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Prof. Absalón Méndez Cegarra
Caracas, junio 2014
Régimen de Jubilaciones y
Pensiones de los Miembros
del Personal Docente y de
Investigación de la UCV
(algunas notas para su estudio)
I. ORIGEN DEL RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y
PENSIONES DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL
DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UCV.
II. ORIGEN DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE
INVESTIGACIÓN DE LA UCV.
Creación del Fondo. Reglamento de Jubilaciones y
Pensiones vigente.
DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
III. CREACIÓN DEL CONSEJO
NACIONAL DE PROFESORES
UNIVERSITARIOS
JUBILADOS. ACTA
CONSTITUTIVA. ASOCIACIÓN
CIVIL “CONSEJO NACIONAL
DE PROFESORES
UNIVERSITARIO JUBILADOS.
23-07-1973.
IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y
PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y
PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y
PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
ESTATUTO ORGÁNICO
Fundación y Fondo son la misma
cosa. El patrimonio de la Fundación
es el Patrimonio del Fondo y
viceversa. Fundación y Fondo no son
instituciones separadas. Es falso
que la Fundación sea, sólo, la
administradora del Fondo. Liquidar
la Fundación significa liquidar el
Fondo. El procedimiento a seguir lo
pauta los artículos 21, 22 y 23 del
Código Civil.
Fundación y Fondo son la misma
cosa. El patrimonio de la Fundación
es el Patrimonio del Fondo y
viceversa. Fundación y Fondo no son
instituciones separadas. Es falso
que la Fundación sea, sólo, la
administradora del Fondo. Liquidar
la Fundación significa liquidar el
Fondo. El procedimiento a seguir lo
pauta los artículos 21, 22 y 23 del
Código Civil.
CONCLUSIONES
V. Cumplimiento del objeto del Fondo
 El Fondo ha cumplido cabalmente con su objeto establecido en el Reglamento
de Jubilaciones y Pensiones y en el Acta Constitutiva de la Fundación. Prueba de
ello, la constituye las contribuciones hechas por la FONJUCV, a la UCV, para el
pago de Jubilaciones y Pensiones causadas durante el período 1998-2008.
Año INGRESOS
GENERADOS
UTILIDAD OBTENIDA
POR FONJUCV
CONTRIBUCION ESTATUTARIA
A UCV (70%)
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
Bs 3.066.067,61
Bs. 3.853.093,99
Bs. 3.632.402,41
Bs. 4.140.919,48
Bs. 15.924.442,13
Bs. 17.774.710,13
Bs. 11.082.498,63
Bs. 11.526.212,85
Bs. 9.984.679,53
Bs. 13.319.622,78
Bs. 18.390.681,52
Bs. 2.858.803,70
Bs. 3.468.923,22
Bs. 3.078.307.52
Bs. 3.610.851,98
Bs. 12.653.632,58
Bs. 9.854.603,62
Bs. 4.269.402,95
Bs. 6.406.274,93
Bs. 4.940.299,30
Bs. 8.936.547,46
Bs. 8.709.622,39
Bs. 2.001.162,59
Bs. 2.428.046,25
Bs. 2.154.815,26
Bs 2.627.596,38
Bs. 8.857.542,81
Bs 6.898.222,54
Bs. 2.988.582,06
Bs. 4.484.252,45
Bs. 3.458.209,51
Bs 100% 8.936.547,46
Bs 6.096.735,68
TOTAL Bs 112.695.241,06 Bs. 68.787069,64 Bs. 50.831.912,99
Pregunta: ¿Qué destino dio la UCV al dinero recibido como
contribución de la FONJUCV para el pago de las jubilaciones y
pensiones causadas?
Propuestas para un nuevo sistema de
Seguridad Social Integral del Profesorado de la
UCV (SSSIP-UCV)
Atendiendo al acuerdo del Consejo Universitario de fecha
12-01-11 de discutir las diferentes propuestas para un
nuevo sistema se seguridad social, este miércoles se
conocieron dos propuestas al respecto. Una, por parte del
Consejo de Profesores Universitarios Jubilados y, la otra,
muy coincidente con la anterior, por parte de la
Representación Profesoral Autonomista. A continuación se
presenta una síntesis de ambas propuestas, que pueden
ser consultadas en extenso en la sección de noticias de la
página del Consejo Universitario.
