1. CONVOCATORIA ESTATAL DELCONVOCATORIA ESTATAL DEL
PROGRAMAPROGRAMA ESCUELAS DE CALIDADESCUELAS DE CALIDAD
Fase PEC XIIIFase PEC XIII
Victoria de Durango, Dgo. 24 de junio de 2013
2. 1. LINEAMIENTOS GENERALES
Convocatoria pública de participación voluntaria.
A. Fundamentada en Reglas de Operación 2013
(DOF 25 de febrero 2013)
B. Población objetivo: Dirigida a escuelas
públicas de educación básica en todos sus
niveles y modalidades.
C. Características de los apoyos:
1.-Apoyo Técnico
2.-Apoyo financiero
3. II. CRITERIOS DE SELECCION
A) Disponibilidad de recursos en el Fideicomiso Estatal.
B) Criterios de focalización:
A.Escuelas reincorporadas. Podrán ser reincorporadas con financiamiento, asesoría
y acompañamiento Aquellas que han participado en el PEC cuando menos durante
una fase dando prioridad a las que no han cumplido mas de 5 ciclos escolares
siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
1. al finalizar su participación en la fase demuestren avances y cumplimiento de
metas en su PETE y PAT revisado y avalado por el comité dictaminador estatal.
2. haber presentado a la CGEPEC sus informes de seguimiento técnico-pedagógico y
anual financiero, así como el análisis de los resultados de logro académico de sus
estudiantes.
3. Que presenten evidencias del CEPS o equivalente y haber realizado un informe
público a la comunidad escolar con los avances de las acciones académicas, los
objetivos y metas alcanzadas con el apoyo de los recursos otorgados.
4. no haber rebasado los porcentajes en los componentes establecidos en las reglas
de operación de acuerdo a su antigüedad en el programa.
5. No tener adeudos o comprobaciones pendientes con el PEC, sobre recursos
recibidos en ciclos anteriores.
Para el caso de los niveles de primaria y secundaria, adicionalmente:
6. Haber obtenido una mejora en sus niveles de logro académico, medido a través de
los últimos resultados promedio en la aplicación de la prueba ENLACE en la que
haya participado comparada contra los resultados de la prueba inmediata anterior.
4. II. CRITERIOS DE SELECCIÓN
Las escuelas que hayan cumplido 5 o más ciclos escolares de permanencia en el Programa, de
manera continua o discontinua, podrán ser invitadas a continuar participando y recibir el
financiamiento del mismo, siempre y cuando cumplan con todas y cada una de las condiciones
señaladas anteriormente y que le sean aplicables de acuerdo al nivel correspondiente..
B. Escuelas de nueva incorporación. Se dará prioridad a primarias y secundarias, con indicadores educativos
desfavorables o ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación conforme al índice determinado por el
CONAPO y/o que cumplan al menos con una de las siguientes condiciones:
1.- Que se encuentren ubicadas en localidades con población mayoritariamente indígena;
2.- Que al menos el 50 por ciento de su matrícula tenga resultados de insuficiente en la prueba ENLACE;
3.- Inclusivas, que en su matrícula cuenten con al menos el 5 por ciento de estudiantes que tenga discapacidad
y/o dificultades de aprendizaje y/o desventajas;
4.- Multigrado;
5.- Centros Comunitarios del CONAFE en educación básica;
6.- Espacios educativos ubicados en los campamentos de jornaleros agrícolas que atienden a estudiantes
migrantes,
7.- CENDIS que imparten educación preescolar.
C. Una vez atendidas las escuelas consideradas en las prioridades anteriores y de acuerdo a la
disponibilidad financiera del Programa en el Fideicomiso Estatal para Escuelas de Calidad, podrán ser
beneficiadas aquellas escuelas que han participado por cinco años o más y que deseen reincorporarse con
financiamiento, asesoría y acompañamiento, incluyendo Educación Especial (Centros de Atención Múltiple) y
Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) que imparten educación preescolar, para lo cual:
5. II. CRITERIOS DE SELECCIÓN Y III. CRITERIOS DE
PARTICIPACION
Todas las escuelas deberán cumplir las condiciones establecidas en los numerales
1, 2, 3, 4 y 5 del inciso “A” de este apartado. Para el caso de los niveles de primaria
y secundaria, adicionalmente deberán cumplir las condiciones establecidas en el
numeral 6, del mismo inciso “A”.
