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ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010
C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 1
“EL SISTEMA EDUCATIVO: FUNCIONES Y PRINCIPIOS.”
AUTORÍA
JOSÉ FÉLIX CUADRADO MORALES
TEMÁTICA
ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR
ETAPA
EDUCACIÓN PRIMARIA
Resumen
En este artículo se podrá apreciar las funciones y principios más destacables de nuestro sistema
educativo. Por un lado entre las funciones del sistema educativo predominan la transmisión de lo
acumulado, la cohesión social, la función compensadora, el reajuste social y la reconstitución
democrática y por otro lado, algunos de los principios del sistema educativo que se podrán ver en el
siguiente artículo son el principio de autonomía, la participación y el pluralismo y la libertad de
enseñanza.
Palabras clave
Docentes.
Aula.
Alumnado.
Oportunidad.
Sociedad.
Funciones.
Principios.
Enseñanza.
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1. FUNCIONES DEL SISTEMA EDUCATIVO.
El sistema educativo tiene una serie de funciones. Son las siguientes:
Transmisión de lo acumulado.
Todo el saber acumulado durante la historia, se encuentra archivado y registrado. De ahí la necesidad
de transmitir la información más valiosa. Por eso se crean las escuelas.
Los profesores son los que tienen que transmitir su saber a las nuevas generaciones de alumnos y
alumnas, para que puedan desenvolverse en la sociedad actual que les ha tocado vivir.
Cohesión social.
Una de las premisas que se suele poner es que hay demasiados alumnos y alumnas inmigrantes. Cabe
pensar que en el futuro esos niños y niñas van a ser niños y niñas de pleno derecho. Además, esos
niños y niñas y esas familias tienen una cultura diferente y por consiguiente la escuela juega un papel
principal en hacer que esas culturas se vayan amoldando.
En la escuela se les somete a todos a los mismos estímulos, durante muchos años, y durante una
época que es muy plástica para el ser humano y de absorción de conocimientos como es la etapa de
Educación Primaria.
El objetivo es que salgan ciudadanos con un fondo común y que puedan desenvolverse en la sociedad
actual en las mejores condiciones posibles.
Función compensadora.
La escuela debería ser la segunda oportunidad para aquellos chicos y chicas que no hayan tenido
suerte con el nacimiento, corrigiendo ese problema. Nadie elige a los padres.
La escuela va a ser capaz de suplir las carencias de ese efecto con los que sí han tenido suerte con el
nacimiento. La función es que los menos desfavorecidos partan con las mismas condiciones que los
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más favorecidos. La escuela sería un instrumento de movilización social, por el que una persona
desfavorecida, puede acceder después a las mismas condiciones sociales que los más favorecidos.
Reajuste social.
Tiene que ver con la anterior pero es más complicada de entender. Rawl dice que no nos destrozamos
porque los seres humanos aceptamos las diferencias basándonos en dos principios de reajuste social.
- Porque aceptamos que con otro sistema las diferencias sería mayores.
-Si pensamos que los que están en la situación ventajosa y los que están en la desventajosa, no van a
ser siempre los mismos. Los que están situación desventajosa se conforman porque creen que tienen
unos mecanismos que pueden salir de esa situación. El mecanismo para salir de esta situación es la
educación.
En ese sentido la escuela es un mecanismo de reajuste social, tranquilizando los ánimos de los más
desfavorecidos.
En las escuela están depositas millones de esperanzas. La educación es el lugar donde la mayoría de
la población confía para encontrarse mejor en la sociedad.
Reconstitución democrática.
Solo hay democracia si hay un pueblo culto y educado. Sin ese pueblo no hay democracia. Si los
alumnos y alumnas no están formados, si no tienen los conocimiento suficientes, si no saben escribir,
no puede haber democracia y se aprovechan de ellos/as.
Los docentes tienen la función de formar a ciudadanos/as al que no se le pueda engañar y no se le
venda mentiras.
La función de la escuela será aportar ciudadanos críticos, ciudadanos libres, cultos, preparados, porque
sin ellos no puede haber democracia.