Propuesta del Consejo de Profesores Universitarios
Jubilados.
El Sistema de Seguridad Social Integral del Profesor de la UCV debe
estar constituido por un conjunto de instituciones integradas en la
organización, administración y prestación de servicios, que tenga como
fin garantizar el bienestar del profesor y su grupo familiar, el cual debe
funcionar de acuerdo con los principios establecidos en las leyes,
reglamentos y convenios laborales existentes.
La responsabilidad de este Sistema recae en primera instancia sobre el
Estado, quien es el órgano rector de la seguridad social, que cumple
con esta garantía a través de la Universidad, como ente fundamental
del mismo Estado.
Existe la necesidad de redefinir el actual Sistema de Seguridad Social,
la UCV, como ente del Estado, debe reasumir las responsabilidades
que la ley le atribuye, es necesario que se retome la participación de
los contribuyentes e incorporar la figura y problemas del adulto mayor.
El objetivo general es garantizar que el SSSIP-UCV continúe siendo un
servicio contributivo propio de la Universidad, dirigido al profesor y su
grupo familiar, de carácter no lucrativo. Para lograr dicho propósito,
se propone que:
Las Autoridades Universitarias (Rectorales, CU, APUCV,
CPUJPUCV y profesores) en sus diferentes instancias, deben
integrarse para cumplir con los objetivos que se han establecido.
•El SSSIP-UCV debe estar constituido por tres sistemas: Salud,
Previsión Social, vivienda y hábitat y caja de ahorros previsional.
•Los SSS, según la LOSSS, deben estar integrados por regímenes
previsionales: Sistema Previsional de Salud (integrado por el
régimen previsional de salud); Sistema Previsional Social
(regímenes previsionales de salud del adulto mayor y otras
categorías de personas, empleo, pensiones jubilaciones y otras
asignaciones económicas); Sistema Previsional de Vivienda Y
Hábitat (régimen de vivienda y hábitat).
•Los servicios que se prestan en el IPP deben mantenerse,
mejorarse y ampliarse.
•Los sistemas y regímenes previsionales del SSSIP-UCV, según
corresponda crearán uno o varios fondos de recursos para
funcionamiento.
• Las cotizaciones obligatorias que establece la LOSSS para financiar
los regímenes previsionales solo podrán ser administrados con fines
sociales y bajo rectoría y gestión de los órganos del Estado.
• Toda persona, de acuerdo a sus ingresos, está obligada a cotizar
para el financiamiento del SSS.
• El estado garantiza la vigencia y el respeto a los derechos adquiridos
a través del pago oportuno y completo de las prestaciones y
jubilaciones y de las pensiones del Seguro Social y por otros
regímenes de prestaciones y jubilaciones de los trabajadores al
servicio del Estado, como es el caso del previsor ucevista.
• Las personas jubiladas, cualquiera que sea su régimen, quedan
exceptuadas de contribución o cotización alguna, salvo que continúen
desempeñando actividades remuneradas.
• Los profesores en ejercicio estarán amparados por el Art.42v de la
LOE que consagra al docente, la jubilación con 25 años de ejercicio y
el 100% del salario, por consiguiente los Regímenes
Complementarios Voluntarios no serían necesarios.
• El financiamiento de los SSSIP estará integrado por: i) las
cotizaciones de los afiliados, ii) los aportes del Estado, iii) remanente
netos de capital, iv) Intereses, rentas y derechos y, v) otros.
Propuesta de la Estructura Organizacional: i) la UCV es el órgano
rector del nuevo sistema. Tendrá un Consejo Asesor integrado por:
UCV, APUCV y CPUJUCV. El cual deberá asesorar en el diseño de las
políticas de Seguridad Social y evaluar el sistema, el funcionamiento y el
cumplimiento de los planes y programas. ii) Existirá un Instituto del
Sistema de Seguridad Social Integral del Profesor de la UCV (ISSSIP-
UCV) con una JD integrada por 5 miembros: 3 designados por UCV y 2
electos por los profesores. iii) El ISSSIP-UCV tendrá las siguientes
dependencias: consultoría jurídica, auditoría, informática, administración,
personal, finanzas, entre otros. iv) Del Instituto dependerá la Caja de
Ahorros Previsional que contará con un 10% de contribución que aporta
el profesor y un 10% que aporta la UCV, en cuentas individuales. v)
Tendrá una Tesorería que recaudará las contribuciones para
mantenimiento de los servicios de salud. vi) El Instituto creará tantos
fondos como sea necesario para financiar los regímenes previsionales.
