SISTEMA DE EMERGENCIAS MEDICAS, aspectos medico legales y bioseguridad 2020 b
1. NTC
6072:2014
Autorizado por el ministerio de trabajo
con el radicado numero
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2. Tabla de Contenido
1. Sistema de emergencias médicas – cadena de sobrevivencia
2. Atención pre hospitalaria
3. Aspectos legales y éticos
4. Bioseguridad
3. 1. El sistema de emergencias
médicas.
Cadena de sobrevivencia
Resolución 926/2017: Por el cual se reglamenta el desarrollo
y operación del sistema de emergencias medicas
Resolución 1220 de 2010: Por el cual se establecen
condiciones y requisitos para la organización, operación y
funcionamiento de los centros reguladores de urgencias,
emergencias y desastres (CRUES).
4. 1. El sistema de
emergencias
médicas
Modelo general
integrado.
Propósito: responder
de manera oportuna a
las victimas de
enfermedades,
accidentes de transito,
traumatismos o
enfermedades súbitas.
Finalidad: es dar una
primera respuesta
urgente y adecuada
prehospitalaria y
profesional a las
comunidades. "Fuente: Curso Básico de Atención Prehospitalaria
– CBAPH"
Programa Regional de Asistencia para Desastres
(RDAP)
8. Componentes
La cadena de recursos
humanos/comunitarios que constituyen el
sistema de emergencias médicas son
representadas por los siguientes grupos o
eslabones:
9. Eslabón 1: La respuesta
del ciudadano
Respuesta
Comunitaria
La actuación ante una
emergencia debe contemplar
una decisión de cuándo y
cómo se debe intervenir.
¿Se tienen los conocimientos
y la habilidad para hacerlo?
Representa la cadena más
importante y crucial del
sistema
LA CALIDAD DE LA RESPUESTA COMUNITARIA DEPENDE DEL GRADO DE
PREPARACIÓN DE LOS INDIVIDUOS QUE LA CONFORMAN
10. Eslabón 2: Notificación
Oportuna
Hora dorada
A nivel individual la correcta
notificación de una
emergencia puede ser la única
y mas eficaz acción que una
persona de la comunidad
pueda asumir en beneficio de
las víctimas.
2. Active el SEM
Depende de la seguridad en
la escena.
11. Eslabón 3: Atención
Inicial
Esta atención es
prestada por la misma
comunidad en casi
todos los casos,
mientras llega la ayuda
solicitada.
La calidad de la
prestación de este
servicio comunitario
depende también de
los niveles de
conocimiento
ciudadano sobre las
técnicas básicas de
primeros auxilios o de
soporte vital básico en
la primera respuesta.
12. Eslabón 4: Apoyo
Externo.
La intervención oportuna de las entidades de apoyo
externo dependerá en buena medida de una correcta
notificación, seguida de la capacidad operativa de cada
institución o del sistema en su conjunto.
13. Eslabón 5: Atención
Hospitalaria.
La adecuación de los planes hospitalarios para
emergencias externas, permitirán garantizar a las víctimas
una atención oportuna y una asignación de destino acorde
con las características de sus lesiones y el pronóstico.
14. Eslabón 6: Rehabilitación.
Esta rehabilitación debe contemplar no sólo el aspecto físico, sino
psicológico, económico u otros según cada caso y la severidad del
daño sufrido.
El equipo de rehabilitación se encuentra constituido por: médico
general, fisiatras, ortopedistas, terapistas físicos, psicólogos,
trabajadores sociales, entre otros.
16. Ley Estatutaria 1751 de 2015: por
medio de la cual se regula el
derecho fundamental a la salud.
• Art 14: que para efecto de acceder a servicios y tecnologías de
salud, no se requerirá de ningún tipo de autorización
administrativa entre el prestador de servicios y la entidad que
cumpla la función de gestión de servicios de salud cuando se trate
de atención de urgencias.
• Art 10: contempla el deber de los ciudadanos de actuar de
manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la
vida o la salud de las personas como extensión del deber
constitucional de solidaridad contenido en el artículo 95, numeral
2.
