TDR - Servicio de Residente de Obra Rehabilitacion Campamento Represa - Convocatoria .pdf
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN
GENERAL
I. TÉRMINOS DE REFERENCIA
1. Denominación de la contratación
Servicio de Residente de Obra “Rehabilitación de infraestructura de campamento
Represa Km 107 de la Central Hidroeléctrica Machupicchu”.
2. Vinculación al POI
El Servicio a contratar se encuentra vinculado con el Plan Operativo Institucional
(POI) aprobado por FONAFE cuyo objetivo estratégico es el Optimizar y Mejorar
la eficiencia operativa con el indicador de Disponibilidad de los grupos de
generación.
.
3. Finalidad pública
Conducir las actividades del Expediente Técnico ““Rehabilitación de infraestructura
de campamento Represa Km 107 de la Central Hidroeléctrica Machupicchu””,
cuyas acciones están orientadas para garantizar las condiciones de salubridad y
permanencia del personal de mantenimiento y operaciones del equipamiento
electromecánico y los servicios asociados a esta (Centro Medico, Comedor,
Vigilancia, Limpieza) de la Represa cumpliendo perfectas condiciones de
habitabilidad.
4. Antecedentes
El campamento de la Represa de la CH Machupicchu consta de edificaciones
de las diversas etapas de la construcción de la CH Machupicchu y su
Rehabilitación, las mismas que datan de los años 1960; 1980, 2000 y 2013.
El campamento está situado en una zona tropical de ceja de selva, con un clima
variado y que en épocas de avenida (lluvias) la infraestructura se ve afectada,
las coberturas de los techos se han deteriorado a lo largo de los últimos años
presentado bastantes "goteras", la pintura de los muros ha perdido su función
de protección, los pisos se han desgastado, las instalaciones sanitarias por el
uso y el tiempo transcurrido se han deteriorado, las áreas de recreamiento
requieren ser rehabilitadas, así como existe infraestructura que ha dejado de
ser útil y que requiere ser demolida.
Egemsa elaboro el proyecto aprobado “Evaluación y diagnóstico de la
infraestructura del campamento Represa Km 107” el año 2019, el cual forma
parte de los presentes Términos de Referencia; en el cual se identificaron
labores de rehabilitación, mantenimiento e infraestructura nueva a construir; el
alcance de los presentes términos de referencia se circunscribe estrictamente
a labores de rehabilitación excluyendo las de mantenimiento y nueva
infraestructura.
5. Objetivos de la contratación
Contratar los servicios de un Profesional en Ingeniería Civil y/o Arquitecto
colegiado y habilitado para el ejercicio profesional como Residente de Obra para
la Obra Rehabilitación de infraestructura de campamento Represa Km 107 de la
Central Hidroeléctrica Machupicchu.
6. Características y condiciones del servicio a contratar
6.1.Descripción y cantidad del servicio a contratar
El alcance del servicio a contratar, contendrá las siguientes labores y/o
responsabilidades:
Asumir la responsabilidad de la ejecución física de la obra: “Rehabilitación de
infraestructura de campamento Represa Km 107 de la Central Hidroeléctrica
Machupicchu”, con la calidad técnica requerida, de acuerdo con el
Expediente Técnico aprobado de dicha obra, respetando las normas
técnicas aplicables y buenas prácticas de ingeniería.
Responsable del cumplimiento de metas, especificaciones técnicas y plazos
establecidos en el Expediente Técnico aprobado y por las actividades
administrativas necesarias para ejecutar la obra.
Responsable directo del cumplimiento del Expediente Técnico aprobado.
Ejecutar y hacer cumplir las normas de seguridad y/o directivas de seguridad
y medio ambiente juntamente con los responsables del área de seguridad y
medio ambiente de la Obra y de EGEMSA durante la ejecución de la Obra.
Sus servicios se realizarán en el lugar de la Obra designada, no pudiendo
desempeñarse simultáneamente en otra obra distinta.
