Este documento presenta el reglamento interno de la biblioteca institucional "Germán Peña" de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo. Describe la visión y misión de la biblioteca, sus objetivos, el rol de la bibliotecaria, los servicios que ofrece como préstamos internos y externos, y las normas para los usuarios.
1. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO:
Secretaria de Educación y Cultura Municipal
INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
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OFICINA DE CALIDAD
Sincelejo, Sucre – Colombia
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REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA 18 – 08 – 2009
INSTITUCIONAL “GERMÁN PEÑA”
CAPITULO VIII.
BIBLIOTECA INSTITUCIONAL “GERMAN PEÑA”
ARTÍCULO 33. DE LA VISIÓN. La Biblioteca de la Institución Educativa Normal
.
Superior de Sincelejo IENSS “Germán Peña” es vista como un centro de apoyo
Peña”,
pedagógico-educativo y de fortalecimiento para la investigación. Reconocida por
educativo a
la Comunidad Educativa como líder en el desarrollo de políticas y acciones para el
fomento de la lectura, el acceso a la información, la cultura y el conocimiento,
conocimiento
incorporando tecnologías de punta para ofrecer un servicio en ambientes de
calidad.
ARTÍCULO 34. DE LA MISION. La Biblioteca “Germán Peña” de la IENSS, asume
.
el apoyo de recursos de información para el aprendizaje, la docencia, la
investigación, la extensión, la cultura y demás actividades relacionadas con el e
desarrollo de la misión Institucional Está constituida por fondos bibliográficos y
Institucional.
documentales adquiridos por la I.E. sin importar su formato o soporte, con el fin de
in
apoyar los procesos académicos y formativos de la C.E.
yar
ARTÍCULO 35. DE SUS OBJETIVOS.
.
OBJETIVO GENERAL: Convertir la biblioteca institucional en un centro
facilitador de las labores educativas dentro de los planes y programas
encaminados a lograr su propia reestructuración, para que la comunidad
educativa tome conciencia de su importancia, la valore, la respete, la
considere suya y contribuya a su conservación y desarrollo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
• Sentar los principios fundamentales que darán cuenta de la organización
y manejo de la biblioteca, dentro de unos parámetros precisos pero
flexibles, para que el usuario disfrute de sus servicios con eficiencia y
obtenga un mejor provecho de ella.
• Promover la actividad lectora y cultura en general, poniendo a disposición
de sus usuarios la mejor infraestructura y el desarrollo de eventos para
coadyuvar en la formación del maestro superior en ambientes de calidad.
ARTÍCULO 36. DE LA BIBLIOTECARIA. Además del perfil, capacidades
.
técnicas y tácticas, definidos en el respectivo manual de funciones, la Bibliotecaria
definidos
deberá demostrar las siguientes condiciones humanas y competencias laborales:
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Tener capacidad administrativa, responsabilidad, cumplimiento y sentido de
organización en el sitio de trabajo y en el cumplimiento de sus funciones.
cumplimiento
Hacer gestión cultural, actividades de promoción de lectura, conferencias,
iniciativa para lograr nuevas adquisiciones bibliográficas, programar
exposiciones y otros eventos de índole cultural, vinculación con la revista
institucional y demás publicaciones.
ucional
Demostrar sentido de pertenencia y compromiso con la institución.
Orientar el diseño de actividades y su desempeño habitual en pro de la
Misión institucional para formar maestros idóneos.
Mantener actualizado el Inventario bibliográfico a su cargo.
bibliográfico
Disponer de los respectivos instrumentos de control para medir la
frecuencia en el uso de los servicios que ofrece la biblioteca institucional.
Disponer en forma oportuna del material bibliográfico solicitado con
anticipación por parte de los usuarios institucionales.
pa
Demostrar excelentes relaciones humanas con los usuarios.
Aplicar las estrategias necesarias y adecuadas para mantener el orden y la
disciplina en la sala de lectura.
Reportar con oportunidad a la coordinación respectiva los casos de
respectiv
alteración del orden y la disciplina que ocurran en forma reiterativa.
Asegurar el aseo y la buena disposición del recinto para asegurar un
servicio con calidad y esmero.
Procurar y asegurar un proceso de capacitación y actualización laboral
permanente para procurar un mejor desempeño en sus funciones
asignadas.
Responder por el uso adecuado de muebles y equipos confiados a su
cargo.
