Diese Präsentation wurde erfolgreich gemeldet.
Die SlideShare-Präsentation wird heruntergeladen. ×

TRABAJO EMPRESAS DE ESTADO PERUANO.pptx

Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Nächste SlideShare
Rama ejecutiva
Rama ejecutiva
Wird geladen in …3
×

Hier ansehen

1 von 17 Anzeige

Weitere Verwandte Inhalte

Ähnlich wie TRABAJO EMPRESAS DE ESTADO PERUANO.pptx (20)

Aktuellste (20)

Anzeige

TRABAJO EMPRESAS DE ESTADO PERUANO.pptx

  1. 1. TRABAJO EMPRESAS DEL ESTADO GRUPO NRO. 1
  2. 2.  SON AQUELLAS CREADAS POR LEY Y GOZA DE ATRIBUCIONES PROPIAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA POR LO QUE PERTENECE AL SECTOR PUBLICO.  REALIZA ACTIVIDADES PROPIAS DEL ESTADO, ES DECIR AQUELLAS DESTINADAS A DESARROLLAR LAS FUNCIONES ESENCIALES DEL ESTADO.  ESTA SUJETA AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA, PRESUPUESTO DE LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PUBLICO.  EN LA EMPRESA DE DERECHO PUBLICO EL PATRIMONIO DE LA MISMA SE CONSTITUYE CON FONDOS PUBLICOS, POR LO QUE EL ESTADO EJERCE UNA PROPIEDAD DIRECTA Y EXCLUSIVA SOBRE DICHO PATRIMONIO EMPRESARIAL.
  3. 3.  SON EMPRESAS DE DERECHO PRIVADO CONSTITUIDAS ORIGINALMENTE O REORGANIZADAS COMO SOCIEDAD ANÓNIMA DE ACUERDO A LEY, CUYO CAPITAL PERTENECE TOTALMENTE AL ESTADO.  ASIMISMO TIENE DIRECTA O INDIRECTAMENTE UNA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA MAYORITARIA QUE LE GARANTIZA EL CONTROL DE LAS DECISIONES DE TODA ÍNDOLE EN LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA SOCIEDAD.  REALIZA ACTIVIDADES ECONOMICAS DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE BIENES Y/O SERVICIOS QUE EL ESTADO ASUME Y QUE NO SON ACTIVIDADES PROPIAS DEL MISMO.  LA EMPRESA DE DERECHO PRIVADO LOS RECURSOS QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO DE LA MISMA NO SE CONSIDERAN FONDOS PUBLICOS, PERTENECIENDOLES DICHO PATRIMONIO EMPRESARIAL A LA MISMA EMPRESA.
  4. 4.  SON EMPRESAS ORGANIZADAS BAJO LA FORMA DE SOCIEDADES ANÓNIMAS, EN LAS QUE EL ESTADO OSTENTA LA PROPIEDAD MAYORITARIA DE LAS ACCIONES, Y POR TANTO EJERCE EL CONTROL MAYORITARIO DE SU JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, EXISTIENDO ACCIONISTAS PRIVADOS.  EXISTEN EL PREDOMINIO DE LOS INTERESES PRIVADOS SOBRE LOS INTERESES PÚBLICOS, A LA VEZ QUE LOS TITULARES DEL CAPITAL PRIVADO PIERDEN AGRESIVIDAD EMPRESARIAL Y SENTIDO DE RESPONSABILIDAD PUES SE CONFÍAN EN EL SOCIO PODEROSOS QUE ES EL ESTADO.  SI EL ESTADO COMPRA ACCIONES DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, ÉSTA SERÁ UNA SOCIEDAD MIXTA EN SENTIDO LATO, PERO NO ESTARÁ COMPRENDIDA EN ESTA LEY A MENOS QUE SE LO DISPONGA EXPRESAMENTE POR ACUERDO ENTRE EL ESTADO Y EL RESTO DE LOS ACCIONISTAS.
  5. 5. Es una Empresa Estatal de Derecho Privado dentro del ámbito del Ministerio de Defensa, se rige por su Ley Nº 27073, por el Decreto Legislativo que Pág. 2 de 11 promueve la eficiencia de la actividad empresarial del estado, supletoriamente por la Ley General de Sociedades, en lo que le fuere aplicable. Tiene por finalidad promover y desarrollar la Industria Naval, Industrias Complementarias y Conexas, e Industria Metal Mecánica en general, de acuerdo con las normas legales vigentes. Su domicilio se encuentra en la provincia Constitucional del Callao. SIMA-PERÚ S.A., actúa con autonomía administrativa, técnica, económica y financiera de acuerdo a la política, objetivos, metas y estrategias que apruebe el Directorio en concordancia con la política de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú. Puede celebrar y realizar toda clase de Contratos y Actos de conformidad con la Ley Nº 27073. Las Empresas se encuentran sujetas a focalizations por la Contraloría General de la República así como a las disposiciones del Fondo de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE. El plazo de duración de SIMA-PERÚ S.A. es indefinido.
  6. 6. En ese sentido, el marco legal ha sido favorable para el desarrollo del SIMA y ha permitido que cuente con tres centros de operaciones ubicados en el Callao y sus filiales en Chimbote e Iquitos, siendo sus tres principales líneas de negocio:  Mantenimiento preventivo y correctivo a naves, denominado reparaciones navales.  Construcción de embarcaciones, denominado construcciones navales.  Producción de estructuras metálicas (puentes, torres, compuertas hidroeléctricas, etc.), denominada metalmecánica.
