Este documento discute los contratos electrónicos y la firma electrónica. Explica que un contrato electrónico es un acuerdo de voluntades entre partes a través de medios electrónicos como mensajes de datos. Estos contratos se formalizan y aceptan mediante métodos electrónicamente fiables como la firma electrónica o certificado digital. La firma electrónica es el equivalente digital de la firma manuscrita y permite acreditar y cerrar acuerdos de forma electrónica a través de la firma digital.
2. CONTRATOS ELECTRONICOS
• Acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y
obligaciones a través de medios electronicos, ópticos o de cualquier
otra tecnología. Por tanto, la figura de contrato electronico como
medio para la formalización de acuerdos entre partes en la
economía digital, se refiere al mensaje de datos que se envía por
medios electrónicos y que implica su formalización y aceptación por
medios electrónicamente fiables, tales como la firma electrónica,
certificado digital y firma electrónica avanzada.
3. Firma Electrónica
• La firma electrónica, como su propio nombre indica, es el
equivalente electrónico de nuestra firma manuscrita. Para
poder resumirlo de una forma mas sencilla, es un conjunto de
datos que nos permite acreditarnos y cerrar acuerdos por
medios electrónicos, principalmente por la firma electrónica
se conoce también como firma digital.