Presentar informes, mensuales de valorización de obra de conformidad al
presupuesto de obra aprobado, valorización económica o finaciera del
avance de obra, informe de materiales utilizados en obra, informe del saldo
de materiales de obra
Informe final de liquidación de obra con valorización final, valorización
financiera, planos de replanteo como construido documentos debidamente
firmados por el Residente de Obra y Supervisor o Inspector de obra.
Permanencia a tiempo completo durante la ejecución de las Obra.
6.2.Actividades
Antes del Inicio de la Obra:
Revisión del Expediente (diagnóstico inicial del expediente técnico aprobado
por la entidad )
Reconocimiento del Área de Ejecución de la Obra.
Informar inicialmente sobre la compatibilidad del expediente técnico
aprobado por la entidad , disponibilidad de terreno y verificación en campo
del Expediente Técnico, el mismo que deberá ser evaluado y visado por el
Supervisor o Inspector de Obra, quien informará a la Jefatura del
Departamento de desarrollo de obras.
Informe y Evaluación de los aspectos críticos del proyecto, con las
recomendaciones complementarias y/o modificaciones sustentadas.
Coordinar y programar en forma oportuna con el inspector o supervisor de
obra la fecha de entrega de terreno e inicio de obra.
Participación y suscripción del acta de entrega de terreno, conjuntamente con
el representante de EGEMSA, delimitando la zona y/o hitos donde se
ejecutará la obra.
Evaluar en coordinación con el inspector o supervisor de obra, el personal
necesario.
Presentar y/o validar el cronograma valorizado de obra y plan de
adquisiciones de materiales y/o equipos previstos en el expediente.
Presentar ante la Entidad, el requerimiento de personal de la obra, de
materiales y equipos en forma oportuna, de acuerdo al cronograma de
adquisición de materiales y a los requerimientos de los trabajos. Los
requerimientos deberán ser realizados con una anticipación de 30 días como
mínimo al inicio de cada partida de acuerdo al cronograma de ejecución a fin
de respetar los plazos establecidos en los procesos de selección.
Solicitar al Especialista administrador de obra la adquisición (requerimiento)
de personal, materiales, herramientas, equipos, servicios y recursos
necesarios para el inicio de obra.
Dar conformidad y recepción de los servicios y materiales.
Dar conformidad, mediante informes técnicos a los servicios contratados,
cuando estos hayan sido debidamente autorizados por la Entidad.
El inicio de ejecución de obra se efectuará solo si se tiene adquirido los
materiales principales y/o recursos necesarios para el inicio de obra. En caso
de retraso en la adquisición de materiales y/o recursos se suspenderá el
servicio hasta la adquisición de dichos materiales.
Durante la Ejecución de la Obra:
Realización del acta de inicio de obra juntamente con el supervisor o
inspector, indicando la fecha de inicio de obra.
Ejercer la dirección técnica del proyecto de acuerdo al expediente técnico,
adoptando las medidas pertinentes y oportunas, para culminar los trabajos o
actividades en el plazo previsto y dentro de los costos correspondientes. Será
responsable de los atrasos o paralizaciones injustificadas.
El Residente de Obra es el responsable técnico administrativo de la obra y
en particular del uso de los recursos ingresados en la misma (mano de obra,
materiales, maquinaria y equipos entre otros; los cuales no podrán ser
destinados a fin distinto de la obra.
Control económico de la obra, cuidando que los egresos del proyecto sean
concordantes con el presupuesto aprobado por la entidad de acuerdo a la
normatividad vigente, anotándose los gastos de jornales, materiales,
valorizaciones, equipos y otros.
Control de los plazos de obra y sus ampliaciones de darse el caso,
actualizando oportunamente el cronograma de obra en barras Gantt y
cronograma valorizado, así como al cronograma de adquisiciones de
materiales. El Residente de Obra implementa los mecanismos de control más
idóneos y convenientes para comprobar la situación, estado y uso de los
bienes que estén sujetos a su responsabilidad, como partes diarios, sean de
movimiento y/o de rendimiento, dejando constancia de ello en el cuaderno de
obra, así como en los informes que debe presentar.
