Estamos a menos de un mes para la llegada de la nueva Facturación Electrónica en México. ¿Tu ya estás preparado para el cambio ? Conoce más sobre el tema en nuestra revista digital. EdiFact......Tecnología Inteligente para hacer negocios.
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2. Las empresas y negocios del País deben realizar
adecuaciones antes del 1 de julio a las facturas
electrónicas que emiten, y sin embargo, alrededor del 80
por ciento de ellos ni siquiera está enterada de los
cambios.
Como parte de la actualización a facturas
electrónicas, el Servicio de Administración Tributaria
(SAT), anunció a principio de año la versión 3.3 para
documentos fiscales y un plazo de 6 meses para su
adopción. Se trata de ajustes puntuales a la información
que se integra a las facturas y que la mayoría de los
contribuyentes no se ha tomado el tiempo de adecuar.
Nosotros atendemos a cerca de 10 mil empresas
a nivel nacional y en el último sondeo que realizamos
entre nuestros clientes, la mayoría de ellas desconocen
que vienen los cambios y las medidas que deben de
tomar. Las empresas deben adecuar sus operaciones
para no quedarse sin facturar y para evitar tener
auditorías electrónicas por no haber cumplido con los
cambios.
Reforma
Ignora 80% de empresas
cambios en Facturación
Electrónica
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Julio 2017
CFDI versión 3.3
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Si le llega una auditoría,
sepa cómo proceder.
Cumplir con su declaración anual es parte vital de
su deber como contribuyente, pero ello no implica que se
halle instantáneamente libre de obligaciones ante el
fisco, ya que si se encuentra alguna irregularidad con lo
que ha expresado, puede ser sujeto a una auditoría.
Las auditorías son parte de la facultad con la que
cuentan las autoridades fiscales como el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) para revisar la
contabilidad de los contribuyentes, ya sean personas
físicas o morales, en caso de que consideren que hay una
discrepancia entre sus ingresos y gastos.
En las auditorías se da la revisión de documentos
y demás información contable que se integra por los
libros contables, las pólizas, las balanzas, estados de
resultados, comprobantes fiscales digitales, por sus
contratos, estados de cuenta, es decir, aquellos
documentos relacionados con la actividad económica
que desarrolla cada contribuyente, explicó Eduardo
Sánchez Lemoine, director general de Acuerdos
Conclusivos de la Procuraduría de la Defensa del
Contribuyente (Prodecon).
De acuerdo con el especialista, actualmente hay
tres maneras a través de las cuales el SAT puede
notificarle una revisión de su contabilidad: mediante una
visita al domicilio fiscal del contribuyente; en las oficinas
de la autoridad fiscal y, la más reciente, la revisión
electrónica mediante el Buzón Tributario.
El Economista
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de Certificación
¡Estamos listos!
Julio 2017
Layout
para clientes
con ERP
Migra a CFDI 3.3
El primero de Julio del 2017, es la fecha
en que entrará en vigor la versión 3.3 según
Anexo 20 publicado en el SAT.
Por lo anterior ponemos a su alcance un fácil
y rápido layout en XML que cumple con todas
las reglas y condiciones para que su ERP
emita CFDI en versión 3.3 a tiempo.
EdiFactMx asignará un ingeniero
especializado que apoyará a la empresa y
dara seguimiento para preparar una
migración exitosa de CFDI 3.2 a CFDI 3.3.
Método de entrada
El cliente deberá preparar la
información generando un archivo en
formato XML, como método de interfaz, que
permitirá la emisión de CFDI v3.3 y
complemento de recepción de pagos.
Beneficios
Layout simplificado en formato XML
Pensado para grandes volúmenes de facturación
Se aplican las 46 validaciones
Software para emisión enterprise edition V3.3
Incluye al complemento de recepción de pagos
Soporte técnico 24/7
Tiempo récord de implementación de 10 días
hábiles
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Clientes
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Es impresionante platicar de todos los
cambios que trae esta nueva versión de CFDI 3.3. Algo
muy cierto es que podremos ver a esta nueva versión
como un gran paso para gestionar información
relevante y de calidad para el SAT. Haciendo que la
facturación electrónica sea diferente, y mejor
estructurada, a como la conocemos actualmente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se ha
propuesto para este 2017, eliminar más de 40
atributos los cuales considera que es información no
relevante y al mismo tiempo agregar 22 nuevos
campos que permitirán contar con una mejor
estructura de información.
