1. 1.
Conjunto de principios, procesos,
normas, procedimientos, técnicas e
instrumentos mediante los cuales se
ejecutayevalúaelregistrocontable de
los hechos económicos, financieros y
patrimoniales del sector público
SISTEMA NACIONAL
DE CONTABILIDAD
Finalidad
Establecer las condiciones normativas para la
presentación de la rendición de cuentas de las
entidadesdelSectorPúblicoylatomade decisiones
a fin de facilitar el control y la fiscalización de la
gestión pública.
Principios Regulatorios
Funciones
INTEGRIDAD
TRANSPARENCIA
RESPONSABILIDAD
OPORTUNIDAD
UNIFORMIDAD
Integrantes del Sistema
Nacional de Contabilidad
La DirecciónGeneral de ContabilidadPública.
El ConsejoNormativode Contabilidad.
Las Oficinasde Contabilidado lasque hagan susveces
enlas Entidadesdel SectorPúblico.
Emitir normas y procedimientos de contabilidad que
deben regir en las entidades del Sector Público.
Programar,dirigir,coordinary supervisarlaaplicaciónde
la normativade losprocesoscontablesque componenel
Sistema Nacional de Contabilidad.
Elaborar la Cuenta General de la República y las
estadísticas de las finanzas públicas, procesando las
rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del
Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales
vigentes, etc
Definiryestructurarla contabilidadque correspondaa
lasentidadesdel SectorPúblico,de acuerdoasu
naturalezajurídicay característicasoperativas.
Conduciry promoverlaarticulacióndel SistemaNacional de
Contabilidadconlasentidadespúblicas,anivel nacional,
regional ylocal.
2. 2.
SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales
se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, financieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa
contable internacional vigente.
Tiene por finalidad establecer las condiciones normativas para la presentación de la rendición de cuentas de las entidades del Sector Público, a
fin de elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, necesarias para realizarel planeamiento y la toma de
decisiones a fin de facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública.
Tiene como principios regulatorios:
Integridad: Consiste en el registro contable de los hechos económicos y financieros realizados de forma integral y sistemática, de acuerdo
a su naturaleza, considerando la normativa contable vigente.
Oportunidad: Consiste en el reconocimiento, medición, registro, procesamiento, presentación y revelación de la información contable,
efectuado en el momento y circunstancia debidas, en orden a la ocurrencia de los hechos económicos.
Responsabilidad: Consiste en que la autoridad administrativa, los funcionarios y los servidores de la entidad del Sector Público deben
proveer a las oficinas de contabilidad o las que hagan sus veces, la información de hechos de naturaleza económica, que incida o pueda
incidir en la situación financiera y en los resultados de las operaciones de la entidad.
Transparencia: Consiste en que el documento fuente, sea físico o electrónico que sustente la naturaleza del registro contable, garantice
una adecuada transparencia en la ejecución de los recursos, y permita asegurarel seguimiento de las fuentes de los productos o servicios
generados.
Uniformidad: Consiste en el reconocimiento, medición y presentación de los hechos económicos homogéneos, propiciando la
comparabilidad de la información contable.
3. Funciones:
1. Ejercer la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Contabilidad, dictando las normas relacionadas con su ámbito de
competencia y vinculándose con las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las entidades del Sector Público.
2. Emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público.
3. Programar, dirigir, coordinar y supervisar la aplicación de la normativa de los procesos contables que componen el Sistema Nacional de
Contabilidad.
4. Elaborar la Cuenta General de la República y las estadísticas de las finanzas públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por
las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes.
5. Definir y estructurar la contabilidad que corresponda a las entidades del Sector Público, de acuerdo a su naturaleza jurídica y
características operativas.
6. Conducir y promover la articulación del Sistema Nacional de Contabilidad con las entidades públicas, a nivel nacional, regional y local.
7. Interpretar las normas contables emitidas y absolver consultas en materia de su competencia, con carácter vinculante.
8. Determinar el período de regularización, la conciliación del marco presupuestal y el cierre contable financiero y presupuestario de las
entidades del Sector Público, en lo que corresponda.
9. Opinar en materia contable respecto de los proyectos de dispositivos legales.
10.Mantener actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad.
11.Promover la investigación contable de los hechos económicos, los resultados de los informes de control, su incidencia en la s ituación
financiera, en los resultados de las operaciones, los presupuestos y los costos en las entidades del Sector Público.
12.Aprobar los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos, oficializareventos relacionados con la contabilidad que organicen la Junta
de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos Departamentales.
