 26. I) Caso de bienes inmuebles: - Gravados siempre que la adquisición y enajenación se produzca a partir del 01.01.2004 (Renta de 2da. Categoría) - No están gravados los ingresos provenientes de la enajenación de la casa habitación. • Ganancias de Capital (Art. 1.Inc.b.)  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b)
  • 27. IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 2.- TEORÍA FLUJO DE RIQUEZA a. Ganancias de Capital (Art. 1.Inc. b) II) Caso de bienes muebles: - Los ingresos provenientes de su enajenación no constituyen ganancia de capital - Sólo están gravados los ingresos provenientes de la enajenación de acciones y otros valores mobiliarios.  FIORELLA SAMHAN
  • 28. Comprende a las anteriores teorías (Renta-producto y Flujo de Riqueza), además de: a) Variación patrimonial: cambios del valor b) Los consumos: rentas imputadas, rentas de goce o disfrute (rentas psíquicas)  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO
  • 29. • Se busca gravar el total de enriquecimientos que percibe una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su origen o duración. • Renta = consumo + cambios en el valor del patrimonio, en un periodo. • Renta = (Patrimonio ejercicio 2 – Patrimonio ejercicio 1) + consumos del ejercicio • Considerar: • Variaciones patrimoniales • Consumos de bienes y servicios  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO
  • 30. El Impuesto a la Renta grava: Rentas imputadas (Art. 1.Inc.d) Rentas imputadas (Art. 1. Inc.d) “Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley”. - Renta Ficta de predios (Art. 23.d) - Renta Ficta de bienes muebles (Art. 23.b) por cesión gratuita o a precio no determinado.  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO
  • 31. Rentas presuntas (Art. 23.a y b, Art. 26) - Renta presunta de predios arrendados (Art. 23.a); - Renta presunta de bienes muebles cedidos (Art. 23.b) - Intereses presuntos. (Art. 26)  FIORELLA SAMHAN IMP. A LA RENTA PERSONAS NATURALES CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA 3.- TEORÍA VARIACIÓN PATRIMONIAL MÁS CONSUMO
  • 32. Teorías en la Imposición sobre la Renta: Cuadro sinóptico Renta Producto: Consumo más Incremento patrimonial: - Renta Producto: - Ganancias de capital realizadas - Ingresos por actividades accidentales - Ingresos de naturaleza eventual - Ingresos a titulo gratuito - Uso de bienes adquiridos en periodos anteriores. - Consumo de bienes y servicios de propia producción. - Variaciones patrimoniales Flujo de Riqueza:  FIORELLA SAMHAN
  • 33. CONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIAL FLUJO DE RIQUEZA RENTA PRODUCTO Teorías en la Imposición sobre la Renta: Gráfico  FIORELLA SAMHAN
  • 34. SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  DEFINICIÓN DE RENTA:  FIORELLA SAMHAN La Ley del Impuesto a la Renta (Art. 1º, 2º y 3º) define las ganancias y beneficios que constituyen RENTA - Rentas que se obtengan por el capital, el trabajo o la aplicación de ambos factores (provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. - Ciertas ganancias y beneficios aun cuando no provengan de una actividad habitual - Otros ingresos
  • 35. SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  TEORÍAS DE RENTA APLICABLES A LA LEGISLACIÓN PERUANA:  FIORELLA SAMHAN La legislación peruana recoge la Teoría de la Renta Productola Teoría de la Renta Producto ya que indica que debe provenir de una fuente durable ydebe provenir de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicossusceptible de generar ingresos periódicos (Art. 1º inc. a de la Ley ) ExcepcionalmenteExcepcionalmente se acoge la Teoría del Flujo de Riqueza (Art. 1º inc. a), art. 2º inc. a) y b) así como el art. 3º) y la Teoría del Incremento Patrimonial mas consumo (art. 2º inc. c)
