SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 13
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
       VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
          ESCUELA DE DERECHO
       BARQUISIMETO ESTADO LARA




           EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES




      BARQUISIMETO, ENERO DEL 2012
Autor: Br. María de Lourdes Oropeza C.I. 16.641.033




                  MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS
                  OBLIGACIÓNES




                                              DERECHO ROMANO II

                                               SECCIÓN: D 2011/B. 2º AÑO
                                              PROFESORA: ABG. EVELIN EVIES
Extinción de las
                                            Obligaciones

                                                  una


                               Obligación se extingue por cualquier
                               acto jurídico reconocido como válido
                               para dar fin a la relación obligatoria.

                               Cuando cesa la relación que ligaba a los
                               sujetos con las consecuencias jurídicas
                               que de ellas siguen.




*   En el Derecho Antiguo: dado que tan                       * En el Derecho de Justinianeo: A fines
solo se conocían dos formas contractuales de                  de la república se estableció el pago como
crear una obligación: el nexum y la espontio.                 modo normal de extinguir las obligaciones. El
Tan solo se conocían dos modos de extinguir                   Derecho Justinianeo contempla como modo
las obligaciones: la solutio peraes y la                      de      extinguir     las       obligaciones      al:
aceptilatio literis.                                          pago,      aceptilatio,        novación,       mutuo
                                                              disentio, litis contestatio.
Generales y                                                                         Ipso Jure y Ope
       Particulares
                             CLASIFICACIÓN DE LOS MODOS DE
                                                                                             Exceptionis
                              EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES


   Atendiendo a la mayor                                                           Atendiendo a sus efectos
   o menor aplicabilidad
                                     Voluntarios y Necesarios


                                                                       a       Ipso      Jure:    Aquellos     que
                                       Atendiendo        a     sus     extinguen definitiva e irrevocablemente
                                       características intrínsecas     la obligación, sin dejar subsistente ni aún
a.     Generales:      son
                                                                       una obligación natural y que pueden ser
aquellos aplicables a toda
                                                                       invocados por y contra todos los
clase de obligaciones.                                                 interesados en la obligación.
                                a. Voluntarios: son aquellos
                                en los que el vínculo obligatorio
                                cesa por la voluntad de ambas
                                partes o de una de ellas.            Ejemplo: Si la extinción se produce I.J. el
                                                                     deudor queda liberado para siempre de la
b. Particulares: aquellos                                            obligación
aplicables a determinadas
obligaciones.                                                        b. Ope Exceptionis: son aquellos que no
                                Ejemplo: pago, mutuo disentio.       extinguen de raíz la obligación, sino que
                                                                     confieren únicamente el derecho a paralizar
                                                                     mediante una excepción la acción del
                                    b. Necesarios: son               acreedor, ya sea temporal o definitivamente.
       Ejemplo:                                                      Los modos de extinguir ope exceptionis a
                                    aquellos que obran sin
       aceptilatio.
                                    intervención    de   la          menudo dejan subsistir una obligación
                                    voluntad de las partes.          natural.

                                                                        Ejemplo:          Pacto        de         no
                                                                        pedir,     compensación,        prescripción
                                                                        extintiva. Si la extinción se produce O.E.
                                 Ejemplo:
                                                                        el deudor puede ser condenado si no
                                 prescripción, pérdida de la
                                                                        hace valer oportunamente la excepción.
                                 cosa debida, etc.
Modo de extinguir



                               Pago

                        Consiste en el cumplimiento de la prestación objeto de la obligación.

                        a. El pago es un modo voluntario de extinguir las obligaciones.

                        b. Es un modo general de extinguir las obligaciones.

                        c. Es un modo ipso jure de extinguir las obligaciones.


             ¿Quién debe hacer el pago?                                             ¿A quién debe hacerse el
                                                                                             pago?



Existen ciertas obligaciones en que el pago debe ser                     El pago puede hacerse válidamente:
hecho exclusivamente por el deudor. Salvo estas
obligaciones por regla general no solo el deudor puede                           Al acreedor.
pagar, sino cualquier extraño puede pagar por él. Este
                                                                          A su mandatario o representante.
tercer extraño puede pagar con el consentimiento del
deudor, sin su consentimiento, e incluso contra la                        Al ad estipulator
voluntad del deudor.
                                                                          Al adjectus solutiones causa. El que al
Quien quiera que sea que ejecute el pago, para que el
                                                                         momento de contraer la obligación fue indicado
pago sea válido debe ser capaz de ejecutar la
                                                                         como apto para recibir el pago.
prestación, por lo tanto si la obligación es de dar quien
efectúa el pago debe ser propietario y capaz de
enajenar.
                                                                         El pago hecho a cualquier otra persona es nulo.
¿Donde debe hacerse el pago?                                            ¿Cómo debe hacerse le pago?


