Pleno municipal de Las Rozas, día 1 de julio de 2011
1. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO
DE LAS ROZAS DE MADRID, CELEBRADA EL DÍA 1 DE JULIO DE 2011.
ASISTENTES:
Sr. Alcalde-Presidente: D. José Ignacio Fernández Rubio.
Sres. Concejales: D. Ángel Francisco Alonso Bernal
D. Fco. Javier Espadas López-Terradas
D.ª Mercedes Piera Rojo
Dª Mª Jesús Villamediana Díez
D. Juan Blasco Martínez
D. José Luis Álvarez de Francisco
D.ª M.ª Cristina Sopeña de la Torre
D.ª Paula Gómez-Angulo Amoros
D.ª Blanca María Laso Sanz
D. Antonio Garde Fernández-Fontecha
D. Ricardo Riquelme Sánchez de la Viña
D.ª Natalia Rey Riveiro
D. Pablo Vives Peñaranda
D.ª Ana Dávila-Ponce de León Municio
D.ª Mª Luisa del Olmo Rico
D. Miguel Angel Ferrero Andrés
D.ª M.ª Lucía Inmaculada Casares Díaz
D. Enrique Echegoyen Vera
D. Ángel Álvarez Recio
D. Cristiano Brown Sansevero
D. Tomás Aparicio Ordoñez
D. Antonio Bretón Grundel
D. Jaime Rodrígues Marcos
D.ª Cristina González Perez
Sr. Secretario General: D. José Manuel Barroso Rodríguez.
Sr. Interventor General: D. Fernando Álvarez Rodríguez
En el Salón de Actos de la Casa Consistorial de la Villa de Las Rozas de
Madrid, siendo las 10,05 horas, del día 1 de julio de 2011, se reúnen, los Sres.
relacionados anteriormente, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente y, asistidos
por el Secretario General y por el Sr. Interventor, al objeto de celebrar la sesión
extraordinaria para la que habían sido oportunamente convocados.
Asiste la totalidad de los miembros corporativos que integran este
Ayuntamiento, y por lo tanto, se comprueba que se da el quórum exigido en el art. 90
del RD 2.568/86. El Sr. Presidente declara abierta la sesión, y comienza el desarrollo
de los asuntos comprendidos en el
ORDEN DEL DÍA
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2. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
1º.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL
DIA 11 DE JUNIO DE 2011.
La Alcaldía solicita se incorpore algo que por error se omitió, y es que en el
momento de finalizar la sesión, por parte del Interventor General, con la firma del
Tesorero y del anterior Alcalde, se hizo entrega del acta de arqueo y del Inventario de
Bienes.
La Corporación Plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó
aprobar el acta de la sesión celebrada el día 11 de junio de 2011, con la anterior
rectificación.
2º.- PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DEL PLENO.
El Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal, presenta este punto
diciendo que la propuesta del equipo de gobierno es celebrar los plenos ordinarios los
últimos miércoles de cada mes, a las 10 h, a excepción del mes de agosto.
En este ámbito decir que el equipo de gobierno ha asumido dos compromisos
con el resto de grupos de la oposición y que hoy también queremos asumir con los
ciudadanos de Las Rozas, pues responden a nuestro firme compromiso, por la
cercanía y la transparencia que son dos pilares fundamentales de nuestro programa
de gobierno:
El primer compromiso es presentar en el menor tiempo posible y con el mayor
de los consensos un reglamento de organización y funcionamiento de los órganos
municipales.
El segundo compromiso es desarrollar las herramientas tecnológicas
necesarias para que los plenos puedan ser retransmitidos en directo por Internet.
En ambas actuaciones nos pondremos a trabajar desde hoy con la mayor
celeridad posible para que estén operativos en cuanto sea posible.
El Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, interviene para decir que
ya en el pleno de constitución este grupo puso en evidencia la propuesta de la
participación ciudadana a través de los medios digitales, y por supuesto nos
congratulamos que el equipo de gobierno lo acepte, porque creemos que es algo
necesario para que todos los ciudadanos puedan ver y escuchar sus propuestas, y se
pueda tener una mayor presencia y transparencia de este Ayuntamiento.
También nos gustaría que los plenos, tal y como ya expresamos en su
momento, se celebraran por la tarde, al objeto de permitir la mayor presencia de los
vecinos y que fuera compatible con su jornada laboral.
Por último, entendemos que para incrementar la participación ciudadana los
vecinos podrían participar en el pleno municipal de alguna manera. Recientemente el
parlamento andaluz se ha adelantado, permitiendo que los propios ciudadanos
defiendan sus posiciones desde el mismo escaño. La legislación local ya era bastante
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -2-
3. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
adelantada y esto lo tuvo en cuenta en su momento, y por ello planteamos la
propuesta
El Portavoz del Grupo de UPyD, Sr. Brown Sansevero, agradece en primer
lugar la cordialidad de todos los grupos políticos y del Sr. Alcalde durante estos días,
donde hemos tenido diversas conversaciones.
Respecto a la periodicidad de los plenos, al igual que otros grupos políticos,
consideramos que hay que fomentar la participación ciudadana y proponemos,
igualmente, que se puedan celebrar por las tardes. No obstante, consideramos que
dado el tipo de vida que se lleva en Las Rozas y la sociedad en la que estamos, es
mucho más importante la retransmisión y grabación de los plenos y parece ser que
hay buena voluntad de hacerlo, y eso nos alegra.
En este tema de fomentar la participación ciudadana, le hemos transmitido al
Sr. Alcalde una propuesta para poder permitir la consulta ciudadana en los plenos,
previa presentación de la consulta por registro de entrada. Entendemos que en otras
ocasiones se haya podido utilizar este tipo de consulta como arma de la oposición
contra el equipo de gobierno, y esta no es nuestra intención, y por ello, proponemos
que la consulta se presente por registro de entrada y posteriormente se analice para
ser incluida en el orden del día, pues no tendría sentido que los ciudadanos viniesen a
defender algo que la oposición ya hubiese defendido en el pleno. Debemos fomentar
la participación ciudadana en la política y para UPyD este tipo de actuaciones es muy
favorable.
Por tanto, si el equipo de gobierno se compromete a la retransmisión de los
plenos como ya ha dicho y a estudiar este mecanismo de participación ciudadana para
la elaboración de este reglamento orgánico, votaremos a favor.
El Portavoz de IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues Marcos, anuncia que no puede
votar a favor de la periodicidad de los plenos porque no facilita la participación de los
vecinos de Las Rozas. Sí estamos de acuerdo con la periodicidad mensual y el día de
celebración de los plenos, el último miércoles de cada mes por aquello de la
costumbre y que la costumbre es una de las fuentes del Derecho, pero no estamos a
favor de la hora de celebración, ya que no favorece, ni permite la participación
ciudadana, que es algo que es muy importante y valorado por los vecinos, y éstos a su
vez demandan una información no mediada por los grupos políticos que estamos aquí
presentes, sino que quieren información de primera mano.
También nos gustaría que en los plenos ordinarios se abriera la posibilidad de
que la ciudadanía tuviera la oportunidad, una vez finalizado el pleno, de presentar un
capítulo de Ruegos y preguntas. Es una demanda que llevan mucho tiempo esperando
los vecinos y creemos que es una mera cuestión de calidad democrática, de
transparencia y de coherencia con nuestro programa político.
Cierra el turno de intervenciones la Alcaldía-Presidencia fijando lo que va a
ser objeto de votación, y entiende que por parte del Grupo Socialista se pide que se
celebren los plenos por la tarde y que pueda haber Ruegos y preguntas por parte del
público, al igual que Izquierda Unida. La propuesta es que esto se pueda trasladar, al
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4. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
igual que la propuesta de UPyD, a la negociación del reglamento orgánico, eso es lo
que hemos trasladado en las reuniones previas y así lo mantenemos. Sin embargo, en
cuanto a la celebración del pleno en horario de tarde, el acuerdo al que entiendo
hemos alcanzado con todos los grupos es que se van a grabar y emitir en directo, y
esto sustituye el hecho de que no se celebren por la tarde.
Se somete a votación la propuesta presentada con los compromisos citados
por el Portavoz del Grupo Popular.
Dada cuenta de la propuesta formulada por la Alcaldía-Presidencia, relativa a la
periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias, y en cumplimiento del art. 38.a) del
ROFRJEL, el Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó:
1º.- Celebrar los plenos ordinarios con carácter mensual, los últimos miércoles
de cada mes, a las 10 horas, con excepción del mes de agosto. En el supuesto de que
dicho día sea inhábil, se celebrará el día siguiente hábil.
2º.- Asumir los siguientes compromisos: a) presentar en el menor tiempo
posible y con el mayor de los consensos un Reglamento de Organización y
Funcionamiento de los órganos municipales; y b) desarrollar las herramientas
tecnológicas necesarias para que los plenos puedan ser retransmitidos en directo por
Internet.
3º.- CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS
PERMANENTES.
El Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal, presenta este asunto, y a
continuación toma la palabra el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés,
para anunciar su conformidad con la propuesta. Solamente dejar constancia lo que
manifestamos en relación con las comisiones paritarias. Entendemos que debe
estudiarse o buscar la fórmula para que haya una participación efectiva por parte de
los grupos de la oposición en estas comisiones, que sabemos es complicada, y por
ello, hemos pensado que podríamos asistir con voz pero sin voto. Estas comisiones
son de capital importancia porque en ellas se estudian las relaciones de los
trabajadores con el Ayuntamiento, algo que desde los grupos de la oposición somos
sensibles, y en especial en materia de Seguridad e Higiene y Formación.
Solicitamos, igualmente, que en el reglamento orgánico busquemos la fórmula
más acertada para que pueda participar la oposición en estas comisiones.
El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, interviene a continuación para
manifestar su acuerdo con la proporcionalidad, y lo único que habíamos propuesto era
la creación de una comisión especial, la de Sugerencias y Reclamaciones, que según
se dice en el Manual del Concejal, “La Comisión Especial de Sugerencias y
Reclamaciones es creada por el pleno para la defensa de los derechos de los vecinos
ante la administración municipal. Podrá ejercer las siguientes funciones según el art.
