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Gobernación del Huila
NELSON ANTONIO RINCON GOMEZ O.D.
Especialista en Gerencia en Servicios de Salud y Seguridad Social
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Humanización es considerar al ser humano
de forma integral en su dimensión física,
social, psicológica y espiritual, es decir con
una visión ética de la atención en un marco
cultural de referencia.
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“CAMINO ES LA EDUCACION”
- MEJORAR LAS CONDICIONES DE VIDA Y SALUD.
- ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS, DE GENERO
Y DIFERENCIAL.
- PROMOCION DE LA SALUD, GESTION DEL
RIESGO Y GESTION EN LA SALUD PUBLICA.
- PRESENCIA DE ACTORES SOCIALES.
- ENFASIS PRESTACION DE LOS SERVICIOS CON
CALIDAD Y HUMANIZACION.
OBJETIVO:
“ MIRALO A LOS OJOS”
SGN-C048-F23
CENTRAR LA ATENCIÓN EN EL
USUARIO Y SU FAMILIA.
HACER “VISIBLE” LAS
DESIGUALDADES EN LOS
SERVICIOS DE SALUD.
COMITÉS CON ÉTICA Y
BIOÉTICA EN LA ATENCION.
SGN-C048-F23
AMPLIACION EN LA COBERTURA PERO NO EN EL ACCESO A LA SALUD:
Excesivo tramite para el Aseguramiento
Las normas sirven para negar acceso
Múltiples trabas administrativas y burocráticas en contradicción con las normas antitrámites.
Actitudes despectivas o manifestaciones de poder terminan limitando el acceso (Personal
de vigilancia, tramitadores y personal de salud)
SGN-C048-F23
Problemas de Identificación (homónimos, otros)
El papel (paciente es una autorización)
El indicador (un dato, historia clinica)
La patología (el paciente es un código o un diagnósticos)
La afiliación (pertenece a una empresa)
SGN-C048-F23
La información al paciente durante la
consulta no es clara y difícil de
interpretar
El paciente es un receptor
pasivo
El paciente carece de
explicaciones e información
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Decisiones no ilustradas
Medicalización, “mas medicamentos y menos PyP”
Falta de explicación en la toma de medicamentos
Horarios de atención y esperas prolongadas
Problemas para el egreso
EL PACIENTE TERMINA AUTOMEDICALIZANDOSE POR SUGERENCIA
DE TERCEROS
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Rotación frecuente del talento humano en salud, afectando la
continuidad en la prestación del servicio de salud.
Escasas decisiones integradas e integrales por parte del
equipo de salud tratante (contradicción en conceptos clínicos)
Excesiva carga de trabajo (administrativo y clínico)
Escasa comunicación del equipo de salud
Repetición de consultas, exámenes, citas
SGN-C048-F23
NO ENFERMA “UNA PARTE” DE ALGUIEN, ENFERMA
UNA PERSONA EN UN CONTEXTO FAMILIAR,
LABORAL, SOCIAL.
SGN-C048-F23
EVITAR LA FRAGMENTACIÓN DEL SUJETO EN MÚLTIPLES FORMAS:
Promover la auto comprensión del paciente respecto a su situación en salud y la acción
transformadora hacia el paciente, su familia y el entorno.
Es necesario considerar al ser humano en un sentido holístico (Físico, emocional, intelectual,
relacional, social, Espiritual).
SGN-C048-F23
Pacientes y familiares:
 Asociaciones de pacientes.
 Comunidad
Personal de salud:
 Trabajadores de la salud.
 Personal de apoyo.
 Personal directivo.
 Líderes.
SGN-C048-F23
- Información sobre Deberes y Derechos de los
Pacientes.
- Informar sobre aspectos administrativos,
servicios, patologías, resultados.
- Consentimiento informado (Respeto de
decisiones).
- Priorizar atención según RIESGO.
- Evaluar las necesidades del paciente al Ingreso.
- Mantener la dignidad del paciente en caso de
aislamiento para la realización del tratamiento.
SGN-C048-F23
- Consejería en caso de abortos, mortinatos,
resucitación en recién nacidos.
- Garantía de ser escuchado respecto a sus
inquietudes.
- Identificación y consejo a víctimas de maltrato
infantil, abuso sexual o violencia doméstica.
- Los pacientes al ser examinados dar la
oportunidad el personal de salud de preguntar
sus inquietudes en condiciones de privacidad.
SGN-C048-F23
- Planeación del talento humano basando sus
derechos y deberes, código de ética, buscando
suplir sus necesidades.
- Abordar la inducción, reinducción, capacitación,
calamidades, permisos etc.
- Distribución de turnos, descansos, evaluación de
fatiga y riesgos laborales, que favorezca el
ambiente laboral.
- Reubicación y promoción del personal.
- Educación continuada
SGN-C048-F23
 VISION A LARGO PLAZO
 CALIDAD INTEGRAL PARA LA SALUD
 SALUD PUBLICA – ENFOQUE DETERMINANTES SOCIALES
 TALENTO HUMANO –PERFIL HOLISTICO
 SOSTENIBILIDAD FINANCIERA
CINCO LINEAS ESTRATEGICAS
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 MEJORAR EL ESTADO DE LA SALUD DE LA POBLACION
 BRINDAR SERVICIOS CON CALIDAD Y BUEN TRATO
 EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD FINANCIERA
PARA TRES FINES
SGN-C048-F23
¿Qué estrategias se promueven desde el direccionamiento y la gerencia para la
humanización de la atención?
SGN-C048-F23
¿Cómo los valores éticos en la organización llevan a diseñar programas, realizar cuidados y
velar por las relaciones asociadas con la humanización de la atención?
SGN-C048-F23
¿Con qué instancias de apoyo cuenta la institución para la promoción y seguimiento al mejoramiento
de la humanización en la atención?
SGN-C048-F23
¿Cuenta la organización con un programa de educación continuada en humanización?
