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 Condiciones: Condiciones:
• Siempre, además del capital financiero, deben aportar sus
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 Requisitos:
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Tipo de gravamen para 2013:
p p
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t ló i
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i i d lifi d d i tecnológicainvestigador cualificado adscrito en
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3 | Informe Motivado.|
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Entrada en vigor en el ejercicio 2014.g j
 Voluntario: personas físicas y empresas con cifra de negocios inferior a 2
millones de euros. Mantenerse en el mismo un mínimo de 2 años.
 Ingreso el IVA que cobro minorado en el IVA que pago.
 Quienes se acojan a este sistema estarán sometidos a un mayor control fiscal.
Se propone un nuevo libro registro de cobros.
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Impuesto sobre Sociedades.
1 | D d ió i ió d b fi i1 |  Deducción por reinversión de beneficios.
Entrada en vigor en el ejercicio 2014.
 Requisito: empresas con volumen inferior a 10 millones de euros.
 Deducción: hasta el 10% de los beneficios obtenidos que se reinviertan en la
actividad económica.
2 |  Novedades en la deducción I+D+i.
Entrada en vigor en el ejercicio 2014.g j
 Con carácter general la deducción consiste en que, una vez que el impuesto
de Sociedades arroja resultado positivo, minoro el resultado por aplicación de
las deducciones. Para 2014, en caso de que el impuesto de Sociedades no
tenga un resultado positivo en el que poder aplicar la deducción, esta será
directamente abonada a la empresa.
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Impuesto sobre Sociedades.
3 | C ió d I ibl PATENT BOX3 |  Cesión de Intangibles. PATENT BOX.
Entrada en vigor en el ejercicio 2014.
 Los ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de
patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, de
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  • 2. Incentivos fiscales en el www.ciroconsulting.com
  • 3. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 1 | Imputación temporal de rentas1 | Imputación temporal de rentas Real Decreto Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor.ea ec eto ey / 0 3 de ed das de apoyo a e p e dedo Exención de la prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único:pago único: Esta medida es consecuencia de la supresión del límite de exención a este tipo de prestaciones a partir del 01 01 2013este tipo de prestaciones a partir del 01-01-2013. www.ciroconsulting.com
  • 4. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento | d d d d ó2 | Rendimientos de actividades económicas Real Decreto Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor.  Reducción del 20% en los rendimientos netos que se obtengan durante los 2 primeros ejercicios en que los resultados sean positivos.  Requisitos:q • Iniciar una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013, siempre que no se hubiera ejercido otra en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad (no se tienen en cuenta actividades por lasde inicio de la actividad (no se tienen en cuenta actividades por las que se haya cesado sin obtener nunca rendimientos netos positivos). • Determinar el rendimiento neto de la actividad con arreglo al método de estimación directa www.ciroconsulting.com método de estimación directa.
