Este documento habla sobre los deberes y responsabilidades de un notario. Explica que un notario es un delegado del estado que da fe pública y debe ser abogado. También describe las causales de inhabilitación como sanciones por delitos o prohibiciones para ejercer ciertas funciones. Finalmente, define conceptos legales como la venalidad, el cohecho, el fraude y las diferentes clases de falsedad.
2. Fecha: 27 de Febrero 2,010.- 2 Es un Delegado del Estado. Es un Asesor Da Fe Pública Ser Abogado Art. 1 Ley de Notariado Art. 1 Ley de Notariado Art. 1 Ley de Notariado Art. 4 y 5 Ley de Notaraido
3. 27 de Febrero de 2,010.- 3 Inhabilitación B E C D A Sanción de un Delito. Prohibición para el desempeño de ciertas funciones. No ejercitar ciertos derechos. Causales de Orden Legal. Base Legal: Art. 7 Ley Notarial.
4. 27 de Febrero de 2,010.- 4 4.- La Falsedad 3.- El Fraude 2.- El Cohecho 1.- La Venalidad
5.
6. 27 de Febrero 2,010.- 6 Sobornar a un Funcionario Público. Objeto: Recibir una contraprestación Base Legal: Arts. 330 y 331 CPrPn El Cohecho.
7. 27 de Febrero de 2,010.- 7 Abuso en Función De su Profesión Engaño Matrimonio Ilegal. Rt.192CPn Concepto ¿ Fraude ?
8. 27 de Febrero de 2,010.- 8 La Falsedad Clases de Falsedad: Arts.283,284 y 285Pn Falta de: Autenticidad Veracidad Material Ideológica Documental Agravada