SGN-C048-F23
“La atención medica es percibida por los trabajadores como una relación
mercantil, definida por el intercambio de servicios y productos, fijados por el
mercado y donde la salud es un ambiente transable (transacción entre asegurador –
estado, usuario – cliente, prestador del servicio –producto), negocio que llega al
control y pérdida de la autonomía medica y en consecuencia es percibida como
deshumanizada y desesperanzadora, no preventiva, sino reactiva y ni siquiera
correctiva”.
Investigación salud en el trabajo
UdeA FNSP, F Medicina y Personería de Medellín
SGN-C048-F23
“Permite que el que llegue a tus manos se vaya mejor y más feliz que cuando llegó”
Madre Teresa de Calcuta
SGN-C048-F23
PRIMERA CAPACITACIÓN SERVICIOS
FARMACÉUTICOS
3Q MAYO 2019
OFICINA DE CONTROL SANITARIO
DE MEDICAMENTOS SSDH – FONDO ROTATORIO DE
ESTUPEFACIENTES
INTRODUCCIÓN
SGN-C048-F23
FUNDAMENTO MISIONAL
DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
(OBJETIVOS):
1. Promover y propiciar estilos de vida saludables.
2. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de
medicamentos y dispositivos médicos y promover su uso adecuado.
3. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los
pacientes sobre su uso adecuado.
4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo
de salud, todas las intervenciones relacionadas con los medicamentos y
dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad
SGN-C048-F23
TALIDOMIDA
• DÉCADA DE LOS 60s.
ÁCIDO VALPROICO
• ACTUAL (2018).
DECLARACIÓN DE EMERGENCIA NACIONAL
EN EUA, POR ABUSO DE OPIOIDES.
ENTRE 59 Y 65 MIL PERSONAS MURIERON
EN EL 2016. «UN 11-S CADA TRES
SEMANAS».
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POLÍTICA
FARMACÉUTICA NAL.
ACCESIBILIDAD CALIDAD USO
ADECUADO
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TIPOS DE PROBLEMAS
RELACIONADOS CON
MEDICAMENTOS (PRM)
NECESIDAD
• ACCESO
• EXCESO
EFECTIVIDAD
• INEFICACIA O
• FALLO
TERAPÉUTICO
• TOLERANCIA O
RESISTENCIA
SEGURIDAD
• EFECTOS
ADVERSOS (ESP. Y
NO ESP.).
• USO
INADECUADO
• USO ILÍCITO.
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¿QUÉ SE DEBE REPORTAR EN
FARMACOVIGILANCIA?
FALLOS
TERAPÉUTICOS
REACCIONES
ADVERSAS A
MEDICAMENTOS
(ESPERADAS Y NO
ESPERADAS)
ERRORES DE
MEDICACIÓN
ENFOQUE DE RIESGO
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¿QUÉ TÍTULO
LE
COLOCARÍAS?
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PERFIL DE SEGURIDAD DE LOS MEDICAMENTOS
FARMACOVIGILANCIA
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ÉSTE FUE EL COMIENZO
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MEJORAS
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APLICACIONES CON FUENTES
CONFIABLES…
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FARMACOVIGILANCIA
EXPENDEDORES DE DROGAS
SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEL HUILA
OFICINA DE CONTROL SANITARIO
DE MEDICAMENTOS SSDH – FONDO ROTATORIO DE ESTUPEFACIENTES -
PROGRAMA DE FARMACOVIGILANCIA
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ALERTA SANITARIA
• Es toda sospecha de una situación de riesgo
potencial para la salud de la población y/o de
trascendencia social, frente a la cual se hace
necesario el desarrollo de acciones de Salud
pública urgentes y eficaces.
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ALERTAS SANITARIAS
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ALERTAS SANITARIAS
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ALERTAS SANITARIAS
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ALERTAS SANITARIAS
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Formato revision
alertas sanitarias
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Consulta
Circulares
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Consulta
Circulares
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Consulta
Circulares
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Consulta
Circulares
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Consulta
Circulares
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INSCRIPCIÓN
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INSCRIPCIÓN
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INSCRIPCIÓN
FARMACOVIGILANCIA
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REPORTES FARMACOVIGILANCIA
Año 2017 2018 2019 Total general
ene 0 58 21 - 37
feb 15 44 44 0
mar 10 80 94 + 14
abr 26 166 0 - 166
may 20 109 0 - 109
jun 21 78 0 - 78
jul 12 119 0 - 119
ago 13 90 0 - 90
sep 5 87 0 - 87
oct 28 136 0 - 136
nov 21 71 0 - 71
dic 105 106 0 - 106
Total 276 1,034 159 - 875
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¿PREGUNTAS, DUDAS, SUGERENCIAS?
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN
farmacovigilancia@huila.gov.co
farmacovigilancia.huila@gmail.com
ivcmedicamentoshuila@gmail.com
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VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO DE
MEDICAMENTOS
LEGISLACION SANITARIA
RES 1478 DEL 2006
GLORIA ESPERANZA ARAUJO CORONADO
Secretaria de Salud Departamental
DIANA CAROLINA VALBUENA STERLING
Química farmacéutica,
SANDRA PATRICIA RIVERA
Profesional de apoyo I.V.C
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Medicamentos de
control especial
• RESOLUCION 1478 DEL 2006
• Medicamentos de control especial.
• Informes
• Controles en el despacho y uso de medicamentos
• Procedimiento Escrito
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Medicamentos monopolio
del Estado
• Dado su mayor potencial de causar dependencia y abuso el Estado tiene el
monopolio exclusivo sobre todas las presentaciones de los medicamentos
cuyos principios activos son :
• Morfina, Hidromorfona, Meperidina, Metadona, Metilfenidato y Fenobarbital,
haciéndose responsable único de su fabricación y distribución.
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Resolución No.
1478 de 2006
PROCESO DE INSCRIPCIÓN:
Para cualquier tipo de actividad con sustancias sometidas a fiscalización,
medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, las entidades
públicas, privadas y personas naturales deberán estar inscritas ante la U.A.E.