                                ¿Cuándo debe hacerse el Pago?



   * El acordado por las                                                  El pago debe consistir en la
   partes al momento de                                                   ejecución completa de la
   constituir la obligación.    La obligación debe pagarse en la          obligación, debe hacerse
                                fecha que hayan determinado las           bajo todos los respectos en
   * A falta de este acuerdo    partes, si este plazo fue fijado en       conformidad con el tenor de
   el pago debe hacerse en      favor del deudor este puede               esta.
   el      domicilio      del   renunciar a él pagando antes del
   deudor, salvo que se trate                                             La obligación debe cumplirse
                                vencimiento del plazo.
   de una obligación de                                                   realizando      la     misma
   entregar cosas, pues estas   Si no se señala la época en que debe      prestación     debida,    sin
   se ejecutan donde ellas se   hacerse el pago y la obligación no        perjuicio de aceptarse una
   encuentren o debieran        está sujeta a condición suspensiva el     dación en pago.
   encontrarse sin dolo del     pago debe hacerse de inmediato. Si        La prestación debida debe
   deudor (si son cosas         la obligación está sujeta a condición     realizarse
   muebles).                    suspensiva el pago deberá hacerse         completamente, no pudiendo
                                cumplido que sea este.                    el deudor hacer un pago
                                                                          parcial o incompleto, salvo
                                Si el acreedor se negase a recibir el
                                                                          que        el      acreedor
                                pago el deudor puede hacerlo en
                                                                          voluntariamente acepte un
                                contra de su voluntad mediante
                                                                          pago parcial o que opere
                                consignación (depósito de la cosa
                                                                          algún beneficio, como el de
                                debida en manos de la autoridad
                                                                          competencia.
                                pública).
MODOS DE EXTINGUIR



                                           La Novación

                                    Este es un modo de extinguir las obligaciones mediante la sustitución de
                                    una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por lo tanto
                                    extinguida.

                                    La novación es un modo de extinguir voluntario, general e ipso jure.

          Formas de Novar                      Elemento Nuevo o Aliquivi Novi                      Identidad del Objeto




En el Derecho      Justinianeo la única
                                                 Es preciso entonces que la nueva             La diferencia entre la antigua
forma      de        novar      es    la
                                                 obligación difiera de la antigua             obligación y la nueva en el
stipulatio, con    anterioridad habían
                                                 en       alguno        de      sus           Derecho Romano no puede
servido para        novar la nómina
                                                 elementos, este cambio puede                 consistir en que ellas tengan un
transcriptitia y   la dotis dictio.
                                                 afectar a la causa, a las personas           objeto diferente (cambio de
Para que la novación se produzca                 o a las modalidades.                         prestación). Esto porque, según
es necesario que la estipulación                        Novación por    cambio de             la doctrina romana, en ese caso
sea    válida.    La    estipulación                   causa                                  la    antigua    obligación    se
novatoria difiere de la estipulación              Novación por cambio   de deudor             extinguiría por falta de objeto.
normal porque tiene el carácter                   Novación por cambio   de                    Sin embargo, en el Derecho
de causada y no abstracta, ya que                acreedor                                     Justinianeo    existen    algunos
debe enunciar su causa que es la                  Novación por cambio   de                    autores que sostienen que se
obligación anterior.                             modalidades                                  admitía la novación por cambio
                                                                                              de objeto.
Intención de Novar. Animus Novandi                     Obligación antigua que se extingue




Se requiere que las partes tengan este animus            No importa la clase o naturaleza de la

novandi. En caso contrario se entiende que               obligación de que se trate, basta con

las partes al estipular han querido agregar              que exista legalmente, ya que no

una nueva obligación a la antigua, de manera             puede extinguirse lo que no existe.

que   ambas     coexistan.    En   el   Derecho
Justinianeo se estableció que solo había
novación si la voluntad resultaba clara.