132.3 de la Ley 7/1985, “La citada Comisión podrá supervisar la actividad de la
Administración municipal, y deberá dar cuenta al Pleno, mediante un informe anual,
de las quejas presentadas y de las deficiencias observadas en el funcionamiento de
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5. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
los servicios municipales, con especificación de las sugerencias o recomendaciones
no admitidas por la Administración municipal. No obstante, también podrá realizar
informes extraordinarios cuando la gravedad o la urgencia de los hechos lo
aconsejen.”
Esta Comisión no ha sido aceptada, pues nos han dicho que existen otros
cauces para obtener dicha información. Reiteramos la importancia que supone para
nosotros el conocer las quejas y sugerencias de los ciudadanos, y preguntamos al Sr.
Alcalde a qué cauces se refieren y quién va a elaborar el informe anual de las quejas y
deficiencias encontradas por los ciudadanos, y por qué procedimiento o comisión
darán cuenta los concejales de distrito de los que luego hablaremos. Esperamos que
la tengan en cuenta en otro momento, no obstante, insistiremos en ello.
Seguidamente interviene el Portavoz del Grupo IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues
Marcos, para decir que por lo que respecta a las Comisiones y su composición
estamos de acuerdo y no hay mucho más que añadir, solo que la Comisión de
Vigilancia de la Contratación se pudiera convocar a petición de cualquiera de los
grupos municipales, para evitar la discrecionalidad de la voluntad de la presidencia en
su convocatoria.
En cuanto a la participación ciudadana, sí consideramos oportuno estudiar la
posibilidad de crear una Comisión de Participación Ciudadana que estaría compuesta
por las Concejalías de Distrito y los grupos municipales de la oposición. Esta comisión
facilitaría la transparencia y generaría un canal de participación ciudadana con el fin de
dar cauce a las demandas de los vecinos.
La Alcaldía-Presidencia concreta que, como ya se ha dicho, el equipo de
gobierno no se niega a debatir las propuestas presentadas, pero las traslada a la
negociación del reglamento orgánico.
En cuanto al tema de las comisiones paritarias, entendemos que la petición se
analizará, pero en este momento no es posible lo que se nos solicita, sin perjuicio de
que no vamos a cerrar ningún canal de comunicación con la oposición para
informarles de todo aquello que sea relevante en los temas de recursos humanos del
Ayuntamiento.
Respecto a la pregunta que plantea UPyD, la participación de los ciudadanos
se hace diariamente y permanentemente dado que los Concejales tienen como
obligación atender a los vecinos que así lo soliciten, y desde luego a esta Alcaldía le
llegan a diario todas las quejas. Si lo que quieren es tener un mecanismo de control de
esto, en el reglamento orgánico podremos hacerlo. La comisión que solicita es
obligatoria para grandes ciudades, y este municipio es una gran ciudad, pero no está
acogida al estatuto de Gran ciudad, y por lo tanto, no es obligatoria su existencia.
Sobre la intervención de IU, la comisión que solicita se estudiará en el debate
de reglamento orgánico. En cuanto a que la Comisión Especial de Vigilancia de la
Contratación pueda ser convocada, aparte de cuando la Presidencia lo estime
oportuno, a petición de cualquier otro miembro de la misma, no tenemos inconveniente
en aceptar la propuesta.
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6. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
En este momento lo que sometemos a votación es la propuesta que ha
señalado el Portavoz del Grupo Popular y que figura en la documentación del pleno.
Concluido el turno de intervenciones, la Alcaldía-Presidencia somete a votación
la propuesta:
Dada cuenta de la propuesta formulada por la Alcaldía-Presidencia relativa a la
creación y composición de las Comisiones Informativas Permanentes, en cumplimiento
de lo establecido en el art. 38.b) y 125 del ROFRJEL, el Ayuntamiento Pleno, en
votación ordinaria y por unanimidad, acordó
1º.- Crear las siguientes Comisiones Informativas Permanentes:
• Hacienda, RR.HH. y Especial de Cuentas.
• Servicios a la Ciudad que englobará las materias de Urbanismo, Medio
Ambiente, Vivienda, Infraestructuras, Transporte y Mantenimiento de la Ciudad.
• Servicios al Ciudadano que englobará las materias de Educación, Cultura,
Deportes, Juventud y Fiestas
• Seguridad Ciudadana y Bienestar Social que englobará las materias de
Seguridad, Sanidad, Servicios Sociales, Familia y Empleo
2º.- Las Comisiones Informativas tendrán la siguiente composición:
o 7 miembros del Grupo Popular
o 3 miembros del Grupo PSOE
o 2 miembros del Grupo UPyD
o 1 miembro del Grupo IU-Los Verdes
Las Comisiones Informativas tendrán periodicidad mensual y se reunirán la
semana anterior a la celebración del Pleno Ordinario.
3º.- Se mantienen las siguientes comisiones especiales:
o Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación: Compuesta por un
miembro de cada grupo político con voto ponderado. Se convocará cuando la
Presidencia de la Comisión considere que hay asuntos que tratar, o a petición
de cualquier otro miembro de la Comisión, dado que no tiene una periodicidad
establecida.
La Presidencia recaerá, por delegación de la Alcaldía, en un representante
de los Grupos Políticos PSOE, UPyD e IU-Los Verdes, alternándose conforme
a la siguiente distribución:
• Julio 2011 – Mayo 2012: IU-Los Verdes
• Junio 2012 – Octubre 2013: UPyD
• Noviembre 2013 – Julio 2015: PSOE
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7. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
o Comisión Paritaria: Integrada por 5 representantes del Equipo de Gobierno y
5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá por
delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos.
o Comisión de Formación: Integrada por 5 representantes del Equipo de
Gobierno y 5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá
por delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos.
o Comité de Seguridad e Higiene: Integrada por 5 representantes del Equipo
de Gobierno y 5 representantes de los trabajadores, y cuya presidencia recaerá
por delegación de la Alcaldía, en el Concejal de Recursos Humanos.
4º.- Se constituirá la Mesa de Contratación con la siguiente composición.
o 7 concejales del Grupo Municipal Popular
o 3 Concejales del Grupo PSOE
o 2 Concejales del Grupo UPyD
o 1 Concejal del Grupo IU-Los Verdes
o 4 funcionarios (Secretario General, Interventor General, Tesorero, Jefe
del Departamento de Contratación).
Más adelante se designan los miembros que formarán parte en las distintas
Comisiones informativas, o bien se presentan por escrito en la Secretaría General.
4º.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN
ÓRGANOS COLEGIADOS QUE SEAN DE LA COMPETENCIA DEL PLENO.
Inicia el turno de intervenciones el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero
Andrés, diciendo que consideran necesaria la presencia de los grupos de la oposición
en estos órganos, aunque sea con voz pero sin voto. Al menos creemos que es
absolutamente necesario que cada vez que se reúnan estos órganos exista un informe
detallado al Pleno siguiente expresando todo lo que haya acontecido.
El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, señala que poco hay que añadir
a lo manifestado por el Portavoz del Grupo Socialista. Entendemos que aunque el
Ayuntamiento ha tenido presencia en estos órganos no ha sabido responder a las
necesidades en algunos casos, y estaría bien que la oposición estuviera presente para
recoger esas propuestas.
El Portavoz del Grupo de IU-Los Verdes, Sr. Rodrígues Marcos, abunda en
los mismos términos de las anteriores intervenciones, es decir, que se reporte la
información tan rápido como sea posible para facilitar la transparencia.
La Alcaldía-Presidencia responde que no hay ningún inconveniente en que
por parte de los representantes del Ayuntamiento en estos órganos colegiados cuando
haya reunión informen en la siguiente Comisión informativa que se celebre, sin
perjuicio de que los grupos municipales puedan elevar al pleno la petición que
consideren oportuna. Entendemos que es más operativo.
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8. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
A continuación se somete a votación,
En cumplimiento de lo establecido en el art. 38.c) del ROFRJEL, las
Corporaciones Locales, dentro del plazo de los 30 días siguientes a la fecha de
Constitución de los Ayuntamientos, deberán adoptar acuerdo relativo a nombramiento
de representantes de la Corporación en órganos colegiados que sean de la
competencia del Pleno.
Vista la propuesta de la Alcaldía-Presidencia, el Ayuntamiento Pleno, en
votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida con 16 votos a favor de los Sres.
Concejales del Grupo Popular y 9 abstenciones correspondientes: 4 a los Sres.
Concejales del Grupo Socialista, 3 a los Sres. Concejales de UPyD y 2 a los Sres.
Concejales de IU-Los Verdes, acordó:
1º.- Nombrar como representantes del Ayuntamiento en las Entidades
Urbanísticas Colaboradoras de Conservación a:
Titular: Dª María Jesús Villamediana Díez
Suplente: D. Juan Blasco Martínez
2º.- Nombrar representante del Ayuntamiento en las Juntas de
Compensación a:
Titular: D. Juan Blasco Martínez
Suplente: Dª María Jesús Villamediana Díez
3º.- Nombrar representante del Ayuntamiento en el Consorcio Noroeste de
Televisión Digital a D. Angel Francisco Alonso Bernal.
Tras la asistencia de los Sres. Concejales a cualquiera de las reuniones
convocadas por estos órganos informarán en la Comisión Informativa correspondiente
en la primera sesión que celebre del contenido de dichas reuniones.
5º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DEL ALCALDE EN MATERIA DE
NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL, ASÍ COMO DE LAS DELEGACIONES DE LA ALCALDÍA.
Presenta este asunto el Portavoz del Grupo Popular, Sr. Alonso Bernal.
Inicia el turno de intervenciones el Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero
Andrés, diciendo que este punto es de competencia exclusiva del Sr. Alcalde, y por lo
tanto, solo dar nuestra opinión, sobre todo en el nombramiento de 8 tenientes de
alcalde para conformar la Junta de Gobierno, que entendemos que no es necesario
que sean todos tenientes de alcalde, porque representaría un ahorro considerable
para el Ayuntamiento.
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9. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, considera igualmente que el
nombramiento de ocho tenientes de alcalde es excesivo y se tratará en el siguiente
punto.