Fondo Nacional de Estupefacientes o Fondos Rotatorios de Estupefacientes
• Modalidades de Inscripción:
• Los establecimientos distribuidores mayoristas deben obtener ante el
Fondo Nacional de Estupefacientes la inscripción para operar a nivel
nacional y luego se inscriben en la Secretaria de salud en la oficina del
Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Huila.
• Los establecimientos minoristas (droguerías y servicios farmacéuticos,
presentan la solicitud de inscripción con los documentos respectivos ante el
FRE de la SSDptal Cra 20 No 5B – 36 Secretaria de Salud del Huila.
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TRAMITES EN LINEA
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TRAMITES EN LINEA
SGN-C048-F23
TRAMITES EN LINEA
SGN-C048-F23
TRAMITES EN LINEA
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Disponer de una infraestructura física debidamente adecuada.
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Resolución No. 1478 de 2006
Clínicas
Especializadas
Químico
Farmacéutico
Establecimientos
Veterinarios
Médico
Veterinario
Médico
Veterinario
Zootecnista
Droguerías
Químico
Farmacéutico
Tecnólogo en
Regencia de
Farmacia
Auxiliar en
Servicio
Farmacéutico
Instituciones
Prestadoras de
Servicios de Salud
Químico
Farmacéutico
(II y III Nivel)
Q.F. ó
Tecnólogo en
Regencia de
Farmacia
(I Nivel)
Recurso Humano
SGN-C048-F23
Ambulancias
• Responsable Medico coordinador del servicio
de ambulancia medicalizada.
• En los casos que la ambulancia dependa de la
institución prestadora de servicios de salud
esta no requiere inscribirse directamente si no
lo especifica en el momento de pedir la
inscripción del SF de la institución.
SGN-C048-F23
Procedimiento
escrito exclusivo
• Inscripción:
• Adquisición:
• Proveedores Mayoristas que cuenten con Resolución de
autorización por el FNE o FRE para medicamentos de
control especial FV.
• Fondo Rotatorio de Estupefacientes Huila (FRE): Monopolio
del Estado.
• Almacenamiento:
• Dispensación:
• Manejo del Libro:
• Manejo de Vencimientos:
• Informes
SGN-C048-F23
Requisitos Suministro
medicamentos y Recetarios
• Cotización al correo frehuila@gmail.com .
(Solo medicamentos Monopolio del Estado.)
• Solicitud del suministro Consignación
recetarios - medicamentos ( independiente si
es medicamento o recetario)
• Cuenta COLPATRIA, Ahorros Recursos
Medicamentos de control especial.
• Autorización escrita por el Gerente . Para los
Recetarios Copia del Medico responsable.
SGN-C048-F23
Resolución No. 1478 de 2006
La formula médica es única para los medicamentos de control
especial. En ella no deben prescribirse otros medicamentos diferentes
a los sometidos a control especial.
Una vez dispensado el medicamento se deberá colocar sello de
entregado en la copia de la prescripción correspondiente.
El original de la formula deberá ser retenido y archivado por el
establecimiento.
La cantidad total prescrita de
Medicamentos de control especial,
será hasta la dosis requerida para
treinta (30) días calendario.
Prescripción recetario oficial
SGN-C048-F23
SGN-C048-F23
NOMBRE DEL MEDICAMENTO - CONCENTRACION - FORMA FARMACEUTICA
FENOBARBITAL 100 mg TABLETAS
FECHA DESCRIPCION DEL MOVIMIENTO ENTRADAS SALIDAS SALDO
JULIO 15/05 INGRESO POR C.D.M. 3,000 0 3,000
JULIO 15/05 MARIA RAMIREZ C.C. 72,135,623
DR. CORTINA R.M. 2636 0 300 2,700
JULIO 15/05 PEDRO GONZALES C.C. 7,989,237
DR. MENDEZ R.M. 23568923 0 90 2,610
REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL,
LIBRO O SISTEMA:
Resolución No. 1478 de 2006
SGN-C048-F23
Resolución No. 1478 de 2006
MAYORISTAS:
Informe mensual sobre la distribución de medicamentos de Control Especial,
dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes, conforme al
formato contenido en el ANEXO No. 12 O ANEXO 13 de la Resolución.
MINORISTAS:
Informe mensual sobre la distribución de medicamentos de Control Especial,
dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes, conforme al
formato contenido en el ANEXO No. 13 de la Resolución. No cambiar el formato.
INFORMES
SGN-C048-F23
Errores en informes
• ENTRADAS: NO SE ENVIAN SOPORTES DE INGRESOS:
FACTURAS, REMISION O TRASLADOS INTERNOS.
• SALIDAS: EL VALOR REPORTADO NO COICIDE CON EL
VERIFICADO EN LAS FORMULAS MEDICAS ANEXADAS.
• SALDOS: SE CAMBIAN SALDOS DEL LOS MES ANTERIORES
SIN NINGUNA AUTORIZACION.
• ERRORES EN LA DIGITACION DEL INFORME
• CAMBIOS EN NOMBRE, CONCENTRACION Y PRESENTACION
DE LOS MEDICAMENTOS
• ENTREGA FUERA DEL TIEMPO
• DEVOLUTIVOS
• CALIDAD DE LA TINTA
SGN-C048-F23
Resolución No. 1478 de 2006
Las infracciones se calificarán como leves,
graves y muy graves atendiendo a los criterios
de riesgos para la salud, cuantía del eventual
beneficio obtenido, grado de intencionalidad,
gravedad de la alteración sanitaria y social
producida, generalización de la infracción y
reincidencia.