vii) La Caja de Ahorros Previsional debe establecer relación crediticia
del Sistema de Política Habitacional para aumentar las carteras de
créditos para vivienda. Cada sistema previsional tendrá una gerencia
ejecutiva y organización administrativa que garantice la eficiencia,
atención oportuna, economía en los procesos y manejo administrativo
transparente.
Propuesta de la Representación Profesoral Autonomista
La UCV debe ser el ente con la mayor responsabilidad, tal como
establece la LEU vigente. La UCV debe reasumir las mayores
responsabilidades en la conformación, financiamiento, dirección y
funcionamiento de la seguridad social del profesor universitario.
Integración del FONJUCV con el IPP en un ente único, es
necesaria la unificación funcional, financiera, administrativa y
organizacional del IPP y el FONJUCV en un ente único de la
Seguridad Social, con una directiva de no más de cinco miembros
(tres designados por el CU y dos electos por los profesores
universitarios). La APUCV es el ente gremial, la APUCV se
concentrará en el desarrollo de las políticas netamente gremiales y
en la lucha por los derechos sociales, económicos, laborales y de
seguridad social. El manejo administrativo, operacional y financiero
de la seguridad social de los profesores estará en manos del SSSIP-
UCV a través de sus servicios de salud, vivienda y hábitat, préstamos
y créditos, caja de ahorros, atención al adulto mayor, recreación y
turismo, jubilaciones y pensiones, etc.
La democratización del SSSIP-UCV y la participación del
profesorado, el SSSIP-UCV se constituirá como una Asociación
Civil, de la cual son miembros con plenos derechos los profesores
de la UCV, es decir, que los docentes en asamblea de socios, junto
con la UCV, podrán participar de manera activa y directa en la
gestión administrativa y financiera del nuevo SSSIP-UCV. Tendrán
derecho de conocer y aprobar los informes de gestión anual que
presente la directiva del SSSIP-UCV. Financiamiento del SSSIP-
UCV, el SSSIP-UCV deberá recibir financiamiento del Estado a
través del presupuesto ordinario de la UCV, puede mantenerse un
plan de contribuciones permanentes del profesorado siempre
dentro de sus posibilidades económicas. La contribución del Estado
deberá ser mayor que los aportes profesorales. Deberá mantenerse
el aporte del 4% de los docentes jubilados, y debe estar dirigido a
prestaciones distintas a la jubilación o pensión. Casas de Bolsa y
Banca, no es conveniente ni ética la doble condición de miembros
de la comunidad profesoral que actúan simultáneamente como
directivos de entes fundadores de la institucionalidad previsional
profesoral y directivos de instituciones financieras, como casas de
bolsa y banca.
Luego de finalizar las exposiciones y la
discusión correspondiente, los miembros
del Cuerpo celebraron la presentación de
dichas propuestas y convinieron analizar y
llegar a acuerdos puntuales una vez
escuchada, también, la presentación del
Presidente de la APUCV, Profesor Víctor
Márquez, quien envió sus escusas por no
poder asistir debido a compromisos
gremiales contraídos con anticipación.
La propuesta de la Rectora de la UCV
PAPEL DE TRABAJO PARA LA DISCUSIÓN
INTEGRANTES DE LA COMISION:
Profa. Deliamar Montiel
Prof. Absalón Méndez
Prof. Héctor José Moreno
PROPUESTA QUE PRESENTA LA
COMISION DESIGNADA POR LA JUNTA DIRECTIVA
DE LA APUCV, SOBRE LA REDEFINICION Y
REESTRUCTURACION
DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MIEMBROS
DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION
DE LA UCV
CARACAS, NOVIEMBRE 2010
Dar coherencia, organicidad y unicidad, al conjunto
de instituciones previsionales existentes para crear,
a partir de dicho conjunto institucional, un Sistema
de Seguridad Social, que se constituya en garantía
cierta de protección social para el profesorado de la
UCV, con fundamento en las disposiciones
constitucionales, legales, reglamentarias y
convencionales que establecen el derecho que tiene
toda persona a la seguridad social.
