“Pasado, Presente y Futuro del Tratamiento de Buques y Embarcaciones. Reglamento 1257/2013”
12º CONGRESO NACIONAL DE LA RECUPERACIÓN Y EL RECICLADO
Autor: Rafael Acedo. Consejero Técnico. Subdirección General de Residuos
D. G. de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. MAGRAMA
Nacida en 1982, FER fue creada por un grupo de empresarios recuperadores, es la organización empresarial encargada de la representación, promoción y defensa de los intereses profesionales de las empresas que en el territorio español se dedican a la recuperación y/o comercialización de residuos y materias primas secundarias.
En la actualidad FER cuenta con más de 260 socios y gracias a las asociaciones regionales, autonómicas o relacionadas con el metal y otros tipos de residuos que han querido formar parte de la Federación, representa a más de 435 empresas gestoras de residuos entre los que figuran los metales férricos y no férricos, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, los neumáticos fuera de uso o los vehículos fuera de uso, entre otros.
LA GESTIÓN DE LOS BUQUES AL FINAL DE SU CICLO DE VIDA (BFV) NORMATIVA Y REGLAMENTO EUROPEO SOBRE RECICLADO DE BU
1. Rafael AcedoRafael Acedo
Consejero TécnicoConsejero Técnico
Subdirección General de ResiduosSubdirección General de Residuos
D. G. de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio NaturalD. G. de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural
MAGRAMAMAGRAMA
Madrid, 11 de junio de 2014Madrid, 11 de junio de 2014
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2. Un buque puede llegar al final de su ciclo de vida por diversas razones:
Por la propia intención o decisión del armador de destinarlo al desguace.
Por abandono del buque en puertos, fondeaderos y litorales.
Por obligación legislativa (ejemplo de los petroleros monocasco, etc.)
Por daños no subsanables debido a accidentes o averías.
Por otras razones, como el hundimiento, algunos decomisos , etc.
A partir de ese momento se inicia el proceso para gestionar el buque hasta
su desguace y reciclado final.
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3. India
Bangladesh
China
Pakistán
Turquía
Otros OCDE, etc.
33 %33 %
22,4 %22,4 %
24 %24 %
13 %13 %
4,1 %4,1 % 3,5 %3,5 %
Los países terceros, han presentado una gran demanda de reciclados como m.Los países terceros, han presentado una gran demanda de reciclados como m.
prima, y ofrecen precios muy atractivos de adquisición de buques para reciclado.prima, y ofrecen precios muy atractivos de adquisición de buques para reciclado.
DESGUACE DE BUQUES DE LA FLOTA MUNDIAL EN EL AÑO 2011DESGUACE DE BUQUES DE LA FLOTA MUNDIAL EN EL AÑO 2011 (fuente UNCTAD)(fuente UNCTAD)
TOTAL DESGUAZADO: 26,6 MM de GTTOTAL DESGUAZADO: 26,6 MM de GT (se estiman 10,5 MM de LDT aproximadamente)
DESGUAZADOS EN EL SUBCONTINENTE INDIO: 18,2 MM de GTDESGUAZADOS EN EL SUBCONTINENTE INDIO: 18,2 MM de GT (se estiman 7,2 MM LDT): 68,4 %
El Subcontinente Indio ha llegado a superar elEl Subcontinente Indio ha llegado a superar el 70%70% en años anterioresen años anteriores, pero sus, pero sus
condiciones de gestión ambiental soncondiciones de gestión ambiental son inaceptablesinaceptables (uso del(uso del beachingbeaching).).
3
4. Alang (India)Alang (India) Chittagong (Bangladesh)Chittagong (Bangladesh)
UTILIZACIÓN DEL BEACHING EN EL SUBCONTINENTE INDIO
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5. Con el objetivo de terminar con las prácticas del beaching, la UE inició un
proceso para mejorar y alcanzar la gestión correcta de BFV:
1. Libro Verde de la Comisión, sobre el desguace de buques (año 2007):
Necesidad de incrementar la capacidad de desguace de buques en la UE.
2. Estrategia de la UE - Comunicación de la Comisión (año 2008):
Garantizar que los buques de propiedad europea o con pabellón de un EM se
desguacen siempre en instalaciones auditadas y certificadas.