Sanciones
Constituirán faltas administrativas y serán sancionadas
en los términos previstos en la norma, las infracciones
que a continuación se tipifican:
-Infracciones Leves
-Infracciones Graves
-- Infracciones muy graves
SGN-C048-F23
SGN-C048-F23
LEGISLACION SANITARIA
DECRETO 780 DE 2016
Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y
Protección Social (Derogado Decreto 2200 de 2005,
Decreto 2330 de 2006, entre otros)
Capítulo 10
• Droguerías y servicio farmacéutico
RESOLUCIÓN 1403 DE 2007
Determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutic
o, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Proce
dimientos y se dictan otras disposiciones
SGN-C048-F23
REQUISITOS TECNICOS Y LEGALES
SGN-C048-F23
Requisitos Legales
• Certificado de uso de suelo
• Certificado de existencia y representacion
legal.
• Registro Único Tributario.
• Concepto de bomberos
• Acta de visita SSDH
SGN-C048-F23
Requisitos Tecnicos
RECURSO HUMANO
• Químico farmacéutico.
• Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
• Credencial de Expendedor de Drogas.
• Técnico Auxiliar en Servicios Farmacéuticos.
SGN-C048-F23
REQUISITOS DROGUERIA
INFRAESTRUCTURA
• Pisos ,Paredes, Techo- Cielo Raso: De material liso,
resistente a factores ambientales, que facilite la limpieza
y desinfección.
• Estantería y Estibas: Buen estado, Higienicas de material
que facilite la limpieza y desinfección.
• Mecanismos que garanticen la Conservación de la
Temperatura y Humedad de acuerdo a lo establecido por
los fabricantes. (Ventiladores o Aire acondicionado.)
Contar termohigrómetro debidamente calibrado.
SGN-C048-F23
AREAS DE LA DROGUERIA
Área Administrativa
Área de Recepción
Área de Almacenamiento
Área de Cuarentena
Área de próximos a vencer
Área de Dispensación
Área para Residuos
SGN-C048-F23
PROCESOS DE LA DROGUERIA
1. ADQUISICION: Garantizar la CALIDAD del
medicamento dispensado mediante la compra a
Depósitos y laboratorios Autorizados por las
Entidades sanitarias (Secretaria de Salud,
INVIMA), solicitar documentación legal y copia
de visita (Depósitos) y/o certificados de BPM
(Laboratorios).
SGN-C048-F23
2. RECEPCIÓN: Verificar condiciones pactadas
con el proveedor y las especificaciones técnicas
de los productos ( Etiquetas, envases y
empaques), Elaborar acta de Recepción Técnica.
Verificación de los Registros Sanitarios – Página
Web INVIMA
SGN-C048-F23
3. ALMACENAMIENTO:
Ubicación de los medicamentos organizada, con el objetivo de evitar
confusión y errores al momento de dispensar.
El área debe ser acorde al tamaño del inventario, cantidad del personal,
áreas y tipos de productos comercializados.
CONTROLES
• Factores ambientales (Garantizando las condiciones de
almacenamiento). Registro.
• Control a fechas de vencimiento.
• Control de plagas.
• Aseo, limpieza y desinfección.
• Verificación de Alertas Sanitarias- INVIMA
SGN-C048-F23
4. DISPENSACIÓN
Es la entrega de uno o más medicamentos a un paciente y la
información sobre su uso adecuado (Dosis, frecuencia, vía de
administración, y condiciones de almacenamiento en casa).
LA DISPENSACIÓN NO ES AUTOMEDICACIÓN
SGN-C048-F23
Recepción e
interpretación
de la prescripción
Búsqueda del
medicamento
Entrega del medicamento
y orientación al pacientes.
Dispensación
SGN-C048-F23
DISPENSADOR
– Verificar que la prescripción esté elaborada por el personal de salud competente y
autorizado y que cumpla con los requisitos de la prescripción.
– Exigir la prescripción para aquellos medicamentos en los que
aparezca en la etiqueta la leyenda “Venta Bajo Fórmula Médica".
– No dispensar y consultar al prescriptor cuando identifique posibles errores.
– Verificar y controlar que los medicamentos dispensados correspondan a los
prescritos.
– Informar al usuario sobre los aspectos indispensables que garanticen el efecto
terapéutico y promuevan el uso adecuado de los medicamentos.
– Brindar a los usuarios pautas sobre el uso adecuado de los medicamentos de
venta sin prescripción facultativa o de venta libre.
– Recibir la capacitación y/o capacitarse continuamente en los conocimientos
OBLIGACIONES
SGN-C048-F23
• Adulterar o modificar en cualquier forma la prescripción.
• Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de
administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita.
• Dispensar medicamentos alterados o fraudulentos.
• Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña.
• Recomendar a los usuarios la utilización de medicamentos.
• Tener muestras médicas de medicamentos.
• Tener envases y empaques vacíos, en el servicio farmacéutico, que no esté
autorizado para realizar los procesos de reenvase o reempaque.
• Inducir al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que
reemplace o sustituya al prescrito o al solicitado.
PROHIBICIONES
DISPENSADOR
SGN-C048-F23
PROCEDIMIENTO DE
INYECTOLOGIA
1. Infraestructura y dotación.
a) Contar con una sección especial e independiente, que
ofrezca la privacidad y que cuente con un LAVAMANOS en
el mismo sitio.
b) Camilla, escalerilla y mesa auxiliar.
c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y
cubetas.
d) Toallas desechables y recipientes para el manejo de los
residuos generados.
SGN-C048-F23
2. Recurso humano. El encargado de administrar el
medicamento inyectable debe contar con
formación académica y entrenamiento que lo
autorice para ello, se debe conservar el certificado
en la droguería.
3. Normas de procedimientos. Deberán contar y
cumplir con normas sobre limpieza y desinfección
de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y
manual de procedimientos técnicos.
SGN-C048-F23
4. Solicitud de la prescripción médica. La prescripción
médica será requisito indispensable para la administración
de cualquier medicamento por vía intramuscular y llevar
registro de las actividades en un formato que contenga
mínimo la siguiente información: Fecha, Datos del Usuario;
Datos del medicamento (Nombre, concentración, lote y
fecha de vencimiento) y firma.
