REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES CONTRA LA EXPLOTACIÓN MINE...
OIT desarrollo derecho colectivo trabajo
1. República Bolivariana de Venezuela
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas.
Universidad Fermín Toro.
Barquisimeto- Estado Lara.
ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DEL
TRABAJO.
(DERECHO LABORAL COLECTIVO)
Estudiante:
Emily A. Bastardo.
C.I 26584751
2. Para empezar, es importante destacar que la Organización Internacional del Trabajo
es un organismo creado con el fin de regular las relaciones laborales y todos aquellos
asuntos provenientes del mismo; fue fundada en el año 1919; para ese entonces
existía un gran número de abusos provenientes de los patronos hacia los empleados,
estos últimos eran obligados y explotados trabajando más de lo que normalmente
debían trabajar, al mismo tiempo, no contaban con las condiciones capacitadas para
laborar en un ambiente que era poco adecuado para realizar sus tareas, y de igual
forma existía un gran número de explotaciones y maltratos a niños, y a mujeres que
eran forzados a realizar el mismo trabajo y funciones que solo los hombres debían y
podían realizar.
Ahora bien, en el mismo orden, a raíz de lo que ha sido desde tiempos anteriores la
explotación y el maltrato hacia los trabajadores, se conceptúa esta organización
especializada de las Naciones Unidas, con la finalidad de evitar, sancionar, proteger y
amparar a aquellos que poco son atendidos, es decir, los trabajadores. De igual
forma, esta organización, se encuentra constituida por un Gobierno tripartito,
encargado de distintas directrices pero con un mismo fin, tal es el caso de los
representantes de los distintos gobiernos, así como también de sindicatos y
trabajadores que a nivel internacional se esparcen para resguardar los derechos de los
obreros.
En efecto, la OIT tiene el compromiso derivado de promover la libertad de
asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de
negociación colectiva; así como también la eliminación de todas las formas de trabajo
forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la
discriminación en materia de empleo y ocupación.
Es también relevante, destacar que en esta organización se emplean normas de
trabajo, estableciendo políticas y programas que se encarguen de desarrollar y
supervisar el uso de las normas internacionales de trabajo que se convierten en
convenciones y recomendaciones. Estas normas cubren todos los aspectos del mundo
3. del trabajo, y establecen principios básicos y derechos con el fin de garantizar un
trabajo digno para todos los ciudadanos.
En efecto, desde los inicios de su creación, este ha sancionado distintos acuerdos que
poco beneficien al obrero, generando así un estado de aplicación de las normas
internacionales y concibiendo cualquier tipo de recomendaciones en los casos en los
que existan deficiencias. Lo que se busca es examinar minuciosamente a través de
las comisiones organizadas cualquier tipo de arbitraje o dictamen que no resguarde
los intereses amparados. Se expresa por otra parte, que existen convenios que son
fundamentales para llevar a cabo un engranaje que auxilie a los resguardados por la
organización; como lo son los convenios sobre el trabajo forzoso, sobre su abolición,
sobre discriminación, sobre la edad mínima, sobre el trabajo infantil, así como
también la seguridad laboral y la salud, entre otros.
Igualmente, esta organización busca promover la creación de empleos, regular de
mejor manera los principios y derechos de los trabajadores, mejorar la protección
social y promover el diálogo social al igual que proveer información relevante, así
como técnicas de asistencia y de entrenamiento.
Las ideas anteriormente expuestas; suscitan que la finalidad y objetivo de la OIT
como se menciona anteriormente es promover la justicia social y el mejoramiento de
las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, mediante el respeto de los
derechos humanos fundamentales y laborales internacionalmente reconocidos. De
allí, parten dos interrogantes tales como lo son:
¿Cómo funciona la Participación de la OIT en el desarrollo del derecho colectivo del
trabajo? Y ¿Cómo funciona el derecho colectivo del trabajo en los distintos sistemas
de gobierno?
La respuesta a la primera interrogante de forma personal es que la base del derecho
laboral colectivo de forma amplia como se menciona anteriormente es regular las
4. relaciones laborales entre patronos y empleados; ahora bien, de allí parten una serie
de cuestiones que promueven los derechos y deberes de quienes se encuentran en esta
relación, y es por ello que la OIT actúa de forma beneficiosa, justa y en pro de
mejorar las distintas dificultades que puedan presentarse en este ámbito, comenzando
por llevar a cabo cada uno de los convenios pactados y ratificados a nivel mundial
para que así exista un buen engranaje entre lo que se busca y se quiere incentivar,
que viene a ser la instauración de adoptar medidas y condiciones adecuadas en el
ámbito laboral, evitando cualquier tipo de explotación y maltrato hacia los
trabajadores; a su vez implementando métodos que resguarden la participación activa
de los obreros y garantizando su libre asociación para negociar sus relaciones de
trabajo y que se obtengan resultados justos, equitativos y que beneficien a todas las
partes. La OIT participa activamente llevando a cabo propuestas que resguarden los
intereses y derechos humanos de los que forman parte de la relación laboral.
Y en la segunda interrogante; es que cada legislación de forma equivalente promueve
reglas y normas que desde el marco legal proporcionen un beneficio a las necesidades
de la parte laboral; en esto puede influir directamente la parte económica y social por
la que se encuentre y atraviese el país, pero que mediante políticas facilite las
relaciones de trabajo productivas y genere resultados estables, expeditivos y
confiables. Al mismo tiempo, se busca servir como importante vehículo para la
democracia en las relaciones del trabajo, proporcionando el marco necesario para la
interacción mutua en las relaciones del trabajo, y generando una garantía de los
principios y derechos fundamentales del trabajo que han recibido amplia aceptación
social a través de los procesos legislativos nacionales, fijando los mecanismos de
aplicación de dichos principios y derechos.