1) El documento habla sobre las generalidades del derecho procesal penal mexicano, incluyendo sus características, fuentes, destinatarios e interpretación. 2) El derecho procesal penal regula los procedimientos penales y las actuaciones del Ministerio Público, agentes policiales y órganos jurisdiccionales. 3) El documento analiza conceptos como acusatoriedad, oralidad, legalidad y otros principios del derecho procesal penal mexicano.
2. El Derecho Penal es una parte del Derecho Público, protege las garantías individuales a través de la imposición
de penas a quiénes realizan actos u omiten acciones establecidas en la ley.
Utiliza conceptos como delito, pena, medidas de seguridad para determinar su acto de competencia. Un delito
es una acción u omisión que realizan los sujetos en perjuicio de otros.
Las denominaciones que la doctrina le signa a esta materia son varias: práctica forense, procedimientos
judiciales, procedimientos criminales, materia criminal forense, práctica criminal, derecho rutinario, derecho
formal, derecho objetivo, derecho procesal penal, entre otras.
También es preciso diferenciar lo que es el derecho procesal penal del procedimiento penal, ya que el primero,
como señala el maestro Rivera Silva, es la técnica del derecho penal y el segundo es la actividad técnica que
tiene por objeto hacer efectivas las normas del derecho penal material.
Para Rivera Silva, el derecho procesal penal o derecho del proceso penal, es "un conjunto de normas que rigen
las actividades que se desarrollan en una parte del procedimiento y técnicamente se llama proceso".
En relación con la denominación de nuestro objeto de estudio, se sostiene que lo correcto es llamar a esta
disciplina "derecho de los procedimientos penales“, pues resulta reducida la expresión "derecho procesal penal",
habida consideración de que no sólo se limita a examinar el proceso penal, sino que su campo de estudio
abarca por lo menos otros procedimientos, la acción y la jurisdicción, que lo rebasan.
3. Generalidades: El contenido del Derecho Penal es muy variable, dependiendo del lugar y la época. La última
visión que representa el mundo contemporáneo, la grave situación por la que atraviesa la sociedad inmersa
en violencia, terrorismo, narcotráfico, entre otros, ha dado lugar a un retroceso en materia penal, porque de
forma cotidiana se han dado casos de linchamiento y de venganza privada.
Los principios generales de derecho son los principios procesales que provenientes de antiguas épocas, y que
inspiraronal legislador al proyectar la ley, aun cuando no se recogieron en forma expresa por la propia ley, un
ejemplo de éstos los encontramos en las máximas o aforismos, como son: "no hay crimen ni pena sin ley",
"nadie puede ser condenado sin ser oído", "las cosas se pierden y fructifican para sus dueños", “nadie puede
ser obligado a lo imposible", "al que corresponden las ventajas de una cosa, deben también corresponderle
las desventajas”.
Principios Generales del derecho:
• Lo que no esta prohibido, esta permitido.
• El primero en tiempo es primero en derecho.
• Donde la ley no distingue, no hay por que distinguir.
• La ignorancia de la ley, no exime de su cumplimiento.
• Nadie esta obligado a lo imposible.
• Ante confesión expresa, relevo de pruebas.
• Derecho a la tutela judicial.
• Derecho de defensa y audiencia
• Lo útil no puede ser viciado por lo inútil.
• Principio de legalidad.
4. La costumbre, no es en México fuente directa del derecho, ya que nuestro artículo 14 constitucional autoriza
únicamente como fuentes directas del Derecho a: la ley, a su interpretación (jurisprudencia) y a falta de ella, a los
principios generales del derecho; no hace referencia a la costumbre como fuente del derecho y por tanto no es
fuente directa del derecho procesal.
Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la
libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales
previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las
Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de
la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.
Únicamente se podría aplicar los usos o costumbres, en el caso de que alguna ley en lo particular autorizara a los
tribunales a apoyarse en la costumbre en sus fallos, pero en ese caso la fuente directa del derecho no sería la
costumbre, lo sería la ley, que autorizara a aplicar la costumbre
El fin o los fines del proceso penal conducen a los mismos fines generales del derecho, es decir, alcanzarla
justicia, el bien común y la seguridad jurídica.
No cabe duda de quela trascendental finalidad que persigue el proceso penal es la realización del Derecho Penal
material, independientemente de la división que se haga de esa finalidad, en virtud de que cuando se realiza una
conducta prevista en un tipo penal, se genera una relación jurídica sustancial en el cual se funda lapretensi6n
5. En ese sentido, el proceso penal permite que esa pretensión punitiva se vuelva derecho subjetivo del Estado a
castigar si en la sentencia que se llegue a dictar se comprueba la existencia del hecho contenido en dicha
pretensión. Como se aprecia, el fin o los fines que persigue el proceso no son ajenos a los propósitos que
persigue el Derecho en general que son procurar el bien común, la justicia y la seguridad del individuo que vive
en sociedad.
