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PODER CONSTITUYENTE Y SOBERANIA


Soberanía:

Cualidad del Estado que consiste en no derivar la validez de su ordenamiento jurídico de
otra instancia superiori

La soberanía no existe hasta que el Estado se crea.

La soberanía es el poder de mando que posee la potestad estatal y que no reconoce
ningún otro poder superior a él, ni reconoce tampoco otro poder igual o concurrente. Es
esa facultad superior de mando, de acción y coerción, es decir, es la formula o la solución,
al problema de determinar en quien reside la facultad de mando de un estado, donde la
generalidad de los ciudadanos contribuye a resolver el problema político de saber si un
estado debe darse a una organización de tipo monárquico oligárquico o democrático.
Cabe destacar que la soberanía es necesaria e imprescindible como elemento del Estado,
ya que cuando se dice que la soberanía reside en el pueblo se está adoptando el principio
democrático.    Son como el anverso y el reverso de la misma concepción; entonces,
tomando en cuenta lo antes expuesto, podemos decir que los ciudadanos de un País,
tienen el derecho absoluto de decidir en un Estado de derecho y en la aplicación de la
“SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL”, por lo tanto, cualquier violación de la constitución da
lugar a la revocatoria del mandato de un representante político o la restitución de este acto



RELACION ENTRE PODER SOBERANO Y PODER CONSTITUYENTE

El que es soberano puede ejercer el poder constituyente y por ende puede darse una
constitución.

La soberanía no se entiende hasta que se ejerce el poder constituyente.
Soberanía

Relación Constituyente                          Poder constituyente

                                                  Constitución



El soberano es la que ejercerá el poder constituyente y con la finalidad de darse una
constitución.

Primero la soberanía, luego el poder constituyente y por último la constitución, estos son
los elementos que integran la relación constituyente.
EVOLUCION HISTORICA DEL CONCEPTO DE SOBERANIA

La soberanía nace como concepto a finales del siglo 15 y a comienzos del siglo 16, época
de nacimiento de los Estados nacionales o Estados modernos.

El tratadista ruso Korivin, ha establecido una doctrina sobre la soberanía, edificando sus
bases y estructuras sobre el derecho internacional, comienza este autor precisando que el
concepto de la soberanía desde un doble punto de vista: en primer lugar,            como
fundamento filosófico, como condición de posibilidad de que ha dominado el derecho
internacional en el curso de su evolución, este tratadista permite un enfoque marxista a
través del proceso dialectico de la soberanía; la evolución histórica que quiere este
tratadista se ubica en la sociedad clasista donde nació la etapa feudal, después del
proceso de luchas del Rey de Francia el pontificado y el santo imperio romano, que se
caracterizo por la expresión del poder ilimitado del monarca, la soberanía del monarca era
absoluta y solo estaba en él y en el orden feudal.

Los ideólogos de la burguesía lo llamaron la soberanía popular, es la época de la
decadencia del feudalismo y del acenso del absolutismo monárquico, aquí la soberanía se
caracteriza por la ilimitación del poder real en el interior del Estado y en el campo
internacional, la lucha sin tregua entre los Estados. La Revolución Francesa señala la
verdadera aparición de la soberanía que hasta ahora se conoce como supremacía del
poder del Estado o como organización política.

Y en segundo lugar con el desarrollo del capitalismo monopolístico en economía y en
imperialismo en la política, el concepto de soberanía es llamado a sufrir nuevos avatares.
Con la guerra de 1914 -1918 el concepto de soberanía adquiere un contenido cada vez
mas formalista apoyándose sobre la independencia del Estado y el desarrollo del
imperialismo en la lucha por las tierras extranjeras y los mercados mundiales.

La soberanía de acuerdo con esta tesis, existe, pero existe en provecho de un número
restringido de Estados. La afirmación del principio de la soberanía ha llegado a ser un
desafío a la realidad, vivimos en la época de la soberanía de papel cualquiera que sea la
proclamación de la igualdad de los estados, la realidad internacional en el Estado
imperialista comporta situaciones que sin cesar la contradicen.
A medida que se fue configurando el Estado moderno en virtud de la eliminación gradual
de los poderes feudales intermediarios, se fue conformando una interrelación clara y
directa entre el gobernante y los gobernados. Este afianzamiento gradual del poder político
se complementó con la dimensión territorial denotando el alcance de este poder o control
hasta la frontera limítrofe con otro Estado. Dentro de esta territorialidad, el ejercicio del
poder implicaba el monopolio del uso de la fuerza física legítima. Es decir, el
reconocimiento y la aceptación de que una autoridad superior tomará decisiones
normativas en nombre de la colectividad asentada dentro de un territorio y de que
sancionará coercitivamente a los detractores de la ley.

