Este documento resume los tipos de testamentos y la sucesión testamentaria. Explica que la sucesión testamentaria transmite los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Describe los testamentos ordinarios como abiertos, donde la voluntad se manifiesta ante testigos, y cerrados, donde la voluntad se mantiene en secreto hasta la muerte. También cubre testamentos especiales elaborados en circunstancias específicas y los requisitos legales para que un testamento sea válido.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
1. SUCESIÓN TESTAMENTARIA Y
CLASIFICACIÓN DE LOS
TESTAMENTOS
ALUMNA: FABIANA ARRAEZ. C.I. V-23.850.785
5°TO AÑO DE DERECHO
ASIGNATURA: DERECHO SUCESORAL
SECCIÓN: SAIA-B
DOCENTE: GABRIELIS RODRIGUEZ
Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Cs Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
2. Sucesión testamentaria
ORIGEN Desde los inicios de la civilización, el hombre ha tenido a su disposición bienes, y estos bienes
cuando el sujeto se muere pasan a sus sucesores, cada época y cada región tenia maneras
distintas de suceder, de allí nace la herencia.
Derecho Asirio:
La forma de herencia
estaba escrita en las
tablas de leyes
asirias, donde
establecía que en
primer lugar
heredaban los hijo y
de segundo lugar la
esposa, en dado
caso que muriera un
esposo.
Derecho Griego:
Establecía que las cosas
dejadas en herencia no
podían ser enajenadas por
venta o testamento.
Derecho Romano:
Primero, cuando el
páter de familia
moría, el deber de
cuidar y mandar en
la familia era cedido
al sucesor de este,
luego los bienes
pasaron también a
tener carácter de
herencia.
Derecho Germánico:
En cuestiones de herencia
los hijos varones y los
descendiente tenían
preferencia en cuanto a las
mujeres y los ascendientes,
luego heredaban los
hermanos.
Derecho Francés:
Solo tenían derecho a
heredar los parientes
directos, es decir legítimos,
en donde no heredaban los
cónyuges.
Derecho Español:
El fuero del libro era el
cuerpo legislativo que
establecía la figura de
testamento y que sucedían
los parientes legítimos.
3. Sucesión testamentaria
Concepto: Institución que nace con motivo del
fallecimiento de una persona, y se le
transmiten todos los derechos y obligaciones
de este a sus herederos.
Fundamento: La familia es la institución social
mas importante, por ende cuando muere un
sujeto su patrimonio queda sin titular y allí se
le trasmiten todos los bienes y obligaciones a
sus herederos, que forman parte de su familia.
Tiene lugar: Cuando una persona capaz,
elabora un testamento disponiendo de sus
bienes y señalando sus herederos conforme a
la ley.
Naturaleza Jurídica: Art. 834 CC, establece que
los testamentos que comprendan la totalidad
de una parte de la alícuota de los bienes del
testador son a titulo universal señalando a los
herederos, de lo contrario seria a titulo
particular.
4. TESTAMENTO
Acto jurídico por el cual una
persone dispone, para cumplirse
luego de su muerte, sus bienes y
obligaciones a sus herederos o
legatarios.
Características:
Es unilateral, por lo que
en el testamento se
establece solamente la
voluntad del testador.
Es de ultima voluntad, ya que surge
efecto luego de la muerte del
testador; es un acto de disposición,
ya que el testador dispone de todos
sus bienes y patrimonio.
Es revocable, el testador en
cualquier momento de su vida
puede cambiar el testamento; Es
formal y solemne, debe contener
todos los requisitos para que tenga
efecto.
5. TESTAMENTO
Condiciones:
La voluntad del testador debe ser personal.
La voluntad del testador debe ser realizada de manera inequívoca.
La voluntad del testador debe ser consiente y libre, sin presiones ni bajo efectos de
psicotrópicos.
El testador debe ser capaz.
6. TESTAMENTO
Limitaciones
Registrador o testigos, estos no
podrán recibir bienes por parte
del testador ni serán validas las
disposiciones testamentarias a
su favor.
Para que un testamento sea
valido debe cumplir con todos
los requisitos establecidos en la
ley.
Los tutores no podrán
recibir herencia de sus
pupilos, a menos de que
este fuere familiar
directo.
Las personas, los herederos, no
podrán recibir herencia a menos
de que se cumpla con las
formalidades que establece la ley;
Los indignos no tienen derecho a
heredar.
7. TESTAMENTO
Objeto: Transmitir todos los bienes y obligaciones de un sujeto que ha fallecido para sus
herederos, a fin de que este patrimonio tengan titular y tengan el cuidado, pago y
mantenimiento que requieren.
Disposiciones testamentarias: Todo testamento debe cumplirse en el sentido
estricto.
Debe anularse el testamento que se
encuentre viciado.
El testamente debe cumplir con
todas las formalidades de la ley para
ser valido.
Toda persona puede disponer por
testamento a menos que este
incapacitado por la ley, sea menor
de edad o entredicho.
Toda persona puede recibir por
testamento a menos que sea
incapacitado por una norma.
8. TESTAMENTO
Todos pueden disponer por
testamento, a menos que no
posean capacidad suficiente como
menor de edad o entredicho.
Son incapaces para disponer
por testamento los menores
de 16 años, a menos que sean
emancipado, los entredichos,
los que estén bajo efecto se
sustancias, los sordo mudos
cuando no sepan escribir.
La nulidad del testamento sucede
cuando dos personas testan en un
mismo acto o el testamento no se
rige por la ley.
El testador puede nombrar a
cualquier persona como albacea
para que se haga cargo de la
ejecución del testamento.
Todos pueden recibir por
testamento, a menos que sean
incapacitados por la ley.
Las partes interesadas, luego de la
muerte del testador, puede acudir al
juez para que este haga un llamado
al albacea.
Los albaceas tienen como función
ejecutar el testamento.
9. Formalidades para la apertura del
testamento.
La persona que tenga conocimiento de un testamento
cerrado debe manifestarlo ante el juez mas cercano.
Cuando se presente ante el juez, este
fijara audiencia y hora para la
consignación y apertura del
testamento.
En la audiencia se consigna el
testamento y se apertura y publica el
mismo frente a dos testigos.
Se verifica si no se violo el sello del
testamento y si este no fue alterado.
SE levanta un acta sobre el pliego del
testamento y se ordenara la copia
certificada del mismo y su remisión al
registro para que inicie la protocolización.
10. Eficacia en Venezuela
El testador
este libre de
manifestar su
voluntad.
El testador debe
tener capacidad
para disponer de su
testamento.
Los objetos y bienes
y patrimonio del que
se trate el
testamento debe ser
licito.
Debe cumplir con los
requisitos que
establece la ley.
La forma de como este se
elabora debe ser licita.
11. Tipos de testamento
Aquellos elaborados
bajo ciertas
condiciones como
en el extranjero,
bajo una epidemia,
en un barco.
Testamento
ordinario
Testamento Abierto: El
testador manifiesta su
voluntad ante dos o
mas testigos y es
protocolizado ante el
registro.
Testamento cerrado:
Cuando el testador
elabora su documento
y no le revela a terceros
su voluntad, es cerrado
y sellado hasta el día de
su muerte.
Testamentos
especiales