Como una solución practica y rápida a los conflictos laborales ya sean Citatorios o demandas ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje Local y federal, las partes (patrón y trabajador) pactan un convenio.
Retencion de impuestos en los convenios ante la junta de conciliacion y arbitraje
1. RETENCION DE IMPUESTOS EN LOS CONVENIOS
ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Como una solución practica y rápida a los conflictos laborales ya
sean Citatorios o demandas ante las Juntas de Conciliación y
Arbitraje Local y federal, las partes (patrón y trabajador) pactan
un convenio.
La cantidad que se pacta en dicho convenio se deberá de
entregar de forma integra al trabajador sin que exista
posibilidad de hacer la correspondiente deducción de
impuestos.
Los convenios hechos ante la autoridad laboral tiene el carácter
de laudo; es decir, la resolución definitiva de un conflicto, por lo
que de no cumplir con el pago de la cantidad pactada, el
trabajador podrá embargar a la empresa la diferencia de lo que
le falte por recibir.