El documento describe los conceptos básicos del Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia (SGSSS), incluyendo sus objetivos, regímenes contributivo y subsidiado, entidades como las EPS e IPS, y los diferentes niveles de atención y complejidad del sistema de salud.
(2024-04-29)Actualización en profilaxis PrEP frente a VIH. (DOC)
SGSSS
1. Autorizado por el Ministerio de Trabajo con
el radicado numero
08SE2020220000000001384
Licencia de SST expedida por seccional de
salud de Antioquia N. 60051868/16
formacionalturas@s3soluciones.com.co
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Cra 53 # 36 -35 sector exposiciones
Tel 3217540072 - 3137596088
NTC
6072:2014
3. LEY 100/1993
Cinco libros la componen :
• Libro Primero: El Sistema General de Pensiones.
• Libro Segundo: El Sistema General de Seguridad Social en
Salud.
• Libro Tercero: El Sistema General de Riesgos Laborales.
• Libro Cuarto: Servicios sociales complementarios.
• Libro Quinto: Disposiciones finales.
4. SGSSS
• Sistema General de Seguridad Social en Salud en
Colombia.
• Los objetivos son regular el servicio público esencial de
salud y crear condiciones de acceso de toda la población
al servicio en todos los niveles de atención.
5. Régimen
Régimen contributivo
• Vinculación que se hace a
través del pago de una
cotización, individual y
familiar, o un aporte
económico previo
financiado directamente
por el afiliado o en
concurrencia entre éste y
su empleador.
Régimen subsidiado
• Es aquel en que se
encuentran las personas
sin capacidad de cotizar al
sistema por lo cual el
Estado les proporciona los
medios para su afiliación
mediante los subsidios a la
demanda.
6. Régimen de excepción
Son aquellos trabajadores que no participan en el SGSSS, pues así
lo define la ley, cuentan con su propio servicio de salud:
• Miembros de las fuerzas armadas y de la policía nacional.
• Personal civil del ministerio de defensa y de la policía nacional
vinculado antes de la vigencia de la ley 100.
• Miembros no remunerados de las corporaciones publicas.
• Personal docente afiliado al magisterio
• Servidores de ECOPETROL y sus pensionados
7. EPS
Entidad Promotora de Salud son las entidades responsables de la
afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus
cotizaciones.
Su función básica es la de organizar y garantizar la prestación del Plan
Obligatorio de Salud (POS).
Actúan en los dos regímenes de afiliación en el SGSSS.
Cuando se hace la afiliación, la persona tiene derecho a urgencias
durante las cuatro primeras semanas, es decir, el primer mes. A partir
del segundo mes, ya tiene derecho a pedir las citas médicas
Los beneficiarios a la EPS:
• Padres
• Esposo (a), conyugue o pareja
• Hijos
8. IPS
• Las Instituciones prestadoras de salud son los hospitales, clínicas,
laboratorios, consultorios, etc. que prestan el servicio de salud.
• Pueden ser públicas o privadas.
• Están clasificadas según su nivel de complejidad y de atención.
• Se caracterizan según el tipo de servicios que habiliten y acreditan,
es decir su capacidad instalada, tecnología y personal y según los
procedimientos e intervenciones que están en capacidad de
realizar.
9. Niveles de atencion y
complejidad: nivel 1
Actividades de promoción y prevención (Vacunación, Citología
vaginal, planificación, controles, etc.)
Prestación de actividades del PAB
Medicina y odontología general
Laboratorio clínico e imagenología de baja complejidad.
Baja
Complejidad
10. Nivel II
• Partos y cesáreas
• Laboratorio e imagenología
• Odontológica general
• Nutrición
• Psicología
• Optometría
• Rehabilitación
• Consulta médica
• Hospitalización
• Urgencias
• Ginecobstetricia
• Pediatría
• Medicina interna
• Cirugía
Mediana
Complejidad
11. Nivel III
• Cardiología
• Neumología
• Ortopedia
• Oftalmología
• Cirugía plástica
• Cuidado critico adulto,
pediátrico y neonatal
Alta
Complejidad
12. Nivel IV
• Investigación
• Docencia
• Trasplantes y uso de tecnología de punta
• Enfermedades ruinosas o catastróficas:
• Cáncer
• SIDA
• Quemaduras
• Procedimientos quirúrgicos
• Remplazo total o parcial de cadera o rodilla
• Insuficiencia renal crónica
Alta
Complejidad
13.
14.
15. Autorizado por el Ministerio de Trabajo con
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