                             Ejemplo: Traspasar una deuda mediante una
                             novación por cambio de deudor.
MODOS DE EXTINGUIR




                                            La Compensación

                                     Es un modo de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando dos
                                     personas son deudoras la una de la otra y en cuya virtud ambas deudas
                                     se extinguen hasta la concurrencia de la menor.

                                                               Judicial

            Convencional                                                                                     Legal

                                                  Es aquélla que el Juez puede realizar
                                                  al dictar sentencia cuando así lo haya
Esta   es   aquéllas   que    acuerdan                                                      Es aquélla que se produce por el
                                                  solicitado una de las partes. Es un
libremente quienes son acreedores y                                                         solo ministerio de la ley, tan pronto
                                                  modo de extinguir ope exceptionis.
deudores el uno del otro. Se rige esta                                                      como     aparecen         los    créditos

compensación     en    todo    por     la                                                   compensables,       los         que   se

voluntad de las partes, no siendo en                                                        extinguen ipso jure, prescindiendo

realidad una modalidad de mutuo                                                             de la voluntad de las partes.

disentio.
MODOS DE EXTINGUIR




          Concurso de dos causas lucrativas.                          Confusión.
    Este es un modo de extinguir las obligaciones               Es un modo de extinguir las
    de       dar      una   cosa      cierta      y             obligaciones por reunir una misma
    determinada, proveniente de un título lucrativo             persona la calidad de acreedor y deudor.
    y tiene lugar cuando dicha cosa pasa a ser
    propiedad del acreedor por otro modo también
    lucrativo (gratuito).




Ejemplo: la obligación surgida de un legado que
ordena al heredero entregar a Tisio una joya                   Ejemplo: si Tisio es deudor de Cayo y
determinada se extingue si resulta que esta ha                 también su heredero, resultaría absurdo
llegado a ser de Tisio por que el causante se lo regaló        que al morir Cayo Tisio se cobrase a sí
en vida.                                                       mismo la deuda.
MODOS DE EXTINGUIR




                                                           Pacto de no pedir

                                                     Hay pacto de no pedir cuando el acreedor
                                                     remite la deuda al deudor sin emplear las
                                                     formas de la aceptilatio.
      Aceptilatio (Aceptilacion)
                                                     Consiste en el pacto en virtud del cual el
Este es un modo de extinguir las
                                                     acreedor promete al deudor no exigir el
obligaciones que consiste en la disolución
                                                     pago de la deuda.
mediante una stipulatio de una obligación
que ha nacido de otra stipulatio.                    El pacto de no pedir es aplicable a toda clase
                                                     de obligaciones y opera ope exceptionis.
Para esto el acreedor y el deudor celebran           Excepcionalmente opera ipso jure tratándose
una nueva stipulatio en la que el deudor             de obligaciones nacidas de hurtos o de
                                                     injurias, por disponerlo expresamente así la
tiene que preguntar al acreedor si tiene             ley de las XII tablas.
por recibido lo que le debe, a lo cual el
                                                     En el Derecho Justinianeo se distingue el
acreedor debe responder afirmativamente.             pacto de non petendo in rem del pacto de
                                                     non petendo in persona.
Junto a esta aceptilatio verbis existió
además una aceptilatio literis, que tenía            a. Pacto de non petendo in rem: en aquellos
como objeto extinguir las obligaciones               casos en que se concedía sin limitación
nacidas de la nómina transcriptia.                   alguna

                                                     b. Pacto de non petendo in persona: en
                                                     aquellos casos en que sus efectos se
                                                     limitaban a determinados deudores.
MODOS DE EXTINGUIR




        Mutuo Disenso.
                                                                             Por la extinción de la obligación
                                                                                         principal.
Este    es   un   modo    de    extinguir     las
obligaciones consensuales por consentir
ambas    partes   en   ello.   Solo   extingue                              Es un modo de extinguir las
                                                                            obligaciones        propias       y
obligaciones consensuales (que surgen de                                    características de las obligaciones
contratos consensuales). Es un modo de                                      accesorias.

extinguir especial, voluntario e ipso jure.


                                      Por imposibilidad de la prestación.

                               Este modo de extinguir opera en dos situaciones:

                               a. Si la cosa objeto de la obligación es un cuerpo cierto y perece
                               por caso fortuito, a menos que el deudor este constituido en
                               mora, queda liberado de la obligación.

                               b. Si el deudor por causa no imputable a él se encuentra en
                               absoluta imposibilidad de ejecutar la prestación.
MODOS DE EXTINGUIR


                                           Prescripción Extintiva.

