2. I. La Oficina de Control Interno
La Oficina de Control Interno está definida en la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del
Sistema de Control Interno, del nivel directivo”. En el Modelo Estándar de Control Interno para las
entidades del Estado, MECI 1000:2005. La Gerencia es una dependencia que cumple funciones
administrativas y operativas sobre un elemento del control de este modelo, que es la Evaluación
Independiente, a través del cual mide la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles,
asesorando a la Alta Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los
planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las
metas u objetivos previstos”.
Adaptado de Cartilla de Administración pública No. 6
3. Así las cosas, dicha oficina y el proceso que lidera se constituye en el “control de
controles” por excelencia, ya que mediante su labor evaluadora determina la
efectividad del sistema de control de la entidad, con miras a contribuir a la Alta
Dirección en la toma de decisiones que orienten el accionar administrativo hacia la
consecución de los fines estatales. Es claro que el diseño, implementación y
mantenimiento del Sistema de Control Interno y la ejecución de los controles
establecidos es una responsabilidad de los encargados de los diferentes procesos de la
entidad y no de la Oficina de Control Interno, a la cual le corresponde desarrollar un
papel evaluador y asesor independiente en la materia.
Adaptado de Cartilla de Administración pública No. 6
4. II. Funciones de la Gerencia de Control
Interno
• Verificación a la administración del Riesgo; siendo la administración del riesgo un componente
importante del Sistema de Control Interno, la Gerencia de Control interno mediante la auditoría
interna y las metodologías aplicadas a la evaluación del Sistema de Control Interno, constata que los
elementos de control de este componente estén adecuadamente implementados y operando. Esto se
aborda cumplimiento del marco legal aplicable, pero sobre todo, desde la perspectiva del rol que le
corresponde a la Gerencia de Control Interno, frente al riesgo y las salvaguardas necesarias para
proteger la objetividad e independencia con las que debe evaluar la manera como la entidad está
administrando sus riesgos.
• Acompañamiento y Asesoría; bajo la premisa que “asesorar es más que aconsejar”; con el fin de
conciliar el dilema de desarrollar un rol asesor y al mismo tiempo evaluador, prestando servicios de
asesoría sin que se vea comprometida la independencia, respetando las Normas Internacionales de
Auditoría Interna aceptadas mundialmente. Es importante resaltar que la Gerencia de control interno
brinda asesoría entorno al Sistema de Control Interno establecido, al diseño de los controles, y en
especial a su eficiencia y eficacia; sin que con ello participe de las decisiones administrativas de la
entidad.
5. • Evaluación y seguimiento; brinda instrumentos para el desarrollo de los elementos que conforman el
componente de Evaluación Independiente del MECI, precisa la dimensión del proceso de evaluación del
Sistema de Control Interno y presenta el proceso general con el que debe desarrollarse la Auditoría Interna.
• El fomento de la cultura de Control; tomando en cuenta que el autocontrol, junto con la autorregulación y
la autogestión, son los principios en los que se fundamenta el MECI, esta función hace especial referencia a
algunos lineamientos señalados por los estándares internacionales en materia de Autocontrol, con el fin de
dar a conocer algunos instrumentos de los que pueden disponer la entidad para llevar a cabo un adecuado
fomento de una cultura del control en la que los funcionarios, los procesos y la organización en pleno,
evidencian afinidad por el establecimiento y aplicación de controles en el desarrollo de sus actividades.
• En la relación con los entes externos; en el marco de esta función, la Gerencia de Control Interno y el
proceso de evaluación independiente son el punto de contacto entre la Gobernación de Antioquia y
organismos externos que facilitan la implementación de los controles a nivel nacional, y aquellos que ejercen
un control externo a las actividades de la entidad. Nuestras relaciones permanentes con el Departamento
Administrativo de la Función Pública –DAFP-, las Contralorías Nacional y Departamental, las Procuradurías y
algunas organizaciones no gubernamentales como Transparencia por Colombia.
Adaptado de Cartilla de Administración pública No. 6
6. III. Marco Legal
1. Ley 87 de 1993
Por medio de esta ley se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos
del Estado y se dictan otras disposiciones.