5. Contrato con entidad recolectora de residuos
PELIGROSOS (Residuos Cortopunzantes, Biosanitario y
Químico)
SGN-C048-F23
PROHIBICIONES
No se podrán administrar medicamentos por vía
intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.
SGN-C048-F23
CONTROL DE FRAUDULENTOS Y
ALTERADOS
SGN-C048-F23
Decomisos productos
FRAUDULENTOS y uso
institucional
SGN-C048-F23
SGN-C048-F23
Invitación:
Compromiso de cada uno
de nosotros de dar lo
mejor de sí para el bien de
la comunidad
SGN-C048-F23
¿PREGUNTAS, DUDAS, SUGERENCIAS?
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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farmacovigilancia.huila@gmail.com
ivcmedicamentoshuila@gmail.com

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  • 1. SGN-C048-F23 Gobernación del Huila NELSON ANTONIO RINCON GOMEZ O.D. Especialista en Gerencia en Servicios de Salud y Seguridad Social
  • 2. SGN-C048-F23 Humanización es considerar al ser humano de forma integral en su dimensión física, social, psicológica y espiritual, es decir con una visión ética de la atención en un marco cultural de referencia.
  • 3. SGN-C048-F23 “CAMINO ES LA EDUCACION” - MEJORAR LAS CONDICIONES DE VIDA Y SALUD. - ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS, DE GENERO Y DIFERENCIAL. - PROMOCION DE LA SALUD, GESTION DEL RIESGO Y GESTION EN LA SALUD PUBLICA. - PRESENCIA DE ACTORES SOCIALES. - ENFASIS PRESTACION DE LOS SERVICIOS CON CALIDAD Y HUMANIZACION. OBJETIVO: “ MIRALO A LOS OJOS”
  • 4. SGN-C048-F23 CENTRAR LA ATENCIÓN EN EL USUARIO Y SU FAMILIA. HACER “VISIBLE” LAS DESIGUALDADES EN LOS SERVICIOS DE SALUD. COMITÉS CON ÉTICA Y BIOÉTICA EN LA ATENCION.
  • 5. SGN-C048-F23 AMPLIACION EN LA COBERTURA PERO NO EN EL ACCESO A LA SALUD: Excesivo tramite para el Aseguramiento Las normas sirven para negar acceso Múltiples trabas administrativas y burocráticas en contradicción con las normas antitrámites. Actitudes despectivas o manifestaciones de poder terminan limitando el acceso (Personal de vigilancia, tramitadores y personal de salud)
  • 6. SGN-C048-F23 Problemas de Identificación (homónimos, otros) El papel (paciente es una autorización) El indicador (un dato, historia clinica) La patología (el paciente es un código o un diagnósticos) La afiliación (pertenece a una empresa)
  • 7. SGN-C048-F23 La información al paciente durante la consulta no es clara y difícil de interpretar El paciente es un receptor pasivo El paciente carece de explicaciones e información
  • 8. SGN-C048-F23 Decisiones no ilustradas Medicalización, “mas medicamentos y menos PyP” Falta de explicación en la toma de medicamentos Horarios de atención y esperas prolongadas Problemas para el egreso EL PACIENTE TERMINA AUTOMEDICALIZANDOSE POR SUGERENCIA DE TERCEROS
  • 9. SGN-C048-F23 Rotación frecuente del talento humano en salud, afectando la continuidad en la prestación del servicio de salud. Escasas decisiones integradas e integrales por parte del equipo de salud tratante (contradicción en conceptos clínicos) Excesiva carga de trabajo (administrativo y clínico) Escasa comunicación del equipo de salud Repetición de consultas, exámenes, citas
  • 10. SGN-C048-F23 NO ENFERMA “UNA PARTE” DE ALGUIEN, ENFERMA UNA PERSONA EN UN CONTEXTO FAMILIAR, LABORAL, SOCIAL.
  • 11. SGN-C048-F23 EVITAR LA FRAGMENTACIÓN DEL SUJETO EN MÚLTIPLES FORMAS: Promover la auto comprensión del paciente respecto a su situación en salud y la acción transformadora hacia el paciente, su familia y el entorno. Es necesario considerar al ser humano en un sentido holístico (Físico, emocional, intelectual, relacional, social, Espiritual).
  • 12. SGN-C048-F23 Pacientes y familiares:  Asociaciones de pacientes.  Comunidad Personal de salud:  Trabajadores de la salud.  Personal de apoyo.  Personal directivo.  Líderes.
  • 13. SGN-C048-F23 - Información sobre Deberes y Derechos de los Pacientes. - Informar sobre aspectos administrativos, servicios, patologías, resultados. - Consentimiento informado (Respeto de decisiones). - Priorizar atención según RIESGO. - Evaluar las necesidades del paciente al Ingreso. - Mantener la dignidad del paciente en caso de aislamiento para la realización del tratamiento.
  • 14. SGN-C048-F23 - Consejería en caso de abortos, mortinatos, resucitación en recién nacidos. - Garantía de ser escuchado respecto a sus inquietudes. - Identificación y consejo a víctimas de maltrato infantil, abuso sexual o violencia doméstica. - Los pacientes al ser examinados dar la oportunidad el personal de salud de preguntar sus inquietudes en condiciones de privacidad.
  • 15. SGN-C048-F23 - Planeación del talento humano basando sus derechos y deberes, código de ética, buscando suplir sus necesidades. - Abordar la inducción, reinducción, capacitación, calamidades, permisos etc. - Distribución de turnos, descansos, evaluación de fatiga y riesgos laborales, que favorezca el ambiente laboral. - Reubicación y promoción del personal. - Educación continuada
  • 16. SGN-C048-F23  VISION A LARGO PLAZO  CALIDAD INTEGRAL PARA LA SALUD  SALUD PUBLICA – ENFOQUE DETERMINANTES SOCIALES  TALENTO HUMANO –PERFIL HOLISTICO  SOSTENIBILIDAD FINANCIERA CINCO LINEAS ESTRATEGICAS
  • 17. SGN-C048-F23  MEJORAR EL ESTADO DE LA SALUD DE LA POBLACION  BRINDAR SERVICIOS CON CALIDAD Y BUEN TRATO  EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD FINANCIERA PARA TRES FINES
  • 18. SGN-C048-F23 ¿Qué estrategias se promueven desde el direccionamiento y la gerencia para la humanización de la atención?