En este proceso formativo de la soberanía en su dimensión interna, el gobernante, a través
del uso de esta prerrogativa de la coerción física legítima, tomaba las decisiones para
eliminar las confrontaciones internas (las guerras particulares entre los señores feudales) y
avanzar en la obtención de una coerción interna. Esta última se daba con la superación
gradual de las guerras, cuyo logro efectivo iba determinando las posibilidades reales para
el ejercicio total de la soberanía interna mediante la fusión de la capacidad de tomar
decisiones en nombre de la colectividad gobernada y la práctica de la defensa del territorio
que se vulneraba desde afuera. Por último, la fusión de estas acciones le otorgaba a su
autor y jefe, el carácter de soberano en virtud del cual podía interactuar de igual a igual con
los gobernantes de los otros Estados para guerrear o lograr la paz

En una perspectiva histórica, el concepto de soberanía adquiere un desarrollo paralelo a la
formación del Estado Moderno. Su expresión tangible pasa de la dimensión interna estatal
a la externa involucrando otros Estados para ir asumiendo un nivel superior de complejidad
e intangibilidad a medida que se complica la interdependencia entre los Estados con el
auge de la integración y de los entes supranacionales y el posterior surgimiento y
consolidación del fenómeno de la globalización.
CONCEPTO ACTUAL DE SOBERANIA

Recientemente el concepto de soberanía se extiende para abarcar a otro sujeto,
reubicándose en la perspectiva individual en la cual todas las personas son soberanas en
cuanto al ejercicio de sus derechos humanos en pie de igualdad. La validez de su lógica y
su sentido como elemento articulador de la política y el derecho no deja de reflejar una
crisis de validez conceptual y por ende demanda una atención continuada en la medida en
que bajo ningún punto de vista se lo puede concebir como un concepto estático que refleja
un fenómeno inerme.



Teorías sobre el origen de la soberanía

JUAN BODINO: Es el constructor de la idea de soberanía, para él era absoluta porque
comprendía la soberanía del Rey. A pesar de ser un ingenio político y jurídico, solo atino a
atribuir la soberanía de los príncipes, todo su trabajo fue monárquico; “Puesto que no hay
nada más grande en la tierra después de Dios, que los príncipes soberanos, y puesto que
estos son establecidos por el cómo sus lugarteniente, para mandar a los demás hombre;
es menester estar en guardia respecto de su cualidad, a fin de respetar y venerar a su
majestad por toda la obediencia, y de sentir y de hablar de ellos con honor, pues quien
desprecia a su príncipe soberano desprecia a Dios, el cual es su imagen en la tierra.

Históricamente la soberanía nace en la cabeza del pueblo, pero eso vive un proceso y la
soberanía deja de ser en él de curso del tiempo una potestad personal, y se convierte en
una propiedad del Estado.



HANS KELSEN: Según Hans Kelsen, la soberanía es una propiedad en poder del Estado y
no de uno de cualquiera de sus órganos. Como propiedad del Estado la soberanía puede
variar, puede estar hoy en unas manos pero mañana puede estar en otras. El hecho de
que el Estado sea soberano significa que es un poder supremo que sobre él no hay ningún
potro poder. Significa que el Estado está en un orden supremo, pero esto conforta a la vez
un gran conflicto que se le presenta hoy en día al concepto de soberanía, ya que si el
estado se afirma soberano, es decir, que no hay ningún poder sobre él, no puede haber un
orden jurídico supranacional.    La gran contradicción es que la soberanía comporta un
reconocimiento ya que liego es suficiente que el Estado se proclame soberano sino que es
necesario que el resto de los Estados lo reconozcan como soberano, y si todos los estado
aceptan que la base de su existencia como soberano depende de ese reconocimiento
mutuo, entonces entre todos están creando un orden jurídico internación. Al crearse un
orden jurídico internacional, se está reconociendo la existencia de una supra ordenación
jurídica.