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2. PRINCIPIOS DEL SISTEMA EDUCATIVO.
A) Pluralismo y libertad de enseñanza.
El monopolio de la enseñanza no puede tenerlo solo el estado. La libertad de expresión es legítima
mientras no atente contra los derechos. Como hay libertad de expresión, hay libertad de enseñanza.
Esto justifica la diversidad de instituciones o escuelas: laicos, escuela musulmana, concertadas, etc.
Esto es así porque lo permite el estado. No puede haber escuelas que favorezcan el racismo, la
contaminación del medio ambiente, etc.
La condición primera es que esté de acuerdo con la normativa vigente del sistema educativo español. Si
una persona cree que su opinión es justa y hay gente que piensa igual, puede fundar una escuela
donde educar a sus hijos y todos los que piensan como él. En teoría cualquiera puede fundar una
escuela para formar ciudadanos que tengan una opinión diferente al resto, pero no pueden fundar
escuelas al margen de la legislación. En resumen, este principio establece:
- Fundamento constitucional.
- Libertad de enseñanza y libertad de expresión.
- Los límites a la libertad de enseñanza:
 El respeto a los derechos fundamentales de la persona: la juventud y la infancia.
 El fomentar los valores de convivencia, libertad, igualdad y pluralismo.
 Respetar el derecho del niño a no ser adoctrinado (que no se le cierre la mentalidad).
- La aplicación práctica. Esto termina en dos redes:
o Los centros públicos, sistema abierto donde todos pueden influir.
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o Unos centros ya definidos entre los cuáles pueden elegir los padres, pero una vez
elegidos ya no tienen más opción. Puedo mandar a mi hijo a un centro religioso, pero no
puedo luchar para que ese centro deje de ser religioso.
B) El principio de autonomía.
España está compuesta de autonomías. Cada una tiene potestad para gestionar y organizar sus leyes.
En otros países como Alemania y Suiza, cada país, tienen su propio sistema educativo. Otros países
como Francia e Italia, no dan ningún título que no otorgue el estado. Estos son los dos extremos que
hay. España ocupa una posición intermedia entre estos dos casos. Cada comunidad autónoma tiene un
grado de autonomía muy grande. Pero si un alumno/a saca el graduado de secundaria, es válido y
puede matricularse en cualquier parte de España. En España tenemos una situación un tanto insólita.
España establece un sistema de normas básicas y de estructura educativa común. Todas las escuelas
y todas las universidades tienen una estructura común que es válida para todos. En cuanto a la
estructura, la duración de etapas es la misma, abarcan los mismo años, y tercero, que hay un bloque
común de estudios que es común en todo el territorio nacional y otro más pequeño, que es específico
de cada autonomía.
- Criterios:
o Cuando se tenga lengua propia, el 45% de los contenidos lo establece la autonomía.
o Si no tiene lengua propia, regula el 65% el estado y la comunidad autónoma el 35%.
Como el bloque común siempre es más grande, se establezca esa libre circulación de alumnado para
matricularse en cualquier parte del territorio nacional.
El principio de autonomía donde está centrado el estado, es de concentración y de validez en todo el
territorio nacional. ¿Pero qué es lo que es competencia exclusiva del estado? Son 5:
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a) El sistema general de enseñanza: cuánto dura la etapa, contenidos, etc.
b) Las condiciones para la obtención de títulos. El título es expedido por la autonomía, pero las
condiciones que se tienen que reunir para sacar un título, es competencia exclusiva del estado.
c) El currículum básico. La mayor parte de lo que se da en las universidades, colegios de
Educación Primaria e institutos de Educación Primaria son comunes en todos los demás.
d) Los requisitos que reúnen las personas que quieren dedicarse a la docencia, requisitos para ser
docente. Se requieren los mismos requisitos en un sitio que en otro.
e) Las condiciones mínimas que tienen que reunir los centros. Nos referimos a que cualquier centro
de enseñanza tiene que estar homologados con otros centros de enseñanza del país: cuántos
alumnos tiene que haber por metro cuadrado de aula, espacio mínimo por alumno en patio de
recreo, cuántas dependencias auxiliares (laboratorios, de apoyo, idiomas, etc.) debe haber por
número de aulas…
Este principio de autonomía pedagógica va aparecer recogido en nuestro currículo actual en:
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Título V: Capítulo II. La autonomía de
los centros.