Resaltar únicamente la novedad de los concejales de distrito que, en principio,
no la vemos mal, pero nos gustará ver cómo funciona, cómo lo podemos fiscalizar
para beneficio de todos.
El Portavoz del Grupo de IU-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos, señala que
también les parece excesivo el número de tenientes de alcalde, en la anterior
legislatura eran siete, y sobre todo porque no favorece la austeridad de las arcas
municipales.
En principio estamos de acuerdo con la creación de los Concejales de distrito
por aquello de la cercanía a la ciudadanía, aunque no tenemos muy claro su encaje
teniendo en cuenta que no existe una parcelación del territorio de nuestro municipio en
ese número de distrito, y hay que ver cómo lo articula el equipo de gobierno.
Respecto a la delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local es la
casi totalidad de las competencias que les proporciona la Ley, y esto supone vaciar de
contenido los plenos municipales ya que les quitan los debates y propuestas que
puedan hacer los grupos de la oposición. El motivo de delegar estas competencias,
entendemos que no puede ser la operatividad del trabajo municipal, ya que desde IU-
Los Verdes apostamos no solo por la participación ciudadana y que los ciudadanos
tomen decisiones y se responsabilicen sobre cuestiones importantes y esenciales de
Las Rozas, sino que también apostamos por la transparencia y con la aprobación de
este punto esa transparencia se va a ver seriamente perjudicada.
La Alcaldía-Presidencia señala que la intervención del Portavoz de Izquierda
Unida se refiere más bien al punto 7º del Orden del Día, porque lejos de ir en contra de
la transparencia, la delegación de las competencias del Alcalde en la Junta de
Gobierno, lo que favorece es la transparencia, dado que todos los miembros de la
Corporación podrán tener acceso a las actas y, por tanto, a los acuerdos que se
adopten en el seno de la Junta de Gobierno Local, puesto que todas las competencias
que corresponden a la Alcaldía han sido delegadas a través del Decreto a que hace
referencia en la Junta de Gobierno, y es mi deseo que el Alcalde no tenga que tomar
decisiones individualmente, sino colegiadamente a través de la Junta de Gobierno, de
la que forman parte ocho tenientes de alcalde, cuya competencia es responsabilidad
de la Alcaldía, y tiene su justificación en que las materias que han sido objeto de
Tenencia de Alcaldía, especialmente el Deporte y la Educación que podrían haber sido
concejalías delegadas, para nosotros tienen especial relevancia y se la hemos dado
con esas Tenencias de Alcaldía.
En cumplimiento del art. 38.d) del ROFRJEL, se da cuenta de las Resoluciones
adoptadas por la Alcaldía, con fecha diecisiete de junio de dos mil once, en materia de
nombramientos de Tenientes de Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local, así
como de las delegaciones de la Alcaldía, y que son del tenor literal siguiente:
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10. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
“DECRETO
RESULTANDO que, con fecha 11 de junio de 2011, se constituyó la
Corporación Municipal, disponiendo esta Alcaldía de 30 días para la convocatoria de
Pleno de la Corporación, en la que se dé cuenta de las Resoluciones que en materia
de nombramiento de Tenientes de Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local y
Presidentes de las Comisiones Informativas Permanentes y Especiales, así como de
las delegaciones conferidas por esta Alcaldía.
CONSIDERANDO lo preceptuado en los arts. 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985 de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y arts. 38 y 11 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
HE RESUELTO:
1º.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los concejales siguientes:
• Primer teniente de Alcalde: Angel Francisco Alonso Bernal
• 2º Tte. Alcalde: Francisco Javier Espadas López-Terradas
• 3º Tte. Alcalde: Juan Blasco Martínez
• 4º Tte. Alcalde: Mª Jesús Villamediana Díez
• 5º Tte. Alcalde: Cristina Sopeña de la Torre
• 6º Tte. Alcalde: José Luis Álvarez de Francisco
• 7º Tte. Alcalde: Mercedes Piera Rojo
• 8º Tte. Alcalde: Antonio Garde Fernández-Fontecha
2º.- Crear la Junta de Gobierno Local, y nombrar miembros de la misma a los 8
tenientes de alcalde que aparecen relacionados en el apartado primero.
3º.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria con periodicidad
semanal los viernes a las 10 horas.
4º.- Se delega en la Junta de Gobierno Local las competencias atribuidas al
Alcalde en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local, salvo las que sean indelegables o bien hayan sido delegadas en los
Concejales según Decreto de Delegaciones de 17 de junio de 2011.
No obstante, el Alcalde podrá hacer uso en cualquier momento de las
competencias delegadas mediante resolución o decreto.”
“DECRETO
De conformidad con el art. 21.3 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen
Local, en relación con el art. 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, sobre delegación de atribuciones del Alcalde,
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -10-
11. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
HE RESUELTO
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican en los Concejales que a
continuación se relacionan, delegaciones que incluyen la facultad de resolver mediante
actos administrativos que afecten a terceros y la delegación de firma de los
documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de
la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal y de
las facultades de coordinación que mediante este Decreto se asignan, de acuerdo todo
ello con lo dispuesto en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Primero.- A D. Ángel Francisco Alonso Bernal se le delega el ámbito de los asuntos
referentes a Coordinación General del Gobierno y Administración Pública, y en
concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección y gestión en general de los asuntos correspondientes a Coordinación
General de las Áreas del Gobierno, Relaciones Institucionales y Políticas,
Relaciones Públicas y Protocolo, Funcionamiento de los Órganos Políticos,
Calidad General de los Servicios Municipales, Comunicación Política,
Relaciones con la Secretaría general y la Asesoría Jurídica.
− Apoyo general a la Alcaldía en el ejercicio de sus funciones.
− El dictado de instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos
que integran el Área de Gobierno y Administración Pública.
− Coordinación e impulso de la política general del Equipo de Gobierno tanto en
el ámbito interno del Ayuntamiento como en las relaciones de éste con otras
Administraciones.
− Coordinación de la actuación de las Áreas de Gobierno, a cuyo efecto
determinará los criterios básicos y dictará las instrucciones necesarias para la
gestión de los asuntos de competencia municipal.
− La coordinación de la actuación municipal en las sociedades mercantiles,
organismos autónomos y demás entidades, públicas o privadas, en las que
participe el Ayuntamiento.
− Seguimiento continúo de los objetivos fijados a cada Área de Gobierno, que
deberán facilitarle la información necesaria para el desarrollo de esta función.
− Seguimiento continúo de la ejecución del Programa de Gobierno.
− Mantener las relaciones del equipo de gobierno con el Pleno y asistir a su
Presidente en la fijación del orden del día de las sesiones.
− Determinación de criterios para la armonización del Procedimiento
Administrativo, los Reglamentos y las Ordenanzas Municipales.
− Coordinación y supervisión de la elaboración de las normas municipales.
− Coordinación y supervisión de la resolución de alegaciones que se pudiesen
presentar a normas, decretos, ordenanzas y demás acuerdos elevados a Pleno
por el Equipo de Gobierno.
− Supervisión, visado y seguimiento de los expedientes que vayan a resolverse
por la Junta de Gobierno, Pleno, comisión o cualquier otro Órgano Colegiado.
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -11-
12. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
− Supervisión y vigilancia del cumplimiento de los acuerdos municipales.
− Supervisión de los Convenios de Colaboración a suscribir entre el
Ayuntamiento y otras entidades públicas o privadas, con independencia de su
tramitación y gestión por el órgano competente.
− Supervisión de las subvenciones a solicitar a otras administraciones o
entidades públicas o privadas, así como de las subvenciones a conceder por
parte del Ayuntamiento de Las Rozas.
− Relaciones y coordinación con la Secretaría General en cuanto a las funciones
a ella legalmente atribuidas.
− Autorización de las circulares e instrucciones de servicio que afecten a toda la
organización municipal.
− Visado de las certificaciones expedidas en materia de actas y resoluciones.
− Inscripción en el Registro de Asociaciones.
− Autorización para acceso a los archivos a toda persona ajena a los Servicios
Municipales.
− Las resoluciones administrativas en relación con las materias de estadística y
Padrón de habitantes.
− Aprobar la asignación y cambio de denominación de centros y edificios
municipales
− Dirección e inspección de las concesiones administrativas de servicios.
− Coordinar y proponer las políticas municipales de comunicación, publicidad e
identidad corporativa, y en particular, las publicaciones, la emisora de radio
municipal y la televisión digital terrestre.
− Coordinar y supervisar la información que facilita el Ayuntamiento a través de
los distintos medios de comunicación.
− Coordinar y supervisar las campañas informativas y de publicidad que se
proyecten por los servicios municipales, incluidos folletos, carteles y boletines,
para conseguir unidad de imagen corporativa.
− Coordinar y supervisar las relaciones internacionales del Ayuntamiento, en
especial la política de hermanamientos y el desarrollo de las relaciones con las
localidades hermanadas.
− La coordinación de la actividad institucional del Gobierno y de sus relaciones
con otras Administraciones Públicas e instituciones, nacionales e
internacionales.
− Las relaciones generales con vecinos y asociaciones vecinales, así como el
seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y
sugerencias de los vecinos, coordinando a los distritos y áreas involucradas.
− Diseño y planificación de las líneas estratégicas de materia de promoción de la
ciudad.
Segundo.- A D. Javier Espadas López-Terradas se le delega el ámbito de los
asuntos referentes a la Seguridad Ciudadana, SAMER, Protección Civil, Tráfico,
Ferias y Fiestas y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección y gestión en general de los servicios correspondientes a Policía
Local, Protección Civil, SAMER, Circulación de vehículos y señalización del
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -12-
13. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
tráfico, Grúa municipal, Fiestas de la localidad y Ferias de carácter no
permanente.
− Señalar las directrices generales de la Policía Local y el programa de actuación
de la misma.
− Coordinar la vigilancia del cumplimiento de bandos y ordenanzas y propuestas
de sanciones por su incumplimiento.
− Proponer las ordenanzas de tráfico.
− Proponer la ordenación del tráfico urbano.
− Ejecución del Plan de Emergencia Municipal de Las Rozas de Madrid.
− Mantener las relaciones con entidades o particulares que dentro de la esfera
local puedan afectar a las competencias de Policía Local.