3. Conclusiones del Consejo sobre la Estrategia de la UE (año 2009):
Insta a la Comisión a estudiar propuestas legislativas para que los buques se
reciclen en instalaciones seguras y respetuosas con el medio ambiente.
4. Propuesta de la Comisión (año 2012) y aprobación del Reglamento:
Debatida en Consejo y Parlamento desembocó en Reglamento (UE) 1257/2013
sobre reciclado de buques, que entró en vigor el 30-12-2013.
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6. El BFV obedece claramente a la definición de residuo:
“Cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención u
obligación de desechar”.
El BFV se transforma en un residuo caracterizado como peligroso, por su
contenido (metales pesados, amianto, PCB, SAOs, combustibles, etc.)
En virtud de este concepto y caracterización, los BFV y los materiales a bordo
de los mismos, son contemplados, en función de tipos y tamaños, dentro de
un amplio marco legislativo relativo a la gestión de residuos.
¿Qué ámbito abarca este marco legislativo?
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7. MARCO LEGISLATIVOMARCO LEGISLATIVO
Convenios Internacionales:Convenios Internacionales:
Convenio deConvenio de BasileaBasilea sobre movimientos transfronterizos de residuos peligrosossobre movimientos transfronterizos de residuos peligrosos..
Convenio deConvenio de Hong KongHong Kong sobre reciclaje de buques (pendiente de ratificación).sobre reciclaje de buques (pendiente de ratificación).
Marco Legislativo ComunitarioMarco Legislativo Comunitario
Directiva Marco 2008/98/CE, de Residuos.Directiva Marco 2008/98/CE, de Residuos.
Directivas sobre distintos tipos de residuos y su gestiónDirectivas sobre distintos tipos de residuos y su gestión
Reglamento (CE) 1013/2006, sobre traslado de residuosReglamento (CE) 1013/2006, sobre traslado de residuos
Directiva 2009/16/CE, control de buques por el Estado Rector del PuertoDirectiva 2009/16/CE, control de buques por el Estado Rector del Puerto
Reglamento (UE) 1257/2013, sobre reciclado de buquesReglamento (UE) 1257/2013, sobre reciclado de buques
Marco Legislativo EspañolMarco Legislativo Español
Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados (transposición Directiva Marco).Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados (transposición Directiva Marco).
Reales Decretos sobre los distintos tipos de residuos.Reales Decretos sobre los distintos tipos de residuos.
R.D. 1737/2010 (Reglamento inspecciones de buques extranjeros en España).R.D. 1737/2010 (Reglamento inspecciones de buques extranjeros en España).
Los Reglamentos UE se incorporan al derecho interno (no hay transposición).Los Reglamentos UE se incorporan al derecho interno (no hay transposición).
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8. 1.1. Objetivo:Objetivo: ControlarControlar y minimizary minimizar el traslado transfronterizo de residuosel traslado transfronterizo de residuos
peligrosos, en función del tipo de residuo, la ruta y el tratamiento.peligrosos, en función del tipo de residuo, la ruta y el tratamiento.
2.2. Gestión Ambientalmente Racional (GAR):Gestión Ambientalmente Racional (GAR): Adopción de todas las medidas queAdopción de todas las medidas que
garanticen que los residuos se gestionan protegiendo el medio ambiente y lagaranticen que los residuos se gestionan protegiendo el medio ambiente y la
salud humana frente a sus efectos nocivos.salud humana frente a sus efectos nocivos.
3.3. Condiciones para el traslado:Condiciones para el traslado:
• El Estado deEl Estado de importaciónimportación ha deha de garantizar lagarantizar la GARGAR de los residuos.de los residuos.
• Cumplir con los procedimientos deCumplir con los procedimientos de notificación y autorizaciónnotificación y autorización previasprevias
4.4. Decisión y Enmienda de Basilea incluidas en el Reglamento:Decisión y Enmienda de Basilea incluidas en el Reglamento:
• Reconoce que un buqueReconoce que un buque puede ser residuo y seguir siendo buquepuede ser residuo y seguir siendo buque..
• Prohíbe la exportaciónProhíbe la exportación de residuosde residuos peligrosospeligrosos fuera de la OCDE.fuera de la OCDE.