  • 5. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 2 | R di i d i id d ó i2 | Rendimientos de actividades económicas Real Decreto Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor.  Límites de la reducción: Límites de la reducción: • Se aplica solamente sobre 100.000 € anuales. • No se aplica en el ejercicio en el que más del 50% de los ingresos proceden de persona o entidad con la que el contribuyente h bi bt id di i t d l t b j l ñ t i l i i i dhubiera obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior al inicio de la actividad. www.ciroconsulting.com
  • 6. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 3 | Ganancias y Perdidas Patrimoniales Real Decreto Ley 8/2011 de fomento de actividad empresarial.  Exención de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de las acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación:  Límites: • EI valor total de la adquisición no puede exceder, para el conjunto de entidades, en 25.000,00 € anuales . • Ni de 75.000,00 € por entidad durante todo el periodo de tres años de que dispone el contribuyente para su adquisición. www.ciroconsulting.com
  • 7. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 3 | G i Pé did P i i l3 | Ganancias y Pérdidas Patrimoniales.  Requisitos de la entidad:equ s tos de a e t dad •Sociedad Anónima o Sociedad Limitada. • No estar admitidas a cotizaciónNo estar admitidas a cotización. • Desarrollar una actividad económica y utilizar para la ordenación de la misma al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completajornada completa. • No tener ninguna relación laboral ni mercantil, al margen de la condición de socio, con el contribuyente que transmite las acciones o ti i iparticipaciones. • El importe de la cifra de fondos propios de la entidad no puede superar 200.000,00 €. www.ciroconsulting.com
  • 8. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 3 | G i Pé did P i i l3 | Ganancias y Pérdidas Patrimoniales  Condiciones para aplicar la exención: Condiciones para aplicar la exención: • La adquisición de las acciones o participaciones debe efectuarse a partir del 7 de julio de 2011, bien en el momento de la constitución de la entidad o mediante una ampliación de capital efectuada en los tresla entidad o mediante una ampliación de capital efectuada en los tres años siguientes a su constitución, contados fecha a fecha. • El grado de participación del contribuyente no puede superar el 40% del capital social. • El tiempo de permanencia debe ser superior a tres años e inferior a diez, contados de fecha a fecha. www.ciroconsulting.com
  • 9. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 5 | Deducciones Comunidad de Madrid| Deducción del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicioDeducción del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales de S.A., S.L.  Condiciones: Condiciones: • Siempre, además del capital financiero, deben aportar sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierten  Límites: • El límite de deducción aplicable será de 4.000 euros anuales, es decir, el exceso sobre 20.000€ invertido no me generará deducción adicional puesto que estaremos en el límite de 4.000 euros. www.ciroconsulting.com p q
  • 10. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 5 | D d i C id d d M d id5 | Deducciones Comunidad de Madrid  Requisitos: • Que como consecuencia de la participación adquirida por elQue como consecuencia de la participación adquirida por el contribuyente no posea mas del 40% del total del capital social de la entidad o de sus derechos de voto. • Que dicha participación se mantenga un mínimo de tres años. www.ciroconsulting.com
  • 11. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 5| D d i C id d d M d id5| Deducciones Comunidad de Madrid  Requisitos de la entidad:equ s tos de a e t dad I. Que tenga su domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid. II. Que desarrolle una actividad económica. III Que la entidad cuente al menos con una persona contratada aIII. Que la entidad cuente al menos, con una persona contratada a jornada completa. www.ciroconsulting.com
  • 12. IRPF Incentivos fiscales al emprendimiento 5 | D d i C id d d M d id5 | Deducciones Comunidad de Madrid Deducción para el fomento de autoempleo para menores de 35 ñaños.  Requisitos: • Causar alta por primera vez en el Censo de Empresarios. • Que la actividad se desarrolle principalmente en la Comunidad de Madrid. • Que el contribuyente se mantenga al menos un año de alta.  Importe: Importe: • El importe de la deducción será de 1.000,00 €. www.ciroconsulting.com
  • 13. Incentivos fiscales en el www.ciroconsulting.com
