Planificacion Anual en EPT 2024 de nivel Secundaria.pptx
INTRODUCCIÓN A LA SST EN OBREROS MUNICIPALES.pdf
1. INTRODUCCIÓN A LA SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO EN
OBREROS MUNICIPALES
2. MARCO LEGAL VIGENTE
✔Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria.
✔Decreto Supremo N° 005 – 2012 – TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y
modificatorias.
✔Decreto Supremo N° 017-2017-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Obreros
Municipales del Perú.
✔Resolución Ministerial Nº 050 – 2013 – TR, Formatos referenciales - información mínima de los
registros obligatorios del SGSST.
✔Resolución Ministerial Nº 375 – 2008 – TR, Normas básicas de ergonomía y de procedimiento de
evaluación de riesgo disergonómico.
✔Resolución Ministerial Nº 031-2023/MINSA, aprueba la Directiva Administrativa N° 339-MINSA/DGIESP-
2023, que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores
con riesgo de exposición a SARS-CoV-2
✔Normas sectoriales
3. PROMOVER UNA CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL PAÍS
El empleador garantiza, en el
centro de trabajo, el
establecimiento de medios y
condiciones que protejan la
vida, salud y bienestar de los
trabajadores, y de aquellos
que, no teniendo vínculo
laboral, prestan servicios o se
encuentran dentro del ámbito
del centro de labores.
Ley N° 29783, LEY DE SST
El empleador asume las
implicancias económicas,
legales y de cualquier otra
índole
a consecuencia de un
accidente o enfermedad
que sufra el trabajador
en el desempeño de sus
funciones o a
consecuencia de el,
conforme a las normas
vigentes.
EMPLEADOR
ESTADO
TRABAJADORES
Deber de prevención
en el marco de las
disposiciones
normativas.
Fiscalización y
control, actuando en
el marco de sus
competencias.
Participar en el
Sistema de Gestión de
SST.
DE PREVENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
PRINCIPIOS
4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Lo no previsto en el Reglamento
es de aplicación supletoria lo
establecido en la Ley Nº 29783, y
su Reglamento, demás normas
sobre la materia de aplicación
obligatoria para las
Municipalidades.
Obreros Municipales
Empresas contratistas de las
Municipalidades
Trabajadores destacados (ejecución de
obras públicas: infraestructura o
prestación de servicios públicos locales)
Todas las Municipalidades a nivel
Nacional
D. S.
Nº 017-
2017-TR
5. LIDERAZGO Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Puede
delegar
funciones y
autoridad
Las Municipalidades asignan
recursos presupuestarios
necesarios para la
implementación y mejora
continua.
ENCARGADO DE SST
(Responsable del SGSST, asume
liderazgo y compromiso por
implementación).
EL ALCALDE
Al órgano encargado del
desarrollo, aplicación y
resultados del SG SST.
SG SST en las
Municipalidades
01
02
03
Oficinas de RR.HH (órganos que hagan sus veces)
junto al Alcalde, están a cargo de la aplicación de las
disposiciones contenidas en el D.S. N° 017-2017-TR,
Ley y Reglamento de SST.
NO EXIME AL RESPONSABLE DEL SG SST de
su deber de prevención o resarcimiento.
6. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST
El empleador debe implementar el Sistema de Gestión de la SST, regulado
en la Ley y su Reglamento.
Artículo 25 del D.S. 005-2012-TR
EN FUNCIÓN DEL:
Tipo de empresa
Nivel de exposición a
peligros y riesgos
Cantidad de
trabajadores
expuestos
¿QUÉ ES UN SISTEMA DE GESTIÓN?
Es un conjunto estructurado de controles que
aseguran el logro de objetivos en “SST”.
Los objetivos se deben enmarcar dentro de los
principios básicos.
Un sistema de gestión puede incluir varios
sistemas, ejemplo: Calidad, Ambiental, SST, entre
otros,
7. ETAPAS DE UN SISTEMA DE GESTIÓN
IDENTIFICACIÓN
¿Cómo estamos? ¿Qué haremos?
Diagnóstico
Línea de base
evolución y
eficacia del
Sistema
•Establecer
políticas
preventivas
•Diseño
•Documentos y
registros
•Aplicar RISST
•Desempeño del
Comité
•Análisis y
eval. del SSST
• Indicador de
impacto
•Implementación y
planificación
•Estructura y
responsabilidad
EVALUACIÓN
CONTROL
¿Cómo y para qué?
Mejora continua
• Mejora continua
• Verificación y acción
• Revisión por la Gerencia
• Auditorías periódicas
externas
IPER
•Físicos
•Químicos
•Biológicos
•Disergonómicos
•Psicosociales
Comité de SST
paritario (20 a
más
trabajadores)
Supervisor de SST
(menos de 20
trabajadores
Documentos y
registros
• Identificar fallas
• Investigar
accidentes,
enfermedades
profesionales
•Mejora de
procesos
Revisión periódica
con la finalidad de
tener un mejor
control de
los riesgos
Diagnóstico Diseño Implementación
¿Cómo lo haremos?