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9. LA GRAN CONTROVERSIA: BUQUE Y RESIDUO EN SU ÚLTIMO TRAMO
El buque sigue siendo buque si cumple los Convenios de la OMI: SOLAS,
MARPOL, etc., pudiendo navegar a cualquier parte del mundo.
Al mismo tiempo puede ser residuo, y por ello prohibido su traslado a países
no pertenecientes a la OCDE.
Pero, para ello es necesario determinar cuándo el buque es un residuo.
En los casos de obligación legislativa, daños no subsanables, abandono y
otros, es fácil determinar el momento en que el buque es un residuo.
Pero, en el caso de que el buque llegue al final de su vida por decisión del
propietario o armador, es muy difícil determinarlo si éste no refleja su decisión
En este caso habría que establecer criterios a nivel de la UE,criterios a nivel de la UE, que determinenque determinen
mejormejor cuándo un buque es un residuocuándo un buque es un residuo, para poder abordar su, para poder abordar su correctacorrecta
gestióngestión..
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10. 1. Objeto:1. Objeto:
- PrevenirPrevenir,, minimizar y eliminar efectos adversos sobre la salud y el m. ambnte.minimizar y eliminar efectos adversos sobre la salud y el m. ambnte.
- Garantizar la correcta gestión de los materiales peligrosos en los buquesGarantizar la correcta gestión de los materiales peligrosos en los buques..
- Facilitar la ratificación del Convenio de Hong KongFacilitar la ratificación del Convenio de Hong Kong..
2. Ámbito de aplicación2. Ámbito de aplicación::
-- Buques civiles no estatalesBuques civiles no estatales >> 500 GT500 GT con pabellón de un EM de la UEcon pabellón de un EM de la UE, cuyas, cuyas
operaciones no estén exclusivamente restringidas durante su vida útil a lasoperaciones no estén exclusivamente restringidas durante su vida útil a las
aguas jurisdiccionales de dicho EM.aguas jurisdiccionales de dicho EM.
-- Buques conBuques con pabellón de países tercerospabellón de países terceros que arriben a puertos o aque arriben a puertos o a
fondeaderos de un EM de la UE, a los que sólo se les aplicará elfondeaderos de un EM de la UE, a los que sólo se les aplicará el artículoartículo 1212..
3. Recomendaciones para buques < 500 GT y buques estatales3. Recomendaciones para buques < 500 GT y buques estatales::
- En los Considerandos se alienta a los EEMM a adoptar medidas para que los- En los Considerandos se alienta a los EEMM a adoptar medidas para que los
buques excluidos del campo de aplicación de este Reglamento, sean tratadosbuques excluidos del campo de aplicación de este Reglamento, sean tratados
de manera acorde con el mismo, cuando sea razonable y factible.de manera acorde con el mismo, cuando sea razonable y factible.
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11. REQUISITOS PARA LOS BUQUESREQUISITOS PARA LOS BUQUES::
4.4. Control de materiales peligrosos:Control de materiales peligrosos:
- Obligación de llevar un- Obligación de llevar un Inventario de Materiales PeligrososInventario de Materiales Peligrosos aa bordo, quebordo, que
deberá ser verificado periódicamente mediante losdeberá ser verificado periódicamente mediante los reconocimientosreconocimientos del buque.del buque.
5. Reconocimientos de los buques:5. Reconocimientos de los buques:
-- Los buques serán objetoLos buques serán objeto de reconocimientos: inicial, de renovación yde reconocimientos: inicial, de renovación y
adicionales, y un reconocimiento final deadicionales, y un reconocimiento final de listo para el reciclajelisto para el reciclaje..
- Cada reconocimiento dará lugar a la emisión de unCada reconocimiento dará lugar a la emisión de un certificadocertificado por parte de lapor parte de la
Administración o de una Organización autorizada por ésta.Administración o de una Organización autorizada por ésta.
- Durante lasDurante las inspecciones por el Estado Rector del Puertoinspecciones por el Estado Rector del Puerto se comprobará lase comprobará la
existencia a bordo de estos certificados.existencia a bordo de estos certificados.