Comencemos con los atributos que serán
eliminados….
La nueva versión de facturación electrónica elimina
alrededor de 40 campos que han formado parte de la
facturación electrónica hasta ahora, algunos de los
campos que serán eliminados son:
Del Emisor: 1.- Expedido en 2.- Domicilio fiscal (será suficiente con el RFC)
Del Receptor: Domicilio del receptor(será suficiente hacer referencia con el RFC)
Algunos atributos generales y de Aduana.
Interés
Nuevos atributos que incorporan
la nueva Factura Electrónica CFDI 3.3
Atributos generales
Receptor-Domicilio
Concepto-InformaciónAduanera
Parte-InformaciónAduanera
Emisor-DomicilioFiscal Emisor-ExpedidoEn
1.- NumCtaPago
2.- FolioFiscalOrig
3.- SerieFolioFiscalOrig
4.- FechaFolioFiscalOrig
5.- MontoFolioFiscalOrig
6.- motivoDescuento
7.- calle
8.- noExterior
9.- noInterior
10.-colonia
11.-localidad
12.-referencia
13.-municipio
14.-estado
15.-pais
16.-codigoPostal
17.- calle
18.- noExterior
19.- noInterior
20.- colonia
21.- localidad
22.- referencia
23.- municipio
24.- estado
25.- pais
26.- codigoPostal
27.- calle
28.- noExterior
29.- noInterior
30.- colonia
31.- localidad
32.- referencia
33.- municipio
34.- estado
35.- pais
36.- codigoPostal
37.- fecha
38.- aduana
39.- fecha
40.- aduana
Por otro lado, la nueva versión vendrá con atributos
que serán agregados; algunos serán de carácter
obligatorio y unos pocos serán opcionales, los cuales
podemos ver en la siguiente tabla.
Con estos cambios, ahora se entregará
información más relevante para el SAT y ayudará a ser
uno de los cambios importantes para esta nueva
versión.
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Electrónica? Con EdiFactMX siempre estarás a la
vanguardia y cubierto sobre las nuevas normas que
solicita el SAT. ¡Estamos listos con CFDI V3.3!
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ELEMENTO REQUERIDOS OPCIONALES
Atributos Generales
CFDI Relacionados
Emisor
Receptor
Conceptos
Impuestos
Complemento
Addenda
Total
1
1
1
2
3
8
1
1
11
1
14
Principales cambios en Factura Electrónica CFDI 3.3
Atributos generales
1.- Configuración 8.- ClaveProdServ
9.- ClaveUnidad
10.- Descuento
11.- Base
12.- Impuesto
13.- TipoFactor
14.-Tasa0Cuota
15.- Importe
16.- Base
17.- Impuesto
18.- TipoFactor
19.-Tasa0Cuota
20.- Importe
21.- ClaveProdServ
22.- TipoFactor
4.- RegimenFiscal
5.- RegimenFiscal
6.- NumRegidTrib
7.- UsoCFDI
2.- TipoRelacion
3.- UUID
Conceptos Impuestos
Complemento
Addenda
Traslados - Traslado
Conceptos - Impuestos -Traslados - Traslado
Conceptos - Impuestos -Retenciones - Retención
Conceptos - Parte
Cfdi Relacionados
Emisor
Receptor
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Julio 2017
CFDI versión 3.3
6. Nos acercamos a la fecha de inicio de la
versión CFDI 3.3 (1 de julio de 2017) y aún los
contribuyentes, personas físicas o morales cuentan
con algunas dudas sobre toda la información que se
requiere sobre los posibles escenarios a tomar en
cuenta al momento de operar con la nueva versión de
Facturación Electrónica CFDI v3.3, junto con los
diferentes tipos de complementos.
Uno de los más importantes es el Complemento de
recepción de pagos.
El Complemento de recepción de pagos es un
complemento da vida a una nueva manera de
operación, como su nombre lo dice, a la recepción de
pagos de las operaciones que tenga la empresa o
negocio, debido a que este complemento se podrá
utilizar únicamente cuando el pago se realice después
de haber emitido el comprobante y cuando ya se
haya realizado el pago en la cuenta, de esta manera el
contribuyente declara que se conoce al 100% el
método de pago y que ya fue cubierto el importe del
comprobante.