En todos los casos, los recursos del PEC estarán orientados a las escuelas
que no estén financiadas por otros programas o proyectos.
III. Criterios de participación
A.Las escuelas interesadas en participar podrán inscribirse en línea y deberán hacer
llegar el formato, una vez impreso, debidamente requisitado al nivel/modalidad de
educación básica correspondiente. Este procedimiento es requisito indispensable
para participar en la capacitación, dictaminación y en su caso, selección para recibir
financiamiento.
B. La inscripción en línea se hará en la siguiente dirección:
www.pecdurango.com.mx
C. Link directo para inscripción: http://pecdurango.com.mx/pagePEC2011/
D. El periodo de inscripción será a partir de la publicación de la presente
Convocatoria y hasta el 30 de agosto de 2013.
E. Las escuelas inscritas, serán orientadas en cada uno de los procesos de
operación del PEC para que conozcan las implicaciones de su incorporación, así
como sus derechos y compromisos posteriores.
6. IV. REQUISITOS.
Las escuelas que soliciten su incorporación o reincorporación deberán:
A.Manifestar su voluntad de participar en el PEC, cumplir con las bases publicadas en la
convocatoria estatal y además de lo anterior, la comunidad escolar a través del Consejo
Técnico Escolar (CTE), expresará por escrito la decisión colegiada de cumplir con los
compromisos correspondientes.
B. Presentar a la Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad
(CGEPEC) en su caso, sus informes anuales de seguimiento técnico-pedagógico y el
financiero, así como el análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE
cuando corresponda.
C. Demostrar, en su caso, avance positivo en el cumplimiento de las metas de su PAT y
relacionadas con los objetivos del PETE o equivalente.
D. En el caso de escuelas con doble turno o que comparten el mismo edificio, presentarán
un compromiso de colaboración, avalado por el CTE, con el fin de optimizar los recursos
materiales y financieros, de tal manera que los beneficios sean compartidos. El
cumplimiento del citado compromiso será un factor determinante para su futura
reincorporación.
E. Todas las escuelas incorporadas y reincorporadas deberán entregar el Informe Anual de
Seguimiento Técnico- pedagógico y, en su caso, financiero 2013-2014 en el nivel educativo
correspondiente; quien lo hará llegar a la CGEPEC a más tardar el 4 de julio de 2014.
7. IV.REQUISITOS.
F. El Consejo Técnico Escolar , como organismo representativo de la
comunidad escolar, en todos los casos, conocerá, revisará y validará los
documentos que presente la escuela.
G. La recepción del PETE o equivalente y del PAT 2013-2014, tendrá fecha límite
el 17 de septiembre de 2013 . La recepción de estos documentos será
responsabilidad de cada nivel/modalidad de educación básica con escuelas
participantes.
H. Participarán en el proceso de dictaminación las escuelas cuyo expediente de
inscripción esté completo y debidamente requisitado.
La revisión de documentos será responsabilidad del Comité Dictaminador Estatal
(CDE) y se realizará del 23 de septiembre al 18 de octubre de 2013 . La
selección final de las escuelas para incorporarse o reincorporarse al PEC así
como para la distribución de los recursos, será responsabilidad compartida del
CDE, la CGEPEC y la Comisión Ejecutiva del PEC. Los resultados del proceso de
selección serán dados a conocer a más tardar en la última semana del mes
de octubre de 2013.
8. V. ELABORACION O ACTUALIZACION DEL PETE Y PAT
A partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de agosto de 2013, la
CGEPEC desarrollará acciones de capacitación, a directivos en el Modelo de Gestión
Educativa Estratégica y elaboración o actualización del PETE-PAT, así como lo referente a
la administración financiera, ejercicio y comprobación de los recursos.