“La ley define el control interno como el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los
planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por
una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la
administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y
legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección, y en atención a las metas u objetivos
previstos”.
Además, establece que el control interno deberá concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea
intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en particular de las
asignadas a aquellos que tengan la responsabilidad del mando.
El artículo 12 de esta ley, define las funciones de los auditores internos, expresa que una de las funciones del
asesor, coordinador, auditor interno o similar es fomentar en toda la organización, la formación de una cultura
de control que contribuya al mejoramiento en el cumplimiento de la misión institucional.
7. Fuente: Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, 2005
2. Decreto 1599 de 2005
Mediante este decreto se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para las entidades del Estado
colombiano (MECI). Este está integrado por tres subsistemas, dentro de ellos, el subsistema de control
estratégico, el subsistema de control de gestión y, el subsistema de control de evaluación.
8. 3. Ley 1474 de 2011
Esta ley establece normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de
actos de corrupción y la efectividad de la gestión pública. Las medidas administrativas para la lucha contra la
corrupción establecen los siguientes tres ejes transversales: la equiparación de la responsabilidad de
particulares y servidores públicos; aumento de inhabilidades y el aumento de los controles.
Con el objetivo de salvaguardar la gestión estatal, la ley introduce medidas que incentivan actuaciones honestas
por parte de los servidores públicos y los particulares.
Además se establece un régimen de inhabilidades no solo como medida sancionatoria para aquellos que
atenten contra la administración pública, sino también para garantizar la transparencia en los gobiernos.
La ley establece medidas pedagógicas y de formación que hacen que la política anticorrupción sea permanente
y promueva una construcción de la cultura de la legalidad. De esta manera, se fortalece la participación de la
ciudadanía a través del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
Bajo estos criterios la Gobernación de Antioquia adopta estrategias que le permitan fortalecer sus sistemas de
control y su contacto y retroalimentación con la ciudadanía, contribuyendo con ello a un mejor logro de su
misión institucional.
9. Para dar cumplimiento en lo establecido en el nuevo estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011), la Gobernación de
Antioquia, bajo los lineamientos de la Presidencia de la República, adopto las estrategias para la Construcción del
Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano que aborda los siguientes componentes:
1. Mapa de Riesgos Anticorrupción: con esta estrategia se pretende identificar cuales son los riesgos de
corrupción en la entidad, identificar si tienen controles y en caso contrario diseñarlos para minimizar dicho
riesgo.
2. Estrategias antitrámites: mediante esta estrategia se analiza la totalidad de trámites mediante los cuales la
Gobernación de Antioquia presta servicios a la ciudadanía. Como producto de este análisis se busca eliminar
pasos innecesarios en cada trámite, eliminar los trámites que no agreguen valor y hacer transparente la
información de estos al ciudadano mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
3. Estrategias de rendición de cuentas: mediante esta estrategia se presenta a la ciudadanía el resultado de la
gestión del gobernante, permitiendo que ciudadanos, organizaciones civiles y grupos de interés intervengan de
manera directa consultando por dicha gestión, incluidos aquellos aspectos en los que no haya avances
significativos para obtener claridad sobre los por qué e implementar mejoras para su cumplimiento.
4. Mecanismos para mejorar la atención del ciudadano: la entidad además de las anteriores estrategias viene
mejorando sus desarrollos en la web, en los espacios de atención al público y en la formación en calidad del
servicio a los servidores públicos que atienden a nuestros ciudadanos con miras al mejoramiento del servicio.
Adaptado de Estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano
10. IV. Trabajo articulado con El Plan de Desarrollo 2012-
2015: “Antioquia la más educada”
La línea número 1 “Antioquia Legal” del Plan de Desarrollo 2012-2015 “Antioquia la más educada”,
tiene como propósito construir y fortalecer capacidades en la sociedad antioqueña, en sus
instituciones, en el gobierno departamental y en los gobiernos municipales, para su actuación pública
y privada en los marcos de la ética y la legalidad. Para esta pretensión resulta determinante intervenir
la cultura, el territorio, los valores y principios de los antioqueños, aquellos que han convivido y
reproducen elementos que van contra la ilegalidad, que se incuban y prosperan en la falta de control
social, de valores éticos y de marcos claros de actuación y principios políticos como modelo a seguir.
