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ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012



EL CONCESIONARIO gestionará el componente ambiental en un marco que
permita     identificar, valorar y controlar coherentemente los aspectos
ambientales, reducir el potencial de impactos, dar cumplimiento a la
normatividad y mejorar el rendimiento en general del Sistema SITVA, a través
de la implementación de los siguientes elementos:

1. Plan de manejo ambiental: CONCESIONARIO deberá definir e
   implementar su “Plan de Manejo Ambiental” (PMA) el cual permitirá
   identificar, definir y evaluar los aspectos e impactos ambientales de su
   actividad y definir las medidas ambientales a implementar, incluyendo todo
   lo relativo a la adecuación, mantenimiento y operación de los patios y
   talleres.

   La estructura del plan de manejo ambiental deberá contemplar las etapas de
   planificación, ejecución y operación del patio, por tanto CONCESIONARIO
   deberá documentar dicho plan para cada una de estas etapas. Para cada
   una de las etapas definidas, CONCESIONARIO deberá documentar y
   aplicar el plan de seguimiento y control y el plan de contingencias.

   El PMA deberá ser presentado a la EMPRESA para su debida aprobación y
   será presentado ante las autoridades ambientales competentes para su
   adecuado seguimiento.

   Adicionalmente, LA EMPRESA se encargará de realizar control y
   seguimiento a la implementación del plan de manejo ambiental presentado
   por CONCESIONARIO para cada una de las etapas planteadas.

   Respecto a los programas ambientales CONCESIONARIO deberá tener
   presente:

      Programa de manejo de aguas.
      Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles).
      Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles).
      Programa de mantenimiento de las instalaciones.
      Programa de conservación restauración y compensación de cobertura
       vegetal.
      Programa de manejo y disposición final de residuos ordinarios,
       reciclables y peligrosos.

Los programas ambientales que se definan por parte de CONCESIONARIO
deberán establecerse para la etapa de ejecución de obra del patio (en caso de
ser necesario) y para la operación del mismo. La definición y requisitos de los
programas ambientales para la etapa de operación deberán ser coherentes con
lo definido en el punto 9 de este anexo.




                                                                             1
ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012

Una vez implementado el Plan de Manejo Ambiental por CONCESIONARIO, se
deberá estructurar el Sistema de Gestión Ambiental dentro del ciclo PHVA, el
cual deberá establecer una política ambiental, la identificación, valoración y
priorización de aspectos ambientales, los objetivos, metas y programas
ambientales, el control operacional y la medición y el seguimiento de los
controles ambientales.

2. Sistema de Gestión ambiental: Una vez implementado el Plan de Manejo
   Ambiental, CONCESIONARIO deberá establecer su sistema de gestión
   ambiental de acuerdo con el tipo de actividades que se realicen para dar
   cumplimiento al objeto del contrato. El sistema de gestión ambiental deberá
   ser coherente con los requisitos normativos vigentes de acuerdo con cada
   componente ambiental.

3. Política de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá definir una
   política de gestión ambiental que permita prevenir, mitigar, corregir,
   compensar y/o potenciar las modificaciones que se generan sobre el
   ambiente a partir de las actividades que se ejecuten y donde se evidencie el
   compromiso de mejora continua y el cumplimiento de la legislación vigente.
   La política de gestión ambiental deberá estar enmarcada en el sistema de
   gestión ambiental que se defina y establezca durante la ejecución del
   contrato.

4. Compromiso Ambiental: CONCESIONARIO deberá asumir su compromiso
   frente al cuidado y protección del medio ambiente, a través de la
   implementación del sistema de gestión ambiental, la definición de su política
   ambiental, el establecimiento de objetivos, metas, indicadores y programas
   ambientales. Adicionalmente deberá comprometerse a la generación de
   cultura ambiental en todo su personal a través de la implementación de
   buenas prácticas ambientales.

5. La identificación de los aspectos e impactos ambientales según la
   ejecución de actividades propias del contrato: CONCESIONARIO podrá
   tomar como referencia la metodología establecida por La Empresa de
   Transporte Masivo del Valle de Aburrá Limitada y diligenciar la matriz
   técnica ambiental. La matriz técnica ambiental, bien sea la presentada por
   LA EMPRESA o la elegida por CONCESIONARIO, deberá ser presentada a
   LA EMPRESA, previo al inicio de la operación y asegurar el cumplimiento de
   los controles requeridos en el análisis.