Fortalecer las instituciones previsionales existentes y
orientarlas hacia la conformación de dicho Sistema
de Seguridad Social, a través de la redefinición y
reestructuración de las instituciones previsionales.
PROPUESTA DEL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL
OBJETO DE LA PROPUESTA
Nivel de Rectoría
Nivel de Dirección
Nivel de
Gerencia
UCV - APUCV
CONSEJO CONSULTIVO DEL
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUTO DE PROTECCION SOCIAL DEL
PROFESORADO DE LA UCV
TESORERIA DEL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL
FONDO
ASISTENCIA
SALUD
FONDO DE
AHORRO Y
CREDITO.
FONDO DE
PREVISION
SOCIAL
GERENCIA DE AHORRO YGERENCIA DE AHORRO Y
CREDITOCREDITO
GERENCIA DEGERENCIA DE
PREVISION SOCIALPREVISION SOCIAL
GERENCIA DEGERENCIA DE
SERVICIOS DE SALUDSERVICIOS DE SALUD
PRESTACIONES/
PROGRAMAS.
•Medicina Ambulatoria
•Atención domiciliaria
•Medicina Hospitalaria
•Rehabilitación
•Programas deportivos
•Suministros de
medicinas y prótesis
•Atención a la
maternidad y paternidad
•Seguridad y Salud en
Trabajo *
PRESTACIONES/
PROGRAMAS:
• Contribuir a la
Jubilación y/o pensión
•Subsidios por cargas
familiares y con
necesidades especiales
•Subsidios enfermedades
catastróficas
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desastres naturales
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social y cultura
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especial a titulares y
familiares dependientes
PRESTACIONES/
PROGRAMAS:
•Créditos a Largo
Plazo
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mediano Plazo
COMISION TECNICA Y
CONTRALORIA
COMISION TECNICA Y
CONTRALORIA
COMISION TECNICA Y
CONTRALORIA
UNIDAD DE REGISTRO Y
AFILIACION AL SISTEMA
XIX. QUÉ EFECTOS TIENEN ESTA DECISIÓN DEL
CU.
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Régimen.jubilaciones.ucv

  • 1. Prof. Absalón Méndez Cegarra Caracas, junio 2014 Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Miembros del Personal Docente y de Investigación de la UCV (algunas notas para su estudio)
  • 2. I. ORIGEN DEL RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UCV.
  • 3. II. ORIGEN DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UCV.
  • 4. Creación del Fondo. Reglamento de Jubilaciones y Pensiones vigente.
  • 5. DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
  • 6. DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
  • 7. DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
  • 8. III. CREACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE PROFESORES UNIVERSITARIOS JUBILADOS. ACTA CONSTITUTIVA. ASOCIACIÓN CIVIL “CONSEJO NACIONAL DE PROFESORES UNIVERSITARIO JUBILADOS. 23-07-1973.
  • 9. IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
  • 10. IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
  • 11. IV. CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PROFESORADO DE LA UCV.
