1. "Linchamiento Mediático"
En momentos en que en varios países de América Latina se discuten controles
a los medios de comunicación, Ecuador acaba de aprobar una controversial ley
que incluye la figura del "linchamiento mediático".
El nuevo texto legal establece una serie de regulaciones a medios y
periodistas, a la vez que fija normativas en diversos ámbitos de la
comunicación.
Y allí se inserta un castigo contra el llamado "linchamiento mediático", que a
algunos le parece una restricción a la libertad de prensa.
La norma lo define como "la difusión de información que, de manera directa o a
través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada
reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación, con el
propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica, o reducir su
credibilidad pública"
La investigación periodística
Para periodistas como Arturo Torres, editor de Investigación de diario El
Comercio, la figura del "linchamiento mediático" interrumpirá procesos
periodísticos de seguimiento de temas de interés público.
"Cuando uno quiere ir más allá de la noticia, necesita hacer un seguimiento
pormenorizado de un caso para ir profundizando y mostrando por qué ocurrió ese
hecho, qué desencadenantes ha tenido. Muchas de las grandes investigaciones
periodísticas toman meses, sino años. Recordemos el caso Watergate", señala Torres
a BBC Mundo.
Aprobación de Rafael Correa
Pero además del "linchamiento mediático", la Ley de Comunicación contiene
una serie de disposiciones que buscan reconfigurar el escenario en el que se
2. desarrolla la comunicación y el periodismo en Ecuador.pnsa ecuatoriana ha tenido.
La asambleísta oficialista Ximena Ponce se trata de "una ley que democratiza
el uso de la palabra". "El fortalecimiento de los medios comunitarios es un
avance", afirma, y añade: "Nos llena de mucha alegría poder en este momento
entregar esta ley a la ciudadanía"
y a último minuto excluyó a la Defensoría del Pueblo la atribución para asumir
los derechos y obligaciones que correspondían a la Superintendencia de
Comunicación (Supercom), organismo que se elimina de la Ley.
Con lo aprobado, todos los derechos y obligaciones, constantes en convenios,
contratos u otros instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, que le
correspondían a la Supercom será asumidos por el Consejo de Regulación,
Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación (Cordicom); así
también las partidas presupuestarias y todos los bienes muebles e inmuebles,
activos y pasivos.
Reformas a Ley de Medios en Ecuador, sin prisa
Este cambio lo planteó, a última hora, la asambleísta Jeannine Cruz (CREO),
considerando que la defensora del Pueblo Gina Benavides insistió ante la
Comisión que no puede asumir las atribuciones de la Supercom, porque estaría
siendo juez y parte frente a eventuales reclamos de la ciudadanía por la
difusión de contenido violento a través de los medios de comunicación.
Según lo aprobado, 63 artículos fueron reformados; 14 derogados; en 23 se
realizan agregados; y 45 artículos no sufren cambios.
Desaparece la Supercom
Entre los cambios se destacan a más de la eliminación de Supercom, la
supresión del linchamiento mediático, así como el capítulo relacionado con los
códigos deontológicos contenidos en los artículos 9 y 10 de la Ley vigente. Este
informe pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea para su aprobación.
Fue aprobado con siete votos a favor y tres en contra.
Otro de los cambios que anoche realizó la comisión de Derechos Colectivos
presidida por Jorge Corozo (AP), fue disponer que todas las acciones
pecuniarias que se hayan impuesto a los medios de comunicación y a
periodistas por parte de la Supercom sean revisadas.
Bebidas alcohólicas
También se incluyó un texto en el artículo 94 de la LOC, donde los medios de
comunicación quedarían habilitados para emitir publicidad de bebidas de
moderación de hasta cinco grados de alcohol; esta disposición, según
debatieron los legisladores, permitirá la publicidad de la cerveza artesanal en el
país, que constituye uno de los emprendimientos que fundamentalmente lo
realizan los jóvenes, dijeron.
3. Igualmente, se estableció un texto que obliga tanto a los anunciantes públicos
como privados a distribuir equitativamente la pauta publicitaria en los medios
de comunicación de cobertura regional o local, la cual no será inferior al 10 %
en poblaciones menores a 500 mil habitantes. (I)