13.Capacitar y difundir la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad.
Integrantes del Sistema Nacional de Contabilidad
La Dirección General de Contabilidad Pública.
El Consejo Normativo de Contabilidad.
Las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces en las Entidades del Sector Público.
4. 3. La integración de la contabilidad presupuestaria y financiera en el sector público
Durante mucho tiempo se ha comentado sobre la integración de la contabilidad financiera y el presupuesto, pero se debe analizar en primera
instancia de qué integración estamos hablando: integración de cuentas, integración de registros o integración de criterios de registro o de bases
de registro.
Y un elemento fundamental que debemos analizar son las bases de registro de la ejecución presupuestaria, que las podemos conceptualizar
como “la base que se utiliza para realizar el registro de las transacciones presupuestarias, es decir, cuándo se registra el ingreso real y cuándo el
gastoreal y para formular los presupuestos”. Laintegración idealseríasitenemos el mismo cuadro de cuentas en la contabilidad y elpresupuesto
y lamisma base de registro en el presupuesto y en lacontabilidad financiero patrimonial, asícomo que en los registros solo seconsideren ingresos
y gastos corrientes.
En la contabilidad presupuestaria se utiliza para el registro de los gastos el Clasificadorpor Objeto del Gasto, y en la contabilidad financiera, un
cuadro de cuentas que se sustenta en otros criterios.
Los propósitos de la información presupuestaria y de la información de la contabilidad financiera son distintos, pero se complementan.
Se entiende por contabilidad presupuestaria el registro detallado de las estimaciones de ingresos y las asignaciones de gastos, debidamente
aprobados, así como el registro de las operaciones producto de su ejecución y liquidación.
En relación con bases de registro de la ejecución presupuestaria, tenemos la base de efectivo, la de devengado criterio contable, la de competencia
y la de devengado criterio presupuestario. Al ser tan heterogéneo el sector público, me parece que no debería utilizarse una única base registro de la
ejecución presupuestaria. Es fundamental manejar información de las distintas etapas de una transacción presupuestaria que van desde la
apropiación, solicitud administrativa, orden de compra u orden de pedido, recibo de bienes, consumo de bienes y servicios, y el pago.
Al ponerse por parte de la contabilidad nacional en aplicación, a partir de 2011, para algunas entidades utilizar en el presupuesto la base de registro
de devengado criterio presupuestario puede facilitar la aplicación de dichas normas, pero se puede implementar también con la base de efectivo.
Al utilizar en el presupuesto labasede efectivo tanto en ingresos como en gastos seconciliaelsuperávit con la contabilidad financiera con las cuentas
caja y bancos e inversiones financieras a menos de un año plazo.
En el caso de utilizar la base de devengado criterio contable se concilia el superávit con la utilidad del estado de resultados con algunos ajustes
como los bienes duraderos, depreciación e incobrables.
Es importante mencionar que en el sector público se utiliza la base de efectivo por muchas entidades y la base de devengado en varias entidades
como las del sector financiero. Esta norma permite que la información presupuestaria y la realizada se presenten en un estado separado o, solo
cuando el presupuesto y los estados financieros se preparen en una base comparable, como una columna presupuestaria adicional en los estados
financieros existentes.
ESTRUCTURA DE FUNCIONAMIENTO
5. El SIAF, funciona por módulos los que actualmente son de uso obligatorio son:
a) Modulo Presupuestal. - Es aquel que registra todas y cada una de las operaciones del Presupuesto, desde la apertura, Calendario de
Compromisos, Modificaciones Presupuestales, ejecución Presupuestal,
Estados Presupuestales.
b) Modulo administrativo. - Este Modulo tiene dos sub módulos:
1. Modulo Administrativo: El que registra todas las operaciones de la
Unidad Ejecutora, para mejor entender las clasificaremos en:
Operaciones de Ingreso: Las que registran dos fases:
Recaudado
Determinado
Operaciones de Egreso: Las que registran las siguientes fases:
Compromiso
Devengado
Girado
Pagado
2. Módulo Contable: Es el que permite contabilizar cada una de las
operaciones en todas y cada una de sus fases porcada operación, del diario registro de la UE. Para efectos de su contabilización, las
transacciones u operaciones se agrupan por áreas de actividad homogéneas a fin de facilitarlos registros y control, se identifican las
siguientes:
Fondos
Bienes
Presupuesto
Tributación
Endeudamiento
Integración contable.