LEON DUGUIT:Ha edificado una construcción doctrinaria del Estado bastante interesante,
partió del punto de vista de la negación de los derechos subjetivos proclamando la regla
del derecho objetivo, como lo primordial de todo sistema en materia de soberanía. Duguit
desde luego critico acerbamente las doctrinas subjetivas de la soberanía, principalmente la
tesis de Rousseau, afirmando que es un sofismo político, cuando Rousseau sostiene que
el Estado se compone de diez mil ciudadanos teniendo cada uno la diezmilésima parte de
la autoridad soberana, y se contradice con el principio de la indivisibilidad de la soberanía;
mientras que Duguit añade que la soberanía está en la divinidad y en el que se orienta en
colocarla en la comunidad para Duguit no solo el principio de la soberanía es indemostrado
e indemostrable sino también inútil, puesto que en realidad se observa que los gobernados
obedecen a los gobernantes y es ese hecho lo que determina la concepción del estado,
entonces, la soberanía nacional es el Estado, vendría a ser un principio expuesto para
justificar el hecho de que existen unos que mandan y otros que obedecen. Duguit olvida
que el Derecho también forma parte de la estructura del Derecho Estatal, y este no debe
tomarse en cuenta para el       Derecho Constitucional, porque para Duguit el Derecho
Constitucional es una ciencia que se ocupa solo de las realidades, y cuando se dice que la
soberanía reside en el pueblo por derecho, no se está afirmando que efectivamente sea
así, sino que la soberanía por derecho tiene su origen en el pueblo.



TEORIA DEMOCRATICA:

Deviene del Pueblo o de la Nación. Esta teoría tiene tres pensadores:
JHONK LOCKE: Hablaba del gobierno civil, el decía que el ser humano nacía en un
mundo de armonía y paz.



JUAN JACOBO ROSSEAU: Decía que el poder concentrado en uno solo degeneraba en
corrupción, tiranía, o demagogia. El distingue la soberanía desde dos etapas
perfectamente definidas; la primera se llama “I´Etat de Nature”, o Estado de Naturaleza,
donde los hombres vivían libremente, sin sujeción a ningún poder político; y la segunda
etapa o estado de Asociación que se intuye mediante el pacto social; por el cual los
individuos resuelven abdicar una parte de sus libertades en beneficio de la comunidad,
instituyendo la autoridad o poder público que se constituyo mediante la suma o fusión de
esas libertades a estos ellos llamaban soberanía bajo contrato. Así nació el principio de la
soberanía que reside directamente en el pueblo que se manifiesta mediante la autoridad o
poder público.
TOMAS HOBBES: En su obra leviatán, un manual sobre la naturaleza humana y como se
organiza la sociedad. Partiendo de la definición de hombre y de sus características explica
la aparición del Derecho y de los distintos tipos de gobierno que son necesarios para la
convivencia en la sociedad. El origen del Estado es el pacto que realizan todos los
hombres entre sí, subordinándose desde ese momento a un gobernante, el cual procura
por el bien de todos los súbditos y de él mismo.




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Poder constituyente y soberania