6. Cumplimiento de la Normatividad Ambiental: CONCESIONARIO deberá
   contar con una herramienta que le permita identificar los requisitos legales
   en el tema ambiental y que también pueda verificar periódicamente el nivel
   de cumplimiento a dichos requisitos. Además deberá actualizarlas y
   comunicarlas a todos sus trabajadores y partes interesadas.
   CONCESIONARIO debe garantizar que los subcontratistas cumplan con las
   obligaciones que exige la ley en gestión ambiental, de tal manera que se
   asegure la aplicación efectiva de las medidas de control y prevención de los
   impactos ambientales. CONCESIONARIO es el responsable de la obtención
   de licencias, permisos y pagos ambientales que se den con la ejecución del
   contrato.
                                                                              2
ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012


7. Convenio de producción más limpia: CONCESIONARIO deberá
   establecer con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá un convenio de
   producción más limpia que genere la responsabilidad con la protección al
   medio ambiente.

8. Objetivos, metas e indicadores ambientales: CONCESIONARIO deberá
   definir los objetivos, metas e indicadores ambientales a nivel operativo, de
   tal forma que permitan establecer la eficacia de los controles para los
   aspectos ambientales.

9. Programas de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer
   los programas de gestión ambiental que permitan generar todas aquellas
   acciones que prevengan, mitiguen, corrijan, compensen y/o potencien las
   modificaciones que se generan sobre el ambiente. Para la estructuración de
   los programas ambientales se deberán seguir los siguientes lineamientos:

      Programa de manejo de aguas: Para la operación del sistema,
       CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para
       dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia al
       uso racional y eficiente del recurso hídrico y deberá contar con los
       permisos ambientales emitidos por la Autoridad Ambiental en caso tal de
       requerir concesión de aguas.
      Programa de control de vertimientos: Para la operación del sistema,
       CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para
       dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia el
       manejo de vertimientos y debe contar con los permisos ambientales
       emitidos por la Autoridad Ambiental frente a este tema. Deberá entregar
       periódicamente las caracterizaciones fisicoquímicas que realice a cada
       uno de los sistemas de tratamiento existentes.
      Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles):
       CONCESIONARIO deberá definir el programa de sincronización y
       monitoreo de emisiones de la flota, se deberá implementar de acuerdo
       con lo establecido en el protocolo técnico del Área Metropolitana del
       Valle de Aburrá y por los Ministerios de Transporte y de Ambiente y
       Desarrollo Sostenible.

       CONCESIONARIO deberá presentar los resultados de los monitoreos
       que se realicen periódicamente frente a los parámetros que establezca la
       normatividad vigente en este tema. Los motores dedicados a Gas Natural
       seleccionados para la operación deben cumplir con los ciclos de pruebas
       y valores límites de emisiones establecidos por la Directiva 1999/96/CE
       del parlamento Europeo, o su equivalente a las normas americanas.
       CONCESIONARIO no podrá superar el nivel de emisiones EURO IV.
       Esto deberá certificarse por el fabricante de los vehículos y/o motores del
       vehículo.




                                                                                3
ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012

       Se deberá garantizar que el vehículo una vez ubicado en el Valle de
       Aburrá, y debidamente ajustado o calibrado y aclimatado, deberá cumplir
       las normas vigentes sobre niveles máximos de emisiones por fuentes
       móviles expedidas por la autoridad ambiental y/o Ministerio de Ambiente
       y Desarrollo Sostenible y en todo caso no podrá superar el nivel de
       emisiones de EURO IV.

      Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles): El programa de
       monitoreo de emisiones de ruido de la flota se debe implementar de
       acuerdo con lo que establezca la normatividad ambiental vigente. En las
       zonas de patios y talleres CONCESIONARIO deberá desarrollar e
       implementar un programa de mitigación y control de ruido para la
       comunidad.

       En ningún caso y para ningún período de la operación del sistema, los
       vehículos podrán tener niveles de emisión de ruido superiores a 85 dB
       (A) externos, de acuerdo con Resolución 8321 de 1983 y niveles de
       emisión que superen los límites establecidos por el AMVA como
       autoridad ambiental.

