2. BASE LEGAL
LEY 29783 , LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DS 019-2006-TR, REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY 28806, LEY GENERAL DE INSPECCIÓN
DS 008-2020-TR MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY 29783
3. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
CONTENIDO
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Y SUS RESPONSABILIDADES
REGISTROS DEL SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CONTINGENCIAS LEGALES POR INCUMPLIMIENTO
DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
4. CIFRAS DE ACCIDENTES OIT
CADA 15 SEGUNDOS, UN TRABAJADOR MUERE A CAUSA DE ACCIDENTES O
ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO.
CADA 15 SEGUNDOS, 153 TRABAJADORES TIENEN UN ACCIDENTE LABORAL.
CADA DÍA MUEREN 6.300 PERSONAS A CAUSA DE ACCIDENTES O
ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO – MÁS DE 2,3 MILLONES
DE MUERTES POR AÑO.
ANUALMENTE OCURREN MÁS DE 317 MILLONES DE ACCIDENTES EN EL
TRABAJO, MUCHOS DE ESTOS ACCIDENTES RESULTAN EN ABSENTISMO
LABORAL. EL COSTE DE ESTA ADVERSIDAD DIARIA ES ENORME Y LA CARGA
ECONÓMICA DE LAS MALAS PRÁCTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD SE ESTIMA
EN UN 4 POR CIENTO DEL PRODUCTO INTERIOR BRUTO GLOBAL DE CADA
AÑO.
5. CIFRAS ACCIDENTES MTPE
EN SU ÚLTIMO ANUARIO ESTADÍSTICO SECTORIAL (2016), EL MTPE
INDICA QUE EL 2016 SE REGISTRARON 20,876 ACCIDENTES LABORALES
EN PERÚ, SIENDO LIMA METROPOLITANA LA REGIÓN CON MÁS CASOS
(14,931).
LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS CON MÁS NOTIFICACIONES SE
ENCUENTRAN EN LA INDUSTRIA MANUFACTURERA (24.87 %), LAS
ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, EMPRESARIALES Y DE ALQUILER (18.78 %) Y
EL RUBRO DE CONSTRUCCIÓN (11.43 %).
TOTAL ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES 2016: 151
TOTAL ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES 2017: 162
TOTAL ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES 2018: 189
8. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
OBJETIVO
PROMOVER UNA CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL
PAÍS.
FINALIDAD
PREVENIR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL
TRABAJADOR
Deber de prevención de los Empleadores
Participación de los Trabajadores y sus representantes
Rol fiscalizador y control del Estado (SUNAFIL)
9. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AMBITO DE APLICACIÓN
TODOSLOSSECTORESECONOMICOS
ACTIVIDAD PRIVADA
SECTOR PUBLICO
TRABAJADOR A CUENTA
PROPIA
10. PRINCIPIOS RECTORES DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABABO
CONSULTA Y
PARTICIPACIÓN
PREVENCIÓN GESTIÓN INTEGRAL-
PROMUEVE E INTEGRA
ATENCIÓN INTEGRAL
DE SALUD
DE RESPONSABILIDAD
INFORMACIÓN Y
CAPACITACIÓN
COOPERACIÓN
11. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
IMPLEMENTAR EL
SGSST
MEJORA CONTINUA DE
SGSST
CUMPLIR CON LAS
NORMAS DE SST
COMPROMISO CON LA
SEGURIDAD Y SALUD
DE LOS TRABAJADORES
ELIMINA
RIESGOS,PELIGROS
PARTICIPACIÓN ACTIVA
DE LOS TRABAJADORES
FOMENTAR LA
CULTURA DE
PREVENCIÓN
12. ORGANIZACIÓN DEL SGSST
RESPONSABILIDADESDELEMPLEADOR
Asume el liderazgo y compromiso del SGSST
Organiza el sistema de gestión de SST y determina responsabilidades
Puede delegar sus funciones y autoridad y quien los asuma responde al empleador y
autoridad (puede implementar con terceros)
Define requisitos de competencia, actividad, y puestos de trabajo
Implementa los documentos y registros de SGSST
13. ORGANIZACIÓN DEL SGSST
RESPONSABILIDADESDELEMPLEADOR
Adjunta al contrato de trabajo los riesgos del puesto de trabajo
Constituye comité o supervisor de SST, Convocatoria , elecciones y autoridad
Elabora el Reglamento Interno de SST, junto con los trabajadores y personal especializado
Responsable de que se imparta 1 inducción (evaluación), 4 capacitaciones(evaluación) de SST en un
año a cada trabajador
Establece los objetivos y metas del SGSST
16. MAPA DE RIESGOS
Representación grafica de los riesgos existentes en
una unidad de trabajo.
