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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA
“SAN CRISTÓBAL”
REGLAMENTO INTERNO
SAN MARTÌN DE PORRES
LIMA PERÚ
2018
2
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILICIACIÓN
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002 - 2018 – D –IEP. “S C”
San Martin de Porres, 14 de enero de 2018
Visto, El REGLAMENTO INTERNO-2018, de la
Institución Educativa Privada “San Cristóbal”, de la provincia y departamento de Lima,
perteneciente a la UGEL N° 02 – San Martin de Porres, elaborado por el personal
directivo, Docentes, Auxiliares y Personal Administrativo de acuerdo con los
dispositivos vigentes.
Considerando:
La Ley General de Educación Nº 28044, la
Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos Generales, la R.M. 114-2001-
ED, del Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Educación
de Lima y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos Locales, adecuado por
D.S. Nº 023-2003-ED, el DS. N° 011 – 2012, que Reglamenta la Ley General de
Educación, la RM. N° 0657-2017 MINEDU, que norma y orienta el desarrollo del Año
Escolar 2018 en EBR, la Directiva Nº 0025/ RA / DREA /DUGEL.02- AGP – AGA -
AGI- OCEI – D, Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en las
Instituciones y programas de Educación Básica Regular
Que siendo necesario orientar las actividades pedagógicas, administrativas y de
gestión durante el Año Escolar 2018, de la IEP. “San Cristóbal”, es necesario que
nuestra Institución cuente con un REGLAMENTO INTERNO (RI), de acuerdo a los
dispositivos legales mencionados.
Se Resuelve:
Articulo 1°.- Aprobar el presente
REGLAMENTO INTERNO 2018 de la Institución Educativa Particular “San Cristóbal”
del distrito de San Martin de Porres.
Articulo 2°.- Disponer su difusión y utilización a través
del Personal Directivo, Jerárquico, docente y Administrativo de nuestra Institución, a
fin de que se lleve a cabo de manera permanente su consulta, para mejorar la
práctica educativa y la convivencia armónica de toda la comunidad educativa.
Articulo 3°.- Remitir a la instancia superior de
la UGEL N° 02 – San Martin de Porres, una copia para su evaluación y archivo.
Regístrese, comuníquese y archívese
……………………………………….……………
Hervias Cárdenas Edith Viviana
Directora
3
PRESENTACION
El REGLAMENTO INTERNO 2018 de la Institución Educativa “SAN CRISTÓBAL” un
documento de gestión educativa y contiene los aspectos generales vinculados a la
organización, administración y actividades pedagógicas. Del mismo modo norma los deberes
y derechos del personal que labora en la Institución, de los educandos y de los padres de
familia.
En tal sentido, el presente Reglamento contiene básicamente DISPOSICIONES QUE ORIENTEN
AL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN, a conocer mejor sus responsabilidades y sus derechos con
la finalidad de comprometer su participación en las tareas educativas, en concordancia con las
leyes y normas del Sector Educación.
CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LOS DISPOSITIVOS DEL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO es
tarea de todos los que tenemos la responsabilidad de la conducción de la institución y de la
formación de los educandos, a fin de garantizar mayores niveles de eficiencia y eficacia en el
cumplimiento de nuestras funciones, en bien de nuestros educandos y de la comunidad que
constituye nuestro contexto.
LA “COMUNIDAD EDUCATIVA” ASUME DE MANERA RESPONSABLE Y COMPROMETIDA, LO
ESTABLECIDO en los artículos de la Constitución Política del Perú, especialmente en lo
referente a la educación; lo establecido en la Ley General de Educación, en la Ley del
Profesorado y sus modificatorias, y en todo lo establecido en las normas legales vigentes para
el sector educación. La comunidad Educativa enarbola el principio constitucional donde se
establece que “la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad es responsabilidad
del Estado y la sociedad; así como también, que es propósito y responsabilidad de la educación
como proceso vital, la formación integral de los estudiantes.
La Promotora - Directora
4
INDICE
Presentación.
Capítulo I: Del contenido, Alcance. Disposiciones Generales………
Art. 01. Del contenido y alcance del reglamento.
Art. 02. De la actualización del reglamento.
Art. 03. De la elaboración del reglamento.
Art. 04. De las disposiciones generales del Reglamento.
Art. 05. Base Legal del reglamento.
Capítulo II: De la institución educativa. ……………………………….…………….
Art. 06. De la creación de la Institución.
Art. 07. De los fines de la Institución.
Art. 08. De los objetivos de la Institución.
Art. 09. De las funciones generales de la Institución.
Art. 10. De la estructura orgánica de la Institución.
Capítulo III: De las funciones específicas del personal. ……….………… ……
Art. 11. De las funciones del director.
Art. 12. De la ausencia del director
Art. 13 De las funciones del Subdirector administrativo
Art. 14. De las funciones del subdirector académico
Art. 15. De las funciones del coordinador del nivel inicial.
Art. 16. De las funciones del coordinador del nivel primaria
Art. 17. De las funciones del docente del nivel inicial.
Art. 18. De las Funciones del docente del nivel primario.
Art. 19. De las funciones de los tutores.
Art. 20. De las funciones del psicólogo.
Capítulo IV: Órganos de apoyo administrativo. ……….……………………..
Art. 21. De las funciones del jefe de normas educativas..
Art. 22. De las funciones del Auxiliar del nivel inicial.
Art. 23. De las funciones del auxiliar del nivel primaria
Art. 24. De las funciones de la secretaria-
Art. 25. De las funciones del personal de servicios.
Art. 26. De las funciones del Personal de Guardianía.
Capítulo V: Órganos de apoyo institucional. ……….………….……………….
Art. 27. De la comunidad magisterial.
Art. 28. De Los comités de aula
Capítulo VI: Órgano de base institucional. ……….……………….…………..
Art. 29. De los Alumnos.
Art. 30. De Los Padres de Familia.
Capítulo VII: De la organización del trabajo educativo: ……….……………
Art. 31. De la planificación.
5
Art. 32 Del plan de trabajo.
Art. 33. De la planificación curricular.
Art. 34. De la supervisión.
Capítulo VIII: Del régimen académico. ……….……………….……… ………..
Art. 35. De los niveles y turnos que se atienden.
Art. 36. De la educación del nivel inicial.
Art. 37.De la educación del nivel primario.
Art. 38. Del currículo.
Art. 39. De la programación curricular.
Art. 40. Del plan de estudios del nivel inicial.
Art.41. Del plan de estudios del nivel primario.
Art. 42. Del proceso de evaluación.
Art. 43. De las características de la evaluación.
Art. 44. Del proceso de evaluación del aprendizaje.
Art. 45. De la evaluación del aprovechamiento académico.
Art. 46. De la Evaluación del Comportamiento de los alumnos.
Art. 47. De la evaluación a los padres de familia.
Art. 48. De la información de Resultados de la evaluación.
Art. 49. De la promoción al grado superior.
Art. 50. Del adelanto y postergación de las evaluaciones.
Art. 51.De los documentos oficiales de evaluación.
Art. 52. De la certificación.
Capítulo IX: Del régimen administrativo. ……….……………….…… ……………
Art. 53. Del ingreso a la institución educativa.
Art. 54. De la matrícula y su ratificación.
Art. 55. De los traslados.
Art. 56. Del uniforme escolar.
Art. 57. Del uniforme de educación física.
Art. 58 De los materiales educativos.
Capítulo X: Del funcionamientode la I.E. ….……………….…………………..…
Art. 59. De la jornada laboral.
Art. 60. De la asistencia del personal.
Art. 61. Del horario de trabajo del personal docente.
Art. 62. De la permanencia del personal.
Capítulo XI: De los derechos, obligaciones, prohibiciones, faltas y
sanciones y estímulos del personal. ….……………….………………. ……..
Art. 63. De los derechos del personal.
Art. 64. De las obligaciones del personal docente
Art. 65. Está prohibido al personal docente.
Art. 66. Constituyen faltas del personal.
Art. 67. De las sanciones al personal
Art. 68. De los estímulos al personal
Art. 69. De la Comisión de Estímulos.
6
Capítulo XII: De los derechos, deberes, prohibiciones, faltas, sanciones y
estímulos de los educandos. ….……………….………………. …
Art.70. De los derechos del educando.
Art. 71 De los deberes y obligaciones del educando.
Art. 72. Está prohibido al educando.
Art. 73. De la asistencia y puntualidad.
Art. 74. De la presentación personal y uniforme de los estudiantes.
Art. 75. Del respecto al local y al mobiliario
Art. 76. De los permisos y salidas.
Art. 77.De las faltas leves y graves.
Art. 78. De las sanciones a los estudiantes.
Art. 79. Del condicionamiento de la matrícula.
Art. 80 De las causas del condicionamiento de la matrícula.
Art. 81. De la suspensión al alumno
Art. 82. Corresponde a toda suspensión.
Art. 83. Del tiempo de suspensión.
Art. 84. De la separación del alumno.
Art. 85. De los estímulos a los estudiantes.
Art. 86. De los estímulos individuales.
Art. 87. De los estímulos colectivos.
Art. 88. De los premios.
Capítulo XIII: De los procedimientos y registros administrativos. …. …
Art. 89. De la Jornada laboral.
Art. 90. Del registro del personal auxiliar.
Art. 91. Del registro de ingreso y salida del personal.
Art. 92. De la aprobación de los instrumentos de gestión.
Art. 93. De la elaboración estadística de la administración.
Art. 94. De los documentos de supervisión interna
Art. 95. De la publicación estadística de resultados
Art. 96. De las fichas y nóminas de matrículas.
Art. 97. De los Registros Auxiliares de Evaluación.
Art. 98. Del inventario de bienes.
Art. 99. Del ordenamiento de documentos.
Art. 100. Del archivo de documentos.
Capítulo XIV: Del régimen económico, de la administración de los recursos, de los ingresos.
….……………….……………….……………….………………………………
Art. 101. De los ingresos económicos.
Art. 102. De los pagos efectivos de las pensiones de enseñanza.
Art. 103. De los pagos extemporáneos de pensiones de enseñanza.
Art. 104. Del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo
Capítulo XV: De las adquisiciones. ….……………….……………….………
Art. 105. De las adquisiciones.
Art. 106. Del equipamiento.
7
Art. 107. Sobre las adquisiciones
Capitulo XVI. Del inventario y su uso. ….……………….……………….…
Art. 108. Del inventario y de su uso
Art. 109. Sobre los laboratorios.
Art. 110. Sobre la sala de computación
Art. 111. Sobre el módulo de educación física
Capítulo XVII: Relaciones y coordinaciones. ….……………….……………..
Art. 112. De las relaciones con entidades del sector.
Art. 113. De la asesoría de las entidades públicas.
Art. 114. De las actividades de capacitación
Art. 115. De la coordinación con los padres de familia y con la comunidad.
Art. 116. De la coordinación con las instituciones de la comunidad.
Capítulo: XVIII: Disposiciones complementarias. ….……………….…………
Primera.
Segunda.
Tercera.
Cuarta.
Quinta.
Sexta.
8
CAPITULO I
DEL CONTENIDO Y ALCANCE – DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1. DEL CONTENIDO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO.
a) El presente Reglamento Interno 2018, es el Instrumento de Gestión Administrativa y
tiene como finalidad señalar las normas que regirán la organización, funcionamiento,
deberes y derechos del personal directivo, docente, administrativo, de servicios,
padres de familia y de los alumnos de la Institución Educativa Privada “SAN
CRISTÓBAL”.
b) El presente Reglamento Interno, es el documento que forma parte del conjunto de
disposiciones que norman el fiel cumplimiento de las actividades educativas, con la
finalidad de mejorar la calidad del servicio educativo que brinda la institución a los
integrantes de esta emprendedora comunidad de la Urbanización Praderas del Sol.
Art. 2. DE LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO.
El presente Reglamento Interno, está sujeto a la actualización permanente de
acuerdo a las normas o disposiciones legales que emanan del Ministerio de
Educación, de acuerdo a la realidad institucional y de acuerdo con el contexto en el
cual se desenvuelve.
Art. 3. DE LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO.
a) Es obligatorio elaborarlo democrática y participativamente por todos los integrantes
de la comunidad educativa de la IEP.. “SAN CRISTÓBAL” y preparado para su
ejecución y fiel cumplimiento, por los integrantes de esta comunidad educativa.
b) El presente Reglamento Interno ha sido elaborado por una comisión integrada por
docentes, administrativos, directivos y promotora, ha sido expuesto y analizado por
la comunidad educativa en pleno, y aprobado por la promotora - directora de la
Institución mediante Resolución Directoral.
Art. 4. Disposiciones Generales del reglamento.
El presente Reglamento Interno, norma los aspectos pedagógicos y
administrativos de la institución educativa “SAN CRISTÓBAL”, conforme a lo
dispuesto en la Ley General de Educación, la Ley del Profesorado y la Ley de los
Centros Educativos Privados; se actualiza anualmente en el mes de diciembre al
finalizar el año escolar.
9
Art. 5. Base Legal del Reglamento:
 Constitución Política del Perú (1993)
 Ley General de Educación N° 28044.
 Ley del Profesorado N° 24029.
 Ley Nª 25212. Modificatoria de la Ley 24029.
 Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549.
 Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444.
 D.S. N° 009 – 2005 – Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.
 D.S. N° 013 – 2004 - Reglamento de Educación Básica Regular.
 D.S. N° 009 – 2006 – ED – Reglamento de la Ley de los Centros
Educativos Privados.
 D.S. N° 007 – 2001 – ED – Normas para la Gestión y Desarrollo de
actividades educativas.
 D.S. N° 006 – 2006 – ED – Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación y sus modificatorias.
 Resolución Ministerial Nº ________ MINEDU Directiva para el
desarrollo del año escolar 2018 en las Instituciones Educativas y
Programas de la Educación Básica Regular.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
CREACION, FINES, OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA
ORGANICA.
Art. N° 6. DE LA CREACIÓN DE LA INSTITUCIÓN.
La Institución Educativa Privada “SAN CRISTÓBAL” será creada y autorizada
en su organización y funcionamiento por Resolución Directoral N° XXXXXX–
UGEL 02 en trámite, mediante la cual se autorizará la atención al nivel inicial y
primaria, en la Urbanización Praderas del Sol del distrito de San Martín de Porres.
Toda esta normatividad se obtiene por gestiones ejecutadas directamente por la
Promotora de la Institución.
Art. N° 7. DE LOS FINES DE LA INSTITUCIÓN:
a) Formar integralmente al educando, fortaleciendo los valores de colaboración,
ayuda mutua, honradez, justicia, democracia y el respeto entre los integrantes de
la comunidad educativa.
b) Comprometer al personal docente y a los auxiliares de educación, es su abnegada
labor formativa, para que se promueva ciudadanos inteligentes, con sólida
10
formación en valores, con un excelente control emocional y una armónica
convivencia con los miembros de su familia, amigos, colegas y demás miembros
de su comunidad.
c) Contribuir a la modernización del sistema educativo y al desarrollo socio –
económico de nuestra jurisdicción, del Distrito de San Martin de Porres y de la
Región Lima.
d) Promover una cultura responsable y de acuerdo con el enfoque ambientalista,
crear el COMITÉ AMBIENTAL 2018, que organice, implemente un programa sobre
cultura ambiental, para que comprometidos directivos, jerárquicos, docentes,
administrativos, personal de servicios, alumnos y padres de familia, conserven
nuestra biodiversidad y se considere a la Tierra como el hábitat eminentemente
humano.
e) Lograr la participación plena de los Padres de Familia en la tarea educativa,
promoviendo el cumplimiento de sus deberes y el respeto a los derechos
constitucionales.
f) Son principios e ideales de la I.E.P. “SAN CRISTOBAL”
PRINCIPIOS:
Los principales principios que asume la Institución son los siguientes:
 Una Educación innovadora.
 Una Educación para el pensamiento crítico.
 Una educación para desarrollar liderazgo.
 Una educación en valores que enfatice perseverancia.
IDEALES:
 Una Sociedad nueva y con valores.
 Una Educación para la vida y la formación de nuevos ciudadanos.
 Un Perú con personas que piensen en positivo y actúen coherente con sus
valores morales.
 Una educación inclusiva en todos los aspectos; social, personal, comunitaria.
Art. N° 8. DE LOS FINES Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL RI INSTITUCIONAL:
SON FINES
a. Reglamentar para un funcionamiento óptimo de la IEP San Cristóbal.
b. Asegurar la interrelación de todos sus componentes y/o agentes educativos.
c. Operativizar la gestión pedagógica y administrativa de la IEP San Cristóbal.
d. Orientar a la Comunidad educativa, que integra la institución, sobre la
organización interna, las funciones, los derechos, faltas, estímulos y sanciones del
personal jerárquico, docente, administrativo, alumnado y padres de familia.
SON OBJETIVOS
11
a. Normar y regular las funciones de los actores educativos para la ejecución de
actividades significativas atendiendo a necesidades e intereses.
b. Propiciar una actitud responsable para lograr las metas trazadas por la institución.
c. Orientar y organizar a cada uno de los actores educativos, informando sobre los
derechos y obligaciones de cada uno de ellos.
d. Coordinar y mejorar las relaciones humanas, propiciando un adecuado clima
institucional, que permita el logra de la visión y misión institucional.
Art. N° 9. DE LAS FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN:
a) Brindar una educación de calidad en los niveles de: inicial y primaria,
b) Planificar, organizar, ejecutar y evaluar las acciones y servicios educativos que se
desarrollan en cada uno de los niveles educativos.
c) Desarrollar, supervisar y evaluar el Programa Curricular en cada uno de los
niveles educativos.
d) Brindar servicio de Tutoría y Orientación Educativa a los alumnos, creando El
COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA, Y creando asimismo, las
condiciones propias para su desarrollo, y promover su estrecha vinculación con su
comunidad y la sociedad toda.
e) Propiciar, fomentar y desarrollar actividades cívico-patrióticas que contribuyan a
crear conciencia sobre la soberanía, la seguridad y la defensa nacional.
f) Promover actividades productivas a fin de desarrollar las competencias
laborales, capacidades y actitudes emprendedoras de los estudiantes.
g) Promover cursos de capacitación y actualización docente de la institución educativa.
h) Promover una sólida cultura ambiental y comprometer a los directivos,
jerárquicos, docentes, administrativos, personal de servicios, alumnos y padres
de familia, en la conservación de nuestra biodiversidad.
Art. N° 10. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN.
a) Órgano de Dirección
- Directora Lic. HERVIAS CARDENAS, Viviana
- Sub Director Académico Lic. PALACIOS CORNEJO, Cecilia
- Sub Director Administrativo Lic. De la Cruz Rodríguez Luis Miguel
b) Órgano Jerárquico
- Coordinador de Inicial Lic.
- Coordinador de Primaria Lic. PALACIOS CORNEJO, Cecilia
c) Órgano de Ejecución
- Docentes del nivel inicial.
- Docentes del nivel primario.
- Tutoría
- Psicóloga
d) Órgano de Apoyo Administrativo
- Jefe de Normas Educativas
12
- Auxiliar de educación inicial
- Auxiliar de educación primaria
- Secretaria.
- Personal de servicio.
- Personal de guardianía
e) Órgano de Apoyo Institucional
- Comunidad Magisterial.
- Comités de aula.
f) Órgano de Base.
- Alumnos
- Padres de familia.
13
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
DOCENTES INICIAL
PROMOTORÍA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE
COORDINACIÓN, TUTORIA,
DISCIPLINA Y
CONVIVENCIA EDUCATIVA
CONEI
DIRECCIÓN
SUB DIRECCIÓN
PEDAGÓGICA
DOCENTES
PRIMARIA
AUXILIARES
14
ORGANIGRAMA FUNCIONAL
DOCENTES INICIAL
Planifica, programa y
ejecuta procesos de
enseñanza
PROMOTORÍA
Propone, dirige gestiona
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
Brinda apoy o
administrativ o, logístico y
de serv icios
DEPARTAMENTO DE
COORDINACIÓN, TUTORIA,
DISCIPLINA Y
CONVIVENCIA EDUCATIVA
CONEI
Participa, concierta,
vigila
DIRECCIÓN
Asesora, organiza, conduce,supervisa y
controla el funcionamiento y recursos
humanos
SUB DIRECCIÓN
PEDAGOGICA
Organiza, conduce y ejecuta
procesos de enseñanza para
alcanzar los objetivos y metas de
la I.E.P
DOCENTES
PRIMARIA
Planifica, programa y
ejecuta procesos de
enseñanza
AUXILIARES
Brinda apoy o en
cuanto a disciplina
15
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION
EDUCATIVA
Art. N° 11. De las funciones del Director:
a) Representar administrativa y legalmente a la institución educativa.
b) Formular, coordinar, ejecutar, evaluar y legalizar el Plan Anual de Trabajo,
elaborándolo conjuntamente con los integrantes de los distintos estamentos de
la comunidad educativa.
c) Velar por el cumplimiento de los objetivos educativos y por el buen trato a los
alumnos, dentro y fuera de la institución.
d) Presidir las reuniones técnico – pedagógicas, de gestión y administrativas y
todo lo, relacionado con los fines de la I.E.
e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneraciones de
asignaturas, así como las pruebas de ubicación.
f) Autorizar matriculas extemporáneas por causas debidamente justificadas.
g) Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y
el calendario anual en base a los criterios técnicos establecidos por el Ministerio
de Educación.
h) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal docente,
auxiliar y administrativos del plantel.
i) Administrar la documentación de la Institución Educativa.
j) Estimular o sancionar según el caso a los alumnos de la institución educativa de
conformidad con el Reglamento de Disciplina.
k) Autorizar visitas de estudios y excursiones dentro del ámbito local, regional,
nacional e internacional previa presentación de la documentación y presupuesto
según normas vigentes y el trabajo educativo desarrollado.
l) Expedir certificados de estudios y otros documentos educativos oficiales.
m) Asesorar a los comités de aula y controlar su movimiento económico.
n) Otorgar permisos al personal a su cargo en casos debidamente justificados,
llevando el control debido e informando oportunamente a la promotora de la
institución.
o) Gestionar la rectificación de los nombres y/o apellidos en los documentos
pedagógicos oficiales según normas establecidas. Informando el caso a la
autoridad competente.
p) Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los
servicios educativos.
q) Llamar la atención en forma verbal o por escrito al personal a su cargo por
incumplimiento de funciones o falta a los deberes en caso de reincidencia o
gravedad de la falta, informar por escrito a la promotora o escalafón superior.
16
r) Propiciar y fomentar las buenas relaciones humanas entre el personal que
labora en la institución.
s) Liderar la práctica de la conservación del medio ambiente y de los diversos
ecosistemas de la comunidad, en una identificación con el Enfoque
Ambientalista.
t) Realizar otras funciones inherentes a su cargo.
Art. N° 12. De la Ausencia del Director.
En caso de vacancia o ausencia de la Directora es reemplazado por el
Subdirector Administrativo o por el coordinador que designe la promotora.
Art. Nº 13. De las funciones del Subdirector Administrativo.
a) Reemplazar al Director en caso de ausencia.
b) Representar al Director ante las autoridades educativas, por encargo de la promotora.
c) Participar en la conducción administrativa y la gestión de la institución.
d) Participar activamente en la planificación administrativa y de gestión de la institución.
e) Promover la disciplina tanto interna como externa de la institución.
f) Controlar la puntualidad y asistencia del personal docente, administrativo y de
servicios.
g) Promover el cumplimiento del Reglamento de Disciplina.
h) Supervisar la labor de apoyo de los Comités de Aula.
i) Promover y fomentar el buen clima institucional.
j) Funciones específicas que le delegue el Director.
k) Promover la cultura ambientalista entre los integrantes de la comunidad educativa.