Asumir la responsabilidad del control de la ejecución, calidad de los trabajos,
materiales, así como el funcionamiento de las instalaciones, conforme a las
especificaciones técnicas.
Hacer cumplir los planes de seguridad de EGEMSA durante la ejecución de
la obra en coordinación con el responsable de medio ambiente de EGEMSA
e inspector o supervisor de obra.
Implementar las acciones de controles medioambientales de la obra en
coordinación con el responsable de medio ambiente de EGEMSA e inspector
o supervisor de obra.
Control permanente de materiales y recursos de la obra, presentando
oportunamente, el requerimiento de materiales, insumos y servicios
necesarios para la ejecución de los trabajos o actividades de acuerdo al
calendario de adquisición de materiales. Así mismo es responsable del
control de almacenes. Disponer el retiro, reemplazo de los materiales
rechazados por su mala calidad o por no corresponder a las Especificaciones
técnicas del Expediente Técnico Aprobado.
A solicitud del supervisor o Inspector disponer el retiro de la persona o
personas que incumplan los reglamentos de trabajo y seguridad, causando
conflictos o cualquier otra falta que tenga relación y afecte la correcta
ejecución de la Obra, mediante un informe avalado por el inspector o
supervisor de obra que será presentado al Departamento de desarrollo de
Proyectos EGEMSA.
Coordinar y tener informado al de: retiros, deserciones, reemplazos, rotación
y nuevos ingresos de personal.
En caso de faltas o bajo rendimiento, el residente puede disponer la
separación del trabajador de la obra en forma definitiva, Llevar un registro de
asistencia y control diario de personal en campo. Y a través del cual se puede
determinar la participación y permanecía de cada trabajador durante la
ejecución del proyecto, el mismo que debe coincidir con las anotaciones
diarias del cuaderno de obra.
En caso de modificaciones no sustanciales durante la ejecución de obra al
expediente técnico, deberá presentar al Departamento de desarrollo de
Proyectos EGEMSA, la solicitud de modificación de forma inmediata con las
justificaciones técnicas y económicas sustentadas incluyendo sus
implicancias. La solicitud de aprobación debe estar con el visto bueno del
inspector o supervisor de obra.
El Residente de Obra cumplirá estrictamente con las disposiciones y
especificaciones contenidas en el Expediente Técnico y justificando cualquier
modificación que advierta como necesaria para los fines de una ejecución
satisfactoria, la propondrá al Inspector o Supervisor de Obra y este a su vez
a la Jefatura del Departamento de desarrollo de Proyectos de la Entidad, para
su evaluación y conformidad de ser pertinentes.
Presentar al día siguiente de concluido el mes al Departamento de desarrollo
de Proyectos EGEMSA los tareos de personal de la obra debidamente
firmados por el residente e inspector o supervisor de obra. Los tareos deben
estar con la firma diaria de la asistencia de cada trabajador.
El Residente de Obra presentara mensualmente al Inspector o Supervisor de
obra a más tardar a los 07 días calendarios del mes siguiente, un informe
sobre las actividades y avances de la obra, en el cual se indique toda la
información relevante relacionada con la ejecución de la obra y a la
determinación de sus costos tales como: valorización de avance físico de la
obra, ejecución del avance financiero, relación de problemas, incidencias,
consultas y absolución de consultas, registro fotográfico fechado, copia de
los asientos de cuaderno de obra por el periodo correspondiente, entre otros;
el modelo de informe se anexa en el Anexo N° 1. Así mismo debe adjuntar la
planilla de personal de obra y metrados y o actividades.