                                 La extinción de una obligación por el transcurso de un determinado
                                 período de tiempo, sin que el acreedor haya exigido su cumplimiento.

                                 Se estima que se trata de una sanción que se impone al acreedor
    La Muerte.                   negligente que deja en suspenso mucho tiempo el ejercicio de sus
                                 acciones.
La muerte de una
de las partes es un              Antes de Teodosio II las acciones civiles, salvo muy escasas
modo de extinguir                excepciones, no se extinguían por el transcurso del tiempo, ellas eran
las     obligaciones             perpetuas, lo que las diferenciaba de las honorarias, las que prescribían
nacidas           de             al cabo de un año.
negocios        tuito            Debido a que la perpetuidad de las acciones civiles presentaba
persona.                         inconvenientes Teodosio II modificó esta situación estableciendo que
                                 todas las acciones civiles que no tuvieren establecido un plazo de
                                 prescripción se extinguirían al cabo de 30 años, creándose de esta
                                 forma la longísima temporis prescriptio.


                        a. Interrupción: tiene por objeto hacer perder el
                                                                              b. Suspensión: tan solo detiene el curso de la
                        plazo transcurrido con anterioridad a la causa que
                                                                              prescripción mientras subsista la causa que la
Ejemplo:
                        la provoca y se produce en dos casos:
sociedad, mandato                                                             produce, de manera que una vez que esta

                        · Por acción judicial deducida en contra del deudor   desaparece la prescripción continúa corriendo.

                        por el acreedor.                                      Se suspende la prescripción en Roma en favor
                                                                              de los impúberes, según lo establecido en el
                        · Por reconocimiento expreso o tácito de los          Derecho Justinianeo.
                        derechos del acreedor por parte del deudor.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesBrenda Reis
 
Clasificación de las Obligaciones
Clasificación de las ObligacionesClasificación de las Obligaciones
Clasificación de las Obligacionesjkbaptista969
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesJeank
 
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)Manuel Castillo
 
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES Robert Rodriguez
 
Origen de las Obligaciones en el derecho Romano
Origen de las Obligaciones en el derecho RomanoOrigen de las Obligaciones en el derecho Romano
Origen de las Obligaciones en el derecho RomanoAna Canelon Gil
 
O° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulvedaO° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulvedaDaniel Vera Salazar
 
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASTanniallafer
 
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilConsulta Jurídica Para Estudiantes
 
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPT
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPTRECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPT
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPTcqam
 
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
 

Was ist angesagt? (20)

Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligaciones
 
Obligaciones con clausula penal.
Obligaciones con clausula penal.Obligaciones con clausula penal.
Obligaciones con clausula penal.
 
Clasificación de las Obligaciones
Clasificación de las ObligacionesClasificación de las Obligaciones
Clasificación de las Obligaciones
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Los contratos civiles pp
Los contratos civiles ppLos contratos civiles pp
Los contratos civiles pp
 
Clasificación de los contratos
Clasificación de los contratosClasificación de los contratos
Clasificación de los contratos
 
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
 
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
Saneamiento por evicción y vicios ocultosSaneamiento por evicción y vicios ocultos
Saneamiento por evicción y vicios ocultos
 
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
EL DERECHO ROMANO Y SUS OBLIGACIONES
 
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacerPresentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
 
Origen de las Obligaciones en el derecho Romano
Origen de las Obligaciones en el derecho RomanoOrigen de las Obligaciones en el derecho Romano
Origen de las Obligaciones en el derecho Romano
 
O° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulvedaO° mapa conceptual anita m°sepulveda
O° mapa conceptual anita m°sepulveda
 
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONESPLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
PLURALIDAD DE LAS OBLIGACIONES
 
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
 
Contrato de mandato.
Contrato de mandato.Contrato de mandato.
Contrato de mandato.
 