− Formar parte y convocar la Junta Local de Seguridad.
− Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el municipio,
formulando planes o propuestas que tengan como objeto la coordinación de los
distintos Cuerpos de Seguridad y la prevención de delitos.
− Coordinar y regular las actuaciones de SAMER Protección Civil.
− Coordinar la seguridad de los edificios municipales y sus instalaciones.
− Coordinar y regular las relaciones con los cuerpos de Bomberos, Guardia Civil
y Protección Civil de la CAM.
− Proponer sanciones disciplinarias a los miembros de la Policía Local y SAMER,
exceptuando la separación del servicio.
− Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos a su Área,
incluidas las infracciones en materia de tráfico, circulación y seguridad viaria,
excluyéndose las demás referidas a materia tributaria y en materia de
contratos cuya competencia material no se le haya delegado por razón del
gasto.
− Organizar las fiestas patronales y cualquier otra celebración de interés histórico
y tradicional en la localidad.
− Organizar las ferias monográficas de interés tanto general como social y
económico.
Tercero.- A Doña Mercedes Piera Rojo se le delega el ámbito de los asuntos
referentes a Educación y Cultura y en concreto las siguientes
Facultades:
− La Dirección y gestión en general de los Servicios y actividades relativos a
Educación y Cultura.
− Promover la creación de instituciones culturales que el Ayuntamiento pueda
sostener.
− Desarrollar y dirigir todo tipo de actividades que dichas instituciones puedan
llevar a cabo, bien dentro de su propia esfera o bien en colaboración con otras
instituciones públicas o privadas y, específicamente, inspeccionar, fiscalizar y
vigilar la actividad de Bibliotecas y Centros Municipales. Tal facultad entraña la
atribución de poder resolver las incidencias con la materia tratada y,
singularmente, la de proponer contrataciones de prestación de servicios
personales con carácter puntual, derivado y temporal, como así también la de
proponer alquileres de infraestructuras.
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -13-
14. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
− La Dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades
musicales del municipio en general.
− Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de educación.
− Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación
educativa.
− Proponer la celebración de convenios en materia educativa.
− Asumir las relaciones con las distintas Administraciones educativas para la
creación, conservación, mantenimiento y vigilancia de centros docentes
públicos y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad
obligatoria.
− Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el
ámbito municipal.
− Tramitar y gestionar los expedientes relativos para la concesión de becas de
comedor, libros y escuelas de verano.
− Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas,
culturales o recreativas complementarias de la docencia.
Cuarto. - A Doña María Jesús Villamediana Díez se le delega el ámbito de los
asuntos referentes a Servicios a la Ciudad y en concreto las siguientes
Facultades:
− La dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas a los
Servicios a la Ciudad.
− Dirección ordinaria de los siguientes servicios:
• Gestión de los residuos y puntos limpios.
• Limpieza urbana
• Mantenimiento de parques y jardines
• Fuentes, depuradoras, saneamiento y colectores
• Alumbrado público y ahorro energético
• Mantenimiento de vías públicas
• Señalización general de vías urbanas, previo requerimiento de Policía
Local.
• Y en general, todos aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de
la Alcaldía sobre el mantenimiento de la ciudad
− Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
− Proponer la homologación e instalación en la vía pública de cualquier clase de
elementos que sea necesario para la limpieza urbana.
− Diseño, conservación y características del mobiliario urbano.
− Proponer la concesión de autorizaciones para la ocupación temporal de la vía
pública para la realización de diversas actuaciones, en las que existan carriles
restringidos al tránsito o reservados al transporte público, así como las relativas
a actuaciones que se realicen en calles en que por sus características se
prevea cortar la circulación.
− Mantener relaciones con las empresas suministradoras de agua, electricidad,
gas y teléfonos, así como el control de dichos servicios y suministros.
− Señalar las directrices de la actividad municipal en la gestión de los servicios
de suministro de luz, agua y saneamiento.
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -14-
15. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
− Proponer y ejecutar las obras de infraestructura viaria y saneamiento, así como
la conservación de la pavimentación, aceras, alumbrado y señalización vertical
y horizontal de las vías públicas.
− Competencias en todo lo relativo a los servicios funerarios municipales.
− Gestión, mantenimiento y conservación de los aparcamientos públicos
subterráneos y en superficie municipales.
− Gestionar los servicios generales municipales, y en concreto:
• Dar apoyo logístico y técnico al resto de Concejalías en el desarrollo de
sus actividades.
• Mantenimiento y mejora de la infraestructura municipal, abarcando la
totalidad de las dependencias en las que el municipio desarrolla sus
actividades.
− Servicios y actividades municipales relativos al Transporte Público rodado y las
relaciones con el Consorcio Regional de Transportes
− La Dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas
tecnologías e impulso de la sociedad de la información y de la Administración
Electrónica.
− Vicepresidencia de la Mesa de Contratación, por ausencia del Presidente.
− Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en materias
de su competencia.
Quinto.- A D. Juan Blasco Martínez se le delega el ámbito de los asuntos referentes a
Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda y en concreto las siguientes
Facultades:
− La Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales
relativos a Urbanismo, Obras e Infraestructuras Públicas.
− Elaboración de instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo,
antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación, sin perjuicio
de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de
contratación o aprobación de gastos.
− Dirección, impulso e inspección de las obras municipales en general.
− Dirigir y fiscalizar la actividad urbanística de las Empresas Municipales y
Organismos Autónomos.
− Proponer las resoluciones que exija la ejecución y desarrollo de las materias
que a continuación se indican, en la esfera de sus competencias y siguiendo
las directrices marcadas por los órganos municipales correspondientes:
• Información Urbanística, Normalización Técnica y programación
Económica de éste área de la Administración Municipal.
• Planeamiento y gestión Urbanística en todas sus fases.
• Proyectos de Urbanización y Edificación.
• Conservación de los edificios y monumentos municipales.
− Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la
realización de obras mayores y menores, licencias de actividades y
funcionamiento, licencias de primera ocupación, y la propuesta de concesión o
denegación de cualquier otro tipo de licencia de carácter urbanístico.
− La Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -15-
16. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
relativos a Vivienda y las relaciones con la Empresa Municipal de la vivienda y
otras entidades en dicha materia dentro o fuera del municipio.
− Estudio, propuesta y coordinación en materia de vivienda pública.
− Ejecución de los aparcamientos subterráneos y en superficie municipales.
− Aprobación de los proyectos de obra incluidos dentro de los importes para los
contratos menores que fije la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas
− Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la
realización de obras en la vía pública de calas, instalación de hidrantes y
canalizaciones y asimismo, de declaración de caducidad cuando proceda, en
relación con estas licencias.
− Proponer la concesión o denegación en su caso, de las licencias para la
realización de obras mayores y menores, licencias de actividades y
funcionamiento, licencias de primera ocupación.
− Proponer la concesión de autorizaciones para la ocupación temporal de la vía
pública en los siguientes supuestos:
• Ocupación temporal de vías públicas para la realización reactuaciones
que exijan el empleo de medios auxiliares, tales como grúas, equipos
de bombeo de hormigón u otros elementos análogos.
• Ocupación temporal de vías públicas para la instalación de kioscos de
helados, prensa, etc.
− Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las
materias y asuntos siguientes:
• Concesión de todo tipo de licencias urbanísticas y en general las que
fueran tramitadas por los Servicios que dirige, incluida la concesión de
licencias o autorizaciones para la ejecución de obras o instalaciones en
la vía pública, salvo que su concesión correspondiese al Pleno.
• Concesión de licencias de apertura, funcionamiento e instalación de
actividades, incluyendo las calificadas.
• Aprobación de las transmisiones de licencias y cambios de titularidad
de las licencias de su competencia.
• Aprobación de consultas urbanísticas en general.
• Aprobación de las declaraciones de ruina.
• Devolución de fianzas por ocupación de la vía pública.
− Dictar medidas para la restauración del orden urbanístico y ambiental alterado
así como lo relativo a la apertura de establecimientos sin la correspondiente
licencia municipal
− Dictar las medidas establecidas en la legislación urbanística vigente con motivo
de infracciones urbanísticas así como la exigencia de la responsabilidad
sancionadora.
Sexto.- A D. José Luis Álvarez de Francisco se le delega el ámbito de los asuntos
referentes a Hacienda y Régimen Interior y en concreto las siguientes
Facultades:
− Señalar las directrices generales en materia de Hacienda Pública Municipal, y
en concreto la elaboración de los Presupuestos municipales y de la Cuenta
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -16-
17. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
General, así como la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales.
− Organización de los Servicios Económicos Municipales, de la Recaudación y
Gestión Tributaria y de la Tesorería Municipal.
− Relaciones y coordinación con la Intervención general y la Tesorería del
Ayuntamiento en cuanto a las funciones a ellas legalmente atribuidas.
− Presidencia de la Mesa de Contratación.
− Coordinación y planificación económica de las inversiones municipales.
− Dirección y gestión en general de los Servicios y actividades relativas al
Régimen Interior, Contratación, Servicios, Patrimonio, Registro General,
Información y Archivo.
− Coordinar y ejecutar las políticas de compras y mantenimiento de bienes y
suministros del conjunto del ayuntamiento, particularmente lo relativo a equipos
y programas informático, mobiliario, material y equipo de oficina; papelería;
vestuario, limpieza y mantenimiento de edificios.
− Gestión del Parque Móvil municipal, siguiendo las directrices emanadas de la
Primera Tenencia de Alcaldía.
− Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las
siguientes materias:
• Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones
de otras deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
• Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas
liquidaciones.
• Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean
competencia del Pleno.
• Devolución de ingresos indebidos.
• Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias de hasta 18.000
Euros.
• Aprobación de facturas, certificaciones de obra, intereses de demora y,
en general, el reconocimiento de obligaciones dentro de los límites
establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
• Aprobación de cuentas justificativas de pagos de anticipos de "caja fija".
• Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la
deuda.
• Aprobación de actas de liquidación.
• Imposición de sanciones tributarias.
• Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
• La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones
municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
− Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del
Pleno.