8. El éxito está en función del compromiso de todos
los niveles y funciones de la organización y
especialmente de la alta dirección con
participación activa de los trabajadores y sus
organizaciones sindicales si los hubiera.
EL ÉXITO DEL SGSST
9. COMITÉ, SUBCOMITÉ O SUPERVISOR DE SST
El empleador constituye un Comité de SST o cuenta con un Supervisor de SST en
función del número de trabajadores que tiene a su cargo
Requisitos:
• Ser trabajador del empleador principal
• Tener como mínimo 18 años de edad.
• De preferencia, contar con capacitación en temas de SST.
De 20 a +
- de 20
Sub-Comité de SST
Supervisor de SST
Comité de SST
Supervisor de SST
Cualquier trabajador del empleador,
que no sea de dirección y confianza,
podrá ser elegido Supervisor de SST
Se aplican las mismas reglas de la
elección del CSST y a consideración
será contar con una Junta Electoral
para llevar a cabo el proceso
El número de miembros que
conforman la Junta Electoral, no
puede ser superior a 4 miembros.
Presidente/a Secretario/a
Miembros
Elegidos por el propio Comité o Subcomité,
entre los representantes
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
10. DOCUMENTACIÓN DEL SGSST
Registros
Programa
Anual de SST
Planificación
de Actividad
Preventiva
Mapa de
Riesgo
IPERC
RISST
Política y
objetivos en
materia de SST
Libro de Actas
del Comité de
SST
11. REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SG SST
Registro de enfermedades
ocupacionales: 20 años
Registros de accidentes de
trabajo e incidentes
peligrosos: 10 años
posteriores al suceso
Otros registros: 5 años
posteriores al suceso
Archivo activo de eventos de
los últimos 12 meses de
ocurrido el suceso
REGISTROS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1. Accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales
2. Exámenes médicos ocupacionales
3. Inspecciones internas de seguridad y salud
4. Estadística de seguridad y salud
5. Monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicológicos
y factores de riesgo disergonómicos.
6. Equipos de seguridad o emergencias
7. Inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencias
8. Registro de incidentes y sucesos peligrosos
Registro de las investigaciones y medidas correctivas adoptadas
en cada caso
12. REGISTROS DE SST
Medio Digital
• Libro u Hojas sueltas
• Sistema o libro digital
Medio Escrito
13. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y
DETERMINACIÓN DE CONTROLES (IPERC)
El encargado de
la SST verifica la
implementación
de las medidas de
control
establecidas en el
IPERC,
considerando
las actividades
propias de los
obreros
municipales.
Las
Municipalidades
elaboran y
actualizan
anualmente el
IPERC, de
conformidad con
la Ley y el
Reglamento,
y presenta
avances
trimestrales sobre
las mismas ante el
Comité de SST.
Elaborada por
personal
competente
Actualizar al
menos 1 vez al
año
En consulta:
Trabajadores, Comité o
Supervisor de SST
Elaborada
por cada
puesto de
trabajo
Artículo 77, Reglamento de la Ley 29783 (Modificado
por D. S. N° 002-2020-TR)
14. CAMPOS DESARROLLADOS POR LOS OBREROS MUNICIPALES
FÍSICOS
Ruido, temperaturas
extremas, vibraciones,
radiaciones
BIOLÓGICOS
Bacterias, hongos, virus,
plagas.
DISERGONÓMICOS
Posturas inadecuadas,
movimientos repetitivos,
levantamiento de carga,
sobreesfuerzo
LOCATIVOS
Pisos con huecos,
agrietados, húmedos,
escaleras en mal estado
QUÍMICOS
Polvos, vapores, gases,
humos metálicos
ELÉCTRICOS
tableros eléctricos
deteriorados, cables
eléctricos expuestos
PSICOSOCIALES
Estrés, carga de trabajo y ritmo
excesivo, contenido del trabajo
, mobbing
MECÁNICOS
Máquinas sin protección,
herramienta defectuosa, vehículos
en mal estado, calderos sin
mantenimiento
TIPOS DE PELIGROS
Mantenimiento de parques y jardines, viveros municipales, áreas comunes
y de recreación; ambientación de áreas verdes; fumigación; riego por
inundación, cisterna y por punto de agua; poda; mantenimiento de canales
subterráneos; entre otros
Áreas
verdes
Vigilancia y protección vecinal; mantenimiento del orden en la comuna;
fiscalización de locales y de transporte; entre otros
Seguridad
ciudadana
Barrido de vías públicas; lavado de calles, locales públicos y plazas públicas;
recolección, reciclaje, transporte, descarga y disposición final de residuos
sólidos; fumigación; entre otros
Limpieza
pública
Reparación de vías públicas, pintura, mantenimiento metalmecánico, mecánico de
automóviles y maquinaria en general, carpintería, gasfitería, construcción,
reconstrucción, remodelación, demolición, renovación, recojo y levantamiento de
desmonte, habilitación de bienes inmuebles como edificaciones, estructuras,
excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, que requieran de dirección técnica,
expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos; entre otros
Obras y
mantenimiento
Otros Campos: sacrificio, izaje y corte de ganado; lavado de vísceras, almacenamiento y conservación de
carne; limpieza, mantenimiento, guía y vigilancia de cementerio; cuidado y limpieza de animales y sus
instalaciones; manejo de vehículos municipales; limpieza y mantenimiento de semáforos; entre otros.