18. Roles y responsabilidades del
personal de primera respuesta
Roles
• Seguridad personal del equipo, paciente(s) y
espectadores.
• Obtener acceso al paciente.
• Realizar una correcta evaluación inicial para
identificar condiciones que amenacen la vida a
corto plazo.
• Continuar de la atención por parte de recursos
adicionales del SEM.
• Atención priorizada con base en los hallazgos de la
evaluación inicial.
• Monitoreo y asistencia durante la evaluación
complementaria.
• Participación en mantenimiento de
registros/recolección de datos de acuerdo con
requerimientos locales/estatales y/o nacionales.
Responsabilidades
• Salud y seguridad personal.
• Mantener una actitud atenta: tranquilizar y consolar
al paciente, la familia y los espectadores mientras
espera la llegada de recursos adicionales del SEM.
• Mantener la compostura.
• Aspecto pulcro y profesional.
• Mantenerse actualizado en conocimiento y
destrezas: educación continua y cursos de
refrescamiento
• Poner las necesidades del paciente como prioridad
sin ponerse en peligro a sí mismo.
• Mantenerse actualizado en temas locales, estatales y
nacionales que afectan el SEM.
19. 3. Aspectos legales y éticos
• ¿Debería un personal de primera respuesta detenerse y atender a
una víctima de un choque cuando no está de servicio?,
• ¿Debería revelarse información de un paciente a su abogado por
teléfono?,
• ¿Se debetratar a un niño con un brazo fracturado, aunque sus
padres no estén en la casa y/o sólo se encuentre la persona
encargada de cuidarlo?
20. Aspectos éticos
• Dar prioridad a las necesidades
físicas/emocionales del
paciente.
• Practicar las destrezas hasta
dominarlas.
• Asistir a programas de
educación
continua/reentrenamiento
• Examinar el desempeño, en
busca de maneras de mejorar
el tiempo de respuesta, los
resultados del paciente, la
comunicación.
• Honestidad en los informes.
21. Aspectos legales
Estándar de cuidados
• Permite que, quien asiste sea evaluado con
base a alguien con entrenamiento y
experiencia.
Alcance de atención
• Deberes legales con el paciente, personal
de la salud.
• Según el nivel de formación.
• Asegurar el bienestar del paciente
realizando las intervenciones necesarias
descritas.
• Demostrar competencia indispensable para
obtener concentimiento.
22. Derechos del paciente
Resolución 13437 de 1991
Todo paciente tiene derechos y
entre estos están:
• Solicitar y recibir la atención
prehospitalaria.
• Exigir secreto sobre su condición
y tratamiento recibido.
• Denunciar o demandar.
• Rechazar la ayuda o atención
prehospitalaria.
• Directrices anticipadas / No
Resucitar (NR): En general, esto
requiere una orden por escrito de
un médico; Cuando exista duda o
cuando no esté presente una
orden por escrito, el personal de
primera respuesta deberá iniciar
esfuerzos de resucitación.
Confidencialidad
• Lo tratado con los pacientes es
secreto profesional y no debe ser
comentado con amigos, familia u
otros.
• Sólo hablará con el profesional
que se hará cargo de continuar el
cuidado.
• Detalles específicos acerca de lo
que un paciente dijo, de cómo se
comportó o cualquier descripción
puede perjudicar al paciente
quien tendrá derecho a
demandarlo, amparado por la
legislación que pena la violación
del secreto
23. Tipos de consentimiento
Explicito
Es el que se solicita al paciente para
prestarle atención prehospitalaria, o a
un familiar o representante legal si está
inconsciente, confundido o seriamente
lesionado, o es un menor de edad o
persona con retardo mental.
Para que califique como
consentimiento explícito el paciente
debe ser informado de:
• Que usted es un capacitado en
cuidados de emergencia
• Cuál es su nivel de entrenamiento
• Porqué piensa que el cuidado es
necesario
• Qué es lo que va a hacer; y
• Si existe algún riesgo en el cuidado
que usted ofrece o un riesgo
relacionado si rehúsa el cuidado.
