Desde el enfoque sanitario de la clasificación de las enfermedades, la transexualidad es considerada un trastorno mental en la medida en que produce un sufrimiento significativo y una desventaja adaptativa importante. El umbral clínico se traspasa cuando la persona experimenta preocupación, incertidumbre por su identidad de género, llegando en ocasiones a ser esta experiencia tan intensa que se convierte en el aspecto central de la vida, lo cual obstaculiza el logro de una identidad de género libre de conflictos y en algunos casos, impide la normalización de la vida misma. Con esta sesión pretendemos un acercamiento a la realidad transgénero dentro del marco sociosanitario y remarcar la necesidad de despatologización de la condición.
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS
SEXO BIOLÓGICO
• Conjunto de informaciones
cromosómicas, órganos
genitales, capacidades
reproductivas y características
fisiológicas secundarias que
pueden combinarse de
diferentes formas dando lugar a
una gran diversidad de
configuraciones de las
características corporales.
IDENTIDAD SEXUAL
• Sexo psicológico subconsciente
sentido como propio por cada
persona y que le autodefine
como hombre o mujer (en
ocasiones como las dos cosas o
como ninguna).
TRANSEXUALIDAD
• Diferencia entre el sexo
asignado a la persona por otras
al nacer, en atención a la
combinación estadísticamente
más frecuente entre identidad y
anatomía genital, y la identidad
sexual y/o de género que la
persona siente y manifiesta. No
conlleva asociado ningún
itinerario preestableecido (ni
médico ni social).
3. GLOSARIO DE TÉRMINOS
MUJER CISEXUAL
• Mujer a quien al nacer se le asignó el
sexo “mujer” y se acertó con su
identidad.
MUJER TRANSEXUAL
• Mujer a quien al nacer, se le asignó el
sexo «hombre» y no se acertó con si
identidad.
HOMBRE CISEXUAL
• Hombre a quien, al nacer, se le
asignó el sexo «hombre» y se acertó
con su identidad.
HOMBRE TRANSEXUAL
Hombre a quien al nacer se le asignó el
sexo “mujer” y no se acertó con su
identidad.
4. INTERSEXUALIDAD
• Persona con una anatomía reproductiva o sexual que no
parece encajar en las definiciones típicas de masculino y
femenino (no tiene nada que ver con la identidad
sexual sino con la morfología o el fenotipo)
PERSONA NO BINARIA
• Aquella cuya identidad sexual y/o de género no se
ajusta a lo que culturalmente entendido como
hombre o mujer.
Q-QUEER
• Personas que no quieren clasificarse bajo etiquetas
tradicionales por su orientación e identidad sexual. Lo
queer deconstruye la sexualidad normativa y
traspasa lo socialmente aceptado.
TRANS
• Toda aquella cuya identidad sexual no coincide con la asignada al
nacer. Ampara múltiples formas de expresión de la identidad de
género o categorías como personas transexuales, transgénero,
travestis, variantes de género, queer o personas de género
diferenciado, así como a quienes definen su género como «otro» o
describen su identidad en sus propias palabras.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
5. GÉNERO
El conjunto de características adoptadas, social y
culturalmente, como expresión y
manifestación de la identidad sexual de las
personas.
EXPRESIÓN DE GÉNERO
• Rol social que adoptamos como manifestación
o expresión correspondiente a nuestra
identidad sexual.
TRANSGÉNERO
• Término global que define a personas cuya
identidad de género, expresión de género o
conducta no se ajusta a aquella generalmente
asociada con el sexo que se les asignó al nacer.
DISFORIA DE GÉNERO
• Término utilizado en las clasificaciones
internacionales de enfermedades. No es
sinónimo de transexualidad.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
6. MARCO LEGAL: INTERNACIONAL
• AÑO 2006.
• 29 ESPECIALISTAS DE 25 PAÍSES.
• 29 PRINCIPIOS.
• Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos
Humanos en Relación con la Orientación Sexual y la
Identidad de Género.
• Los seres humanos de todas las orientaciones sexuales e
identidades de género tienen derecho al pleno disfrute
de todos los derechos humanos.
7. MARCO LEGAL: ESPAÑA
• ADMITIDA EN AÑO 2017.
• TODAVÍA ESTÁ SIN DEBATIR,
DISCUTIR NI TERMINAR.
8. MARCO LEGAL: REGISTRO CIVIL
Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la
rectificación registral de la
mención relativa al sexo de las personas
Ser mayor de edad: > 18 años.
Haber sido “diagnosticado” con disforia de
género y haber sido tratado mínimo dos
años para acomodar las características
físicas a las correspondientes al sexo
reclamado.
Ser nacional español.
Instrucción de 23 de octubre de
2018, de la dirección general de
Registros y del Notariado, sobre
cambio de nombre en el Registro
Civil de las personas transexuales
Permite a menores y
migrantes cambiar el
nombre registral.