  • 1. PODER CONSTITUYENTE Y SOBERANIA Soberanía: Cualidad del Estado que consiste en no derivar la validez de su ordenamiento jurídico de otra instancia superiori La soberanía no existe hasta que el Estado se crea. La soberanía es el poder de mando que posee la potestad estatal y que no reconoce ningún otro poder superior a él, ni reconoce tampoco otro poder igual o concurrente. Es esa facultad superior de mando, de acción y coerción, es decir, es la formula o la solución, al problema de determinar en quien reside la facultad de mando de un estado, donde la generalidad de los ciudadanos contribuye a resolver el problema político de saber si un estado debe darse a una organización de tipo monárquico oligárquico o democrático.
  • 2. Cabe destacar que la soberanía es necesaria e imprescindible como elemento del Estado, ya que cuando se dice que la soberanía reside en el pueblo se está adoptando el principio democrático. Son como el anverso y el reverso de la misma concepción; entonces, tomando en cuenta lo antes expuesto, podemos decir que los ciudadanos de un País, tienen el derecho absoluto de decidir en un Estado de derecho y en la aplicación de la “SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL”, por lo tanto, cualquier violación de la constitución da lugar a la revocatoria del mandato de un representante político o la restitución de este acto RELACION ENTRE PODER SOBERANO Y PODER CONSTITUYENTE El que es soberano puede ejercer el poder constituyente y por ende puede darse una constitución. La soberanía no se entiende hasta que se ejerce el poder constituyente.
  • 3. Soberanía Relación Constituyente Poder constituyente Constitución El soberano es la que ejercerá el poder constituyente y con la finalidad de darse una constitución. Primero la soberanía, luego el poder constituyente y por último la constitución, estos son los elementos que integran la relación constituyente.
  • 4. EVOLUCION HISTORICA DEL CONCEPTO DE SOBERANIA La soberanía nace como concepto a finales del siglo 15 y a comienzos del siglo 16, época de nacimiento de los Estados nacionales o Estados modernos. El tratadista ruso Korivin, ha establecido una doctrina sobre la soberanía, edificando sus bases y estructuras sobre el derecho internacional, comienza este autor precisando que el concepto de la soberanía desde un doble punto de vista: en primer lugar, como fundamento filosófico, como condición de posibilidad de que ha dominado el derecho internacional en el curso de su evolución, este tratadista permite un enfoque marxista a través del proceso dialectico de la soberanía; la evolución histórica que quiere este tratadista se ubica en la sociedad clasista donde nació la etapa feudal, después del proceso de luchas del Rey de Francia el pontificado y el santo imperio romano, que se caracterizo por la expresión del poder ilimitado del monarca, la soberanía del monarca era absoluta y solo estaba en él y en el orden feudal. Los ideólogos de la burguesía lo llamaron la soberanía popular, es la época de la decadencia del feudalismo y del acenso del absolutismo monárquico, aquí la soberanía se
  • 5. caracteriza por la ilimitación del poder real en el interior del Estado y en el campo internacional, la lucha sin tregua entre los Estados. La Revolución Francesa señala la verdadera aparición de la soberanía que hasta ahora se conoce como supremacía del poder del Estado o como organización política. Y en segundo lugar con el desarrollo del capitalismo monopolístico en economía y en imperialismo en la política, el concepto de soberanía es llamado a sufrir nuevos avatares. Con la guerra de 1914 -1918 el concepto de soberanía adquiere un contenido cada vez mas formalista apoyándose sobre la independencia del Estado y el desarrollo del imperialismo en la lucha por las tierras extranjeras y los mercados mundiales. La soberanía de acuerdo con esta tesis, existe, pero existe en provecho de un número restringido de Estados. La afirmación del principio de la soberanía ha llegado a ser un desafío a la realidad, vivimos en la época de la soberanía de papel cualquiera que sea la proclamación de la igualdad de los estados, la realidad internacional en el Estado imperialista comporta situaciones que sin cesar la contradicen.
  • 6. A medida que se fue configurando el Estado moderno en virtud de la eliminación gradual de los poderes feudales intermediarios, se fue conformando una interrelación clara y directa entre el gobernante y los gobernados. Este afianzamiento gradual del poder político se complementó con la dimensión territorial denotando el alcance de este poder o control hasta la frontera limítrofe con otro Estado. Dentro de esta territorialidad, el ejercicio del poder implicaba el monopolio del uso de la fuerza física legítima. Es decir, el reconocimiento y la aceptación de que una autoridad superior tomará decisiones normativas en nombre de la colectividad asentada dentro de un territorio y de que sancionará coercitivamente a los detractores de la ley. En este proceso formativo de la soberanía en su dimensión interna, el gobernante, a través del uso de esta prerrogativa de la coerción física legítima, tomaba las decisiones para eliminar las confrontaciones internas (las guerras particulares entre los señores feudales) y avanzar en la obtención de una coerción interna. Esta última se daba con la superación gradual de las guerras, cuyo logro efectivo iba determinando las posibilidades reales para el ejercicio total de la soberanía interna mediante la fusión de la capacidad de tomar
  • 7. decisiones en nombre de la colectividad gobernada y la práctica de la defensa del territorio que se vulneraba desde afuera. Por último, la fusión de estas acciones le otorgaba a su autor y jefe, el carácter de soberano en virtud del cual podía interactuar de igual a igual con los gobernantes de los otros Estados para guerrear o lograr la paz En una perspectiva histórica, el concepto de soberanía adquiere un desarrollo paralelo a la formación del Estado Moderno. Su expresión tangible pasa de la dimensión interna estatal a la externa involucrando otros Estados para ir asumiendo un nivel superior de complejidad e intangibilidad a medida que se complica la interdependencia entre los Estados con el auge de la integración y de los entes supranacionales y el posterior surgimiento y consolidación del fenómeno de la globalización.