A)Las escuelas de nuevo ingreso elaborarán un Plan Estratégico de Transformación
Escolar (PETE) y un Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a los resultados de
la autoevaluación que lleven a cabo; basado en la ruta metodológica establecida para su
construcción en el marco del Modelo de Gestión Educativa Estratégica y con atención a los
Estándares de Gestión para la Educación Básica, los cuales pueden consultarse en
http://basica.sep.gob.mx/pec
B) Las escuelas de reincorporación deberán reestructurar o actualizar su PETE y
entregarlo a la CGEPEC junto con el Programa Anual de Trabajo (2013-2014), conforme a
los resultados de la obtenidos en ciclo escolar anterior.
C) Las escuelas que en el ciclo escolar 2013-2014 inicien su sexto año de
permanencia en el PEC y que deseen continuar recibiendo los beneficios del Programa,
deberán inscribirse y elaborar un nuevo PETE o equivalente y el correspondiente PAT, con
acciones que permitan mantener la mejora continua de su gestión; tomando en cuenta lo
realizado y logrado en los años anteriores.
9. V. ELABORACION O ACTUALIZACION DEL PETE Y PAT
D) En el caso de los Centros de Atención Múltiple , además de los criterios establecidos
anteriormente, deberán tomar en cuenta para su planeación estratégica el documento de
Orientaciones Generales para el Funcionamiento de los Servicios de Educación Especial y la
“Guía para facilitar la inclusión de alumnos y alumnas con discapacidad en escuelas que
participan en el PEC”, la cual pueden consultar en http://basica.sep.gob.mx/pec
E) El nivel de preescolar además de lo anterior, considerará la propuesta de evaluación
contenida en su programa de estudio.
F) El PETE y PAT deberán elaborarse atendiendo lo siguiente:
1.Para la elaboración o actualización del PETE/PAT, es responsabilidad del Consejo Técnico
Escolar (directivo y docentes) promover y contar con la participación y compromiso de la
comunidad educativa (personal de apoyo y administrativos, estudiantes y padres de familia, así
como de otros integrantes de la comunidad pertenecientes al CEPS o sus Comités, o su
equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE).
2. Que el PETE incluya y se fundamente en una autoevaluación inicial de la gestión escolar en
sus dimensiones: Pedagógica-Curricular, Organizativa, Administrativa y de Participación Social,
considerando los resultados de aprovechamiento escolar alcanzados por sus estudiantes
(incluyendo, en el caso de primaria y secundaria, los resultados de la prueba ENLACE), con
referencia a los propósitos educativos establecidos en Plan y los Programas de Estudio
Nacionales; los indicadores de permanencia y eficiencia terminal, así como tomar en cuenta
los estándares de gestión para la educación básica y los aspectos básicos que favorecen las
condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad mínima escolar , con una
mirada a mediano (PETE) y corto (PAT) plazo.
10. V. ELABORACION O ACTUALIZACION DEL PETE Y PAT
3. Que, con base en una autoevaluación inicial, el PETE establezca: Misión, Visión, Valores,
Compromisos específicos, Objetivos, Estrategias y Metas, para fomentar y desarrollar estrategias
de cultura escrita y razonamiento matemático , elevar la permanencia y la eficiencia terminal ,
mediante prácticas flexibles y de autonomía en el trabajo de aula, que permitan el uso racional y
efectivo del tiempo por parte de los docentes en cada una de las actividades desarrolladas en clase,
favoreciendo la equidad y mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece la escuela.
4. Que en el PETE y PAT se establezca la autoevaluación sistemática de los avances y logros, como
parte de las acciones a desarrollar en las reuniones del Consejo Técnico Escolar , con la finalidad
de efectuar ajustes y cambios oportunos a lo largo del ciclo escolar, en beneficio de todos los
estudiantes del centro escolar.