Séptimo.- A Dña. María Cristina Sopeña de la Torre se le delega el ámbito de los
asuntos referentes a Recursos Humanos y en concreto las siguientes
Facultades:
− La Dirección y supervisión de la política de Recursos Humanos y la supervisión
del personal de la Corporación, salvo el ejercicio de la Jefatura de la Policía
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -17-
18. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Municipal.
− Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público, de
conformidad con las bases aprobadas por el Alcalde de la corporación,
proponer los vocales titulares y suplentes de los tribunales calificadores de las
pruebas selectivas que se convoquen, así como el informe y propuesta en
relación con los recursos de alzada que se interpongan contra las resoluciones
de dichos tribunales.
− Elevar propuesta de aprobación de la plantilla municipal
− Elevar propuesta de la Relación de Puestos de Trabajo o catálogo de puestos
de trabajo municipal
− Proponer las modificaciones de las RPT´s o catálogo de puestos, así como las
modificaciones de plantilla.
− Proponer la OPE de acuerdo con el presupuesto y plantilla aprobadas.
− Proponer las convocatorias de provisión de puestos de trabajo y hacer las
propuestas de resolución de las mismas y los cambios de destino de personal
de la Corporación.
− Proponer la contratación, despido y extinción de los contratos del personal
laboral de la Corporación, la asignación del mismo a los distintos puestos
previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación, de
acuerdo con la legislación laboral, así como adoptar las decisiones que
correspondan en materia de Seguridad Social. Igualmente, proponer el
nombramiento y cese del personal funcionario (de carrera e interino) y eventual
en los términos previstos en la Legislación vigente.
− Supervisar la gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la
asignación individualizada del complemento de productividad y de las
gratificaciones, conforme a las normas estatales reguladoras de las
retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales.
− Proponer el reconocimiento, abono y retenciones de cantidades de toda índole
derivadas de la gestión de los servicios de personal.
− Mantener relaciones con las organizaciones sindicales y desarrollar la política
municipal en esta materia.
− Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos
laborales.
− La Dirección y supervisión del Plan de Formación para el personal municipal.
(Autorización de asistencia a cursos)
− Comunicaciones con la Seguridad Social respecto a las altas y bajas de los
empleados municipales.
− Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las
materias y asuntos siguientes:
• Aprobación de la nómina.
• Formalización de los contratos laborales y de las actas de toma de
posesión de los Funcionarios.
• Aprobación de las situaciones administrativas del personal funcionario y
circunstancias semejantes para el personal laboral, incluyendo
reingresos al servicio activo, concesión de excedencias y las
jubilaciones.
• Reconocimiento de servicios previos a los empleados públicos en los
términos previstos en la legislación vigente y aprobación del
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -18-
19. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Complemento de antigüedad del Personal Laboral.
• Concesión de permisos, licencias y vacaciones del personal.
• Concesión de ayudas sociales a los empleados municipales.
• Aprobación de las dietas e indemnizaciones del personal.
• Incoación de expedientes disciplinarios e imposición de sanciones al
personal funcionario y al de carácter laboral, a excepción del Cuerpo de
Policía Municipal y de los funcionarios con habilitación de carácter
nacional que se regirán por su régimen específico, y de las sanciones
que impliquen despido o separación del servicio.
Octavo.- A Dña. Paula Gómez-Angulo Amorós se le delega el ámbito de los asuntos
referentes a Servicios Sociales y Juventud y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección y gestión de los Servicios Sociales y de Juventud
− Todas las facultades delegables del Alcalde en cuanto a la Gestión de los
Convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid sobre los
Servicios Sociales, incluida la de emitir actos que afecten a terceros.
− Coordinar todas las actuaciones que en materia de Servicios Sociales se
gestionen en el municipio.
− Garantizar la prestación de Servicios Sociales generales dentro del marco de la
legislación vigente en la materia.
− Garantizar la atención específica a aquellos sectores de población en
situaciones de desprotección social, marginación o indigencia, a través de
medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo.
− Promover actuaciones de bienestar social para los sectores de población
destinatarios de los servicios.
− Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para contribuir a
propiciar el desarrollo de una mayor participación y colaboración de la sociedad
ante los problemas de marginación y desprotección social.
− Promover fórmulas de colaboración para el logro de un mayor grado de
coordinación de los recursos sociales existentes y creación de otros de interés
común.
− Proponer acciones para la atención de personas físicas o núcleos familiares en
situación de necesidad social.
− Conseguir la igualdad de oportunidades entre las personas, sean mujeres,
inmigrantes o personas con discapacidad, eliminando obstáculos y
resistencias.
− Dirigir y coordinar la política municipal en materia de juventud y tiempo libre
que hayan de desarrollarse en el municipio.
Noveno.- A Dña. Blanca María Laso Sanz se le delega el ámbito de los asuntos
referentes a Economía, Empleo y Consumo y en concreto las siguientes
Facultades:
− Señalar las directrices generales en materia de economía, empleo y consumo
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -19-
20. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
− Elaborar y proponer la aprobación de reglamentos y ordenanzas municipales
reguladoras dentro del ámbito de competencias de su servicio
− Proponer las sanciones previstas en la legislación municipal a quienes
incumplan las normas en el ámbito municipal referente a su servicio.
− Análisis y seguimiento de la economía de la ciudad de Las Rozas en relación
con los sectores productivos divulgando su realidad económica.
− Proponer e impulsar las medidas necesarias para la promoción y desarrollo
económico del municipio.
− La relación con los agentes sociales en el marco del Consejo Económico y
Social
− Mantener relaciones de colaboración con las Asociaciones de Comerciantes y
Empresarios, Cámara de Comercio, así como organizaciones públicas y
privadas con el objetivo de promover el desarrollo de la ciudad de Las Rozas.
− Mantener relaciones de colaboración con las demás Administraciones Públicas
para la realización de programas de desarrollo local, empleo y formación , así
como gestionar los mismos
− Desarrollar acciones en materia de políticas activas de empleo y en materia de
formación para el empleo que faciliten la inserción laboral o el mantenimiento
en el puesto de trabajo, así como la orientación laboral y, en su caso, la
intermediación laboral en el marco de la legislación vigente.
− La promoción y el desarrollo de la protección y defensa de los consumidores y
usuarios mediante la orientación sobre el ejercicio de sus derechos y la
recepción y gestión de reclamaciones y denuncias referentes al consumo de
productos o utilización de servicios a través de la oficina Municipal de
Información al Consumidor.
− Planificación y ejecución de campañas de inspección para controlar que los
productos servicios y empresas cumplan lo establecido en la normativa vigente
y no entrañen riesgo para los consumidores y usuarios
− El desarrollo de acciones para información y formación de los consumidores y
usuarios y de los empresarios y comerciantes que desarrollan su actividad en
el municipio.
− Promover el arbitraje de consumo propiciando la adhesión de los sectores
comerciales y las asociaciones de consumidores.
− Apoyar y mantener las relaciones con las Asociaciones de Consumidores y
Usuarios
− Adoptar las medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en los
supuestos de crisis o emergencias que afecten a la salud o seguridad de los
consumidores o usuarios
− Ordenación y control de los mercadillos de Las Rozas y Las Matas, así como la
concesión de los puestos.
− Ejercitar la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa en
materia de protección a los consumidores.
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -20-
21. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Décimo.- A D. Antonio Garde Fernández-Fontecha se le delega el ámbito referente a
Deportes, y en concreto las siguientes
Facultades:
− La Dirección y gestión en general de los Servicios y actividades municipales
relativos a Deportes.
− Fijar la política deportiva municipal.
− Coordinar y gestionar las instalaciones deportivas municipales.
Undécimo.- A D. Ricardo Riquelme Sánchez de la Viña se le delega en ámbito
referente a Medio Ambiente, y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección e impulso de la política sobre sostenibilidad y buenas prácticas
ambientales.
− Señalar las directrices de la actividad municipal en la gestión de los siguientes
servicios:
• Control de la contaminación y análisis y gestión de indicadores
ambientales.
• Ecosistemas, biodiversidad, flora y fauna.
• Educación ambiental.
• Gestión, mantenimiento y conservación de áreas verdes no urbanas,
zonas naturales, sendas.
• Dirección e impulso de las políticas directas o indirectas contra el
cambio climático.
− Concesión de licencias previstas en las Ordenanzas relacionadas con el Medio
Ambiente, zonas verdes y patrimonio natural no relacionadas con obras de
construcción sometidas a licencia urbanística, en cuyo caso corresponderá al
Concejal de Urbanismo.
− Propuesta y tramitación de toda clase de expedientes e informes de carácter
medioambiental que sea necesario para el otorgamiento de cualquier tipo
licencia, autorizaciones o procedimiento administrativo.
− Proponer las campañas de poda, talas y reforestación en su ámbito de
actuación.
− Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
− Desarrollar las competencias que corresponden al Ayuntamiento en
cumplimiento de la Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid,
de la Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de
Madrid, de la Ley de Vertidos Líquidos Industriales al Sistema General de
Saneamiento y las distintas leyes sobre residuos.
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22. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Duodécimo.- A Dña. Natalia Rey Riveiro se le delega el ámbito referente a Distrito
Sur y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección del Distrito Sur y coordinación política del mismo con las distintas
áreas de gobierno en el ámbito territorial correspondiente.
− Facilitar información sobre las actividades municipales
− Impulsar las medidas necesarias que permitan disponer de una delegación de
registro general del Ayuntamiento y padrón municipal de habitantes.
− Acercar la administración a los vecinos.
− Relaciones con los representantes de las urbanizaciones y comunidades de
vecinos en su ámbito de actuación.
− Recoger y canalizar las opiniones, quejas y sugerencias de los vecinos en su
ámbito de actuación.
− Impulsar las soluciones y medidas a adoptar para resolver las incidencias que
les sean planteadas por los vecinos de su zona de actuación.
− Proponer las medidas de mejora de la calidad de vida de los vecinos, en todas
las materias, en su ámbito de actuación.
− Informar a los órganos de gobierno municipal sobre la eficacia de los servicios
prestados en el ámbito territorial del Distrito y elaborar estudios sobre las
necesidades y prioridades de los mismos. Poner en conocimiento de los
órganos municipales competentes las necesidades de los vecinos que puedan
tener incidencia en las resoluciones que se dicten.