  7. 7. SIMA CALLAO
  8. 8. Es una Empresa Estatal de Derecho Privado íntegramente de propiedad del Estado, constituida como Sociedad Anónima. Es resultado de la transformación de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - ESAL. Fue creada mediante Decreto Legislativo N°150 de fecha 12.06.81, encontrándose inscrita en la Partida Electrónica N°02005409 del Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Se rige por lo establecido en su Estatuto, en la Ley General de Sociedades-Ley N° 26887, sus modificatorias y ampliatorias. Asimismo, se encuentra en el ámbito de la Ley N°24984- Ley de la Actividad Empresarial del Estado, promulgada en diciembre de 1998, modificada por Ley N° 27170- Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, publicada en setiembre de 1999, las cuales definen el régimen económico, financiero y laboral de la empresa, así como la relación con los diversos niveles de gobierno y sistemas administrativos.
  9. 9. Los servicios de agua potable y alcantarillado están regulados por la Ley 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, promulgada el 24 de Julio de 1994, y por el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo No 023-2005-VIVIENDA, publicado el 1° de diciembre de 2005. El objetivo de Sedapal es la prestación de los servicios de saneamiento como agua potable y alcantarillado sanitario. Ejecuta la política del sector en la operación, mantenimiento, control y desarrollo de los servicios básicos, con funciones específicas en aspectos de normatividad, planeamiento, programación, Elaboración de proyectos, financiación, ejecución de obras, asesoría y asistencia técnica. Además puede dedicarse a otras actividades afines, vinculadas, conexas y/o complementarias a su objeto social.
  10. 10. PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE LA ATARJEA
  11. 11. Es una Empresa de Derecho Público, integrante del Sector Economía y Finanzas, que opera con autonomía económica, financiera y administrativa. El Banco tiene patrimonio propio y duración indeterminada. El Banco se rige por su Estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros. Es objeto del Banco administrar por delegación las subcuentas del Tesoro Público y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administración de los fondos públicos. Cuando el Ministerio de Economía y Finanzas lo requiera y autorice en el marco de las operaciones del Sistema Nacional de Tesorería, el Banco actuará como agente financiero del Estado, atenderá la deuda pública externa y las operaciones de comercio exterior. Asimismo, recauda tributos y efectúa pagos, sin que esto sea exclusivo, por encargo del Tesoro Público o cuando mediante convenios con los órganos de la administración tributaria.
  12. 12. En 1994, durante el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, con el Decreto Supremo N° 07- 94-EF Estatuto del Banco, se modificaron las funciones, las mismas que serán ejercidas sin exclusividad respecto de las Empresas y Entidades del Sistema Financiero:  Brindar servicios de pagaduría de acuerdo a las instrucciones que dicte la Dirección General del Tesoro Público.  Brindar servicios de recaudación por encargo de los acreedores tributarios.  Efectuar por delegación, operaciones propias de las subcuentas bancarias del Tesoro Público.  Actuar como Agente Financiero del Estado.  Actuar por cuenta de otros Bancos o Financieras, en la canalización de recursos.  Participar en las operaciones de comercio exterior del Estado.  Otorgar facilidades financieras al Gobierno Central, y a los Gobiernos Regionales y Locales, en los casos en que éstos no sean atendidos por el Sistema Financiero Nacional.  Las facilidades financieras que otorga el Banco no están sujetas a los límites que establece la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.  Brindar Servicios de Corresponsalía.  Brindar Servicios de Cuentas Corrientes a las Entidades del Sector Público Nacional y a Proveedores del Estado.  Recibir depósitos de ahorros en lugares donde la banca privada no tiene oficinas.

×