  • 36. Rentas por Explotación de una Fuente BASE LEGAL: Inc. a) de primer y segundo párrafo Art. 1 LIR FUENTE Capital Trabajo Aplicación conjunta de ambos factores Regalías Enajenación de terrenos urbanos o lotizados e inmuebles Resultados de la venta, cambio o disposición habitual de bienes FIORELLA SAMHAN
  • 37. EXONERACIONES E INAFECTACIONES  CONCEPTOS INAFECTACIÓN:  SUJETOS  INGRESOS EXONERACIÓN  FIORELLA SAMHAN
  • 38. Ámbito de aplicación del impuesto HIPÓTESIS DE INCIDENCIA TRIBUTARIA EXONERACIÓN INAFECTACIÓN INFECTACIONES YINFECTACIONES Y EXONERACIONESEXONERACIONES  FIORELLA SAMHAN
  • 39. INAFECTACIÓN Situación jurídica por la que determinados sujetos u operaciones se encuentran fuera de la hipótesis de incidencia tributaria EXONERACIÓN Situación jurídica por la que se libera de la obligación de pagar el tributo, pese a que se realiza el hecho generador de la obligación tributaria  FIORELLA SAMHAN INFECTACIONES YINFECTACIONES Y EXONERACIONESEXONERACIONES
  • 40. DE SUJETOS (SUBJETIVA) - Sector público nacional - Fundaciones - Entidades de auxilio mutuo - Comunidades campesinas y nativas. DE INGRESOS (OBJETIVA) - Indemnizaciones laborales - Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad - CTS, rentas vitalicias y pensiones que se originen en el trabajo personal - Subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia. INAFECTACIONES (Art. 18 LIR)INAFECTACIONES (Art. 18 LIR)  FIORELLA SAMHAN
  • 41. • Las exoneraciones se confieren expresamente y se encuentran taxativamente señaladas en la LIR • Son de carácter temporal • Actualmente las exoneraciones contempladas rigen hasta el 31.12.2013 • Eximen del cumplimiento de la obligación sustancial: pago • Debe cumplirse con las obligaciones formales EXONERACIONES (Art. 19 LIR)EXONERACIONES (Art. 19 LIR)  FIORELLA SAMHAN
  • 42. SEGÚN LA LEGISLACIÓN PERUANA  CRITERIOS DE VINCULACIÓN APLICABLES:  FIORELLA SAMHAN  CRITERIOS SUBJETIVOS  CRITERIOS OBJETIVOS
  • 43. CRITERIOS DE VINCULACIÓN SUBJETIVO PERSONA NATURAL DOMICILIO NACIONALIDAD PERSONA JURÍDICA OBJETIVO RESIDENCIA CIUDADANIA LUGAR DE CONSTITUCIÓN SEDE DE DIRECCIÓN EFECTIVA UBICACIÓN TERRITORIAL DE LA FUENTE BASE JURISDICCIONAL  FIORELLA SAMHAN
  • 44. CRITERIOS PARA DETERMINAR EL DOMICILIO  DOMICILIADO:  FIORELLA SAMHAN • Peruanos con domicilio en el país. • Extranjeros que permanezcan en el país mas de 183 días calendario durante un periodo cualquiera de 12 meses. • Funcionarios públicos en el extranjero siempre que sean designados por el Sector Público Nacional y hayan sido domiciliados antes de asumir el cargo. • Las personas jurídicas constituidas en el país. • Sucesiones Indivisas, se extiende la condición del causante.
  • 45. CRITERIOS PARA DETERMINAR EL DOMICILIO  NO DOMICILIADO:  FIORELLA SAMHAN • Personas naturales que permanezcan fuera del país 183 días o más en forma continua. • Personas naturales que salen del país con contrato de trabajo mayor a un año o visa de residente en otro país. (pierden automáticamente la condición de domiciliado). • Las personas naturales no domiciliadas podrán ser consideradas domiciliadas si permanecen 6 meses y estén inscritos en el RUC. • La condición de domiciliado o no se considera al 01 de enero de cada año.