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho CivilComplicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
Complicaciones que afectan la eficacia de las Obligaciones - Derecho Civil
 
Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligaciones
 
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPT
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPTRECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPT
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS PPT
 
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 

Andere mochten auch

Garantías reales
Garantías realesGarantías reales
Garantías realesluroapso
 
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteDerecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteROY CHAVARRY
 
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romano
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romanoModo de extincion de las obligaciones en el derecho romano
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romanoJesusMarin11
 
Extinción de las obligaciones en el Derecho Romano
Extinción de las obligaciones en el Derecho RomanoExtinción de las obligaciones en el Derecho Romano
Extinción de las obligaciones en el Derecho RomanoPablo E. Ramírez
 
Remisión de la deuda
Remisión de la deudaRemisión de la deuda
Remisión de la deudaluisedith16
 
Remision de la deuda la confucion (2)
Remision de la deuda la confucion (2)Remision de la deuda la confucion (2)
Remision de la deuda la confucion (2)luroapso
 
Novacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y CondonacionNovacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y Condonacionjosiasiparraguirre
 

Andere mochten auch (8)

Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Garantías reales
Garantías realesGarantías reales
Garantías reales
 
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteDerecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
 
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romano
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romanoModo de extincion de las obligaciones en el derecho romano
Modo de extincion de las obligaciones en el derecho romano
 
Extinción de las obligaciones en el Derecho Romano
Extinción de las obligaciones en el Derecho RomanoExtinción de las obligaciones en el Derecho Romano
Extinción de las obligaciones en el Derecho Romano
 
Remisión de la deuda
Remisión de la deudaRemisión de la deuda
Remisión de la deuda
 
Remision de la deuda la confucion (2)
Remision de la deuda la confucion (2)Remision de la deuda la confucion (2)
Remision de la deuda la confucion (2)
 
Novacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y CondonacionNovacion, Compensacion y Condonacion
Novacion, Compensacion y Condonacion
 

Ähnlich wie Modos de extinguir las obligaciones por pago

Derecho romano mapa conceptual- obligaciones.
Derecho romano  mapa conceptual- obligaciones.Derecho romano  mapa conceptual- obligaciones.
Derecho romano mapa conceptual- obligaciones.BrissG
 
Mapa conceptual de romano
Mapa conceptual de romanoMapa conceptual de romano
Mapa conceptual de romanoJerherys Martin
 
Modos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romanaModos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romanaCaroQP
 
Uft derecho romano ii mapa conceptual
Uft derecho romano ii mapa conceptualUft derecho romano ii mapa conceptual
Uft derecho romano ii mapa conceptualdailen25
 
Extinción de la Obligación. Derecho Romano II
Extinción de la Obligación. Derecho Romano IIExtinción de la Obligación. Derecho Romano II
Extinción de la Obligación. Derecho Romano IIIsabel Piñero Parraga
 
Modo de Extinción de Obligaciones Romanas
Modo de Extinción de Obligaciones RomanasModo de Extinción de Obligaciones Romanas
Modo de Extinción de Obligaciones RomanasKatheAnzolaOficial
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9vglibota
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9vglibota
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9vglibota
 
Extinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanaExtinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanadaryalith
 
Distintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanaDistintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanajopiga
 
Modos de la extincion de la obligacion romana
Modos de la extincion de la obligacion romanaModos de la extincion de la obligacion romana
Modos de la extincion de la obligacion romanamarialoewenthal
 
Distintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanaDistintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanajopiga
 
Extinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanaExtinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanadaryalith
 
Josiely abraham
Josiely abrahamJosiely abraham
Josiely abrahamroldanfga
 
Josiely abraham
Josiely abrahamJosiely abraham
Josiely abrahamroldanfga
 
Modos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de   la obligación romanaModos de extinción de   la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romanaeducacion
 

Ähnlich wie Modos de extinguir las obligaciones por pago (20)

Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Derecho romano mapa conceptual- obligaciones.
Derecho romano  mapa conceptual- obligaciones.Derecho romano  mapa conceptual- obligaciones.
Derecho romano mapa conceptual- obligaciones.
 
Mapa conceptual de romano
Mapa conceptual de romanoMapa conceptual de romano
Mapa conceptual de romano
 
Modos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romanaModos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romana
 
Uft derecho romano ii mapa conceptual
Uft derecho romano ii mapa conceptualUft derecho romano ii mapa conceptual
Uft derecho romano ii mapa conceptual
 
Extinción de la Obligación. Derecho Romano II
Extinción de la Obligación. Derecho Romano IIExtinción de la Obligación. Derecho Romano II
Extinción de la Obligación. Derecho Romano II
 
Modo de Extinción de Obligaciones Romanas
Modo de Extinción de Obligaciones RomanasModo de Extinción de Obligaciones Romanas
Modo de Extinción de Obligaciones Romanas
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9
 
Capitulo 9
Capitulo 9Capitulo 9
Capitulo 9
 
Extinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanaExtinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romana
 
Distintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanaDistintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romana
 
Modos de la extincion de la obligacion romana
Modos de la extincion de la obligacion romanaModos de la extincion de la obligacion romana
Modos de la extincion de la obligacion romana
 
Distintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romanaDistintos modos de extinción de la obligación romana
Distintos modos de extinción de la obligación romana
 
Extinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romanaExtinción de la obligación romana
Extinción de la obligación romana
 
Josiely abraham
Josiely abrahamJosiely abraham
Josiely abraham
 
Josiely abraham
Josiely abrahamJosiely abraham
Josiely abraham
 
Josiely
JosielyJosiely
Josiely
 
Romano 2
Romano 2Romano 2
Romano 2
 
Modos de extinción de la obligación romana
Modos de extinción de   la obligación romanaModos de extinción de   la obligación romana
Modos de extinción de la obligación romana
 

Modos de extinguir las obligaciones por pago

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO ESTADO LARA EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES BARQUISIMETO, ENERO DEL 2012
  • 2. Autor: Br. María de Lourdes Oropeza C.I. 16.641.033 MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES DERECHO ROMANO II SECCIÓN: D 2011/B. 2º AÑO PROFESORA: ABG. EVELIN EVIES
  • 3. Extinción de las Obligaciones una Obligación se extingue por cualquier acto jurídico reconocido como válido para dar fin a la relación obligatoria. Cuando cesa la relación que ligaba a los sujetos con las consecuencias jurídicas que de ellas siguen. * En el Derecho Antiguo: dado que tan * En el Derecho de Justinianeo: A fines solo se conocían dos formas contractuales de de la república se estableció el pago como crear una obligación: el nexum y la espontio. modo normal de extinguir las obligaciones. El Tan solo se conocían dos modos de extinguir Derecho Justinianeo contempla como modo las obligaciones: la solutio peraes y la de extinguir las obligaciones al: aceptilatio literis. pago, aceptilatio, novación, mutuo disentio, litis contestatio.
  • 4. Generales y Ipso Jure y Ope Particulares CLASIFICACIÓN DE LOS MODOS DE Exceptionis EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES Atendiendo a la mayor Atendiendo a sus efectos o menor aplicabilidad Voluntarios y Necesarios a Ipso Jure: Aquellos que Atendiendo a sus extinguen definitiva e irrevocablemente características intrínsecas la obligación, sin dejar subsistente ni aún a. Generales: son una obligación natural y que pueden ser aquellos aplicables a toda invocados por y contra todos los clase de obligaciones. interesados en la obligación. a. Voluntarios: son aquellos en los que el vínculo obligatorio cesa por la voluntad de ambas partes o de una de ellas. Ejemplo: Si la extinción se produce I.J. el deudor queda liberado para siempre de la b. Particulares: aquellos obligación aplicables a determinadas obligaciones. b. Ope Exceptionis: son aquellos que no Ejemplo: pago, mutuo disentio. extinguen de raíz la obligación, sino que confieren únicamente el derecho a paralizar mediante una excepción la acción del b. Necesarios: son acreedor, ya sea temporal o definitivamente. Ejemplo: Los modos de extinguir ope exceptionis a aquellos que obran sin aceptilatio. intervención de la menudo dejan subsistir una obligación voluntad de las partes. natural. Ejemplo: Pacto de no pedir, compensación, prescripción extintiva. Si la extinción se produce O.E. Ejemplo: el deudor puede ser condenado si no prescripción, pérdida de la hace valer oportunamente la excepción. cosa debida, etc.
  • 5. Modo de extinguir Pago Consiste en el cumplimiento de la prestación objeto de la obligación. a. El pago es un modo voluntario de extinguir las obligaciones. b. Es un modo general de extinguir las obligaciones. c. Es un modo ipso jure de extinguir las obligaciones. ¿Quién debe hacer el pago? ¿A quién debe hacerse el pago? Existen ciertas obligaciones en que el pago debe ser El pago puede hacerse válidamente: hecho exclusivamente por el deudor. Salvo estas obligaciones por regla general no solo el deudor puede Al acreedor. pagar, sino cualquier extraño puede pagar por él. Este A su mandatario o representante. tercer extraño puede pagar con el consentimiento del deudor, sin su consentimiento, e incluso contra la Al ad estipulator voluntad del deudor. Al adjectus solutiones causa. El que al Quien quiera que sea que ejecute el pago, para que el momento de contraer la obligación fue indicado pago sea válido debe ser capaz de ejecutar la como apto para recibir el pago. prestación, por lo tanto si la obligación es de dar quien efectúa el pago debe ser propietario y capaz de enajenar. El pago hecho a cualquier otra persona es nulo.
