1. SEC. LEGAL :
EXP. N° :
CUADERNO PRINCIPAL
ESCRITO N° 01
SUMILLA : INTERPONGO DEMANDA
DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE
NACIMIENTO
SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE PUEBLO LIBRE
LUIS ROGER HERRADA CHALCO identificado con D.N.I. 07469235, con domicilio en la
Calle Gallese N.º189, distrito de Pueblo Libre y procesal en la Calle Gallese
N.°189.Distrito de Pueblo Libre , ante Ud. Respetuosamente me presento y digo:
I. VIA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO
Que, en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, solicito la rectificación de la partida de
nacimiento del señor LUIS ROGER HERRADA CHALCO, de fecha 15 DE ABRIL DE
1969, expedida por la Oficina de Registro del Estado Civil del Concejo Distrital de
Bellavista, Callao.
Que, interpongo demanda de rectificación de partida de nacimiento, siendo que mi
petitorio persigue que se reconozca y consigne en mi partida de nacimiento el cambio del
apellido materno de mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ, por lo que en razón a
los hechos y por derecho solicito interpongo la presente demanda todo ello conforme a
ley.
II. COMPETENCIA
Es competente el Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre: Porque, según se desprende
del último párrafo del artículo 750 del Código Procesal Civil, los procesos de rectificación
de partidas se ventilan ante los Juzgados de Paz Letrados.
Porque el solicitante domicilia dentro de la competencia territorial del Juzgado, y según se
señala el artículo 23º del Código Procesal Civil, en el proceso no contencioso es
competente el Juez del lugar del domicilio de la persona que lo promueve o en cuyo
interés se promueve, salvo disposición legal o pacto en contrario que no se dan en el caso
particular.
2. III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Que en fecha 02 de abril de 1969, nació el suscrito LUIS ROGER HERRADA
CHALCO.
2. Que en fecha 04 de Octubre de 1968, contrajeron matrimonio mis padres, como
así esta acreditado en la partida de matrimonio que obra en anexo (6.F.)
3. Que mi señor Padre Luis Inocente Herrada Crisóstomo me inscribió en los
Registros Civiles de la Municipalidad de Bellavista, Callao generando en ese
mismo acto la Partida de Nacimiento.
4. Que en los datos correspondientes a la declaración de mi señor padre en el rubro
de DOÑA que responde a la condición de madre se consigno el nombre
MARTINA CHALCO ZEVALLOS.
5. Que para efectos de dar argumentación a mi solicitud debo señalar que mi señora
madre MARTINA CHALCO SANZ en virtud a la partida de nacimiento N.°1182
correspondiente y la partida N.°1123 (ambas partidas que obran en anexos).
Siendo que en esta ultima se aprecia que se modifico en virtud a una resolución
judicial que determinó que en dicha partida se suprima el apellido MATERNO DE
Zeballos y se adicione el apellido SANZ debiendo quedar en el futuro como
MARTINA CHALCO SANZ (partida de nacimiento N.°1123) que obra en Anexo
( 6.C.).
6. Por lo que mi partida de nacimiento que obra en anexo (6.B.) DEBE Rectificarse y
consignarse el nombre correcto de mi madre doña MARTINA CHALCO SANZ.
7. En nuestro sistema jurídico, al igual como ocurre en otros modelos que ofrece el
derecho comparado, los referentes objetivos con los que se determina la identidad
suelen ser patentizados a través de algún documento especial. En el caso
particular del Perú, es el Documento Nacional de Identidad (DNI) que cumple tal
rol o función, constituyéndose en un instrumento que permite no sólo identificar a
la persona, sino también le facilita realizar actividades de diverso orden, como
participar en comicios electorales, celebrar acuerdos contractuales, realizar
transacciones comerciales, etc. Como se puede apreciar en la constancia RENIEC
adjuntada en anexo (6.E.)