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12. COMPOSICIÓN DEL INVENTARIO DE MATERIALES PELIGROSOS
Parte I
Materiales peligrosos presentes en la estructura y equipos del buque
Materiales peligrosos prohibidos en nuevas instalaciones del buque
Amianto
Sustancias que agotan la capa de ozono (SAO)
Policlorobifenilos (PCB)
Ácido perfuorooctano sulfonato (PFOS)
Compuestos y sistemas antiincrustantes (contenidos en el Anexo I del Convenio AFS)
Materiales peligrosos no prohibidos
Cadmio y sus compuestos
Cromo hexavalente y sus compuestos
Plomo y sus compuestos
Mercurio y sus compuestos
Polibromobifenilos (PBB)
Polibromodifeniléteres (PBDE)
Naftalenos policlorados (más de 3 átomos de cloro)
Sustancias radiactivas
Determinadas parafinas cloradas de cadena corta (alcanos, C10-C13, cloro)
Retardantes de llama bromados (HBCDD)
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13. Aislamiento de amianto
en tuberías y casco
Junta de amianto
PCB en pintura plata
PCV en pintura de zonas
habitables
Lastre de plomo
Válvulas con empaque de amianto
Fieltro de PCB debajo de la placa insonora
Casco de acero
(PCB en la pintura primaria)
Adhesivo de amianto
PCB en el aislamiento
de espuma de plástico
Masilla de amianto debajo del aislamiento
Productos de goma PCB
Amianto
Revestimientos de suspensión
PCB y amianto en el cable
Tela de amianto encima
del aislamiento
Pintura con plomo o cromatos
que contienen cromo hexavalente
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14. COMPOSICIÓN DEL INVENTARIO DE MATERIALES PELIGROSOS
Parte II
Residuos generados por las operaciones del buque
Constituidos por las aguas residuales y los residuos generados por las operaciones
normales de los buques sujetos a los requisitos del Convenio MARPOL, cuyas fuentes
de generación son las siguientes:
• Hidrocarburos
• Sustancias nocivas líquidas transportadas a granel (acetatos, alcoholes, ácidos, etc.)
• Sustancias perjudiciales transportadas (riesgos para la salud, flora y fauna marina)
• Aguas sucias de los buques (desagües de lavabos, inodoros, servicios médicos, etc.)
• Basuras de los buques (víveres, residuos de faenas domésticas y de trabajos rutinarios)
Parte III
Provisiones a bordo del buque
- Alimentos
- Medicinas
- Pinturas
- Repuestos
- Aceites
- etc.
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15. REQUISITOS PARA LAS INSTALACIONESREQUISITOS PARA LAS INSTALACIONES::
6. Instalaciones de reciclaje de buques:6. Instalaciones de reciclaje de buques:
- Creación deCreación de unauna Lista Europea de Instalaciones de Reciclaje de BuquesLista Europea de Instalaciones de Reciclaje de Buques,,
que incluirá a todas las instalaciones, dentro o fuera de la UE, que cumplan losque incluirá a todas las instalaciones, dentro o fuera de la UE, que cumplan los
requisitos del Reglamento y sean autorizadas por la UE (antes delrequisitos del Reglamento y sean autorizadas por la UE (antes del 31-12-201631-12-2016).).
- RequisitosRequisitos::
• Contar conContar con autorizaciónautorización de las autoridades competentes, debiendo someterse a lasde las autoridades competentes, debiendo someterse a las
verificaciones e inspecciones in situ que procedan.verificaciones e inspecciones in situ que procedan.
• Disponer de unDisponer de un planplan de la propia instalaciónde la propia instalación de reciclado de buques.de reciclado de buques.
• Operar desdeOperar desde estructuras construidasestructuras construidas, por lo que queda, por lo que queda prohibido el beachingprohibido el beaching
para el reciclado de buques europeos.para el reciclado de buques europeos.
• Establecer sistemas para laEstablecer sistemas para la prevención y eliminación de riesgosprevención y eliminación de riesgos, incluidos un plan, incluidos un plan
de emergencia y de formación de trabajadores.de emergencia y de formación de trabajadores.