Implícito
Es el que se asume en un paciente
inconsciente, confundido o seriamente
lesionado; que no puede expresarse de
alguna manera; o bien en un menor de
edad (según legislación local), que no
puede tomar decisiones.
26. Imprudencia
Cuando se obra mal, sin
cautela y sin prever los
resultados o
consecuencias de una
acción.
Ausencia de:
Cautela
Moderación
Discernimiento
27. Impericia
Realizar una acción en
asistencia de APH sin
poseer el
conocimiento técnico
o certificación en el
área
de atención
prehospitalaria. Falta
de conocimientos
técnicos en
determinado arte o
profesión.
28. Negligencia
Es la actitud que desestima o desprecia y no
emplea los medios necesarios e idóneos para
evitar resultados posibles.
• Omisión
• Descuido
29. Omisión de socorro
Delito de omisión de
socorro en Colombia
Art 131: “Omisión de
socorro. El que
omitiere, sin justa
causa, auxiliar a una
persona cuya vida o
salud se encontrare
en grave peligro,
incurrirá en prisión de
dos (2) a cuatro (4)
años.”
30. Abandono
La suspensión de la
asistencia ya iniciada
a un paciente antes
de la llegada de quien
la continuará o del
arribo al centro de
cuidado definitivo.
Suspender la
atención al paciente
sin asegurar que la
atención
vaya a continuar a un
nivel igual o mayor.
31. Inobservancia de reglamentos
órdenes y disciplina
Los reglamentos establecen
principios y límites para el ejercicio
de actividades riesgosas y prevén
los medios y medidas a adoptarse al
desarrollar ciertas actividades.
Por Ej: Cuando el paciente rechaza la
ayuda del primer respondiente, en
ese caso se aconseja:
• Aun cuando los pacientes
hayan dicho que no quieren
ninguna ayuda.
• No discutir ni preguntar si las
razones están basadas en
creencias religiosas.
• Considerar la ayuda de la
policía.
• Hablar serenamente con el
paciente, manifieste
preocupación. Dígale que
respeta sus derechos de rehusar
los cuidados, pero que usted
piensa que debe reconsiderar el
ofrecimiento de ayuda.
• Un padre o tutor, por miedo o
desconfianza, puede rehusarse a
que trate a un niño.
33. Bioseguridad
Son normas y medidas para
prevenir o reducir el riesgo de
contagio. Estos riesgos se
minimizan si se respetan los
procedimientos de seguridad y
con el uso del Equipo de
Protección Personal (EPP).
Principio de Universalidad
“Todos los pacientes y sus fluidos
corporales, independientemente
del diagnóstico o motivo por el
cual están siendo atendidos,
deberán ser considerados
como potencialmente
infectantes y se deben tomar
las precauciones necesarias para
prevenir que ocurra transmisión’’
34.
35. Transmisión de agentes
infecciosos
• Horizontal: de huésped a huésped de la misma generación.
• Directa: huésped a huésped por contacto o aerosoles
• Indirecta: huésped a fómites (alimentos, agua, agujas o mediado por vectores)
a huésped.
• Vía sexual
• Vía parenteral
• Vertical: del huésped a la progenie: transmisión congénita
• Transparentaría: de la madre al feto
• Perinatal: al momento del nacimiento (durante el paso del niño a través del
canal del parto).
37. Equipo básico de atención pre
hospitalaria
• Maletín.
• Vendas triangulares.
• Apósitos y gasas.
• Cinta adhesiva y/o esparadrapo.
• Frazada o cobija.
• Sábana y almohada.
• Férulas forradas de tres tamaños.
• Tijera para trauma.
• Oxígeno, equipos y accesorios
(opcional).
• Férula Espinal Larga (FEL) con
correas o sistema “araña”.
• nmovilizador cervical regulable.
• Inmovilizadores laterales y correas.
• Guantes para examen.
38.
39.
40. NTC
6072:2014
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salud de Antioquia N. 60051868/16
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