      Control de fauna. CONCESIONARIO deberá desarrollar el programa de
       control y manejo de fauna que se identifique en el sistema, este
       programa deberá contemplar el control de fauna doméstica y fauna
       silvestre.
      Control de flora. CONCESIONARIO deberá desarrollar un programa que
       contemple el cuidado y protección de zonas verdes y árboles ubicados
       en las zonas y líneas del sistema.

CONCESIONARIO deberá complementar los programas ambientales
adicionales a los expuestos, según los aspectos ambientales adicionales que se
generen por la operación, estos programas ambientales pueden ir enfocados al
control de fugas de aire comprimido, utilización de pistolas HVLP,
mantenimiento a equipos, manejo de solventes, manejo de aceites usados,
consumo de productos químicos, consumo de insumos (trapos, liencillos,
estopas, entre otros), mantenimiento de equipos, compra de combustible, entre
otros.

Dentro del sistema de gestión ambiental (SGA), se deberán prevenir los
impactos sobre el medio ambiente de las actividades realizadas por
CONCESIONARIO, a través de la adquisición de mejores tecnologías, como
equipos para la limpieza acuosas de partes (Gabinetes de aspersión, lavaderos
microbianos de superficie), máquinas aspiradoras de aceite, mangueras
inyectoras de aceite, máquinas aplastadoras de filtros de aceite (perforación de
filtros), aspirador de gases de combustión, recuperador de líquido refrigerante
para radiador, hidrolavadoras, plantas de recirculación de agua, entre otros.

Todo el sistema de gestión ambiental, estará encaminado para asegurar que al
cumplir el tercer año de operación, CONCESIONARIO haya logrado la
certificación en el estándar ISO 14001.


                                                                              4
ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012

10. Plan de formación ambiental: CONCESIONARIO, deberá diseñar el plan
    de formación anual, que contenga programa de inducción y formación para
    el cargo, donde se evidencie la formación en el control de los aspectos
    ambientales identificados en la matriz de gestión ambiental y sobre la
    forma, métodos o acciones que deban conocer para prevenirlos o evitarlos.

11. Plan de emergencia: CONCESIONARIO deberá establecer y mantener un
    plan de emergencias, planes de contingencia y procedimientos ante posibles
    incidentes y situaciones de emergencia. Para la elaboración de estos
    planes, CONCESIONARIO debe implementar las prácticas y medidas
    explícitas sobre el análisis, evaluación y especificación de los tratamientos a
    riesgos tales como: derrames, terremotos, incendios, plagas y los demás
    resultantes del análisis. CONCESIONARIO deberá definir en el plan los
    recursos de los que dispondrá para asegurar y atender este tipo de
    emergencias.

   El Plan de Emergencia deberá contemplar como mínimo los numerales
   establecidos en el “Manual para la elaboración de planes empresariales de
   emergencia y contingencias y su integración con el Sistema Nacional para
   la Prevención y Atención de Desastres”, del Ministerio del Interior y de
   Justicia:

 Realización de análisis de riesgos

      Identificación y caracterización de los aspectos ambientales
      Análisis de vulnerabilidad por amenaza
      Evaluación del riesgo
      Definición de los escenarios de riesgo

 Organización de la empresa para la prevención y atención de emergencias y
  contingencias

    Modelo de funciones asignadas a quienes conforman el esquema
     organizacional
    Estrategias de implementación del Plan

 Revisión, evaluación y actualización del Plan de Emergencia y
  Contingencias

El Plan de Emergencias deberá articularse con el Sistema Municipal para la
Prevención y Atención de Desastres – SIMPAD, presentando a este organismo
el plan para su validación.




                                                                                 5
ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012

12. Personal responsable de la gestión ambiental: Para la ejecución
    exclusiva de las labores ambientales establecidas en este documento y las
    demás que se deriven del cumplimiento del Sistema de Gestión Ambiental
    que se genere, el recurso humano deberá estar conformado por
    profesionales en el área ambiental (Ingeniero sanitario o ambiental), con
    experiencia mínima de tres (3) años en gestión ambiental. Si
    CONCESIONARIO considera personal adicional para atender esta labor,
    deberá confrontar el perfil requerido de acuerdo con las funciones a
    desarrollar.

13. Indicadores ambientales: Para la medición del desempeño ambiental,
    CONCESIONARIO deberá dar cumplimiento a la gestión del indicador
    referenciado INDICADOR AMBIENTAL, adicionalmente, CONCESIONARIO
    definirá indicadores operativos de acuerdo con los programas ambientales
    establecidos dentro del sistema de gestión ambiental.