8. Que a efectos de acreditar mi filiación y entroncamiento familiar con el objeto de
prever se menoscaben mis derechos en adelante por existir dicho error en mi
partida de nacimiento dado que los hechos así lo señalan que mi señora Madre
3. tiene la identidad de MARTINA CHALCO SANZ, como así se acredita en la
partida de nacimiento que obra en anexo (6.D.)
9. Cabe mencionar que siendo el suscrito mayor de edad tengo legitimidad para
iniciar mi pretensión en la presente demanda de rectificación de partida y que se
consigne el nombre de MARTINA CHALCO SANZ amparados en los medios
probatorios, las facultades señaladas por el Código Adjetivo, así como las
prerrogativas que tiene su judicatura para dar cumplimiento a este pretensión
considerando que es un proceso no contencioso.
10. Considerando que mi domicilio real se ubica en el distrito de La Victoria,
comprende competencia territorial al Juzgado de Paz Letrado de la
circunscripción geográfica, como se acredita en anexos (6H).
IV. FUNDAMENTACION JURIDICA
Artículo 826 del Código Procesal Civil, de cuyo primer párrafo se desprende que la
solicitud de rectificación de partida de nacimiento procede cuando el Juez considere
atendible el motivo (y el error en los datos consignados en la referida partida es motivo
suficiente para ordenar su rectificación).
Artículo 827 del Código Procesal Civil, de cuyo inciso 2) se infiere que la solicitud de
rectificación de partida de nacimiento será formulada por la persona cuya partida se trata
de rectificar Amparo esta demanda en las disposiciones contenidas, en los artículos 826 y
siguientes del Código Procesal Civil.
V. MEDIOS PROBATORIOS
Ofrezco como medios probatorios de mi pretensión:
1. La Copia del DNI del recurrente
2. Partida de Nacimiento del Recurrente LUIS ROGER HERRADA CHALCO
3. Partida de Nacimiento signada con los números 1123
4. Partida de Nacimiento signada con los números 1182 ( Continuación de la Partida
N.°1123. ambas correspondientes a mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ
5. Copia Constancia RENIEC de mi señora MADRE MARTINA CHALCO SANZ.
6. Copia de la partida de Matrimonio de mis padres.
4. 7. Copia de recibo de servicios del domicilio, para acreditar residencia.
VI. ANEXOS DE LA DEMANDA
6.A. Tasa de ofrecimiento de medios probatorios.
6.B. Partida de Nacimiento del Recurrente LUIS ROGER HERRADA CHALCO
6.C. Partida de Nacimiento signada con los números 1123
6.D.Partida de Nacimiento signada con los números 1182 ( Continuación de la Partida
N.°1123. ambas correspondientes a mi señora madre MARTINA CHALCO SANZ
6.E. Copia Constancia RENIEC de mi señora MADRE MARTINA CHALCO SANZ.
6.F Copia de la partida de Matrimonio de mis padres
6.G. Copia del DNI del recurrente
6.H Copia de recibo de servicios del domicilio, para acreditar residencia en Pueblo Libre.
PRIMER OTRO SI DIGO : Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del
código procesal civil otorgo al abogado Dr. Juan Francisco Arana Chalco, que suscribe la
demanda, las facultades generales de representación judicial a que se refiere el artículo
74 del mismo cuerpo de leyes, declarando expresamente conocer los alcances de
representación que se esta otorgando y señalándose como domicilio el designado al inicio
de la demanda.
SEGUNDO OTRO SI DIGO: Que de conformidad con lo establecido por el artículo 156 del
código Procesal Civil, autorizamos a la señorita LUIS ALBERTO LLOSA MORAZZANI
con DNI N°07219467 para efectos de preceder a la lectura del expediente, así como
también para tramitar todos los oficios, y demás diligencias que impulsa el presente
proceso.
TERCER OTRO SI DIGO: que cumplimos con acompañar copia simple de la demanda, y
sus anexos, la tasa judicial y ofrecimiento de pruebas y las cédulas de notificación
respectivas.
Lima, 26 de Julio de 2012