2. QUE ES
Es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos de renta y
complementarios, por el cual una persona (retenedor) deduce a otra (retenido) un
porcentaje determinado del valor por pagar al contado o a crédito, en compras y
servicios, con el fin de consignarlo en un banco autorizado.
3. SUJETO PASIVO DE LA RETENCION EN LA FUENTE
es la persona natural o jurídica a la que se le debe practicar retención.
Es aquella persona sobre la que recae la obligación de pagar un
impuesto, y en razón a ello es retenida en la fuente de la generación del
ingreso sujeto a dicho impuesto.
4. Casos en que no se realiza retención en la fuente
Cuando el valor de la compra o el servicio no supere la base mínima para aplicar
retención.
Cuando el sujeto pasivo (quien vende el producto o presta el servicio) es une
empresa perteneciente al Régimen especial en el Impuesto a la renta.
Cuando el pago se hace un persona o empresa que no es contribuyente en el
impuesto a la renta.
5. Agente retenedor
Es la persona que realiza el pago o
abono en cuenta y a quien la ley
expresamente le ha otorgado tal calidad
6. Pago o abono en cuenta
Determina el momento en que se
entendió causada la retención en la
fuente, según los conceptos y las tarifas.
7. Como operan los impuestos
por periodos que pueden ser mensuales, bimestral, anuales, etc., lo que significa
que el estado para poder cobrar o recaudar un impuesto debe esperar a que
transcurra el periodo del impuesto.
8. Contabilización de la retención en la fuente
El valor que le retienen por sus ventas lo debe contabilizar mediante un
registro débito en la cuenta”1355 Anticipo de impuestos y contribuciones o
saldos a favor”.
La entidad que recibirá el pago por la venta es a quien se le retiene, pues
la retención para el vendedor equivale a un pago anticipado del
impuesto de renta.
9. Auto retenedores
Se presenta cuando la persona que compra no debe retenerle a quien vende, dado
que el vendedor está autorizado por la DIAN, para practicarse la auto retención sobre el
valor de la venta.
Quien pretenda ser auto retenedor, deberá presentar una solicitud a la DIAN para que
mediante resolución se le autorice escribir en el membrete de sus facturas el sello que lo
distingue como auto retenedor, además ciertas entidades son auto retenedoras por
resolución de la DIAN, como es el caso de todas las entidades del sector financiero.