- Decreto 230/2007, de 31 de Julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía. Artículo 8: Autonomía de los centros.
- Orden de 10 de Agosto de 2007, por el que se establece el currículo correspondiente a la
Educación Primaria en Andalucía. Artículo 5: Autonomía de los centros.
- Real Decreto 1513/2006, de 7 de Diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas
de la Educación Primaria. Artículo 14.2: Autonomía de los centros.
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- Por último, La Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de educación en Andalucía (LEA), hace
referencia a la autonomía pedagógica en el artículo 5, objetivos de la ley: m) Profundizar la
autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes.
C) La participación.
Existen tres razones para la participación:
- Motivación: las personas que participan, rinden más, haciendo suyo el proyecto en el que
participan.
- Productividad: aumenta el rendimiento, aumenta la productividad.
- Por el propio sentido del poder: El poder en la escuela consiste en coger a niños y niñas
inmaduros/as y analfabetos/as y convertirlos en adultos alfabetizados. Entonces el poder lo
tienen los profesores, los alumnos, porque si ellos no quieren no aprenden y los padres, en
cuanto modulan el aprendizaje del niño. Hay otros menos importantes como la administración, el
colegio, etc.
La participación de la familia: La evidencia es que la participación de los padres, pese a que tienen la
herramienta legal para hacerlo, es muy escasa. El problema es debido a lo siguiente:
- Ignorancia.
- Invisibilidad de los resultados de su aportación. Hay padres que aportan una determinada
cantidad de dinero para hacer algo, y al final no se ven esos resultados.
- La propia mentalidad o concepción de los padres con respecto a la participación. Hay padres que
consideran que ellos no tienen que participar en los centros, porque dicen que los profesores
están formados para ello y porque pagan para que les den la educación a los niños.
- Es irrelevante su participación, porque deciden muy poco en los órganos de participación.
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- Todos los profesores forman parte de una casta: tienen el mismo tipo de formación, tienen un
mismo nivel de vida, son personas que hablan bien (soltura en el uso de la palabra, vocabulario
rico, etc.) y además, los profesores comparten intereses comunes, como por ejemplo que nadie
se meta con ellos o se meta en su terreno. Luego nos encontramos a los padres, que al contrario
de los profesores, se encuentran en situaciones muy diversas. A diferencia de los padres, los
profesores tienen lazos más estrechos porque comparten más cosas, y dentro de los padres
están más dispersos, pueden hablar bien y pueden hablar mal, etc.
Por lo tanto, muchos evitan discutir porque conocen de forma muy superficial lo que pasa en el
centro, tienen poca soltura al hablar y por último, los padres no tienen esa comunidad de
intereses que tienen los profesores.
La participación del alumnado: Es uno de los indicadores de calidad para saber si un colegio es
valioso o no. Desde muy pequeños, los alumnos y alumnas deben de participar en la propia
organización del centro. También es una característica de calidad el que un alumno/a se quede ligado
al centro cuando ya han dejado de ir al colegio.
La participación del profesorado: Esto va más allá de que el profesor cumpla sus obligaciones:
1) Cuando los profesores asumen responsabilidades que nadie les exige.
2) Cuando se comprometen en proyectos.
3) Cuando aportan iniciativas para la mejora del centro.
4) Cuando la interacción y cooperación con la familia es superior que lo que viene exigido por norma o
ley.
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BIBLIOGRAFÍA
-Ballenilla, F. (1995). Enseñar investigando. Sevilla: Diada.
-Monclús, A. (2004). Educación y Sistema Educativo. Madrid: ICE.