Art. Nº 14. De las funciones del Subdirector Académico.
a) Participar activamente en la elaboración del diagnóstico y la planificación
educativa de la institución, a convocatoria del Director.
b) Participar activamente en la planificación y programación pedagógica bimestral y anual.
c) Participar en las actividades técnico pedagógicas de la institución.
d) Promover, supervisar y evaluar la programación curricular de los docentes en todos
los niveles.
e) Supervisar el desempeño pedagógico de los docentes.
f) Conjuntamente con los docentes de inicial y primaria determinar las técnicas e
instrumentos la de evaluación.
g) Supervisar la elaboración, impresión y aplicación de las pruebas evaluativas.
h) Elaborar y supervisar el cumplimiento del rol de evaluación mensual, bimestral y anual.
i) Supervisar la actuación académica del personal auxiliar.
j) Elaborar, aplicar y evaluar el Plan de Supervisión Anual y asesorar y monitorear la
labor pedagógica.
k) Promover la capacitación, actualización y perfeccionamiento del personal docente,
administrativo y de servicios, en coordinación con el subdirector administrativo.
17
l) Coordinar con el Director todas las actividades pedagógicas que se desarrollarán
durante la semana.
m) Organizar y desarrollar actividades permanentes de formación general, para
efectuar la oración religiosa y la oración cívica mediante el izamiento del Pabellón
Nacional.
n) Organizar y dirigir Las actuaciones programadas en el Calendario Cívico Escolar.
o) Inculcar la práctica de valores morales, la correcta presentación y el aseo
personal del alumnado.
p) Velar por el buen comportamiento y disciplina de los estudiantes dentro y fuera
de la institución educativa.
q) Supervisar a los docentes del nivel inicial y primario el desarrollo íntegro de las
tareas pedagógicas y administrativas programadas.
r) Desempeñar las actividades específicas encomendadas por la Dirección.
s) Unir esfuerzos para que la conservación de los ecosistemas se convierta en
realidad desde toda la familia académica.
Art. Nª 15. De las Funciones del Coordinador de Inicial.
a) Participar activamente en la Planificación Educativa, a convocatoria de la Directora.
b) Promover y supervisar la Programación Curricular de los docentes del Nivel Inicial.
c) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervisión, para orientar, asesorar y
monitorear el desempeño académico del personal docente de Inicial.
d) Coordinar con la Coordinadora General, todas las actividades programáticas
y extraprogramáticas a desarrollarse durante el bimestre.
e) Apoyar las actividades religiosas y cívico - patrióticas de los días lunes, en el
nivel inicial.
f) Inculcar la práctica de valores morales y promover la correcta convivencia
entre los integrantes de la comunidad educativa de los niños de inicial.
g) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Disciplina en el nivel inicial.
h) Contribuir con los tutores en la elaboración del Plan de Tutoría y promover su
cumplimiento.
i) Supervisar la actividad académica de los docentes, en cada uno de las
secciones de clase del nivel.
j) Las tareas y responsabilidades que le asigne la autoridad.
k) Promover en sus dirigidos el amor y respeto a la Tierra considerándolo como
hábitat eminentemente humano.
Art. Nª 16. De las Funciones del Coordinador de primaria.
a) Participar activamente en la Planificación Educativa del nivel primario, a
convocatoria de la Directora.
b) Promover y supervisar la Programación Curricular de los docentes del Nivel primario.
c) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervisión, para orientar, asesorar y
monitorear el desempeño académico del personal docente de primaria.
18
d) Coordinar con el Subdirector Pedagógico, todas las actividades programáticas
y extraprogramáticas a desarrollarse durante el bimestre.
e) Apoyar las actividades religiosas y cívico - patrióticas de los días lunes, en el
nivel primario.
f) Inculcar la práctica de valores morales y promover la correcta convivencia
entre los integrantes de la comunidad educativa del nivel primario.
g) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Disciplina en el nivel primario.
h) Contribuir con los tutores en la elaboración del Plan de Tutoría y promover su
cumplimiento en el nivel primario
i) .Supervisar la actividad académica de los docentes, en cada uno de las
secciones de clase del nivel primario.
j) Las tareas y responsabilidades que le asigne la autoridad.
k) Promover en sus dirigidos el amor y respeto a la Tierra considerándolo como
hábitat eminentemente humano.
ART. N° 17. DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE DEL NIVEL INICIAL
a) Asistir a la institución educativa en el horario oficialmente establecido por la
autoridad del colegio.
b) Tener actualizada la documentación pedagógica administrativa de su
responsabilidad (Carpeta Pedagógica).
c) Programar, desarrollar y evaluar el currículo de acuerdo a la edad y a la
realidad socio-económica y cultural de los niños (as), incluyendo la Tutoría.
d) Organizar y ambientar el aula permanentemente, preparando el material
educativo con la participación de los niños (as) y padres de familia.
e) Realizar la evaluación integral de los niños (as) a su cargo, cumplir con la
elaboración de la documentación pertinente e informar oportuna y
permanentemente a los padres de familia sobre el avance y resultado
académico del alumno.
f) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de
nuevos métodos y técnicos de trabajo educativo.
g) Atender a los niños (as) y velar por su seguridad durante el tiempo que
permanecen en la Institución Educativa, incluyendo las horas de juego, higiene
y alimentación.
h) Detectar problemas que afecten el aprendizaje y el desarrollo del niño
atendiendo o derivando los que requieran de atención especializada. Lo deriva al
departamento psicológico acompañando la FICHA DE DERIVACIÓN.
i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia
sobre asuntos relacionados con el desarrollo integral de los niños (as).
j) Participar en todas las acciones que beneficien la formación integral de los niños (as).
k) Programar, desarrollar, ejecutar y evaluar el PCI de acuerdo a la edad y adaptarlo a la
realidad socioeconómica y cultural.
l) Atender el ingreso y salida oficial de los niños del nivel inicial de acuerdo a lo
establecido por la Dirección.
19
m) Exigir a través de los padres de familia que Los niños (as) del nivel inicial usen
diariamente el uniforme escolar, y la ropa deportiva que identifica a la institución
de la, en los días que les corresponda clases de psicomotricidad.
n) Ser ejemplo en el cumplimiento de su labor docente y promover en sus alumnos
el cuidado del medio ambiente, considerando a la Tierra como conservadora de
la vida humana.
Art. N° 18. DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE DEL NIVEL PRIMARIO.
a) Asistir a la Institución Educativa en el horario oficial establecido por la Directora.
b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares y de tutorías.
c) Atender a los alumnos y velar por su seguridad durante el tiempo que
permanecen en el plantel.
d) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su
responsabilidad (Carpeta Pedagógica).
e) Organizar y ambientar el aula permanentemente, preparando el material
educativo con la participación de los alumnos y los padres de familia.
f) Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de los educandos de acuerdo
a las normas vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación
correspondiente.
g) Integrar las comisiones de trabajo que permitan el logro de los objetivos del
Plan Anual de Trabajo de la Institución.
h) Detectar problemas que afecten el aprendizaje y el desarrollo del educando,
atendiendo, o derivando los que requieran atención especializada. Derivando
al Departamento Psicológico acompañando la FICHA DE DERIVACIÓN.
i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia
sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el
comportamiento de los alumnos.
j) Realizar con los alumnos acciones de recuperación pedagógica.
k) Propiciar y mantener buenas relaciones con el personal que labora en la
Institución. Velar por un clima institucional armónico.
l) Velar por la conservación y el buen estado de los bienes y servicios del plantel.
m) Durante el desarrollo de las actividades educativas, incluyendo el recreo, será
el responsable de la disciplina y la adecuada formación de sus alumnos.
n) Participar obligatoriamente en las reuniones ordinarias y extraordinarias
convocadas en la Institución Educativa.
o) Asistir obligatoriamente a todos los actos cívicos y/o patrióticos internos, y
externos donde participe la Institución Educativa.
p) Atender a los padres de familia de sus alumnos en el horario establecido por la
Dirección.
q) Dar el uso debido de la “Agenda del Educando”, informando diariamente al
Padre de Familia las tareas escolares que debe realizar el alumno, y otros que
se consideren pertinentes.
20
r) Identificarse con la Institución Educativa y participar activamente en las
actividades internas y externas, programadas por la Institución Educativa.
s) Elevar un informe bimestral a la Dirección del plantel respecto al avance
curricular y el desempeño de los alumnos.
t) Efectuar las revisiones de tareas y/o trabajos encomendados a los alumnos.
La revisión debe efectuará en las horas libres con la finalidad de no perjudicar
el avance de los cursos.
u) Elaborar y entregar oportunamente su material pedagógico.
v) Anotar las observaciones respecto a problemas que puedan presentarse en
los alumnos y reportarlos al departamento psicológico.
w) Fomentar el decálogo del desarrollo y demás valores éticos – morales entre los
docentes y estudiantes, pensando y aplicando: “el buen ejemplo es la mejor
enseñanza”.
x) Participar activa y responsablemente en los simulacros de sismos y proteger
con responsabilidad, la seguridad física de sus alumnos en casos de sismos y/o
siniestros.
y) Promover en sus alumnos a través de estrategias académicas, la conservación
del medio ambiente.
Art. N° 19. DE LAS FUNCIONES DE LOS TUTORES
a) Efectuar y conocer el diagnóstico de los alumnos de la sección a su cargo,
priorizando la problemática, programando objetivos y acciones que conlleven el
adecuado y óptimo desarrollo del servicio de tutoría y orientación educativa.
b)Organizar el Comité de Aula, buscando la participación de los padres de familia
y promoviendo en ellos el apoyo al desarrollo pedagógico de cada sección.
c).Fomentar el vínculo de valores, el cumplimiento del “CARTEL ANUAL DE
VALORES” y el reglamento de disciplina, procurando que su sección logre óptimos
resultados.
d)Coordinar con el auxiliar de educación el calificativo de comportamiento
bimestral, previa revisión de la AGENDA DEL EDUCANDO.
e) Colaborar con la Dirección en la entrega de libretas de notas e informar, orientar
y conversar con los padres de familia sobre el rendimiento académico y el
comportamiento de los estudiantes.
f) Coordinar con el Comité de Aula y con los padres de familia para la realización
de actividades promocionales, ambientación de aula, actividades culturales y
otros, que requieran la autorización expresa de los padres de familia.
g) Programar la visita de profesionales de otros sectores para el logro de objetivos
del servicio de tutoría.
h) Contribuir con la elaboración el cuadro de méritos de su sección en forma
bimestral y al término del año.
21
i) Promover en sus discípulos la práctica constante del cuidado y conservación del
medio ambiente.
Art. 20. De las Funciones del psicólogo:
a) Promover la armonía intelectual, psicológica y moral de los docentes, auxiliares,
alumnos y padres de familia.
b) Promover la interactividad y la convivencia armónica entre los integrantes de la
comunidad educativa.
c) Promover un clima institucional armónico, cálido, sincero y respetuoso, entre los
integrantes de la comunidad educativa.
d) Atender la orientación vocacional de los estudiantes, tanto de inicial como de primaria.
e) .Llevar y mantener actualizada la Ficha Psicológica (Expediente
Psicopedagógico) de cada uno de los estudiantes inicial y primaria.
f) Identificar, aplicar, corregir, analizar y obtener resultados de las distintas pruebas
psicológicas que se apliquen a los alumnos para determinar su perfil académico,
conductual y capacidad intelectual.
g) Entregar los resultados de las pruebas psicológicas, en forma impresa y/o
personalizada a los padres de familia.
h) Recepcionar, atender y/o derivar al especialista, los alumnos detectados, que
requieren atención personalizada, a través de la participación del padre de
familia.
i) Apoyar la labor de los docentes motivando a los alumnos para que mejoren en
el cumplimiento de las tareas, generen espacios y horarios de estudio y mejoren
su rendimiento académico.
j) Proporcionar a los docentes la nómina de alumnos que requieren atención y
evaluación académica diferenciada y de aquellos que requieran atención debido
a necesidades educativas especiales.
k) Promover en las horas de orientación el compromiso de los alumnos en el
cuidado y la protección del medio ambiente y sus recursos.
CAPITULO IV
ORGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO
Art. N° 21. De las Funciones del Jefe de Normas Educativas.
a) Es responsable de promover y mantener la disciplina dentro y fuera de la
institución.
b) Es responsable de promover y conservar la correcta presentación de los
estudiantes y el correcto uso del uniforme escolar.
c) Es responsable de verificar la correcta presentación personal de los alumnos,
exigiendo el aseo, el peinado correcto y la ausencia de adornos que no
correspondan al uso escolar.
22
d) Tiene la atribución de decomisar celulares, radios, audífonos y todo instrumento
tecnológico que interfiera con el proceso de enseñanza-aprendizaje. Todo
instrumento decomisado será informado y proporcionado a la Dirección.
e) Controlar la asistencia diaria y la tardanza de los alumnos, mediante el Registro
de Control de Asistencia Diaria.
f) Controlar, verificar la anotación de tareas y sellar diariamente la Agenda Escolar.
g) Controlar que todo el alumnado permanezca en sus aulas a la hora del dictado
de clases.
h) Presentar semanalmente un informe escrito ante la autoridad correspondiente,
sobre los alumnos que lleguen tarde o falten al colegio reiterativamente, para
convocar y comprometer a la familia en la superación de este inconveniente.
i) Presentar ante la autoridad correspondiente, los casos de indisciplina,
acosamiento y agresión física, mediante informe escrito, para determinar la
situación escolar del alumno. Utilizando la FICHA DE DERIVACIÓN.
j) Determinar la conducta de cada alumno evaluarla y calificarla cada bimestre
para obtener el promedio anual, mediante la valoración de la agenda, el
anecdotario y el Registro de Incidencias.
k) Seleccionar a los alumnos y preparar la Escolta Estudiantil de cada nivel, así
como acompañar a las escoltas del colegio en los certámenes a que sea
convocado.
l) Apoyar la realización de la ceremonia religiosa y cívica los días lunes, así como
en todas las actividades del Calendario Cívico Escolar.
m) Es responsable de la disciplina y protección de los alumnos en la hora de recreo.
n) Es responsable de promover una conducta de buen uso, cuidado y protección de los
recursos del medio ambiente.
Art. N° 22. De las Funciones del Auxiliar de Nivel Inicial
a). Atender las necesidades de los niños, alimentación, reposo, higiene.
b)Velar por la integridad física y el bienestar emocional de los niños.
c)Mantener el aseo y orden de los ambiente de trabajo.
d)Realizar actividades de estimulación de acuerdo a la planificación realizada por la
profesora.
e)Contribuir con la profesora la verificación del cumplimiento de las actividades de
clase y las tareas domiciliarias.
f)Acompañar a la profesora en todas las actividades de los niños, tanto dentro
como fuera del colegio y responsabilizarse de la integridad física y moral de los
niños.
23
g)Ser la recepcionista de los niños a la hora de ingreso, así como asegurarse de
que quien retira a los niños del colegio a la hora de salida es la persona
autorizada.
h)Promover en los niños el buen uso, defensa y protección del medio ambiente.
Art. 23. De las Funciones del Auxiliar del Nivel Primario.
a) Demostrar puntualidad a la hora de ingreso y responsabilidad a la hora de salida.
b) Conservar la moral y disciplina personal de los alumnos mediante una vigilancia
constante, comprensiva y amistosa, siguiendo las disposiciones establecidas por
la Dirección.
c) Contribuir con el Jefe de Normas Educativas el control de asistencia diaria de los
educandos, anotando en forma cuidadosa las asistencias y tardanzas durante
cada bimestre, así como al finalizar el año escolar, clasificándolas en justificadas
e injustificadas, firmando diariamente la “Agenda del Educando”.
d) Realizar las formaciones generales del alumnado en el patio al ingreso, salida y
en las actuaciones cívico – patrióticas dentro y fuera de la institución.
e) Pasar revista diaria de aseo a todos los alumnos y fomentar la práctica del aseo
y el buen uso del uniforme escolar dentro y fuera del plantel.
f) Reemplazar al docente y vigilar a los alumnos a la hora de clases en caso de
ausencia del docente.
g) Controlar el cambio de hora, recreo y salida, previo uso del timbre, respetando
los horarios establecidos por la Dirección del plantel.
h) No permitir que los alumnos deambulen por los pasadizos, servicios higiénicos u
otros ambientes en horas de clase.
i) No permitir que los padres de familia y otras personas interrumpan al personal
docente en horas de clase.
j) Brindar trato respetuoso y cordial a los docentes, padres de familia y educandos
en general.
k) Enseñar la buena disciplina al alumnado, supervisar el orden y el aseo de los
salones de clase.
l) Cooperar con la labor educativa que realizan los profesores, especialmente con
los tutores de aula o sección.
m) Coordinar y colaborar permanentemente con los tutores.
n) Distribuir diariamente plumones, motas y otros materiales a las aulas de clase.
o) Velar por el mantenimiento y previsión del botiquín en las aulas y/o pasadizos,
procurando que tengan las medicinas e implementos necesarios.
p) Promover el adecuado empleo del tiempo libre de los educandos.
24
q) Aplicar medidas correctivas a los alumnos que incumplan con lo que establece el
presente reglamento, informando el suceso al Coordinador, quien dará la
autorización correspondiente.
r) Participar en el desarrollo de las actividades cívico-patrióticas y otros
programados en el plantel, asimismo los programados por los organismos
estatales y municipales.
s) Participar en los desfiles cívicos representando a la Institución Educativa en
forma obligatoria en fechas de aniversario patrio, aniversario de la localidad y de
la Institución Educativa.
t) Asistir a las reuniones del personal docente y/o cuando reciba la invitación
directa comité de aula o tutoría.
u) Efectuar rondas, velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina
y orden, especialmente en la hora de recreo.
v) Cumplir estrictamente sus funciones establecidas en este Reglamento,
desempeñarse en los distintos espacios del colegio, cumpliendo con los
Reglamento, evitando asumir roles que no le corresponde.
w) Velar por la conservación de los espacios vitales por donde transitan los
alumnos, con un carácter de enfoque ambiental.
Art. N° 24. De las Funciones de la Secretaria:
a) Depende directamente de la promotora, en coordinación directa con el
Subdirector Administrativo.
b) Cumplir con la jornada laboral de 40 horas.
c) Recepciona, clasifica, distribuye y archiva la documentación que corresponda a
la promotora y a la Dirección de la institución educativa.
d) Redacta documentación variada y de acuerdo a las indicaciones del Director y/o
promotora de la institución educativa.
e) Atiende y orienta al público usuario, profesores y alumnos con cortesía, sobre
trámites, gestiones y consultas que se le formulen.
f) Digita y elabora con corrección las nóminas de matrícula y las actas de
evaluación final de los tres niveles educativos.
g) Elabora y eleva a la dirección de la UGEL 02, las nóminas de matrícula, las actas
de promoción, las actas de subsanación y actas de aplazados de los tres niveles.
h) Elabora y expide con veracidad los certificados de estudios y otros documentos
afines.
i) Lleva el registro de control de asistencia diaria del personal que labora en la
Institución Educativa.
j) Vela por la conservación de las computadoras, muebles, útiles y demás bienes
de su oficina.
k) Mantiene en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación
debidamente clasificada.
l) Organiza el archivo y el escalafón de la Institución Educativa.
25
m) Es responsable de la matrícula de los educandos.
n) Controla y supervisa el abastecimiento de los útiles de oficina y materiales de
enseñanza.
o) Prepara la documentación para el despacho con el Director.
p) Elaborar las actas de reuniones y sesiones que convoque el Director y/o la
Promotora
q) Realizar otras tareas afines a su cargo.
Art. N° 25. De las Funciones del personal de servicios:
a) Depende del Director.
b) Ejecutar la limpieza de las aulas, oficinas, pasadizos, baños, patios y otros ambientes de
la Institución Educativa.
c) Realizar la limpieza en forma anticipada, cumpliendo el horario establecido.
d) Colaborar con el cuidado y conservación del uso de los servicios higiénicos por parte de
los alumnos.
e) Mantener la existencia de agua y su adecuado uso, así como del fluido eléctrico, evitando
su desperdicio.
f) Ofrecer un trato respetuoso al personal docente, alumnos y padres de familia.
g) El personal de servicio llamará cortésmente la atención a los alumnos en caso que
fomenten el desorden y perturben la labor académica en los diferentes ambientes de la
Institución Educativa.
h) No puede abandonar la Institución Educativa durante su horario de trabajo sin
consentimiento o autorización de la Dirección.
i) Realiza otras funciones inherentes a su cargo.
Art. N° 26. De las Funciones del Personal de Guardianía.
a) Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en los días y horas establecidos por la
Promotora y la Dirección del Plantel.
b) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la Institución Educativa durante sus
horas de trabajo.
c) Controlar dentro de su horario de trabajo la entrada y salida de los muebles de la
Institución Educativa, que cuenten con la autorización de la Promotora y/o de la
Dirección.
d) No permitir el ingreso de personas ajenas; ni de trabajadores fuera de horarios laborales,
salvo los trabajadores autorizadas por la Promotora y/o la Dirección.
e) Realizar rondas nocturnas permanentes por todos los ambientes de la Institución
Educativa, verificando que todo se encuentre en orden, en caso contrario tomará las
acciones pertinentes e informará a la Promotora y/o a la Dirección.
f) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo en
coordinación con la secretaria de la institución, informando el hecho a la promotora y/o a
la Dirección.
26
g) Registrar en el “Cuaderno de Ocurrencias” los casos más sobresalientes ocurridos dentro
de su horario de trabajo, que dificulten el trabajo académico y administrativo y pongan en
peligro la seguridad e integridad de los ocupantes. Cada caso anotado en el “Cuaderno
de Ocurrencias” debe contar con el control y la firma de la Promotora y/o la Dirección.
h) Realizar el mantenimiento y limpieza de los ambientes, muebles y enseres de la
Institución Educativa, cuando la necesidad lo exija.
i) En caso de pérdida de bienes de la Institución Educativa, durante su horario de trabajo, y
que no haya sido debidamente informado, será de su absoluta responsabilidad, debiendo
devolver otro bien igual o su equivalente en dinero previo cargo de inventario.
j) Realizar otras funciones afines a su cargo que se le asigne.
CAPÍTULO V
ÓRGANO DE APOYO INSTITUCIONAL
Art. 27. De La Comunidad Magisterial.
a) Está constituida por todos los docentes permanentes y eventuales, tanto del nivel inicial
como primario, de la institución educativa privada “San Cristóbal”.
b) Goza de los derechos que la ley establece y cumple sus deberes en favor del servicio
educativo de calidad y la formación integral de los educandos.
c) Goza de los ambientes y de los bienes materiales que la institución pone a su
disposición para realizar tareas culturales y deportivas en pro de la formación armónica
de los estudiantes.
d) Tiene como propósito fundamental brindar apoyo profesional y personal, en el ejercicio
de su labor docente, para promover el logro de los objetivos y metas institucionales.
e) El docente de inicial y primaria materializa su compromiso personal y profesional,
respetando, siendo leal e identificándose plenamente con la I.E.P. “San Cristóbal”
.28. De Los Comités de Aula.
a) Se constituyen democráticamente mediante la elección directa entre los padres de
familia asistentes a la reunión expresamente convocada por el tutor.
b) El Comité está conformado por: Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal.
c) Está impedido de formar parte del Comité de Aula el padre de familia que en el año
anterior ha formado parte del Comité de su grado y sección.
d) Están impedidos de formar parte del mismo Comité de Aula los esposos, familiares
directos o algún representante designado expresamente para tal ocasión, verbal o por
escrito.
e) El Padre de Familia hace uso de su derecho democrático ,, de elegir y ser elegido,
mediante su voto directo y personal.
f) El período de actividad y vigencia del Comité de Aula es solamente de un Año Lectivo.
Ninguno de los integrantes del Comité de Aula, puede ser reelegido en el año
siguiente.
27
g) El Comité de Aula tiene el deber de presentar ante la Dirección su “Plan Anual de
Trabajo”; asimismo, el “Informe Anual de las actividades realizadas, así como, el
“Informe Económico” para conocimiento de los padres.
h) Realiza sus actividades de apoyo académico, cultural, deportivo y recreacional,
mediante autofinanciamiento.
i) Todos los proyectos de participación activa de los alumnos, tanto a nivel interno como
externo, debe tener la aprobación de la Coordinación.
j) En caso de viaje promocional, debe tener el permiso expreso y documentado de la
Dirección del colegio.
k) Tiene la facultad para solicitar y administrar el aporte económico de los padres de
familia. El monto de este aporte se determina por consenso en una reunión de
padres de familia.
l) Tiene el deber de presentar, luego de concluida una actividad, el informe económico
escrito a los padres de familia de su sección.
CAPÍTULO VI
ÓRGANOS DE BASE INSTITUCIONAL
Art. 29. De Los alumnos.
a) Son los estudiantes oficialmente matriculados en los diferentes niveles, grados y
secciones de la institución educativa privada “San Cristóbal”.
b) Cumplen deberes académicos que permitan formarse integralmente y cuyos resultados
de la evaluación permanente les hace acreedores a la promoción de grado y/o nivel.
c) Gozan de todos los derechos que la ley les otorga y además gozan de la atención
esmerada de las autoridades, de los docentes y del personal administrativo y de
servicios, en sus respectivos niveles, grados y secciones.
d) Tienen derecho a que se les proteja de toda agresión física, psicológica, verbal, sexual
y moral, tanto a nivel interno como externo del colegio.
e) Tienen el deber de cumplir con sus tareas escolares, elevar su nivel académica, a
conducirse disciplinadamente, a cuidar su presencia personal diariamente, a portar el
uniforme del colegio con respeto y dignidad.
f) A practicar valores de veracidad, honestidad, responsabilidad ante sus mayores y ante
sus compañeros de estudio,
g) Cumplir fielmente las “Normas de Convivencia Escolar”, establecidas colectivamente.
Art. 30. De Los Padres de Familia.
a) Son los progenitores de los niños, niñas y jóvenes que estudian en los diversos
niveles grados y secciones en la Institución Educativa “San Cristóbal”
b) Son considerados Padres de Familia, los apoderados designados por la familia y
que se encuentran registrados como tales en los documentos de matrícula.
28
c) Son deberes del Padre de Familia: (1) Matricular oportunamente al niño (a), (2)
Velar por la puntualidad y asistencia diaria del alumno; (3) Controlar el
cumplimiento de las tareas domiciliarias del alumno; (4) Velar por la correcta
presentación del alumno, y su asistencia debidamente uniformado, (5) Asistir
puntualmente a la Escuela de Padres programados por la institución educativa; (6)
Asistir a la reunión de Padres de Familia y asumir la designación y formar parte del
Comité de Aula; (7) Asistir al colegio ante la convocatoria de algún docente, la
psicóloga o la coordinación, (8) Contribuir económicamente con el Comité de Aula;
(9) Asistir personalmente a la recepción de la Libreta de Notas al final de cada
bimestre académico. (10) Revisar diariamente la “Agenda” y exigir a su hijo (a) el
cumplimiento de las tareas escolares y la correcta presentación de sus cuadernos
de trabajo. (11) Revisar los exámenes mensuales y bimestrales y con su firma
advertir el conocimiento y su aceptación. (12) Controlar permanentemente el uso de
la tecnología informática (Internet, Facebook, Twiter, etc.) para que el tiempo libre se
utilice productiva y adecuadamente. (13) Reparar los daños y perjuicios ocasionado
por su hijo (a) por mal uso de la infraestructura, el mobiliario y los instrumentos
tecnológicos. (14) Controlar las visitas de compañeros de clase a su casa y su hijo
(a) a la casa de sus condiscípulos, pretextando, trabajos grupales o cualquier otra
motivo.
d) Es también deber del Padre de Familia cumplir puntualmente con los pagos de
pensiones de enseñanza.
e) Acompañar a su hijo (a) en el desarrollo de su vida escolar, brindándole los útiles
escolares solicitados y el apoyo moral necesarios para el éxito de la vida escolar del
alumno.
CAPITULO VII
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Art. N° 31. De la Planificación.
a) El trabajo educativo del plantel se orientará de acuerdo al Plan Anual de Trabajo,
formulado por el Director, docentes, administrativos y promotora.
b) El PAT se elabora durante el periodo de planificación educativa (mes de diciembre).
Art. N° 32. Del Plan Anual de Trabajo.
a) Para la elaboración del Plan Anual de Trabajo se tomará en cuenta los lineamientos
técnicos proporcionados por el Ministerio de Educación (UGEL 02).
b) El anteproyecto del Plan Anual de trabajo se formulará a inicios del mes de
diciembre. Luego de someterse al pleno, se aprobará oficialmente mediante Resolución
Directoral del Colegio.
c) El plan anual de trabajo será elaborado, ejecutado, supervisado y evaluado por la
Directora y el personal docente.
d) La Directora evalúa mensual y bimestralmente las actividades programadas en el
P.A.T.
29
Art. N° 33. De la Programación Curricular:
a) Los docentes deben elaborar antes del inicio del año lectivo la programación curricular en
base a los fines, programas de estudio y el análisis del medio circundante del educando.
b) Se debe realizar con equipos de docentes por grados y especialidades, con el fin de
propiciar el intercambio de experiencias, opiniones que favorezcan el aprendizaje y el
enriquecimiento mutuo de conocimientos.
c) Los docentes de aula y/o asignaturas presentarán a la Dirección del Plantel las unidades
didácticas, las sesiones de aprendizaje, proyectos, módulos, etc. considerados para el
año lectivo.
Art. N° 34. De la Supervisión:
a) Son órganos competentes de la supervisión educativa:
o Ministerios de Educación
o Dirección Regional de Educación de Lima (DRELM)
o UGEL 02 – San Martín de Porres
o La Dirección de la IEP “San Cristóbal”
La Directora del plantel tiene las siguientes funciones, relacionados con la supervisión:
b) Asesorar y orientar la labor del personal docente.
c) Orientar, divulgar y asesorar la aplicación de la normatividad correspondiente.
d) Implementar con la normatividad necesaria el área de supervisión correspondiente.
e) Informar sobre el plan de supervisión (las secuencialidad a seguir.
f) Fomentar y mantener el mejor nivel de relaciones personales, con el fin de
optimizar la tarea educativa.
g) Fomentar la experimentación e investigación educativa, las innovaciones e
intercambio de experiencias técnico-pedagógicos.
h) Evaluar el plan de supervisión, mensual y/o bimestral.
CAPITULO VIII
DEL REGIMEN ACADEMICO
Art. N° 35. De los Niveles y Turnos que se atienden.
La Institución Educativa privada “San Cristóbal” cuenta con dos niveles de estudio:
educación inicial y primaria, en la modalidad de menores en el turno diurno (mañana), los
que están debidamente articulados para garantizar a la comunidad educativa el logro de
nuestros objetivos.
Art. N° 36. Del Nivel de Educación Inicial.
a) Comprende el II ciclo y recibe a niños de3, 4 y 5 años de edad.
b) Se orienta a la formación bio-psico-social de los niños y la creación de hábitos
positivos, como base del desarrollo integral de la persona.
30
Art. N° 37. Del Nivel de Educación Primaria.
a) Comprende tres ciclos (III, IV, V) seis (6) grados de estudio y recibe a niños y niñas de 6
a 11 años de edad.
b) Se orienta al logro de los objetivos del nivel, como la creación de hábitos positivos que
sirvan para asentar las bases del desarrollo integral de los educandos, su buena
socialización y su adecuada comunicación.
Art. N° 38. Del Currículo.
Comprende experiencias formativas e informativas de carácter teórico-práctico, que
experimentan los alumnos en interacción con otros y en contextos culturales determinados,
con el fin de contribuir al desarrollo integral del educando.
Art. N° 39. De la Programación Curricular.
a) A nivel de aula se elabora en base a la Estructura y Diseño Curricular Básico y el Proyecto
Curricular de la Institución Educativa.
b) Se elabora de acuerdo con el perfil del educando.
c) La estructura de dicho instrumento de trabajo es: datos generales, nombre de la unidad,
justificación, organización de los aprendizajes (capacidades, conocimientos, actitudes) y
la evaluación.
Art. N° 40. Del Plan de Estudios para el Nivel Inicial.
a) Está elaborado en concordancia a competencias básicas y la edad de los niños (3, 4 y 5
años).
b) Comprende la distribución proporcional de las diferentes áreas curriculares: Matemática,
comunicación, personal social y ciencia y ambiente. Además como proyecto institucional
tenemos otras áreas o talleres (computación e inglés).
Art. N° 41. Del plan de estudios para el nivel primario.
Consiste en la distribución proporcional de las diferentes áreas que el currículo comprende:
Matemática, comunicación, arte, personal social, educación física, educación religiosa,
ciencia y ambiente. Además como proyecto institucional tenemos otras áreas o asignaturas
(inglés y computación).
Art. N° 42. Del Proceso de Evaluación.
La evaluación de los educandos se realiza en forma flexible, permanente e integral siendo
sus objetivos los siguientes:
a) Conocer los logros alcanzados y obtener información de los elementos que influyen en el
proceso de enseñanza-aprendizaje a fin de adoptar las medidas pertinentes.
31
b) Estimular los esfuerzos realizados, brindando a los estudiantes los incentivos necesarios
que hagan factible el pleno desarrollo de sus potencialidades.
c) Proporcionar información a los padres de familia sobre el avance y logros conseguidos por
sus menores hijos.
d) Determinar la calificación, certificación y promoción a grados y niveles superiores de cada
estudiante.
Art. N° 43. De las Características de la Evaluación.
Las evaluaciones son: sistemática, integral, formativa, continua, flexible, recurrente y
decisoria.
Art. N° 44. Del Proceso de Evaluación del Aprendizaje.
a). Se utilizan los procedimientos e instrumentos adecuados a las características del
nivel y grado de los estudiantes.
b) Se inicia con una evaluación de entrada, seguida de evaluación de proceso o formativa
y termina con una evaluación final, de salida o de resultados.
Art. N° 45. De la Evaluación del Aprovechamiento académico.
a) Es cualitativa y cuantitativa.
b) En el nivel inicial la calificación es literal (A, B, C).
c) En el nivel primario la evaluación es literal (AD, A, B, C, D).
d) Se informará a los padres de familia a través de las Libretas de Notas. Estas libretas
deben ser firmadas por la Directora y el Tutor en cada bimestre.
Art. N° 46. De la Evaluación del Comportamiento de los Estudiantes.
a) Es cualitativa y cuantitativa, con utilización de la escala vigesimal (00 a 20).
b) comprende no sólo aspectos disciplinarios, sino también el compromiso y participación de
los estudiantes en todas las actividades que la Institución Educativa programa.
c) Los criterios de evaluación son:
 Puntualidad y asistencia.
 Presentación personal.
 Cuidado del patrimonio institucional.
 Respeto a la propiedad ajena.
 Orden.
 Limpieza.
 Respeto a las normas de convivencia.
 Participación en actividades cívico-patriotas.
 La actitud y participación del alumno
32
Art. N° 47. De la Evaluación de los Padres de Familia.
Los Padres de Familia de la Institución Educativa, también serán evaluados según el grado
de participación y el apoyo a la labor educativa de sus hijos, para lograr el desarrollo y
formación integral de los educandos.
Art. N° 48. De la Información de los Resultados de la Evaluación.
Los estudiantes y padres de familia serán informados de los resultados del proceso de
evaluación del aprendizaje y comportamiento al término de cada bimestre y al final del año
escolar.
Art. N° 49. De la Promoción al Grado Superior.
La situación de los alumnos al término del año lectivo en cada nivel es la siguiente:
EDUCACION INICIAL:
a) Todos los estudiantes son promovidos sin excepción.
b) Los que no hayan cursado educación inicial, podrán acceder al primer grado de
educación primaria siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo con las
disposiciones vigentes.
c) No hay repetición de año en el nivel inicial.
EDUCACION PRIMARIA:
a) Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática.
b) Cuando al término del año escolar los estudiantes obtengan “A” en todas las áreas
curriculares incluidas las áreas o talleres creados por parte de las horas de libre
disponibilidad serán promovidos al grado inmediato superior.
c) Los estudiantes del 2do, 3ero y 4to grados obtienen como mínimo “A” en las áreas
curriculares de comunicación y matemática, como mínimo “B” en las otras áreas y
talleres curriculares creados como parte en las horas de libre disponibilidad.
d) Los estudiantes de 5to y 6to grados obtiene como mínimo “A” en las áreas curriculares
de comunicación, matemática, personal social y ciencia y ambiente, como mínimo “B” en
las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre
disponibilidad.
e) Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2do, 3ero, 4to, 5to, y 6to grados
que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares que son
matemática y comunicación.
f) Repiten de grado los estudiantes que en el programa de recuperación o en la evaluación
de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos en los incisos c y d del presente
artículo.
Art. N° 50. Del Adelanto y Postergación de las Evaluaciones.
El Director de la Institución puede autorizar el adelanto o postergación de las evaluaciones
de los diferentes periodos en los casos de:
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a) Cambio de domicilio.
b) Viajes por delegación oficial.
c) Enfermedad grave y prolongada, debidamente comprobada.
Art. N° 51. De los Documentos Oficiales de Evaluación.
Los documentos oficiales del proceso de evaluación son los siguientes:
a) Ficha de matrícula.
b) Registros y libretas de notas.
c) Certificado de estudios.
d) Constancias de primeros puestos.
Art. N° 52. De la Certificación.
Al terminar los estudios de Educación Inicial y Primaria, la Institución Educativa extiende
el certificado oficial de estudios correspondientes a cada nivel y grado educativo, según
los criterios emanados del máximo organismo en Educación (MINEDU)
EDUCACIÓN INICIAL NIVEL. Criterios 5 años. Todos los niños y niñas son promovidos sin excepción.
Los niños y niñas que no hayan cursado Educación Inicial, podrán acceder al Primer Grado de
EducaciónPrimariasiempre que tenganlaedadrequerida,de acuerdoconlasdisposiciones vigentes.
EDUCACIÓN PRIMARIA 1° 2°, 3°, 4° 5°, 6° La promoción de primero a segundo grado es automática.
Son promovidos si obtienen mínimo a en la áreas de Comunicación Integral y Lógico - Matemática;
mínimo B en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre
disponibilidad.Repitensi obtienencenComunicaciónIntegral yLógico- Matemática.Sonpromovidos
si obtienen mínimo a en las áreas de Comunicación Integral, Lógico - Matemática, Personal Social y
Ciencia y Ambiente; mínimo B en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las
horas de libre disponibilidad. Repiten si obtienen c en Comunicación Integral y Lógico - Matemática.
Al terminar los estudios de Educación Inicial y Primaria, la Dirección, el Subdirector
administrativo y/o la Secretaría se encargarán de expedir los certificados
correspondientes a los alumnos promovidos.
CAPITULO IX
DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO
Art. N° 53. Del Ingreso: a la Institución Educativa
a) El ingreso al Nivel de Educación Inicial se realiza de acuerdo con la edad cronológica,
según los años cumplidos hasta el 31 de marzo.
b) Ingresan al Primer Grado de Educación Primaria quienes hayan cumplido 6 años de
edad hasta el 31 de marzo.
c) En el acto de matrícula la presencia del padre, madre o apoderado es obligatoria. La
presentación de la partida de nacimiento y D.N.I. o el pasaporte del estudiante, además
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del control de vacunas son fundamentales pero la falta de estos no impide la matrícula.
Deben regularizarse a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar.
Art. N° 54.- De la Matrícula y su Ratificación.
a) La matrícula se realiza por primera y única vez, al ingresar el estudiante al nivel de
Educación Inicial o Primaria, según sea el caso, para lo cual se utiliza: Ficha Única de
Matrícula, Partida de Nacimiento, Certificado de Estudios y otros.
b) La ratificación de matrícula tiene lugar antes del inicio de los estudios en los grados
subsiguientes. La Institución comunicará con anticipación el Cronograma de Matrícula
Art. N° 55.- De los Traslados y la Recuperación Pedagógica
a) LOS TRASLADOS de matrícula de los estudiantes se realizan hasta dos meses antes
de la finalización del año escolar (noviembre y diciembre no hay traslados).
b) Los programas de RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA, tiene una duración mínima de
seis (6) semanas efectivas de enseñanza aprendizaje. Cuando la. recuperación se
realiza en otro colegio, el padre exigirá la entrega de evaluación de notas aprobada o
desaprobada, para entregarla al colegio de origen, en un plazo no mayor de tres (3) días
de concluida la evaluación.
Art. 56. Del Uniforme Escolar.
Los alumnos de la Institución Educativa “San Cristóbal” deben asistir todos los días
correctamente uniformados, el uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir al
colegio, así como a los actos y ceremonias de carácter oficial. El uniforme tanto para
varones como para mujeres se anunciará oportunamente a los Padres de Familia
Art. N° 57.- Del Uniforme de Educación Física.
Para las actividades de Educación Física, deportes y recreación, el uniforme oficial se dará
a conocer oportunamente.
Art. N° 58.- De los Materiales Educativos.
a) Los útiles, textos, cuadernos y materiales de estudios se adquieren de acuerdo al
pedido que realizan los docentes, previa evaluación.
b) Los textos oficiales a utilizarse durante el año lectivo, se determina por aprobación de
una Comisión Ad Hoc, integrada por el subdirector académico, docentes y padres de
familia.
c) Todos los textos y cuadernos deben estar debidamente forrados y etiquetados con el
nombre del estudiante, nivel, grado y sección a que pertenece.
d) Por respeto a la creación intelectual está terminantemente prohíbo reproducir y/o
fotocopiar texto o cuaderno de trabajo alguno.
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CAPÍTULO X
DEL FUNCIONAMIENTO
Art. N° 59.- De la Jornada Laboral.
a) La jornada laboral es el tiempo que dedica el personal docente y administrativo de la
Institución para cumplir su función en favor del servicio Educativa.
b) La Institución Educativa Privada “San Cristóbal” presta sus servicios educativos y
administrativos en el horario de trabajo oficialmente establecido.
Art. N° 60.- De la Asistencia del Personal.
a) La asistencia del personal es Registrada en la Secretaría de la Institución Educativa, al
ingreso y salida.
b) Es obligatorio señalar la hora de llegada y salida, respetando la hora del reloj oficial.
c) Todo trabajador debe registrar su ingreso a su centro de trabajo firmando el Cuaderno
de Control Diario.
Art. N° 61.- Del Horario de Trabajo del Personal Docente:
- Nivel Inicial: De 7:30 a.m. a 3:00 p.m.
- Nivel Primario: De 7:30 a 3:00 p.m.
Art. 62. De la permanencia del personal.
a) El personal docente a tiempo completo deberá permanecer en el colegio cumpliendo su
labor durante su jornada laboral;
b) El personal docente a tiempo parcial o por horas cumplirá fielmente el horario
establecido en el contrato.
c) El personal administrativo y de servicios cumplirá diariamente su labor en el horario
establecido por la Dirección.
d) En todos los estamentos laborales, solamente podrán abandonar su puesto de trabajo
con la previa y consentida autorización de la Dirección del plantel.
e) En el caso de docentes de inicial y primaria, que abandonen a sus alumnos sin el
permiso correspondiente, asumen la rotal responsabilidad, si ocurriera algún accidente
entre sus alumnos
CAPÍTULO XI
DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES
Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL
Art. N° 63.- Son Derechos del Personal.
a) Ser Respetado, ser tratado con lealtad y permitirle mostrar en todo momento su plena
identificación con la institución.
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b) Percibir el pago por sus servicios brindados durante el mes, computado, según el parte
de asistencia diaria.
c) Recibir un trato justo y adecuado de la autoridad y miembros de la comunidad educativa.
d) Hacer uso de los servicios, ambientes, instalaciones y demás espacios de la institución.
e) Asistir a los Programas de Capacitación y/o actualización docente organizados por la
Institución Educativa.
f) Realizar trabajos de investigación, aplicación y/o experimentación en el campo de la
ciencia y la tecnología educativa.
g) Gozar de los descansos estratégicos programados por la dirección del colegio.
Art. N°64.- Son Obligaciones del Personal Docente:
a) Puntualidad en la asistencia a clases, siendo modelo orientador de sus alumnos.
b) Cumplir con esmero, eficacia y responsabilidad todas las acciones concernientes a su
función.
c) Asistir puntualmente a las actividades programadas con la finalidad de cumplir el propósito
de la Institución Educativa.
d) Asistir diariamente al colegio, correctamente vestido.
e) Proporcionar oportunamente el material educativo para la impresión y reparto oportuno.
f) Proporcionar oportunamente las pruebas para las evaluaciones mensuales y bimestrales.
g) Mantener su Registro Auxiliar al día, utilizando en la evaluación de los alumnos todos los
criterios establecidos.
h) Tratar a los alumnos, padres de familia y colegas, con la amabilidad característica de un
maestro.
i) Corregir y devolver en los tiempos establecidos los exámenes, tareas y trabajos de
investigación programados.
j) Mantener la disciplina dentro del aula y fuera de ella.
Art. N° 65.- Está Prohibido al Personal Docente.
a) Faltar a sus labores sin causa justificada.
b) Pedir cuota a los alumnos con propósito lucrativo y menos sin la autorización de la
Dirección.
c) Realizar ventas de material bibliográfico u otros, entre los alumnos.
d) Retirarse del plantel durante las horas de trabajo. Para estas salidas momentáneas no se
otorgan permisos, porque la atención a los alumnos es prioritaria.
e) Ofrecer clases particulares domiciliarias a los alumnos de la Institución educativa, sin
conocimiento de la autoridad correspondiente.
f) Dedicarse en horas de trabajo a otros deberes ajenos a su función.
g) Dejar de ingresar al aula, al toque del timbre que señala el horario de trabajo.
h) Sacar fuera del plantel los materiales, mobiliario, herramientas, máquinas y otros objetos
sin autorización.
i) Atender descortés e inapropiadamente a los alumnos y padres de familia.
Art. N° 66.- Constituyen faltas del Personal:
a) Desacato a la autoridad de la Institución Educativa.
b) Faltar a la verdad.
c) Desprestigiar a la institución.
