8. Solicitud de devolución de pago de loindebido.¿Cómo se hace la devolución? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. La devolución se hace en las siguientes formas:
9. Bibliografía Depósito en su cuenta bancaria Las autoridades le deben devolver los saldos a favor o pagos realizados indebidamente, actualizados por inflación desde el mes en que realizó estos últimos o presentó la declaración con el saldo a favor, según se trate, hasta el mes en que la devolución se ponga a su disposición. La devolución se debe efectuar mediante depósito en su cuenta bancaria, para lo cual es necesario el número de cuenta Clabe (clave bancaria estandarizada) para transferencia electrónica, a 18 dígitos, en su solicitud de devolución o en la declaración de la cual provenga el saldo a favor. En este caso, los estados de cuenta que expidan los bancos serán considerados como comprobantes de la devolución. ¿Qué cantidad le deben devolver? Cuando la devolución no se efectúe dentro del plazo que corresponda, o cuando se niegue y posteriormente sea concedida porque el contribuyente utilizó algún medio de defensa, la autoridad debe pagarle intereses que se calcularán sobre el monto del saldo a favor actualizado. Cheque nominativo Las personas físicas que en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos inferiores a 150,000 pesos podrán optar por que la devolución se les haga mediante cheque nominativo. Certificados especiales a nombre del contribuyente o de terceros Si desea que la devolución se efectúe mediante certificados especiales, debe solicitarlo expresamente con escrito libre que se anexará a la forma fiscal 32: Solicitud de devolución. Dichos certificados se podrán utilizar para cubrir cualquier contribución que se pague mediante declaración, ya sea a su cargo o como retenedor, o bien se podrá solicitar su monetización.