Autoría
 Nombre y Apellidos: JOSÉ FÉLIX CUADRADO MORALES
 Centro, localidad, provincia: CSIF-CADIZ
 E-mail: felix_uda@hotmail.com

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  • 1. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 1 “EL SISTEMA EDUCATIVO: FUNCIONES Y PRINCIPIOS.” AUTORÍA JOSÉ FÉLIX CUADRADO MORALES TEMÁTICA ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR ETAPA EDUCACIÓN PRIMARIA Resumen En este artículo se podrá apreciar las funciones y principios más destacables de nuestro sistema educativo. Por un lado entre las funciones del sistema educativo predominan la transmisión de lo acumulado, la cohesión social, la función compensadora, el reajuste social y la reconstitución democrática y por otro lado, algunos de los principios del sistema educativo que se podrán ver en el siguiente artículo son el principio de autonomía, la participación y el pluralismo y la libertad de enseñanza. Palabras clave Docentes. Aula. Alumnado. Oportunidad. Sociedad. Funciones. Principios. Enseñanza.
  • 2. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 2 1. FUNCIONES DEL SISTEMA EDUCATIVO. El sistema educativo tiene una serie de funciones. Son las siguientes: Transmisión de lo acumulado. Todo el saber acumulado durante la historia, se encuentra archivado y registrado. De ahí la necesidad de transmitir la información más valiosa. Por eso se crean las escuelas. Los profesores son los que tienen que transmitir su saber a las nuevas generaciones de alumnos y alumnas, para que puedan desenvolverse en la sociedad actual que les ha tocado vivir. Cohesión social. Una de las premisas que se suele poner es que hay demasiados alumnos y alumnas inmigrantes. Cabe pensar que en el futuro esos niños y niñas van a ser niños y niñas de pleno derecho. Además, esos niños y niñas y esas familias tienen una cultura diferente y por consiguiente la escuela juega un papel principal en hacer que esas culturas se vayan amoldando. En la escuela se les somete a todos a los mismos estímulos, durante muchos años, y durante una época que es muy plástica para el ser humano y de absorción de conocimientos como es la etapa de Educación Primaria. El objetivo es que salgan ciudadanos con un fondo común y que puedan desenvolverse en la sociedad actual en las mejores condiciones posibles. Función compensadora. La escuela debería ser la segunda oportunidad para aquellos chicos y chicas que no hayan tenido suerte con el nacimiento, corrigiendo ese problema. Nadie elige a los padres. La escuela va a ser capaz de suplir las carencias de ese efecto con los que sí han tenido suerte con el nacimiento. La función es que los menos desfavorecidos partan con las mismas condiciones que los
  • 3. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 3 más favorecidos. La escuela sería un instrumento de movilización social, por el que una persona desfavorecida, puede acceder después a las mismas condiciones sociales que los más favorecidos. Reajuste social. Tiene que ver con la anterior pero es más complicada de entender. Rawl dice que no nos destrozamos porque los seres humanos aceptamos las diferencias basándonos en dos principios de reajuste social. - Porque aceptamos que con otro sistema las diferencias sería mayores. -Si pensamos que los que están en la situación ventajosa y los que están en la desventajosa, no van a ser siempre los mismos. Los que están situación desventajosa se conforman porque creen que tienen unos mecanismos que pueden salir de esa situación. El mecanismo para salir de esta situación es la educación. En ese sentido la escuela es un mecanismo de reajuste social, tranquilizando los ánimos de los más desfavorecidos. En las escuela están depositas millones de esperanzas. La educación es el lugar donde la mayoría de la población confía para encontrarse mejor en la sociedad. Reconstitución democrática. Solo hay democracia si hay un pueblo culto y educado. Sin ese pueblo no hay democracia. Si los alumnos y alumnas no están formados, si no tienen los conocimiento suficientes, si no saben escribir, no puede haber democracia y se aprovechan de ellos/as. Los docentes tienen la función de formar a ciudadanos/as al que no se le pueda engañar y no se le venda mentiras. La función de la escuela será aportar ciudadanos críticos, ciudadanos libres, cultos, preparados, porque sin ellos no puede haber democracia.