  • 6. ¿Donde debe hacerse el pago? ¿Cómo debe hacerse le pago? ¿Cuándo debe hacerse el Pago? * El acordado por las El pago debe consistir en la partes al momento de ejecución completa de la constituir la obligación. La obligación debe pagarse en la obligación, debe hacerse fecha que hayan determinado las bajo todos los respectos en * A falta de este acuerdo partes, si este plazo fue fijado en conformidad con el tenor de el pago debe hacerse en favor del deudor este puede esta. el domicilio del renunciar a él pagando antes del deudor, salvo que se trate La obligación debe cumplirse vencimiento del plazo. de una obligación de realizando la misma entregar cosas, pues estas Si no se señala la época en que debe prestación debida, sin se ejecutan donde ellas se hacerse el pago y la obligación no perjuicio de aceptarse una encuentren o debieran está sujeta a condición suspensiva el dación en pago. encontrarse sin dolo del pago debe hacerse de inmediato. Si La prestación debida debe deudor (si son cosas la obligación está sujeta a condición realizarse muebles). suspensiva el pago deberá hacerse completamente, no pudiendo cumplido que sea este. el deudor hacer un pago parcial o incompleto, salvo Si el acreedor se negase a recibir el que el acreedor pago el deudor puede hacerlo en voluntariamente acepte un contra de su voluntad mediante pago parcial o que opere consignación (depósito de la cosa algún beneficio, como el de debida en manos de la autoridad competencia. pública).
  • 7. MODOS DE EXTINGUIR La Novación Este es un modo de extinguir las obligaciones mediante la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por lo tanto extinguida. La novación es un modo de extinguir voluntario, general e ipso jure. Formas de Novar Elemento Nuevo o Aliquivi Novi Identidad del Objeto En el Derecho Justinianeo la única Es preciso entonces que la nueva La diferencia entre la antigua forma de novar es la obligación difiera de la antigua obligación y la nueva en el stipulatio, con anterioridad habían en alguno de sus Derecho Romano no puede servido para novar la nómina elementos, este cambio puede consistir en que ellas tengan un transcriptitia y la dotis dictio. afectar a la causa, a las personas objeto diferente (cambio de Para que la novación se produzca o a las modalidades. prestación). Esto porque, según es necesario que la estipulación Novación por cambio de la doctrina romana, en ese caso sea válida. La estipulación causa la antigua obligación se novatoria difiere de la estipulación Novación por cambio de deudor extinguiría por falta de objeto. normal porque tiene el carácter Novación por cambio de Sin embargo, en el Derecho de causada y no abstracta, ya que acreedor Justinianeo existen algunos debe enunciar su causa que es la Novación por cambio de autores que sostienen que se obligación anterior. modalidades admitía la novación por cambio de objeto.
  • 8. Intención de Novar. Animus Novandi Obligación antigua que se extingue Se requiere que las partes tengan este animus No importa la clase o naturaleza de la novandi. En caso contrario se entiende que obligación de que se trate, basta con las partes al estipular han querido agregar que exista legalmente, ya que no una nueva obligación a la antigua, de manera puede extinguirse lo que no existe. que ambas coexistan. En el Derecho Justinianeo se estableció que solo había novación si la voluntad resultaba clara. Ejemplo: Traspasar una deuda mediante una novación por cambio de deudor.
  • 9. MODOS DE EXTINGUIR La Compensación Es un modo de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando dos personas son deudoras la una de la otra y en cuya virtud ambas deudas se extinguen hasta la concurrencia de la menor. Judicial Convencional Legal Es aquélla que el Juez puede realizar al dictar sentencia cuando así lo haya Esta es aquéllas que acuerdan Es aquélla que se produce por el solicitado una de las partes. Es un libremente quienes son acreedores y solo ministerio de la ley, tan pronto modo de extinguir ope exceptionis. deudores el uno del otro. Se rige esta como aparecen los créditos compensación en todo por la compensables, los que se voluntad de las partes, no siendo en extinguen ipso jure, prescindiendo realidad una modalidad de mutuo de la voluntad de las partes. disentio.