  • 46.  DERECHO TRIBUTARIO II  IMPUESTO A LA RENTA  UNIVERSIDAD PARTICULAR DE SAN MARTIN DE PORRES • FIORELLA SAMHAN

Hinweis der Redaktion

  1. Año 2011 Valor de la UITS/ 3600 Año 2010 Valor de la UITS/ 3600 Año 2009 Valor de la UITS/ 3550 Año 2008 Valor de la UITS/ 3500 Año 2007 Valor de la UIT S/ 3450 Año 2006 Valor de la UIT S/ 3400 Año 2005 Valor de la UIT S/ 3300
  2. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORÍFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritores, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  3. Renta Producto: Renta es el producto periódico que proviene de una fuente productora durable en estado de explotación. Ej: En una fábrica de prendas de vestir, el producto de la venta de vestidos. Considerar: Producto: riqueza nueva y distinta de la fuente Periódica: fuente capaz de repetir producción de riqueza Fuente durable: sobrevivir a la creación de la riqueza Explotación: fuente debe haber sido habilitada para ello
  4. Flujo de Riqueza: Renta es el flujo de riqueza que proviene de relaciones con terceros (no necesariamente de fuente durable y periódica). Ejemplo: La venta de la maquinaria de producción de la fábrica de vestidos. Considerar: Renta no se limita a provenir de una fuente durable o periódica Ganancias por realización de bienes de capital Ingresos por actividades accidentales Ingresos eventuales y a título gratuito
  5. LAS INDEMNIZACIONES PUEDEN PROVENIR DE SEGUROS, CONTRATOS E INCLUSIVE SENTENCIAS. LOS INTERESES MORATORIOS SON LUCRO CESANTE. NO SE ENCUENTRAN GRAVADAS AQUELLAS INDEMNIZACIONES QUE IMPLIQUEN LA REPARACIÓN DE UN DAÑO, TALES COMO : LAS OBTENIDAS POR DAÑO A LA REPUTACIÓN PERSONAL, ARTÍSTICA, ETC. AQUELLAS QUE REPARAN EL DAÑO SUFRIDO EN UN BIEN, AUNQUE SE TRATEN DE BIENES CUYA ENAJENACIÓN HABRIA ORIGINADO UN INGRESO COMPUTABLE. 3. LAS INDEMNIZACIONES LABORALES COMO LAS. a. Indemnización por despido injustificado. b. La tercera remuneración vacacional por falta del goce del descanso. c. El pago por retención indebida de la CTS. LAS QUE SE ORIGINAN POR CAUSA DE MUERTE O INCAPACIDAD PRODUCIDA POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD.
  6. Consumo más incremento patrimonial: Se busca gravar el total de enriquecimientos que percibe una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su origen o duración. Renta = consumo + cambios en el valor del patrimonio, en un periodo. Renta = (Patrimonio ejercicio 2 – Patrimonio ejercicio 1) + consumos del ejercicio Considerar: Variaciones patrimoniales Consumos de bienes y servicios
  7. Consumo más incremento patrimonial: Se busca gravar el total de enriquecimientos que percibe una persona a lo largo de un período, cualquiera sea su origen o duración. Renta = consumo + cambios en el valor del patrimonio, en un periodo. Renta = (Patrimonio ejercicio 2 – Patrimonio ejercicio 1) + consumos del ejercicio Considerar: Variaciones patrimoniales Consumos de bienes y servicios
  8. Criterio Subjetivo: Domicilio Los domiciliados tributan por los ingresos que provengan de cualquier parte del mundo – RENTA MUNDIAL Criterio Objetivo: Ubicación de la Fuente Los no domiciliados tributan por los ingresos que provengan de su renta de fuente peruana. (Arts 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11º,12º de la Ley )
  9. Art. 7º de la Ley del Impuesto a la Renta Los peruanos que hubieren perdido su condición de domiciliados la recobrarán en cuanto retornen al país 183 días calendario o menos dentro de un periodo cualquiera de 12 meses. Art. 8º de la Ley del Impuesto a la Renta: Las personas naturales se considerarán domiciliadas o no al principio de cada ejercicio. Los cambios surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente.