1. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
EL CONCESIONARIO gestionará el componente ambiental en un marco que
permita identificar, valorar y controlar coherentemente los aspectos
ambientales, reducir el potencial de impactos, dar cumplimiento a la
normatividad y mejorar el rendimiento en general del Sistema SITVA, a través
de la implementación de los siguientes elementos:
1. Plan de manejo ambiental: CONCESIONARIO deberá definir e
implementar su “Plan de Manejo Ambiental” (PMA) el cual permitirá
identificar, definir y evaluar los aspectos e impactos ambientales de su
actividad y definir las medidas ambientales a implementar, incluyendo todo
lo relativo a la adecuación, mantenimiento y operación de los patios y
talleres.
La estructura del plan de manejo ambiental deberá contemplar las etapas de
planificación, ejecución y operación del patio, por tanto CONCESIONARIO
deberá documentar dicho plan para cada una de estas etapas. Para cada
una de las etapas definidas, CONCESIONARIO deberá documentar y
aplicar el plan de seguimiento y control y el plan de contingencias.
El PMA deberá ser presentado a la EMPRESA para su debida aprobación y
será presentado ante las autoridades ambientales competentes para su
adecuado seguimiento.
Adicionalmente, LA EMPRESA se encargará de realizar control y
seguimiento a la implementación del plan de manejo ambiental presentado
por CONCESIONARIO para cada una de las etapas planteadas.
Respecto a los programas ambientales CONCESIONARIO deberá tener
presente:
Programa de manejo de aguas.
Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles).
Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles).
Programa de mantenimiento de las instalaciones.
Programa de conservación restauración y compensación de cobertura
vegetal.
Programa de manejo y disposición final de residuos ordinarios,
reciclables y peligrosos.
Los programas ambientales que se definan por parte de CONCESIONARIO
deberán establecerse para la etapa de ejecución de obra del patio (en caso de
ser necesario) y para la operación del mismo. La definición y requisitos de los
programas ambientales para la etapa de operación deberán ser coherentes con
lo definido en el punto 9 de este anexo.
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2. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
Una vez implementado el Plan de Manejo Ambiental por CONCESIONARIO, se
deberá estructurar el Sistema de Gestión Ambiental dentro del ciclo PHVA, el
cual deberá establecer una política ambiental, la identificación, valoración y
priorización de aspectos ambientales, los objetivos, metas y programas
ambientales, el control operacional y la medición y el seguimiento de los
controles ambientales.
2. Sistema de Gestión ambiental: Una vez implementado el Plan de Manejo
Ambiental, CONCESIONARIO deberá establecer su sistema de gestión
ambiental de acuerdo con el tipo de actividades que se realicen para dar
cumplimiento al objeto del contrato. El sistema de gestión ambiental deberá
ser coherente con los requisitos normativos vigentes de acuerdo con cada
componente ambiental.
3. Política de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá definir una
política de gestión ambiental que permita prevenir, mitigar, corregir,
compensar y/o potenciar las modificaciones que se generan sobre el
ambiente a partir de las actividades que se ejecuten y donde se evidencie el
compromiso de mejora continua y el cumplimiento de la legislación vigente.
La política de gestión ambiental deberá estar enmarcada en el sistema de
gestión ambiental que se defina y establezca durante la ejecución del
contrato.
4. Compromiso Ambiental: CONCESIONARIO deberá asumir su compromiso
frente al cuidado y protección del medio ambiente, a través de la
implementación del sistema de gestión ambiental, la definición de su política
ambiental, el establecimiento de objetivos, metas, indicadores y programas
ambientales. Adicionalmente deberá comprometerse a la generación de
cultura ambiental en todo su personal a través de la implementación de
buenas prácticas ambientales.
5. La identificación de los aspectos e impactos ambientales según la
ejecución de actividades propias del contrato: CONCESIONARIO podrá
tomar como referencia la metodología establecida por La Empresa de
Transporte Masivo del Valle de Aburrá Limitada y diligenciar la matriz
técnica ambiental. La matriz técnica ambiental, bien sea la presentada por
LA EMPRESA o la elegida por CONCESIONARIO, deberá ser presentada a
LA EMPRESA, previo al inicio de la operación y asegurar el cumplimiento de
los controles requeridos en el análisis.
6. Cumplimiento de la Normatividad Ambiental: CONCESIONARIO deberá
contar con una herramienta que le permita identificar los requisitos legales
en el tema ambiental y que también pueda verificar periódicamente el nivel
de cumplimiento a dichos requisitos. Además deberá actualizarlas y
comunicarlas a todos sus trabajadores y partes interesadas.
CONCESIONARIO debe garantizar que los subcontratistas cumplan con las
obligaciones que exige la ley en gestión ambiental, de tal manera que se
asegure la aplicación efectiva de las medidas de control y prevención de los
impactos ambientales. CONCESIONARIO es el responsable de la obtención
de licencias, permisos y pagos ambientales que se den con la ejecución del
contrato.
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3. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
7. Convenio de producción más limpia: CONCESIONARIO deberá
establecer con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá un convenio de
producción más limpia que genere la responsabilidad con la protección al
medio ambiente.
8. Objetivos, metas e indicadores ambientales: CONCESIONARIO deberá
definir los objetivos, metas e indicadores ambientales a nivel operativo, de
tal forma que permitan establecer la eficacia de los controles para los
aspectos ambientales.
9. Programas de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer
los programas de gestión ambiental que permitan generar todas aquellas
acciones que prevengan, mitiguen, corrijan, compensen y/o potencien las
modificaciones que se generan sobre el ambiente. Para la estructuración de
los programas ambientales se deberán seguir los siguientes lineamientos:
Programa de manejo de aguas: Para la operación del sistema,
CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para
dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia al
uso racional y eficiente del recurso hídrico y deberá contar con los
permisos ambientales emitidos por la Autoridad Ambiental en caso tal de
requerir concesión de aguas.
Programa de control de vertimientos: Para la operación del sistema,
CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para
dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia el
manejo de vertimientos y debe contar con los permisos ambientales
emitidos por la Autoridad Ambiental frente a este tema. Deberá entregar
periódicamente las caracterizaciones fisicoquímicas que realice a cada
uno de los sistemas de tratamiento existentes.
Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles):
CONCESIONARIO deberá definir el programa de sincronización y
monitoreo de emisiones de la flota, se deberá implementar de acuerdo
con lo establecido en el protocolo técnico del Área Metropolitana del
Valle de Aburrá y por los Ministerios de Transporte y de Ambiente y
Desarrollo Sostenible.
CONCESIONARIO deberá presentar los resultados de los monitoreos
que se realicen periódicamente frente a los parámetros que establezca la
normatividad vigente en este tema. Los motores dedicados a Gas Natural
seleccionados para la operación deben cumplir con los ciclos de pruebas
y valores límites de emisiones establecidos por la Directiva 1999/96/CE
del parlamento Europeo, o su equivalente a las normas americanas.
CONCESIONARIO no podrá superar el nivel de emisiones EURO IV.
Esto deberá certificarse por el fabricante de los vehículos y/o motores del
vehículo.
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4. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
Se deberá garantizar que el vehículo una vez ubicado en el Valle de
Aburrá, y debidamente ajustado o calibrado y aclimatado, deberá cumplir
las normas vigentes sobre niveles máximos de emisiones por fuentes
móviles expedidas por la autoridad ambiental y/o Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible y en todo caso no podrá superar el nivel de
emisiones de EURO IV.
Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles): El programa de
monitoreo de emisiones de ruido de la flota se debe implementar de
acuerdo con lo que establezca la normatividad ambiental vigente. En las
zonas de patios y talleres CONCESIONARIO deberá desarrollar e
implementar un programa de mitigación y control de ruido para la
comunidad.
En ningún caso y para ningún período de la operación del sistema, los
vehículos podrán tener niveles de emisión de ruido superiores a 85 dB
(A) externos, de acuerdo con Resolución 8321 de 1983 y niveles de
emisión que superen los límites establecidos por el AMVA como
autoridad ambiental.
Control de fauna. CONCESIONARIO deberá desarrollar el programa de
control y manejo de fauna que se identifique en el sistema, este
programa deberá contemplar el control de fauna doméstica y fauna
silvestre.
Control de flora. CONCESIONARIO deberá desarrollar un programa que
contemple el cuidado y protección de zonas verdes y árboles ubicados
en las zonas y líneas del sistema.
CONCESIONARIO deberá complementar los programas ambientales
adicionales a los expuestos, según los aspectos ambientales adicionales que se
generen por la operación, estos programas ambientales pueden ir enfocados al
control de fugas de aire comprimido, utilización de pistolas HVLP,
mantenimiento a equipos, manejo de solventes, manejo de aceites usados,
consumo de productos químicos, consumo de insumos (trapos, liencillos,
estopas, entre otros), mantenimiento de equipos, compra de combustible, entre
otros.
Dentro del sistema de gestión ambiental (SGA), se deberán prevenir los
impactos sobre el medio ambiente de las actividades realizadas por
CONCESIONARIO, a través de la adquisición de mejores tecnologías, como
equipos para la limpieza acuosas de partes (Gabinetes de aspersión, lavaderos
microbianos de superficie), máquinas aspiradoras de aceite, mangueras
inyectoras de aceite, máquinas aplastadoras de filtros de aceite (perforación de
filtros), aspirador de gases de combustión, recuperador de líquido refrigerante
para radiador, hidrolavadoras, plantas de recirculación de agua, entre otros.
Todo el sistema de gestión ambiental, estará encaminado para asegurar que al
cumplir el tercer año de operación, CONCESIONARIO haya logrado la
certificación en el estándar ISO 14001.
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5. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
10. Plan de formación ambiental: CONCESIONARIO, deberá diseñar el plan
de formación anual, que contenga programa de inducción y formación para
el cargo, donde se evidencie la formación en el control de los aspectos
ambientales identificados en la matriz de gestión ambiental y sobre la
forma, métodos o acciones que deban conocer para prevenirlos o evitarlos.
11. Plan de emergencia: CONCESIONARIO deberá establecer y mantener un
plan de emergencias, planes de contingencia y procedimientos ante posibles
incidentes y situaciones de emergencia. Para la elaboración de estos
planes, CONCESIONARIO debe implementar las prácticas y medidas
explícitas sobre el análisis, evaluación y especificación de los tratamientos a
riesgos tales como: derrames, terremotos, incendios, plagas y los demás
resultantes del análisis. CONCESIONARIO deberá definir en el plan los
recursos de los que dispondrá para asegurar y atender este tipo de
emergencias.
El Plan de Emergencia deberá contemplar como mínimo los numerales
establecidos en el “Manual para la elaboración de planes empresariales de
emergencia y contingencias y su integración con el Sistema Nacional para
la Prevención y Atención de Desastres”, del Ministerio del Interior y de
Justicia:
Realización de análisis de riesgos
Identificación y caracterización de los aspectos ambientales
Análisis de vulnerabilidad por amenaza
Evaluación del riesgo
Definición de los escenarios de riesgo
Organización de la empresa para la prevención y atención de emergencias y
contingencias
Modelo de funciones asignadas a quienes conforman el esquema
organizacional
Estrategias de implementación del Plan
Revisión, evaluación y actualización del Plan de Emergencia y
Contingencias
El Plan de Emergencias deberá articularse con el Sistema Municipal para la
Prevención y Atención de Desastres – SIMPAD, presentando a este organismo
el plan para su validación.
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6. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012
12. Personal responsable de la gestión ambiental: Para la ejecución
exclusiva de las labores ambientales establecidas en este documento y las
demás que se deriven del cumplimiento del Sistema de Gestión Ambiental
que se genere, el recurso humano deberá estar conformado por
profesionales en el área ambiental (Ingeniero sanitario o ambiental), con
experiencia mínima de tres (3) años en gestión ambiental. Si
CONCESIONARIO considera personal adicional para atender esta labor,
deberá confrontar el perfil requerido de acuerdo con las funciones a
desarrollar.
13. Indicadores ambientales: Para la medición del desempeño ambiental,
CONCESIONARIO deberá dar cumplimiento a la gestión del indicador
referenciado INDICADOR AMBIENTAL, adicionalmente, CONCESIONARIO
definirá indicadores operativos de acuerdo con los programas ambientales
establecidos dentro del sistema de gestión ambiental.
14. Control y seguimiento ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer la
herramienta apropiada para documentar el control y seguimiento ambiental
que se realice mensualmente con la operación del sistema y ésta deberá ser
enviada a LA EMPRESA para la aprobación inicial y para la verificación
periódica del control y seguimiento realizado.
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