Decimotercero.- A D. Pablo Vives Peñaranda se le delega el ámbito referente a
Distrito Centro y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección del Distrito Centro y coordinación política del mismo con las distintas
áreas de gobierno en el ámbito territorial correspondiente.
− Facilitar información sobre las actividades municipales
− Impulsar las medidas necesarias que permitan disponer de una delegación de
registro general del Ayuntamiento y padrón municipal de habitantes.
− Acercar la administración a los vecinos.
− Relaciones con los representantes de las urbanizaciones y comunidades de
vecinos en su ámbito de actuación.
− Recoger y canalizar las opiniones, quejas y sugerencias de los vecinos en su
ámbito de actuación..
− Impulsar las soluciones y medidas a adoptar para resolver las incidencias que
les sean planteadas por los vecinos de su zona de actuación.
− Proponer las medidas de mejora de la calidad de vida de los vecinos, en todas
las materias, en su ámbito de actuación.
− Informar a los órganos de gobierno municipal sobre la eficacia de los servicios
prestados en el ámbito territorial del Distrito y elaborar estudios sobre las
necesidades y prioridades de los mismos. Poner en conocimiento de los
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -22-
23. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
órganos municipales competentes las necesidades de los vecinos que puedan
tener incidencia en las resoluciones que se dicten.
Decimocuarto.- A Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio se le delega el ámbito de
los asuntos referentes a Sanidad, Familia y Menor y en concreto las siguientes
Facultades:
− La Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativos a
Sanidad, Menor y Familia.
− Todas las facultades delegables del Alcalde en cuanto a la Gestión de los
Convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid sobre los
Servicios de Familia, incluida la de emitir actos que afecten a terceros.
− La dirección, gestión y evaluación de las actividades sanitarias y asistenciales
de los centros y establecimientos médicos y quirúrgicos de competencia
municipal. Resolver las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus
actividades, coordinándolas entre sí, y con las acciones de salud a cargo de las
Entidades Públicas y Organismos autónomos que ejercen funciones
asistenciales, de acuerdo con la normativa que establezca la Ley General de
Sanidad.
− Dirigir el funcionamiento de los Servicios de Higiene, Promoción de la Salud así
como la gestión de las acciones sanitarias de carácter profiláctico y la policía
sanitaria, en el ámbito de sus competencias, en lugares públicos y medios de
transporte, colaborando en las luchas sanitarias y control de zoonosis, de
acuerdo con las normativas establecidas y las que se prevean en la Ley
General d Sanidad.
− Dirigir y coordinar la inspección médica municipal.
− Colaborar en cuantas acciones de promoción de la salud y educación sanitaria
se atribuyan a las Entidades Públicas de los Entes Territoriales.
− Desarrollar las campañas de vacunación escolar e inspección sanitaria de los
centros escolares, así como las revisiones médicas anuales.
− Planificación y ejecución de las campañas de inspección de todo tipo de
productos, alimentos y servicios de uso y consumo común.
− Organizar, dirigir e inspeccionar los aspectos sanitarios vinculados a las
actividades relacionadas con los servicios funerarios y cementerios en el
ámbito de la competencia municipal.
− Control y ejecución de las campañas de vacunación oficiales en todas las
especies animales
− Ejecutar las campañas de saneamiento ganadero en colaboración con los
servicios competentes de la Comunidad de Madrid.
Decimoquinto.- A Dña. Marisa del Olmo Rico se le delega el ámbito referente a
Distrito Norte y en concreto las siguientes
Facultades:
− Dirección del Distrito Norte y coordinación política del mismo con las distintas
áreas de gobierno en el ámbito territorial correspondiente.
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -23-
24. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
− Facilitar información sobre las actividades municipales
− Impulsar las medidas necesarias que permitan disponer de una delegación de
registro general del Ayuntamiento y padrón municipal de habitantes.
− Acercar la administración a los vecinos.
− Relaciones con los representantes de las urbanizaciones y comunidades de
vecinos en su ámbito de actuación.
− Recoger y canalizar las opiniones, quejas y sugerencias de los vecinos en su
ámbito de actuación..
− Impulsar las soluciones y medidas a adoptar para resolver las incidencias que
les sean planteadas por los vecinos de su zona de actuación.
− Proponer las medidas de mejora de la calidad de vida de los vecinos, en todas
las materias, en su ámbito de actuación.
- Informar a los órganos de gobierno municipal sobre la eficacia de los servicios
prestados en el ámbito territorial del Distrito y elaborar estudios sobre las
necesidades y prioridades de los mismos. Poner en conocimiento de los
órganos municipales competentes las necesidades de los vecinos que puedan
tener incidencia en las resoluciones que se dicten.
Decimosexto.- Son delegaciones comunes en todos los Concejales las siguientes:
− Hacer cumplir los bandos y órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio,
dentro de las competencias de su área.
− Celebración de matrimonios civiles.
− Impulsar y resolver las sanciones pertinentes en materia de su competencia a
quienes incumplen las normas de ámbito municipal referentes a su área.
− Conceder subvenciones y ayudas a que pudiera haber lugar en el desarrollo de
sus competencias, siempre y cuando sus bases hayan sido aprobadas por el
Pleno y su cuantía no sea superior a 18.000 €.
− Rubricar los convenios administrativos que tuviesen lugar en el ámbito de su
competencia, siempre que hayan sido previamente aprobados por el órgano
que corresponda o según el gasto y cuando por su norma específica u otras
cuestiones no hayan sido aprobadas por el Alcalde
− Firmar los anuncios que hubiesen de publicarse en los distintos Boletines
Oficiales en materias de su competencia.
Decimoséptimo.- La aprobación de gastos que corresponde a esta Alcaldía se delega
en los Concejales del Área correspondiente, el Concejal Delegado de Hacienda y la
Junta de Gobierno Local en la siguiente forma:
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -24-
25. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Órgano competente Órgano competente
Previa o propuesta Definitiva
Aprobación cuenta y reposición ADO Concejal del Área Concejal de Hacienda
Cajas Fijas
P Concejal de Hacienda
Todo tipo de gastos hasta el ADO Concejal del Área Concejal de Hacienda
límite fijado para los contratos
menores P Concejal de Hacienda
Aprobación de gastos derivados RC Concejal del Área Interventor
de contratos que se adjudiquen
por procedimiento negociado sin AD Concejal del Área Concejal de Hacienda
publicidad por razón de la
cuantía O Concejal de Hacienda
P Concejal de Hacienda
Resto de gastos que superen RC Concejal del Área Interventor
los límites anteriores y que no AD Concejal del Área Junta de Gobierno
sean competencia del Pleno O Concejal de Hacienda
P Concejal de Hacienda
RC = Retención de crédito
A= Autorización del gasto
D= Disposición del gasto
O= Reconocimiento de la obligación
P= Ordenación del pago y pago material
Decimoctavo.- Dar cuenta de la presente Resolución en el primer Pleno que se
celebre.”
El Ayuntamiento Pleno queda enterado del contenido de los Decretos
transcritos anteriormente.
6º.- DETERMINACIÓN DEL IMPORTE DE LA DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y LAS
ASISTENCIAS POR CONCURRENCIA EFECTIVA DE LOS MIEMBROS
CORPORATIVOS A LAS SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS Y
PERSONAL DE CONFIANZA.
El Portavoz del Grupo municipal Popular, Sr. Alonso Bernal, interviene para
decir que la propuesta del equipo de gobierno es fijar las mismas retribuciones por
dedicación exclusiva que venían existiendo hasta la actualidad. Es decir, se congelan
todas las retribuciones de los Concejales, y esto supone respecto del anterior mandato
que se mantienen las reducciones del 15% del salario del Sr. Alcalde y del 12% del
resto de concejales.
Además se concede la dedicación exclusiva a todos los miembros del equipo
de gobierno, a excepción de D.ª Cristina Sopeña, y se crean 29 plazas de personal
eventual al servicio de la Corporación: 4 directores, 3 coordinadores de área, 8
consejeros técnicos, 2 secretarías de dirección, 6 asesores, 3 administrativos y 3
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -25-
26. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
auxiliares, con las mismas retribuciones que existían en la actualidad. Estas plazas
suponen una reducción algo superior al 30% sobre las que existían hasta la fecha.
Se crean plazas de personal eventual al servicio de los grupos municipales: 3
para el PP; 2 para el PSOE; 2 para UP y D y 2 para IU-Los Verdes.
También se fijan las indemnizaciones y retribuciones por asistencias a órganos
colegiados municipales, y todas se mantienen congeladas respecto a las que existían.
Todo ello es un primer paquete de medidas que tienden a hacer más austero
nuestro Ayuntamiento, junto con otras como la renuncia del Sr. Alcalde a su coche
oficial y al servicio de escoltas, y en conjunto suponen un ahorro al Ayuntamiento
respecto al anterior mandato corporativo de 500.000 €/anuales y de 2 millones de
euros en la legislatura.
El Sr. Ferrero Andrés, Portavoz del Grupo Socialista, considera que el
conjunto de las retribuciones son excesivamente altas en el contexto de la crisis
actual.
Abundar en que se han creado tres Concejalías de distrito, y nos parecería bien
si vinieran acompañadas de la creación de las Juntas de Distrito y de una
descentralización efectiva, porque si no lo que hacen es incrementar el coste al erario
público.
Respecto a las plazas de personal eventual al servicio de la Corporación, se
observa una disminución en el número y, por tanto, en el coste global de 14 puestos,
con un ahorro anual de 375.000 €. No obstante, hay que hacer las siguientes
observaciones: la disminución de puestos de mayor nivel: directores, coordinadores de
área, consejeros técnicos, asesores, es irrelevante. La propuesta eleva a 23 el número
de estos puestos de trabajo que, a nuestro juicio, son excesivos y que desarrollan
unas tareas que en una gran parte podrían y deberían ser ejercidas por los empleados
públicos, a los quiero expresar nuestro reconocimiento al excelente trabajo que
realizan.
Derivado de lo anterior una disminución de esta cifra, supondría una
significativa reducción de los costes para la ciudad y al mismo tiempo una mayor
profesionalización del municipio.