  • 19. SGN-C048-F23 ¿Cómo los valores éticos en la organización llevan a diseñar programas, realizar cuidados y velar por las relaciones asociadas con la humanización de la atención?
  • 20. SGN-C048-F23 ¿Con qué instancias de apoyo cuenta la institución para la promoción y seguimiento al mejoramiento de la humanización en la atención?
  • 21. SGN-C048-F23 ¿Cuenta la organización con un programa de educación continuada en humanización?
  • 22. SGN-C048-F23 “La atención medica es percibida por los trabajadores como una relación mercantil, definida por el intercambio de servicios y productos, fijados por el mercado y donde la salud es un ambiente transable (transacción entre asegurador – estado, usuario – cliente, prestador del servicio –producto), negocio que llega al control y pérdida de la autonomía medica y en consecuencia es percibida como deshumanizada y desesperanzadora, no preventiva, sino reactiva y ni siquiera correctiva”. Investigación salud en el trabajo UdeA FNSP, F Medicina y Personería de Medellín
  • 23. SGN-C048-F23 “Permite que el que llegue a tus manos se vaya mejor y más feliz que cuando llegó” Madre Teresa de Calcuta
  • 24. SGN-C048-F23 PRIMERA CAPACITACIÓN SERVICIOS FARMACÉUTICOS 3Q MAYO 2019 OFICINA DE CONTROL SANITARIO DE MEDICAMENTOS SSDH – FONDO ROTATORIO DE ESTUPEFACIENTES INTRODUCCIÓN
  • 25. SGN-C048-F23 FUNDAMENTO MISIONAL DEL SERVICIO FARMACÉUTICO (OBJETIVOS): 1. Promover y propiciar estilos de vida saludables. 2. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos y promover su uso adecuado. 3. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado. 4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud, todas las intervenciones relacionadas con los medicamentos y dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad
  • 26. SGN-C048-F23 TALIDOMIDA • DÉCADA DE LOS 60s. ÁCIDO VALPROICO • ACTUAL (2018). DECLARACIÓN DE EMERGENCIA NACIONAL EN EUA, POR ABUSO DE OPIOIDES. ENTRE 59 Y 65 MIL PERSONAS MURIERON EN EL 2016. «UN 11-S CADA TRES SEMANAS».
  • 28. SGN-C048-F23 TIPOS DE PROBLEMAS RELACIONADOS CON MEDICAMENTOS (PRM) NECESIDAD • ACCESO • EXCESO EFECTIVIDAD • INEFICACIA O • FALLO TERAPÉUTICO • TOLERANCIA O RESISTENCIA SEGURIDAD • EFECTOS ADVERSOS (ESP. Y NO ESP.). • USO INADECUADO • USO ILÍCITO.
  • 29. SGN-C048-F23 ¿QUÉ SE DEBE REPORTAR EN FARMACOVIGILANCIA? FALLOS TERAPÉUTICOS REACCIONES ADVERSAS A MEDICAMENTOS (ESPERADAS Y NO ESPERADAS) ERRORES DE MEDICACIÓN ENFOQUE DE RIESGO
  • 31. SGN-C048-F23 PERFIL DE SEGURIDAD DE LOS MEDICAMENTOS FARMACOVIGILANCIA
  • 35. SGN-C048-F23 FARMACOVIGILANCIA EXPENDEDORES DE DROGAS SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEL HUILA OFICINA DE CONTROL SANITARIO DE MEDICAMENTOS SSDH – FONDO ROTATORIO DE ESTUPEFACIENTES - PROGRAMA DE FARMACOVIGILANCIA
  • 36. SGN-C048-F23 ALERTA SANITARIA • Es toda sospecha de una situación de riesgo potencial para la salud de la población y/o de trascendencia social, frente a la cual se hace necesario el desarrollo de acciones de Salud pública urgentes y eficaces.
  • 54. SGN-C048-F23 REPORTES FARMACOVIGILANCIA Año 2017 2018 2019 Total general ene 0 58 21 - 37 feb 15 44 44 0 mar 10 80 94 + 14 abr 26 166 0 - 166 may 20 109 0 - 109 jun 21 78 0 - 78 jul 12 119 0 - 119 ago 13 90 0 - 90 sep 5 87 0 - 87 oct 28 136 0 - 136 nov 21 71 0 - 71 dic 105 106 0 - 106 Total 276 1,034 159 - 875
  • 55. SGN-C048-F23 ¿PREGUNTAS, DUDAS, SUGERENCIAS? MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN farmacovigilancia@huila.gov.co farmacovigilancia.huila@gmail.com ivcmedicamentoshuila@gmail.com
  • 56. SGN-C048-F23 VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO DE MEDICAMENTOS LEGISLACION SANITARIA RES 1478 DEL 2006 GLORIA ESPERANZA ARAUJO CORONADO Secretaria de Salud Departamental DIANA CAROLINA VALBUENA STERLING Química farmacéutica, SANDRA PATRICIA RIVERA Profesional de apoyo I.V.C
  • 57. SGN-C048-F23 Medicamentos de control especial • RESOLUCION 1478 DEL 2006 • Medicamentos de control especial. • Informes • Controles en el despacho y uso de medicamentos • Procedimiento Escrito
  • 58. SGN-C048-F23 Medicamentos monopolio del Estado • Dado su mayor potencial de causar dependencia y abuso el Estado tiene el monopolio exclusivo sobre todas las presentaciones de los medicamentos cuyos principios activos son : • Morfina, Hidromorfona, Meperidina, Metadona, Metilfenidato y Fenobarbital, haciéndose responsable único de su fabricación y distribución.