Finalidad del proceso penal:
• El fin institucionalmente propuesto para el proceso penal es el de la realización del derecho penal material. La
satisfacción del tipo penal del que se trate en el caso concreto genera una relación jurídica sustancial que
funda una pretensión punitiva que se lleva al proceso por medio de la acción penal. El proceso brinda así la
posibilidad jurídica de que la pretensión punitiva se trasforme en derecho subjetivo del Estado en cuanto por la
sentencia se declare el derecho de éste de someter al condenado al cumplimiento de la pena.
Para entender el Derecho Penal, es importante puntualizar sus elementos, entre los que destacan:
a)Teoría de la ley penal
b) Teoría del delito
c) Teoría de la pena y las medidas de seguridad
Es evidente que la Teoría General del Proceso comprende el estudio del derecho procesal penal, pues es la
fuente que da origen a varias disciplinas académicas como son también el derecho procesal civil, el derecho
procesal administrativo, el derecho procesal constitucional, el derecho procesal fiscal, el derecho procesal labora,
entre otras, por lo que, el derechoprocesal penal no es ajeno a esta vinculación estrecha que guarda con laTeoría
6. La Teoría General del Proceso proporciona las bases doctrinarias para que el derecho penal sustantivo
pueda actualizar en el mundo jurídico sus hipótesis normativas y resolver múltiples problemas de aplicación
de normas generales, verbigracia, el artículo 6 del Código Penal Federal hace referencia a que "cuando
una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general“.
La Teoría General del Proceso influye en las reglas de aplicación de otras disciplinas jurídicas, mediante los
principios rectores que regulan los procedimientos específicos de cada una de ellas, con el objeto de
administrar justicia por tribunales expeditos, los cuales la impartirán en los plazos y términos que fijen las
leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial, como se prevé en el artículo 17
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En materia procesal penal:
Por lo hasta el momento expuesto, el proceso tiene como antecedente una relación jurídica-material de
derecho penal y se traduce, a la vez, en una relación, también jurídica, entre sujetos fundamentales o
básicos que atendiendo a su naturaleza generan: uno, actos de acusación; otro, actos de decisión y el
último, actos de defensa, mismos que dentro de su secuencia, se constituyen en antecedentes de otros
consecuentes y que de esa manera hacen surgir tantos actos, como necesarios, para que con base en
ellos, se defina la pretensión punitiva estatal que surgió al tener conocimiento del ilícito penal.
7. Acerca de la naturaleza jurídica del derecho procesal penal, debe decirse que es una parte del derecho público
interno y trata de realizar el derecho frente a cualquiera que pretenda evitar que la pretensión penal estatal se
lleve a cabo, empleando para ello, de ser necesario, medios coercitivos procesales. El proceso es una serie de
actos jurídicos ejecutados por jueces, con jurisdicción y competencia propia, de naturaleza pública y con
procedimientos específicos dentro de la etapa o fase en que se desarrollan.
Fuentes del derecho procesal penal
Atendiendo a lo que dispone el artículo 133 de la Constitución Federal, ésta se constituiría en la principal fuente
del derecho procesal penal (Cfr. arts. 14, 16, 20 y 21), seguida en su orden por otras fuentes obligatorias en su
cumplimiento, como son los Tratados Internacionales en los que el Estado mexicano es parte integrante, así
como la ley procesal en la materia (Código Nacional de Procedimientos Penales), y la Jurisprudencia.
Destinatarios:
Los destinatarios del derecho procesal penal son genéricamente todos los habitantes que se encuentren dentro
del territorio nacional, y específicamente los sujetos principales de la relación procesal penal (Ministerio Público,
víctima u ofendido y su asesor jurídico, imputado y su defensor, órgano jurisdiccional), así como los sujetos
secundarios (policías, peritos, testigos) y los auxiliares de la administración de justicia (personal judicial y
autoridades colaboradoras).
Interpretación:
Es un ejercicio intelectual y técnico jurídico para encontrar el sentido de la norma procesal formalizada por el
legislador, al momento de su aplicación. Los autores coinciden en tres tipos de interpretación:
a) La autentica; b) La doctrinal; y c) Juridisccional.
8. La primera la realiza el legislador en el texto de la misma ley o mediante una norma posterior
La segunda la realizan los autores de libros’ los docentes en el ejercicio libre de la academia y científicos
investigadores del derecho.