Adaptado de Plan de Desarrollo 2012-2015 “Antioquia la más educada”
11. Además de las funciones antes descritas y en la articulación con el Plan de Desarrollo, la Gerencia de
Control Interno de la Gobernación de Antioquia, realiza constantemente los siguientes eventos:
1. Campaña de fortalecimiento del autocontrol: dirigida a los servidores públicos de la Gobernación de
Antioquia, y la campaña “todo lo que hacemos aquí adentro se siente en toda Antioquia” con el fin de
formar y sensibilizar en el “actuar” de los servidores públicos.
2. Encuentro Internacional de lucha contra la corrupción: realizado una vez al año en el mes de noviembre
El evento está enmarcado dentro de Antioquia
Legal, la primera de siete líneas estratégicas del
plan de desarrollo Antioquia la más educada
2012-2015.
12. V. Informes a cargo de la Gerencia de Control Interno
No. INFORMES Y SEGUIMIENTOS NORMAS EXTERNAS E INTERNAS RESPONSABLE INFORME DESTINATARIO PERIODICIDAD
1
Informe Ejecutivo Anual del Sistema de
Control Interno
Ley 87 de noviembre 29 de 1993, Ley 872 de Diciembre
30 de 2003, Decreto 1826 de agosto 3 de 1994
(reglamentario de la Ley 87), Decreto 2145 de
noviembre 4 de 1999, Decreto 2539 de 2000 (modifica
parcialmente el Decreto 2145 de 1999), Decreto 1599 de
mayo 20 de 2005. Circulares No. 01 de noviembre 27 de
2001 y No. 06 de diciembre 23 de 2003 del Consejo
Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control
Interno de las entidades del orden Nacional y Territorial
y Circular No.05 de diciembre 22 de 2006, Decreto 153
de 2007, Circular No.1000-004 del 25-01-2007
Gerencia de Control Interno
Los reportes van dirigidos a: 1)
Departamento Administrativo de la
Función Pública y, 2)Asamblea
Departamental
ANUAL
En cuanto a la evaluación hasta
el 28 de febrero de cada año.
A más tardar el 30 de marzo
para el reporte al DAFP y a la
Asamblea Departamental
2
Informe del Sistema de Control Interno
Contable
Ley 87 de noviembre 29 de 1993, Decreto 2145 de
noviembre 4 de 1999, Decreto 2539 de 2000 (modifica
parcialmente el Decreto 2145 de 1999), Decreto 1027 de
enero de 30 de 2008, Circular No. 06 de diciembre 23 de
2003 del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en
Materia de Control Interno de las entidades del Orden
Nacional y Territorial, Circular Externa No. 052 de marzo
3 de 2003 de la Contaduría General de la Nación,
Resolución No. 048 de febrero 10 de 2004 de Contaduría
General de la Nación, Resolución 019 de 2006 de la
Contaduría General de la Nación, Resolución No. 1453
de 2012 de la Contaduría General de la Nación.
Gerencia de Control Interno Contaduría General de la Nación
ANUAL
A más tardar el 28 de febrero de
cada vigencia
3 Programa anual de auditoría Ley 87 de noviembre 29 de 1993 Gerencia de Control Interno
Publicado en ISOLUCIÓN y presentado
a la Alta Gerencia
ANUAL en el mes de enero
4
Informe de licenciamiento de Software y
Derechos de Autor
Circular 04 de 2006; Circular 05 de 2005 y comunicado
001 de 2012
Gerencia de Control Interno Dirección de derechos de autor
ANUAL
28 de febrero o a más tardar el
16 de marzo
5
Informe a la Administración de la Entidad
sobre la Gestión de Quejas, Sugerencias y
Reclamos
Ley 1474 de julio 12 de 2011 Circular Externa No.001 de
2011 Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia
de Control Interno. Ley 1437 de 2011 artículo 309
modificó los artículos 5 y 6 Código Contencioso
Administrativo.
Gerencia de Control Interno Al representante legal de la entidad SEMESTRAL marzo y agosto
13. 6
Informe de Verificación de acción
inmediata
Procedimiento interno de la Gobernación de
Antioquia
Gerencia de Control Interno
Al líder del proceso, al
representante legal si es
pertinente y/o entidades externas
Por demanda o evento (en
cualquier momento)
7
Rendición de la cuenta de contratos
ante la Contraloría General de
Antioquia (celebrados por la
Gerencia de Control Interno)
Resolución 1807 de 2013 Gerencia de Control Interno Contraloría General de Antioquia
PERMANENTE Hasta 5 días
de firmada el acta de inicio
8
Auditoría al proceso de planeación
del desarrollo
Decreto 2145 de 1999 Artículo 5, numeral b Gerencia de Control Interno
Director del Departamento
Administrativo de Planeación
Mínimo cada 4 años,
asociado al inicio del
periodo de Gobierno
9
Informe de evaluación a la Gestión
Institucional por dependencias.
Ley 909 de septiembre 23 de 2004 y Decreto 1227
de abril 21 de 2005, Circular 04 de septiembre 27
de 2005 del Consejo Asesor del Gobierno
Nacional en Materia de Control Interno, Acuerdo
027 de Diciembre 18 de 2008 de la Comisión
Nacional del Servicio Civil, Acuerdo 137 de enero
14 de 2010 de la Comisión Nacional del Servicio
Civil
Gerencia de Control Interno
Departamento Administrativo de
la Función Pública
ANUAL
A más tardar el 30 de enero
de la siguiente vigencia.
10
Informe de Austeridad en el Gasto
público
Decreto Departamental 0934 del 10 de abril de
2012. Decreto 3555 de 27 de diciembre de 2012
Gerencia de Control Interno
Representante legal de la Entidad,
jefes de despacho y a la
Contralora Auxiliar para la
responsabilidad fiscal
TRIMESTRAL
La última semana del mes
siguiente vencido el
trimestre.
14. 11
Seguimiento al programa anual de
auditoría
En cada reunión del equipo de mejoramiento, hace
parte del procedimiento
Gerencia de Control Interno
Publicado en el módulo de
mejoramiento de ISOLUCIÓN
MENSUAL realizado en el
equipo de mejoramiento
12 Seguimiento al Proceso Contable
Ley 87 de noviembre 29 de 1993, Decreto 2145 de
noviembre 4 de 1999, Decreto 2539 de 2000
(modifica parcialmente el Decreto 2145 de 1999),
Decreto 1027 de enero de 30 de 2008, Circular No.
06 de diciembre 23 de 2003 del Consejo Asesor del
Gobierno Nacional en Materia de Control Interno
de las entidades del Orden Nacional y Territorial,
Circular Externa No. 052 de marzo 3 de 2003 de la
Contaduría General de la Nación, Resolución No.
048 de febrero 10 de 2004 de Contaduría General
de la Nación, Resolución 019 de 2006 de la
Contaduría General de la Nación, Resolución No.
1453 de 2012 de la Contaduría General de la
Nación.
Gerencia de Control Interno Contaduría General de la Nación
CUATRIMESTRAL
A más tardar el 28 de febrero
de cada vigencia con el
ejecutivo anual del Sistema
de Control Interno, y luego,
en el mes de junio y octubre.
13
Informe pormenorizado del Sistema
de Control Interno
Ley 87 de noviembre 29 de 1993, Ley 872 de 2003,
Decreto 4110 de 2004, Decreto 4485 de 2009, Ley
1450 de 2011.
Gerencia de Control Interno
Publicado en la página web de la
Gobernación de Antioquia en el
ícono publicaciones estatuto
anticorrupción
CUATRIMESTRAL
14
Reporte del seguimiento a los planes
de mejoramiento emitidos producto
de las auditorías realizadas por la
CGR
Resolución 7350 de noviembre de 2013 Gerencia de Control Interno
Contraloría General de la
República.
