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¿Qué es un contrato de
trabajo?
Art °7. Código del
Trabajo.
‘’Un contrato de trabajo es una convención por la cual el
empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a
prestar servicios personales bajo dependencia y
subordinación del primero, y aquél a pagar por estos
servicios una remuneración determinada’’.
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Establece desde un principio cuándo comienza y cuándo termina el contrato
(fecha de inicio y de término). Es generalmente el primer contrato que le dan
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El contrato indefinido es el contrato que sólo tiene fecha de inicio y no
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Tiene relación con los servicios prestados por la persona, pero hasta que
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estará listo y por lo tanto en ese momento se terminará el contrato.
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1
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El empleador deberá por ley escribir el contrato (que no
sea un acuerdo solo verbal) en un plazo máximo de 15 días
desde que el trabajador ingresó a realizar sus labores.
Se puede comenzar a trabajar sin haber firmado el
contrato, pero en no más de 15 días mi empleador debe
tener impreso dicho documento y se debe firmar.
Si el contrato es por obra o faena, o un contrato inferior a 30
días, entonces el plazo máximo para que el empleador me
muestre el contrato escrito y se firme es de solo 5 días.
Si han pasado los 15 o 5 días hábiles y el empleador aún no
trae el contrato escrito e impreso para la firma, la Inspección
del Trabajo podría emitir una sanción que puede llegar
incluso a las 5 UTM ($240.000).
Estipulacionesmínimasquedebetenerun
contratodetrabajo
Lugar y fecha del contrato
Determinación de la naturaleza de los
servicios y del lugar o ciudad en que
hayan de prestarse.
Duración y distribución de la jornada de
trabajo, salvo que en la empresa
existiere el sistema de trabajo por
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Individualización de las partes con
indicación de la nacionalidad y fechas
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Alterar la
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trabajador.
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ordinaria semanal
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Derecho a descanso:
La duración de la
jornada ordinaria de
trabajo no excederá
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horas semanales.
El trabajador tiene
derecho a un
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día de trabajo, y este
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por lo menos, al
periodo laborado.
Vacaciones:
Los trabajadores con
más de un año de
servicio tendrán
derecho a un feriado
anual de quince días
hábiles.
Los trabajadores con
contrato laboral vigente,
tendrán la posibilidad
voluntaria de afiliarse a
un sindicato si así lo
desean.
Protección a la
Maternidad, la
Paternidad y la Vida
Familiar: Fueros
maternales, permisos
paternos, sala cuna.
Derecho a la Seguridad
Social: Licencias
Médicas, Cotizaciones
Previsionales, Seguros
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Familiares.
Principales Derechos del/la trabajador/a:
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recibir sueldo.
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afiliación de un
sindicato. Esta
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personal e
indelegable.
Negarse a hacer
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feriado legal.
Renunciar a su
fuero si lo
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Renunciar a los
descansos
obligatorios.
Derechos irrenunciables del/la trabajador/a:
Derechos,deberesyObligacionesdel
Empleador
El empleador está obligado
a adoptar todas las medidas
necesarias para proteger la
vida y salud de los
trabajadores, junto con los
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accidentes y enfermedades
del trabajo.
Artículo 184 Código
del Trabajo
Artículo 210 Código
del Trabajo
Este artículo obliga a
las empresas o
entidades
empleadoras a adoptar
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higiene y seguridad.
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Pagar por horas
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Mantener una buena
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empleador, sin
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protección del
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  • 1.
  • 2.
  • 3. Legislación Laboral Red Pymes Los Ángeles Oficina Gestión Empresarial y Turismo
  • 4. ¿Qué es un contrato de trabajo?
  • 5. Art °7. Código del Trabajo. ‘’Un contrato de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada’’.