14. Control y seguimiento ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer la
    herramienta apropiada para documentar el control y seguimiento ambiental
    que se realice mensualmente con la operación del sistema y ésta deberá ser
    enviada a LA EMPRESA para la aprobación inicial y para la verificación
    periódica del control y seguimiento realizado.




                                                                            6

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2012 3633-version 2 anexo 6 gestión ambiental

  • 1. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 EL CONCESIONARIO gestionará el componente ambiental en un marco que permita identificar, valorar y controlar coherentemente los aspectos ambientales, reducir el potencial de impactos, dar cumplimiento a la normatividad y mejorar el rendimiento en general del Sistema SITVA, a través de la implementación de los siguientes elementos: 1. Plan de manejo ambiental: CONCESIONARIO deberá definir e implementar su “Plan de Manejo Ambiental” (PMA) el cual permitirá identificar, definir y evaluar los aspectos e impactos ambientales de su actividad y definir las medidas ambientales a implementar, incluyendo todo lo relativo a la adecuación, mantenimiento y operación de los patios y talleres. La estructura del plan de manejo ambiental deberá contemplar las etapas de planificación, ejecución y operación del patio, por tanto CONCESIONARIO deberá documentar dicho plan para cada una de estas etapas. Para cada una de las etapas definidas, CONCESIONARIO deberá documentar y aplicar el plan de seguimiento y control y el plan de contingencias. El PMA deberá ser presentado a la EMPRESA para su debida aprobación y será presentado ante las autoridades ambientales competentes para su adecuado seguimiento. Adicionalmente, LA EMPRESA se encargará de realizar control y seguimiento a la implementación del plan de manejo ambiental presentado por CONCESIONARIO para cada una de las etapas planteadas. Respecto a los programas ambientales CONCESIONARIO deberá tener presente:  Programa de manejo de aguas.  Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles).  Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles).  Programa de mantenimiento de las instalaciones.  Programa de conservación restauración y compensación de cobertura vegetal.  Programa de manejo y disposición final de residuos ordinarios, reciclables y peligrosos. Los programas ambientales que se definan por parte de CONCESIONARIO deberán establecerse para la etapa de ejecución de obra del patio (en caso de ser necesario) y para la operación del mismo. La definición y requisitos de los programas ambientales para la etapa de operación deberán ser coherentes con lo definido en el punto 9 de este anexo. 1
  • 2. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 Una vez implementado el Plan de Manejo Ambiental por CONCESIONARIO, se deberá estructurar el Sistema de Gestión Ambiental dentro del ciclo PHVA, el cual deberá establecer una política ambiental, la identificación, valoración y priorización de aspectos ambientales, los objetivos, metas y programas ambientales, el control operacional y la medición y el seguimiento de los controles ambientales. 2. Sistema de Gestión ambiental: Una vez implementado el Plan de Manejo Ambiental, CONCESIONARIO deberá establecer su sistema de gestión ambiental de acuerdo con el tipo de actividades que se realicen para dar cumplimiento al objeto del contrato. El sistema de gestión ambiental deberá ser coherente con los requisitos normativos vigentes de acuerdo con cada componente ambiental. 3. Política de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá definir una política de gestión ambiental que permita prevenir, mitigar, corregir, compensar y/o potenciar las modificaciones que se generan sobre el ambiente a partir de las actividades que se ejecuten y donde se evidencie el compromiso de mejora continua y el cumplimiento de la legislación vigente. La política de gestión ambiental deberá estar enmarcada en el sistema de gestión ambiental que se defina y establezca durante la ejecución del contrato. 4. Compromiso Ambiental: CONCESIONARIO deberá asumir su compromiso frente al cuidado y protección del medio ambiente, a través de la implementación del sistema de gestión ambiental, la definición de su política ambiental, el establecimiento de objetivos, metas, indicadores y programas ambientales. Adicionalmente deberá comprometerse a la generación de cultura ambiental en todo su personal a través de la implementación de buenas prácticas ambientales. 