El informe mensual deberá ser validado por el Inspector o Supervisor de Obra
y la Jefatura del Departamento de desarrollo de Proyectos y de corresponder
se procederá al pago de la prestación. Así mismo la Jefatura del
Departamento de desarrollo de Proyectos tomara las acciones para
solucionar los problemas reportados en el informe.
El Residente de Obra elaborara la documentación (informes) que sean
necesarios para la ejecución oportuna y satisfactoria de la obra; así mismo
en coordinación con el personal administrativo de la Entidad, elaboraran la
pre liquidación técnico financiera, adjuntando copias de los documentos de
sustento de gasto.
El uso y llenado de cuaderno de obra debe ser efectuada por el residente y
el inspector o supervisor de obra. El cuaderno de obra debe estar
permanentemente en obra, y su custodia y permanencia será a
responsabilidad del residente.
Registrar en cuaderno de obra las incidencias de importancia para la obra
(consultas, propuestas, incidentes, avances físicos/financieros).
Registrar en el cuaderno de obra de forma diaria la utilización de materiales,
mano de obra y equipos.
Validar los registros de utilización de mano de obra y de los equipos
efectuados por el Especialista Administrador de Obra de la obra (Asistente
Administrativo de obra), y/o controlador de equipo, así como velar por el uso
eficiente de los equipos asignados.
Anotar en el cuaderno de obra las causales de generación de modificaciones
del expediente técnico (plazo y presupuesto).
Absolver las observaciones efectuadas por EGEMSA, inspector o supervisor
de obra a los documentos e informes presentados y/o actividades en
ejecución.
En caso se proponga efectuar mejoras durante la ejecución del proyecto, el
residente presentara a EGEMSA, el expediente técnico de la modificación
propuesta con la opinión favorable del inspector o supervisor de obra.
EGEMSA evaluará la propuesta de ser sustentada procederá con la
aprobación correspondiente.
Otras actividades que el residente considere como necesarias para la
correcta y oportuna ejecución de obra.
Efectuar informes mensuales a INFOBRAS de la Contraloría en coordinación
con la Entidad
Después de la Ejecución de la Obra:
Elaborar y presentar la memoria descriptiva del proyecto (como construido),
así como el informe final de obra.
Formular y presentar el expediente de pre liquidación de obra.
Cerrar la obra en concordancia con las directivas aprobadas o aplicables para
EGEMSA, para el proceso de recepción y liquidación de obra.
Elaborar y presentar los planos de replanteo como construido, debidamente
firmados.
Participar en la recepción de obra.
Asesorar a la comisión de recepción de obra en la elaboración de la
liquidación de obra.
Hacer entrega de los materiales y/o equipos en los almacenes de EGEMSA
y efectuar el cierre.
En caso de existir observaciones, dirigir la ejecución de levantamiento de
observaciones efectuadas durante la recepción de obra
Contenido mínimo del informe:
El informe mensual del residente de obra. deberá contener como mínimo lo
siguiente:
1. Generalidades.
2. Antecedentes.
3. Descripción del avance del proyecto por partidas
4. Resumen de avance físico y económico.
5. Cuadro valorización mensual de la obra referido del avance físico
6. Valorización mensual de la obra referida del avance financiero.
7. Cuadro de valorización de adicionales por partidas nuevas, de ser el
caso.
8. Cuadro de valorización de adicionales por mayores metrados, de ser
el caso.
9. Planilla de metrado por partidas.
10.Nuevas partidas, adicionales y deductivas de ser el caso.
11.Control de recursos humanos (planilla i control de asistencia).
12.Materiales utilizados.
13.Combustibles lubricantes y hora.
14.Equipos, maquinarias y herramientas utilizadas.
15.Servicios utilizados.
16.Observaciones.
17.Conclusiones.
18.Recomendaciones.
19.Anexos, conteniendo lo siguiente:
- Panel fotográfico del proceso constructivo con fecha y hora.
- Copias de cuaderno de obra.
- Curva s de avance de obra.