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d) No mantener actualizada su documentación pedagógica de grado y/o asignatura a su
cargo.
e) Desacato a las Normas del presente Reglamento.
Art. N° 67.- De Las Sanciones:
a) En caso de inasistencia o tardanza injustificadas se harán acreedores al descuento en el
pago de sus haberes.
b) Las tardanzas se norman de la siguiente manera:
 Por cada raya roja (en el parte de asistencia) se impondrá un descuento cuyo
monto será determinado por la promotora.
 Por tres rayas rojas, acumuladas en el mes, se amonestará y constituye una
inasistencia cuyo descuento lo determinará la promotora.
 Las inasistencias se descuentan en forma proporcional a su haber mensual.
c) Ante cualquier falta que comete el personal, primeramente, se hará una llamada de
atención verbal, si persiste la falta se amonestará por escrito y si aún continúa se
prescindirá de sus servicios.
Art. N° 68.- De los Estímulos al Personal.
Los estímulos a que se hace merecedor el personal docente y administrativo son:
a) Mención honrosa. c) Diploma de Mérito
b) Felicitación escrita. D) Estímulo Económica
Art. N° 69.- De la Comisión de Estímulos.
Para el otorgamiento de los estímulos señalados en el artículo anterior, en la Institución
Educativa Privada “San Cristóbal”, se constituirá una Comisión de Estímulos, integrada por:
a) La Directora que lo preside. b) los Subdirectores, d) un representante de la comunidad
de docentes.
CAPITULO XII
DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, FALTA, SANCIONES Y
ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS
Art. N° 70.- Son Derechos de los Educandos:
a) Ser considerado como persona humana, libre y responsable, y respetado por todo el
personal que labora en la Institución Educativa, recibiendo un trato cordial y afable.
b) Participar activamente en el proceso educativo, tanto en el aspecto académico como en las
demás actividades programadas por la Institución Educativa.
c) Recibir una educación con perspectivas a la excelencia y calidad total, con visión de futuro.
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d) Pedir a todos los profesores de todas las áreas o asignaturas, las aclaraciones de los
temas, cuya explicación no haya sido entendida.
e) Ser evaluado con justicia, equidad y recibir oportunamente los resultados de las mismas.
f) Ser protegido en su integridad física, mental y moral por todos los integrantes de la
Institución Educativa.
g) Presentar sus requerimientos, con la debida cortesía a sus profesores, a su tutor (a), a los
Directores, al personal administrativo y de servicios.
h) Recibir las orientaciones que sean necesarias y oportunas, en diversos aspectos de la
educación, a fin de lograr el desarrollo de su personalidad, en forma armónico, gradual e
integral.
i) Recibir consejos y asesoría de su tutor(a) y/o profesores, para afrontar y resolver problemas
o dificultades escolares o de otra índole.
j) Elegir y ser elegido, en forma democrática, como Brigadier o Policía Escolar.
k) Recibir con eficiencia y oportunidad su documentación pertinente, siempre y cuando haya
sido solicitada teniendo en cuenta las normas y plazos previstos.
l) Ser partícipe de los premios y estímulos que otorga la Institución Educativa.
Art. N° 71.- Son Deberes y Obligaciones de los Educandos.
a) Asistir al colegio y a sus clases con puntualidad.
b) Asistir diariamente con el uniforme del colegio, velando por su conservación,
presentación y limpieza.
c) Asistir a las clases de Educación Física debidamente uniformado, respetando el
reglamento y las indicaciones del profesor.
d) Mostrar en todo momento, dentro y fuera de la Institución Educativa, actitudes y
comportamientos adecuados digno de un estudiante.
e) Manifestar en todo momento, respeto a las autoridades del colegio, a sus profesores
y a todos los integrantes de la comunidad educativa.
f) Practicar diariamente las normas de aseo personal, incidiendo en su limpieza
general del cuerpo. Los varones deben tener el cabello corto; las mujeres el cabello
sujetado y ordenado, mostrando sencillez en su presentación, prohibido usar maquillaje u
otros arreglos personales inadecuados para un centro educativo.
g) Asistir y participar en cada clase provisionado con el material educativo necesario de
acuerdo al horario respectivo.
h) Durante el desarrollo de la clase el alumnado deberá mostrar una conducta adecuada,
poner a disposición su interés, su atención y participación activa en el proceso de
aprendizaje. Está totalmente prohibido utilizar términos y lenguajes coprolálicos
(lenguaje grosero, soez, vulgar y mal intencionada).
i) Durante la actividad de “Formación General”, los alumnos se ubicarán dentro de su
respectiva sección, permaneciendo disciplinadamente en silencio, acatando y
cumpliendo las voces de mando, directivas, durante el desarrollo de toda la actividad.
j) Concluida la Formación General, los alumnos se dirigirán a sus respectivas aulas en
completo orden, acompañados de sus respectivos profesores.
k) Durante el recreo, los alumnos no deben excederse con juegos, actitudes inapropiadas
o emitir expresiones soeces y vulgares.
l) Dedicarse al estudio, la lectura y la investigación en forma permanente, íntegra e
intensiva.
m) Informarse del contenido de la clase, de las tareas escolares y de las evaluaciones
perdidas debido a su inasistencia.
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n) Cumplir con las tareas de las asignaturas, en la fecha y la hora indicadas por el
profesor.
o) Asistir obligatoriamente a las actividades académicas, culturales, deportivas,
recreativas y de otra índole, para las cuales ha sido convocado o seleccionado.
p) Entregar a sus padres o apoderados toda la comunicación escrita que la Dirección o el
personal de aula envía.
q) Al término de cada clase y antes de abandonar el aula, recoger todos los útiles
escolares y objetos personales, por cuya pérdida, la institución no se responsabiliza.
r) Velar por la conservación del local institucional, sus ambientes, mobiliario, equipo,
material educativo, así como las instalaciones durante su permanencia y/o visita que
realiza.
s) Archivar todo tipo de evaluación o práctica escrita en su cuaderno o en su folder
especial, conforme a las indicaciones del profesor.
t) Utilizar adecuadamente la “Agenda”, registrando correctamente sus datos y otras
informaciones que se solicitan, así como las tareas y otras observaciones que indiquen
los profesores.
u) Es responsabilidad de todos los alumnos archivar, forrar, etiquetar, conservar y velar
por la mejor presentación de sus útiles y tareas escolares.
v) Todo alumno debe saber y cantar con patriotismo, fervor y unción patriótica el Himno
Nacional, tomar una posición de amor y reverencia en la ceremonia de izamiento del
Pabellón Nacional y expresar con fervor la oración en honor al Dios.
w) En la calle, todo alumno, representa al hogar del que procede y a la institución en la
que se educa. En tal sentido, su actuación debe revelar actitudes, gestos, expresiones
y valores, acordes con la educación que recibe.
x) Practicar diaria y constantemente los buenos modales y practicar las normas de
urbanidad dentro y fuera de la institución.
y) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno.
Art. N° 72.- Está Prohibido al Educando:
a) Evadirse del plantel, de las clases y actividades educativas programadas.
b) Dedicarse dentro de la institución a actividades distintas de la escolar, deambular por
los pasadizos, los servicios higiénicos, etc. durante las horas de clase.
c) Emitir opiniones injuriosas contra las autoridades, profesores, la familia y sus
compañeros.
d) Ofender de palabra y obra a sus compañeros, individual o grupalmente e insultar a
personas, a la Institución o al vecindario.
e) Utilizar lenguaje obsceno o realizar actos reñidos contra la moral, inscripciones en las
paredes, muebles y demás enseres.
f) Ocasionar deterioro al local institucional, mobiliario y demás enseres del plantel.
Dañar el uniforme o útiles de sus compañeros, en tal caso, además de pagar el daño
causado, se hará acreedor a la sanción correspondiente.
g) Portar instrumentos que atentan o pongan en peligro la integridad física de los
integrantes de la institución. Participar en juegos que pongan en riesgo su integridad
física y moral, introducir objetos de valor, alhajas, radios, videojuegos, cámara
fotográfica, casino, etc. Los alumnos a quienes se les encuentre con estos aparatos
tecnológicos se les requisará, se le confiscará y se les devolverá al final de cada
bimestre y si hay reincidencia se le devolverá a fin de año.
h) Portar celulares y utilizarlos para tomar fotografía o grabaciones sin el permiso y
utilizarlos con fines difamatorios. El alumno que por urgencia tenga que portarlo, al
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ingresar al colegio debe entregarlo al Jefe Disciplinario y explicarle la razón. El celular
se le devolverá únicamente al padre de familia al final del bimestre y si hay
reincidencia, a fin de año.
i) Valerse de influencias o recomendaciones con el propósito de lograr ventajas o
privilegios.
j) Ejecutar actividades promocionales de carácter económico, sin la autorización de la
Dirección del Plantel.
k) Por ningún motivo, los alumnos, permanecerán en las aulas durante las horas de
recreo.
l) Realizar actos que atenten contra la salud y seguridad personal.
m) Intentar o ejecutar fraude en las pruebas, tareas y documentos escolares, tales como
frases del Diario o Agenda, calificaciones, libretas etc.
n) Firmar memoriales, actas y otros documentos petitorios a favor o en contra de sus
superiores o sobre asuntos que comprometan la disciplina, así como solicitar en forma
de imposición o presión, la adopción de medidas especiales.
Art. N° 73.- De la Asistencia y la Puntualidad.
a) Asistir puntualmente al plantel, según el horario establecido:
Inicial mañana : De 3 años 08.00 a.m. – 01.00 p.m.
: De 4 años 08.00 a.m. – 01.00 p.m.
: De 5 años 08.00 a.m. - 01.00 p.m.
Primaria mañana : De 1º a 6º 08.00 a.m. - 01.00 p.m.
Inicial tarde : De 3 años 01.10 p.m. – 06.00 p.m.
: De 4 años 01.10 p.m. – 06.00 p.m.
: De 5 años 01.10 p.m. - 06.00 p.m.
Primaria tarde : De 1º a 6º 01.10 a.m. - 06.10 p.m.
b) La tolerancia en el ingreso es de 10 minutos en cada nivel educativo con anotación de
“tardanza” en su Agenda).
c) El alumno que llegue después de la hora de tolerancia estará a cargo del Auxiliar de
Educación, quien registrará la tardanza en la Agenda del Educando y velará por el
cumplimiento de lo establecido en el inciso anterior.
d) Cuando un alumno registra el 30% de inasistencia injustificada, desaprobará el Año
Escolar.
e) Todas las tardanzas y/o faltas son registradas en el diario del educando y su evaluación
incidirá en la nota de comportamiento en cada bimestre.
f) Cuando un alumno acumula cinco (5) tardanzas en el bimestre dará lugar a la suspensión
de un día. Su excesiva reincidencia dará lugar al condicionamiento de la matrícula.
g) El alumno que habiendo sido suspendido por límite de tardanzas y que coincida con
alguna forma de evaluación pierde su derecho.
h) El alumno que sin causa justificada no trae su uniforme de Educación Física, será
considerado como ausente, lo que se tendrá en cuenta para el cómputo del 30% de
inasistencias.
i) Los alumnos que sean designados para representar a la Institución Educativa en alguna
actividad, deberán asistir obligatoriamente. En caso de dificultad o impedimento grave, lo
comunicará a la Dirección del plantel, con la debida anticipación.
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j) Toda justificación por tardanza, inasistencia o falta disciplinaria, se realiza con la presencia
del padre, madre o apoderado. Es responsabilidad de los padres de familia el control de
sus hijos fuera de la Institución Educativa.
k) Cuando las inasistencias exceden los tres días, serán justificadas mediante certificado
médico o documento probatorio, para los efectos de evaluación en los diferentes cursos.
Art. N° 74.- De la Presentación personal y el Uniforme de los Educandos.
a) El uniforme de gala de la Institución Educativa, tanto para el nivel inicial como para el de
primaria está oficialmente establecido.
b) El uniforme de Educación Física tanto para el nivel inicial y el nivel primario ssrá
oficialmente establecido.
c) Los alumnos deberán presentarse correctamente uniformados, de conformidad a las
especificaciones antes mencionadas.
d) Los alumnos que por alguna razón tuvieran que portar una prenda que no es parte del
uniforme, deberán acercarse a primera hora al Jefe de Normas Educativas y luego a la
Dirección del Plantel a fin mostrar la Agenda con la justificación del Padre de Familia.
e) Al reincidir en el uso incorrecto o cambios en el uniforme, sin la autorización de la
Dirección, se considerará como falta grave, lo que impedirá, el ingreso al colegio y
consecuentemente a las aulas.
f) El uso del Uniforme de Educación Física, es exclusivo para los días y horas
determinadas por el horario de esta asignatura, También se utiliza el uniforme de
Educación Física para entrenamientos deportivos u otras actividades que así lo meritan.
Es obligatorio usar el uniforme correctamente, estando prohibida su modificación.
g) Las alumnas que se presenten con maquillaje, peinados, uñas largas, adornos o
vestimenta inapropiado, no ingresarán a la Institución Educativa y perderán las clases,
el derecho a las evaluaciones, presentación de trabajos escritos, haciéndose acreedoras
a la sanción pertinente.
h) Los alumnos no deben portar joyas, relojes, exceso de dinero u otros objetos de valor.
La institución no se responsabiliza por su pérdida. En todo caso serán decomisados por
el auxiliar de educación, profesor o tutor, para su posterior devolución al padre o
apoderado al final del bimestre o a fin del año escolar.
i) Diariamente, los profesores de aula, tutores o auxiliar de educación efectuarán una
rápida revisión del uniforme, presentación y aseo personal. Es función del auxiliar de
educación anotar en la Agenda el incumplimiento de esta norma.
Art. N° 75.- Con Respecto al Local y Mobiliario.
El alumno deberá tener en cuenta:
a) No deteriorar el local en sus diversos ambientes: pasadizos, escaleras, aulas, oficinas,
patio, paredes, pizarras etc. Las reparaciones serán asumidas por los padres de los
alumnos, independientemente de la sanción a que hubiere lugar.
b) A cada alumno se le asignará una carpeta, siendo responsable de su cuidado y
conservación durante todo el año académico.
c) Durante el año, los alumnos participarán en la ambientación y conservación del aula, en
acción directa con sus tutores y/o docentes de las diversas especialidades.
Art. N° 76.- De los permisos y salidas:
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El alumno debe:
a) Permanecer dentro del aula y debidamente ubicado en su respectiva carpeta durante las
horas de clase. Sólo podrán salir previa autorización del profesor y por el tiempo o plazo
determinado.
b) Se tomará asistencia cada hora de clase, a fin de precisar el control de salidas y/o
permisos.
c) Las salidas urgentes del aula será otorgado por el profesor o por alguna autoridad del
plantel.
d) Los alumnos que por razones de salud, que hayan solicitado exoneración o que no hayan
traído uniforme y no pueden hacer Educación Física, acompañarán a sus compañeros en
el desarrollo de la clase, sin participar, bajo la vigilancia del profesor del curso.
e) El alumno (a) que evidencie malestar o enfermedad será conducido a la Dirección del
Plantel, por el profesor del aula, tutor o auxiliar de educación. En caso necesario, se
autorizará la salida del plantel luego de poner el caso en conocimiento de la familia.
Art. N° 77.- De las Faltas Leves, de las Graves y de las faltas muy graves.
a. Son faltas leves, aquellas que resultan de alguna negligencia de los alumnos, que no
alteran principalmente las relaciones interpersonales, siempre y cuando no haya frecuencia
en las mismas. Se consideran como faltas leves, en caso de ausencia del profesor, lo
siguiente:
(1) Estar fuera de su carpeta.
(2) pararse en las puertas y ventanas sin ninguna motivo.
(3) Usar la pizarra sin autorización,
(4) Esconder los útiles de sus condiscípulos.
(5) Salir del aula sin permiso.
(6) llegar tarde al aula.
(7) Arrojar objetos.
(8) no devolver documentos en el plazo fijado.
Toda falta leve debe estar registrada en el “Anecdotario” y en la Agenda del Educando.
b. Son faltas graves, aquellas que atentan contra la seguridad física y moral de los
educandos o personas vinculadas al plantel o dañan seriamente la institución en lo
físico o en su prestigio, y son:
(1) Dañar los bienes, muebles o inmuebles del plantel.
(2) Evadirse del colegio.
(3) Sustraer pertenencias de sus compañeros (Dinero, útiles, alimentos)
(4) Mostrar posturas que manifiestan falta de respeto por los demás.
(5) Cometer conducta fraudulenta durante las evaluaciones.
(6) Reincidir en faltas leves.
(7) Ingresar al centro educativo de manera inadecuado.
(8) Reincidir en expulsiones de aula y del colegio.
(9) Reincidir en expulsiones de las formaciones generales,
(10) Cualquier otra falta tipificada, como grave, por la autoridad educativa.
c) Son Faltas Muy Graves aquellas que atentan contra la integridad física, psíquica,
moral, sexual o intelectual de los integrantes de la comunidad educativa. Estas
43
faltas se sancionan mediante el condicionamiento de la matrícula y mediante el
retiro definitivo del alumno:
(1) Agredir físicamente a un compañero, dentro o fuera del colegio.
(2) Fomentar desórdenes o escándalos dentro o fuera del plantel
(3) Calumniar a un compañero o a cualquier miembro de la institución para obtener
ventajas personales o rehuir responsabilidades
(4) Alterar notas o falsificar firmas.
(5) Introducir al plantel juegos de envite o desafío, bebidas alcohólicas o drogas.
(6) Insultar, menospreciar o desestimar a un compañero o a cualquier miembro de la
comunidad educativa por razones raciales, sociales, económicas o de otra índole
(Bullying)
(7) Asumir actitudes provocativas reñidas con la moral y las buenas costumbres.
(8) Fumar dentro o fuera de la institución cuando esté uniformado.
(9) Dañar la imagen física, psicológica e intelectual, y todo aquello que lesiones la
imagen moral y vulnere la intimidad de algún compañero o compañera de estudios,
mediante la publicación de imágenes y/o expresiones señaladas como
indecorosas; en las redes sociales (Facebook, Instagram, Snapchat, Twiter y otras
similares), desde la institución educativa, desde su hogar o desde la cabina
pública.
Art. N° 78.- De las Sanciones a los Educandos.
El incumplimiento de las obligaciones, faltas y actos prohibidos, contemplado en el presente
reglamento será motivo para tomar las siguientes sanciones:
a) Recomendaciones generales en el patio o en el aula.
b) Amonestaciones colectivas
c) Amonestaciones personales privadas
d) Amonestaciones personales en presencia del padre o apoderado, por el tutor o
profesor de aula.
e) Entrevista del padre o apoderado con el Director de la Institución Educativa.
f) Parte preventivo de suspensión
g) Suspensión Temporal
h) Matrícula condicional
i) Separación definitiva de la Institución Educativa
Art. N° 79.- Del Condicionamiento de la Matrícula.
Se condiciona la matrícula a un alumno (a) cuando su permanencia en el plantel, confronta
dificultades con los fines, objetivos y normas de la institución.
Art. N° 80.- Causas del Condicionamiento de la Matrícula:
a) Por impuntualidad.
b) Por indisciplina.
c) Por inasistencia injustificadas.
d) Por repetir de grado.
e) Por suspensiones reiteradas.
Art. N° 81.- De la Suspensión del Alumno,
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Se suspende a un alumno(a) cuando se le retira temporalmente de la institución, luego de la
evaluación y dictamen del Consejo Educativo.
Art. N° 82.- Corresponde a Toda Suspensión:
a) Toda suspensión se llevará a cabo con el conocimiento previo del padre o apoderado.
b) Las faltas que implican una suspensión están contemplados en el presente reglamento,
son referente a faltas graves.
c) También se considera como causal de suspensión, otras faltas, según criterio de las
autoridades de la Institución.
d) Para proceder a una suspensión, previamente, deben haberse cumplido las exigencias
establecidas por la institución.
Art. N° 83.- Del Tiempo de Suspensión.
El tiempo de suspensión de asistencia a las clases será determinado por el Consejo
Educativo, en base al informe correspondiente y será considerado como inasistencia
injustificada para los efectos de evaluación.
Art. N° 84.- De la Separación del Alumno.
Se separa a un alumno cuando se le retira definitivamente de la Institución Educativa,
pudiendo suceder en cualquier período del año escolar, por los siguientes motivos:
a) Reincidencias en suspensiones o en faltas graves.
b) Que teniendo matrícula condicional reincida en faltas disciplinarias, tardanzas,
inasistencia reiteradas y por no cumplir con los acuerdos de dicho
condicionamiento.
c) Cualquier otra falta que a criterio de las autoridades de la institución, sea motivo
de separación.
Art. N° 85.- De los estímulos a los Estudiantes:
La Institución Educativa establece un sistema de estímulos individuales y grupales,
orientados a reconocer y premiar el esfuerzo intelectual, moral y físico de los educandos en
su desempeño escolar.
Art. N° 86.- De los Estímulos Individuales.
Los estímulos individuales a los que se hacen acreedores los estudiantes son:
a) Mención honrosa
b) Felicitación escrita
c) Resolución de felicitación
d) Diploma de mérito, al término del año escolar, por haber obtenido un óptimo
rendimiento académico y armónica actitud conductual.
Art. N° 87.- Los estímulos colectivos
a) Mención honrosa por actividad excepcional del grupo o de toda la sección.
b) Otorgamiento de ciertos privilegios: Paseos y otros beneficios.
45
Art. N° 88.- De los Premios.
Las autoridades de la institución educativa “San Cristóbal” los siguientes premios:
a) De excelencia, consistente en una medalla y diploma al alumno (a) de la promoción, que
haya aprobado todas sus asignaturas y haya obtenido el mayor puntaje durante los 6
años de estudios primarios.
b) De aprovechamiento y conducta al primer alumno (a) de cada grado o año de estudios.
c) A los alumnos que por su colaboración, esfuerzo cívico, deportivo, artístico y otros,
merecen el reconocimiento de la Institución.
d) A los alumnos que evidencien al finalizar el año académico que han utilizado y
conservado correctamente su material educativos. (Libros, Cuadernos, Separatas)
CAPITULO XIII
DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS
Art. N° 89.- La Jornada Laboral.
La jornada laboral del personal directivo, docente y de servicio es de lunes a viernes.
Pudiendo establecer las clases de recuperación y/o nivelación los días sábados.
Art. N° 90.- Del Registro del Personal Auxiliar.
Los Auxiliares de Educación ingresarán a las 7.30 am. Para atender el ingreso de los
alumnos y cumplirán su faena laboral hasta las 3.00 pm.
Art. N° 91.- Del Registro del ingreso y la salida del personal.
Todo el personal está obligado a registrar su hora de ingreso y salida en el Parte de
Asistencia Diaria.
Art. N° 92.- De la aprobación de los instrumentos de gestión.
El Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, el Reglamento Interno, Proyecto
Curricular de la Institución, el Inventario y otros documentos de gestión son aprobados por
Resolución Directoral y son de aplicación permanente.
Art. N°93.- De la Elaboración Estadística de la Administración.
La elaboración de la estadística relacionada con la matrícula, promoción y desarrollo de las
áreas y/o asignaturas son obligatorias y serán remitidos a la UGEL 02 en las fechas
programadas, según cronograma oficial.
Art. Nº 94.- De los Documentos de Supervisión Interna.