• Garantizar laGarantizar la GARGAR de los residuos peligrosos generados, con confinamiento seguro,de los residuos peligrosos generados, con confinamiento seguro,
impermeabilización de suelos, yimpermeabilización de suelos, y transferencia a plantas de gestión de residuostransferencia a plantas de gestión de residuos..
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16. Desguace primario:Desguace primario:
remoción de fluidos, lodos yremoción de fluidos, lodos y
peligrosos, desmontaje depeligrosos, desmontaje de
equipos y corte en bloquesequipos y corte en bloques
DesguaceDesguace
secundario:secundario:
clasificación primaria yclasificación primaria y
nuevo corte en piezasnuevo corte en piezas
Clasificación y reparación:Clasificación y reparación:
Separación de residuosSeparación de residuos
generados en el desguace:generados en el desguace:
Amianto, RP y RNPAmianto, RP y RNP
SeparaciónSeparación
de amiantode amianto
TratamientoTratamiento::
Valorización,Valorización,
Reciclado,Reciclado,
Eliminación,Eliminación,
etc.etc.
Equipos y MaterialesEquipos y Materiales
procesadosprocesados
AlmacenamientoAlmacenamiento
dede RPRP
AlmacenamientoAlmacenamiento
dede
reutilizablesreutilizables
AlmacenamientoAlmacenamiento
dede RNPRNP
Productos para astillerosProductos para astilleros
InstalacionesInstalaciones
dede
contingenciacontingencia
YY
emergenciaemergencia
EdificiosEdificios
yy
OficinasOficinas
11 22 33
POSIBLE INSTALACIÓN AMBIENTALMENTE RACIONAL DE RECICLADO DE BUQUES
15 bis(Fuente: Directrices Técnicas del Convenio de Basilea – 2003)
C
O
N
T
E
N
C
I
Ó
N
17. CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS GENERADOS EN EL DESGUACECLASIFICACIÓN DE RESIDUOS GENERADOS EN EL DESGUACE
RESIDUOS GENÉRICOSRESIDUOS GENÉRICOS (Algunos son reciclables)(Algunos son reciclables)
Residuos peligrososResiduos peligrosos ((RPRP):): una o varias características deluna o varias características del Anexo III Directiva marco 2008/98/CEAnexo III Directiva marco 2008/98/CE
Residuos industriales no peligrososResiduos industriales no peligrosos (RINP).(RINP).
Residuos urbanos (restos de comida, etc.)Residuos urbanos (restos de comida, etc.) ((RURU))
Residuos biodegradables (papel, plantas, alimentos, madera, etc.)Residuos biodegradables (papel, plantas, alimentos, madera, etc.) ((RBRB))
Residuos que contienen COPs (PCB, Compuestos Bromados, PFOS, etc.)Residuos que contienen COPs (PCB, Compuestos Bromados, PFOS, etc.) ((RCOPRCOP))
Lodos de depuradorasLodos de depuradoras ((LDLD))
Otros residuos (medicamentos, metales, plásticos, vidrio, textiles, etc.)Otros residuos (medicamentos, metales, plásticos, vidrio, textiles, etc.)
RESIDUOS ESPECÍFICOSRESIDUOS ESPECÍFICOS (Todos son reciclables)(Todos son reciclables)
Residuos de envasesResiduos de envases ((RERE).).
Residuos de pilas y acumuladores (incluidas las baterías)Residuos de pilas y acumuladores (incluidas las baterías) ((RPARPA).).
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicosResiduos de aparatos eléctricos y electrónicos ((RAEERAEE).).
Aceites industriales usadosAceites industriales usados ((AUAU).).
Neumáticos fuera de usoNeumáticos fuera de uso ((NFUNFU).).
De acuerdo con la definición de residuos peligrosos, bastantes residuos específicosDe acuerdo con la definición de residuos peligrosos, bastantes residuos específicos
pueden ser peligrosos en función de la cantidad y características de los materiales ypueden ser peligrosos en función de la cantidad y características de los materiales y
sustancias peligrosas que contengan.sustancias peligrosas que contengan.
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18. RAEE*RAEE*
NFUNFU
RPA*RPA*
AU*AU*
RINP (chatarra, vidrio, plástico, etc.)RINP (chatarra, vidrio, plástico, etc.)