- Otros necesarios.
Reemplazo del Residente de Obra
El reemplazo del Residente de Obra podrá deberse a las siguientes
circunstancias:
Renuncia expresa por causa fortuita o de fuerza mayor.
Enfermedad que impida desarrollarse en el cargo.
Estar incurso en sentencia privativa de la libertad.
Fallecimiento.
Abandono (Sujeto a penalidad por incumplimiento).
Incumplimiento injustificado de funciones detectadas por el Departamento de
desarrollo de Proyectos
Incumplimiento injustificado de funciones detectadas por la Supervisión o el
Inspector de Obras.
En caso de necesidad de reemplazo, el Departamento de desarrollo de
Proyectos comunicará a la Gerencia de Proyectos los causales del
reemplazo, deberá proponer un reemplazo adjuntando el currículo del nuevo
profesional evidenciado el cumplimiento de los requisitos solicitados al
Residente a ser reemplazado.
Por abandono de obra
6.3.Plan de trabajo
Antes del inicio de obra, el Residente presentará su Plan de Trabajo en la que
se indique la secuencia de actividades que permitan alcanzar las metas y
objetivos del servicio.
6.4.Requisitos según leyes, reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o
sanitarias, reglamentos y demás normas
El Residente ejecutará la obra de conformidad a:
Reglamento Nacional de Edificaciones – Vigente a la fecha de ejecución de
la Obra.
Ley Nª 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Decreto Supremo Nº 005-2012-TR - Reglamento de la Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Decreto Supremo N° 011-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento
de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción
Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA
Resolución Ministerial N 128-2020-MINEM/DM.
RM 087-2020-VIVIENDA Protocolo Sanitario del sector Vivienda,
Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las
actividades en reanudación de actividades.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
6.5.Impacto ambiental
El Residente cumplirá y hará cumplir todos los aspectos relacionados con la
remediación ambiental conforme al Plan de Manejo Ambiental que fue
elaborado para tal propósito.
6.6.Seguros
Para los servicios que se desarrollen en las instalaciones de EGEMSA o en su
área de concesión, el profesional contratista a cargo del servicio, antes de iniciar
el servicio deberá presentar obligatoriamente las Pólizas del Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo Salud y Pensión (SCTR), e inclusive con
aquellas potestativas de ley que por la naturaleza del servicio amparen a sus
trabajadores en el desarrollo de sus actividades contratadas; las pólizas son
responsabilidad del contratista.
El Contratista a cargo del servicio deberá además presentar la documentación
correspondiente de acuerdo al rubro de servicio, de acuerdo a lo dispuesto en
la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6.7.Protocolo COVID
El área usuaria será responsable de que el personal contratista cumpla con las
disposiciones establecidas en el Protocolo para la vigilancia, prevención y
control de Covid 19 para las empresas contratistas, de tercerización y servis.
6.8.Lugar y plazo de prestación del servicio
6.8.1. Lugar
El servicio será prestado en la Represa de la Central Hidroeléctrica de
Machupicchu Km 107, Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba,
Departamento de Cusco.
6.8.2. Plazo
El plazo de ejecución del servicio es de 180 días calendarios. El Plazo es
referencia y está sujeto al real avance y culminación de la Obra.
6.9.Resultados esperados
Informe de compatibilidad del proyecto aprobado por la entidad.
Informes Mensuales de avance de Obra.
Informe de Pre liquidación de Obra.
6.10. Sistemas de Contratación
A Suma Alzada
7. Requisitos y recursos del proveedor
7.1. Requisitos del proveedor
Ingeniero Civil y/o Arquitecto.
Título profesional en Ingeniería Civil y/o Arquitectura.
Habilitación y Colegiatura vigentes.
Disponibilidad inmediata
7.2. Recursos a ser provistos por el proveedor
7.2.1. Equipo
Brindar el servicio con su propio equipo de cómputo portátil (laptop).