Los documentos utilizados en las acciones de supervisión interna, obrarán en el archivo de
la Institución Educativa.
46
Art. N° 95.- De la Publicación Estadística de Resultados.
En cada bimestre se publicarán los datos estadísticos relacionados con el rendimiento de
las áreas y/o asignaturas, con la finalidad de llevar a cabo su análisis y control y tomar las
medidas correctivas necesarias.
Art. N° 96.- De las Fichas y Nóminas de Matrículas.
Las Fichas, Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación estarán debidamente ordenadas y
archivadas para su rápido manejo y control, e informadas oportunamente al SIAGIE .
Art. N° 97.- De los Registros Auxiliares de Evaluación.
Los Registros de Evaluación permanecerán en la Dirección del Plantel. Los docentes lo
utilizarán para ejecutar sus labores, luego de lo cual los dejarán en el archivo
correspondiente.
Art. N° 98.- Del Inventario de Bienes.
Los bienes, muebles y enseres de la Institución estarán registrados en el Inventario
correspondiente.
Art. N° 99- Del Ordenamiento de Documentos.
Las Resoluciones Directorales, directivas, memorandos, oficios y todo documento oficial,
deberá ser debidamente numeradas, fechadas y archivadas ordenadamente.
Art. N° 100.- Del Archivo de Documentos.
La documentación pedagógica y contable es patrimonio institucional y deberán ser
archivados en orden y con la seguridad y protección del caso.
CAPITULO XIV
RÉGIMEN ECONÓMICO, DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS, DE LOS
INGRESOS
Art. N° 101.- De los ingresos económicos.
El dinero que ingresa por pagos de pensiones de enseñanza se invertirá en
remuneraciones, módulos, laboratorios, infraestructura, mantenimiento y otras necesidades,
según prioridades de la institución, determinados por la Promotora.
Art. N° 102.- Del pago efectivo de las pensiones de enseñanza.
Los pagos de pensiones de enseñanza los realizará el Padre de Familia directamente en la
tesorería de la Institución o en la entidad bancaria que designe la promotora; cada fin de
mes.
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6. reglamento interno

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA “SAN CRISTÓBAL” REGLAMENTO INTERNO SAN MARTÌN DE PORRES LIMA PERÚ 2018
  • 2. 2 AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILICIACIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002 - 2018 – D –IEP. “S C” San Martin de Porres, 14 de enero de 2018 Visto, El REGLAMENTO INTERNO-2018, de la Institución Educativa Privada “San Cristóbal”, de la provincia y departamento de Lima, perteneciente a la UGEL N° 02 – San Martin de Porres, elaborado por el personal directivo, Docentes, Auxiliares y Personal Administrativo de acuerdo con los dispositivos vigentes. Considerando: La Ley General de Educación Nº 28044, la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos Generales, la R.M. 114-2001- ED, del Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Educación de Lima y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos Locales, adecuado por D.S. Nº 023-2003-ED, el DS. N° 011 – 2012, que Reglamenta la Ley General de Educación, la RM. N° 0657-2017 MINEDU, que norma y orienta el desarrollo del Año Escolar 2018 en EBR, la Directiva Nº 0025/ RA / DREA /DUGEL.02- AGP – AGA - AGI- OCEI – D, Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en las Instituciones y programas de Educación Básica Regular Que siendo necesario orientar las actividades pedagógicas, administrativas y de gestión durante el Año Escolar 2018, de la IEP. “San Cristóbal”, es necesario que nuestra Institución cuente con un REGLAMENTO INTERNO (RI), de acuerdo a los dispositivos legales mencionados. Se Resuelve: Articulo 1°.- Aprobar el presente REGLAMENTO INTERNO 2018 de la Institución Educativa Particular “San Cristóbal” del distrito de San Martin de Porres. Articulo 2°.- Disponer su difusión y utilización a través del Personal Directivo, Jerárquico, docente y Administrativo de nuestra Institución, a fin de que se lleve a cabo de manera permanente su consulta, para mejorar la práctica educativa y la convivencia armónica de toda la comunidad educativa. Articulo 3°.- Remitir a la instancia superior de la UGEL N° 02 – San Martin de Porres, una copia para su evaluación y archivo. Regístrese, comuníquese y archívese ……………………………………….…………… Hervias Cárdenas Edith Viviana Directora
  • 3. 3 PRESENTACION El REGLAMENTO INTERNO 2018 de la Institución Educativa “SAN CRISTÓBAL” un documento de gestión educativa y contiene los aspectos generales vinculados a la organización, administración y actividades pedagógicas. Del mismo modo norma los deberes y derechos del personal que labora en la Institución, de los educandos y de los padres de familia. En tal sentido, el presente Reglamento contiene básicamente DISPOSICIONES QUE ORIENTEN AL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN, a conocer mejor sus responsabilidades y sus derechos con la finalidad de comprometer su participación en las tareas educativas, en concordancia con las leyes y normas del Sector Educación. CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LOS DISPOSITIVOS DEL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO es tarea de todos los que tenemos la responsabilidad de la conducción de la institución y de la formación de los educandos, a fin de garantizar mayores niveles de eficiencia y eficacia en el cumplimiento de nuestras funciones, en bien de nuestros educandos y de la comunidad que constituye nuestro contexto. LA “COMUNIDAD EDUCATIVA” ASUME DE MANERA RESPONSABLE Y COMPROMETIDA, LO ESTABLECIDO en los artículos de la Constitución Política del Perú, especialmente en lo referente a la educación; lo establecido en la Ley General de Educación, en la Ley del Profesorado y sus modificatorias, y en todo lo establecido en las normas legales vigentes para el sector educación. La comunidad Educativa enarbola el principio constitucional donde se establece que “la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad es responsabilidad del Estado y la sociedad; así como también, que es propósito y responsabilidad de la educación como proceso vital, la formación integral de los estudiantes. La Promotora - Directora
  • 4. 4 INDICE Presentación. Capítulo I: Del contenido, Alcance. Disposiciones Generales……… Art. 01. Del contenido y alcance del reglamento. Art. 02. De la actualización del reglamento. Art. 03. De la elaboración del reglamento. Art. 04. De las disposiciones generales del Reglamento. Art. 05. Base Legal del reglamento. Capítulo II: De la institución educativa. ……………………………….……………. Art. 06. De la creación de la Institución. Art. 07. De los fines de la Institución. Art. 08. De los objetivos de la Institución. Art. 09. De las funciones generales de la Institución. Art. 10. De la estructura orgánica de la Institución. Capítulo III: De las funciones específicas del personal. ……….………… …… Art. 11. De las funciones del director. Art. 12. De la ausencia del director Art. 13 De las funciones del Subdirector administrativo Art. 14. De las funciones del subdirector académico Art. 15. De las funciones del coordinador del nivel inicial. Art. 16. De las funciones del coordinador del nivel primaria Art. 17. De las funciones del docente del nivel inicial. Art. 18. De las Funciones del docente del nivel primario. Art. 19. De las funciones de los tutores. Art. 20. De las funciones del psicólogo. Capítulo IV: Órganos de apoyo administrativo. ……….…………………….. Art. 21. De las funciones del jefe de normas educativas.. Art. 22. De las funciones del Auxiliar del nivel inicial. Art. 23. De las funciones del auxiliar del nivel primaria Art. 24. De las funciones de la secretaria- Art. 25. De las funciones del personal de servicios. Art. 26. De las funciones del Personal de Guardianía. Capítulo V: Órganos de apoyo institucional. ……….………….………………. Art. 27. De la comunidad magisterial. Art. 28. De Los comités de aula Capítulo VI: Órgano de base institucional. ……….……………….………….. Art. 29. De los Alumnos. Art. 30. De Los Padres de Familia. Capítulo VII: De la organización del trabajo educativo: ……….…………… Art. 31. De la planificación.
  • 5. 5 Art. 32 Del plan de trabajo. Art. 33. De la planificación curricular. Art. 34. De la supervisión. Capítulo VIII: Del régimen académico. ……….……………….……… ……….. Art. 35. De los niveles y turnos que se atienden. Art. 36. De la educación del nivel inicial. Art. 37.De la educación del nivel primario. Art. 38. Del currículo. Art. 39. De la programación curricular. Art. 40. Del plan de estudios del nivel inicial. Art.41. Del plan de estudios del nivel primario. Art. 42. Del proceso de evaluación. Art. 43. De las características de la evaluación. Art. 44. Del proceso de evaluación del aprendizaje. Art. 45. De la evaluación del aprovechamiento académico. Art. 46. De la Evaluación del Comportamiento de los alumnos. Art. 47. De la evaluación a los padres de familia. Art. 48. De la información de Resultados de la evaluación. Art. 49. De la promoción al grado superior. Art. 50. Del adelanto y postergación de las evaluaciones. Art. 51.De los documentos oficiales de evaluación. Art. 52. De la certificación. Capítulo IX: Del régimen administrativo. ……….……………….…… …………… Art. 53. Del ingreso a la institución educativa. Art. 54. De la matrícula y su ratificación. Art. 55. De los traslados. Art. 56. Del uniforme escolar. Art. 57. Del uniforme de educación física. Art. 58 De los materiales educativos. Capítulo X: Del funcionamientode la I.E. ….……………….…………………..… Art. 59. De la jornada laboral. Art. 60. De la asistencia del personal. Art. 61. Del horario de trabajo del personal docente. Art. 62. De la permanencia del personal. Capítulo XI: De los derechos, obligaciones, prohibiciones, faltas y sanciones y estímulos del personal. ….……………….………………. …….. Art. 63. De los derechos del personal. Art. 64. De las obligaciones del personal docente Art. 65. Está prohibido al personal docente. Art. 66. Constituyen faltas del personal. Art. 67. De las sanciones al personal Art. 68. De los estímulos al personal Art. 69. De la Comisión de Estímulos.
  • 6. 6 Capítulo XII: De los derechos, deberes, prohibiciones, faltas, sanciones y estímulos de los educandos. ….……………….………………. … Art.70. De los derechos del educando. Art. 71 De los deberes y obligaciones del educando. Art. 72. Está prohibido al educando. Art. 73. De la asistencia y puntualidad. Art. 74. De la presentación personal y uniforme de los estudiantes. Art. 75. Del respecto al local y al mobiliario Art. 76. De los permisos y salidas. Art. 77.De las faltas leves y graves. Art. 78. De las sanciones a los estudiantes. Art. 79. Del condicionamiento de la matrícula. Art. 80 De las causas del condicionamiento de la matrícula. Art. 81. De la suspensión al alumno Art. 82. Corresponde a toda suspensión. Art. 83. Del tiempo de suspensión. Art. 84. De la separación del alumno. Art. 85. De los estímulos a los estudiantes. Art. 86. De los estímulos individuales. Art. 87. De los estímulos colectivos. Art. 88. De los premios. Capítulo XIII: De los procedimientos y registros administrativos. …. … Art. 89. De la Jornada laboral. Art. 90. Del registro del personal auxiliar. Art. 91. Del registro de ingreso y salida del personal. Art. 92. De la aprobación de los instrumentos de gestión. Art. 93. De la elaboración estadística de la administración. Art. 94. De los documentos de supervisión interna Art. 95. De la publicación estadística de resultados Art. 96. De las fichas y nóminas de matrículas. Art. 97. De los Registros Auxiliares de Evaluación. Art. 98. Del inventario de bienes. Art. 99. Del ordenamiento de documentos. Art. 100. Del archivo de documentos. Capítulo XIV: Del régimen económico, de la administración de los recursos, de los ingresos. ….……………….……………….……………….……………………………… Art. 101. De los ingresos económicos. Art. 102. De los pagos efectivos de las pensiones de enseñanza. Art. 103. De los pagos extemporáneos de pensiones de enseñanza. Art. 104. Del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo Capítulo XV: De las adquisiciones. ….……………….……………….……… Art. 105. De las adquisiciones. Art. 106. Del equipamiento.
  • 7. 7 Art. 107. Sobre las adquisiciones Capitulo XVI. Del inventario y su uso. ….……………….……………….… Art. 108. Del inventario y de su uso Art. 109. Sobre los laboratorios. Art. 110. Sobre la sala de computación Art. 111. Sobre el módulo de educación física Capítulo XVII: Relaciones y coordinaciones. ….……………….…………….. Art. 112. De las relaciones con entidades del sector. Art. 113. De la asesoría de las entidades públicas. Art. 114. De las actividades de capacitación Art. 115. De la coordinación con los padres de familia y con la comunidad. Art. 116. De la coordinación con las instituciones de la comunidad. Capítulo: XVIII: Disposiciones complementarias. ….……………….………… Primera. Segunda. Tercera. Cuarta. Quinta. Sexta.
  • 8. 8 CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCE – DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. DEL CONTENIDO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO. a) El presente Reglamento Interno 2018, es el Instrumento de Gestión Administrativa y tiene como finalidad señalar las normas que regirán la organización, funcionamiento, deberes y derechos del personal directivo, docente, administrativo, de servicios, padres de familia y de los alumnos de la Institución Educativa Privada “SAN CRISTÓBAL”. b) El presente Reglamento Interno, es el documento que forma parte del conjunto de disposiciones que norman el fiel cumplimiento de las actividades educativas, con la finalidad de mejorar la calidad del servicio educativo que brinda la institución a los integrantes de esta emprendedora comunidad de la Urbanización Praderas del Sol. Art. 2. DE LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO. El presente Reglamento Interno, está sujeto a la actualización permanente de acuerdo a las normas o disposiciones legales que emanan del Ministerio de Educación, de acuerdo a la realidad institucional y de acuerdo con el contexto en el cual se desenvuelve. Art. 3. DE LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO. a) Es obligatorio elaborarlo democrática y participativamente por todos los integrantes de la comunidad educativa de la IEP.. “SAN CRISTÓBAL” y preparado para su ejecución y fiel cumplimiento, por los integrantes de esta comunidad educativa. b) El presente Reglamento Interno ha sido elaborado por una comisión integrada por docentes, administrativos, directivos y promotora, ha sido expuesto y analizado por la comunidad educativa en pleno, y aprobado por la promotora - directora de la Institución mediante Resolución Directoral. Art. 4. Disposiciones Generales del reglamento. El presente Reglamento Interno, norma los aspectos pedagógicos y administrativos de la institución educativa “SAN CRISTÓBAL”, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Educación, la Ley del Profesorado y la Ley de los Centros Educativos Privados; se actualiza anualmente en el mes de diciembre al finalizar el año escolar.
  • 9. 9 Art. 5. Base Legal del Reglamento:  Constitución Política del Perú (1993)  Ley General de Educación N° 28044.  Ley del Profesorado N° 24029.  Ley Nª 25212. Modificatoria de la Ley 24029.  Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549.  Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444.  D.S. N° 009 – 2005 – Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.  D.S. N° 013 – 2004 - Reglamento de Educación Básica Regular.  D.S. N° 009 – 2006 – ED – Reglamento de la Ley de los Centros Educativos Privados.  D.S. N° 007 – 2001 – ED – Normas para la Gestión y Desarrollo de actividades educativas.  D.S. N° 006 – 2006 – ED – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modificatorias.  Resolución Ministerial Nº ________ MINEDU Directiva para el desarrollo del año escolar 2018 en las Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica Regular. CAPITULO II DE LA INSTITUCION EDUCATIVA CREACION, FINES, OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA ORGANICA. Art. N° 6. DE LA CREACIÓN DE LA INSTITUCIÓN. La Institución Educativa Privada “SAN CRISTÓBAL” será creada y autorizada en su organización y funcionamiento por Resolución Directoral N° XXXXXX– UGEL 02 en trámite, mediante la cual se autorizará la atención al nivel inicial y primaria, en la Urbanización Praderas del Sol del distrito de San Martín de Porres. Toda esta normatividad se obtiene por gestiones ejecutadas directamente por la Promotora de la Institución. Art. N° 7. DE LOS FINES DE LA INSTITUCIÓN: a) Formar integralmente al educando, fortaleciendo los valores de colaboración, ayuda mutua, honradez, justicia, democracia y el respeto entre los integrantes de la comunidad educativa. b) Comprometer al personal docente y a los auxiliares de educación, es su abnegada labor formativa, para que se promueva ciudadanos inteligentes, con sólida
  • 10. 10 formación en valores, con un excelente control emocional y una armónica convivencia con los miembros de su familia, amigos, colegas y demás miembros de su comunidad. c) Contribuir a la modernización del sistema educativo y al desarrollo socio – económico de nuestra jurisdicción, del Distrito de San Martin de Porres y de la Región Lima. d) Promover una cultura responsable y de acuerdo con el enfoque ambientalista, crear el COMITÉ AMBIENTAL 2018, que organice, implemente un programa sobre cultura ambiental, para que comprometidos directivos, jerárquicos, docentes, administrativos, personal de servicios, alumnos y padres de familia, conserven nuestra biodiversidad y se considere a la Tierra como el hábitat eminentemente humano. e) Lograr la participación plena de los Padres de Familia en la tarea educativa, promoviendo el cumplimiento de sus deberes y el respeto a los derechos constitucionales. f) Son principios e ideales de la I.E.P. “SAN CRISTOBAL” PRINCIPIOS: Los principales principios que asume la Institución son los siguientes:  Una Educación innovadora.  Una Educación para el pensamiento crítico.  Una educación para desarrollar liderazgo.  Una educación en valores que enfatice perseverancia. IDEALES:  Una Sociedad nueva y con valores.  Una Educación para la vida y la formación de nuevos ciudadanos.  Un Perú con personas que piensen en positivo y actúen coherente con sus valores morales.  Una educación inclusiva en todos los aspectos; social, personal, comunitaria. Art. N° 8. DE LOS FINES Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL RI INSTITUCIONAL: SON FINES a. Reglamentar para un funcionamiento óptimo de la IEP San Cristóbal. b. Asegurar la interrelación de todos sus componentes y/o agentes educativos. c. Operativizar la gestión pedagógica y administrativa de la IEP San Cristóbal. d. Orientar a la Comunidad educativa, que integra la institución, sobre la organización interna, las funciones, los derechos, faltas, estímulos y sanciones del personal jerárquico, docente, administrativo, alumnado y padres de familia. SON OBJETIVOS
  • 11. 11 a. Normar y regular las funciones de los actores educativos para la ejecución de actividades significativas atendiendo a necesidades e intereses. b. Propiciar una actitud responsable para lograr las metas trazadas por la institución. c. Orientar y organizar a cada uno de los actores educativos, informando sobre los derechos y obligaciones de cada uno de ellos. d. Coordinar y mejorar las relaciones humanas, propiciando un adecuado clima institucional, que permita el logra de la visión y misión institucional. Art. N° 9. DE LAS FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN: a) Brindar una educación de calidad en los niveles de: inicial y primaria, b) Planificar, organizar, ejecutar y evaluar las acciones y servicios educativos que se desarrollan en cada uno de los niveles educativos. c) Desarrollar, supervisar y evaluar el Programa Curricular en cada uno de los niveles educativos. d) Brindar servicio de Tutoría y Orientación Educativa a los alumnos, creando El COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA, Y creando asimismo, las condiciones propias para su desarrollo, y promover su estrecha vinculación con su comunidad y la sociedad toda. e) Propiciar, fomentar y desarrollar actividades cívico-patrióticas que contribuyan a crear conciencia sobre la soberanía, la seguridad y la defensa nacional. f) Promover actividades productivas a fin de desarrollar las competencias laborales, capacidades y actitudes emprendedoras de los estudiantes. g) Promover cursos de capacitación y actualización docente de la institución educativa. h) Promover una sólida cultura ambiental y comprometer a los directivos, jerárquicos, docentes, administrativos, personal de servicios, alumnos y padres de familia, en la conservación de nuestra biodiversidad. Art. N° 10. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN. a) Órgano de Dirección - Directora Lic. HERVIAS CARDENAS, Viviana - Sub Director Académico Lic. PALACIOS CORNEJO, Cecilia - Sub Director Administrativo Lic. De la Cruz Rodríguez Luis Miguel b) Órgano Jerárquico - Coordinador de Inicial Lic. - Coordinador de Primaria Lic. PALACIOS CORNEJO, Cecilia c) Órgano de Ejecución - Docentes del nivel inicial. - Docentes del nivel primario. - Tutoría - Psicóloga d) Órgano de Apoyo Administrativo - Jefe de Normas Educativas
  • 12. 12 - Auxiliar de educación inicial - Auxiliar de educación primaria - Secretaria. - Personal de servicio. - Personal de guardianía e) Órgano de Apoyo Institucional - Comunidad Magisterial. - Comités de aula. f) Órgano de Base. - Alumnos - Padres de familia.
  • 13. 13 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DOCENTES INICIAL PROMOTORÍA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN, TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA EDUCATIVA CONEI DIRECCIÓN SUB DIRECCIÓN PEDAGÓGICA DOCENTES PRIMARIA AUXILIARES
  • 14. 14 ORGANIGRAMA FUNCIONAL DOCENTES INICIAL Planifica, programa y ejecuta procesos de enseñanza PROMOTORÍA Propone, dirige gestiona SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Brinda apoy o administrativ o, logístico y de serv icios DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN, TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA EDUCATIVA CONEI Participa, concierta, vigila DIRECCIÓN Asesora, organiza, conduce,supervisa y controla el funcionamiento y recursos humanos SUB DIRECCIÓN PEDAGOGICA Organiza, conduce y ejecuta procesos de enseñanza para alcanzar los objetivos y metas de la I.E.P DOCENTES PRIMARIA Planifica, programa y ejecuta procesos de enseñanza AUXILIARES Brinda apoy o en cuanto a disciplina
  • 15. 15 CAPITULO III DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Art. N° 11. De las funciones del Director: a) Representar administrativa y legalmente a la institución educativa. b) Formular, coordinar, ejecutar, evaluar y legalizar el Plan Anual de Trabajo, elaborándolo conjuntamente con los integrantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa. c) Velar por el cumplimiento de los objetivos educativos y por el buen trato a los alumnos, dentro y fuera de la institución. d) Presidir las reuniones técnico – pedagógicas, de gestión y administrativas y todo lo, relacionado con los fines de la I.E. e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneraciones de asignaturas, así como las pruebas de ubicación. f) Autorizar matriculas extemporáneas por causas debidamente justificadas. g) Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el calendario anual en base a los criterios técnicos establecidos por el Ministerio de Educación. h) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal docente, auxiliar y administrativos del plantel. i) Administrar la documentación de la Institución Educativa. j) Estimular o sancionar según el caso a los alumnos de la institución educativa de conformidad con el Reglamento de Disciplina. k) Autorizar visitas de estudios y excursiones dentro del ámbito local, regional, nacional e internacional previa presentación de la documentación y presupuesto según normas vigentes y el trabajo educativo desarrollado. l) Expedir certificados de estudios y otros documentos educativos oficiales. m) Asesorar a los comités de aula y controlar su movimiento económico. n) Otorgar permisos al personal a su cargo en casos debidamente justificados, llevando el control debido e informando oportunamente a la promotora de la institución. o) Gestionar la rectificación de los nombres y/o apellidos en los documentos pedagógicos oficiales según normas establecidas. Informando el caso a la autoridad competente. p) Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los servicios educativos. q) Llamar la atención en forma verbal o por escrito al personal a su cargo por incumplimiento de funciones o falta a los deberes en caso de reincidencia o gravedad de la falta, informar por escrito a la promotora o escalafón superior.