5. Que el PAT establezca y describa con claridad las metas y acciones específicas a desarrollarse
durante el ciclo escolar; los recursos y apoyos requeridos, así como una estimación del costo de las
acciones, tiempos y responsables de su ejecución, en correspondencia con la autoevaluación y el
plan de mejora, así como con los objetivos y estrategias del PETE y su relación con las estrategias de
fomento de cultura escrita y razonamiento matemático, elevar la permanencia y la eficiencia
terminal y favorecer las condiciones de aprendizaje en la escuela asociados a la normalidad
mínima escolar y los estándares de desempeño por cada dimensión, todo ello encaminado a
mejorar los resultados de aprendizaje de los estudiantes.
6. Que el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) o su equivalente en el caso de los Centros
Comunitarios del CONAFE, esté constituido y registrado en el Registro Público de Consejos
Escolares (REPUCE) y que las madres y padres de familia que los integran estén involucrados en las
estrategias de mejora del logro educativo de sus hijos.
11. VI DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIEREN LAS ESCUELAS
SELECCIONADAS
A. Derechos
1.- Todas las escuelas participantes en el PEC son financiables y tendrán posibilidad de recibir los
recursos establecidos conforme a la disponibilidad financiera y al cumplimiento de la
normatividad. Todas, sin excepción, tendrán la asistencia académica y técnica del Programa.
2.- Las escuelas que en este ciclo escolar inicien su sexto año o más de permanencia en el PEC,
continuarán siendo beneficiadas por el Programa, conforme al inciso “C” del apartado V de esta
convocatoria.
B. Obligaciones
1.- Cumplir con los objetivos, metas y actividades establecidos en sus documentos de planeación
estratégica;
2.- Que el Consejo Técnico Escolar desarrolle procesos de evaluación interna y seguimiento de sus
avances durante la implementación del PETE-PAT o equivalente;
3.- Colaborar con las evaluaciones externas efectuadas por instancias estatales, nacionales e
internacionales referidas a los procesos de transformación de su gestión escolar y logros
educativos;
4.- Articular las acciones de otros programas y proyectos federales y/o estatales a través del PETE-
PAT o equivalente;
5.- Constituir el Consejo Escolar de Participación Social (CEPS) y registrarlo en el Registro Público de
Consejos Escolares (REPUCE);
6.- Firmar, de manera mancomunada, el director de la escuela o docente a cargo de la función y un
representante de los padres de familia -designado por el CEPS- los documentos del gasto y
sujetar el ejercicio de los recursos del PEC, a lo establecido en su PAT;
7.- Entregar a la CGEPEC, al término de cada ciclo escolar, el informe técnico-pedagógico y
financiero de los resultados del trabajo realizado;
12. VI DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIEREN LAS ESCUELAS
SELECCIONADAS
8.- Reintegrar al FEEC los recursos no utilizados que le hayan sido transferidos del mismo, dentro de
los diez días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del ejercicio (30 de junio de 2014);
9.- Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a la legislación estatal vigente y aplicable en
materia de adquisiciones de bienes, contratación de servicios y ejecución de obra pública, integrando
un expediente de acuerdo a lo establecido en el Manual de Ejercicio y Comprobación de Recursos
emitido por la CGEPEC.
10.- Acreditar la recepción de los recursos gestionados provenientes del gobierno municipal, de los
sectores privado y social, a más tardar el 14 de marzo de 2014 ;
11.- Integrar un expediente de cada fase de su participación en el PEC, que incluya y salvaguarde
como mínimo la siguiente documentación:
a.Solicitud de participación
b. PETE-PAT o equivalente
c. Convenio de colaboración, en su caso
d. Acta constitutiva del CEPS o equivalente
e. Informe de Dictaminación
f. Análisis de los resultados de evaluación de la prueba ENLACE, en su caso
g. Informe técnico pedagógico anual
h. Informe financiero con documentos comprobatorios de los gastos realizados en contratación, pago
de obras, bienes y servicios.
12.- Las escuelas que se retiren del PEC y que cuenten aún con recursos otorgados por el FEEC en
su cuenta bancaria, deberán devolverlos al mismo, en un término no mayor a 10 días hábiles, así
como comprobar la totalidad de los recursos ejercidos.