No permite cambiar
la mención relativa al
sexo.
Sentencia el 18 de
julio de 2019 del
Tribunal Supremo
Permite cambiar la
mención relativa al
sexo.
En situación estable de
transexualidad.
Con suficiente
madurez: >12 años
9. MARCO LEGAL: ARAGÓN
Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral
contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión
e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de
Género e Igualdad Social y no Discriminación de la
Comunidad Autónoma de Aragón
ÁMBITO GENERAL:
• Derecho al libre desarrollo de su
personalidad acorde a la identidad o
expresión de género libremente manifestada.
• NO será requisito acreditar la identidad de
género (informes médicos, tratamientos…)
ÁMBITO SANITARIO:
• Derecho al más alto nivel de disfrute
de la salud física y mental, incluida la
salud sexual y reproductiva, sin
discriminación por razón de
expresión o identidad de género.
• Atención sanitaria segura y de
calidad.
• Incorporará servicios y programas
específicos.
ÁMBITO EDUCATIVO:
• Protección adecuada a todas las
personas trans de la comunidad
educativa.
• El personal del centro debe
dirigirse al alumno/a por el
nombre elegido.
• Derecho a uso vestuarios y aseos
acordes a su sexo sentido
• Derecho a la libre elección de
indumentaria.
10. ÁMBITO SANITARIO EN ARAGÓN
Instrucción de la Dirección General de Asistencia Sanitaria sobre la atención sanitaria a personas
Transexuales en los centros sanitarios públicos del sistema de Salud de Aragón
El acceso de las personas al sistema sanitario debe poder llevarse a cabo de acuerdo con el nombre del género con el
que se identifican (género sentido).
ATENCIÓN
PRIMARIA
SERVICIOS DE
REFERENCIA
INTERVENCIÓN
QUIRÚGICA
• Derivar directamente a servicios
de referencia.
• La derivación se realizará como
interconsulta.
• ENDOCRINOLOGÍA: Sector II y III.
Responsable de coordinar el resto de
actuaciones.
• SALUD MENTAL:
✓ Adultos: sector III
✓ Menores: sector I y III
• UROLOGÍA, GINECOLOGÍA Y
CIR.PLÁSTICA: si es necesario.
• Financiada por el
Sistema de Salud.
• NO requiere
diagnóstico
psicológico o tto.
hormonal previo.
11. ÁMBITO SANITARIO EN ARAGÓN:MENORES
TRATAMIENTO
HORMONAL
INTERVENCIÓN
QUIRÚRGICA
• CONSENTIMIENTO POR REPRESENTANTE LEGAL:
✓ Personas incapacitadas legalmente.
✓ < 12 años.
✓ 12-15 años, pero atendiendo a su opinión.
• CONSENTIMIENTO POR EL MENOR:
✓ Emancipado o 14-15 años: se le considera
capaz, basta con su consentimiento
completado con la asistencia de sus tutores
legales.
✓ >16 años.
Podrá realizarse a
personas menores o
incapacitadas
legalmente previa
AUTORIZACIÓN
JUDICIAL.
12. ATENCIÓN PRIMARIA
• El personal de atención primaria debe tener un
papel fundamental en la coordinación y
continuidad de la asistencia a la persona trans,
por lo que será preciso que cuente con los
conocimientos y habilidades adecuados para
aportar a toda persona que lo solicite.
• Es fundamental la formación y puesta al día de
todos los profesionales en el campo de la
diversidad sexual.
13. PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA
• La identidad sólo puede ser reconocida
y expresada por la propia persona
cuando se logra un determinado
desarrollo psico-cognitivo, momento
que variara de forma individualizada.
• A partir de los 2-3 años, con la
adquisición del lenguaje un/una
menor comienza a referirse a sí mismo
como un niño o como una niña.
Debemos dejar que se exprese sin
condicionamientos externos.
14. PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA
SÍNTOMA CORE
• Sentimiento de pertenencia a un sexo que no
se corresponde con el que le fue asignado al
nacer en base a sus genitales externos.
• Lo importante no es decidir de forma
inminente “qué sexo tiene “, sino escucharle,
respetarle y hacer que se sienta aceptado y
querido y así permitir el libre desarrollo de
una personalidad plena, evitando sentimientos
de rechazo, ansiedad o aislamiento
COMPORTAMIENTOS DE
GÉNERO NO NORMATIVOS
• Comportamientos que se
asocian culturalmente a ser
niño o niña, hombre o mujer.
• La actitud recomendada será
la de observar.
15. PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA
Se refiere claramente
como un niño o niña
(discrepante del sexo
asignado)
Pide a los demás que
se dirijan a él/ella de
esa forma
Tiene pensado un
nombre
correspondiente al
sexo sentido.
