2. EL TRABAJO Y LA SALUD
• Con la entrada en vigor de la Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el
trabajo; enfoque de la normativa comunitaria, se va a afrontar esta materia
desde un punto de vista integral y más amplio, o sea, desde el concepto de
“La Seguridad y Salud Laboral” y de sus especialidades: La Seguridad en el
Trabajo, la Higiene Industrial, la Ergonomía y Psicosociología aplicada y
medicina del trabajo
• El campo de actuación de estas especialidades va a estar centrado en las
condiciones de trabajo de las personas, para preservar la seguridad y la salud
laboral de las mismas.
3. EL TRABAJO
• El trabajo se puede definir como “toda actividad social organizada que, a
través de la combinación de recursos de naturaleza diversa (medios
humanos, materiales, energía, tecnología, organización), permite alcanzar
unos objetivos y satisfacer unas necesidades”.
• A lo largo de la Historia, el trabajo de las personas ha ido cambiando.
Durante una amplia etapa histórica, la organización del trabajo estuvo
basada en el sistema de gremios, principalmente artesanales, agrupados
por oficios. El taller, regido por un maestro-artesano, con sus oficiales y
aprendices, va a ser el típico centro de trabajo de esta época.
• A partir del siglo XVII, con la llegada de la Revolución Industrial, se rompe el
sistema de trabajo gremial, extendiendo el número de trabajadores
asalariados. La incorporación de nuevas tecnologías al sistema productivo
obligaba a un cambio constante en la condiciones de trabajo. La máquina
pasó a efectuar un gran número de labores que tradicionalmente realizaban
los artesanos. Así, el trabajador tuvo que adaptarse a la máquina, en aras
5. LA SALUD
La Organización Mundial de la Salud (OMS) definió en 1946 la salud como “el
estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la
ausencia de
enfermedad o dolencia”.
Esta concepción, con este triple equilibrio somático-psíquico-social, es un tanto
idealista, utópica y, por tanto, difícil de alcanzar.
Desde el punto de vista de la Medicina, la salud se divide en:
6. LOS RIESGOS PROFESIONALES Y SU
PREVENCIÓN.
PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA
Podemos definir como “riesgos profesionales” aquellas situaciones
derivadas del trabajo que pueden romper el equilibrio físico, mental y
social de la persona.
La definición de “riesgo laboral” la completa la LPRL con la de “daños
derivados del trabajo”, entendiendo que son “las enfermedades,
patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo”.
Estas definiciones es necesario complementarlas con lo que es la fuente
del posible “daño” o lesión para la salud, o sea, el “peligro”. A estos
efectos, el “peligro” se puede definir como “una fuente o situación con
capacidad de daño en términos de lesiones, daños a la propiedad, daños
al medio ambiente o a una combinación de ambos”.
7. FACTORES DE RIESGO LABORAL Y SU
PREVENCIÓN
Los factores de riesgo laboral van a ser aquellos elementos o
condicionantes que pueden provocar un riesgo laboral.
Los principales factores de riesgo laboral son los siguientes:
• Factores o condiciones de seguridad.
• Factores de origen físico, químico o biológico, o condiciones
medio-ambientales.
• Factores derivados de las características del trabajo.
• Factores derivados de la operación de trabajo.
8. LA PREVENCIÓN
Entendida como “el conjunto de actividades o medidas
adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la
empresa, con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados
del trabajo” se va a llevar a cabo a través de las referidas
Técnicas o Especialidades preventivas: la Seguridad en el
Trabajo, la Higiene Industrial, la Ergonomía y Psicosociología
aplicada junto con la Medicina del Trabajo.
La necesidad de adoptar medidas preventivas y, en su caso, el
tipo de las mismas, vendrán dadas por la evaluación de los
riesgos laborales.
9. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA
• La prevención de riesgos laborales es un deber general del empresario.
La acción preventiva se debe aplicar para proteger el derecho de los
trabajadores frente a los riesgos laborales. Así:
1. Evitar los riesgos.
2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
3. Combatir los riesgos en su origen.
4. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la
concepción
de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los
métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar
el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la
salud.
10. 5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
7. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que
integre en ella
la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las
relaciones
sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
8. Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la
individual.
9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
11. En el trabajo, ante cualquier peligro para la
salud, lo primero que hay que intentar es
EVITAR LOS RIESGOS, es decir, eliminarlos
y, si no se puede hacer totalmente,
EVALUAR LOS QUE NO SE HAYAN PODIDO
EVITAR. A continuación hay que COMBATIR
LOS RIESGOS EN SU ORIGEN y, así, ir
aplicando los principios generales de la
acción preventiva indicados en la ley.
Nuestra labor es colaborar con la
implantación de sistemas de trabajo
seguros, sanos y eficaces.
12. LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y LAS
ENFERMEDADES
PROFESIONALES. OTRAS PATOLOGÍAS
DERIVADAS
LOS ACCIDENTES DE TRABAJO
El accidente suele ser el último eslabón de una cadena de anomalías del
proceso productivo a las que muchas veces solamente se presta la
atención necesaria cuando el accidente ya se ha producido. Entre estas
anomalías podemos encontrar los errores, a veces organizativos, los
incidentes, las averías, los defectos de calidad, etc.
Para incorporar estas consideraciones a la actividad preventiva, puede
ser útil considerar esta otra definición del accidente, que podemos
denominar “técnico-preventiva”:
“Accidente de trabajo es todo suceso anormal, no querido ni deseado,
que se produce de forma brusca e inesperada, aunque normalmente es
evitable, que rompe la normal continuidad del trabajo y puede causar
lesiones a las personas”.
13. LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES
La salud de los trabajadores puede alterarse no sólo como consecuencia
de un accidente de trabajo, sino también debido a la aparición de
enfermedades que, al surgir en el mundo del trabajo, tienen la
denominación de “enfermedades
profesionales”(EEPP)(*).
La Organización Mundial de la Salud (OMS) emplea el término
“enfermedades relacionadas con el trabajo” para referirse no sólo a las
enfermedades profesionales, sino también a aquellas en las que las
condiciones de trabajo pueden contribuir como uno más de los factores
causales.
Así como en el caso de los accidentes de trabajo sus consecuencias casi
siempre ponen de manifiesto que éstos se han producido como
consecuencia del desempeño de un trabajo, no es fácil en ocasiones
probar el origen laboral de las enfermedades profesionales, estén o no
calificadas legalmente como tales.
14. OTRAS PATOLOGÍAS DERIVADAS DEL
TRABAJO
Hemos de completar el ámbito de las enfermedades profesionales, considerando
también las siguientes:
• “Enfermedades relacionadas con el trabajo”, que son aquellas relacionadas
epidemiológicamente con él, pero que no tienen consideración legal de
enfermedades profesionales.
• “Enfermedades del trabajo”, que son aquellas patologías influidas por el trabajo,
pero no determinadas por él. Aquí se encontarían especialmente los trastornos
psicosociales donde, junto a las condiciones de trabajo, influyen variables
personales y condiciones de vida externas al trabajo.
Esa ampliación de nuestro campo de actuación preventiva nos permite enfrentarnos
a otros daños cada vez más presentes en el mundo del trabajo, como la “fatiga
mental”, cuyo aumento va unido al descenso de la fatiga física, y que podemos
definir como “la consecuencia de un excesivo grado de mantenimiento de la
atención”.
15. Junto a los anteriores, hemos de prestar
atención a otras consecuencias negativas
para la salud del trabajador, como el
aislamiento y la falta de comunicación, el
desinterés, la monotonía,
los trastornos ligados a los horarios de
trabajo, las relaciones conflictivas, la
imposibilidad de tomar decisiones en la
realización de su trabajo o de controlar el
ritmo de trabajo, la insatisfacción
por el inadecuado uso de aptitudes, etc.
16. Definición de : Peligro, riesgo, acto,
condición, incidente y accidente
• Peligro, riesgo, acto, condición, incidente y accidente son
términos que tienden a confundirse. Y aunque tienen algunos
factores en común, cada uno es empleado para referirse a
diversas circunstancias.
• Aprender a diferenciarlos es clave a la hora de implementar
un Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. A
continuación, te mostramos el concepto de cada uno de ellos
y qué aspectos diferenciales presentan:
17. Incidente
• Un incidente es un evento repentino que no
provoca lesiones graves en el colaborador o
que solo requiere de primeros auxilios.
Según cifras del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (MTPE), hasta
octubre del 2021 se registraron 376
notificaciones de incidentes laborales
peligrosos de este tipo en el país.
18. Accidente
Al igual que los incidentes, los accidentes también son
acontecimientos repentinos e inesperados. Sin embargo,
estos sí generan consecuencias negativas en el trabajador,
como lesiones corporales graves o –incluso- mortales. De
acuerdo al MTPE, hasta octubre del 2021 se registraron 22
441 notificaciones de accidentes de trabajo a nivel nacional.
Cabe destacar que un incidente puede ser catalogado como
accidente si el trabajador recibe descanso médico tras ser
atendido por el personal encargado de brindar los primeros
auxilios.
19. Peligro
Se denomina peligro a toda situación, acto o elemento
que podría causar lesiones o enfermedades a los
trabajadores durante sus actividades laborales. Para
identificarlo de manera correcta, se debe realizar la
siguiente pregunta: ¿qué podría causar un incidente o
accidente en el trabajo? Por ejemplo, no limpiar
correctamente el piso, transportar un artículo en una
postura incorrecta, subir corriendo las escaleras, entre
otros.
20. Riesgo
Es la probabilidad de que un peligro se materialice,
causando enfermedades o lesiones en las personas. Si
bien puede confundirse con el peligro, el riesgo se
calcula en base a este. Por ejemplo, si el piso
resbaloso sería el peligro, la probabilidad de que
alguien sufra una fractura será el riesgo.
21. Acto Inseguro.
Se define como acto inseguro a las omisiones, acciones o comportamientos del trabajador
que provocan riesgos contra su seguridad y la del resto de los colaboradores. Este puede
surgir por diversos motivos, como por ejemplo una formación inadecuada, malos hábitos,
exceso de confianza, falta de capacitación, entre otros.
Los ejemplos de actos inseguros más comunes que se pueden mencionar son:
● Utilizar los equipos o máquinas sin los dispositivos de seguridad adecuados.
● Trabajar con equipos sin tener autorización.
● Adoptar una postura incorrecta al levantar cargas pesadas.
● Realizar ajustes manuales a las máquinas sin tener el conocimiento previo o las
herramientas adecuadas.
● No usar los implementos de bioseguridad, como las mascarillas, de manera adecuada
para prevenir los contagios de COVID-19 en el lugar de trabajo.
22. Condiciones Inseguras
Son aquellas condiciones físicas o materiales dentro del lugar de trabajo que
pueden desencadenar un accidente o incidente laboral.
Entre los ejemplos de condiciones inseguras se encuentran:
● Escaleras sin barandas.
● Cables sueltos.
● Falta de señalización de las zonas de peligro.
● Fallas en los sistemas de alarmas.
● Piso en mal estado o resbaladizo.
● Colocar productos inflamables o combustibles cerca a fuentes de calor.