  • 10. MODOS DE EXTINGUIR Concurso de dos causas lucrativas. Confusión. Este es un modo de extinguir las obligaciones Es un modo de extinguir las de dar una cosa cierta y obligaciones por reunir una misma determinada, proveniente de un título lucrativo persona la calidad de acreedor y deudor. y tiene lugar cuando dicha cosa pasa a ser propiedad del acreedor por otro modo también lucrativo (gratuito). Ejemplo: la obligación surgida de un legado que ordena al heredero entregar a Tisio una joya Ejemplo: si Tisio es deudor de Cayo y determinada se extingue si resulta que esta ha también su heredero, resultaría absurdo llegado a ser de Tisio por que el causante se lo regaló que al morir Cayo Tisio se cobrase a sí en vida. mismo la deuda.
  • 11. MODOS DE EXTINGUIR Pacto de no pedir Hay pacto de no pedir cuando el acreedor remite la deuda al deudor sin emplear las formas de la aceptilatio. Aceptilatio (Aceptilacion) Consiste en el pacto en virtud del cual el Este es un modo de extinguir las acreedor promete al deudor no exigir el obligaciones que consiste en la disolución pago de la deuda. mediante una stipulatio de una obligación que ha nacido de otra stipulatio. El pacto de no pedir es aplicable a toda clase de obligaciones y opera ope exceptionis. Para esto el acreedor y el deudor celebran Excepcionalmente opera ipso jure tratándose una nueva stipulatio en la que el deudor de obligaciones nacidas de hurtos o de injurias, por disponerlo expresamente así la tiene que preguntar al acreedor si tiene ley de las XII tablas. por recibido lo que le debe, a lo cual el En el Derecho Justinianeo se distingue el acreedor debe responder afirmativamente. pacto de non petendo in rem del pacto de non petendo in persona. Junto a esta aceptilatio verbis existió además una aceptilatio literis, que tenía a. Pacto de non petendo in rem: en aquellos como objeto extinguir las obligaciones casos en que se concedía sin limitación nacidas de la nómina transcriptia. alguna b. Pacto de non petendo in persona: en aquellos casos en que sus efectos se limitaban a determinados deudores.
  • 12. MODOS DE EXTINGUIR Mutuo Disenso. Por la extinción de la obligación principal. Este es un modo de extinguir las obligaciones consensuales por consentir ambas partes en ello. Solo extingue Es un modo de extinguir las obligaciones propias y obligaciones consensuales (que surgen de características de las obligaciones contratos consensuales). Es un modo de accesorias. extinguir especial, voluntario e ipso jure. Por imposibilidad de la prestación. Este modo de extinguir opera en dos situaciones: a. Si la cosa objeto de la obligación es un cuerpo cierto y perece por caso fortuito, a menos que el deudor este constituido en mora, queda liberado de la obligación. b. Si el deudor por causa no imputable a él se encuentra en absoluta imposibilidad de ejecutar la prestación.
  • 13. MODOS DE EXTINGUIR Prescripción Extintiva. La extinción de una obligación por el transcurso de un determinado período de tiempo, sin que el acreedor haya exigido su cumplimiento. Se estima que se trata de una sanción que se impone al acreedor La Muerte. negligente que deja en suspenso mucho tiempo el ejercicio de sus acciones. La muerte de una de las partes es un Antes de Teodosio II las acciones civiles, salvo muy escasas modo de extinguir excepciones, no se extinguían por el transcurso del tiempo, ellas eran las obligaciones perpetuas, lo que las diferenciaba de las honorarias, las que prescribían nacidas de al cabo de un año. negocios tuito Debido a que la perpetuidad de las acciones civiles presentaba persona. inconvenientes Teodosio II modificó esta situación estableciendo que todas las acciones civiles que no tuvieren establecido un plazo de prescripción se extinguirían al cabo de 30 años, creándose de esta forma la longísima temporis prescriptio. a. Interrupción: tiene por objeto hacer perder el b. Suspensión: tan solo detiene el curso de la plazo transcurrido con anterioridad a la causa que prescripción mientras subsista la causa que la Ejemplo: la provoca y se produce en dos casos: sociedad, mandato produce, de manera que una vez que esta · Por acción judicial deducida en contra del deudor desaparece la prescripción continúa corriendo. por el acreedor. Se suspende la prescripción en Roma en favor de los impúberes, según lo establecido en el · Por reconocimiento expreso o tácito de los Derecho Justinianeo. derechos del acreedor por parte del deudor.