  • 4. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 4 2. PRINCIPIOS DEL SISTEMA EDUCATIVO. A) Pluralismo y libertad de enseñanza. El monopolio de la enseñanza no puede tenerlo solo el estado. La libertad de expresión es legítima mientras no atente contra los derechos. Como hay libertad de expresión, hay libertad de enseñanza. Esto justifica la diversidad de instituciones o escuelas: laicos, escuela musulmana, concertadas, etc. Esto es así porque lo permite el estado. No puede haber escuelas que favorezcan el racismo, la contaminación del medio ambiente, etc. La condición primera es que esté de acuerdo con la normativa vigente del sistema educativo español. Si una persona cree que su opinión es justa y hay gente que piensa igual, puede fundar una escuela donde educar a sus hijos y todos los que piensan como él. En teoría cualquiera puede fundar una escuela para formar ciudadanos que tengan una opinión diferente al resto, pero no pueden fundar escuelas al margen de la legislación. En resumen, este principio establece: - Fundamento constitucional. - Libertad de enseñanza y libertad de expresión. - Los límites a la libertad de enseñanza:  El respeto a los derechos fundamentales de la persona: la juventud y la infancia.  El fomentar los valores de convivencia, libertad, igualdad y pluralismo.  Respetar el derecho del niño a no ser adoctrinado (que no se le cierre la mentalidad). - La aplicación práctica. Esto termina en dos redes: o Los centros públicos, sistema abierto donde todos pueden influir.
  • 5. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 5 o Unos centros ya definidos entre los cuáles pueden elegir los padres, pero una vez elegidos ya no tienen más opción. Puedo mandar a mi hijo a un centro religioso, pero no puedo luchar para que ese centro deje de ser religioso. B) El principio de autonomía. España está compuesta de autonomías. Cada una tiene potestad para gestionar y organizar sus leyes. En otros países como Alemania y Suiza, cada país, tienen su propio sistema educativo. Otros países como Francia e Italia, no dan ningún título que no otorgue el estado. Estos son los dos extremos que hay. España ocupa una posición intermedia entre estos dos casos. Cada comunidad autónoma tiene un grado de autonomía muy grande. Pero si un alumno/a saca el graduado de secundaria, es válido y puede matricularse en cualquier parte de España. En España tenemos una situación un tanto insólita. España establece un sistema de normas básicas y de estructura educativa común. Todas las escuelas y todas las universidades tienen una estructura común que es válida para todos. En cuanto a la estructura, la duración de etapas es la misma, abarcan los mismo años, y tercero, que hay un bloque común de estudios que es común en todo el territorio nacional y otro más pequeño, que es específico de cada autonomía. - Criterios: o Cuando se tenga lengua propia, el 45% de los contenidos lo establece la autonomía. o Si no tiene lengua propia, regula el 65% el estado y la comunidad autónoma el 35%. Como el bloque común siempre es más grande, se establezca esa libre circulación de alumnado para matricularse en cualquier parte del territorio nacional. El principio de autonomía donde está centrado el estado, es de concentración y de validez en todo el territorio nacional. ¿Pero qué es lo que es competencia exclusiva del estado? Son 5:
  • 6. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 6 a) El sistema general de enseñanza: cuánto dura la etapa, contenidos, etc. b) Las condiciones para la obtención de títulos. El título es expedido por la autonomía, pero las condiciones que se tienen que reunir para sacar un título, es competencia exclusiva del estado. c) El currículum básico. La mayor parte de lo que se da en las universidades, colegios de Educación Primaria e institutos de Educación Primaria son comunes en todos los demás. d) Los requisitos que reúnen las personas que quieren dedicarse a la docencia, requisitos para ser docente. Se requieren los mismos requisitos en un sitio que en otro. e) Las condiciones mínimas que tienen que reunir los centros. Nos referimos a que cualquier centro de enseñanza tiene que estar homologados con otros centros de enseñanza del país: cuántos alumnos tiene que haber por metro cuadrado de aula, espacio mínimo por alumno en patio de recreo, cuántas dependencias auxiliares (laboratorios, de apoyo, idiomas, etc.) debe haber por número de aulas… Este principio de autonomía pedagógica va aparecer recogido en nuestro currículo actual en: - Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Título V: Capítulo II. La autonomía de los centros. - Decreto 230/2007, de 31 de Julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía. Artículo 8: Autonomía de los centros. - Orden de 10 de Agosto de 2007, por el que se establece el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía. Artículo 5: Autonomía de los centros. - Real Decreto 1513/2006, de 7 de Diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. Artículo 14.2: Autonomía de los centros.