ARTÍCULO 37. DE LOS USUARIOS. Se consideran usuarios del servicio de la
.
biblioteca “Germán Peña” de la IENSS, estudiantes, docentes directivos,
docentes,
administrativos y demás miembros de la Institución Educativa, así como las demás
personas que por efectos de convenios interinstitucionales posean vínculos con la
institución, siempre y cuando se ajusten a los requisitos exigidos por esta
se
dependencia.
ARTICULO 38. DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS. Se
.
consideran entre otros, los siguientes:
Debe demostrar una actitud lectora y de aprendizaje esencialmente
positiva.
La biblioteca debe favorecer el espíritu investigativo del lector.
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Las fichas de préstamo de material bibliográfico se deben diligenciar con
estética, claridad, aseo y en forma completa con todos los datos requeridos.
Los servicios que ofrece la biblioteca deben solicitarse con buenos modales
y demostrando en todo caso buen comportamiento.
Utilizar los muebles, equipos y material bibliográfico con sentido de
pertenencia.
Evitar ingerir alimentos dentro de las instalaciones de la biblioteca.
Conservar buen comportamiento y disciplina ejemplar atendiendo las
disciplina
indicaciones de las personas responsables de los servicios de la biblioteca.
Mantenerse en silencio, comunicarse en voz baja y actuar con prudencia al
hacer uso de los servicios que ofrece la biblioteca.
Utilizar la sala de lectura para los fines de la biblioteca. Evitar realizar otras
actividades que no correspondan con los servicios establecidos.
Reportar con oportunidad ante la persona competente los daños
observados en los libros, documentos y demás material bibliográfico.
bibliográfi
Ser atendido con prontitud, cordialidad y respeto, dentro de los horarios
establecidos por la Institución Educativa.
Recibir en calidad de préstamo el material bibliográfico disponible.
Observar buen orden y aseo en las instalaciones, muebles, equipos y
demás enseres de la biblioteca.
Presentar el carné estudiantil u otro documento de identificación válido.
Hacer las devoluciones del material bibliográfico solicitado, con oportunidad
y en perfecto estado.
Presentar solicitudes para el uso colectivo de la biblioteca, en forma
la
anticipada.
Ningún usuario debe entrar a los estantes en donde se encuentra el
material bibliográfico, sin la debida autorización del funcionario responsable.
Para el desarrollo de actividades programadas en la sala de lectura, las
personas responsables, deben acogerse al horario establecido y tiempo
asignado, haciendo las reservaciones en forma anticipada y haciendo buen
uso de las instalaciones, muebles y equipos en general.
equipos
Las instalaciones de la b biblioteca y en especial la sala de lectura son para
uso exclusivo de actividades culturales y de lectura, por lo cual quedan
terminantemente prohibidas las visitas de carácter social y otras que
contraríen la buena imagen del centro.
ARTÍCULO 39. DE LOS SERVICIOS EN GENERAL. La Biblioteca Escolar de la
Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS, ofrece los siguientes
servicios:
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SERVICIOS DE REFERENCIA: Consiste en la ayuda que brinda la
biblioteca a sus usuarios en la solución de sus inquietudes informativas,
utilizando para ello, tanto el recurso humano como informativo con que
cuenta la institución y el que pueda existir en el seno de la comunidad.
SERVICIO DE PRÉ PRÉSTAMO DE LIBROS: Se refiere al pré préstamo de obras
bibliográficas concedidas por la biblioteca para ser utilizadas por los
usuarios dentro o fuera de la sala de lectura, de acuerdo al tipo de
préstamo, y al material solicitado.
SERVICIO DE PRÉSTAMO DE JUEGOS DIDÁCTICOS Hace referencia al
DIDÁCTICOS:
préstamo de juegos didácticos, que facilita la biblioteca a los usuarios, para
réstamo
ser utilizados en las instalaciones del plantel, menos en la sala de estudio.
ARTÍCULO 40. DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS MATERIALES
.
BIBLIOGRÁFICOS Y SUS CONDICIONES DE PRÈSTAMOS. Con el propósito de
PRÈSTAMOS
dar un manejo eficiente del material bibliográfico, se ha establecido la siguiente
clasificación:
OBRAS DE REFERENCIA Son los libros de consulta rápida, que contiene
REFERENCIA:
información muy breve y concreta sobre temas específicos. Hacen par departe
esta obra: enciclopedias, diccionarios, directorios, anuarios, atlas, Biblias y
monografías.
Éste material de referencias, no es de circulación externa y solo podrá ser
usado en la sala de estudio durante las horas de servicio de la biblioteca.