Portar Cámara fotográfica y recursos necesarios para el cumplimiento del
servicio
7.2.2. Personal
A. Personal clave
a. Personal 1
i. Actividades
Las descritas en el acápite 6.2.
ii. Perfil
Formación Académica
Título de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.
Experiencia:
Experiencia mínima de 24 meses computados desde la obtención de
la colegiatura en la ejecución de Rehabilitación de obras civiles y/o
obras similares al objeto de la presente convocatoria en calidad de
Residente de Obra.
Se consideran Obras similares a la Supervisión y/o ejecución de
construcción y/o rehabilitación y/o modificación de Obras civiles en
general.
8. Otras consideraciones para la ejecución de la prestación
8.1. Otras obligaciones
8.1.1. Otras obligaciones del contratista
El contratista es el responsable directo y absoluto de las actividades que
realizará, debiendo responder por el servicio brindado.
8.1.2. Recursos y facilidades a ser provistos por la Entidad
EGEMSA brindará alojamiento en el Campamento de la Represa Km 107.
En cumplimiento de la RM 087-2020-VIVIENDA Protocolo Sanitario del
sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e
incremental de las actividades en reanudación de actividades, Egemsa
brindara alimentación durante la ejecución del servicio en el Campamento
de la CH Machupicchu; así como realizara el traslado del Residente de Obra
desde Cusco al lugar de la obra hasta en 02 ocasiones mensuales mientras
dure la declaratoria de la emergencia sanitaria nacional motivada por el
COVID.
EGEMSA entregará el Expediente Técnico de Obra aprobado.
8.2.Adelantos
No se consideran adelantos.
8.3.Subcontratación
El Residente no podrá Sub Contratar parte o total de su Servicio.
8.4.Confidencialidad
Los documentos que sean proporcionados por EGEMSA al Contratista, son
propiedad del fabricante y de la Entidad quedando terminantemente prohibida
el uso de dicha información para actividades no relacionadas a las especificadas
en los presentes Términos de Referencia y no podrán ser utilizados, ni
difundidos, ni revelados a terceros, por EL CONTRATISTA.
8.5.Propiedad intelectual
Toda la información brindada al Contratista es de propiedad intelectual de la
Entidad, así mismo el producto entregado por el Contratista será de propiedad
intelectual de la Entidad, incluidos sin limitación, derechos de autor, nombres
comerciales y marcas registradas respecto a los productos o documentos y
otros materiales que guarden una relación directa con la ejecución del servicio
o que se hubieren creado o producido como consecuencia o en el curso de la
ejecución del servicio.
8.6.Medidas de control durante la ejecución contractual
Áreas que coordinarán con el contratista.
o Gerencia de Proyectos
o Jefatura de Departamento de Desarrollo Obras.
o Jefatura de Central CH Machupicchu.
Áreas responsables de las medidas de control:
o Jefatura de Departamento de Desarrollo Obras.
o Jefatura de Central CH Machupicchu.
8.7.Conformidad de la prestación
o La Conformidad de la prestación la emitirá la Jefatura de Departamento de
Desarrollo Obras de la Gerencia de Proyectos.
8.8.Forma de pago
Los pagos se realizarán de la siguiente manera.
Ítem Concepto
% avance
físico
acumulado
de obra
Pago % del
total en
soles
Pago 1
Cumplidas las actividades antes
del inicio de obra e Informe
20 %
Pago 2
Informes mensuales de avance
de obra.
30% 20 %
Pago 3
Informes mensuales de avance
de obra.
70% 20 %
Pago 4
Informes mensuales de avance
de obra
100 % 20 %
Pago 5
Cumplidas las actividades
después de conclusión de obra,
Informe de pre liquidación de
obra.
10%
Pago 6 Al finalizar el asesoramiento en
la liquidación de obra
10%
Total 100 %
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista,
la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
Recepción de los conceptos estipulados en la Tabla superior.