  • 7. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 7 - Por último, La Ley 17/2007, de 10 de Diciembre, de educación en Andalucía (LEA), hace referencia a la autonomía pedagógica en el artículo 5, objetivos de la ley: m) Profundizar la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes. C) La participación. Existen tres razones para la participación: - Motivación: las personas que participan, rinden más, haciendo suyo el proyecto en el que participan. - Productividad: aumenta el rendimiento, aumenta la productividad. - Por el propio sentido del poder: El poder en la escuela consiste en coger a niños y niñas inmaduros/as y analfabetos/as y convertirlos en adultos alfabetizados. Entonces el poder lo tienen los profesores, los alumnos, porque si ellos no quieren no aprenden y los padres, en cuanto modulan el aprendizaje del niño. Hay otros menos importantes como la administración, el colegio, etc. La participación de la familia: La evidencia es que la participación de los padres, pese a que tienen la herramienta legal para hacerlo, es muy escasa. El problema es debido a lo siguiente: - Ignorancia. - Invisibilidad de los resultados de su aportación. Hay padres que aportan una determinada cantidad de dinero para hacer algo, y al final no se ven esos resultados. - La propia mentalidad o concepción de los padres con respecto a la participación. Hay padres que consideran que ellos no tienen que participar en los centros, porque dicen que los profesores están formados para ello y porque pagan para que les den la educación a los niños. - Es irrelevante su participación, porque deciden muy poco en los órganos de participación.
  • 8. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 8 - Todos los profesores forman parte de una casta: tienen el mismo tipo de formación, tienen un mismo nivel de vida, son personas que hablan bien (soltura en el uso de la palabra, vocabulario rico, etc.) y además, los profesores comparten intereses comunes, como por ejemplo que nadie se meta con ellos o se meta en su terreno. Luego nos encontramos a los padres, que al contrario de los profesores, se encuentran en situaciones muy diversas. A diferencia de los padres, los profesores tienen lazos más estrechos porque comparten más cosas, y dentro de los padres están más dispersos, pueden hablar bien y pueden hablar mal, etc. Por lo tanto, muchos evitan discutir porque conocen de forma muy superficial lo que pasa en el centro, tienen poca soltura al hablar y por último, los padres no tienen esa comunidad de intereses que tienen los profesores. La participación del alumnado: Es uno de los indicadores de calidad para saber si un colegio es valioso o no. Desde muy pequeños, los alumnos y alumnas deben de participar en la propia organización del centro. También es una característica de calidad el que un alumno/a se quede ligado al centro cuando ya han dejado de ir al colegio. La participación del profesorado: Esto va más allá de que el profesor cumpla sus obligaciones: 1) Cuando los profesores asumen responsabilidades que nadie les exige. 2) Cuando se comprometen en proyectos. 3) Cuando aportan iniciativas para la mejora del centro. 4) Cuando la interacción y cooperación con la familia es superior que lo que viene exigido por norma o ley.
  • 9. ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 33– AGOSTO DE 2010 C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada csifrevistad@gmail.com 9 BIBLIOGRAFÍA -Ballenilla, F. (1995). Enseñar investigando. Sevilla: Diada. -Monclús, A. (2004). Educación y Sistema Educativo. Madrid: ICE. Autoría  Nombre y Apellidos: JOSÉ FÉLIX CUADRADO MORALES  Centro, localidad, provincia: CSIF-CADIZ  E-mail: felix_uda@hotmail.com