Todo este sistema de registro permite elaborar los Estados Financieros a informar carácter obligatorio y se dan mediante los Instructivos.
6. 4.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA.
Por las Unidades Ejecutoras y dependencias
equivalentes en las Entidades del Sector Público
comprendidas en la presente Ley y sus
correspondientes tesorerías u oficinas que hagan
sus veces
Se conforma de esta manera:
Por la DirecciónNacional del Tesoro Públicodel Ministerio
de EconomíayFinanzas,que eselórganorectordelSistema
y como tal aprueba la normatividad,implementayejecuta
los procedimientos y operaciones correspondientes en el
marco de sus atribuciones
NIVEL CENTRAL NIVEL DESCENTRALIZADO
UOPERATIVO
Es el conjuntode órganos,normas,procedimientos,técnicase
instrumentos orientados a la administración de los fondos
públicos, en las entidades y organismos del Sector Público
Son atribuciones de la
Dirección Nacional del
Tesoro Público, en forma
exclusiva y excluyente:
Establecernormasque orientenlaprogramaciónde
caja enel nivel descentralizado.
Elaborar y difundirinformaciónestadísticasobre la
ejecuciónde ingresosyegresosde losfondos
públicos.
Custodiarvaloresdel TesoroPúblico
Opinarenmateriade tesoreríarespectoa los
proyectosde dispositivoslegales.
Evaluarla Gestiónde Tesoreríade las unidades
ejecutorasodependenciasequivalentesenlas
entidades., etc.
7. 5.
SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LOS RECURSOS PÚBLICOS
El Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF-RP), es un sistema de registros únicos del uso de los recursos
públicos. Compone una herramienta informática de gestión que, al usarlo de forma oportuna, afianza la solidez y fluidez de los registros
vinculados a la ejecución de Ingresos y Gastos. Todos los datos que se registran en el SIAF y son transferidos al Ministerio de Economía y
Finanzas , su objetivo es mejorar la gestión financiera obteniendo así la transparencia de los recursos públicos con una orientación basada en
resultados.
De acuerdo al Artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 1436, El Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF-RP)
es el sistema informático de uso obligatorio por parte de las entidades del Sector Público, según determine cada ente rector de los sistemas
administrativos integrantes de la Administración Financiera del Sector Público.
El SIAF RP es un sistema informático que incorpora en sus procesos de registro la normativa legal vigente de los sistemas administrativos de la
gestión pública, a continuación, describiremos estos sistemas y las unidades orgánicas encargadas de su gestión:
a) El Sistema Nacional de Presupuesto Público (Oficina de Presupuesto)
b) El Sistema Nacional de Tesorería (Oficina de Tesorería)
c) El Sistema Nacional de Endeudamiento Público (Oficina de Presupuesto)
d) El Sistema Nacional de Contabilidad (Oficina de Contabilidad)
a) El Sistema Nacional de Presupuesto
Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector
Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación.
Está integrado por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda y por las Unidades Ejecutoras a
través de las oficinas o dependencias en las cuales se conducen los procesos relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades y
organismos del Sector Público que administran fondos públicos, las mismas que son las responsables de velarpor el cumplimiento de las normas
y procedimientos que emita el órgano rector.
Las principales atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público son:
Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario.
Elaborar el anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto.
Emitir las directivas y normas complementarias pertinentes.
Efectuar la programación mensual del Presupuesto de Ingresos y Gastos.
8. Promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria.
Emitir opinión autorizada en materia presupuestal.
El Sistema Nacional de Presupuesto es el instrumento de programación económica y financiera, de carácter anual y es aprobado por el Congreso
de la República. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.
Los gastos del Estado están agrupados en Gastos Corrientes, Gastos de Capital y Servicio de la Deuda, que se desagregan conforme a los
clasificadores correspondientes.
Gasto corriente, son los gastos destinados al mantenimiento u operación de los servicios que presta el Estado.
Gasto de capital, son los gastos destinados al aumento de la producción o al incremento inmediato o futuro del Patrimonio del Estado.
Servicio de la deuda, son los gastos destinados al cumplimiento de las obligaciones originadas porla deuda pública, sea interna o externa.
b) El Sistema Nacional de Tesorería
El Sistema Nacional de Tesorería es el conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de
los fondos públicos en las entidades y organismos del Sector Público, cualquiera que sea la fuente de financiamiento y uso de los mismos.