Malestar con sus
genitales
Malestar, ansiedad,
tristeza y depresión
(sobre todo al inicio
de la pubertad)
CARACTERÍSTICAS
16. PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA
DERIVAR A UIG SI…
NIÑOS PRE Y PUBERALES
con deseo de valoración
especializada.
Padres que muestren
incomprensión, rechazo o
malestar.
EN LA MAYORÍA DE ADOLESCENTES
PERSISTE LA TRANSEXUALIDAD EN
EDAD ADULTA.
17. PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA
RECOMENDACIONES
ANTES DE LA
PUBERTAD
• Atención fundamental en Atención
Primaria.
• Informar al endocrino infantil de UIG,
para ir planificando con tiempo futuras
intervenciones.
• Dirigirse al menor por su identidad
sentida.
• Informar de los recursos disponibles.
• Comunicación bidireccional con la
escuela.
18. MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA
RECOMENDACIONES
EN ADOLESCENCIA
14 – 21
años
• ESCUCHAR sin juzgar, ni patologizar y
respetando su intimidad.
• Se derivará a UIG, manteniendo
interrelación.
• Comunicación con CSM si dudas o
patología comórbida.
19. UNIDADES DE IDENDIDAD DE
GÉNERO
Unidades
sanitarias que
atienden a las
personas en
situación de
transexualidad.
FUNCIONES ➢Identificar o verificar la condición
de transexualidad
➢Soporte psico-emocional.
➢Tratamiento integral.
20. UNIDADES DE IDENDIDAD DE
GÉNERO
SOLO
APLICABLE
A ADULTOS
NO TODAS
LAS
PERSONAS
PASAN POR
TODAS LAS
FASES
21. TRATAMIENTO HORMONAL:
CRITERIOS EN ADULTOS
CONDICIÓN
TRANSEXUALIDAD
NO “TEST DE LA VIDA
REAL”
INFORMACIÓN
TRATAMIENTO
NO
CONTRAINDICACIÓN
TRATAMIENTO
ADULTOS
CONTRAINDICADO
23. TRATAMIENTO HORMONAL:
CRITERIOS EN MENORES
CRITERIOS
ELIGIBILIDAD
SIMILARES ADULTO
ANTES DE PUBERTAD
CONTRAINDICADO
VALORACIÓN
PSICOPATOLÓGICA
BUEN APOYO
SOCIAL
MENORES
IMPRESCINDIBLE
ATENCIÓN EN
PRIMARIA
25. TRATAMIENTO HORMONAL:
OBJETIVOS EN MENORES
➢Frenar el desarrollo
puberal en el sexo
asignado.
➢Inducir el desarrollo
de caracteres
sexuales
secundarios en el
sexo sentido .
Análogos de GnRH
Triptorelina
Hormonas sexuales:
• Testosterona
• Estrógenos
1ªFASE
2ª FASE
Fase 2 de Tanner
Control c/ 4-6 meses
REVERSIBLE
Inicio 16 años
INDIVIDUALIZAR
30. TRÁNSITO SOCIAL O EXPERIENCIA
DE LA VIDA REAL
¿CUÁNDO?
LO DEBE DECIDIR LA
PERSONA INTERESADA
TEST DE
LA VIDA
REAL
31. ÁMBITO EDUCATIVO EN ARAGÓN
Resolución de 20 de octubre de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y
Participación, por el que se facilitan orientaciones para la actuación con el alumnado
transexual en los centros públicos y privados concertados
• Facilitar orientaciones.
• Proponer actuaciones.
OBJETIVOS
32. COMUNICACIÓN Y VALORACIÓN
Si lo
comunica la
familia
Valoración
del Centro
Información
a personal.
Si lo detecta el
Centro
Reunión con la
familia
Mismo
procedimiento
33. ACOMPAÑAMIENTO DEL MENOR Y
TOMA DE DECISIONES
▪ Derecho a la intimidad.
▪ Información de la toma de decisiones
▪ Asignación de una persona de
referencia.
▪ Medidas con las que se sienta
cómodo/a.
34. MEDIDAS EDUCATIVAS
Y ORGANIZATIVAS
▪ Nombre del género sentido, aunque no
este rectificado en el registro.
▪ Respeto imagen física
▪ Libre elección indumentaria
▪ Acceso a aseos y vestuarios de género
sentido.
35. ACTUACIONES
▪ Difusión de esta resolución.
▪ Información, formación y
sensibilización a toda la comunidad
educativa.
▪ Recopilación de materiales de
formación.
▪ Medidas necesarias para prevenir
discriminación o violencia.
▪ Notificación a la autoridad si indicios de
maltrato en entorno familiar.
37. TIPOS DE INTERVENCIONES
• Incluidas dentro de programas de
educación sexual o promoción de la salud.
• En intervenciones únicas.
• Incluido como tema transversal en el
currículo de otras asignaturas.
• Como sección de un programa de
coeducación e igualdad.
• En la programación de la asignatura de
educación para la ciudadanía.