  • 6. 1 2 Establece desde un principio cuándo comienza y cuándo termina el contrato (fecha de inicio y de término). Es generalmente el primer contrato que le dan a una persona y sirve para probar su desempeño y saber si seguirán en el futuro contando con sus servicios. 3 El contrato indefinido es el contrato que sólo tiene fecha de inicio y no fecha de término, es decir que durará hasta que el trabajador renuncie o sea despedido. Tiene relación con los servicios prestados por la persona, pero hasta que termine una tarea en particular. Hay fecha de inicio y no de término, pero sí sabemos que en algún momento el trabajo para el cual fue contratado estará listo y por lo tanto en ese momento se terminará el contrato. Contrato Indefinido Contrato a Plazo FIjo Contrato por Obra o Faena Tipos de Contratos de Trabajo
  • 8. 1 2 3 4 El empleador deberá por ley escribir el contrato (que no sea un acuerdo solo verbal) en un plazo máximo de 15 días desde que el trabajador ingresó a realizar sus labores. Se puede comenzar a trabajar sin haber firmado el contrato, pero en no más de 15 días mi empleador debe tener impreso dicho documento y se debe firmar. Si el contrato es por obra o faena, o un contrato inferior a 30 días, entonces el plazo máximo para que el empleador me muestre el contrato escrito y se firme es de solo 5 días. Si han pasado los 15 o 5 días hábiles y el empleador aún no trae el contrato escrito e impreso para la firma, la Inspección del Trabajo podría emitir una sanción que puede llegar incluso a las 5 UTM ($240.000).
  • 10. Lugar y fecha del contrato Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. Duración y distribución de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno. Individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador. Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada. Plazo del Contrato. Demás pactos que puedan acordar las partes...
  • 12. Alterar la naturaleza de los servicios prestados del trabajador. Modificar el sitio o recinto de trabajo. Alterar la jornada ordinaria semanal convenida. Trasladar a otra ciudad o país. Modificar los beneficios. Cambiar el cargo por ascenso. Aumentar el sueldo.
  • 14. Derecho a descanso: La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta y cinco horas semanales. El trabajador tiene derecho a un descanso luego del día de trabajo, y este debe ser equivalente, por lo menos, al periodo laborado. Vacaciones: Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles. Los trabajadores con contrato laboral vigente, tendrán la posibilidad voluntaria de afiliarse a un sindicato si así lo desean. Protección a la Maternidad, la Paternidad y la Vida Familiar: Fueros maternales, permisos paternos, sala cuna. Derecho a la Seguridad Social: Licencias Médicas, Cotizaciones Previsionales, Seguros de Desempleo, Asignaciones Familiares. Principales Derechos del/la trabajador/a:
  • 15. 2 4 5 1 Negarse a recibir sueldo. 3 Ser obligado a la afiliación de un sindicato. Esta es voluntaria, personal e indelegable. Negarse a hacer uso de su feriado legal. Renunciar a su fuero si lo tuviera. Renunciar a los descansos obligatorios. Derechos irrenunciables del/la trabajador/a:
  • 17. El empleador está obligado a adoptar todas las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores, junto con los implementos para prevenir accidentes y enfermedades del trabajo. Artículo 184 Código del Trabajo Artículo 210 Código del Trabajo Este artículo obliga a las empresas o entidades empleadoras a adoptar y mantener medidas de higiene y seguridad. Deberes del Empleador
  • 18. Pagar por horas extras y de suplencia. Mantener una buena relación empleado- empleador, sin discriminación entre trabajadores. Dotar de elementos necesarios tanto para la protección del empleado como para su ocupación efectiva. Obligaciones Genéricas del Empleador 1 Reducir al máximo del riesgo en el trabajo. 2 3 4 5 Pagar salarios, honorarios o remuneraciones.
  • 19. Derechos Indiscutibles del Empleador Ejercer la potestad y facultad en la organización, dirección y control. 1 2 3 4 Poder establecer un orden reglamentario y disciplinario. Obtener prestaciones del trabajo. Obtener beneficio de la productividad del trabajo.