  • 8. CONCEPTO ACTUAL DE SOBERANIA Recientemente el concepto de soberanía se extiende para abarcar a otro sujeto, reubicándose en la perspectiva individual en la cual todas las personas son soberanas en cuanto al ejercicio de sus derechos humanos en pie de igualdad. La validez de su lógica y su sentido como elemento articulador de la política y el derecho no deja de reflejar una crisis de validez conceptual y por ende demanda una atención continuada en la medida en que bajo ningún punto de vista se lo puede concebir como un concepto estático que refleja un fenómeno inerme. Teorías sobre el origen de la soberanía JUAN BODINO: Es el constructor de la idea de soberanía, para él era absoluta porque comprendía la soberanía del Rey. A pesar de ser un ingenio político y jurídico, solo atino a atribuir la soberanía de los príncipes, todo su trabajo fue monárquico; “Puesto que no hay nada más grande en la tierra después de Dios, que los príncipes soberanos, y puesto que
  • 9. estos son establecidos por el cómo sus lugarteniente, para mandar a los demás hombre; es menester estar en guardia respecto de su cualidad, a fin de respetar y venerar a su majestad por toda la obediencia, y de sentir y de hablar de ellos con honor, pues quien desprecia a su príncipe soberano desprecia a Dios, el cual es su imagen en la tierra. Históricamente la soberanía nace en la cabeza del pueblo, pero eso vive un proceso y la soberanía deja de ser en él de curso del tiempo una potestad personal, y se convierte en una propiedad del Estado. HANS KELSEN: Según Hans Kelsen, la soberanía es una propiedad en poder del Estado y no de uno de cualquiera de sus órganos. Como propiedad del Estado la soberanía puede variar, puede estar hoy en unas manos pero mañana puede estar en otras. El hecho de que el Estado sea soberano significa que es un poder supremo que sobre él no hay ningún potro poder. Significa que el Estado está en un orden supremo, pero esto conforta a la vez un gran conflicto que se le presenta hoy en día al concepto de soberanía, ya que si el estado se afirma soberano, es decir, que no hay ningún poder sobre él, no puede haber un
  • 10. orden jurídico supranacional. La gran contradicción es que la soberanía comporta un reconocimiento ya que liego es suficiente que el Estado se proclame soberano sino que es necesario que el resto de los Estados lo reconozcan como soberano, y si todos los estado aceptan que la base de su existencia como soberano depende de ese reconocimiento mutuo, entonces entre todos están creando un orden jurídico internación. Al crearse un orden jurídico internacional, se está reconociendo la existencia de una supra ordenación jurídica. LEON DUGUIT:Ha edificado una construcción doctrinaria del Estado bastante interesante, partió del punto de vista de la negación de los derechos subjetivos proclamando la regla del derecho objetivo, como lo primordial de todo sistema en materia de soberanía. Duguit desde luego critico acerbamente las doctrinas subjetivas de la soberanía, principalmente la tesis de Rousseau, afirmando que es un sofismo político, cuando Rousseau sostiene que el Estado se compone de diez mil ciudadanos teniendo cada uno la diezmilésima parte de la autoridad soberana, y se contradice con el principio de la indivisibilidad de la soberanía;
  • 11. mientras que Duguit añade que la soberanía está en la divinidad y en el que se orienta en colocarla en la comunidad para Duguit no solo el principio de la soberanía es indemostrado e indemostrable sino también inútil, puesto que en realidad se observa que los gobernados obedecen a los gobernantes y es ese hecho lo que determina la concepción del estado, entonces, la soberanía nacional es el Estado, vendría a ser un principio expuesto para justificar el hecho de que existen unos que mandan y otros que obedecen. Duguit olvida que el Derecho también forma parte de la estructura del Derecho Estatal, y este no debe tomarse en cuenta para el Derecho Constitucional, porque para Duguit el Derecho Constitucional es una ciencia que se ocupa solo de las realidades, y cuando se dice que la soberanía reside en el pueblo por derecho, no se está afirmando que efectivamente sea así, sino que la soberanía por derecho tiene su origen en el pueblo. TEORIA DEMOCRATICA: Deviene del Pueblo o de la Nación. Esta teoría tiene tres pensadores:
  • 12. JHONK LOCKE: Hablaba del gobierno civil, el decía que el ser humano nacía en un mundo de armonía y paz. JUAN JACOBO ROSSEAU: Decía que el poder concentrado en uno solo degeneraba en corrupción, tiranía, o demagogia. El distingue la soberanía desde dos etapas perfectamente definidas; la primera se llama “I´Etat de Nature”, o Estado de Naturaleza, donde los hombres vivían libremente, sin sujeción a ningún poder político; y la segunda etapa o estado de Asociación que se intuye mediante el pacto social; por el cual los individuos resuelven abdicar una parte de sus libertades en beneficio de la comunidad, instituyendo la autoridad o poder público que se constituyo mediante la suma o fusión de esas libertades a estos ellos llamaban soberanía bajo contrato. Así nació el principio de la soberanía que reside directamente en el pueblo que se manifiesta mediante la autoridad o poder público.
  • 13. TOMAS HOBBES: En su obra leviatán, un manual sobre la naturaleza humana y como se organiza la sociedad. Partiendo de la definición de hombre y de sus características explica la aparición del Derecho y de los distintos tipos de gobierno que son necesarios para la convivencia en la sociedad. El origen del Estado es el pacto que realizan todos los hombres entre sí, subordinándose desde ese momento a un gobernante, el cual procura por el bien de todos los súbditos y de él mismo. i Bidart Campos