Se expresa a través de señaléticas que representan el
riesgo (señaléticas de advertencia, triangulo equilátero
de borde negro con fondo amarillo).
NTP.- 399.010-1:2004 Señales de Seguridad
17. IPERC : IDENTIFICACIÓN DE
PELIGROS,EVALUACIÓN Y CONTROL DE
RIESGOS
IPERC
1.IDENTIFICACIÓN DE
PELIGROS
2.EVALUACIÓN DE RIESGOS
3.EVALUACIÓN Y MEDIDAS
DE CONTROL
4.REDUCCIÓN DEL TIEMPO
5.EVALUACIÓN DE
RIESGOS RESIDUALES
6. CONTROLAN LOS
RIESGOS
18. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y
EVALUACIÓN DE RIESGOS
IPERC
Tener en cuenta los riesgos del proceso y de las actividades.
La matriz debe ser apropiada a la naturaleza del proceso.
Debe ser válida para un tiempo razonable.
Tendrá que constituir un proceso sistemático de evolución.
Es necesario que enfoque prácticas actuales.
Tiene que considerar tanto actividades rutinarias como no rutinarias.
Debe considerar cualquier cambio que se produzca en el ambiente de trabajo.
Debe tener en cuenta tanto a los trabajadores como a los grupos de riesgo.
Es necesario que considere qué es lo que afecta al proceso.
La matriz IPER debe ser estructurada y práctica para animar a la participación.
19. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN
DE RIESGOS
IPERC
RIESGOS • QUIMICOS
RIESGOS
• FISICOS
RIESGOS
• BIOLÓGICOS
RIESGOS
• SOBRECARGA MENTAL Y PSICOLOGICA
RIESGOS
• SOBRECARGA FÍSICA MUSCULAR
20. INFORMACIÓN OBTENIDA POR EL IPERC
Programa Anual de Seguridad y salud en el Trabajo.
Programa de Capacitación.
Información para los exámenes médicos ocupacionales.
Elaboración de Mapa de Riesgos.
Establecimiento de estándares de seguridad para el RISST.
Elaboración de documentos normativos, cartillas de seguridad, hojas de trabajo seguro.
Requerimiento de equipos de protección personal.
Monitoreo de Ruido, iluminación, de gases, ergonómicos, psicosociales.
21. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y
EVALUACIÓN DE RIESGOS
Identificación de peligros. Para que la identificación de peligros sea óptima y después puedan ser sometidos a la
Evaluación de Riesgos correspondiente, se requiere que el participante conozca los conceptos de peligro, riesgo,
blancos, barreras o controles, peligros y energías y los métodos más frecuentemente empleados en la identificación de
peligros. A continuación se definen todos estos elementos:
Peligro. Según OHSAS-18001 peligro se define como la fuente, situación o acto con potencial para ocasionar daño,
referido a daño humano o deterioro de la salud, o la combinación de ambos.
Riesgo. La norma OHSAS18001 define riesgo como la combinación de la probabilidad de que ocurra un hecho o
exposición peligrosa y la severidad del daño en cuestión o deterioro de la salud que puede provocar el hecho o
exposición.
Blancos. Corresponde a las personas, medio ambiente, procesos, es decir todo aquello que puede ser afectado.
Barreras o controles. Son las herramientas que se emplean tras la evaluación de riesgos.
Peligros y energías. Se considera a la eléctrica, ruidos, gravedad, mecánica, radiación…
22. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
TRABAJADOR
Comunicación con los inspectores de trabajo
Protección contra los actos de hostilidad
Participación en los programas de capacitación
Participación en la identificación de riesgos y peligros
Adecuación del trabajador al puesto de trabajo
Protección de los trabajadores de contratistas, subcontratistas y otros
Derecho de examen de los factores de riesgo
23. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
TRABAJADOR
a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo.
b) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección personal y colectiva,
siempre y cuando hayan sido previamente informados y capacitados sobre su uso.
c) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados.
d) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales
cuando la autoridad competente lo requiera o cuando, a su parecer, los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las
causas que los originaron.
e) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la
confidencialidad del acto médico. CONCORDANCIAS: D.S.Nº 005-2012-TR, Art. 107 (Reglamento) f) Participar en los
organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que
organice su empleador o la autoridad administrativa de trabajo, dentro de la jornada de trabajo.
g) Comunicar al empleador todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud o las
instalaciones físicas, debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas del caso sin que genere
sanción de ningún tipo.
h) Reportar a los representantes o delegados de seguridad, de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente, accidente
de trabajo o enfermedad profesional. i) Responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso
contrario es considerado falta grave sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.