Conforme a lo establecido en el artículo 29-A,
fracción VII, inciso b) y c) del CFF y a lo dispuesto en las
reglas 2.7.1.32 y 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea
Fiscal vigente, cuando el pago de un servicio o bien no
se realice en una sola exhibición o bien cuando se
realice en una sola exhibición pero está no sea
cubierto al momento de la expedición del CFDI, los
contribuyentes, personas físicas o morales, deberán
emitir un CFDI con el complemento de recepción de
pagos para reflejar el pago con el que se liquide el
importe de la operación.
Para la emisión de un CFDI con Complemento
para Recepción de Pagos, se podrá emitir un CFDI por
cada pago recibido o uno por todos los pagos
recibidos en el periodo de un mes siempre que estos
CFDI’s correspondan a un mismo receptor del
comprobante.
Para la emisión de un CFDI con Complemento
para Recepción de Pagos podrá emitirse a más tardar
a los diez días del mes siguiente al que se recibió el
pago.
Mecanismos de generación:
1) Cuando las contraprestaciones no se paguen en
una sola exhibición (pago en parcialidades).
a) Emitir un CFDI por el valor total de la
operación en el momento en que ésta se realice.
b) Posteriormente emitir un CFDI por cada uno
de los pagos que se efectúen.
2) Cuando se reciba el pago de la contraprestación en
una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al
momento de la expedición del CFDI, incluso cuando
se trate de operaciones a crédito y éstas se paguen
totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI
correspondiente:
a) Deberá utilizar el mecanismo contenido en
el inciso B del punto anterior para reflejar el pago con
el que se liquide el importe de la operación.
En cuanto a las opciones de cancelación tenemos, que
cuando se cuente con al menos un CFDI que
incorpore el Complemento para Recepción de Pagos
indicando un pago parcial o total, el CFDI emitido por
el monto total de la operación no podrá ser
cancelado.
Complemento de
Recepción de Pagos
CFDI 3.3
7. Julio 2017
Conoce todo acerca de la nueva
Facturación Electrónica
Jueves
Junio
22
Entérate de todos los cambios que vienen para la
nueva versión de CFDI Versión 3.3
17:00 HrsHorario del centro de México
4 MANERAS PARA CANCELAR UN CFDI 2017
(VERSIÓN 3.3)
Con la nueva llegada de la versión 3.3 de la
Facturación Electrónica, existe mucha controversia
sobre algunos métodos que cambian para realizar la
cancelación o sustitución de los comprobantes
fiscales, por ello traemos para ti las 4 manera que
existirán para cancelar o invalidar un comprobante
fiscal en la versión 3.3 del nuevo CFDI.
1.- Con solicitud de autorización por parte del
proveedor
2.- Sin autorización
3.- Nota de crédito
4.- Por sustitución (tratándose de CFDI’s con
complemento de recepción de pago)
Aquellos comprobantes que hayan sido pagados
parcial o totalmente, no podrán ser cancelados,
aunque de ser incorrectos podrán realizarse
correcciones, pero no será mediante el mecanismo de
cancelación sino por medio de la sustitución del
comprobante; Tratándose de comprobantes que se
emitan y ya cuentan con un CFDI relacionado con
complementos de pagos, la única forma con la que
podrá “cancelar” es a través de comprobantes de
egresos (Notas de crédito) ya sea por devolución,
descuento, entre otros
1.- Cancelación por solicitud de autorización
Se refiere a el envío de una solicitud vía buzón
tributario al receptor para comenzar la solicitud de la
cancelación del comprobante y que la contraparte
acepte la cancelación.
2.- Cancelación sin autorización
Puede realizarse la cancelación sin solicitar su
autorización
3.- Nota de Crédito
Tratándose de comprobantes que se emitan y ya
cuentan con un CFDI relacionado con complementos
de pagos, la única forma con la que podrá “cancelar”
es a través de comprobantes de egresos (Notas de
crédito) ya sea por devolución, descuento, entre otros
4.- Por sustitución (tratándose de CFDI’s con
complemento de recepción de pago)
Si nos referimos a comprobantes que incorporen el
complemento para recepción de pagos, el mecanismo
para aplicar correcciones será mediante sustitución,
es decir, la emisión de un nuevo comprobante con los
datos correctos, e incluirá los datos del UUID (folio
fiscal) que está sustituyendo.