La tercera la realizan los jueces al momento de decidir el fondo de un asunto penal determinado, así como los
magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación
Límite de aplicación de la ley procesal penal:
En el tiempo, Respecto al tiempo, una ley procesal penal, únicamente se aplicará a los casos concretos
durante su vigencia, sin que tenga efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
En el espacio, El Estado mexicano legisla a través de sus Instituciones competentes para que las leyes se
apliquen en todas las partes integrantes de su territorio nacional, salvo el espacio que ocupen las embajadas
21diplomáticasy consulados extranjeros en dicho territorio, así como los casos previstos en el Código Penal
Federal y en los Tratados Internacionales donde sea parte integrante.
Con respecto a las personas: Genéricamente el Estado mexicano legisla para sus habitantes residentes
dentro del territorio nacional, por igual, con excepción de aquellas personas que gozan de prerrogativas
procesales para comparecer personalmente a proceso penal, verbigracia, el presidente de la república, los
secretarios de Estado, el procurador o fiscal general de la república, los senadores y diputados al Congreso de
la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los gobernadores de los estados de la
república,
9. Hoy en día, es común aceptar que el proceso penal constituye un supuesto indispensable para la imposición
de penas y medidas de seguridad. En este sentido se dice que el proceso penal es necesario parala
actuación del derecho penal, más allá de las formas auto compositivas, prácticamente descartadas del
régimen mexicano.
Considero que el derecho procesal penal mexicano, es un sistema de normas que regulan las actuaciones
del Ministerio Público y sus agentes policiales de investigación, y los actos del órgano jurisdiccional al
resolverlas solicitudes de los sujetos de la relación procesal penal, cuando se está realizando la
investigación de uno o varios hechos que la ley señala como delito y su procesamiento ante la autoridad
judicial competente, con el objeto de aplicar el derecho penal sustantivo al caso concreto.
En relación con la denominación de nuestro objeto de estudio, se sostiene que lo correcto es llamar a esta
disciplina "derecho de los procedimientos penales", pues resulta reducida la expresión "derecho procesal
penal", habida consideración de que no sólo se limita a examinar el proceso penal, sino que su campo de
estudio abarca por lo menos otros procedimientos, la acción y la jurisdicción, que lo rebasan.
Tomando en cuenta que a la fecha se siguen tramitando averiguaciones previas y procesos penales con
normas procedimentales del sistema penal mixto, y para efectos de no confundir a los alumnos de la materia
en estudio, la denominaré "derecho procesal penal acusatorio y oral", enfatizando el análisis que se realiza
del programa de la materia de "derecho procesal penal" de la licenciatura en derecho
10. Características del derecho procesal penal:
Conforme al artículo 20, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el proceso
penal, tiene las características de acusatoriedad y oralidad, rigiéndose bajo los principios de publicidad,
contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Asimismo, el legislador federal, adicionó otros
principios como son los de igualdad ante la ley, igualdad entre las partes, de juicio previo y debido proceso, de
presunción de inocencia y de prohibición de doble enjuiciamiento.
La acusatoriedad la ejerce el Ministerio Público como órgano técnico de acusación, quien será el responsable
de acreditar su teoría del caso Y la culpabilidad del imputado con los medios de prueba idóneos y pertinentes’ a
fin de cumplir con el objeto y fines del proceso penal.
La oralidad como medio de expresión verbal y comunicación deberá cumplirse por todas las partes procesales
ante el órgano jurisdiccional, quedando registro de la intervención de las mismas, siendo la videograbación el
medio electrónico más fidedigno para la verificación de lo actuado.
Clasificación, contenido y fin:
La objetividad es una característica distintiva de las normas jurídicas, en razón que el legislador realiza su
actividad para regularlas actuaciones procedimentales y actos procesales que actualizarán las normas
sustantivas penales a un caso concreto, logrando la pretensión punitiva del Estado y se sancionen a los
culpables y responsables de los hechos delictivos.
11. Relación con otras diciplinas Jurídicas: El Derecho Procesal Penal se nutre del conjunto de normas
establecidas en otras leyes y en otras disciplinas jundicas. Tulio Chiossone (1989) considera que no se trata
de relaciones propiamente dichas, sino de aplicaciones: “lo que podría denominarse relación fundamental, es
la que tiene el Derecho Procesal Penal con el Derecho material o sustantivo, en cuanto lo aplica, sin que ello
descarte también la aplicación del Derecho Procesal Civil, ya en materia que le son propias, como las
reparaciones por responsabilidad civil ex delito, las derivaciones penales de los actos y contratos civiles y la
aplicación supletoria de normas del proceso civil".
El Derecho Procesal Penal y sus relaciones con otras disciplinas jurídicas El Derecho Procesal Penal tiene
relaciones con varias disciplinas jurídicas, siendo entre otras las siguientes: Derecho Constitucional, Derecho
Administrativo, Derecho Procesal Civil, Derecho Civil, Derecho Mercantil y Derecho Internacional Público.