  • 59. SGN-C048-F23 Resolución No. 1478 de 2006 PROCESO DE INSCRIPCIÓN: Para cualquier tipo de actividad con sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, las entidades públicas, privadas y personas naturales deberán estar inscritas ante la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes o Fondos Rotatorios de Estupefacientes • Modalidades de Inscripción: • Los establecimientos distribuidores mayoristas deben obtener ante el Fondo Nacional de Estupefacientes la inscripción para operar a nivel nacional y luego se inscriben en la Secretaria de salud en la oficina del Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Huila. • Los establecimientos minoristas (droguerías y servicios farmacéuticos, presentan la solicitud de inscripción con los documentos respectivos ante el FRE de la SSDptal Cra 20 No 5B – 36 Secretaria de Salud del Huila.
  • 64. SGN-C048-F23 Disponer de una infraestructura física debidamente adecuada.
  • 65. SGN-C048-F23 Resolución No. 1478 de 2006 Clínicas Especializadas Químico Farmacéutico Establecimientos Veterinarios Médico Veterinario Médico Veterinario Zootecnista Droguerías Químico Farmacéutico Tecnólogo en Regencia de Farmacia Auxiliar en Servicio Farmacéutico Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Químico Farmacéutico (II y III Nivel) Q.F. ó Tecnólogo en Regencia de Farmacia (I Nivel) Recurso Humano
  • 66. SGN-C048-F23 Ambulancias • Responsable Medico coordinador del servicio de ambulancia medicalizada. • En los casos que la ambulancia dependa de la institución prestadora de servicios de salud esta no requiere inscribirse directamente si no lo especifica en el momento de pedir la inscripción del SF de la institución.
  • 67. SGN-C048-F23 Procedimiento escrito exclusivo • Inscripción: • Adquisición: • Proveedores Mayoristas que cuenten con Resolución de autorización por el FNE o FRE para medicamentos de control especial FV. • Fondo Rotatorio de Estupefacientes Huila (FRE): Monopolio del Estado. • Almacenamiento: • Dispensación: • Manejo del Libro: • Manejo de Vencimientos: • Informes
  • 68. SGN-C048-F23 Requisitos Suministro medicamentos y Recetarios • Cotización al correo frehuila@gmail.com . (Solo medicamentos Monopolio del Estado.) • Solicitud del suministro Consignación recetarios - medicamentos ( independiente si es medicamento o recetario) • Cuenta COLPATRIA, Ahorros Recursos Medicamentos de control especial. • Autorización escrita por el Gerente . Para los Recetarios Copia del Medico responsable.
  • 69. SGN-C048-F23 Resolución No. 1478 de 2006 La formula médica es única para los medicamentos de control especial. En ella no deben prescribirse otros medicamentos diferentes a los sometidos a control especial. Una vez dispensado el medicamento se deberá colocar sello de entregado en la copia de la prescripción correspondiente. El original de la formula deberá ser retenido y archivado por el establecimiento. La cantidad total prescrita de Medicamentos de control especial, será hasta la dosis requerida para treinta (30) días calendario. Prescripción recetario oficial
  • 71. SGN-C048-F23 NOMBRE DEL MEDICAMENTO - CONCENTRACION - FORMA FARMACEUTICA FENOBARBITAL 100 mg TABLETAS FECHA DESCRIPCION DEL MOVIMIENTO ENTRADAS SALIDAS SALDO JULIO 15/05 INGRESO POR C.D.M. 3,000 0 3,000 JULIO 15/05 MARIA RAMIREZ C.C. 72,135,623 DR. CORTINA R.M. 2636 0 300 2,700 JULIO 15/05 PEDRO GONZALES C.C. 7,989,237 DR. MENDEZ R.M. 23568923 0 90 2,610 REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL, LIBRO O SISTEMA: Resolución No. 1478 de 2006
  • 72. SGN-C048-F23 Resolución No. 1478 de 2006 MAYORISTAS: Informe mensual sobre la distribución de medicamentos de Control Especial, dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes, conforme al formato contenido en el ANEXO No. 12 O ANEXO 13 de la Resolución. MINORISTAS: Informe mensual sobre la distribución de medicamentos de Control Especial, dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes, conforme al formato contenido en el ANEXO No. 13 de la Resolución. No cambiar el formato. INFORMES
  • 73. SGN-C048-F23 Errores en informes • ENTRADAS: NO SE ENVIAN SOPORTES DE INGRESOS: FACTURAS, REMISION O TRASLADOS INTERNOS. • SALIDAS: EL VALOR REPORTADO NO COICIDE CON EL VERIFICADO EN LAS FORMULAS MEDICAS ANEXADAS. • SALDOS: SE CAMBIAN SALDOS DEL LOS MES ANTERIORES SIN NINGUNA AUTORIZACION. • ERRORES EN LA DIGITACION DEL INFORME • CAMBIOS EN NOMBRE, CONCENTRACION Y PRESENTACION DE LOS MEDICAMENTOS • ENTREGA FUERA DEL TIEMPO • DEVOLUTIVOS • CALIDAD DE LA TINTA
  • 74. SGN-C048-F23 Resolución No. 1478 de 2006 Las infracciones se calificarán como leves, graves y muy graves atendiendo a los criterios de riesgos para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia. Sanciones Constituirán faltas administrativas y serán sancionadas en los términos previstos en la norma, las infracciones que a continuación se tipifican: -Infracciones Leves -Infracciones Graves -- Infracciones muy graves
  • 76. SGN-C048-F23 LEGISLACION SANITARIA DECRETO 780 DE 2016 Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social (Derogado Decreto 2200 de 2005, Decreto 2330 de 2006, entre otros) Capítulo 10 • Droguerías y servicio farmacéutico RESOLUCIÓN 1403 DE 2007 Determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutic o, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Proce dimientos y se dictan otras disposiciones
  • 78. SGN-C048-F23 Requisitos Legales • Certificado de uso de suelo • Certificado de existencia y representacion legal. • Registro Único Tributario. • Concepto de bomberos • Acta de visita SSDH
  • 79. SGN-C048-F23 Requisitos Tecnicos RECURSO HUMANO • Químico farmacéutico. • Tecnólogo en Regencia de Farmacia. • Credencial de Expendedor de Drogas. • Técnico Auxiliar en Servicios Farmacéuticos.