  • 16. 16 r) Propiciar y fomentar las buenas relaciones humanas entre el personal que labora en la institución. s) Liderar la práctica de la conservación del medio ambiente y de los diversos ecosistemas de la comunidad, en una identificación con el Enfoque Ambientalista. t) Realizar otras funciones inherentes a su cargo. Art. N° 12. De la Ausencia del Director. En caso de vacancia o ausencia de la Directora es reemplazado por el Subdirector Administrativo o por el coordinador que designe la promotora. Art. Nº 13. De las funciones del Subdirector Administrativo. a) Reemplazar al Director en caso de ausencia. b) Representar al Director ante las autoridades educativas, por encargo de la promotora. c) Participar en la conducción administrativa y la gestión de la institución. d) Participar activamente en la planificación administrativa y de gestión de la institución. e) Promover la disciplina tanto interna como externa de la institución. f) Controlar la puntualidad y asistencia del personal docente, administrativo y de servicios. g) Promover el cumplimiento del Reglamento de Disciplina. h) Supervisar la labor de apoyo de los Comités de Aula. i) Promover y fomentar el buen clima institucional. j) Funciones específicas que le delegue el Director. k) Promover la cultura ambientalista entre los integrantes de la comunidad educativa. Art. Nº 14. De las funciones del Subdirector Académico. a) Participar activamente en la elaboración del diagnóstico y la planificación educativa de la institución, a convocatoria del Director. b) Participar activamente en la planificación y programación pedagógica bimestral y anual. c) Participar en las actividades técnico pedagógicas de la institución. d) Promover, supervisar y evaluar la programación curricular de los docentes en todos los niveles. e) Supervisar el desempeño pedagógico de los docentes. f) Conjuntamente con los docentes de inicial y primaria determinar las técnicas e instrumentos la de evaluación. g) Supervisar la elaboración, impresión y aplicación de las pruebas evaluativas. h) Elaborar y supervisar el cumplimiento del rol de evaluación mensual, bimestral y anual. i) Supervisar la actuación académica del personal auxiliar. j) Elaborar, aplicar y evaluar el Plan de Supervisión Anual y asesorar y monitorear la labor pedagógica. k) Promover la capacitación, actualización y perfeccionamiento del personal docente, administrativo y de servicios, en coordinación con el subdirector administrativo.
  • 17. 17 l) Coordinar con el Director todas las actividades pedagógicas que se desarrollarán durante la semana. m) Organizar y desarrollar actividades permanentes de formación general, para efectuar la oración religiosa y la oración cívica mediante el izamiento del Pabellón Nacional. n) Organizar y dirigir Las actuaciones programadas en el Calendario Cívico Escolar. o) Inculcar la práctica de valores morales, la correcta presentación y el aseo personal del alumnado. p) Velar por el buen comportamiento y disciplina de los estudiantes dentro y fuera de la institución educativa. q) Supervisar a los docentes del nivel inicial y primario el desarrollo íntegro de las tareas pedagógicas y administrativas programadas. r) Desempeñar las actividades específicas encomendadas por la Dirección. s) Unir esfuerzos para que la conservación de los ecosistemas se convierta en realidad desde toda la familia académica. Art. Nª 15. De las Funciones del Coordinador de Inicial. a) Participar activamente en la Planificación Educativa, a convocatoria de la Directora. b) Promover y supervisar la Programación Curricular de los docentes del Nivel Inicial. c) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervisión, para orientar, asesorar y monitorear el desempeño académico del personal docente de Inicial. d) Coordinar con la Coordinadora General, todas las actividades programáticas y extraprogramáticas a desarrollarse durante el bimestre. e) Apoyar las actividades religiosas y cívico - patrióticas de los días lunes, en el nivel inicial. f) Inculcar la práctica de valores morales y promover la correcta convivencia entre los integrantes de la comunidad educativa de los niños de inicial. g) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Disciplina en el nivel inicial. h) Contribuir con los tutores en la elaboración del Plan de Tutoría y promover su cumplimiento. i) Supervisar la actividad académica de los docentes, en cada uno de las secciones de clase del nivel. j) Las tareas y responsabilidades que le asigne la autoridad. k) Promover en sus dirigidos el amor y respeto a la Tierra considerándolo como hábitat eminentemente humano. Art. Nª 16. De las Funciones del Coordinador de primaria. a) Participar activamente en la Planificación Educativa del nivel primario, a convocatoria de la Directora. b) Promover y supervisar la Programación Curricular de los docentes del Nivel primario. c) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervisión, para orientar, asesorar y monitorear el desempeño académico del personal docente de primaria.
  • 18. 18 d) Coordinar con el Subdirector Pedagógico, todas las actividades programáticas y extraprogramáticas a desarrollarse durante el bimestre. e) Apoyar las actividades religiosas y cívico - patrióticas de los días lunes, en el nivel primario. f) Inculcar la práctica de valores morales y promover la correcta convivencia entre los integrantes de la comunidad educativa del nivel primario. g) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Disciplina en el nivel primario. h) Contribuir con los tutores en la elaboración del Plan de Tutoría y promover su cumplimiento en el nivel primario i) .Supervisar la actividad académica de los docentes, en cada uno de las secciones de clase del nivel primario. j) Las tareas y responsabilidades que le asigne la autoridad. k) Promover en sus dirigidos el amor y respeto a la Tierra considerándolo como hábitat eminentemente humano. ART. N° 17. DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE DEL NIVEL INICIAL a) Asistir a la institución educativa en el horario oficialmente establecido por la autoridad del colegio. b) Tener actualizada la documentación pedagógica administrativa de su responsabilidad (Carpeta Pedagógica). c) Programar, desarrollar y evaluar el currículo de acuerdo a la edad y a la realidad socio-económica y cultural de los niños (as), incluyendo la Tutoría. d) Organizar y ambientar el aula permanentemente, preparando el material educativo con la participación de los niños (as) y padres de familia. e) Realizar la evaluación integral de los niños (as) a su cargo, cumplir con la elaboración de la documentación pertinente e informar oportuna y permanentemente a los padres de familia sobre el avance y resultado académico del alumno. f) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicos de trabajo educativo. g) Atender a los niños (as) y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en la Institución Educativa, incluyendo las horas de juego, higiene y alimentación. h) Detectar problemas que afecten el aprendizaje y el desarrollo del niño atendiendo o derivando los que requieran de atención especializada. Lo deriva al departamento psicológico acompañando la FICHA DE DERIVACIÓN. i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el desarrollo integral de los niños (as). j) Participar en todas las acciones que beneficien la formación integral de los niños (as). k) Programar, desarrollar, ejecutar y evaluar el PCI de acuerdo a la edad y adaptarlo a la realidad socioeconómica y cultural. l) Atender el ingreso y salida oficial de los niños del nivel inicial de acuerdo a lo establecido por la Dirección.
  • 19. 19 m) Exigir a través de los padres de familia que Los niños (as) del nivel inicial usen diariamente el uniforme escolar, y la ropa deportiva que identifica a la institución de la, en los días que les corresponda clases de psicomotricidad. n) Ser ejemplo en el cumplimiento de su labor docente y promover en sus alumnos el cuidado del medio ambiente, considerando a la Tierra como conservadora de la vida humana. Art. N° 18. DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE DEL NIVEL PRIMARIO. a) Asistir a la Institución Educativa en el horario oficial establecido por la Directora. b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares y de tutorías. c) Atender a los alumnos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en el plantel. d) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad (Carpeta Pedagógica). e) Organizar y ambientar el aula permanentemente, preparando el material educativo con la participación de los alumnos y los padres de familia. f) Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de los educandos de acuerdo a las normas vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación correspondiente. g) Integrar las comisiones de trabajo que permitan el logro de los objetivos del Plan Anual de Trabajo de la Institución. h) Detectar problemas que afecten el aprendizaje y el desarrollo del educando, atendiendo, o derivando los que requieran atención especializada. Derivando al Departamento Psicológico acompañando la FICHA DE DERIVACIÓN. i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los alumnos. j) Realizar con los alumnos acciones de recuperación pedagógica. k) Propiciar y mantener buenas relaciones con el personal que labora en la Institución. Velar por un clima institucional armónico. l) Velar por la conservación y el buen estado de los bienes y servicios del plantel. m) Durante el desarrollo de las actividades educativas, incluyendo el recreo, será el responsable de la disciplina y la adecuada formación de sus alumnos. n) Participar obligatoriamente en las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas en la Institución Educativa. o) Asistir obligatoriamente a todos los actos cívicos y/o patrióticos internos, y externos donde participe la Institución Educativa. p) Atender a los padres de familia de sus alumnos en el horario establecido por la Dirección. q) Dar el uso debido de la “Agenda del Educando”, informando diariamente al Padre de Familia las tareas escolares que debe realizar el alumno, y otros que se consideren pertinentes.
  • 20. 20 r) Identificarse con la Institución Educativa y participar activamente en las actividades internas y externas, programadas por la Institución Educativa. s) Elevar un informe bimestral a la Dirección del plantel respecto al avance curricular y el desempeño de los alumnos. t) Efectuar las revisiones de tareas y/o trabajos encomendados a los alumnos. La revisión debe efectuará en las horas libres con la finalidad de no perjudicar el avance de los cursos. u) Elaborar y entregar oportunamente su material pedagógico. v) Anotar las observaciones respecto a problemas que puedan presentarse en los alumnos y reportarlos al departamento psicológico. w) Fomentar el decálogo del desarrollo y demás valores éticos – morales entre los docentes y estudiantes, pensando y aplicando: “el buen ejemplo es la mejor enseñanza”. x) Participar activa y responsablemente en los simulacros de sismos y proteger con responsabilidad, la seguridad física de sus alumnos en casos de sismos y/o siniestros. y) Promover en sus alumnos a través de estrategias académicas, la conservación del medio ambiente. Art. N° 19. DE LAS FUNCIONES DE LOS TUTORES a) Efectuar y conocer el diagnóstico de los alumnos de la sección a su cargo, priorizando la problemática, programando objetivos y acciones que conlleven el adecuado y óptimo desarrollo del servicio de tutoría y orientación educativa. b)Organizar el Comité de Aula, buscando la participación de los padres de familia y promoviendo en ellos el apoyo al desarrollo pedagógico de cada sección. c).Fomentar el vínculo de valores, el cumplimiento del “CARTEL ANUAL DE VALORES” y el reglamento de disciplina, procurando que su sección logre óptimos resultados. d)Coordinar con el auxiliar de educación el calificativo de comportamiento bimestral, previa revisión de la AGENDA DEL EDUCANDO. e) Colaborar con la Dirección en la entrega de libretas de notas e informar, orientar y conversar con los padres de familia sobre el rendimiento académico y el comportamiento de los estudiantes. f) Coordinar con el Comité de Aula y con los padres de familia para la realización de actividades promocionales, ambientación de aula, actividades culturales y otros, que requieran la autorización expresa de los padres de familia. g) Programar la visita de profesionales de otros sectores para el logro de objetivos del servicio de tutoría. h) Contribuir con la elaboración el cuadro de méritos de su sección en forma bimestral y al término del año.
  • 21. 21 i) Promover en sus discípulos la práctica constante del cuidado y conservación del medio ambiente. Art. 20. De las Funciones del psicólogo: a) Promover la armonía intelectual, psicológica y moral de los docentes, auxiliares, alumnos y padres de familia. b) Promover la interactividad y la convivencia armónica entre los integrantes de la comunidad educativa. c) Promover un clima institucional armónico, cálido, sincero y respetuoso, entre los integrantes de la comunidad educativa. d) Atender la orientación vocacional de los estudiantes, tanto de inicial como de primaria. e) .Llevar y mantener actualizada la Ficha Psicológica (Expediente Psicopedagógico) de cada uno de los estudiantes inicial y primaria. f) Identificar, aplicar, corregir, analizar y obtener resultados de las distintas pruebas psicológicas que se apliquen a los alumnos para determinar su perfil académico, conductual y capacidad intelectual. g) Entregar los resultados de las pruebas psicológicas, en forma impresa y/o personalizada a los padres de familia. h) Recepcionar, atender y/o derivar al especialista, los alumnos detectados, que requieren atención personalizada, a través de la participación del padre de familia. i) Apoyar la labor de los docentes motivando a los alumnos para que mejoren en el cumplimiento de las tareas, generen espacios y horarios de estudio y mejoren su rendimiento académico. j) Proporcionar a los docentes la nómina de alumnos que requieren atención y evaluación académica diferenciada y de aquellos que requieran atención debido a necesidades educativas especiales. k) Promover en las horas de orientación el compromiso de los alumnos en el cuidado y la protección del medio ambiente y sus recursos. CAPITULO IV ORGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO Art. N° 21. De las Funciones del Jefe de Normas Educativas. a) Es responsable de promover y mantener la disciplina dentro y fuera de la institución. b) Es responsable de promover y conservar la correcta presentación de los estudiantes y el correcto uso del uniforme escolar. c) Es responsable de verificar la correcta presentación personal de los alumnos, exigiendo el aseo, el peinado correcto y la ausencia de adornos que no correspondan al uso escolar.
  • 22. 22 d) Tiene la atribución de decomisar celulares, radios, audífonos y todo instrumento tecnológico que interfiera con el proceso de enseñanza-aprendizaje. Todo instrumento decomisado será informado y proporcionado a la Dirección. e) Controlar la asistencia diaria y la tardanza de los alumnos, mediante el Registro de Control de Asistencia Diaria. f) Controlar, verificar la anotación de tareas y sellar diariamente la Agenda Escolar. g) Controlar que todo el alumnado permanezca en sus aulas a la hora del dictado de clases. h) Presentar semanalmente un informe escrito ante la autoridad correspondiente, sobre los alumnos que lleguen tarde o falten al colegio reiterativamente, para convocar y comprometer a la familia en la superación de este inconveniente. i) Presentar ante la autoridad correspondiente, los casos de indisciplina, acosamiento y agresión física, mediante informe escrito, para determinar la situación escolar del alumno. Utilizando la FICHA DE DERIVACIÓN. j) Determinar la conducta de cada alumno evaluarla y calificarla cada bimestre para obtener el promedio anual, mediante la valoración de la agenda, el anecdotario y el Registro de Incidencias. k) Seleccionar a los alumnos y preparar la Escolta Estudiantil de cada nivel, así como acompañar a las escoltas del colegio en los certámenes a que sea convocado. l) Apoyar la realización de la ceremonia religiosa y cívica los días lunes, así como en todas las actividades del Calendario Cívico Escolar. m) Es responsable de la disciplina y protección de los alumnos en la hora de recreo. n) Es responsable de promover una conducta de buen uso, cuidado y protección de los recursos del medio ambiente. Art. N° 22. De las Funciones del Auxiliar de Nivel Inicial a). Atender las necesidades de los niños, alimentación, reposo, higiene. b)Velar por la integridad física y el bienestar emocional de los niños. c)Mantener el aseo y orden de los ambiente de trabajo. d)Realizar actividades de estimulación de acuerdo a la planificación realizada por la profesora. e)Contribuir con la profesora la verificación del cumplimiento de las actividades de clase y las tareas domiciliarias. f)Acompañar a la profesora en todas las actividades de los niños, tanto dentro como fuera del colegio y responsabilizarse de la integridad física y moral de los niños.
  • 23. 23 g)Ser la recepcionista de los niños a la hora de ingreso, así como asegurarse de que quien retira a los niños del colegio a la hora de salida es la persona autorizada. h)Promover en los niños el buen uso, defensa y protección del medio ambiente. Art. 23. De las Funciones del Auxiliar del Nivel Primario. a) Demostrar puntualidad a la hora de ingreso y responsabilidad a la hora de salida. b) Conservar la moral y disciplina personal de los alumnos mediante una vigilancia constante, comprensiva y amistosa, siguiendo las disposiciones establecidas por la Dirección. c) Contribuir con el Jefe de Normas Educativas el control de asistencia diaria de los educandos, anotando en forma cuidadosa las asistencias y tardanzas durante cada bimestre, así como al finalizar el año escolar, clasificándolas en justificadas e injustificadas, firmando diariamente la “Agenda del Educando”. d) Realizar las formaciones generales del alumnado en el patio al ingreso, salida y en las actuaciones cívico – patrióticas dentro y fuera de la institución. e) Pasar revista diaria de aseo a todos los alumnos y fomentar la práctica del aseo y el buen uso del uniforme escolar dentro y fuera del plantel. f) Reemplazar al docente y vigilar a los alumnos a la hora de clases en caso de ausencia del docente. g) Controlar el cambio de hora, recreo y salida, previo uso del timbre, respetando los horarios establecidos por la Dirección del plantel. h) No permitir que los alumnos deambulen por los pasadizos, servicios higiénicos u otros ambientes en horas de clase. i) No permitir que los padres de familia y otras personas interrumpan al personal docente en horas de clase. j) Brindar trato respetuoso y cordial a los docentes, padres de familia y educandos en general. k) Enseñar la buena disciplina al alumnado, supervisar el orden y el aseo de los salones de clase. l) Cooperar con la labor educativa que realizan los profesores, especialmente con los tutores de aula o sección. m) Coordinar y colaborar permanentemente con los tutores. n) Distribuir diariamente plumones, motas y otros materiales a las aulas de clase. o) Velar por el mantenimiento y previsión del botiquín en las aulas y/o pasadizos, procurando que tengan las medicinas e implementos necesarios. p) Promover el adecuado empleo del tiempo libre de los educandos.
  • 24. 24 q) Aplicar medidas correctivas a los alumnos que incumplan con lo que establece el presente reglamento, informando el suceso al Coordinador, quien dará la autorización correspondiente. r) Participar en el desarrollo de las actividades cívico-patrióticas y otros programados en el plantel, asimismo los programados por los organismos estatales y municipales. s) Participar en los desfiles cívicos representando a la Institución Educativa en forma obligatoria en fechas de aniversario patrio, aniversario de la localidad y de la Institución Educativa. t) Asistir a las reuniones del personal docente y/o cuando reciba la invitación directa comité de aula o tutoría. u) Efectuar rondas, velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina y orden, especialmente en la hora de recreo. v) Cumplir estrictamente sus funciones establecidas en este Reglamento, desempeñarse en los distintos espacios del colegio, cumpliendo con los Reglamento, evitando asumir roles que no le corresponde. w) Velar por la conservación de los espacios vitales por donde transitan los alumnos, con un carácter de enfoque ambiental. Art. N° 24. De las Funciones de la Secretaria: a) Depende directamente de la promotora, en coordinación directa con el Subdirector Administrativo. b) Cumplir con la jornada laboral de 40 horas. c) Recepciona, clasifica, distribuye y archiva la documentación que corresponda a la promotora y a la Dirección de la institución educativa. d) Redacta documentación variada y de acuerdo a las indicaciones del Director y/o promotora de la institución educativa. e) Atiende y orienta al público usuario, profesores y alumnos con cortesía, sobre trámites, gestiones y consultas que se le formulen. f) Digita y elabora con corrección las nóminas de matrícula y las actas de evaluación final de los tres niveles educativos. g) Elabora y eleva a la dirección de la UGEL 02, las nóminas de matrícula, las actas de promoción, las actas de subsanación y actas de aplazados de los tres niveles. h) Elabora y expide con veracidad los certificados de estudios y otros documentos afines. i) Lleva el registro de control de asistencia diaria del personal que labora en la Institución Educativa. j) Vela por la conservación de las computadoras, muebles, útiles y demás bienes de su oficina. k) Mantiene en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación debidamente clasificada. l) Organiza el archivo y el escalafón de la Institución Educativa.
  • 25. 25 m) Es responsable de la matrícula de los educandos. n) Controla y supervisa el abastecimiento de los útiles de oficina y materiales de enseñanza. o) Prepara la documentación para el despacho con el Director. p) Elaborar las actas de reuniones y sesiones que convoque el Director y/o la Promotora q) Realizar otras tareas afines a su cargo. Art. N° 25. De las Funciones del personal de servicios: a) Depende del Director. b) Ejecutar la limpieza de las aulas, oficinas, pasadizos, baños, patios y otros ambientes de la Institución Educativa. c) Realizar la limpieza en forma anticipada, cumpliendo el horario establecido. d) Colaborar con el cuidado y conservación del uso de los servicios higiénicos por parte de los alumnos. e) Mantener la existencia de agua y su adecuado uso, así como del fluido eléctrico, evitando su desperdicio. f) Ofrecer un trato respetuoso al personal docente, alumnos y padres de familia. g) El personal de servicio llamará cortésmente la atención a los alumnos en caso que fomenten el desorden y perturben la labor académica en los diferentes ambientes de la Institución Educativa. h) No puede abandonar la Institución Educativa durante su horario de trabajo sin consentimiento o autorización de la Dirección. i) Realiza otras funciones inherentes a su cargo. Art. N° 26. De las Funciones del Personal de Guardianía. a) Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en los días y horas establecidos por la Promotora y la Dirección del Plantel. b) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la Institución Educativa durante sus horas de trabajo. c) Controlar dentro de su horario de trabajo la entrada y salida de los muebles de la Institución Educativa, que cuenten con la autorización de la Promotora y/o de la Dirección. d) No permitir el ingreso de personas ajenas; ni de trabajadores fuera de horarios laborales, salvo los trabajadores autorizadas por la Promotora y/o la Dirección. e) Realizar rondas nocturnas permanentes por todos los ambientes de la Institución Educativa, verificando que todo se encuentre en orden, en caso contrario tomará las acciones pertinentes e informará a la Promotora y/o a la Dirección. f) Controlar el ingreso de materiales diversos dentro de su jornada de trabajo en coordinación con la secretaria de la institución, informando el hecho a la promotora y/o a la Dirección.
  • 26. 26 g) Registrar en el “Cuaderno de Ocurrencias” los casos más sobresalientes ocurridos dentro de su horario de trabajo, que dificulten el trabajo académico y administrativo y pongan en peligro la seguridad e integridad de los ocupantes. Cada caso anotado en el “Cuaderno de Ocurrencias” debe contar con el control y la firma de la Promotora y/o la Dirección. h) Realizar el mantenimiento y limpieza de los ambientes, muebles y enseres de la Institución Educativa, cuando la necesidad lo exija. i) En caso de pérdida de bienes de la Institución Educativa, durante su horario de trabajo, y que no haya sido debidamente informado, será de su absoluta responsabilidad, debiendo devolver otro bien igual o su equivalente en dinero previo cargo de inventario. j) Realizar otras funciones afines a su cargo que se le asigne. CAPÍTULO V ÓRGANO DE APOYO INSTITUCIONAL Art. 27. De La Comunidad Magisterial. a) Está constituida por todos los docentes permanentes y eventuales, tanto del nivel inicial como primario, de la institución educativa privada “San Cristóbal”. b) Goza de los derechos que la ley establece y cumple sus deberes en favor del servicio educativo de calidad y la formación integral de los educandos. c) Goza de los ambientes y de los bienes materiales que la institución pone a su disposición para realizar tareas culturales y deportivas en pro de la formación armónica de los estudiantes. d) Tiene como propósito fundamental brindar apoyo profesional y personal, en el ejercicio de su labor docente, para promover el logro de los objetivos y metas institucionales. e) El docente de inicial y primaria materializa su compromiso personal y profesional, respetando, siendo leal e identificándose plenamente con la I.E.P. “San Cristóbal” .28. De Los Comités de Aula. a) Se constituyen democráticamente mediante la elección directa entre los padres de familia asistentes a la reunión expresamente convocada por el tutor. b) El Comité está conformado por: Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal. c) Está impedido de formar parte del Comité de Aula el padre de familia que en el año anterior ha formado parte del Comité de su grado y sección. d) Están impedidos de formar parte del mismo Comité de Aula los esposos, familiares directos o algún representante designado expresamente para tal ocasión, verbal o por escrito. e) El Padre de Familia hace uso de su derecho democrático ,, de elegir y ser elegido, mediante su voto directo y personal. f) El período de actividad y vigencia del Comité de Aula es solamente de un Año Lectivo. Ninguno de los integrantes del Comité de Aula, puede ser reelegido en el año siguiente.