  • 14. IS Incentivos fiscales al emprendimiento 1 | Ti d1 | Tipo de gravamen. Real Decreto Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor.ea ec eto ey / 0 3 de ed das de apoyo a e p e dedo  Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2013 las entidades de nueva creación quedel 1 de enero de 2013 las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán en el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y en el siguiente con arreglo a la siguiente escala:con arreglo a la siguiente escala: • Por la parte de base imponible comprendida entre el 0 y 300.000 € al 15%15% • Por el resto al 20% www.ciroconsulting.com
  • 15. IS Incentivos fiscales al emprendimiento Base Imponible Tipo Tipo de gravamen para 2013: p p General - 30% Entidades de reducida dimensión. incn <10mill€ Hasta 300.000€ 25% Resto 30%Resto 30% Mantenimiento o creación de empleo INCN <5mill€ y plantilla media <25 empleados Hasta 300.000€ 20% Resto 25% Nueva creación constituidas desde 1 de enero de 2013, en primer ejercicio con B.I: positiva y el siguiente. Hasta 300.000€ 15% Resto 20%g Entidades sin fines lucrativos (ley 49/2002) - 10% Mutuas, colegios profesionales. asociaciones… - 25% www.ciroconsulting.com
  • 16. Incentivos Fiscales por Actividades deActividades de www.ciroconsulting.com
  • 17. Incentivos fiscales por actividades de I+D+i 1 | B L l1 |  Base Legal Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. En su artículo 35 se recogen las medidas que regulan los incentivossu artículo 35 se recogen las medidas que regulan los incentivos fiscales a la I+D+i. R l D t 1432/2003 d 21 d i b l ti l li i tReal Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos a los efectos de aplicación e interpretación de la deducción por actividades de I+D+i. www.ciroconsulting.com
  • 18. Incentivos fiscales por actividades de I+D+i 2 | D fi i i2 |  Definiciones Investigación.- indagación original planificada para la búsqueda de nuevos conocimientos Art 35 1 a) TRLISconocimientos. Art. 35 .1.a) TRLIS Desarrollo.- aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier otro conocimiento científico para la fabricación de nuevos materiales o productos oconocimiento científico para la fabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos o sistemas preexistentes Art 35 1 a) TRLISpreexistentes. Art. 35 .1.a) TRLIS Innovación Tecnológica.- actividad cuyo resultado suponga un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o latecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o la mejora substancial de productos o procesos ya existentes. Art. 35 .2.a) TRLIS www.ciroconsulting.com
  • 19. Incentivos fiscales por actividades de I+D+i 3 | Porcentaje de deducción3 |  Porcentaje de deducción. Investigación y Desarrollo Innovación Tecnológica GASTOS 25,5% de los gastos en actividades de I+D 42% sobre el exceso de la media de gasto 12% de los gastos de innovación  t ló i 42% sobre el exceso de la media de gasto en I+D de los dos años anteriores 17% adicional de los gastos de personal i i d lifi d d i tecnológicainvestigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D INVERSIONES 8,5% de las inversiones en inmovilizado material e intangible, excluidos inmuebles y terrenos www.ciroconsulting.com y
  • 20. Incentivos fiscales por actividades de I+D+i 3 | Informe Motivado.| www.ciroconsulting.com
  • 22. IVA, criterio de cobros y pagos. Entrada en vigor en el ejercicio 2014.g j  Voluntario: personas físicas y empresas con cifra de negocios inferior a 2 millones de euros. Mantenerse en el mismo un mínimo de 2 años.  Ingreso el IVA que cobro minorado en el IVA que pago.  Quienes se acojan a este sistema estarán sometidos a un mayor control fiscal. Se propone un nuevo libro registro de cobros. www.ciroconsulting.com
  • 23. Impuesto sobre Sociedades. 1 | D d ió i ió d b fi i1 |  Deducción por reinversión de beneficios. Entrada en vigor en el ejercicio 2014.  Requisito: empresas con volumen inferior a 10 millones de euros.  Deducción: hasta el 10% de los beneficios obtenidos que se reinviertan en la actividad económica. 2 |  Novedades en la deducción I+D+i. Entrada en vigor en el ejercicio 2014.g j  Con carácter general la deducción consiste en que, una vez que el impuesto de Sociedades arroja resultado positivo, minoro el resultado por aplicación de las deducciones. Para 2014, en caso de que el impuesto de Sociedades no tenga un resultado positivo en el que poder aplicar la deducción, esta será directamente abonada a la empresa. www.ciroconsulting.com
  • 24. Impuesto sobre Sociedades. 3 | C ió d I ibl PATENT BOX3 |  Cesión de Intangibles. PATENT BOX. Entrada en vigor en el ejercicio 2014.  Los ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales comercialesderechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, se integrarán en la base imponible en un 50 por ciento de su importe, quedando exento de tributación el otro 50%. www.ciroconsulting.com
  • 25. Impuesto sobre Sociedades. MUCHAS GRACIAS www.ciroconsulting.com