OBRAS DE RESERVAS: Son obras que por circunstancias especiales,
S
como la reducción en el número de ejemplares, demanda de solicitudes,
valor intrínseco y costo económico, son de consulta exclusiva en la sala de
estudio de la biblioteca en horas de servicio.
COLECCIÓN DE REVISTA O HEMEROTECA: Constituyen una gran
ECCIÓN HEMEROTECA:
fuente de información técnica científica y humanística y está conformada
por publicaciones periódicas, revistas, boletines, etc. Éste material solo
podrá ser prestado para consulta en la sala de estudio de la biblioteca en
estudi
horas de servicio.
JUEGOS DIDÁCTICOS: Son materiales que permiten la recreación y el
fortalecimiento de la creatividad en los estudiantes. Hacen parte de ellos:
estudiantes.
ajedrez, bingos, juegos de palabras, damas, entre otros. Éste material solo
se podrá prestar para ser utilizado dentro de la institución (menos en la sala
de estudio) en horas de servicio de la biblioteca.
LIBROS DE COLECCIÓN GENERAL Está constituida por la mayor parte
GENERAL:
del fondo bibliográfico y se compone por libros de dife diferentes áreas del
conocimiento, tales como Filosofía, Religión, Ciencias Sociales,
como: ,
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Lingüística, Ciencias Puras, Geografía e Historia, Literatura, Artes y
Recreación, Ciencias Aplicadas, etc.
Estas obras están destinadas a complementar o reforzar los programas
curriculares y su préstamo podrá ser de circulación interna o externa,
atendiendo al presente reglamento.
ARTÍCULO 41. DE LOS PRÉSTAMOS. De acuerdo al carácter y a las
.
condiciones de recursos que posee la biblioteca escolar de la IENSS, solo se
otorgarán los siguientes tipos de préstamos:
PRÉSTAMOS INTERNOS Esta modalidad se refiere a los préstamos de
STAMOS INTERNOS:
cualquier material, concedido por la biblioteca, para ser utilizado dentro de
la sala de estudio o en otros espacios internos del plantel, en los horarios
de servicios.
PRÉSTAMOS EXTERNOS Conocido también como prestamos a domicilio,
STAMOS EXTERNOS:
y expresa la utilización de cierto material bibliográfico, por fuera de las
instalaciones del plantel.
Se caracteriza por la limitación del tiempo y la restricción del préstamo en
determinadas obras.
ARTÍCULO 42. DE LOS REQUISITOS
REQUISITOS:
1. Para otorgar el préstamo de libros o cualquier material de la biblioteca, la
persona deberá presentar el carné actualizado que lo acredite como usuario de
esa dependencia o en su efecto un documento de identidad.
2. Los préstamos solo se podrán hacer de manera personal.
3. La persona que realiza el préstamo, se hará responsable de la demora,
deterioro o pérdida del material prestado.
4. Para los préstamos externos o a domic
domicilio, el carné quedará retenido en la
biblioteca, hasta cuando se haga efectiva la devolución del material prestado.
Esta clase de préstamo será exclusiva de quienes figuren como usuario de la
usua
biblioteca.
5. La renovación o ampliación de los préstamos corresponde a la modalidad del
servicio externo o a domicilio y solo podrá hacerse, siempre y cuando se cumpla
c
los siguientes requisitos:
Presentar el material que desea renovar dentro de la vigencia otorgada,
siempre y cuando éste no haya sido reservado por otro usuario.
Presentarse personalmente a solicitar la renovación del libro.
6. El usuario que al momento de solicitar una obra y ésta se halle prestada, podrá
.
reservarla mediante solicitud hecha al bibliotecario, si desea utilizarla
solicitud
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posteriormente deberá presentarse en el día indicado para retirarla, puesto que si
no lo hace de esta forma perderá el turno.
7. El usuario deberá guardar la debida compostura en la sala de estudio y atender
. atend
las sugerencias hechas por el personal de esta dependencia.
ARTÍCULO 43. DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES:
. SANCIONES
SANCIONES. Se consideran causales de sanción los establecidos en los
siguientes numerales
numerales:
1. El material bibliográfico puede ser retirado a un plazo fijo no superior de ocho
(8) días. En caso de incumplimiento en la devolución del material prestado el
usuario pagará por cada día de atraso la suma de quinientos ( ($500) m. l. para
estudiantes de la INESS y de mil ($1.000) m. l. para docentes y otros usuario. En
relación con las obras de referencia, hemeroteca, juegos didácticos, colección
lación
general y reservas, sólo se prestarán para ser usados en la sala de lectura, Quien
,
incumpla esta condición pagará una multa doble.
pla
2. El hecho de no devolver en la fecha cada material prestado, se considera como
una falta y será consignada en el registro del control de la utilización de servicios
de la biblioteca.