Está integrado por la Dirección Nacional del Tesoro Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda y por las Unidades Ejecutoras a través
de las oficinas o dependencias en las cuales se conducen los procesos relacionados con el Sistema, a nivel de todas las entidades y organismos
del Sector Público que administran dichos fondos, las mismas que son responsables de velarpor el cumplimiento de las normas y procedimientos
que emita el órgano rector.
Las principales atribuciones de la Dirección Nacional del Tesoro Público son:
Elaborar el presupuesto de caja del Gobierno Nacional.
Centralizar la disponibilidad de fondos públicos.
Programar y autorizar los pagos y el movimiento con cargo a los fondos que administra.
Custodiar los valores del Tesoro Público
Emitir opinión autorizada en materia de tesorería.
c) El Sistema Nacional de Endeudamiento
Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores
de un año de las entidades y organismos del Sector Público. Se rige por los principios de responsabilidad fiscal y sostenibilidad de la deuda. Está
integrado por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda y, por las Unidades Ejecutoras en
9. las cuales se conducen los procesos relacionados con el sistema, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran fondos de las
entidades y organismos públicos, las mismas que son responsables de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que emita el
órgano rector.
Las principales atribuciones de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público son:
Conducir la programación, la concertación y el desembolso de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional y de sus avales
o garantías.
Registrar la deuda de las entidades y organismos del Sector Público.
Atender el servicio de la deuda del Gobierno Nacional
Desarrollar la administración de pasivos.
Actuar como agente financiero único del Gobierno Nacional pudiendo autorizarse la realización de gestiones financieras específicas a
otras entidades del Estado mediante resolución ministerial de Economía y Finanzas.
d) El Sistema Nacional de Contabilidad
Es el conjunto de órganos, políticas, principios, normas y procedimientos de contabilidad de los sectores público y privado, de aceptación general
y aplicada a las entidades y órganos que los conforman y que contribuyen al cumplimiento de sus fines y objetivos. En lo correspondiente al
Sector Público, tiene por finalidad establecer las condiciones para la rendición de cuentas y la elaboración de la Cuenta General de la República.
Se rige por los principios de uniformidad, integridad y oportunidad.
El Sistema Nacional de Contabilidad, está conformado por:
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, dependiente del Viceministerio de Hacienda.
El Consejo Normativo de Contabilidad.
Las Oficinas de Contabilidad o dependencias que hagan sus veces en las entidades y organismos del Sector Público señalados por ley.
Los organismos representativos del Sector no Público, constituidos por personas naturales y jurídicas dedicadas a actividades económicas
y financieras.
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, es el órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad, dicta las normas y establece los
procedimientos relacionados con su ámbito, en el marco de lo establecido por la presente Ley, disposiciones complementarias y las Directivas e
instructivos de Contabilidad.
Las principales atribuciones de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, en el marco de la Administración Financiera del Estado, son:
Normar los procedimientos contables para el registro sistemático de todas las transacciones de las entidades del Sector Público, con
incidencia en la situación económico financiera.
Elaborar los informes financieros correspondientes a la gestión de las mismas.
Recibir y procesar las rendiciones de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República.
10. Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad.
Otras de su competencia.
Por ello que en las instituciones públicas en las convocatorias CAS para los puestos administrativos, requirieren profesionales con previa
certificación en el manejo del SIAF, porque además de estarcapacitados para registrar operaciones en el SIAF conoce la normativa legal vigente.
Es importante porque allí se registran información de Ingresos y Gastos de la institución, también brinda reportes y estados de gestión valiosos
para el control concurrente y toma de decisiones, asimismo su manejo es requisito obligatorio por las personas que trabajan en las áreas de
Administración, Presupuesto, Logística, Contabilidad, Tesorería y otros que componen todo el proceso de gestión presupuestaria y financiera
desde el ingreso del expediente hasta el pago al proveedor.
¿Cuantos módulos tiene el SIAF?
MóduloAdministrativo
MóduloPresupuestal
MóduloContable
Módulode Control de Planillas
¿Cómo funciona el nuevo SIAF RP?
Evidencia: Decisiones en el proceso presupuestarios orientadas al financiamiento y ejecución de políticas públicas, basadas en la mejor
evidencia disponible y pertinente.
Calidaddel Presupuesto: Proceso presupuestario, bajo criterio de eficienciaasignativay técnica, equidad, efectividad y economía, calidad
y oportunidad en la prestación de servicios.
Orientación a la población: Proceso presupuestario enfocado al logro de resultados para la población y de mejora o preservación en las
condiciones de su entorno.