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Julio 2017
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Julio 2017
CFDI versión 3.3
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FÁCIL INTEGRACIÓN
CFDI V.3.3 A SU ERP
El SAT ha publicado en el Documento Oficial
de la Federación que aplicará una facilidad de uso
para la versión 3.3 para quedar como uso
obligatorio a partir del 01 de Diciembre del 2017.
En el documento el SAT aclara que todo estará
listo para dar inicio a la versión 3.3 el día 1ro de Julio
del 2017 y a partir de esa fecha, comenzará el periodo
de convivencia entre la actual versión de facturación
electrónica 3.2 y la nueva versión de facturación
electrónica 3.3. Buscando estabilizar la versión y dar
inicio al complemento de recepción de pagos que
solamente estará disponible para esta facturación
electrónica CFDI 3.3
La realidad es que no existirá prórroga para la
salida de esta nueva versión, debido a que hasta el
momento todo indica que la nueva versión
comenzará a operar a partir del 1ro de Julio del 2017.
Por otro lado, nos gustaría aclarar lo que es la
facilidad de uso; la facilidad que el SAT otorga a todos
los contribuyentes, personas físicas y morales, es para
comenzar a familiarizarse con un nuevo proceso de
facturación electrónica en México, cambios que
quedarán como datos históricos debido a el gran
esfuerzo del SAT por realizar un cambio en mejorar la
información obtenida sobre los procesos que realicen
los contribuyentes.
¿Prórroga o facilidad de uso?
Principales datos a tomar en cuenta:
Referentes a la implementación del CFDI 3.3,
Complemento para Pagos y cancelación de los
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet desde el
Buzón Tributario:
01) Conforme a lo previsto, a partir del 1 de
julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura
electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán
continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el
30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que,
durante la convivencia de versiones, migren
paulatinamente sus procesos de facturación.
02) A partir del 1 de diciembre del 2017, la
única versión válida para emitir facturación
electrónica será la versión 3.3.
03) La emisión de comprobantes con el
Complemento de Recepción de Pagos será opcional a
partir del 1 de julio del 2017 únicamente para la
versión 3.3. de factura electrónica y será obligatorio su
uso a partir del 1 de diciembre del 2017.
04) El proceso de aprobación para la
cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor
el 1 de enero del 2018.
Podemos concluir mencionando que sigue en pie la
entrada del CFDI 3.3 para la fecha que había
establecido el SAT pero ha entregado una facilidad a
los contribuyentes para comenzar a adaptarse al
nuevo esquema.
10. La versión 1.3 de la contabilidad
electrónica está en vigor desde la publicación
de la RMF 2017 y su Anexo 24.
Actualmente se reciben en producción tanto la
versión 1.1 como la versión 1.3. (La versión 1.2 existió
solamente para el auxiliar de folios, por lo que se
determinó que para homologar todos los documentos se
designaría la nueva versión con 1.3).
A partir del 01 de junio de 2017, el SAT
recibirá únicamente la versión 1.3 de contabilidad
electrónica. (Durante el mes de mayo próximo,
continuarán conviviendo las versiones 1.1 y 1.3)
No existe fundamento legal publicado respecto a
esta convivencia, ni se tiene programada ninguna
publicación al respecto. Es una situación de hecho.
Los cambios que se hicieron de la versión 1.1
a la versión 1.3 son:
Texto en el nodo de la naturaleza (se agregó
texto/redacción)
Fechas de modificación de la balanza (estaban
recibiendo fechas de 1900s, por lo que ahora comienza a
partir de 2015)
T_Importe. Todas las cifras que llevan T_Importe
en cada documento fueron ampliadas de 14 a 22 dígitos.
Modificación en el patrón del Número de Orden.
(antes estaba de 0 a 6, ahora está de 0 a 9)
Número de Trámite. (antes eran 10 dígitos y se
amplió a 14 dígitos). Aplica para póliza, auxiliar de
cuentas y folios.
Cheque, transferencia y método de pago. Ahora
aplica para pago o cobro, es decir, los ingresos también
se tienen que relacionar.
Cambio a versión 1.3 de todos los documentos.
Versión 1.3
Contabilidad Electrónica
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