  • 13. Fundación y Fondo son la misma cosa. El patrimonio de la Fundación es el Patrimonio del Fondo y viceversa. Fundación y Fondo no son instituciones separadas. Es falso que la Fundación sea, sólo, la administradora del Fondo. Liquidar la Fundación significa liquidar el Fondo. El procedimiento a seguir lo pauta los artículos 21, 22 y 23 del Código Civil. Fundación y Fondo son la misma cosa. El patrimonio de la Fundación es el Patrimonio del Fondo y viceversa. Fundación y Fondo no son instituciones separadas. Es falso que la Fundación sea, sólo, la administradora del Fondo. Liquidar la Fundación significa liquidar el Fondo. El procedimiento a seguir lo pauta los artículos 21, 22 y 23 del Código Civil. CONCLUSIONES
  • 14. V. Cumplimiento del objeto del Fondo  El Fondo ha cumplido cabalmente con su objeto establecido en el Reglamento de Jubilaciones y Pensiones y en el Acta Constitutiva de la Fundación. Prueba de ello, la constituye las contribuciones hechas por la FONJUCV, a la UCV, para el pago de Jubilaciones y Pensiones causadas durante el período 1998-2008. Año INGRESOS GENERADOS UTILIDAD OBTENIDA POR FONJUCV CONTRIBUCION ESTATUTARIA A UCV (70%) 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 Bs 3.066.067,61 Bs. 3.853.093,99 Bs. 3.632.402,41 Bs. 4.140.919,48 Bs. 15.924.442,13 Bs. 17.774.710,13 Bs. 11.082.498,63 Bs. 11.526.212,85 Bs. 9.984.679,53 Bs. 13.319.622,78 Bs. 18.390.681,52 Bs. 2.858.803,70 Bs. 3.468.923,22 Bs. 3.078.307.52 Bs. 3.610.851,98 Bs. 12.653.632,58 Bs. 9.854.603,62 Bs. 4.269.402,95 Bs. 6.406.274,93 Bs. 4.940.299,30 Bs. 8.936.547,46 Bs. 8.709.622,39 Bs. 2.001.162,59 Bs. 2.428.046,25 Bs. 2.154.815,26 Bs 2.627.596,38 Bs. 8.857.542,81 Bs 6.898.222,54 Bs. 2.988.582,06 Bs. 4.484.252,45 Bs. 3.458.209,51 Bs 100% 8.936.547,46 Bs 6.096.735,68 TOTAL Bs 112.695.241,06 Bs. 68.787069,64 Bs. 50.831.912,99 Pregunta: ¿Qué destino dio la UCV al dinero recibido como contribución de la FONJUCV para el pago de las jubilaciones y pensiones causadas?
  • 15.
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19.
  • 20.
  • 21. Propuestas para un nuevo sistema de Seguridad Social Integral del Profesorado de la UCV (SSSIP-UCV) Atendiendo al acuerdo del Consejo Universitario de fecha 12-01-11 de discutir las diferentes propuestas para un nuevo sistema se seguridad social, este miércoles se conocieron dos propuestas al respecto. Una, por parte del Consejo de Profesores Universitarios Jubilados y, la otra, muy coincidente con la anterior, por parte de la Representación Profesoral Autonomista. A continuación se presenta una síntesis de ambas propuestas, que pueden ser consultadas en extenso en la sección de noticias de la página del Consejo Universitario.
  • 22. Propuesta del Consejo de Profesores Universitarios Jubilados. El Sistema de Seguridad Social Integral del Profesor de la UCV debe estar constituido por un conjunto de instituciones integradas en la organización, administración y prestación de servicios, que tenga como fin garantizar el bienestar del profesor y su grupo familiar, el cual debe funcionar de acuerdo con los principios establecidos en las leyes, reglamentos y convenios laborales existentes. La responsabilidad de este Sistema recae en primera instancia sobre el Estado, quien es el órgano rector de la seguridad social, que cumple con esta garantía a través de la Universidad, como ente fundamental del mismo Estado. Existe la necesidad de redefinir el actual Sistema de Seguridad Social, la UCV, como ente del Estado, debe reasumir las responsabilidades que la ley le atribuye, es necesario que se retome la participación de los contribuyentes e incorporar la figura y problemas del adulto mayor. El objetivo general es garantizar que el SSSIP-UCV continúe siendo un servicio contributivo propio de la Universidad, dirigido al profesor y su grupo familiar, de carácter no lucrativo. Para lograr dicho propósito, se propone que:
  • 23. Las Autoridades Universitarias (Rectorales, CU, APUCV, CPUJPUCV y profesores) en sus diferentes instancias, deben integrarse para cumplir con los objetivos que se han establecido. •El SSSIP-UCV debe estar constituido por tres sistemas: Salud, Previsión Social, vivienda y hábitat y caja de ahorros previsional. •Los SSS, según la LOSSS, deben estar integrados por regímenes previsionales: Sistema Previsional de Salud (integrado por el régimen previsional de salud); Sistema Previsional Social (regímenes previsionales de salud del adulto mayor y otras categorías de personas, empleo, pensiones jubilaciones y otras asignaciones económicas); Sistema Previsional de Vivienda Y Hábitat (régimen de vivienda y hábitat). •Los servicios que se prestan en el IPP deben mantenerse, mejorarse y ampliarse. •Los sistemas y regímenes previsionales del SSSIP-UCV, según corresponda crearán uno o varios fondos de recursos para funcionamiento.
