2. SUDEBAN, Superintendencia de las
Instituciones del Sector Bancario de
Venezuela es el ente encargado de que
los bancos e instituciones financieras
con oficina en Venezuela, cumplan las
normas locales referidas a ellas.
Fue creado por la ley bancaria
de 1940 para inspeccionar,
supervisar y regular a los
bancos que operan en
Venezuela, y cuenta con la
facultad de implementar
medidas de protección si
detecta irregularidades en la
gestión de alguna entidad.
3. 1 Instituciones regidas por la SUDEBAN
1 Banca universal
2 Banca comercial
3 Banca con leyes especiales
4 Banca microfinanciera
5 Banca con leyes especiales
6 Institutos municipales de crédito
7 Instituciones financieras desaparecidas o
fusionadas
81° aniversario de
existencia al servicio de las
instituciones bancarias
sólidas, que generan
confianza en los agentes
económicos y contribuyen
con el desarrollo de la
Patria.
4. Ministerio del Poder Popular de
Planificación y
Finanzas SUDEBAN Resolución
mediante la cual se prohíbe realizar y
mantener operaciones con Bancos y
otras Entidades, con licencias
bancarias y/o de inversión otorgadas
en paises, estados o jurisdicciones
con regimenes impositivos de baja
carga fiscal
Con la llegada de la Revolución Bolivariana en
1999, la Superintendencia renovó sus
esfuerzos como ente supervisor,
concentrando sus tareas en la atencion del
pueblo en la calles y la neutralización de los
ataques de gobiernos imperiales contra el
Sistema económico y financiero de nuestro
país, y que hoy continúa su ardua labor de la
mano del Presidente de la República, Nicolás
Maduro.
5. Tres nuevos
billetes serán
incorporados
al Cono
Monetario
vigente, como
parte de la
ampliación de
la actual
familia de
especies
monetarias.
En la década de los
noventa un
buen grupo de
banqueros se
embolsillaron miles de
millones de
bolívares, producto del
asalto a los depósitos
del público y a los
auxilios suministrados
por el Gobierno Nacional
en aras de socorrer a los
depositantes.
6. MISIÓN
Le corresponde a la
Superintendencia de Bancos
y Otras Instituciones
Financieras ejercer la
supervisión y regulación
VISIÓN
Ser una institución
emprendedora, solidaria y
comprometida con los
usuarios del Sistema
Bancario Venezolano
La inspección, supervisión,
vigilancia, regulación y
control de los bancos,
entidades de ahorro y
préstamo, otras instituciones
financieras, casas de
cambio, operadores
cambiarios fronterizos y
empresas emisoras y
operadoras de tarjetas de
crédito.
FUNCIONES
7. Dentro del
sistema bancario
podemos
distinguir entre
banca pública y
banca privada
que, a su vez,
puede ser
comercial,
industrial o
de negocios y
mixta.
Los bancos son
instituciones
públicas o
privadas que
realizan actos de
intermediación
profesional entre
los dueños de
dinero y capital y
los usuarios de
dicho dinero y
capital.
8. Decreto No.
1.526 de fecha
3 de
noviembre de
2001, viene a
establece un
compendio
normativo
global que
permite
actualizar el
funcionamient
o de los
organismos
de control
financiero del
Estado
venezolano.
El Fondo de Garantía de
Depósitos y Protección
Bancaria (FOGADE) debe
cumplir un papel estelar
en el establecimiento de
la credibilidad en el
sistema bancario
nacional.
El Banco Central
mantiene un
porcentaje de los
depósitos que
poseen los
bancos privados,
vigila las
operaciones de
éstos, actúa como
institución
crediticia en
última instancia y
proporciona
servicios técnicos
y de asesoría.
9. tiene la finalidad de atender de
manera oportuna, eficaz y
eficiente al público general
que requiera los servicios de
la Sudeban, tanto de forma
personalizada como por vía
telemática, con el fin de
suministrar información y/o
asesoría.
Está orientada al registro de peritos avaluadores, contadores
públicos, firmas o sociedades auditoras, organizaciones de
participación popular, así como sustanciar y canalizar la solución
de denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones de los
usuarios del Sistema Bancario Nacional y público en general.
10. Gaceta Oficial Nº 42.092:
Resolución de la
Sudeban mediante la
cual se dictan las
medidas de carácter
temporal para el manejo
de los créditos
otorgados antes de la
vigencia del Decreto Nº
4.168, de fecha 23 de
marzo de 2020
Artículo 1º: La presente
Resolución está dirigida a las
Instituciones Bancarias
Públicas y Privadas, que se
encuentran sometidas a la
inspección, supervisión,
vigilancia, regulación y
control de la
Superintendencia de las
Instituciones del Sector
Bancario.
Sudeban prorroga normas
especiales para gestionar la
cartera de créditos en estado de
alarma
Oferta Pública: BNC fue
autorizado a emitir nuevas
acciones para aumentar su
capital
11. Sudeban prohíbe
puntos de venta que
permitan
exclusivamente
operaciones con
tarjetas
internacionales
Transformación:
Gobierno decidió
migración de todo
el sistema de
pagos a
tecnología 4G
Los bancos
venezolanos que
comenzaron a
vender divisas por
la web
BCV usará Ley
Antibloqueo para
ampliar economía
digital y defender
al bolívar
Gobierno de Maduro niega
la dolarización y afirma
que el bolívar se
´revalorizará´ en 2021
ONG: Resoluciones de la ANC y
Sudeban cultivan arbitrariedades
y favorecen la persecución