SEMESTRAL Dentro
de los quince (15) días
hábiles, contados a partir del
recibo del informe de
auditoría final. Avances:
Comprendida entre el (15)
día hábil y el (20) día hábil
del mes de enero y el (15) día
hábil y el (20) día hábil del
mes de julio.
15
Seguimiento a los Mapas de Riesgos
Institucionales
Ley 87 de noviembre 29 de 1993, Ley 489 de
diciembre 29 de 1998 (Modificado parcialmente
por el Decreto 2593 de 2000), Directiva
Presidencial No. 09 de diciembre 24 de 1999 y
Decreto 1537 de julio 26 de 2001, Resolución No.
142 de marzo 8 de 2006 del DAFP, Circular No.
1000-05-2006 de marzo 8 de 2006 del DAFP y el
Decreto 1599 de mayo 20 de 2005. Ley 1474 de
2011 artículo 73, Decreto 4485 de 2009, Decreto
1537 de 2001, Decreto 1599 de 2005, Decreto 2593
de 2000.
Resolucíon Interna 1133 de Agosto 4 de 2010
Gerencia de Control Interno Representante Legal de la Entidad. PERMANENTE
15. 16
Seguimiento a la gestión
organizacional en el Plan Estratégico
y Plan de acción de Control Interno
Ley 87 de noviembre 29 de 1993 Gerencia de Control Interno Representante Legal de la Entidad.
A criterio del jefe de la
Gerencia de Control Interno.
17
Seguimiento y Evaluación a la
Implementación del Sistema de
Gestión de Calidad
Ley 872 de diciembre 30 de 2003, y Decreto 4110
de diciembre 09 de 2004, por el cual se adopta la
Norma Técnica de Gestión de Calidad NTCGP
1000-2004, Circular 06 de junio 27 de 2005,
Comunicado Prórroga del 10 de enero de 2007 y
Circular 1000-002 del 22 de enero de 2007 del
DAFP.
Gerencia de Control Interno Representante Legal de la Entidad.
A criterio del Jefe de la
Gerencia de Control Interno.
18
Seguimiento a los convenios de
cooperación
Articulo 58 de la ley 863 de 2003 y Decreto 4660
de 2007
Gerencia de Control Interno
Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN)
ANUAL de todos los
contratos vigentes
19
Seguimiento al plan de
mejoramiento institucional
Definido en un procedimiento MECI o por el
sistema de calidad en ISOLUCIÖN
Gerencia de Control Interno
Al comité del SIG (Sistema
Integrado de Gestión)
SEMESTRAL
20
Seguimiento a las estrategías del
Plan Anticorrupción y de atención al
ciudadano
Decreto 2641 de 2012 Reglamentarios del artículo
73 de la Ley 1474 de 2011
Gerencia de Control Interno y
Planeación
Secretaría de Transparencia de la
República a través de la página
web
ANUAL publicación en la
página web de las
actividades
16. VI. Equipo de trabajo
Nombre del Servidor
Nivel
CLAUDIA JANNET SALAZAR ARANGO GERENTE
JORGE ENRIQUE CAÑAS GIRALDO ASESOR
ARGIRO DE JESÚS QUINTERO VILLA PROFESIONAL ESPECIALIZADO
BEATRIZ ELENA ARIAS GOMEZ PROFESIONAL ESPECIALIZADO
DORA LUCIA CORRALES CASTAÑEDA PROFESIONAL UNIVERSITARIO
GLORIA STELLA MAYA GIL PROFESIONAL UNIVERSITARIO
ANA CECILIA VELASQUEZ MAQUIUD PROFESIONAL UNIVERSITARIO
MARIA VICTORIA OCHOA URIBE PROFESIONAL UNIVERSITARIO
JANETH FERNANDA LLANO SAAVEDRA PROFESIONAL UNIVERSITARIO
GUSTAVO ADOLFO DELGADO RODRIGUEZ TECNICO OPERATIVO
YENY ANDREA GIRALDO RESTREPO ASISTENCIAL
LUIS ROBERTO GONZALEZ MIRANDA ASISTENCIAL
JORGE OVIDIO HERRERA ASISTENCIAL