5. La identificación de los aspectos e impactos ambientales según la ejecución de actividades propias del contrato: CONCESIONARIO podrá tomar como referencia la metodología establecida por La Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Limitada y diligenciar la matriz técnica ambiental. La matriz técnica ambiental, bien sea la presentada por LA EMPRESA o la elegida por CONCESIONARIO, deberá ser presentada a LA EMPRESA, previo al inicio de la operación y asegurar el cumplimiento de los controles requeridos en el análisis. 6. Cumplimiento de la Normatividad Ambiental: CONCESIONARIO deberá contar con una herramienta que le permita identificar los requisitos legales en el tema ambiental y que también pueda verificar periódicamente el nivel de cumplimiento a dichos requisitos. Además deberá actualizarlas y comunicarlas a todos sus trabajadores y partes interesadas. CONCESIONARIO debe garantizar que los subcontratistas cumplan con las obligaciones que exige la ley en gestión ambiental, de tal manera que se asegure la aplicación efectiva de las medidas de control y prevención de los impactos ambientales. CONCESIONARIO es el responsable de la obtención de licencias, permisos y pagos ambientales que se den con la ejecución del contrato. 2
  • 3. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 7. Convenio de producción más limpia: CONCESIONARIO deberá establecer con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá un convenio de producción más limpia que genere la responsabilidad con la protección al medio ambiente. 8. Objetivos, metas e indicadores ambientales: CONCESIONARIO deberá definir los objetivos, metas e indicadores ambientales a nivel operativo, de tal forma que permitan establecer la eficacia de los controles para los aspectos ambientales. 9. Programas de gestión ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer los programas de gestión ambiental que permitan generar todas aquellas acciones que prevengan, mitiguen, corrijan, compensen y/o potencien las modificaciones que se generan sobre el ambiente. Para la estructuración de los programas ambientales se deberán seguir los siguientes lineamientos:  Programa de manejo de aguas: Para la operación del sistema, CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia al uso racional y eficiente del recurso hídrico y deberá contar con los permisos ambientales emitidos por la Autoridad Ambiental en caso tal de requerir concesión de aguas.  Programa de control de vertimientos: Para la operación del sistema, CONCESIONARIO deberá contar con la infraestructura necesaria para dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente que referencia el manejo de vertimientos y debe contar con los permisos ambientales emitidos por la Autoridad Ambiental frente a este tema. Deberá entregar periódicamente las caracterizaciones fisicoquímicas que realice a cada uno de los sistemas de tratamiento existentes.  Programa de control de emisiones atmosféricas (fuentes fijas y móviles): CONCESIONARIO deberá definir el programa de sincronización y monitoreo de emisiones de la flota, se deberá implementar de acuerdo con lo establecido en el protocolo técnico del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y por los Ministerios de Transporte y de Ambiente y Desarrollo Sostenible. CONCESIONARIO deberá presentar los resultados de los monitoreos que se realicen periódicamente frente a los parámetros que establezca la normatividad vigente en este tema. Los motores dedicados a Gas Natural seleccionados para la operación deben cumplir con los ciclos de pruebas y valores límites de emisiones establecidos por la Directiva 1999/96/CE del parlamento Europeo, o su equivalente a las normas americanas. CONCESIONARIO no podrá superar el nivel de emisiones EURO IV. Esto deberá certificarse por el fabricante de los vehículos y/o motores del vehículo. 3
  • 4. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 Se deberá garantizar que el vehículo una vez ubicado en el Valle de Aburrá, y debidamente ajustado o calibrado y aclimatado, deberá cumplir las normas vigentes sobre niveles máximos de emisiones por fuentes móviles expedidas por la autoridad ambiental y/o Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y en todo caso no podrá superar el nivel de emisiones de EURO IV.  Programa de control de ruido (fuentes fijas y móviles): El programa de monitoreo de emisiones de ruido de la flota se debe implementar de acuerdo con lo que establezca la normatividad ambiental vigente. En las zonas de patios y talleres CONCESIONARIO deberá desarrollar e implementar un programa de mitigación y control de ruido para la comunidad. En ningún caso y para ningún período de la operación del sistema, los vehículos podrán tener niveles de emisión de ruido superiores a 85 dB (A) externos, de acuerdo con Resolución 8321 de 1983 y niveles de emisión que superen los límites establecidos por el AMVA como autoridad ambiental.  