  • 27. 27 g) El Comité de Aula tiene el deber de presentar ante la Dirección su “Plan Anual de Trabajo”; asimismo, el “Informe Anual de las actividades realizadas, así como, el “Informe Económico” para conocimiento de los padres. h) Realiza sus actividades de apoyo académico, cultural, deportivo y recreacional, mediante autofinanciamiento. i) Todos los proyectos de participación activa de los alumnos, tanto a nivel interno como externo, debe tener la aprobación de la Coordinación. j) En caso de viaje promocional, debe tener el permiso expreso y documentado de la Dirección del colegio. k) Tiene la facultad para solicitar y administrar el aporte económico de los padres de familia. El monto de este aporte se determina por consenso en una reunión de padres de familia. l) Tiene el deber de presentar, luego de concluida una actividad, el informe económico escrito a los padres de familia de su sección. CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE BASE INSTITUCIONAL Art. 29. De Los alumnos. a) Son los estudiantes oficialmente matriculados en los diferentes niveles, grados y secciones de la institución educativa privada “San Cristóbal”. b) Cumplen deberes académicos que permitan formarse integralmente y cuyos resultados de la evaluación permanente les hace acreedores a la promoción de grado y/o nivel. c) Gozan de todos los derechos que la ley les otorga y además gozan de la atención esmerada de las autoridades, de los docentes y del personal administrativo y de servicios, en sus respectivos niveles, grados y secciones. d) Tienen derecho a que se les proteja de toda agresión física, psicológica, verbal, sexual y moral, tanto a nivel interno como externo del colegio. e) Tienen el deber de cumplir con sus tareas escolares, elevar su nivel académica, a conducirse disciplinadamente, a cuidar su presencia personal diariamente, a portar el uniforme del colegio con respeto y dignidad. f) A practicar valores de veracidad, honestidad, responsabilidad ante sus mayores y ante sus compañeros de estudio, g) Cumplir fielmente las “Normas de Convivencia Escolar”, establecidas colectivamente. Art. 30. De Los Padres de Familia. a) Son los progenitores de los niños, niñas y jóvenes que estudian en los diversos niveles grados y secciones en la Institución Educativa “San Cristóbal” b) Son considerados Padres de Familia, los apoderados designados por la familia y que se encuentran registrados como tales en los documentos de matrícula.
  • 28. 28 c) Son deberes del Padre de Familia: (1) Matricular oportunamente al niño (a), (2) Velar por la puntualidad y asistencia diaria del alumno; (3) Controlar el cumplimiento de las tareas domiciliarias del alumno; (4) Velar por la correcta presentación del alumno, y su asistencia debidamente uniformado, (5) Asistir puntualmente a la Escuela de Padres programados por la institución educativa; (6) Asistir a la reunión de Padres de Familia y asumir la designación y formar parte del Comité de Aula; (7) Asistir al colegio ante la convocatoria de algún docente, la psicóloga o la coordinación, (8) Contribuir económicamente con el Comité de Aula; (9) Asistir personalmente a la recepción de la Libreta de Notas al final de cada bimestre académico. (10) Revisar diariamente la “Agenda” y exigir a su hijo (a) el cumplimiento de las tareas escolares y la correcta presentación de sus cuadernos de trabajo. (11) Revisar los exámenes mensuales y bimestrales y con su firma advertir el conocimiento y su aceptación. (12) Controlar permanentemente el uso de la tecnología informática (Internet, Facebook, Twiter, etc.) para que el tiempo libre se utilice productiva y adecuadamente. (13) Reparar los daños y perjuicios ocasionado por su hijo (a) por mal uso de la infraestructura, el mobiliario y los instrumentos tecnológicos. (14) Controlar las visitas de compañeros de clase a su casa y su hijo (a) a la casa de sus condiscípulos, pretextando, trabajos grupales o cualquier otra motivo. d) Es también deber del Padre de Familia cumplir puntualmente con los pagos de pensiones de enseñanza. e) Acompañar a su hijo (a) en el desarrollo de su vida escolar, brindándole los útiles escolares solicitados y el apoyo moral necesarios para el éxito de la vida escolar del alumno. CAPITULO VII DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO Art. N° 31. De la Planificación. a) El trabajo educativo del plantel se orientará de acuerdo al Plan Anual de Trabajo, formulado por el Director, docentes, administrativos y promotora. b) El PAT se elabora durante el periodo de planificación educativa (mes de diciembre). Art. N° 32. Del Plan Anual de Trabajo. a) Para la elaboración del Plan Anual de Trabajo se tomará en cuenta los lineamientos técnicos proporcionados por el Ministerio de Educación (UGEL 02). b) El anteproyecto del Plan Anual de trabajo se formulará a inicios del mes de diciembre. Luego de someterse al pleno, se aprobará oficialmente mediante Resolución Directoral del Colegio. c) El plan anual de trabajo será elaborado, ejecutado, supervisado y evaluado por la Directora y el personal docente. d) La Directora evalúa mensual y bimestralmente las actividades programadas en el P.A.T.
  • 29. 29 Art. N° 33. De la Programación Curricular: a) Los docentes deben elaborar antes del inicio del año lectivo la programación curricular en base a los fines, programas de estudio y el análisis del medio circundante del educando. b) Se debe realizar con equipos de docentes por grados y especialidades, con el fin de propiciar el intercambio de experiencias, opiniones que favorezcan el aprendizaje y el enriquecimiento mutuo de conocimientos. c) Los docentes de aula y/o asignaturas presentarán a la Dirección del Plantel las unidades didácticas, las sesiones de aprendizaje, proyectos, módulos, etc. considerados para el año lectivo. Art. N° 34. De la Supervisión: a) Son órganos competentes de la supervisión educativa: o Ministerios de Educación o Dirección Regional de Educación de Lima (DRELM) o UGEL 02 – San Martín de Porres o La Dirección de la IEP “San Cristóbal” La Directora del plantel tiene las siguientes funciones, relacionados con la supervisión: b) Asesorar y orientar la labor del personal docente. c) Orientar, divulgar y asesorar la aplicación de la normatividad correspondiente. d) Implementar con la normatividad necesaria el área de supervisión correspondiente. e) Informar sobre el plan de supervisión (las secuencialidad a seguir. f) Fomentar y mantener el mejor nivel de relaciones personales, con el fin de optimizar la tarea educativa. g) Fomentar la experimentación e investigación educativa, las innovaciones e intercambio de experiencias técnico-pedagógicos. h) Evaluar el plan de supervisión, mensual y/o bimestral. CAPITULO VIII DEL REGIMEN ACADEMICO Art. N° 35. De los Niveles y Turnos que se atienden. La Institución Educativa privada “San Cristóbal” cuenta con dos niveles de estudio: educación inicial y primaria, en la modalidad de menores en el turno diurno (mañana), los que están debidamente articulados para garantizar a la comunidad educativa el logro de nuestros objetivos. Art. N° 36. Del Nivel de Educación Inicial. a) Comprende el II ciclo y recibe a niños de3, 4 y 5 años de edad. b) Se orienta a la formación bio-psico-social de los niños y la creación de hábitos positivos, como base del desarrollo integral de la persona.
  • 30. 30 Art. N° 37. Del Nivel de Educación Primaria. a) Comprende tres ciclos (III, IV, V) seis (6) grados de estudio y recibe a niños y niñas de 6 a 11 años de edad. b) Se orienta al logro de los objetivos del nivel, como la creación de hábitos positivos que sirvan para asentar las bases del desarrollo integral de los educandos, su buena socialización y su adecuada comunicación. Art. N° 38. Del Currículo. Comprende experiencias formativas e informativas de carácter teórico-práctico, que experimentan los alumnos en interacción con otros y en contextos culturales determinados, con el fin de contribuir al desarrollo integral del educando. Art. N° 39. De la Programación Curricular. a) A nivel de aula se elabora en base a la Estructura y Diseño Curricular Básico y el Proyecto Curricular de la Institución Educativa. b) Se elabora de acuerdo con el perfil del educando. c) La estructura de dicho instrumento de trabajo es: datos generales, nombre de la unidad, justificación, organización de los aprendizajes (capacidades, conocimientos, actitudes) y la evaluación. Art. N° 40. Del Plan de Estudios para el Nivel Inicial. a) Está elaborado en concordancia a competencias básicas y la edad de los niños (3, 4 y 5 años). b) Comprende la distribución proporcional de las diferentes áreas curriculares: Matemática, comunicación, personal social y ciencia y ambiente. Además como proyecto institucional tenemos otras áreas o talleres (computación e inglés). Art. N° 41. Del plan de estudios para el nivel primario. Consiste en la distribución proporcional de las diferentes áreas que el currículo comprende: Matemática, comunicación, arte, personal social, educación física, educación religiosa, ciencia y ambiente. Además como proyecto institucional tenemos otras áreas o asignaturas (inglés y computación). Art. N° 42. Del Proceso de Evaluación. La evaluación de los educandos se realiza en forma flexible, permanente e integral siendo sus objetivos los siguientes: a) Conocer los logros alcanzados y obtener información de los elementos que influyen en el proceso de enseñanza-aprendizaje a fin de adoptar las medidas pertinentes.
  • 31. 31 b) Estimular los esfuerzos realizados, brindando a los estudiantes los incentivos necesarios que hagan factible el pleno desarrollo de sus potencialidades. c) Proporcionar información a los padres de familia sobre el avance y logros conseguidos por sus menores hijos. d) Determinar la calificación, certificación y promoción a grados y niveles superiores de cada estudiante. Art. N° 43. De las Características de la Evaluación. Las evaluaciones son: sistemática, integral, formativa, continua, flexible, recurrente y decisoria. Art. N° 44. Del Proceso de Evaluación del Aprendizaje. a). Se utilizan los procedimientos e instrumentos adecuados a las características del nivel y grado de los estudiantes. b) Se inicia con una evaluación de entrada, seguida de evaluación de proceso o formativa y termina con una evaluación final, de salida o de resultados. Art. N° 45. De la Evaluación del Aprovechamiento académico. a) Es cualitativa y cuantitativa. b) En el nivel inicial la calificación es literal (A, B, C). c) En el nivel primario la evaluación es literal (AD, A, B, C, D). d) Se informará a los padres de familia a través de las Libretas de Notas. Estas libretas deben ser firmadas por la Directora y el Tutor en cada bimestre. Art. N° 46. De la Evaluación del Comportamiento de los Estudiantes. a) Es cualitativa y cuantitativa, con utilización de la escala vigesimal (00 a 20). b) comprende no sólo aspectos disciplinarios, sino también el compromiso y participación de los estudiantes en todas las actividades que la Institución Educativa programa. c) Los criterios de evaluación son:  Puntualidad y asistencia.  Presentación personal.  Cuidado del patrimonio institucional.  Respeto a la propiedad ajena.  Orden.  Limpieza.  Respeto a las normas de convivencia.  Participación en actividades cívico-patriotas.  La actitud y participación del alumno
  • 32. 32 Art. N° 47. De la Evaluación de los Padres de Familia. Los Padres de Familia de la Institución Educativa, también serán evaluados según el grado de participación y el apoyo a la labor educativa de sus hijos, para lograr el desarrollo y formación integral de los educandos. Art. N° 48. De la Información de los Resultados de la Evaluación. Los estudiantes y padres de familia serán informados de los resultados del proceso de evaluación del aprendizaje y comportamiento al término de cada bimestre y al final del año escolar. Art. N° 49. De la Promoción al Grado Superior. La situación de los alumnos al término del año lectivo en cada nivel es la siguiente: EDUCACION INICIAL: a) Todos los estudiantes son promovidos sin excepción. b) Los que no hayan cursado educación inicial, podrán acceder al primer grado de educación primaria siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo con las disposiciones vigentes. c) No hay repetición de año en el nivel inicial. EDUCACION PRIMARIA: a) Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática. b) Cuando al término del año escolar los estudiantes obtengan “A” en todas las áreas curriculares incluidas las áreas o talleres creados por parte de las horas de libre disponibilidad serán promovidos al grado inmediato superior. c) Los estudiantes del 2do, 3ero y 4to grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de comunicación y matemática, como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte en las horas de libre disponibilidad. d) Los estudiantes de 5to y 6to grados obtiene como mínimo “A” en las áreas curriculares de comunicación, matemática, personal social y ciencia y ambiente, como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. e) Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2do, 3ero, 4to, 5to, y 6to grados que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares que son matemática y comunicación. f) Repiten de grado los estudiantes que en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos en los incisos c y d del presente artículo. Art. N° 50. Del Adelanto y Postergación de las Evaluaciones. El Director de la Institución puede autorizar el adelanto o postergación de las evaluaciones de los diferentes periodos en los casos de:
  • 33. 33 a) Cambio de domicilio. b) Viajes por delegación oficial. c) Enfermedad grave y prolongada, debidamente comprobada. Art. N° 51. De los Documentos Oficiales de Evaluación. Los documentos oficiales del proceso de evaluación son los siguientes: a) Ficha de matrícula. b) Registros y libretas de notas. c) Certificado de estudios. d) Constancias de primeros puestos. Art. N° 52. De la Certificación. Al terminar los estudios de Educación Inicial y Primaria, la Institución Educativa extiende el certificado oficial de estudios correspondientes a cada nivel y grado educativo, según los criterios emanados del máximo organismo en Educación (MINEDU) EDUCACIÓN INICIAL NIVEL. Criterios 5 años. Todos los niños y niñas son promovidos sin excepción. Los niños y niñas que no hayan cursado Educación Inicial, podrán acceder al Primer Grado de EducaciónPrimariasiempre que tenganlaedadrequerida,de acuerdoconlasdisposiciones vigentes. EDUCACIÓN PRIMARIA 1° 2°, 3°, 4° 5°, 6° La promoción de primero a segundo grado es automática. Son promovidos si obtienen mínimo a en la áreas de Comunicación Integral y Lógico - Matemática; mínimo B en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.Repitensi obtienencenComunicaciónIntegral yLógico- Matemática.Sonpromovidos si obtienen mínimo a en las áreas de Comunicación Integral, Lógico - Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente; mínimo B en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad. Repiten si obtienen c en Comunicación Integral y Lógico - Matemática. Al terminar los estudios de Educación Inicial y Primaria, la Dirección, el Subdirector administrativo y/o la Secretaría se encargarán de expedir los certificados correspondientes a los alumnos promovidos. CAPITULO IX DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO Art. N° 53. Del Ingreso: a la Institución Educativa a) El ingreso al Nivel de Educación Inicial se realiza de acuerdo con la edad cronológica, según los años cumplidos hasta el 31 de marzo. b) Ingresan al Primer Grado de Educación Primaria quienes hayan cumplido 6 años de edad hasta el 31 de marzo. c) En el acto de matrícula la presencia del padre, madre o apoderado es obligatoria. La presentación de la partida de nacimiento y D.N.I. o el pasaporte del estudiante, además
  • 34. 34 del control de vacunas son fundamentales pero la falta de estos no impide la matrícula. Deben regularizarse a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar. Art. N° 54.- De la Matrícula y su Ratificación. a) La matrícula se realiza por primera y única vez, al ingresar el estudiante al nivel de Educación Inicial o Primaria, según sea el caso, para lo cual se utiliza: Ficha Única de Matrícula, Partida de Nacimiento, Certificado de Estudios y otros. b) La ratificación de matrícula tiene lugar antes del inicio de los estudios en los grados subsiguientes. La Institución comunicará con anticipación el Cronograma de Matrícula Art. N° 55.- De los Traslados y la Recuperación Pedagógica a) LOS TRASLADOS de matrícula de los estudiantes se realizan hasta dos meses antes de la finalización del año escolar (noviembre y diciembre no hay traslados). b) Los programas de RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA, tiene una duración mínima de seis (6) semanas efectivas de enseñanza aprendizaje. Cuando la. recuperación se realiza en otro colegio, el padre exigirá la entrega de evaluación de notas aprobada o desaprobada, para entregarla al colegio de origen, en un plazo no mayor de tres (3) días de concluida la evaluación. Art. 56. Del Uniforme Escolar. Los alumnos de la Institución Educativa “San Cristóbal” deben asistir todos los días correctamente uniformados, el uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir al colegio, así como a los actos y ceremonias de carácter oficial. El uniforme tanto para varones como para mujeres se anunciará oportunamente a los Padres de Familia Art. N° 57.- Del Uniforme de Educación Física. Para las actividades de Educación Física, deportes y recreación, el uniforme oficial se dará a conocer oportunamente. Art. N° 58.- De los Materiales Educativos. a) Los útiles, textos, cuadernos y materiales de estudios se adquieren de acuerdo al pedido que realizan los docentes, previa evaluación. b) Los textos oficiales a utilizarse durante el año lectivo, se determina por aprobación de una Comisión Ad Hoc, integrada por el subdirector académico, docentes y padres de familia. c) Todos los textos y cuadernos deben estar debidamente forrados y etiquetados con el nombre del estudiante, nivel, grado y sección a que pertenece. d) Por respeto a la creación intelectual está terminantemente prohíbo reproducir y/o fotocopiar texto o cuaderno de trabajo alguno.
  • 35. 35 CAPÍTULO X DEL FUNCIONAMIENTO Art. N° 59.- De la Jornada Laboral. a) La jornada laboral es el tiempo que dedica el personal docente y administrativo de la Institución para cumplir su función en favor del servicio Educativa. b) La Institución Educativa Privada “San Cristóbal” presta sus servicios educativos y administrativos en el horario de trabajo oficialmente establecido. Art. N° 60.- De la Asistencia del Personal. a) La asistencia del personal es Registrada en la Secretaría de la Institución Educativa, al ingreso y salida. b) Es obligatorio señalar la hora de llegada y salida, respetando la hora del reloj oficial. c) Todo trabajador debe registrar su ingreso a su centro de trabajo firmando el Cuaderno de Control Diario. Art. N° 61.- Del Horario de Trabajo del Personal Docente: - Nivel Inicial: De 7:30 a.m. a 3:00 p.m. - Nivel Primario: De 7:30 a 3:00 p.m. Art. 62. De la permanencia del personal. a) El personal docente a tiempo completo deberá permanecer en el colegio cumpliendo su labor durante su jornada laboral; b) El personal docente a tiempo parcial o por horas cumplirá fielmente el horario establecido en el contrato. c) El personal administrativo y de servicios cumplirá diariamente su labor en el horario establecido por la Dirección. d) En todos los estamentos laborales, solamente podrán abandonar su puesto de trabajo con la previa y consentida autorización de la Dirección del plantel. e) En el caso de docentes de inicial y primaria, que abandonen a sus alumnos sin el permiso correspondiente, asumen la rotal responsabilidad, si ocurriera algún accidente entre sus alumnos CAPÍTULO XI DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL Art. N° 63.- Son Derechos del Personal. a) Ser Respetado, ser tratado con lealtad y permitirle mostrar en todo momento su plena identificación con la institución.
  • 36. 36 b) Percibir el pago por sus servicios brindados durante el mes, computado, según el parte de asistencia diaria. c) Recibir un trato justo y adecuado de la autoridad y miembros de la comunidad educativa. d) Hacer uso de los servicios, ambientes, instalaciones y demás espacios de la institución. e) Asistir a los Programas de Capacitación y/o actualización docente organizados por la Institución Educativa. f) Realizar trabajos de investigación, aplicación y/o experimentación en el campo de la ciencia y la tecnología educativa. g) Gozar de los descansos estratégicos programados por la dirección del colegio. Art. N°64.- Son Obligaciones del Personal Docente: a) Puntualidad en la asistencia a clases, siendo modelo orientador de sus alumnos. b) Cumplir con esmero, eficacia y responsabilidad todas las acciones concernientes a su función. c) Asistir puntualmente a las actividades programadas con la finalidad de cumplir el propósito de la Institución Educativa. d) Asistir diariamente al colegio, correctamente vestido. e) Proporcionar oportunamente el material educativo para la impresión y reparto oportuno. f) Proporcionar oportunamente las pruebas para las evaluaciones mensuales y bimestrales. g) Mantener su Registro Auxiliar al día, utilizando en la evaluación de los alumnos todos los criterios establecidos. h) Tratar a los alumnos, padres de familia y colegas, con la amabilidad característica de un maestro. i) Corregir y devolver en los tiempos establecidos los exámenes, tareas y trabajos de investigación programados. j) Mantener la disciplina dentro del aula y fuera de ella. Art. N° 65.- Está Prohibido al Personal Docente. a) Faltar a sus labores sin causa justificada. b) Pedir cuota a los alumnos con propósito lucrativo y menos sin la autorización de la Dirección. c) Realizar ventas de material bibliográfico u otros, entre los alumnos. d) Retirarse del plantel durante las horas de trabajo. Para estas salidas momentáneas no se otorgan permisos, porque la atención a los alumnos es prioritaria. e) Ofrecer clases particulares domiciliarias a los alumnos de la Institución educativa, sin conocimiento de la autoridad correspondiente. f) Dedicarse en horas de trabajo a otros deberes ajenos a su función. g) Dejar de ingresar al aula, al toque del timbre que señala el horario de trabajo. h) Sacar fuera del plantel los materiales, mobiliario, herramientas, máquinas y otros objetos sin autorización. i) Atender descortés e inapropiadamente a los alumnos y padres de familia. Art. N° 66.- Constituyen faltas del Personal: a) Desacato a la autoridad de la Institución Educativa. b) Faltar a la verdad. c) Desprestigiar a la institución.
  • 37. 37 d) No mantener actualizada su documentación pedagógica de grado y/o asignatura a su cargo. e) Desacato a las Normas del presente Reglamento. Art. N° 67.- De Las Sanciones: a) En caso de inasistencia o tardanza injustificadas se harán acreedores al descuento en el pago de sus haberes. b) Las tardanzas se norman de la siguiente manera:  Por cada raya roja (en el parte de asistencia) se impondrá un descuento cuyo monto será determinado por la promotora.  Por tres rayas rojas, acumuladas en el mes, se amonestará y constituye una inasistencia cuyo descuento lo determinará la promotora.  Las inasistencias se descuentan en forma proporcional a su haber mensual. c) Ante cualquier falta que comete el personal, primeramente, se hará una llamada de atención verbal, si persiste la falta se amonestará por escrito y si aún continúa se prescindirá de sus servicios. Art. N° 68.- De los Estímulos al Personal. Los estímulos a que se hace merecedor el personal docente y administrativo son: a) Mención honrosa. c) Diploma de Mérito b) Felicitación escrita. D) Estímulo Económica Art. N° 69.- De la Comisión de Estímulos. Para el otorgamiento de los estímulos señalados en el artículo anterior, en la Institución Educativa Privada “San Cristóbal”, se constituirá una Comisión de Estímulos, integrada por: a) La Directora que lo preside. b) los Subdirectores, d) un representante de la comunidad de docentes. CAPITULO XII DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, FALTA, SANCIONES Y ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS Art. N° 70.- Son Derechos de los Educandos: a) Ser considerado como persona humana, libre y responsable, y respetado por todo el personal que labora en la Institución Educativa, recibiendo un trato cordial y afable. b) Participar activamente en el proceso educativo, tanto en el aspecto académico como en las demás actividades programadas por la Institución Educativa. c) Recibir una educación con perspectivas a la excelencia y calidad total, con visión de futuro.