15. Peligro Controles existentes Evaluación del Riesgo Medidas de control
Eliminación
Sustitución
Controles
de
ingeniería
Controles
administrativos
Equipos
de
Protección
Personal
* Reducción
del tiempo de
exposición.
* Asegurar la
realización de
las pausas
activas.
* Fomentar el
autocuidado.
*Realizar un
correcto
lavado de
manos
*Vacunación
preventiva
*Capacitación
en
bioseguridad
*Monitoreo
biológico
Mascarilla
de
protección
respiratori
A, guantes
de látex y
guantes
de cuero
Descripción
Efectos
posibles
Trabajo
prolongado
en flexión
Ergonómico
biológico
Contacto
con
materiales o
residuos
biológicos
Tensión
muscular,
dolor en
articulacion
es
de
miembros
superiores e
inferiores
Intoxicación,
infecciones
Clasificación
Fuente
Medio
Individuos
Ninguno Ninguno
Ninguno
Pausas
activas
Puesto
de
trabajo
Zona/
Lugar
Actividades
Tareas
Rutinario
(si/no)
calles
Obrero
municipal
cargar
bolsas
de
resíduos
a
los
camiones
Recojo
de
residuos
sólidos
si
Criterios para
establecer
controles
Peor
consecuencia
Existencia
Requisito
Legal
Específico
Asociado
(Si
o
No)
Pérdida de
capacidad
laboral.
No
No
Enfermedad
es
infectoconta
giosas,
muerte
A
B
C
D
(IP)
Índice
de
probabilidad
(A+B+C+D)
(IS)
Índice
de
severidad
Riesgo
=
IP
x
IS
Nivel
de
riesgo
Riesgo
significativo
(Si/No)
2 3 2 3
2 3 3 3
10
11
2
2
20
22
Importante
Importante
Si
Si
MATRIZ IPERC
Ejemplo adaptado de la GTC 45:2010
Valoración
del
riesgo
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS EVALUACIÓN DE RIESGOS DETERMINACIÓN DE CONTROLES
Ninguno Ninguno
16. Directiva Administrativa N° 339-MINSA/DGIESP-2023
DISPOSICIONES BÁSICAS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
Sensibilización de la prevención del
contagio en el centro de trabajo
Disposición 5
Medidas preventivas de
aplicación colectiva
Disposición 6
Medidas de protección
personal
Disposición 7
Salud del trabajador en el
contexto de la COVID-19
Disposición 8
Vacunación contra la
COVID-19
Disposición 1
Asegurar la ventilación de
los centros de trabajo
Disposición 2
Valoración de la aptitud del
trabajador previo al regreso al
centro de trabajo
Disposición 3
Puntos de lavado o
desinfección de manos
Disposición 4
17. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
x Eliminar
Sustituir
ingeniería
Controles de
administrativos
Controles
protección personal
Equipos de
FUENTE
Receptor
Medio
Raíz de los Factores
de riesgo
+ Efectivo
- Efectivo
Efectividad
de
CONTROLES
BARRERAS
DURAS
BARRERAS
BLANDAS
El peligro
Con procesos, operaciones,
materiales o equipos menos
peligrosos
y reorganización del trabajo
Incluyendo la formación
adecuados
Apartado 8.1.2 - ISO 45001
18. Condiciones
mínimas
1. Limpieza
mínimo, una vez
por turno de
trabajo.
2. Iluminación
conforme R.M.
N° 375-2008-
TR.
3. Señalización.
4. SS.HH de acceso
gratuito, ventilados,
iluminados y limpios
y conforme al DS N°
011-2006-VIVIENDA
5. Comedores
adecuados para
conservar,
calentar e ingerir
sus alimentos.
6. Talleres de
mantenimiento
ventilados, iluminación y
sistema contra
incendios.
7. Vestuarios y
Casilleros para el
cambio de ropa al inicio
y final de la jornada
laboral.
