El presente artículo tiene como objetivo orientar el ejercicio profesional en cuanto a la evaluación del control interno relacionado con los Programas de Prevención de Lavado de Dinero con énfasis en las disposiciones de la legislación nicaragüense. La propuesta parte de la Norma Prudencial para la Prevención de Lavado de Dinero y de Otros Activos contenida en la Resolución de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras de referencia CD- SIBOIF-197-2-MAR01-2002 y toma en cuenta las Normas Internacionales de Auditoria (NIA), las Declaraciones de Auditoría Operacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos y se complementa con la propuesta académica de otro Autor.
El presente artículo tiene como objetivo orientar el ejercicio profesional en cuanto a la evaluación del control interno relacionado con los Programas de Prevención de Lavado de Dinero con énfasis en las disposiciones de la legislación nicaragüense. La propuesta parte de la Norma Prudencial para la Prevención de Lavado de Dinero y de Otros Activos contenida en la Resolución de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras de referencia CD- SIBOIF-197-2-MAR01-2002 y toma en cuenta las Normas Internacionales de Auditoria (NIA), las Declaraciones de Auditoría Operacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos y se complementa con la propuesta académica de otro Autor.