  • 38. 38 d) Pedir a todos los profesores de todas las áreas o asignaturas, las aclaraciones de los temas, cuya explicación no haya sido entendida. e) Ser evaluado con justicia, equidad y recibir oportunamente los resultados de las mismas. f) Ser protegido en su integridad física, mental y moral por todos los integrantes de la Institución Educativa. g) Presentar sus requerimientos, con la debida cortesía a sus profesores, a su tutor (a), a los Directores, al personal administrativo y de servicios. h) Recibir las orientaciones que sean necesarias y oportunas, en diversos aspectos de la educación, a fin de lograr el desarrollo de su personalidad, en forma armónico, gradual e integral. i) Recibir consejos y asesoría de su tutor(a) y/o profesores, para afrontar y resolver problemas o dificultades escolares o de otra índole. j) Elegir y ser elegido, en forma democrática, como Brigadier o Policía Escolar. k) Recibir con eficiencia y oportunidad su documentación pertinente, siempre y cuando haya sido solicitada teniendo en cuenta las normas y plazos previstos. l) Ser partícipe de los premios y estímulos que otorga la Institución Educativa. Art. N° 71.- Son Deberes y Obligaciones de los Educandos. a) Asistir al colegio y a sus clases con puntualidad. b) Asistir diariamente con el uniforme del colegio, velando por su conservación, presentación y limpieza. c) Asistir a las clases de Educación Física debidamente uniformado, respetando el reglamento y las indicaciones del profesor. d) Mostrar en todo momento, dentro y fuera de la Institución Educativa, actitudes y comportamientos adecuados digno de un estudiante. e) Manifestar en todo momento, respeto a las autoridades del colegio, a sus profesores y a todos los integrantes de la comunidad educativa. f) Practicar diariamente las normas de aseo personal, incidiendo en su limpieza general del cuerpo. Los varones deben tener el cabello corto; las mujeres el cabello sujetado y ordenado, mostrando sencillez en su presentación, prohibido usar maquillaje u otros arreglos personales inadecuados para un centro educativo. g) Asistir y participar en cada clase provisionado con el material educativo necesario de acuerdo al horario respectivo. h) Durante el desarrollo de la clase el alumnado deberá mostrar una conducta adecuada, poner a disposición su interés, su atención y participación activa en el proceso de aprendizaje. Está totalmente prohibido utilizar términos y lenguajes coprolálicos (lenguaje grosero, soez, vulgar y mal intencionada). i) Durante la actividad de “Formación General”, los alumnos se ubicarán dentro de su respectiva sección, permaneciendo disciplinadamente en silencio, acatando y cumpliendo las voces de mando, directivas, durante el desarrollo de toda la actividad. j) Concluida la Formación General, los alumnos se dirigirán a sus respectivas aulas en completo orden, acompañados de sus respectivos profesores. k) Durante el recreo, los alumnos no deben excederse con juegos, actitudes inapropiadas o emitir expresiones soeces y vulgares. l) Dedicarse al estudio, la lectura y la investigación en forma permanente, íntegra e intensiva. m) Informarse del contenido de la clase, de las tareas escolares y de las evaluaciones perdidas debido a su inasistencia.
  • 39. 39 n) Cumplir con las tareas de las asignaturas, en la fecha y la hora indicadas por el profesor. o) Asistir obligatoriamente a las actividades académicas, culturales, deportivas, recreativas y de otra índole, para las cuales ha sido convocado o seleccionado. p) Entregar a sus padres o apoderados toda la comunicación escrita que la Dirección o el personal de aula envía. q) Al término de cada clase y antes de abandonar el aula, recoger todos los útiles escolares y objetos personales, por cuya pérdida, la institución no se responsabiliza. r) Velar por la conservación del local institucional, sus ambientes, mobiliario, equipo, material educativo, así como las instalaciones durante su permanencia y/o visita que realiza. s) Archivar todo tipo de evaluación o práctica escrita en su cuaderno o en su folder especial, conforme a las indicaciones del profesor. t) Utilizar adecuadamente la “Agenda”, registrando correctamente sus datos y otras informaciones que se solicitan, así como las tareas y otras observaciones que indiquen los profesores. u) Es responsabilidad de todos los alumnos archivar, forrar, etiquetar, conservar y velar por la mejor presentación de sus útiles y tareas escolares. v) Todo alumno debe saber y cantar con patriotismo, fervor y unción patriótica el Himno Nacional, tomar una posición de amor y reverencia en la ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional y expresar con fervor la oración en honor al Dios. w) En la calle, todo alumno, representa al hogar del que procede y a la institución en la que se educa. En tal sentido, su actuación debe revelar actitudes, gestos, expresiones y valores, acordes con la educación que recibe. x) Practicar diaria y constantemente los buenos modales y practicar las normas de urbanidad dentro y fuera de la institución. y) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno. Art. N° 72.- Está Prohibido al Educando: a) Evadirse del plantel, de las clases y actividades educativas programadas. b) Dedicarse dentro de la institución a actividades distintas de la escolar, deambular por los pasadizos, los servicios higiénicos, etc. durante las horas de clase. c) Emitir opiniones injuriosas contra las autoridades, profesores, la familia y sus compañeros. d) Ofender de palabra y obra a sus compañeros, individual o grupalmente e insultar a personas, a la Institución o al vecindario. e) Utilizar lenguaje obsceno o realizar actos reñidos contra la moral, inscripciones en las paredes, muebles y demás enseres. f) Ocasionar deterioro al local institucional, mobiliario y demás enseres del plantel. Dañar el uniforme o útiles de sus compañeros, en tal caso, además de pagar el daño causado, se hará acreedor a la sanción correspondiente. g) Portar instrumentos que atentan o pongan en peligro la integridad física de los integrantes de la institución. Participar en juegos que pongan en riesgo su integridad física y moral, introducir objetos de valor, alhajas, radios, videojuegos, cámara fotográfica, casino, etc. Los alumnos a quienes se les encuentre con estos aparatos tecnológicos se les requisará, se le confiscará y se les devolverá al final de cada bimestre y si hay reincidencia se le devolverá a fin de año. h) Portar celulares y utilizarlos para tomar fotografía o grabaciones sin el permiso y utilizarlos con fines difamatorios. El alumno que por urgencia tenga que portarlo, al
  • 40. 40 ingresar al colegio debe entregarlo al Jefe Disciplinario y explicarle la razón. El celular se le devolverá únicamente al padre de familia al final del bimestre y si hay reincidencia, a fin de año. i) Valerse de influencias o recomendaciones con el propósito de lograr ventajas o privilegios. j) Ejecutar actividades promocionales de carácter económico, sin la autorización de la Dirección del Plantel. k) Por ningún motivo, los alumnos, permanecerán en las aulas durante las horas de recreo. l) Realizar actos que atenten contra la salud y seguridad personal. m) Intentar o ejecutar fraude en las pruebas, tareas y documentos escolares, tales como frases del Diario o Agenda, calificaciones, libretas etc. n) Firmar memoriales, actas y otros documentos petitorios a favor o en contra de sus superiores o sobre asuntos que comprometan la disciplina, así como solicitar en forma de imposición o presión, la adopción de medidas especiales. Art. N° 73.- De la Asistencia y la Puntualidad. a) Asistir puntualmente al plantel, según el horario establecido: Inicial mañana : De 3 años 08.00 a.m. – 01.00 p.m. : De 4 años 08.00 a.m. – 01.00 p.m. : De 5 años 08.00 a.m. - 01.00 p.m. Primaria mañana : De 1º a 6º 08.00 a.m. - 01.00 p.m. Inicial tarde : De 3 años 01.10 p.m. – 06.00 p.m. : De 4 años 01.10 p.m. – 06.00 p.m. : De 5 años 01.10 p.m. - 06.00 p.m. Primaria tarde : De 1º a 6º 01.10 a.m. - 06.10 p.m. b) La tolerancia en el ingreso es de 10 minutos en cada nivel educativo con anotación de “tardanza” en su Agenda). c) El alumno que llegue después de la hora de tolerancia estará a cargo del Auxiliar de Educación, quien registrará la tardanza en la Agenda del Educando y velará por el cumplimiento de lo establecido en el inciso anterior. d) Cuando un alumno registra el 30% de inasistencia injustificada, desaprobará el Año Escolar. e) Todas las tardanzas y/o faltas son registradas en el diario del educando y su evaluación incidirá en la nota de comportamiento en cada bimestre. f) Cuando un alumno acumula cinco (5) tardanzas en el bimestre dará lugar a la suspensión de un día. Su excesiva reincidencia dará lugar al condicionamiento de la matrícula. g) El alumno que habiendo sido suspendido por límite de tardanzas y que coincida con alguna forma de evaluación pierde su derecho. h) El alumno que sin causa justificada no trae su uniforme de Educación Física, será considerado como ausente, lo que se tendrá en cuenta para el cómputo del 30% de inasistencias. i) Los alumnos que sean designados para representar a la Institución Educativa en alguna actividad, deberán asistir obligatoriamente. En caso de dificultad o impedimento grave, lo comunicará a la Dirección del plantel, con la debida anticipación.
  • 41. 41 j) Toda justificación por tardanza, inasistencia o falta disciplinaria, se realiza con la presencia del padre, madre o apoderado. Es responsabilidad de los padres de familia el control de sus hijos fuera de la Institución Educativa. k) Cuando las inasistencias exceden los tres días, serán justificadas mediante certificado médico o documento probatorio, para los efectos de evaluación en los diferentes cursos. Art. N° 74.- De la Presentación personal y el Uniforme de los Educandos. a) El uniforme de gala de la Institución Educativa, tanto para el nivel inicial como para el de primaria está oficialmente establecido. b) El uniforme de Educación Física tanto para el nivel inicial y el nivel primario ssrá oficialmente establecido. c) Los alumnos deberán presentarse correctamente uniformados, de conformidad a las especificaciones antes mencionadas. d) Los alumnos que por alguna razón tuvieran que portar una prenda que no es parte del uniforme, deberán acercarse a primera hora al Jefe de Normas Educativas y luego a la Dirección del Plantel a fin mostrar la Agenda con la justificación del Padre de Familia. e) Al reincidir en el uso incorrecto o cambios en el uniforme, sin la autorización de la Dirección, se considerará como falta grave, lo que impedirá, el ingreso al colegio y consecuentemente a las aulas. f) El uso del Uniforme de Educación Física, es exclusivo para los días y horas determinadas por el horario de esta asignatura, También se utiliza el uniforme de Educación Física para entrenamientos deportivos u otras actividades que así lo meritan. Es obligatorio usar el uniforme correctamente, estando prohibida su modificación. g) Las alumnas que se presenten con maquillaje, peinados, uñas largas, adornos o vestimenta inapropiado, no ingresarán a la Institución Educativa y perderán las clases, el derecho a las evaluaciones, presentación de trabajos escritos, haciéndose acreedoras a la sanción pertinente. h) Los alumnos no deben portar joyas, relojes, exceso de dinero u otros objetos de valor. La institución no se responsabiliza por su pérdida. En todo caso serán decomisados por el auxiliar de educación, profesor o tutor, para su posterior devolución al padre o apoderado al final del bimestre o a fin del año escolar. i) Diariamente, los profesores de aula, tutores o auxiliar de educación efectuarán una rápida revisión del uniforme, presentación y aseo personal. Es función del auxiliar de educación anotar en la Agenda el incumplimiento de esta norma. Art. N° 75.- Con Respecto al Local y Mobiliario. El alumno deberá tener en cuenta: a) No deteriorar el local en sus diversos ambientes: pasadizos, escaleras, aulas, oficinas, patio, paredes, pizarras etc. Las reparaciones serán asumidas por los padres de los alumnos, independientemente de la sanción a que hubiere lugar. b) A cada alumno se le asignará una carpeta, siendo responsable de su cuidado y conservación durante todo el año académico. c) Durante el año, los alumnos participarán en la ambientación y conservación del aula, en acción directa con sus tutores y/o docentes de las diversas especialidades. Art. N° 76.- De los permisos y salidas:
  • 42. 42 El alumno debe: a) Permanecer dentro del aula y debidamente ubicado en su respectiva carpeta durante las horas de clase. Sólo podrán salir previa autorización del profesor y por el tiempo o plazo determinado. b) Se tomará asistencia cada hora de clase, a fin de precisar el control de salidas y/o permisos. c) Las salidas urgentes del aula será otorgado por el profesor o por alguna autoridad del plantel. d) Los alumnos que por razones de salud, que hayan solicitado exoneración o que no hayan traído uniforme y no pueden hacer Educación Física, acompañarán a sus compañeros en el desarrollo de la clase, sin participar, bajo la vigilancia del profesor del curso. e) El alumno (a) que evidencie malestar o enfermedad será conducido a la Dirección del Plantel, por el profesor del aula, tutor o auxiliar de educación. En caso necesario, se autorizará la salida del plantel luego de poner el caso en conocimiento de la familia. Art. N° 77.- De las Faltas Leves, de las Graves y de las faltas muy graves. a. Son faltas leves, aquellas que resultan de alguna negligencia de los alumnos, que no alteran principalmente las relaciones interpersonales, siempre y cuando no haya frecuencia en las mismas. Se consideran como faltas leves, en caso de ausencia del profesor, lo siguiente: (1) Estar fuera de su carpeta. (2) pararse en las puertas y ventanas sin ninguna motivo. (3) Usar la pizarra sin autorización, (4) Esconder los útiles de sus condiscípulos. (5) Salir del aula sin permiso. (6) llegar tarde al aula. (7) Arrojar objetos. (8) no devolver documentos en el plazo fijado. Toda falta leve debe estar registrada en el “Anecdotario” y en la Agenda del Educando. b. Son faltas graves, aquellas que atentan contra la seguridad física y moral de los educandos o personas vinculadas al plantel o dañan seriamente la institución en lo físico o en su prestigio, y son: (1) Dañar los bienes, muebles o inmuebles del plantel. (2) Evadirse del colegio. (3) Sustraer pertenencias de sus compañeros (Dinero, útiles, alimentos) (4) Mostrar posturas que manifiestan falta de respeto por los demás. (5) Cometer conducta fraudulenta durante las evaluaciones. (6) Reincidir en faltas leves. (7) Ingresar al centro educativo de manera inadecuado. (8) Reincidir en expulsiones de aula y del colegio. (9) Reincidir en expulsiones de las formaciones generales, (10) Cualquier otra falta tipificada, como grave, por la autoridad educativa. c) Son Faltas Muy Graves aquellas que atentan contra la integridad física, psíquica, moral, sexual o intelectual de los integrantes de la comunidad educativa. Estas
  • 43. 43 faltas se sancionan mediante el condicionamiento de la matrícula y mediante el retiro definitivo del alumno: (1) Agredir físicamente a un compañero, dentro o fuera del colegio. (2) Fomentar desórdenes o escándalos dentro o fuera del plantel (3) Calumniar a un compañero o a cualquier miembro de la institución para obtener ventajas personales o rehuir responsabilidades (4) Alterar notas o falsificar firmas. (5) Introducir al plantel juegos de envite o desafío, bebidas alcohólicas o drogas. (6) Insultar, menospreciar o desestimar a un compañero o a cualquier miembro de la comunidad educativa por razones raciales, sociales, económicas o de otra índole (Bullying) (7) Asumir actitudes provocativas reñidas con la moral y las buenas costumbres. (8) Fumar dentro o fuera de la institución cuando esté uniformado. (9) Dañar la imagen física, psicológica e intelectual, y todo aquello que lesiones la imagen moral y vulnere la intimidad de algún compañero o compañera de estudios, mediante la publicación de imágenes y/o expresiones señaladas como indecorosas; en las redes sociales (Facebook, Instagram, Snapchat, Twiter y otras similares), desde la institución educativa, desde su hogar o desde la cabina pública. Art. N° 78.- De las Sanciones a los Educandos. El incumplimiento de las obligaciones, faltas y actos prohibidos, contemplado en el presente reglamento será motivo para tomar las siguientes sanciones: a) Recomendaciones generales en el patio o en el aula. b) Amonestaciones colectivas c) Amonestaciones personales privadas d) Amonestaciones personales en presencia del padre o apoderado, por el tutor o profesor de aula. e) Entrevista del padre o apoderado con el Director de la Institución Educativa. f) Parte preventivo de suspensión g) Suspensión Temporal h) Matrícula condicional i) Separación definitiva de la Institución Educativa Art. N° 79.- Del Condicionamiento de la Matrícula. Se condiciona la matrícula a un alumno (a) cuando su permanencia en el plantel, confronta dificultades con los fines, objetivos y normas de la institución. Art. N° 80.- Causas del Condicionamiento de la Matrícula: a) Por impuntualidad. b) Por indisciplina. c) Por inasistencia injustificadas. d) Por repetir de grado. e) Por suspensiones reiteradas. Art. N° 81.- De la Suspensión del Alumno,
  • 44. 44 Se suspende a un alumno(a) cuando se le retira temporalmente de la institución, luego de la evaluación y dictamen del Consejo Educativo. Art. N° 82.- Corresponde a Toda Suspensión: a) Toda suspensión se llevará a cabo con el conocimiento previo del padre o apoderado. b) Las faltas que implican una suspensión están contemplados en el presente reglamento, son referente a faltas graves. c) También se considera como causal de suspensión, otras faltas, según criterio de las autoridades de la Institución. d) Para proceder a una suspensión, previamente, deben haberse cumplido las exigencias establecidas por la institución. Art. N° 83.- Del Tiempo de Suspensión. El tiempo de suspensión de asistencia a las clases será determinado por el Consejo Educativo, en base al informe correspondiente y será considerado como inasistencia injustificada para los efectos de evaluación. Art. N° 84.- De la Separación del Alumno. Se separa a un alumno cuando se le retira definitivamente de la Institución Educativa, pudiendo suceder en cualquier período del año escolar, por los siguientes motivos: a) Reincidencias en suspensiones o en faltas graves. b) Que teniendo matrícula condicional reincida en faltas disciplinarias, tardanzas, inasistencia reiteradas y por no cumplir con los acuerdos de dicho condicionamiento. c) Cualquier otra falta que a criterio de las autoridades de la institución, sea motivo de separación. Art. N° 85.- De los estímulos a los Estudiantes: La Institución Educativa establece un sistema de estímulos individuales y grupales, orientados a reconocer y premiar el esfuerzo intelectual, moral y físico de los educandos en su desempeño escolar. Art. N° 86.- De los Estímulos Individuales. Los estímulos individuales a los que se hacen acreedores los estudiantes son: a) Mención honrosa b) Felicitación escrita c) Resolución de felicitación d) Diploma de mérito, al término del año escolar, por haber obtenido un óptimo rendimiento académico y armónica actitud conductual. Art. N° 87.- Los estímulos colectivos a) Mención honrosa por actividad excepcional del grupo o de toda la sección. b) Otorgamiento de ciertos privilegios: Paseos y otros beneficios.
  • 45. 45 Art. N° 88.- De los Premios. Las autoridades de la institución educativa “San Cristóbal” los siguientes premios: a) De excelencia, consistente en una medalla y diploma al alumno (a) de la promoción, que haya aprobado todas sus asignaturas y haya obtenido el mayor puntaje durante los 6 años de estudios primarios. b) De aprovechamiento y conducta al primer alumno (a) de cada grado o año de estudios. c) A los alumnos que por su colaboración, esfuerzo cívico, deportivo, artístico y otros, merecen el reconocimiento de la Institución. d) A los alumnos que evidencien al finalizar el año académico que han utilizado y conservado correctamente su material educativos. (Libros, Cuadernos, Separatas) CAPITULO XIII DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS Art. N° 89.- La Jornada Laboral. La jornada laboral del personal directivo, docente y de servicio es de lunes a viernes. Pudiendo establecer las clases de recuperación y/o nivelación los días sábados. Art. N° 90.- Del Registro del Personal Auxiliar. Los Auxiliares de Educación ingresarán a las 7.30 am. Para atender el ingreso de los alumnos y cumplirán su faena laboral hasta las 3.00 pm. Art. N° 91.- Del Registro del ingreso y la salida del personal. Todo el personal está obligado a registrar su hora de ingreso y salida en el Parte de Asistencia Diaria. Art. N° 92.- De la aprobación de los instrumentos de gestión. El Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, el Reglamento Interno, Proyecto Curricular de la Institución, el Inventario y otros documentos de gestión son aprobados por Resolución Directoral y son de aplicación permanente. Art. N°93.- De la Elaboración Estadística de la Administración. La elaboración de la estadística relacionada con la matrícula, promoción y desarrollo de las áreas y/o asignaturas son obligatorias y serán remitidos a la UGEL 02 en las fechas programadas, según cronograma oficial. Art. Nº 94.- De los Documentos de Supervisión Interna. Los documentos utilizados en las acciones de supervisión interna, obrarán en el archivo de la Institución Educativa.
  • 46. 46 Art. N° 95.- De la Publicación Estadística de Resultados. En cada bimestre se publicarán los datos estadísticos relacionados con el rendimiento de las áreas y/o asignaturas, con la finalidad de llevar a cabo su análisis y control y tomar las medidas correctivas necesarias. Art. N° 96.- De las Fichas y Nóminas de Matrículas. Las Fichas, Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación estarán debidamente ordenadas y archivadas para su rápido manejo y control, e informadas oportunamente al SIAGIE . Art. N° 97.- De los Registros Auxiliares de Evaluación. Los Registros de Evaluación permanecerán en la Dirección del Plantel. Los docentes lo utilizarán para ejecutar sus labores, luego de lo cual los dejarán en el archivo correspondiente. Art. N° 98.- Del Inventario de Bienes. Los bienes, muebles y enseres de la Institución estarán registrados en el Inventario correspondiente. Art. N° 99- Del Ordenamiento de Documentos. Las Resoluciones Directorales, directivas, memorandos, oficios y todo documento oficial, deberá ser debidamente numeradas, fechadas y archivadas ordenadamente. Art. N° 100.- Del Archivo de Documentos. La documentación pedagógica y contable es patrimonio institucional y deberán ser archivados en orden y con la seguridad y protección del caso. CAPITULO XIV RÉGIMEN ECONÓMICO, DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS, DE LOS INGRESOS Art. N° 101.- De los ingresos económicos. El dinero que ingresa por pagos de pensiones de enseñanza se invertirá en remuneraciones, módulos, laboratorios, infraestructura, mantenimiento y otras necesidades, según prioridades de la institución, determinados por la Promotora. Art. N° 102.- Del pago efectivo de las pensiones de enseñanza. Los pagos de pensiones de enseñanza los realizará el Padre de Familia directamente en la tesorería de la Institución o en la entidad bancaria que designe la promotora; cada fin de mes.