Control de fauna. CONCESIONARIO deberá desarrollar el programa de control y manejo de fauna que se identifique en el sistema, este programa deberá contemplar el control de fauna doméstica y fauna silvestre.  Control de flora. CONCESIONARIO deberá desarrollar un programa que contemple el cuidado y protección de zonas verdes y árboles ubicados en las zonas y líneas del sistema. CONCESIONARIO deberá complementar los programas ambientales adicionales a los expuestos, según los aspectos ambientales adicionales que se generen por la operación, estos programas ambientales pueden ir enfocados al control de fugas de aire comprimido, utilización de pistolas HVLP, mantenimiento a equipos, manejo de solventes, manejo de aceites usados, consumo de productos químicos, consumo de insumos (trapos, liencillos, estopas, entre otros), mantenimiento de equipos, compra de combustible, entre otros. Dentro del sistema de gestión ambiental (SGA), se deberán prevenir los impactos sobre el medio ambiente de las actividades realizadas por CONCESIONARIO, a través de la adquisición de mejores tecnologías, como equipos para la limpieza acuosas de partes (Gabinetes de aspersión, lavaderos microbianos de superficie), máquinas aspiradoras de aceite, mangueras inyectoras de aceite, máquinas aplastadoras de filtros de aceite (perforación de filtros), aspirador de gases de combustión, recuperador de líquido refrigerante para radiador, hidrolavadoras, plantas de recirculación de agua, entre otros. Todo el sistema de gestión ambiental, estará encaminado para asegurar que al cumplir el tercer año de operación, CONCESIONARIO haya logrado la certificación en el estándar ISO 14001. 4
  • 5. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 10. Plan de formación ambiental: CONCESIONARIO, deberá diseñar el plan de formación anual, que contenga programa de inducción y formación para el cargo, donde se evidencie la formación en el control de los aspectos ambientales identificados en la matriz de gestión ambiental y sobre la forma, métodos o acciones que deban conocer para prevenirlos o evitarlos. 11. Plan de emergencia: CONCESIONARIO deberá establecer y mantener un plan de emergencias, planes de contingencia y procedimientos ante posibles incidentes y situaciones de emergencia. Para la elaboración de estos planes, CONCESIONARIO debe implementar las prácticas y medidas explícitas sobre el análisis, evaluación y especificación de los tratamientos a riesgos tales como: derrames, terremotos, incendios, plagas y los demás resultantes del análisis. CONCESIONARIO deberá definir en el plan los recursos de los que dispondrá para asegurar y atender este tipo de emergencias. El Plan de Emergencia deberá contemplar como mínimo los numerales establecidos en el “Manual para la elaboración de planes empresariales de emergencia y contingencias y su integración con el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres”, del Ministerio del Interior y de Justicia:  Realización de análisis de riesgos  Identificación y caracterización de los aspectos ambientales  Análisis de vulnerabilidad por amenaza  Evaluación del riesgo  Definición de los escenarios de riesgo  Organización de la empresa para la prevención y atención de emergencias y contingencias  Modelo de funciones asignadas a quienes conforman el esquema organizacional  Estrategias de implementación del Plan  Revisión, evaluación y actualización del Plan de Emergencia y Contingencias El Plan de Emergencias deberá articularse con el Sistema Municipal para la Prevención y Atención de Desastres – SIMPAD, presentando a este organismo el plan para su validación. 5
  • 6. ANEXO No. 6 GESTIÓN AMBIENTAL Licitación No. 1 de 2012 12. Personal responsable de la gestión ambiental: Para la ejecución exclusiva de las labores ambientales establecidas en este documento y las demás que se deriven del cumplimiento del Sistema de Gestión Ambiental que se genere, el recurso humano deberá estar conformado por profesionales en el área ambiental (Ingeniero sanitario o ambiental), con experiencia mínima de tres (3) años en gestión ambiental. Si CONCESIONARIO considera personal adicional para atender esta labor, deberá confrontar el perfil requerido de acuerdo con las funciones a desarrollar. 13. Indicadores ambientales: Para la medición del desempeño ambiental, CONCESIONARIO deberá dar cumplimiento a la gestión del indicador referenciado INDICADOR AMBIENTAL, adicionalmente, CONCESIONARIO definirá indicadores operativos de acuerdo con los programas ambientales establecidos dentro del sistema de gestión ambiental. 14. Control y seguimiento ambiental: CONCESIONARIO deberá establecer la herramienta apropiada para documentar el control y seguimiento ambiental que se realice mensualmente con la operación del sistema y ésta deberá ser enviada a LA EMPRESA para la aprobación inicial y para la verificación periódica del control y seguimiento realizado. 6