3. La acumulación de tres (3) faltas amerita la suspensión del servicio de préstamo
(3)
del material bibliográfico y didáctico, quince (15) días hábiles y si reincide en un
acumulado de cinco (5) faltas, obtendrá una suspensión del servicio de préstamo
de tres (3) meses, y dado el caso que el acumulado llegue a siete (7) faltas, el
que
servicio de préstamo le será suspendido al usuario por el resto del año lectivo.
4. El usuario que pierda un libro o material didáctico deberá:
l
Devolver el mismo libro o material extraviado, con las mismas o mejores
me
características.
En caso de no hallar el libro o material en el comercio deberá pagar el valor
de mercado actualizado más la multa correspondiente por el retraso.
5. El usuario que arranque hojas, raye los textos o sea sorprendido sustrayendo
hojas
material o accesorios de la biblioteca, recibirá por parte de la Institución Educativa
al
una sanción definitiva del servicio de préstamo y se le aplicará lo establecido en el
anción
presente manual de convivencia.
6. El usuario que ultraje de hecho o de palabra a los empleados o auxiliares de la
empleados
biblioteca, será sancionado con la suspensión del servicio de préstamo por dos (2)
meses, con el agravante de que si reincide el servicio de préstamo le será
suspendido por el resto del año lectivo y su comportamiento será anotado en su
anotad
hoja de seguimiento.
7. El uso indebido de los servicios de la biblioteca escolar y el mal
comportamiento, conllevan a un llamado de atención por parte de la bibliotecaria.
7. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO:
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En caso de reincidencia, se seguirá los conductos regulares. Para el caso de los
estudiantes de la IENSS, se establecerá la asignación de los correspondientes
correctivos en el boletín de informe evaluativo.
8. El usuario debe responder por los daños ocasionados en los elementos,
muebles, equipos y demás componentes físicos de la biblioteca escolar.
9. Cuando un estudiante de la IENSS niegue su responsabilidad (salvo prueba en
contrario y agotado el debido proceso) por la pérdida o daño en los bienes de la
biblioteca escolar, se le aplicará la sanción correspondiente prevista en el presente
e
manual de convivencia. Para el caso de otros usuarios, se le comunicará en
forma oportuna al Consejo Directivo para que proceda en consecuencia.
ESTIMULOS:
1. Periódicamente se hará público reconocimiento a los más asiduos lectores de la
biblioteca escolar como un hecho ejemplarizante para los demás miembros de la
Institución Educativa.
2. Premiación en el acto de clausura del año escolar, de los usuarios
sobresalientes indicados en el numeral anterior.
3. Para los estudiantes lectores de la IENSS se les asignará un indicador de
desempeño en el informe evaluativo correspondiente.
4. Demás estímulos y reconocimientos definidos por la Institución Educativa.
ARTÍCULO 44. DEL RECINTO, LOS LIBROS, LOS MUEBLES Y ENSERES Y
.
EQUIPOS.
1. La institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS está en el deber
IENSS,
de proveer a la biblioteca escolar de los arreglos, mejoras y adecuaciones,
muebles y enseres, equipos y demás elementos necesarios para garantizar a los
usuarios un servicio con calidad. Igualmente, propender por la adquisición de
calidad.
material bibliográfico que le permita mantener un nivel actualizado de sus
inventarios.
2. Los miembros de la Comunidad Educativa de la IENSS, están llamados a
contribuir con el mejoramiento integral de la biblioteca escolar, mediante la
contribución de iniciativas y recursos que coadyuven con su desarrollo y
sostenimiento.
ARTÍCULO 45. DE LA PROMOCIÓN PEDAGÓGICA Y CULTURAL
. CULTURAL.
1. El uso de la biblioteca escolar de la IENSS debe favorecer el espíritu
investigativo del usuario lector, por lo tanto, todos los estamento de la Institución
Educativa deberán contribuir al logro de este objetivo.
8. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO:
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2. La biblioteca escolar de la IENSS deberá demostrar alta disposición para
desarrollar actividades que conlleven a la promoción cultural y a la consolidación
r
de su Misión y Visión institucional conforme al presente reglamento.