Informe del Inspector de Obra emitiendo la Conformidad de la prestación
efectuada.
Informe del Jefe de Departamento de Desarrollo Obras de la Gerencia de
Proyectos.
Comprobante de pago.
8.9.Fórmula de reajuste
No aplica
8.10. Responsabilidad por vicios ocultos
La recepción conforme de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva
su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme
a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y
173 de su Reglamento.
El Residente es responsable por la calidad de la Obra y por los vicios ocultos
del servicio ejecutado por un plazo establecido en el Código Civil, contado a
partir de la fecha de Recepción de Obra.
8.11. Incorporación de entidad al ámbito de aplicación del D.L. Nº 931
Con Resolución de Superintendencia Nº 219-2010/SUNAT, EGEMSA ha sido
incorporada al ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 931
(Procedimiento para el cumplimiento tributario de los proveedores de las
entidades del Estado), reglamentado por el Decreto Supremo Nº 073-2004-
EF, a partir del 1 de septiembre del 2010.
8.12. Clausula Anticorrupción
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o
tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los
órganos de administración, apoderados, representantes legales,
funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo
7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido,
negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o
incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento,
durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e
integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o
indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas,
integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes
legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el
artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades
competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita
o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas,
organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o
prácticas.
8.13. Anexos
Expediente de Obra “Rehabilitación de infraestructura de campamento
Represa Km 107 de la Central Hidroeléctrica Machupicchu”.
II. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
Los requisitos de calificación que la Entidad DEBE ADOPTAR son los siguientes:
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada
por el área usuaria.
B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.3.1 FORMACIÓN ACADÉMICA
Requisitos:
Personal Clave 1
Título de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.
Acreditación:
El Título Profesional requerido será verificado por el comité de selección en el Registro Nacional de
Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria - SUNEDU a través del siguiente link: https://enlinea.sunedu.gob.pe/
// o en el Registro Nacional de Certificados, Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación a
través del siguiente link : http://www.titulosinstitutos.pe/, según corresponda.
Importante para la Entidad
El postor debe señalar los nombres y apellidos, DNI y profesión del personal clave, así como
el nombre de la universidad o institución educativa que expidió el grado o título profesional
requerido.
Incluir o eliminar, según corresponda. Sólo deberá incluirse esta nota cuando la formación
académica sea el único requisito referido a las calificaciones del personal clave que se haya
previsto. Ello a fin que la Entidad pueda verificar los grados o títulos requeridos en los portales
web respectivos.
En caso el Título Profesional Requerido no se encuentre inscrito en el referido registro, el postor debe
presentar la copia del diploma respectivo a fin de acreditar la formación académica requerida.
B.3.2 CAPACITACIÓN
Requisitos:
Personal Clave 1
Capacitación en actividades de seguridad en general – mínimo 02 horas lectivas.
Acreditación:
Se acreditará con copia simple de constancias, certificados u otros documentos.
Importante
Se podrá acreditar la capacitación mediante certificados de estudios de postgrado,
considerando que cada crédito del curso que acredita la capacitación equivale a dieciséis
horas lectivas, según la normativa de la materia.
B.4 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE
Requisitos:
Experiencia mínima de 24 meses computados desde la obtención de la colegiatura
en la ejecución de Rehabilitación de obras civiles y/o obras similares al objeto de la
presente convocatoria en calidad de Residente de Obra.
Se consideran Obras similares a la Supervisión y/o ejecución de construcción y/o
rehabilitación y/o modificación de Obras civiles en general.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia
simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Importante
Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del
personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año
de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la
fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento.
En caso los documentos para acreditar la experiencia establezcan el plazo de la experiencia
adquirida por el personal clave en meses sin especificar los días se debe considerar el mes
completo.
Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25)
años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Al calificar la experiencia del personal, se debe valorar de manera integral los documentos
presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los
documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con
aquella prevista en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el
personal corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido en las bases.