En cuanto al coche oficial, nos parece bien y así lo solicitamos en el discurso
de constitución del Ayuntamiento y nos congratulamos que ésta propuesta del Partido
Socialista se haya tenido en cuenta.
El Portavoz del Grupo municipal de UPyD, Sr. Brown Sansevero, interviene
seguidamente para decir que este asunto es importante y no queremos caer en la
demagogia política. Hemos mencionado antes que nos parece excesivo 8 tenencias
de alcaldía y los sueldos impuestos. Si lo comparamos con otros municipios de
similares características, nos encontramos con Majadahonda que tiene 4 o Pozuelo
que tiene 5. El ahorro que supondría la reducción de las tenencias de alcaldía sería
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -26-
27. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
importante, por lo que proponemos que los tenientes de alcalde cobren cuando
ejerzan como tales, es decir, cuando sustituyan al Alcalde.
No vamos a pedir que se bajen los sueldos un 10 o un 15%, y podríamos entrar
en un debate en el que cada grupo dijera un porcentaje distinto a ver quien da más o
menos, y no nos parece serio. Simplemente les pedimos que miren a su alrededor,
apelamos a la responsabilidad política para comparar las propuestas que traen hoy
aquí, en Las Rozas, con las que han presentado compañeros suyos en otros
municipios de similar características. Comparen y justifiquen las propuestas con
argumentos, reconocemos una reducción del personal de confianza, sin embargo
sigue siendo muy elevado para las necesidades de Las Rozas. La necesidad de gastar
1.069.371 € en cargos de confianza para la Corporación, es decir, para el equipo de
gobierno supone una ofensa para los funcionarios y laborales de la administración
pública que están ahí para ayudarles a uds. a gobernar y a nosotros a hacer oposición.
No creemos que sea necesario tanto personal de confianza. Vamos a fiscalizar muy de
cerca el trabajo de este personal y las funciones que desempeñan, así como la
formación y la titulación que tienen. Asimismo, queremos dejar constancia que no
queremos que se nombren cargos de confianza a familiares, parientes, etc…
Por último, decir que el Partido Popular para poder gobernar en Las Rozas
necesita casi 2.200.000 € anuales, una cantidad seria, y les pregunto ¿creen uds. que
tiene sentido que cada ayuntamiento señale sus sueldos? ¿No estaría mejor que
estuviera regulado en función de una serie de criterios como población, presupuesto
municipal…? No nos parece que sea un buen sistema éste de venir aquí y ponernos
nosotros los sueldos a nosotros mismos. UPyD no lo ve lógico ni para nosotros, ni
para los ciudadanos.
Por los motivos expuestos, no estamos de acuerdo con la propuesta del equipo
de gobierno.
El Portavoz del Grupo municipal de IU-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos,
interviene a continuación diciendo que dado el contexto de crisis en que nos
encontramos, con unos salarios para la clase trabajadora en un descenso latente,
perdiendo capacidad de compra porque el dato del IPC se sitúa en un 3,8%, dados los
desahucios por parte de las entidades bancarias de las personas que no pueden pagar
la hipoteca en la que se han metido para acceder a un derecho básico como es la
vivienda, dada la temporalidad existente en el empleo y la elevadísima rotación en los
puestos de trabajo, dadas las remuneraciones que hay en este Ayuntamiento muy por
encima de lo que se puede dar como media de los salarios de mercado, no podemos
estar de acuerdo en aprobar estas retribuciones.
Efectivamente, no podemos entrar en un debate que conduzca a una escalada
de rebajas de estos sueldos, como bien decía el Portavoz de UPyD, o que se haga
gratis por aquello de la vocación de servicio público que deberíamos o debemos tener,
pero sí sería conveniente fijar una serie de criterios objetivos más allá de la
discrecionalidad en la asignación basado en el presupuesto global que maneja el
Ayuntamiento, el tamaño de la población, las competencias….
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -27-
28. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Por lo que respecta al Personal Eventual, entendemos que el que se nombre
esté relacionado con el funcionamiento de los grupos municipales, no así del
Ayuntamiento porque para eso existe el personal funcionario y laboral del
Ayuntamiento. En el caso de que sea necesario, como parece ser ya que aparece un
número de 38 puestos de carácter eventual, creemos que se debería sacar una oferta
de empleo público para cubrir esas necesidades. Lo que sí entendemos es que el
Alcalde precise de un gabinete y de cierto personal de su confianza para desarrollar
determinadas competencias o funciones en el ejercicio de su cargo, pero en ningún
caso sería un número de 38 personas. Esto es trasladable a las asignaciones de
personal para los grupos municipales, si hubiera funcionarios, obviamente, podrían
ocupar perfectamente esos puestos.
En resumen, el Grupo municipal de Izquierda Unida-Los Verdes por considerar
que el número de personal eventual es elevado, así como sus salarios votará en
contra en la propuesta.
Contesta a las anteriores intervenciones el Portavoz del Grupo Popular, Sr.
Alvarez Bernal, diciendo que parece que no se está haciendo ningún esfuerzo
financiero, y lo primero que queremos recordar es que estas medidas suponen un
ahorro de 500.000 € al año y de 2 millones de euros a lo largo del mandato corporativo
que es lo que se habrá ahorrado el Ayuntamiento y que se reducen en un 30% el
personal eventual al servicio de la Corporación municipal.
Una vez dicho esto, cuando hablamos de crear Juntas municipales y de la
actividad de los distritos, pues es justo al contrario, si se crea una estructura de juntas
municipales y un mayor desarrollo de competencias, eso sí supone un mayor coste a
la administración, más que las concejalías de distrito que van a estar operativas a lo
largo de este mandato, donde se produce un ahorro.
Respecto a lo que ha dicho el Sr. Brown cuando ha comparado este
Ayuntamiento con el de Pozuelo de Alarcón, hay que decir que hay una gran diferencia
entre ambos, puesto que Pozuelo está acogida a la Ley de Grandes Ciudades, cosa
que no está Las Rozas pudiendo hacerlo y eso supone también un considerable
ahorro a las arcas municipales. Cuando se comparan cosas hay que compararlas en
toda su extensión y en todos sus condicionamientos.
Los tenientes de alcalde, Sr. Brown, no son solo una forma de tener un mayor
costo para la administración, y la sustitución al Alcalde no es solo su función, sino que
en primer lugar, forman parte de la Junta de Gobierno y por lo tanto, comparten todas
las decisiones y responsabilidades que emanan de esa Junta. Esas responsabilidades
requieren una mayor consideración hacia la labor de esos concejales, como el hecho
también de las mayores competencias y responsabilidades que cada uno de ellos
adquieren. También en el ejercicio diario de sus funciones que responden muchas
veces a criterios políticos de este equipo de gobierno que quiere elevar al máximo
algunos de los compromisos que adquirió con los ciudadanos de Las Rozas en la
campaña electoral.
Sobre el personal de confianza podemos estar de acuerdo en que hay mayor
personal de confianza en grandes niveles, por decirlo de alguna manera, porque en
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -28-
29. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
este Ayuntamiento no hay personal laboral, ni funcionario que desarrolle esas
funciones. Es decir, hay muchas concejalías que entre el concejal y el siguiente nivel
que tienen son peones, y pensamos que muchas veces será necesario tener un
personal de mayor categoría profesional para poder desarrollar el ejercicio de las
funciones. Eso es cierto que se puede desarrollar por personal funcionario, pero al no
existir, el crear las plazas y sacar la oferta de empleo llevaría tiempo y sería a largo
plazo, nuestro compromiso es el de ir cubriendo esas plazas por personal funcionario
del grupo A o B. Son 29 plazas, no 38 como se ha dicho, a disposición no del Alcalde,
sino de toda la Corporación municipal para desarrollar las funciones que van a brindar
a los ciudadanos de Las Rozas más y mejores servicios.
Por último, señalar que cuando comparamos municipios se puede comparar no
solo de los municipios vecinos, sino de también de aquellos donde gobiernan los
partidos que aquí son oposición, es decir, donde gobierna el Partido Socialista o
Izquierda Unida, y las cuentas son muy parecidas a las que salen aquí.
El Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, toma la palabra para
añadir que es posible hacer la labor de gobierno de este Ayuntamiento con el personal
que ya trabaja en él, y que cuando proponemos una disminución o que no entendemos
bien lo de las áreas, creemos que el tenerlas debe ir acompañado de una estructura
descentralizada que no suponga ningún coste. Estamos intentando reducir costes, y
creemos que una estructura descentralizada reduce costes, y lo creemos porque no
pensamos que haya que realizar nuevas contrataciones, sino que con la estructura
actual centralizada podríamos pasar a una descentralizada. El no hacerlo así, lo único
que esta suponiendo es que estamos incrementando tres áreas de distrito sin darle
una efectividad, y eso es lo que creemos que sí que supone un coste. Esta es la
explicación por la que pedimos la creación de unas juntas de distrito, para darles
realmente contenido a estas áreas que se han creado, y para que no exista un
añadido a los costes del erario público.
A continuación interviene el Portavoz del Grupo UPyD, Sr. Brown Sansevero,
diciendo que les alegra que el Portavoz del Grupo Popular haya sacado el tema de la
Ley de Grandes Ciudades, y que ha cogido el ejemplo de Pozuelo, pero no ha hablado
de Majadahonda, que lo conocen bien y tiene bastante menos cargos de confianza, o
al menos han nombrado bastante menos cargos de confianza que Las Rozas ahora
mismo. Que sí estamos de acuerdo en que no se aplique esta Ley en Las Rozas, con
lo cual es verdad que la reducción es buena, y que no deberían crearse estas juntas,
ni ensanchar la administración, porque este pueblo no lo necesita.
Respecto a los tenientes de alcalde, nos dicen que están en las Juntas de
Gobierno y que asumen más responsabilidad, pero saben que no es necesario ser
teniente de alcalde para ser miembro de la Junta de Gobierno. Por tanto, reiteramos
nuestra propuesta de que los tenientes de alcalde cobren como tales cuando ejerzan
la función de teniente de alcalde, que están muy claras en la Ley. Quizás el Concejal
de Hacienda pueda tener mayor responsabilidad que otro y necesite cobrar más,
dígase y estamos dispuestos a razonar lo que sea lógico, pero lo que no es lógico son
ocho tenientes de alcalde para este municipio.