En efecto, el derecho procesal penal es ordinario cuando se aplica a todos por igual, sin que haya necesidad
de un ajuste judicial, ya sea en el ámbito de los delitos del fuero común o de los delitos federales. Sin
embargo, se comprenden procedimientos especiales, considerando ciertos grupos vulnerables de la
sociedad o de acuerdo a las circunstancias de los hechos delictivos o de otra naturaleza jurídica.
12. Sin duda, el titular y creador de las normas que dan vida al derecho procesal penal, lo es el Estado, el cual
ajusta su actividad legislativa a los requisitos constitucionales para lograr un bien común en la sociedad,
dándole legalidad y legitimidad al momento de su aplicación a los casos concretos, cuyos destinatarios son
todos los sujetos de la relación jurídica procesal penal.
Por su parte, el legislador federal, señala que el objeto del Código Nacional de Procedimientos Penales,
será establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción delos
delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que
se repare el daño, y así contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver
el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos
reconocidos en la Constitución Federal yen los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano
En efecto, actualmente el derecho procesal penal mexicano, es un sistema normativo caracterizado por la
acusatoriedad y la oralidad con tendencia adversarial, donde el órgano de acusación lo representa el
Ministerio Público, quien se constituye en parte procesal frente al órgano jurisdiccional, donde la víctima u
ofendido es representada por un asesor jurídico, en igualdad de condiciones procesales con respecto a la
institución de la defensa que representa al imputado, rigiéndose en su operatividad bajo principios
constitucionales, cuyo objeto será el esclarecimiento del hecho o hechos que la ley penal describe como
delito.
13. El último elemento del Derecho Penal es la teoría de la pena, que explica la naturaleza de la misma como
un mal que se debe limitar. Solo es aplicable cuando se ha cometido un delito. La pena se considera como
la consecución jurídica del delito, toda persona que comete un delito se hace acreedora a que el Estado le
imponga una pena y quedarán subordinadas a los ordenamientos penales de cada país.
En el título segundo define las medidas de seguridad que sirven de pena por los delitos cometidos, se
incluyen en los artículos del 24 al 118, entre las que se identifican:
a) Prisión.
b) Tratamiento en libertad
c) Internamiento
d) Confinamiento
e) Prohibición de ir a un lugar determinado
f) Sanción pecunaria
g) Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito
h) Amonestación
i) Apercibimiento
j) Caución de no ofender
k) Suspensión de derechos
l) Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos
14. m) Publicación de sentencia
n) Vigilancia de la autoridad
o) Suspensión o disolución de sociedades
p) Medidas tutelares para menores
q) Decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito, entre otras.
1.- ¿Que es el derecho procesal penal?
Esta compuesto de normas jurídicas, relacionadas al derecho publico que regula cualquier proceso del
derecho penal
2.- Describe las fuentes del derecho procesal penal
La legislación, conjunto de normas dictadas por órganos del Estado
La costumbre, múltiples usos que actúan como normas jurídicas
La jurisprudencia, decisiones judiciales sobre un mismo caso y concordante
La doctrina, actúa como nexo entre la regla general y abstracta y el caso concreto
3.- Menciona las características del derecho procesal penal
Acusatorio, por que existen dos partes que intervienen en el juicio,.
Una que acusa y otra que defiende
Adversarial, porque, tanto la acusación como la defensa, se realizan mediante una confrontación de pruebas y
argumentos
Oral, porque, a diferencia del sistema anterior, el juicio se realiza mediante un debate oral frente a un Juez
15. ¿Cómo es el derecho procesal penal acusatorio en México?
El Sistema Penal Acusatorio, orienta sus beneficios a la víctima del hecho delictivo, nada es
posible, sin la garantía de la reparación del daño, respecto a la cual la victima exprese su
conformidad, con una adecuada representación legal y defensa de sus intereses por parte del Fiscal
del Ministerio Público, que a la vez debe garantizar el pleno respeto a los Derechos Humanos del
imputado.
Carlos Tovilla Padilla. (2015). Sistema penal acusatorio; para entenderlo en fases . julio 10, 2021, de
proyecto justicia Sitio web: http://www.mexicoevalua.org/proyectojusticia/sistema-penal-acusatorio-fases-
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Publicado por: Redacción. (2016). Qué características tiene el nuevo Sistema de Justicia Penal. julio 10,
2021, de JURISTA derecho y justicia Sitio web: http://revistajurista.com/que-caracteristicas-tiene-el-
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HILL/INTERAMERICANA EDITORES, S.A. DE C.V. ISBN-13: 978-970-10-6711-6. PAGINAS. 1a 11.