24. COMITÉ DE SST (DURACIÓN 1-2
AÑOS)
REQUISITOS
•SER MAYOR DE 18 AÑOS
•SER TRABAJADOR DE LA EMPRESA/NO PERSONAL DE C/D
•TENER CONOCIMIENTOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
CONVOCATORIA
•EL EMPLEADOR O EL SINDICATO MAYORITARIO
•SE PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA INTEGRAR EL COMITÉ PARA ELLO DEBE SER EN FORMA ANÓNIMA
•SE RECIBE A LOS CONVOCADOS Y SE REALIZA EL FILTRO DE LOS REQUISITOS
CANDIDATOS
•SE PUBLICA LA LISTA DE
CANDIDATOS-15 DÍAS ANTES DE
LAS ELECCIONES
CONSTITUCIÓN
•SE CONVOCA AL ACTA DE CONSTITUCIÓN
25. COMITÉ DE SST
LIBRO DE ACTAS
DOCUMENTOS DEL PROCESO ELECTORAL
ACTA DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ
CREDENCIALES A LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ
REGISTRO DE CAPACITACIÓN DEL COMITÉ
LICENCIAS A LOS MIEMBROS DEL COMITE
26. REGISTROS DE SGSST
REGISTRO DE
ACCIDENTES DE
TRABAJO(10
AÑOS),ENFERMEDADES
OCUPACIONALES (20
AÑOS)
REGISTRO DE
EXAMENES MÉDICOS
OCUPACIONALES (5
AÑOS)
REGISTRO DE
MONITOREO DE
AGENTES
FÍSICOS,QUIMICOS,BIOL
ÓGICOS,PSICOSOCIALES(
5 AÑOS)
REGISTRO DE
INSPECCIONES
INTERNAS DE SST(5
AÑOS)
REGISTRO DE
ESTADISTICAS DE
SEGURIAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
REGISTRO DE EQUIPOS
DE SEGURIDAD O
EMERGENCIA
REGISTRO DE
AUDITORIAS
28. RESPONSABILIDAD POR INFRINGIR LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOADMINISTRATIVA ARTICULO N° 103 SST “La entidad empleadora principal responde
directamente por las infracciones que, en su caso, se cometan por el
incumplimiento de la obligación de garantizar la seguridad y salud de
los trabajadores, personas que prestan servicios, personal bajo
modalidades formativas laborales, visitantes y usuarios, los
trabajadores de las empresas y entidades contratistas y
subcontratistas que desarrollen actividades en sus instalaciones.
Asimismo;las empresas usuarias de empresas de servicios temporales
y complementarios responden directamente por las infracciones por
el incumplimiento de su deber de garantizar la SST destacados de sus
instalaciones.”
29. RESPONSABILIDAD POR INFRINGIR LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
CIVIL
ARTICULO N° 53 LEY SST “El incumplimiento del empleador del deber
de prevención genera la obligación de pagar las indemnizaciones a
las víctimas, o a sus derechohabientes, de los accidentes de trabajo y
de las enfermedades profesionales”
ARTICULO N° 68,literal C
“La Verificación de la contratación de los seguros de acuerdo a la
norma vigente…en caso de incumplimiento, la empresa principal es la
responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones que
pudieran generarse”
Articulo N° 68,literal D “La vigilancia del cumplimiento de la
normativa legal vigente en materia de SST por parte de los
contratistas….que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo
o con ocasión del trabajo correspondiente del principal.En caso de
30. RESPONSABILIDAD POR INFRINGIR LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PENAL Articulo 168-A Atentado contra las condiciones de SST
El que, deliberadamente,infringiendo las normas de SST y estando legalmente
obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente
por no adoptar las medidas previstas en estas y como consecuencia directa de
dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, la salud o integridad
física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de SST, se
causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente
pudo prever este resultado,la pena privativa de libertad será no menor de
cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y,no menor de tres ni mayor
de seis años en caso de lesión grave.
31. PROCESOS : INCUMPLIMIDENTO SST
PROCESOS SUPUESTOS AUTORIDAD SANCIÓN
Administrativo Incumplimiento de
obligaciones
formales y
sustantivas sobre
SST
SUNAFIL MULTA
S/1.155,500
Civil Responsabilidad por
daños y perjuicios
Poder Judicial Indemnización
Penal Previamente
notificado del
incumplimiento
para la adopción de
medidas de SST y
aún así se infringe
intencionalmente las
normas exponiendo
al peligro
Poder Judicial Peligro Inminente
1-4 años
Muerte
4-8 años
Lesión Grave
3-6 años