  • 24. • Las cotizaciones obligatorias que establece la LOSSS para financiar los regímenes previsionales solo podrán ser administrados con fines sociales y bajo rectoría y gestión de los órganos del Estado. • Toda persona, de acuerdo a sus ingresos, está obligada a cotizar para el financiamiento del SSS. • El estado garantiza la vigencia y el respeto a los derechos adquiridos a través del pago oportuno y completo de las prestaciones y jubilaciones y de las pensiones del Seguro Social y por otros regímenes de prestaciones y jubilaciones de los trabajadores al servicio del Estado, como es el caso del previsor ucevista. • Las personas jubiladas, cualquiera que sea su régimen, quedan exceptuadas de contribución o cotización alguna, salvo que continúen desempeñando actividades remuneradas. • Los profesores en ejercicio estarán amparados por el Art.42v de la LOE que consagra al docente, la jubilación con 25 años de ejercicio y el 100% del salario, por consiguiente los Regímenes Complementarios Voluntarios no serían necesarios. • El financiamiento de los SSSIP estará integrado por: i) las cotizaciones de los afiliados, ii) los aportes del Estado, iii) remanente netos de capital, iv) Intereses, rentas y derechos y, v) otros.
  • 25. Propuesta de la Estructura Organizacional: i) la UCV es el órgano rector del nuevo sistema. Tendrá un Consejo Asesor integrado por: UCV, APUCV y CPUJUCV. El cual deberá asesorar en el diseño de las políticas de Seguridad Social y evaluar el sistema, el funcionamiento y el cumplimiento de los planes y programas. ii) Existirá un Instituto del Sistema de Seguridad Social Integral del Profesor de la UCV (ISSSIP- UCV) con una JD integrada por 5 miembros: 3 designados por UCV y 2 electos por los profesores. iii) El ISSSIP-UCV tendrá las siguientes dependencias: consultoría jurídica, auditoría, informática, administración, personal, finanzas, entre otros. iv) Del Instituto dependerá la Caja de Ahorros Previsional que contará con un 10% de contribución que aporta el profesor y un 10% que aporta la UCV, en cuentas individuales. v) Tendrá una Tesorería que recaudará las contribuciones para mantenimiento de los servicios de salud. vi) El Instituto creará tantos fondos como sea necesario para financiar los regímenes previsionales. vii) La Caja de Ahorros Previsional debe establecer relación crediticia del Sistema de Política Habitacional para aumentar las carteras de créditos para vivienda. Cada sistema previsional tendrá una gerencia ejecutiva y organización administrativa que garantice la eficiencia, atención oportuna, economía en los procesos y manejo administrativo transparente.
  • 26. Propuesta de la Representación Profesoral Autonomista La UCV debe ser el ente con la mayor responsabilidad, tal como establece la LEU vigente. La UCV debe reasumir las mayores responsabilidades en la conformación, financiamiento, dirección y funcionamiento de la seguridad social del profesor universitario. Integración del FONJUCV con el IPP en un ente único, es necesaria la unificación funcional, financiera, administrativa y organizacional del IPP y el FONJUCV en un ente único de la Seguridad Social, con una directiva de no más de cinco miembros (tres designados por el CU y dos electos por los profesores universitarios). La APUCV es el ente gremial, la APUCV se concentrará en el desarrollo de las políticas netamente gremiales y en la lucha por los derechos sociales, económicos, laborales y de seguridad social. El manejo administrativo, operacional y financiero de la seguridad social de los profesores estará en manos del SSSIP- UCV a través de sus servicios de salud, vivienda y hábitat, préstamos y créditos, caja de ahorros, atención al adulto mayor, recreación y turismo, jubilaciones y pensiones, etc.