13.- Cuando haya cambio de director en la escuela, el CTE garantizará que en el proceso de entrega
recepción el expediente completo del PEC quede en resguardo en la institución.
13. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
Los recursos del PEC son adicionales y complementarios a los programas federales, estatales y
municipales vigentes destinados a infraestructura y operación de los planteles escolares; en ningún
caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines, por lo tanto su ejercicio deberá
orientarse a otros aspectos de más impacto en el aprovechamiento escolar.
A.Considerando la disponibilidad de recursos, las Reglas de Operación y las estrategias
diferenciadas de financiamiento propuestas por la CGEPEC, el Comité Técnico del FEEC podrá
autorizar una aportación anual inicial a las escuelas beneficiadas, de acuerdo a la siguiente tabla:
ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAMA MONTO INICIAL
Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00
Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00
Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00
Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00
Escuelas Multigrado de nuevo ingreso o con menos de 5 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Multigrado con más de 5 años financiados $ 5,000.00
Unigrado : Escuelas de Organización Completa.
Multigrado : Escuelas que no cuentan con un maestro para cada grado y carecen de un Director
Técnico.
14. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
Estos recursos se entregarán a las escuelas, a partir de su selección y hasta el 29 de
noviembre de 2013, conforme se cumplan los siguientes requisitos de
financiamiento, posteriores a su selección:
1.- Entrega de su PETE/PAT o equivalente ajustado con base en las
recomendaciones técnicas del Comité Dictaminador a más tardar el 8 de noviembre
de 2013 .
2.- Contar con nombramiento del director de la escuela y padre de familia
(representante del CEPS) vigentes y copia de credencial de elector actualizada de
ambas personas, al momento de entrega de su PETE/PAT o equivalente ajustado.
3.- Para el caso de escuelas unigrado, tener cuenta bancaria actualizada y vigente.
B. El esquema de financiamiento del Programa está basado en la autogestión y en la
corresponsabilidad. Si la escuela, a excepción de la multigrado , requiere un monto
superior a la establecida en la tabla anterior, podrá solicitar y recibir nuevos recursos
provenientes del FEEC, con base en el siguiente criterio: por cada peso que la
escuela gestione de aportaciones voluntarias –del municipio, padres de familia y/o de
los sectores privado y social- el Fideicomiso Estatal otorgará otro peso. El monto de
esta aportación adicional no será mayor a la inicial entregada; para tal fin se aplicará
la siguiente tabla:
15. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
ANTIGÜEDAD y FINANCIAMIENTO EN EL PROGRAM A CONTRAPARTIDA
Escuelas focalizadas * unigrado con 5 o más años financiados $ 30 ,000.00
Escuelas Unigrado con 4 años financiados $ 15,000.00
Escuelas Unigrado con 3 años financiados $ 20,000.00
Escuelas Unigrado con 2 años financiados $ 25,000.00
Escuelas Unigrado con 1 año financiado $ 35,000.00
Escuelas Unigrado de nuevo ingreso $ 50,000.00
Para escuelas Multigrado no aplica la contrapartida
• Focalización establecida por Reglas de Operación. Consultar relación de escuelas focalizadas y
universo potencial en la dirección: www.pecdurango.com.mx
C. Las aportaciones y/o donaciones a las escuelas de origen municipal, privado y de
organizaciones sociales, podrán hacerse en efectivo o en especie. El 14 de marzo de
2014, será la fecha límite para que las escuelas comprueben sus donaciones. Las
donaciones en especie sólo podrán ser aceptadas, para efectos de contrapartida, si están
consideradas en el PAT, si cumplen condiciones de calidad, cantidad y costo y están
validadas mediante el acta correspondiente. Las aportaciones podrán ser sujetas a
revisión para verificar procedencia, montos y aplicación. A través de la CGEPEC, se
expedirán recibos para deducción de impuestos a quien así lo solicite.
16. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
D. Las escuelas unigrado seleccionadas para el financiamiento del PEC, abrirán una cuenta bancaria
exclusiva para administrar los recursos del PEC; el director de la escuela y un representante de los
padres de familia, designado por el CEPS, firmarán mancomunadamente dicha cuenta, y se sujetarán
en el ejercicio de los recursos a lo establecido en su PETE o equivalente y su PAT. Para escuelas
multigrado, que sólo reciben una aportación única, la entrega de los recursos correspondientes se
hará a través de dispersión electrónica a nombre del director de la escuela. En todo caso, el CEPS, a
través del Comité de Contraloría Social de la escuela, el CTE y/o de Zona y la CGEPEC, serán los
responsables de vigilar la correcta administración de estos recursos.
E. Las escuelas financiadas podrán ejercer los recursos de la siguiente manera:
1.- Cuando sean de nuevo ingreso destinarán al menos el 30% (treinta por ciento) para el
fortalecimiento académico a través de las siguientes opciones:
a)el desarrollo profesional de directivos y docentes
b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares
c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el desarrollo de
competencias lectoras y matemáticas;
d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la jornada escolar,
el logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de estudiantes de educación
básica,
e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje.
f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como software para
la gestión de los aprendizajes;
g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades digitales para
el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación en la educación.
17. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
2.- De manera gradual, las escuelas en reincorporación deberán incrementar la inversión
en el fortalecimiento académico por cada año de permanencia. El resto del recurso podrá
asignarse para: a) la rehabilitación, acondicionamiento, mantenimiento, construcción y
ampliación de espacios educativos, y que en su caso generen condiciones para
aprovechar la ampliación de la jornada escolar con sentido educativo;
b) la adquisición de mobiliario, y/o
c) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de
información y comunicación en la educación.
3.- Las escuelas que en esta fase cumplieron más de cinco años de permanencia en el
PEC y hayan sido elegidas para continuar participando, deberán ejercer los recursos
públicos otorgados para el fortalecimiento académico a través de las siguientes opciones:
a)el desarrollo profesional de directivos y docentes
b) el fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares
c) implementación de acciones para la mejora del logro académico, dando énfasis en el
desarrollo de competencias lectoras y matemáticas;
d) desarrollo de estrategias pedagógicas que contribuyan a mejorar la eficiencia de la
jornada escolar, el logro del perfil de egreso, e incentiven la permanencia e inclusión de
estudiantes de educación básica,
e) la formación de padres de familia para la participación social y apoyo al aprendizaje.
f) la compra de equipo técnico, libros, útiles, materiales escolares y didácticos, así como
software para la gestión de los aprendizajes;
18. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
g) el desarrollo en los docentes y directivos a través de la capacitación, de habilidades
digitales para el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación
en la educación
h) el mantenimiento de espacios educativos;
i)la adquisición de mobiliario;
j) la adquisición de equipo y servicios de conectividad para el uso de las tecnologías de
información y comunicación en la educación, y
k) Estos recursos no podrán destinarse a la construcción y ampliación de espacios
educativos.
F. La CGEPEC, a través del Comité Dictaminador, verificará la pertinencia de los cursos
que podrán ser financiados, con respecto a la aplicación del PETE o equivalente y
Trayecto Formativo de la escuela y con el apoyo de la Unidad de Formación Continua
(UFC) regulará los aspectos técnicos en apego a las disposiciones normativas
correspondientes.
G. Las escuelas que requieran de construcción de obra educativa, deberán sujetarse a la
normatividad emitida por el Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa del
Estado de Durango (INIFEED): para obras mayores de construcción, las escuelas deberán
comprobar la pertinencia de la obra así como el respaldo normativo y los recursos
suficientes para su ejecución, mediante la suscripción de convenios de colaboración y/o
alianzas con los sectores público, privado y/o social.
19. VII DE LA ASIGNACION Y DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS A LAS
ESCUELAS
En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros
asignados a los beneficiarios, para el pago de prestaciones de
carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos
de los directivos, docentes o empleados que laboren en la
Secretaría de Educación Estatal y/o CONAFE; tampoco para el
pago de festejos y/o concursos.