CONDICIONES MÍNIMAS DE LAS INSTALACIONES
19. SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN
LAS MUNICIPALIDADES:
• Identifican necesidades de capacitación en función a riesgos de
cada puesto de trabajo y deben estar contempladas en el
Programa Anual de Capacitaciones, aprobado por el CSST.
• El CSST debe revisar periódicamente la implementación y
realización de las capacitaciones.
• Realizan charlas semanales de seguridad de 15 minutos, a cargo
del Supervisor inmediato de los obreros municipales.
20. CONDICIONES ESPECIALES
La Municipalidad garantizan el cumplimiento del D.S
N° 015-2005-SA, en las labores que impliquen
manipulación o contacto con sustancias químicas
(fumigación, abastecimiento de combustible a
motoguadañas, entre otras);
El encargado de la SST debe:
Trabajadores con discapacidad
Garantizan la protección de los
trabajadores
Periodo de gestación y lactancia
Implementa las medidas necesarias
para la protección de las obreras en
periodo de gestación y lactancia.
MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE
SUSTANCIAS QUÍMICAS
•Garantizar que toda sustancia
química cuente con su respectiva
hoja de seguridad.
•Adoptando las medidas necesarias,
la misma que debe estar disponible
en el lugar de trabajo
Hoja MSDS
•Capacitar al personal expuesto de
riesgos existentes y las medidas de
primeros auxilios en caso de
emergencias:
Capacitación
21. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP´S)
Las Municipalidades proveen los EPP´s necesarios conforme a la
tabla del Anexo 1, según:
• Riesgos existentes en las actividades desarrolladas.
• Medidas antropométricas del trabajador.
• Deben estar certificados con estándares internacionales que
aprueba el INACAL.
El encargado de la Seguridad y Salud en el Trabajo asegura la
entrega de los EPP´s al inicio de las actividades y su recambio cada
vez que exista desgaste.
Tipo de
EPP´s
Protección
a la cabeza
Protección
facial
Protección
respiratoria
Protección
corporal
Protección
de manos
Protección
auditiva
Protección
contra
caídas
Anexo 1:
22. PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIA
Las Municipalidades cuentan con un plan de respuesta ante emergencias que abarcan todos los puestos de trabajo de labores
operativas y desarrollan el entrenamiento necesario para actuar correctamente.
CONTENIDO MÍNIMO
Posibles emergencias, en
función a las
características sociales y
geográficas de la
jurisdicción.
Sistemas de comunicación
inmediata entre los trabajadores
y los responsables de organizar la
respuesta.
Sistemas de
comunicación inmediata
entre los trabajadores y
los responsables de
organizar la respuesta.
Cronograma de los
entrenamientos y simulacros.
23. INTERVENCIÓN DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO
SUNAFIL a nivel nacional tienen competencia para
fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones
legales y técnicas en materia de seguridad y salud
en el trabajo por parte de las municipalidades
provinciales, distritales y centros poblados respecto
de los trabajadores obreros municipales.
24. EL PROCEDIMIENTO INSPECTIVO
Denuncia,
solicitud,
etc.
Orden de
inspección:
Concreta
Genérica
Asignación
a Inspector
(es)
Modalidades:
1.Visita de inspección
2.Comparecencia
3.Comprobación datos
4.Requerimiento información por medios
de sistemas de comunicación electrónica
Medidas inspectivas:
Requerimiento,
Advertencia,
Paralización y/o
prohibición de
trabajos o tareas,
Cierre temporal
Informe de
Inspección o
Acta de
Infracción
Inicio: máximo 10 días hábiles
En SST máximo de 30 días hábiles no prorrogables
Accidente de trabajo seguido de muerte: máximo
10 días hábiles, prorrogables
25. INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE SST
Subsanables Insubsanables
Medida Inspectiva de Advertencia o
de Requerimiento
Acta de Paralización / Acta de
Infracción
Tipificación de las
infracciones
• Infracciones leves
• Infracciones graves
• Infracciones muy graves
Accidentes de trabajos
y enfermedades
ocupacionales
26. 27.4 No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores o
no comunicar a los trabajadores afectados el resultado de las mismas
27.8 No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores y las
trabajadoras acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas preventivas aplicables.
27.12 No constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comité de
Seguridad y Salud, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada.
28.3 Designar a trabajadores en puestos cuyas condiciones sean incompatibles con sus características personales
conocidas o sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de SST, cuando de ellas se derive un
riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores
28.4 Incumplir el deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores.
28.10 El incumplimiento de la normativa sobre SST que ocasione un accidente de trabajo que produce la muerte del
trabajador o cause daño en el cuerpo o en la salud del trabajador que requiera asistencia o descanso médico, conforme al
certificado o informe médico legal.
INFRACCIONES EN MATERIA DE SST
GRAVES
MUY GRAVES