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30. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
El Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Rodrigues Marcos, interviene
para decir que el 12 de diciembre de 2010, el Coordinador General de Izquierda Unida
planteaba en una Asamblea Federal que ningún cargo público, ni ningún funcionario
cobrara más que el Presidente del Gobierno. Para el ejercicio 2011, que eran las
mismas retribuciones del 2010, era un salario de presidente de gobierno con las
responsabilidades que supone ser Presidente de Gobierno, con las competencias que
tiene un Presidente y tiene unas retribuciones de 78.185,04 €. El salario del Alcalde es
de 86.894,21 €, y el de los tenientes de alcalde de 73.701,94 €. Esto no es austeridad,
ni nada que se le parezca.
Por otra parte, congratularnos de que el Portavoz del Grupo Popular plantee
que determinado número de personal eventual sea una situación provisional, dado que
la convocatoria de plazas de personal funcionario o laboral lleva su tiempo, y lo
entendemos como un compromiso del equipo de gobierno que valoramos muy
positivamente porque entendemos que se reducirá el número de personal eventual y
su elección discrecional, ya que al ser objeto de empleo público será gente
competente, sometida a un proceso de selección objetivo y que se generará empleo
público en este Ayuntamiento con derechos. Observaremos el plazo de ese
cumplimiento y velaremos porque se convoquen esas plazas.
El Sr. Alcalde puntualiza que Majadahonda no puede ser Gran Ciudad, porque
por población no alcanza el límite y no es comparable. Es un dato objetivo.
En cualquier caso y ante el debate suscitado, entendemos que podríamos
separar el voto de cada punto concreto y dejar clara la postura de cada grupo.
Igualmente, la Alcaldía explica que hay un acuerdo político respecto del punto del
personal eventual al servicio de los Grupos, según el cual, las dos plazas de personal
eventual de cada grupo podrían cambiarse por dedicación exclusiva de los miembros
corporativos, de tal forma que, por ejemplo, si un concejal de UPyD o de IU solicitara
la dedicación exclusiva dejaría sin efecto la plaza de personal eventual creada.
El Sr. Brown Sansevero aclara que debería hacerse en función de la
proporcionalidad que podríamos tenerla en cuenta en función del número de escaños
o del porcentaje de votos. UPyD entendimos que el modelo actual está teniendo en
cuenta el número de escaños, pero no podríamos dejar lo que fuera en el futuro media
dedicación exclusiva, puesto que el porcentaje de votos está más cerca del PSOE que
de IU, y no queremos cerrar esa puerta.
La Alcaldía contesta que si se alcanza ese acuerdo, deberá ser un acuerdo de
Junta de Portavoces que será en su caso sometido a Pleno. Lo que hace UPyD ahora
es dejar constancia de su petición, no se acuerda en este momento. El acuerdo
político es que el Grupo municipal Socialista tiene 4 personas: 2 con dedicación
exclusiva y 2 en el Grupo; UPyD, tiene 3 personas: 1 con dedicación exclusiva y 2
para el Grupo, y el Grupo de IU, tiene 2 personas.
Seguidamente se somete a votación los puntos por separado.
Debido al cambio de Corporación derivado de las últimas elecciones locales, se
hace preciso, someter al Pleno de la Corporación la propuesta sobre fijación de los
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31. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
importes que han de percibir los miembros de la Corporación, tanto para aquellos que
desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva, como para los que no
tendrán tal régimen retributivo.
Asimismo, resulta imprescindible, determinar el número y el régimen del
personal de eventual en cumplimiento de lo establecido en el art. 22.2.i) de la Ley
7/1985.
Que el expediente ha sido informado por la Intervención General con fecha 30
de junio de 2011.
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida
con 16 votos a favor de los Sres. Concejales del Grupo Popular y 9 votos en contra,
correspondientes: 4 a los Sres. Concejales del Grupo Socialista, 3 a los Sres.
Concejales de UP y D y 2 a los Sres. Concejales de IU-Los Verdes, acordó:
1º.- Fijar las siguientes retribuciones por dedicación exclusiva:
• Alcalde – Presidente: 86.894,21 €
• Teniente de Alcalde: 73.701,94 €
• Concejales con Delegación de Gobierno: 54.766,66 €
• Concejales Portavoces de la Oposición: 54.766,66 €
• Concejales Portavoces Adjuntos de la Oposición: 47.645,12 €
• Concejales sin Delegación de Gobierno: 40.523,58 €
Sin perjuicio de lo anterior se percibirá la retribución por trienios que pudiera
corresponder de acuerdo con la normativa vigente. Las cantidades anteriormente
señaladas se devengarán en 12 mensualidades, a excepción de los trienios que
tuvieran reconocidos que se devengaran en 14 mensualidades.
Dichas retribuciones entrarán en vigor desde su toma de posesión.
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida
con 23 votos a favor, correspondientes: 16 a los Sres. Concejales del Grupo Popular, 4
a los Sres. Concejales del Grupo Socialista y 3 a los Sres. Concejales de UPyD, y 2
votos en contra de los Sres. Concejales de IU-Los Verdes, acordó:
2º.- Conceder la dedicación exclusiva a los siguientes miembros
corporativos:
• D. José Ignacio Fernández Rubio como Alcalde – Presidente
• Como Tenientes de Alcalde:
o D. Angel Fco. Alonso Bernal
o D. Fco. Javier Espadas López – Terradas
o D. Juan Blasco Martínez
o Dña. María Jesús Villamediana Díez
o D. José Luis Álvarez de Francisco
Pleno Corporativo de 1 de julio de 2011 -31-
32. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
o Dña. Mercedes Piera Rojo
o D. Antonio Garde Fernández-Fontecha.
• Como Concejales Delegados:
o Dña. Paula Gómez-Angulo Amorós
o Dña. María Blanca Laso Sanz
o D. Ricardo Riquelme Sánchez de la Viña
o Dña. Natalia Rey Riveiro
o D. Pablo Vives Peñaranda
o Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio
o Dña. Maria Luisa del Olmo Rico
• Como concejales de la oposición sin delegación de Gobierno:
o D.ª Lucia Casares Díaz (PSOE)
o D. Enrique Echegoyen Vera (PSOE)
o D. Tomás Aparicio Ordoñez (UP y D)
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida
con 16 votos a favor de los Sres. Concejales del Grupo Popular y 9 votos en contra,
correspondientes: 4 a los Sres. Concejales del Grupo Socialista, 3 a los Sres.
Concejales de UPyD y 2 a los Sres. Concejales de IU-Los Verdes, acordó:
3º.- Crear las siguientes plazas de personal eventual al servicio de la
corporación municipal:
• 4 directores, con una retribución de 54.766,66 € brutos al año
• 3 coordinadores de área, con una retribución de 45.832,94 € brutos al año
• 8 consejeros técnicos, con una retribución de 37.654,16 € brutos al año
• 2 secretarias de dirección, con una retribución de 36.955,01 € brutos al año
• 6 asesores, con una retribución de 30.712,61 € brutos al año.
• 3 administrativos, con una retribución de 26.933,46 € brutos al año
• 3 auxiliares, con una retribución de 24.195,54 € brutos al año.
Las retribuciones anteriormente fijadas entrarán en vigor a partir de la toma de
posesión de su cargo. Excepcionalmente y exclusivamente en los casos de
nombramiento y cese, la Alcaldía podrá asignar a este personal gratificación por
servicios extraordinarios.
Las cantidades anteriormente señaladas se cobrarán en 14 pagas.
El Portavoz de UPyD, Sr. Brown Sansevero, respecto del siguiente punto,
propone se cambien sus plazas por un asesor y un administrativo, en vez de un
auxiliar y un administrativo, lo que supondría una diferencia salarial, pero es lo que su
Grupo necesita, y desea saber lo que opinan el resto de Grupos, puesto que el equipo
de gobierno está a favor.
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33. Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
El Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Ferrero Andrés, responde que si UPyD
tiene necesidad de tener un personal distinto nos parece bien, pero como tiene que
haber proporcionalidad, se debería trasladar al resto de Grupos.
El Portavoz del Grupo de IU, Sr. Rodrigues Marcos, entiende que UPyD sabrá
lo que necesita para desarrollar sus funciones de oposición, y en cualquier caso,
nuestro sentido del voto va a ser negativo debido a los altos salarios que se plantean
para este tipo de personal, y sobre todo cuando estamos hablando de austeridad, y
habría que predicar con el ejemplo, y no plantear este tipo de salarios.
Tras este debate, la Alcaldía interpreta que la propuesta es aceptada y que
PSOE y UPyD tendrán 1 asesor y 1 administrativo, e IU tendrá 1 administrativo y 1
auxiliar. Así se somete a votación,
El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por mayoría absoluta obtenida
con 23 votos a favor, correspondientes: 16 a los Sres. Concejales del Grupo Popular, 4
a los Sres. Concejales del Grupo Socialista y 3 a los Sres. Concejales de UPyD, y 2
votos en contra de los Sres. Concejales de IU-Los Verdes, acordó:
4º.- Crear las siguientes plazas de personal eventual al servicio de los
grupos municipales:
• Partido Popular:
o 1 coordinador con una retribución de 45.832,94 € brutos al año
o 1 asesor con una retribución de 30.712,61 € brutos al año
o 1 administrativo con una retribución de 26.933,46 € brutos al año
• PSOE:
o 1 asesor con una retribución de 30.712,61 € brutos al año
o 1 administrativo, con una retribución de 26.933,46 € brutos al año
• UPyD:
o 1 asesor con una retribución de 30.712,61 € brutos al año
o 1 administrativo, con una retribución de 26.933,46 € brutos al año
• IU:
o 1 administrativo con una retribución de 26.933,46 € brutos al año.
o 1 auxiliar, con una retribución de 24.195,54 € brutos al año.
Las retribuciones anteriormente fijadas entrarán en vigor a partir de la toma de
posesión de su cargo.
La cantidad anteriormente señalada se cobrará en 14 pagas.
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