  • 27. La democratización del SSSIP-UCV y la participación del profesorado, el SSSIP-UCV se constituirá como una Asociación Civil, de la cual son miembros con plenos derechos los profesores de la UCV, es decir, que los docentes en asamblea de socios, junto con la UCV, podrán participar de manera activa y directa en la gestión administrativa y financiera del nuevo SSSIP-UCV. Tendrán derecho de conocer y aprobar los informes de gestión anual que presente la directiva del SSSIP-UCV. Financiamiento del SSSIP- UCV, el SSSIP-UCV deberá recibir financiamiento del Estado a través del presupuesto ordinario de la UCV, puede mantenerse un plan de contribuciones permanentes del profesorado siempre dentro de sus posibilidades económicas. La contribución del Estado deberá ser mayor que los aportes profesorales. Deberá mantenerse el aporte del 4% de los docentes jubilados, y debe estar dirigido a prestaciones distintas a la jubilación o pensión. Casas de Bolsa y Banca, no es conveniente ni ética la doble condición de miembros de la comunidad profesoral que actúan simultáneamente como directivos de entes fundadores de la institucionalidad previsional profesoral y directivos de instituciones financieras, como casas de bolsa y banca.
  • 28. Luego de finalizar las exposiciones y la discusión correspondiente, los miembros del Cuerpo celebraron la presentación de dichas propuestas y convinieron analizar y llegar a acuerdos puntuales una vez escuchada, también, la presentación del Presidente de la APUCV, Profesor Víctor Márquez, quien envió sus escusas por no poder asistir debido a compromisos gremiales contraídos con anticipación.
  • 29. La propuesta de la Rectora de la UCV
  • 30. PAPEL DE TRABAJO PARA LA DISCUSIÓN INTEGRANTES DE LA COMISION: Profa. Deliamar Montiel Prof. Absalón Méndez Prof. Héctor José Moreno PROPUESTA QUE PRESENTA LA COMISION DESIGNADA POR LA JUNTA DIRECTIVA DE LA APUCV, SOBRE LA REDEFINICION Y REESTRUCTURACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION DE LA UCV CARACAS, NOVIEMBRE 2010
  • 31. Dar coherencia, organicidad y unicidad, al conjunto de instituciones previsionales existentes para crear, a partir de dicho conjunto institucional, un Sistema de Seguridad Social, que se constituya en garantía cierta de protección social para el profesorado de la UCV, con fundamento en las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y convencionales que establecen el derecho que tiene toda persona a la seguridad social. Fortalecer las instituciones previsionales existentes y orientarlas hacia la conformación de dicho Sistema de Seguridad Social, a través de la redefinición y reestructuración de las instituciones previsionales. PROPUESTA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL OBJETO DE LA PROPUESTA
  • 32. Nivel de Rectoría Nivel de Dirección Nivel de Gerencia UCV - APUCV CONSEJO CONSULTIVO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO DE PROTECCION SOCIAL DEL PROFESORADO DE LA UCV TESORERIA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL FONDO ASISTENCIA SALUD FONDO DE AHORRO Y CREDITO. FONDO DE PREVISION SOCIAL GERENCIA DE AHORRO YGERENCIA DE AHORRO Y CREDITOCREDITO GERENCIA DEGERENCIA DE PREVISION SOCIALPREVISION SOCIAL GERENCIA DEGERENCIA DE SERVICIOS DE SALUDSERVICIOS DE SALUD PRESTACIONES/ PROGRAMAS. •Medicina Ambulatoria •Atención domiciliaria •Medicina Hospitalaria •Rehabilitación •Programas deportivos •Suministros de medicinas y prótesis •Atención a la maternidad y paternidad •Seguridad y Salud en Trabajo * PRESTACIONES/ PROGRAMAS: • Contribuir a la Jubilación y/o pensión •Subsidios por cargas familiares y con necesidades especiales •Subsidios enfermedades catastróficas •Apoyo económico a desastres naturales •Servicios funerarios •Recreación, turismo social y cultura •Ayudas educativas •Programa de atención especial a titulares y familiares dependientes PRESTACIONES/ PROGRAMAS: •Créditos a Largo Plazo •Créditos Corto y mediano Plazo COMISION TECNICA Y CONTRALORIA COMISION TECNICA Y CONTRALORIA COMISION TECNICA Y CONTRALORIA UNIDAD DE REGISTRO Y AFILIACION AL SISTEMA
  • 33. XIX. QUÉ EFECTOS TIENEN ESTA DECISIÓN DEL CU.
  • 34. CU.