20. VIII TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS
A. La Coordinación General Estatal del PEC, publicará y difundirá la relación de
escuelas seleccionadas, informará al Consejo Estatal de Participación Social, y a
los Municipales de Participación Social sobre los beneficios otorgados a cada
escuela; asimismo se asegurará que todas ellas tengan a la vista el pizarrón de
autoevaluación, en los que indique las acciones y recursos aplicados (los que
deberán estar expuestos de manera permanente toda vez que son evidencia
auditable).
B. Las acciones de transparencia y rendición de cuentas estarán a cargo del CEPS
o su equivalente en el caso de los Centros Comunitarios del CONAFE y de la
Asociación de Padres de Familia (APF), así como de sus comités mediante la
participación de los padres y madres de familia y de otros miembros de la
comunidad que los conformen, quienes recibirán capacitación para constituirse en
instancias de seguimiento y evaluación social, con la finalidad de establecer una
vinculación de las madres y padres de familia con la educación de sus hijos en el
ámbito escolar, con lo que realiza el Consejo Técnico Escolar (director y los
docentes) en el centro escolar, con los recursos que reciben y la manera en que
los aplican de acuerdo a su PETE y PAT, con procesos transparentes hacia la
comunidad y con una rendición de cuentas basada en los resultados educativos
de los estudiantes y el uso de los recursos utilizados para su consecución.
21. VIII TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS
C. Las escuelas elaborarán y entregarán en cada periodo estipulado en el Manual de
Ejercicio y Comprobación de Recursos emitido por la CGEPEC, informes que incluyan
los resultados del desarrollo del PETE-PAT en el que se destaque: el avance de sus
estudiantes y su aprovechamiento escolar, particularmente en lectura, escritura y
razonamiento lógico matemático , los avances en materia de permanencia ,
inclusión y eficiencia terminal de sus estudiantes , así como el cumplimiento de
sus metas, todo ello asociado a la normalidad del servicio educativo. Asimismo
entregarán la información del ejercicio de los recursos financieros asignados y
avances de los compromisos de esta convocatoria. Las escuelas deberán hacer
públicos estos informes ante su comunidad e incluir la información en el REPUCE, a
través del CEPS.
22. IX SANCIONES
A. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2013-2014,
que no hayan comprobado los recursos otorgados en el ciclo
escolar 2012-2013, no podrán recibir recursos del PEC.
B. Las escuelas que no proporcionen la información que permita
el monitoreo y seguimiento de las acciones del PEC a través de
los canales que se determinen por la Coordinación Nacional del
Programa Escuelas de Calidad (CNPEC) y la CGEPEC, no
podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no
proporcionen dicha información.
C. La Secretaría de Educación podrá suspender, cancelar o exigir
el reintegro de los apoyos proporcionados a la escuela que
incumpla con las Reglas de Operación y/o con la normatividad
estatal vigente y aplicable en la materia, cometa alguna
irregularidad en el manejo de los recursos o bien en el caso que
por la movilidad del director(a), la escuela carezca de la figura
directiva.
23. X DEL RECURSO DE REVISION
A. Las escuelas que manifiesten alguna inconformidad con los
resultados de la selección, dispondrán de cinco días hábiles una
vez dados a conocer los resultados para presentar una solicitud de
revisión de su expediente. Esta solicitud deberá dirigirse al Comité
Dictaminador correspondiente, quien emitirá una resolución en un
término máximo de cinco días hábiles a la presentación de la
misma, la cual tendrá carácter de inapelable.
24. XI ASUNTOS GENERALES
A. Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será
resuelta por la Comisión Ejecutiva del PEC con base en los
criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa.
B. Para mayores informes acudir a la siguiente dirección:
Profr. Ismael Carrillo Romero
Coordinación General Estatal del Programa Escuelas de Calidad.
Calle Paloma No. 1024, Col. Fátima C.P. 34080 en Durango, Dgo.
Teléfonos (13) 76 673, 76 669, 76 672, 76 676 y 76 675
cgepec.dgo@hotmail.com
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni
promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de
los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido
el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y
otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los
recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado
de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.