RP* (CFC, anti-fouling, asbestos, metales pesados, aceites de sentinas, etc.)RP* (CFC, anti-fouling, asbestos, metales pesados, aceites de sentinas, etc.)
RCOP* (PCB, PFOS, C. Bromados)RCOP* (PCB, PFOS, C. Bromados)
RURU
RB (madera, cartón, etc.)RB (madera, cartón, etc.)
LDLD
Otros (medicinas, etc.)Otros (medicinas, etc.)
UBICACIÓN, EN BUQUES Y EMBARCACIONES, DE LOS RESIDUOS GENERADOSUBICACIÓN, EN BUQUES Y EMBARCACIONES, DE LOS RESIDUOS GENERADOS
RERE
MATERIALES DE CONSTRUCCIÓNMATERIALES DE CONSTRUCCIÓN::
Materiales CompuestosMateriales Compuestos
Metálicos: Acero y AluminioMetálicos: Acero y Aluminio
MaderaMadera
17
19. RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO DEL BUQUERESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO DEL BUQUE::
7.7. Obligaciones de Propietarios y Armadores:Obligaciones de Propietarios y Armadores:
- Mantener el buque conforme a los requisitos del Reglamento.Mantener el buque conforme a los requisitos del Reglamento.
- Garantizar que sus buques sólo se reciclarán en instalaciones de la Lista Europea.Garantizar que sus buques sólo se reciclarán en instalaciones de la Lista Europea.
- Cumplir con las prescripciones de notificación a las autoridades competentes.- Cumplir con las prescripciones de notificación a las autoridades competentes.
- Proporcionar a la instalación de reciclaje, toda la información sobre el buque para- Proporcionar a la instalación de reciclaje, toda la información sobre el buque para
la elaboración della elaboración del plan de reciclado del buqueplan de reciclado del buque, así como el, así como el certificado de listo paracertificado de listo para
el reciclajeel reciclaje..
17 bis
20. 8. Aplicación del Reglamento8. Aplicación del Reglamento (nunca antes del(nunca antes del 31-12-201531-12-2015))::
Cuando la capacidad máxima anual de reciclaje de las instalaciones de la ListaCuando la capacidad máxima anual de reciclaje de las instalaciones de la Lista
Europea alcanceEuropea alcance 2,5 MM de LDT2,5 MM de LDT de los buques reciclados los 10 últimos años.de los buques reciclados los 10 últimos años.
ElEl 31-12-201831-12-2018, si no sucede antes lo anterior., si no sucede antes lo anterior.
9. Modificación del reglamento (CE)1013/2006 sobre traslado de residuos:9. Modificación del reglamento (CE)1013/2006 sobre traslado de residuos:
Quedan excluidosQuedan excluidos del ámbito de aplicacióndel ámbito de aplicación del Reglamento sobre trasladodel Reglamento sobre traslado
de residuosde residuos: los buques comprendidos en el ámbito de aplicación del: los buques comprendidos en el ámbito de aplicación del
Reglamento sobre reciclado de buques que enarbolen el pabellón de un EM.Reglamento sobre reciclado de buques que enarbolen el pabellón de un EM.
10. Incentivo Financiero:10. Incentivo Financiero:
Antes delAntes del 31-12-201631-12-2016, la Comisión presentará al Parlamento un informe sobre la, la Comisión presentará al Parlamento un informe sobre la
viabilidad de unviabilidad de un instrumento financieroinstrumento financiero que facilite el reciclado ambientalmenteque facilite el reciclado ambientalmente
racional de los buques, acompañado de una propuesta legislativa.racional de los buques, acompañado de una propuesta legislativa.
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21. En el marco jurídico mencionado, la disposición de instalaciones propias en
España para el reciclaje de buques permitiría alcanzar los siguientes objetivos:
cubrir las necesidades de desguace de nuestros propios buques cumpliendo
con el principio de proximidad en la gestión del buque como residuo peligroso.
incorporar instalaciones españolas a la Lista Europea,
propiciar la creación de puestos de trabajo tanto directos como indirectos en
plantas de destino para el tratamiento de residuos procedentes de esta actividad
iniciar una línea de reciclado de buques que pueda ser competitiva frente a
otras instalaciones de la UE para todo tipo de buques.
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