Jornada de actualización tributaria 2016. Auspiciado por la Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT) y el Colegio de Contadores Públicos del Estado Carabobo. Valencia. Febrero 2016.
REFORMA A LA LEGISLACION DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
1. REFORMA A LA LEGISLACION DE
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES
JOSE RAFAEL BELISARIO RINCON
JBRTAX ASESORES TRIBUTARIOS
jbrtax@gmail.com
@jbrtaxasesores
2. LEYES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE
2014 Y 2015
1.- Principio de la Legalidad Tributaria
2.- Principio de la Capacidad Contributiva
3.- Progresividad del Sistema Tributario
4.- Principio de Igualdad Tributaria
5.- Principio de la Irretroactividad de la Ley
6.- Principio de la No Confiscación
3. PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD TRIBUTARIA
Artículo 317 de la Constitución
“No podrá cobrarse impuesto, tasa, ni contribución alguna
que no estén establecidos en la ley, ni concederse
exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos
fiscales, sino en los casos previstos por la ley que cree el
tributo correspondiente…”
4. PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA Y
PROGRESIVIDAD
Artículo 316 de la Constitución
“El sistema tributario procurará la justa distribución de las
cargas publicas según la capacidad económica del o la
contribuyente, atendiendo al principio de progresividad,
así como la protección de la economía nacional y la
elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará
para ello en un sistema eficiente para la recaudación de
los tributos”
5. PRINCIPIO DE IGUALDAD. LA IGUALIDAD
TRIBUTARIA
Artículo 21 de la Constitución
Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el
credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por
objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce
o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades
de toda persona.
2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para
que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas
positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados,
marginados o vulnerables; …”
6. PRINCIPIO DE LA IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY
Artículo 24 de la Constitución
“Ninguna disposición legislativa tendrá efecto
retroactivo, excepto cuando imponga menor
pena…”
7. PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA Y LA
REFORMA DE LA LEY
LISLR 2014 Y 2015 VIA HABILITANTE
Art. 203 CRBV
(…) Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea
Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a
fin de establecer las directrices, propósitos y el marco de
las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de
la República, con rango y valor de ley. Las leyes de base
deben fijar el plazo de su ejercicio (…)
8. PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA Y LA
REFORMA DE LA LEY
1) Modificación del art. 31 LISLR
Se trata de burlar el sentido de la Sentencia 301 de la SC
del TSJ que ya de por si violaba este principio.
2) Cambios en las normas sobre retención
Se eliminan las normas de la ley que designan agentes de
retención. Se delega en Providencia
3) El Ejecutivo Nacional podrá modificar tarifas
Lo permite el Código Orgánico Tributario y tiene que ver
con interpretación de la legalidad tributaria
9. PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA Y
PROGRESIVIDAD
1) Eliminación de la exención a instituciones sin
fines de lucro
2) (…) siempre y cuando el contribuyente haya
cumplido con todas las obligaciones
inherentes a su condición de patrono (…)
3) Tratamiento de las perdidas fiscales. No se
gravaran enriquecimientos reales.
10. PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA Y
PROGRESIVIDAD
4) Las nuevas reglas sobre disponibilidad de la
renta
5) El gasto causado y no pagado. Efecto practico
6) La eliminación del ajuste por inflación para
sujetos pasivos especiales
11. PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA Y
PROGRESIVIDAD
7) El Valor de la UT
8) El Mínimo Vital o Mínimo Tributario
9) El Sistema de desgravámenes
10)El ejemplo del Desgravamen Único
12. PRINCIPIO DE IGUALDAD TRIBUTARIA
1) La eliminación de la exención a instituciones
sin fines de lucro
2) La eliminación del Ajuste por Inflación para
contribuyentes especiales
3) La falta de ajuste de la UT. Coloca en
situaciones muy disimiles a los contribuyentes
4) Reglas sobre disponibilidad de la renta y los
prestadores de servicios
13. PRINCIPIO DE NO RETROACTIVIDAD DE LA LEY
1) Ambas reformas se han aplicado conforme lo
prevé el Artículo 8 del Código Orgánico Tributario.
2) El caso de las perdidas fiscales. Las perdidas
obtenidas durante el ejercicio 2014.
a. Se rigen por Ley de Impuesto sobre la Renta de 2007
b. Se les aplican las reglas de la Ley de Impuesto sobre la Renta de
2014
3) Eliminación del Ajuste por Inflación. En 2016 se
elimina el efecto por completo.