  • 80. SGN-C048-F23 REQUISITOS DROGUERIA INFRAESTRUCTURA • Pisos ,Paredes, Techo- Cielo Raso: De material liso, resistente a factores ambientales, que facilite la limpieza y desinfección. • Estantería y Estibas: Buen estado, Higienicas de material que facilite la limpieza y desinfección. • Mecanismos que garanticen la Conservación de la Temperatura y Humedad de acuerdo a lo establecido por los fabricantes. (Ventiladores o Aire acondicionado.) Contar termohigrómetro debidamente calibrado.
  • 81. SGN-C048-F23 AREAS DE LA DROGUERIA Área Administrativa Área de Recepción Área de Almacenamiento Área de Cuarentena Área de próximos a vencer Área de Dispensación Área para Residuos
  • 82. SGN-C048-F23 PROCESOS DE LA DROGUERIA 1. ADQUISICION: Garantizar la CALIDAD del medicamento dispensado mediante la compra a Depósitos y laboratorios Autorizados por las Entidades sanitarias (Secretaria de Salud, INVIMA), solicitar documentación legal y copia de visita (Depósitos) y/o certificados de BPM (Laboratorios).
  • 83. SGN-C048-F23 2. RECEPCIÓN: Verificar condiciones pactadas con el proveedor y las especificaciones técnicas de los productos ( Etiquetas, envases y empaques), Elaborar acta de Recepción Técnica. Verificación de los Registros Sanitarios – Página Web INVIMA
  • 84. SGN-C048-F23 3. ALMACENAMIENTO: Ubicación de los medicamentos organizada, con el objetivo de evitar confusión y errores al momento de dispensar. El área debe ser acorde al tamaño del inventario, cantidad del personal, áreas y tipos de productos comercializados. CONTROLES • Factores ambientales (Garantizando las condiciones de almacenamiento). Registro. • Control a fechas de vencimiento. • Control de plagas. • Aseo, limpieza y desinfección. • Verificación de Alertas Sanitarias- INVIMA
  • 85. SGN-C048-F23 4. DISPENSACIÓN Es la entrega de uno o más medicamentos a un paciente y la información sobre su uso adecuado (Dosis, frecuencia, vía de administración, y condiciones de almacenamiento en casa). LA DISPENSACIÓN NO ES AUTOMEDICACIÓN
  • 86. SGN-C048-F23 Recepción e interpretación de la prescripción Búsqueda del medicamento Entrega del medicamento y orientación al pacientes. Dispensación
  • 87. SGN-C048-F23 DISPENSADOR – Verificar que la prescripción esté elaborada por el personal de salud competente y autorizado y que cumpla con los requisitos de la prescripción. – Exigir la prescripción para aquellos medicamentos en los que aparezca en la etiqueta la leyenda “Venta Bajo Fórmula Médica". – No dispensar y consultar al prescriptor cuando identifique posibles errores. – Verificar y controlar que los medicamentos dispensados correspondan a los prescritos. – Informar al usuario sobre los aspectos indispensables que garanticen el efecto terapéutico y promuevan el uso adecuado de los medicamentos. – Brindar a los usuarios pautas sobre el uso adecuado de los medicamentos de venta sin prescripción facultativa o de venta libre. – Recibir la capacitación y/o capacitarse continuamente en los conocimientos OBLIGACIONES
  • 88. SGN-C048-F23 • Adulterar o modificar en cualquier forma la prescripción. • Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita. • Dispensar medicamentos alterados o fraudulentos. • Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña. • Recomendar a los usuarios la utilización de medicamentos. • Tener muestras médicas de medicamentos. • Tener envases y empaques vacíos, en el servicio farmacéutico, que no esté autorizado para realizar los procesos de reenvase o reempaque. • Inducir al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que reemplace o sustituya al prescrito o al solicitado. PROHIBICIONES DISPENSADOR
  • 89. SGN-C048-F23 PROCEDIMIENTO DE INYECTOLOGIA 1. Infraestructura y dotación. a) Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la privacidad y que cuente con un LAVAMANOS en el mismo sitio. b) Camilla, escalerilla y mesa auxiliar. c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas. d) Toallas desechables y recipientes para el manejo de los residuos generados.
  • 90. SGN-C048-F23 2. Recurso humano. El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y entrenamiento que lo autorice para ello, se debe conservar el certificado en la droguería. 3. Normas de procedimientos. Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos.
  • 91. SGN-C048-F23 4. Solicitud de la prescripción médica. La prescripción médica será requisito indispensable para la administración de cualquier medicamento por vía intramuscular y llevar registro de las actividades en un formato que contenga mínimo la siguiente información: Fecha, Datos del Usuario; Datos del medicamento (Nombre, concentración, lote y fecha de vencimiento) y firma. 5. Contrato con entidad recolectora de residuos PELIGROSOS (Residuos Cortopunzantes, Biosanitario y Químico)
  • 92. SGN-C048-F23 PROHIBICIONES No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.
  • 96. SGN-C048-F23 Invitación: Compromiso de cada uno de nosotros de dar lo mejor de sí para el bien de la comunidad
  • 97. SGN-C048-F23 ¿PREGUNTAS, DUDAS, SUGERENCIAS? MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN farmacovigilancia@huila.gov.co farmacovigilancia.huila@gmail.com ivcmedicamentoshuila@gmail.com